Manual del Arquitecto del Arquitecto Autónomo Guía de inicio a la profesión
“Caminante, son tus huellas el camino y nada más; Caminante, no hay camino, se hace camino al andar” Antonio Machado
Empezar nunca es fácil El escritor tiene pánico al folio en blanco, los niños en sus primeros pasos tropiezan en innumerables ocasiones, los conferenciantes al iniciar sus ponencias suelen aclarar su voz varias veces para aplacar los nervios, el corazón se desboca las primeras veces que hacemos deporte, etc. Empezar nunca es fácil. La cosa se pone un poco más complicada cuando eres joven, acabas de terminar los estudios y estudios y sueñas con ejercer una profesión liberal que no entiende de horarios y que exige plena dedicación. Por lo tanto, lo último que esperas al salir de la Escuela es tener que entender los trámites y gestiones administrativas que son necesarios para la puesta en marcha de cualquier actividad empresarial.
¿Y ahora qué? Son muchas cosas las que debe plantearse y considerar un joven arquitecto, primero la salida profesional que sional que quiere tomar una vez que ha terminado y, seguidamente, una vez que ha decidido trabajar como autónomo, se encuentra con que tiene que enfrentarse con la burocracia: ¿qué papeles y gestiones se necesitan? Éstas son algunas de las inquietudes al respecto que nos han trasladado arquitectos arquitectos recién graduados:
es hna?? ¿Qué es el Régimen Especial • ¿Qué es hna de trabajadores autónomos (RET (RETA)? A)? • ¿Cómo me doy de alta en un sistema de
previsión para poder ejercer? En hna (Hermandad Nacional de Arquitectos), la exEn hna periencia de los años hace que conozcamos la incertidumbre que tienen los recién titulados cuando nalizan y se preguntan:
• Además, ¿qué cubre? • ¿Qué obligaciones tengo con las
Administraciones Públicas? • ¿Para qué vale mi Colegio Profesional? • Si apenas tengo ingresos ¿tengo que cotizar
igualmente a un sistema de previsión? • Si trabajo para un estudio ¿hna es una
opción para mí? Son solamente algunas dudas que hemos recopilado pero la lista se prolonga lo inimaginable.
El objetivo El objetivo que nos hemos planteado a la hora de elaborar esta guía es ofrecer una herramienta de apoyo para los arquitectos que desean iniciar su actividad por cuenta propia, dándose de alta como autónomo y ayudarles a hacer este proceso un poco más sencillo. Sin ánimo de ser exhaustivo exhaustivoss en el compendio de la información que hemos considerado relevante, nuestro empeño es que la guía le sirva como hoja de ruta, como guión, como orientación básica.
Ofrecer una herramienta de apoyo para los arquitectos que desean iniciar su actividad Por lo tanto, este Manual tiene como pretensión proporcionar al lector un enfoque práctico para saber cómo iniciar la actividad además actividad además de como punto de apoyo aportando algunos apuntes básicos que puedan ser de utilidad en la gestión de su estudio y entender cómo se organiza esta profesión a la hora de ser ejerciente por cuenta propia. Por último, hay que destacar que un autónomo es un empresario con independencia de cuál sea la actividad que desarrolle desarrolle y esa condición de em-
presario determina la forma de trabajar trabajar,, convirtiéndolo en gestor, gestor, en su propio jefe. Él decide en qué trabaja, cuánto, cuándo y cómo. A su vez, son numerosas obligaciones formales, contables y legales las que debe afrontar como responsable de su propio negocio y también múltiples y cambiantes los aspectos normativos, técnicos, sectoriales que debe dominar en su día a día. Y este último punto, especialmente al inicio, puede resultar abrumador. Para la elaboración del documento, se ha utilizado como fuente principal El Manual del Empresario Autónomo codirigido Autónomo codirigido por la Cámara Ocial de Comercio e Industria de Madrid, Confederación Empresarial de Madrid, Comunidad de Madrid, IMADE y KPMG. KPMG. De dicho documento se han extractado algunas partes que se han considerado interesantes para la profesión. A su vez se ha acudido a algunas disposiciones legales en materia de funcionamiento de Colegios y su organización, o la responsabilidad civil y, como no, a fuentes de elaboración propia, especialmente en lo concerniente a hna a hna y y nuestro funcionamiento. En algunas explicaciones, como datos de trámites administrativos o elaboración de anexos, se han utilizado documentos e información de páginas como www.aeat.es, la web de la Seguridad Social u otras.
Índice de contenidos 1. Lo tengo claro. Quiero ejercer por cuenta propia propia
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2. Tengo una idea de cómo hacerlo: mi proyecto
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3. ¿Me salen las cuentas? ¿Lo he pensado bien?
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4. ¿Qué tramites debo realizar?
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4.1 Trámites generales
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4.2 Forma jurídica elegida
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4.3 ¿Existen ayudas para pequeños empresarios o emprendedores?
5. Y esto ¿cómo ¿cómo se administra? administra? ¿qué obligaciones formales formales tengo que tener en mente? mente?
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5.1 Obligaciones Fiscales
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5.2 Obligaciones Contables
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5.3 Obligaciones Laborales
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6. El colegio colegio de arquitec arquitectos, tos, mi colegio colegio
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7. hna, la Mutualidad de los arquit arquitectos ectos
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8. La protec protección ción y los seguros
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9. Y ahora… ¡a trabajar!
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10. ANEXOS
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10.1 Formularios de alta en la actividad
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10.2 Modelo declaraciones trimestrales de IVA e IRPF
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Puesta en marcha del negocio
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Lo tengo claro. Quiero ejercer por cuenta propia
¿Qué quiere decir eso de ejercer por cuenta propia? Una persona que trabaja por cuenta propia es aquella que asume los riesgos derivados de su actividad o, lo que es lo mismo, es autónomo. autónomo.
forma jurídica (empresario jurídica (empresario individual o sociedad). La única excepción la conforman los l os TRADE (Traba jadores Autónomos Dependientes Económicamente) y se caracterizan por no tener la independencia propia del empresario puro pero tampoco todos los riesgos derivados de la empresa.
trabajar por cuenta propia es un Emprendedor o un Empresario Empresario que busca dirigir su actividad sin depender de nadie más que de sí mismo y de sus
Desde el punto de vista laboral, un autónomo tiene obligaciones y requisitos formales, como el darse de alta como tal en el (RETA) el (RETA) o o en su Mutualidad de previsión social alternativa a dicho régimen. régimen .
circunstancias y que, en denitiva, asume que el devenir de esa gestión le reportará un benecio o
Esta obligación se debe cumplir si:
Básicamente podremos armar que el que quiere
pérdida (a diferencia de un asalariado que, generalmente, recibe una nómina ja mes a mes).
El autónomo, en cambio, debe disponer de unos recursos humanos, nancieros o económicos, su yos o a su nombre, que que organiza organiza y coordina para coordina para desarrollar su negocio. Esta condición puede llevarse a la práctica con diversas modalidades desde el punto de vista de la Lo tengo claro. Quiero ejercer por cuenta propia
• Realizan una actividad económica a título
lucrativo por cuenta propia de forma habitual, personal y directa. • Ejercen funciones de dirección y gerencia de
sociedades mercantiles. • Se es socio de comunidades de bienes y
sociedades civiles.
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El autónomo por excelencia suele tener como objetivo el montar su propio estudio con colaboradores que le den soporte en los proyectos que se acometan pero gestionando su propia actividad
Muchos autónomos del gremio también lo son dando servicio a estudios como colaboradores de otros profesionales que subcontratan partes de los proyectos realizados. Cualquiera de estas maneras de ejercer la actividad cumple con la denición de Autónomo Autónomo que que hemos expuesto. Por lo tanto, son empresarios que emprenden un proyecto empresarial con el que desean ejercer su profesión de manera autónoma sin depender de otra persona y persona y utilizando para ello sus recursos y capacidades personales.
Todo arquitecto a la hora de iniciar su actividad como arquitecto autónomo debe reunir una serie de conocimientos y habilidades: habilidades: • La titulación que acredita que puede ejercer y
por lo tanto que tiene la formación necesaria. Son los colegios los que deben llevar un registro personalizado de los arquitectos ejercientes, ejercient es, teniendo la obligación de colegiarse todo arquitecto que quiera ejercer. • El arquitecto deberá cumplir con las obligaciones scales (como las declaraciones
trimestrales de IVA), legales, laborales, etc. Es recomendable que, aunque se externalice a través de asesores legales o contables, se tenga un mínimo de conocimientos de tipo empresarial. • Es recomendable aprender habilidades de
gestión para poder programar la actividad, planicar reuniones, obligaciones formales o administrativas, buscar nanciación o
representar su actividad frente a terceros. Finalmente, e, una persona que desarrolla su • Finalment propio negocio no puede esperar a que las cosas pasen: proactividad y dinamismo son
esenciales cuando uno depende de sí mismo. 10
Lo tengo claro. Quiero ejercer por cuenta propia
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Tengo una idea de cómo hacerlo: mi proyect proyectoo
El objetivo del emprendedor es desarrollar su propia idea de negocio y poner en marcha su proyecto. En el caso de un arquitecto, esto se traduce en poder poner en práctica la formación y la experiencia adquiridas en sus años de formación en la Escuela, lo que no le exonera del deber de realizar un análisis previo de previo de algunos factores que van a condicionar el inicio de su actividad profesional: • Normativa sectorial: el código técnico, técnico, la ley de edicación, etc. • Cómo está la actividad: ¿construcción, reformas, peritajes, certicaciones? Cómo
me posiciono. • La competencia. • Colaboradores necesarios, proveedores,
software, licencias, suministros. • Tecnología e inversiones necesarias.
Tengo una idea de cómo hacerlo: mi proyecto
El análisis que efectuemos debe recoger y analizar la información disponible sobre los diversos aspectos de su mercado: normativa local, clientes poten ciales, capacidad de pago de los clientes, necesidades de los clientes, barreras a la entrada (como la necesidad de capital para promover, promover, avales para concursar,, etc.), examen de competidores, precios, concursar etcétera. Asimismo, es fundamental evaluar fundamental evaluar los recursos con los que se cuenta , tanto nancieros y materiales como humanos, experiencia previa, credenciales, contactos, etc. Este análisis permite tener una perspectiva completa de nuestras fortalezas y debilidades debilidades a la hora de emprender nuestro proyecto y deberá combinarse con un Plan de Empresa (Business Empresa (Business Plan) en el que se analiza la viabilidad técnica, comercial, económica y nanciera de nuestro plan d e negocio.
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¿Me salen las cuentas? ¿Lo he pensado bien?
La mejor manera de saberlo es hacer un plan de empresa,, que no es más que un documento o meempresa moria que sirve de base a cualquier proyecto empresarial. Debe realizarse con carácter previo al inicio de la actividad o puesta en marcha como un ejercicio de reexión que nos ayude a saber dónde estamos, dónde queremos llegar y qué hace falta por el camino o qué estrategias tenemos para alcanzarlo, así como los riesgos a los que nos enfrentamos.
planteamiento. En el caso de un arquitecto, con-
A su vez, si el documento se elabora con rigor, es una perfecta hoja de ruta para planicar el desa rrollo del proyecto, proyecto, ayudando a prever todos los aspectos necesarios antes de la puesta en marcha (licencias, trámites administrativos, operativa, recursos necesarios, etc.).
empresa:
Un plan de empresa riguroso es una perfecta hoja de ruta para planifcar el desarrollo del proyecto
El plan de empresa obliga a reexionar y profundizar sobre la idea o la actividad que se desea desarrollar.. De esta forma, se puede evaluar si desarrollar tenemos hueco en el mercado, si comercialmente se generarán clientes que nutran de ingresos las cuentas, si es sostenible nancieramente y durante cuánto tiempo, con el n de ver si el periodo de
maduración (hasta que el autónomo esté 'rodado' y se vaya consolidando en su sector) encaja con este 12
viene evaluar los costes jos que implica ejercer la
actividad y el volumen de negocio que se puede ir generando para ir viendo la sostenibilidad del modelo. Un plan de empresa debe establecer objetivos a corto, medio y largo plazo (cuantitativos y cualitativos) y medirlos medirlos.. A su vez, debe considerar considerar las estrategias y acciones que permitirán lograr dichos objetivos objetivos desde las distintas áreas de la • Recursos humanos: colaboradores,
empleados. • Comerciales: estrategias de captación de
clientes. • Financieros: obtención de fuentes de nanciación. • Técnicos: inversiones necesarias (¿queremos
tener un estudio o no es necesario?). El plan de empresa puede usarse para presentar nuestro proyecto a terceros: colaboradores, bancos, organismos públicos, inversores, etc. El plan de empresa deberá ser objetivo, claro, concreto y sencillo. sencillo. Para facilitar su comprensión puede contener un resumen ejecutivo con la síntesis de las principales ideas y anexos que ayuden a complementar la información expuesta en el cuerpo del informe. ¿Me salen las cuentas?¿Lo he pensado bien?
Un posible guion podría ser: • Introducción. • Servicios que se van a ofrecer: ofrecer: tasaciones, certicaciones energéticas, construcción de
viviendas unifamiliares, concursos, etc. Debe detallarse en la medida de lo posible (horas necesarias, estimación del coste unitario de prestación del servicio, etc.). • Plan Comercial: a quién se van a ofrecer y
cómo. Acciones comerciales y de marketing. • Recursos Humanos u Organización:
colaboradores necesarios para dar cumplimiento al plan y a la prestación de servicios. • Inversiones necesarias: despacho, local,
equipos, programas. • Plan económico-nanciero: recursos disponibles, costes jos y variables,
proyección económica a un plazo concreto y ver sostenibilidad del modelo empresarial planteado. • Análisis jurídico: se detalla en mayor medida
en el punto 4. • Anexos.
¿Me salen las cuentas?¿Lo he pensado bien?
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¿Qué trámites debo realizar?
4.1 Trámites generales Una vez elaborado el plan de empresa, empresa, y si las conclusiones apuntan a la viabilidad del proyecto, podemos seguir avanzando con nuestra puesta en marcha. Aquí entramos de lleno en la necesidad de tener en cuenta la normativa laboral, scal o secto rial de aplicación.
El marco legal que englobaría todo lo anterior es un aspecto fundamental dentro de la actividad desarrollada por cualquier persona física o jurídica que desee emprender un negocio Éste es un aspecto que debe conocerse bien para evitar problemas y contingencias en el futuro así como para saber en muchas ocasiones qué opción nos interesa más (ie. IVA de caja o IVA por devengo). Por tanto, al margen del cumplimiento de la legislación vigente, un buen conocimiento normativo puede ahorrar mucho dinero al profesional autónomo y ayudar ayudar notablement notablementee a la toma de decisione decisioness más
!
ecientes.
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¿Qué trámites debo realizar?
Trámites para inicio de la actividad (ver anexos)
TRÁMITE
DÓNDE
CUÁNDO
Elegir forma jurídica en función de expectativas y necesidades
Se abo abord rdaa en en el el docu docume mento nto más ade adelan lante te
Antes Ant es de de inic iniciar iar la pue puesta sta en mar marcha cha
Alta en el Censo mediante la declaración censal - modelos 036 o 037. Por este acto se declara ante la Agencia Tributaria el inicio de la actividad
Delegación de la franquicia tributaria tributaria AEA AEAT T
Antes del inicio
Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Están exentos desde 2003 las personas físicas y las sociedades que facturen menos de un millón de euros
Delegación de la AEAT del domicilio scal. Se admite la remisión por c orreo certicado
Alta del Empresario o Autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la Mutualidad de Previsión Social
Ocinas hna hna.. Boletín adhesión SPP.
del domicilio scal. Se admite la remisión por correo certicado o por medio telemático.
Modelo 036/037. Presentación del DNI Antes del transcurso de un mes desde el inicio de la actividad
o por medio telemático. Modelo 036/037. Presentación del DNI 30 días naturales desde inicio actividad
Presentación del DNI o NIF. Alta censal. Tesorería General de la Seguridad Social. Modelo TA1. Tarjeta de la Seguridad Social si ya aliado. Modelo TA0521. TA0521. Alta censal, DNI o
NIF. Escrituras Aliación y Alta de los trabajadores a la
Ocinas hna hna.. Boletín adhesión SPP.
Seguridad Social o Mutualidad de Previsión Social alternativa (TRADE)
Presentación del DNI o NIF. Alta censal, Tesorería Territorial de la Seguridad Social. Modelo TA1. Modelo TA-2/S. Presentación del DNI
Antes de prestación de servicios por el colaborador
Legalización de libro de visitas. Se tengan o no contratados trabajadores trabajadores por cuenta ajena es obligatorio para todas las empresas tener sellado un libro de visitas por centro de trabajo a disposición de los funcionarios de la inspección de trabajo. Debe conservarse por cinco años. Podrá habilitarse uno electrónico
Inspección Provincial de Trabajo y de Seguridad Social
Antes de comenzar la actividad y de contratar trabajador trabajadores es
Comunicación de apertura del centro de trabajo. Al inicio de la actividad o en caso de variaciones del mismo
Registro de la Dirección General de Trabajo y Consejería de Empleo y Mujer Mujer de la Comunidad. Se admite la presentación
Dentro de los treinta días siguientes al inicio de la actividad
telemática. Impreso ocial por cuadruplicado
con los datos de la empresa, del centro de trabajo, de la plantilla y de la actividad Plan de prevención de Riesgos Laborales Formalización de los contratos de trabajo. Los empresarios están obligados a comunicar al Servicio Público de Empleo el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos, deban o no formalizarse por escrito
Ocinas del Instituto Nacional de Empleo. Se
admite presentación telemática
Diez días siguientes a la formalización del contrato de trabajo
Fuente: El Manual del Empresario Autónomo de la Cámara Ofcial de Comercio e Industria de Madrid ¿Qué trámites debo realizar?
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4.2 Forma Jurídica elegida: empresario empresa rio individual o sociedad La forma jurídica determina muchos aspectos del funcionamiento de nuestro negocio tanto en el momento de inicio como posteriorment posteriormente. e.
CAPITAL SOCIAL
Hay varios puntos determinantes que deben ser considerados a la hora de decidirse por una u otra forma jurídica:
Los requerimientos requerimientos de capital social mínimo son diferentes en las diversas modalidades o formas jurídicas. Cabe mencionar que las entidades nancieras lo suelen tener en cuenta a la hora de conceder nanciación como un indicador de fortaleza nanciera para devolver las deudas y compromisos
en forma y plazo
NÚMERO DE FUNDADORES
Si son varias personas las que inician el proyecto empresarial será más óptimo una sociedad, aunque ésta también admite tener solamente un socio
RESPONSABILIDAD
La forma jurídica elegida determina la responsabilidad de los profesional profesionales, es, de forma que una sociedad anónima o de responsabilid responsabilidad ad limitada acota o delimita ese aspecto frente a un empresario o profesional individual que responde con todo su patrimonio presente y futuro de las deudas de la empresa
Las sociedades tributan por el Impuesto de Sociedades a un tipo jo, mientras que las personas
FISCALIDAD
físicas están dentro del ámbito de aplicación del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) con distintas bases y tipos de gravamen y la aplicación de un tipo progresivo que puede llegar a ser más gravoso en los tramos más altos
TIPO DE ACTIVIDAD
En algunas actividades la ley exige formas jurídicas concretas. Por ejemplo, para formar parte de una Sociedad Profesional hay que estar colegiado
EXPECTATIVAS DE EXPECTATIVAS CRECIMIENTO
Una sociedad permite más fácilmente la entrada de nuevos inversores inversores
Fuente: El Manual del Empresario Autónomo de la Cámara Ofcial de Comercio e Industria de Madrid
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¿Qué trámites debo realizar?
Las formas jurídicas más habituales son:
a) Empresario Individual. b) Sociedad Mercantil Limitada o Anónima.
q ue en determinadas • Tributación por IRPF que actividades puede ser ventajosa (estimación objetiva o por módulos). • Exención en Impuesto Actividades
Económicas (IAE).
A) Empresario Individual Es empresario individual la persona física que ejercita de forma habitual y en nombre propio una actividad empresarial, industrial o profesional. Para ser empresario individual uno de los requisitos es: • Ser mayor de edad con libre disposición de
sus bienes. Como ventajas ventajas de elegir esta modalidad podemos señalar las siguientes: • La condición de empresario individual no
requiere de autorización previa. bajos al no tener que • Los costes de inicio son muy bajos constituir constit uir un capital mínimo ni escritura pública. públ ica. • El empresario tiene el control total y asume
la gestión de la empresa.
• En IVA, posibilidad de tributar por régimen simplicado o recargo de equivalencia.
Las posibles desventajas son: • Responde de las deudas de la empresa con todo
su patrimonio. Esta responsabilidad puede extenderse a los bienes comunes del matrimonio, ya que que la Ley presu presume me que el cónyu cónyuge ge del emempresario presta consentimiento para que estos bienes respondan de las deudas del negocio. Esta situación puede paliarse con un adecuado régimen económico matrimonial. • Si los benecios son muy elevados la
tributación por IRPF puede ser muy gravosa. • Esta forma jurídica puede limitar el acceso a fuentes de nanciación y limitar la
expansión de la empresa. ¿Qué trámites debo realizar?
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B) Sociedades mercanti mercantiles les
- Junta general
B.1. Elementos comunes a sociedades anónimas
Es el órgano de decisión de la sociedad. Los sociedad. Los socios, reunidos en Junta, deciden por la mayoría establecida en la Ley o, en su caso, por los estatutos sobre asun-
y limit limitadas adas::
- Escritura de constitución Es el primer acto de creación de la sociedad y sociedad y debe ser otorgada por los socios fundadores. En ella constarán, entre otros, la identicación de los fundadores,
las aportaciones realizadas, los estatutos, así como los datos de los administradores y, en su caso, de los auditores. auditor es. Se podrán incluir los pactos y condiciones que los socios juzguen conveniente establecer. - Estatutos Son las normas de organización interna de la sociedad. A través de las mismas se regulan cuestiones tales como el objeto social, el domicilio, el régimen de administración o el de la transmisión de las acciones o participacio participaciones. nes.
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tos tales como aprobación de cuentas, modicación
de estatutos, ampliación de capital y nombramient nombramiento oy cese de administra administradores. dores. - Órgano de administración Es el órgano de gestión y de representación de la sociedad. Sus sociedad. Sus miembros son elegidos por la junta general, no siendo necesario tener la cualidad de socio para ser elegido administrador. Puede estar constituido por administradores o por un Consejo de Administración. En Administración. En el primer caso, los administradores pueden ser solidarios (es decir, la actuación de uno solo de ellos vincula válidamente a la sociedad) o mancomunados (donde será necesario el concurso de dos o más de ellos, para poder actuar en nombre de la sociedad). El Consejo de Administración funcionará de forma colegiada. ¿Qué trámites debo realizar?
B.2. Tipos de Sociedades B.2.A) Sociedades de Responsabilidad Limitada Es una sociedad mercantil en la que el capital social, divido en participaciones, se participaciones, se integra por las aportaciones de los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales. Las características de este tipo de sociedades son: a) Capital mínimo de 3.000 euros dividido en participaciones. Pueden emitirse participaciones sin voto. b) Las aportaciones pueden consistir en dinero o en bienes o derechos pero derechos pero no podrán ser objeto de aportación el trabajo o los servicios realizados. c) En los estatutos pueden establecerse prestaciones accesorias obligatorias para los socios distintas de la aportación en capital. d) Los socios tienen derecho a información periódica. Como ventajas podemos apuntar: a) Los socios solamente responden de las deudas sociales hasta el límite de su aportación. b) No requiere un número mínimo ni máximo de socios (podría ser unipersonal). c) Cifra de capital relativamente relativamente asequible. d) Se admiten aportaciones dinerarias y no dinerarias. e) Control de acceso a nuevos socios. socios. f) Tributación por impuesto impuesto de sociedades.
¿Qué trámites debo realizar?
Desventajas: a) Mayores costes de constitución que en la fórmula del empresario individual. b) Capital desembolsado completamente al inicio de la constitución. c) No permite que se aporte el trabajo o servicios realizados por los socios como capital inicial. d) Para transmisibilidad de las participaciones se requiere escritura pública. e) Obligaciones Obl igaciones mercantiles periódicas y según la dimensión obligaciones de auditoría. f) Se precisa acuerdo de la Junta General para concesión de préstamos a socios y administradores. B.2.B) Sociedad Anónima Es una sociedad capitalista en la que el capital social se divide en acciones libremente trasmisibles, integradas por aportaciones de socios que no responden personalmente de las deudas sociales. Se rige por el RDL 1/2010 de 2 de julio , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Como principales características podemos apuntar: a) Fundación simultánea o sucesiva. b) Capital social no inferior a 60.000 euros del que el 100% debe estar suscrito en la constitución y desembolsado al menos el 25% del valor nominal de las acciones. c) El capital se dividirá en acciones nominativas o al portador. Se representan mediante
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títulos o anotaciones en cuenta. Puede haber distintas clases de acciones con distintos derechos políticos para los socios. d) Las aportaciones pueden ser en dinero o especie no pudiendo ser los trabajos o servicios realizados por los socios. e) En los estatutos se pueden establecer prestaciones accesorias para los socios distintas a la aportación de capital. f) Los socios tienen derecho a información periódica. Ventajas: a) Los socios solo responden de las deudas hasta el límite de su aportación. b) No requiere número máximo ni mínimo de socios, pudiendo existir sociedades unipersonales. c) Posibilidad de desembolsar solamente el 25% del capital inicial a la constitución.
e) Acciones trasmisibles. f) No es necesario acuerdo de la Junta para conceder préstamos y garantías a favor de socios y administradores. Desventajas: a) Capital elevado. b) Mayores costes de constitución que en el caso del empresario individual por los propios trámites que hay que realizar para la constitución. c) Las aportaciones no dinerarias han de ser valoradas por un experto independiente. d) No podrán ser objeto de aportación los trabajos y servicios realizados. e) Obligaciones mercantiles periódicas. A partir de determinada dimensión puede conllevar obligaciones de auditoría. f) El cargo de administrador es por un máximo de seis años aunque reelegible.
d) Se admiten aportaciones dinerarias y no dinerarias.
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¿Qué trámites debo realizar?
B.3. Trámites para crear una S.A., S.L. o S.L.P.
LUGAR Y DOCUMENTACIÓN
TRÁMITE
PLAZO
Registro Mercantil Central: puede hacerse
por correo ordinario o electrónico. Impreso de solicitud de denominación negativa con tres denominaciones posibles por orden de preferencia
Tiene vigencia de dos meses a los efectos de otorgamiento de la escritura de constitución
Entidad bancaria
Antes de otorgar la Escritura
Notaría. Certicación negativa de denominación y certicado de depósito.
Dentro de los dos meses siguientes a la
Informe de tasación de aportaciones en especie para S.A. y DNI de socios. Estatutos
obtención del Certicación Negativa de
Denominación
Solicitud del NIF provisional y declaración censal
Delegación AEAT. Modelo 036 o 037. Copia de la Escritura y DNI
Podrá ser simultáneo a la declaración de inicio de actividad
Liquidar Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Consejería de Hacienda de la Comunidad
Certicación Negativa de Denominación:
acredita que la denominación de la sociedad no coincide con ninguna otra
Depósito del importe del capital y obtención de la certicación de
depósito
Elaboración de Estatutos y Escritura de Constitución
documentados. Exención scal para la
constitución Inscripción en el Registro Mercantil. Mercantil. Para las SA y SL es obligatoria, ya
Autónoma correspondiente. Modelo Ocial y
Anexos. NIF provisional
30 días hábiles a partir del otorgamiento de la escritura de constitución
Dos meses desde el otorgamiento de la escritura de constitución
jurídica
Registro Mercantil del domicilio social. Escritura, NIF y liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD
Obtención NIF Denitivo
AEAT
Tras la inscripción en Registro Mercantil
Legalización libros mercantile mercantiless
Registro Mercantil del Domicilio social. Libro de actas de cada órgano social, libro registro registr o de acciones nominativas en las S.A. y de socios en la SL. Libro Diario, de inventario y CC.AA, libro de contratos en las unipersonales
Deberán ser legalizados antes de su uso, aunque se admite la legalización de libros formados por encuadernación con posterioridad
que este acto conere la personalidad
Fuente: El Manual del Empresario Autónomo de la Cámara Ofcial de Comercio e Industria de Madrid
¿Qué trámites debo realizar?
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Otros trámites accesorios:
TRÁMITE
LUGAR Y DOCUMENTACIÓN
Licencia de Obras en el local, en su caso
Ayuntamiento. Liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Ayuntamiento. Instalaciones y Obras y Tasas (ICIO)
Licencia de Apertura
Ayuntamiento
Hojas de Reclamaciones. Para los comerciantes o profesionales abiertos al público
Ayuntamiento
Inscri Ins cripci pción ón de la Indu Industr stria ia si si es la nat natura urale leza za de de la la activ activida idad d
Regist Reg istro ro de la Dir Direcc ección ión Gen Genera erall de de Indu Industr stria, ia, Ene Energ rgía ía y Min Minas as
Otros
Según la normativa sectorial (i.e. Colegiación)
Fuente: El Manual del Empresario Autónomo de la Cámara Ofcial de Comercio e Industria de Madrid
4.3 ¿Existen ayudas para pequeños empresarios o emprendedores? Existen muchas ayudas, subvenciones y programas de nanciación para el desarrollo de proyectos empresariales. Estas ayudas provienen del Estado, la Unión Europea, las Comunidades Autónomas y los propios Municipios. Hay ayudas a fondo perdido, ventajas scales, bonicaciones en cuotas a la Seguridad Social o Mutualidad de Previsión Social, e incluso nancia -
ciones 'blandas' o con condiciones favorables respecto a las del mercado.
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¿Qué trámites debo realizar?
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Y esto ¿cómo se administra?, ¿qué obligaciones formales tengo que tener en mente?
El desarrollo de la actividad de la empresa conlleva el cumplir multitud de trámites legales y obligaciones formales Ser empresario supone una cierta carga administrativa (emisión y gestión de facturas, contabilidad, presentar declaraciones de impuestos, gestión y elaboración de nóminas, etc.) que todo empresario al iniciar su andadura profesional debe de be conocer, conocer, planicar y prever.
Estas tareas conllevan varias horas de trabajo a la semana así como unos conocimientos técnicos especícos. Por ello, una de las primeras decisiones
que debemos tomar es quién desarrollará dicha actividad: un asesor externo, una p ersona contratada
o el propio empresario. Lógicamente la decisión está muy ligada a la dimensión y cargas de la empresa, toda vez que los costes son muy diferentes en una u otra modalidad elegida.
¿Cómo se administra?, ¿qué obligaciones formales tengo que tener en mente?
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5.1. Obligaciones Fiscales* Son obligaciones scales previas al ejercicio de la actividad: • Solicitud del NIF. • Alta censal (modelos 036/037).
personas jurídicas, por lo que aplica si hemos elegido la forma societaria para ejercer nuestra actividad. Hay que presentar pagos a cuenta del impuesto periódicamente. Se tributa a un tipo jo,
con algunas reducciones en empresas de reducida dimensión.
• Alta en el IAE, en su caso. • Liquidación del ITPAJD (Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) en el caso de operaciones societarias están exentas desde 2010.
• Declaración – Liquidación IVA: es un
Además, el empresario, una vez da comienzo la actividad, tiene que cumplir los siguientes trámites scales: • Declaración - Liquidación del IRPF: grava
la renta obtenida por las personas físicas (empresario individual). Los rendimientos obtenidos por las actividades empresariales se denominan rendimientos de actividades económicas y tributan al tipo marginal en la base general del impuesto. Las aportaciones a la Mutualidad son desgravables en el IRPF hasta el límite de la cuota máxima del RETA. El exceso aportado sobre ese importe se
tributo indirecto que recae sobre el consumo gravando entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales así como las adquisiciones de bienes intracomunitarias y las importaciones. Está armonizado a nivel europeo. En general, el empresario debe repercutir la cuota de IVA a los clientes al tipo que corresponda y podrá deducir el IVA soportado en el periodo por compras y servicios recibidos. De esta forma, la liquidación se practica por la diferencia. La ley prevé regímenes especiales en función de ciertos requisitos. • Impuesto de Actividades Económicas: en
caso de personas jurídicas que facturen por encima de los límites exentos.
deduce con la misma scalidad que los planes
de pensiones.1
• Declaración anual de operaciones con terceros (modelo 347): los empresarios
* Descripción válida para el ejercicio común. 1 Aportaciones a planes de pensiones y sistemas de previsión: Se puede aportar hasta 8.000 euros anuales adicionales y reducirlos de la Base Imponible del IRPF, con el límite del 30% de los rendimientos del trabajo o actividad profesional. Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modicación parcial de las leyes de los
Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
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• Declaración – liquidación Impuesto de Sociedades: Grava la renta obtenida por
deben presentar anualmente una declaración de las operaciones que hayan realizado con toda clase de personas y entidades siempre que dichas operaciones superen en conjunto los 3.005,06 euros. Se trata de una obligación formal con la Administración Tributaria Tributaria que no conlleva desembolso económico.
¿Cómo se administra?, ¿qué obligaciones formales tengo que tener en mente?
5.2. Obligaciones Contables
estimación directa normal deben llevar los siguientes libros:
La normativa mercantil establece la obligatoriedad de que el empresario lleve una contabilidad ordenada que permita un seguimiento de sus operaciones, así como poder conocer la situación patrimonial y los resultados del negocio con arreglo a criterios que sean comparables con otros negocios. Dicha obligación implica ceñirse al Plan Contable (desde 2008 existe un plan simplicado para PYMES) y demás legislación mercantil que es la que permite que la contabilidad de los distintos agentes o empresas sea comparable y con normas similares que faciliten la comprensión de la información. Las princi-
Diario de operaciones.
•
Libro de Inventario y Cuentas Anuales.
•
Además, los profesionales llevarán libro registro de fondos y suplidos.
• Libros exigidos a efectos de IVA:
pales obligaciones en esta materia se resumen en: • Obligación de formular cuentas anuales al cierre del ejercicio: comprenden el Balance,
la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y la Memoria. Las cuentas deben mostrar
•
•
Libro Registro de Facturas Emitidas.
•
Libro Registro de Facturas Recibidas.
•
Libro Registro de Bienes de Inversión.
•
Libro Registro de determinadas operaciones intracomunitarias.
5.3 Obligaciones Laborales
la imagen el del patrimonio, la situación nanciera y los resultados. • Libros Obligatorios que se presentarán
para su legalización en el Registro Mercantil. Deber de conservación de libros, correspondencia, documentación y justicantes por seis años. • Libros exigidos por el Código de Comercio: Comercio:
5.3.1 Obligaciones del propio propio Empresario Cotizar a un sistema de previsión. Aliación a hna (Mutualidad hna (Mutualidad alternativa al Régimen Especial de la Seguridad Social para trabajadores autónomos) o al RETA. Para ello debes saber: •
libro diario (registra operaciones de la empresa), libro de inventarios y cuentas anuales, libro de actas, libro registro de socios en S.L. y de acciones nominativas en S.A. y libro registro de contratos para sociedades unipersonales. • Libros exigidos para IRPF: según la
modalidad. Si el empresario lleva contabilidad ajustada al Código de Comercio y al plan contable que tributen en ¿Cómo se administra?, ¿qué obligaciones formales tengo que tener en mente?
•
El régimen legal del empresario autónomo se establece en el Estatuto del Trabajo Autónomo en la Ley General de la Seguridad Social y en el Decreto por el que se regula el Régimen Especial de Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. En 1995, se reconoce legalmente a hna hna como como entidad alternativa al Régimen de la Seguridad Social para Autónomos, por lo que el 25
autónomo tiene la posibilidad de elegir voluntariamente si quiere adherirse al sistema público o a hna a hna,, sistema privado (véase punto 7 para más información sobre este aspecto).
5.3.2 Obligaciones en la contratación de empleados En el caso de que el profesional Autónomo contrate empleados es obligatorio:
• Seguros para proteger el patrimonio de
la empresa (estudio de arquitectura) y la actividad cubriendo los principales riesgos:
responsabilidad civil, patrimonia responsabilidad patrimoniall (ver punto 8 para mayor información sobre este aspecto). • Cumplimientos normativos: Ley organica
de proteccion de datos d atos LOPD, normativa sectorial. Las asociaciones empresariales y sectoriales suelen ofrecer asesoramiento en la materia.
• Inscripción de la empresa en la Seguridad
Social. • Sellado del Libro de Visitas. • Comunicación de apertura del Centro de
Trabajo. • Formalización del contrato de trabajo. • Aliación de los empleados según modalidad
(hna hna o o Seguridad Social). • Comunicación de los contratos de trabajo. • Obligaciones formales de documentación. • Ordenanza general de higiene y seguridad
en el trabajo. • Calendario y horario laboral.
5.3.3 Otras obligaciones Además de las anterior anteriores, es, el empresario deberá cumplir las obligaciones relativas a prevención de riesgos laborales, permitir a los trabajadores el ejercicio de sus derechos sociales y sindicales en la empresa y, en general, las demás previstas en la legislación laboral. Otros aspectos a considerar: • Protección de la propiedad industrial (patentes,
marcas, modelos, nombres comerciales). 26
¿Cómo se administra?, ¿qué obligaciones formales tengo que tener en mente?
El arquitecto autónomo:
apuntes básicos sobre algunos aspectos ligados al inicio de la profesión
6
El Colegio de Arquitectos Arquitectos.. Mi Colegio
Los Colegios Ociales de Arquitectos son corpora ejercen la profesión de arquitecto (y tienen jado
c) Velar por la observancia de la deontología de la profesión y por el respeto debido a los derechos de los ciudadanos.
el domicilio profesional, único o principal, en el correspondiente ámbito territorial), así como por los titulados que, sin ejercerla, se hallen voluntariamente incorporados a los mismos.
d) Representar y defender los intereses generales de la profesión, en particular en sus relaciones con los poderes públicos.
Son nes esenciales de los Colegios Ociales de Arquitectos:
e) Defender los derechos e intereses intereses profesionales de sus miembros.
ciones de derecho público integradas por quienes
a) Procurar el perfeccionamiento de la actividad profesional de los arquitectos. b) Ordenar, Ordenar, en el marco de las Leyes, el ejercicio profesional.
El Colegio de Arquitectos. Mi Colegio
f) Realizar las prestacion prestaciones es de interés interés general propias de la profesión de arquitecto que consideren oportunas oportunas o que les encomienden los poderes públicos con arreglo a la Ley.
27
En concreto, para la consecución de los nes an teriormente expuestos, desarrollan funciones de
registro, de representación, de ordenación, de serregistro, vicio y de organización.
FUNCIONES
DESGLOSE
De Registro
Llevan una relación de colegiados y de datos relativos a estos
De Represen Representación tación
Ante distintos organismos públicos, Jueces y Trib Tribunales, unales, etc., velando por el mejor interés de la profesión, la enseñanza de la arquitect arquitectura ura y los interese interesess de los colegiados
De Ordenación
Velar por la ética profesional Evitar el intrusismo profesional Establecer deberes de diligencia Asesorar Visado Otros
De Servicio
I+D, arbitraje, difusión de los concursos, difusión de información técnica, asesoramiento, promover promover las prácticas para nuevos titulados, y gestión de cobro de honorarios
De Organización
Aprobar estatutos estatutos previo a informe del Consejo Superior de Arquitectos de España (CSCAE), aprobar y cumplir los presupuestos, dictar reglamentos de organización y funcionamiento interior para el desarrollo y aplicación de los estatutos estatutos particulares particulares
28
El Colegio de Arquitectos. Mi Colegio
Además, es común a la estructura organizativa de los distintos Colegios Territoriales, el siguiente cuadro básico de organización y gobierno:
a) La Asamblea General de los Colegiados: es el órgano supremo de expresión de la voluntad del Colegio. Son competencias propias y exclusivas de la Asamblea General: aprobar los
estatutos, establecer o alterar los órganos territoriales del Colegio, conocer y sancionar la memoria de gestión, aprobar presupuestos y regular los recursos económicos, aprobar la liquidación de los presupuestos y las cuentas de cada ejercicio vencido, etc. b) La Junta de Gobierno del Colegio: La Junta
de Gobierno es el órgano de administración y dirección del Colegio. c) El Decano: El Decano ostenta ostenta la representación
legal del Colegio, convoca y preside la Asamblea General y la Junta de Gobierno velando por la debida ejecución de sus acuerdos. También pre-
El Colegio de Arquitectos. Mi Colegio
side las reuniones de los demás órganos colegiales cuando asista y ejerce cuantas otras funciones le asignen los Estatutos de su Colegio. En cuanto a su conguración territorial, cabe se -
ñalar que los ámbitos territoriales de cada Colegio serán los que determine la norma de su creación dentro de las limitaciones establecidas en la legislación autonómica o en su defecto al provincial o insular como mínimo. Los distintos Colegios serán únicos en su ámbito territorial. No obstante lo anterior, los Colegios pueden organizarse en demarcaciones territoriales con su Junta Directiva con funciones de representación, administración y control. Los Colegios de una Comunidad Autónoma se integran dentro de los Consejos de Colegios de Arquitectos de la misma para la agrupación de todos ellos. A su vez, todos los Colegios de ámbito autonómico y los Consejos Autonómicos de Colegios se integran en el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España.
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El Consejo Superior de Colegios de Arquitectos (CSCAE) tiene como nes los siguientes:
a) Representar y defender unitariamente a la profesión y sus Colegios y Consejos Autonómicos. b) Coordinar la actuación de sus miembros en la realización de sus nes esenciales y comunes
y en sus relaci relaciones ones con con aquellas aquellas entidades entidades de prestación de servicios creadas, promovidas o participadas por los Colegios, los Consejos Autonómicos o el propio Consejo. c) Garantizar Garantizar,, con ocasión del ejercicio de sus propias funciones, y procurar en todo caso la igualdad de trato de los arquitectos y su libertad de ejercicio en toda España dentro del marco que establezcan las disposiciones legales vigentes. d) Fijar la normativa deontológica general de la profesión de arquitecto arquitecto..
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¿Debo Colegiarme? La colegiación es un requisito legal para p ara el ejercicio de la profesión y exige la incorporación del arquitecto como colegiado en el Colegio en cuyo ámbito tenga su domicilio profesional: el de su estudio o el
de su puesto de trabajo. Podrán igualmente incorporarse o permanecer en los Colegios con carácter voluntario los arquitectos que no ejerzan la profesión o que, en razón de su modalidad de ejercicio, se encontrara legalmente dispensados del deber de colegiación. Las condiciones necesarias para obtener el alta como colegiado son: a) Poseer la titulación legalmente requerida para el ejercicio en España de la profesión de arquitecto. b) No hallarse incapacitado o inhabilitado legalmente para el ejercicio de la profesión.
El Colegio de Arquitectos. Mi Colegio
c) No encontrarse suspendido en el ejercicio ejercicio profesional por sanción disciplinaria colegial firme. d) Abonar los correspondientes derechos de incorporación. La condición a) se acreditará mediante copia auténtica del título académico o testimonio notarial del mismo, o bien, provisionalmente, mediante certicación que acredite la superación por el intere sado de los estudios correspondientes y el pago de los derechos de expedición del título. En caso de tratarse de titulación extranjera se aportará, además, la documentación acreditativa de su homologación o reconocimiento en España a efectos profesionales y si se tratase de nacionales de otros países cumplirán los demás requisitos legalmente
El Colegio de Arquitectos. Mi Colegio
exigidos para el establecimiento y trabajo de los extranjeros en España. La condición b) se entenderá acreditada por declaración del interesado. La condición c) se hará constar, salvo que se trate de primera colegiación, mediante certicación del
Registro General de Arquitectos obrante en el Consejo Superior de Colegios. Se declararán o acreditarán, además, los restantes datos que deban constar en el Registro del Colegio. Las Juntas de Gobierno resolverán las solicitudes de colegiación, pudiendo denegarlas únicamente cuando no se cumplan las condiciones jadas en
el apartado apart ado anterior.
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Suspensión Son causas determinantes de la suspensión de la colegiación y, por tanto, de los derechos de rechos inherentes a la condición de colegiado:
a) La inhabilitación o incapacitación incapacitación para el ejercicio profesional decretada por resolución judicial firme.
d) Por hallarse suspendido durante tres meses consecutivos conforme al párrafo del artículo anterior. En cualquier caso, la reincorporación quedará condicionada al pago de las cuotas adeudadas y de sus intereses de demora siempre que, de acuerdo con la legislación aplicable, el crédito no hubiera prescrito.
b) La suspensión en el ejercicio profesional impuesta por sanción disciplinaria colegial devenida firme. c) El impago de las contribuciones contribuciones colegiales por importe mínimo equivalente a la mitad de las que correspondan a una anualidad o el superior que determinen los Estatutos particulares y previo, en todo caso, requerimiento fehaciente de pago con advertencia de suspensión. La situación de suspenso se mantendrá en tanto subsista la causa que la determine.
Baja como colegiado Los arquitectos pierden la condición de colegiado causando baja en el Colegio correspondiente:
a) Por pérdida o inexactitud inexactitud comprobada de alguna de las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión de arquitecto en España. b) A petición propia, siempre que no tenga el interesado compromisos profesionales pendientes de cumplimiento o acreditando, en otro caso, la renuncia correspondiente. c) Por expulsión decretada en resolución de la jurisdicción disciplinaria colegial devenida firme. 32
El Colegio de Arquitectos. Mi Colegio
7
hna, la mutualidad de los arquitectos
hna es una entidad hna es una entidad sin ánimo de lucro constituida lucro constituida en el año 1944 por y para los arquitectos. Las razones que impulsan a su creación son fundamentalmente de índole social y solidario, puesto que los arquitectos de entonces no tenían cobertura en materia de jubilación, fallecimiento o invalidez, lo que generaba una situación de indefensión o vulnerabilidad para el propio profesional y su familia. Posteriormente, la normativa va evolucionando y en el año 1995 se convierte en una entidad de
adhesión voluntaria a la que la norma reconoce el carácter alternativo frente a la Seguridad Social para Autónomos para los profesionales de la Arquitectura, Arquitectura, de forma que en la práctica un arquitecto ejerciente a la hora de iniciar la actividad debe cotizar a un sistema de previsión y podrá elegir entre darse de alta en hna en hna o o cotizar en el Régimen Especial de la Seguridad Social (RETA). Los trabajadores por cuenta ajena pueden contratar diversos productos de hna de hna con con carácter complementario, buscando por esta vía generar un capital adicional para la jubilación.
hna pone a disposición del mutualista una oferta adicional de seguros patrimoniales patrimoniales (para (para el estudio, hogar, coche, moto, mascotas) a través de la Correduría y por supuesto, la de seguros personales (accidentes, vida, ahorro, etc). De esta forma, se logra conjugar una amplia oferta con el profundo conocimiento del colectivo de arquitectos (sus necesidades como profesional arquitectos autónomo, sus necesidades de ahorro, inversión y previsión) p revisión) con el propósito de ofrecer un servicio de alta calidad. A su vez, el trato al asegurado se rige por el compromiso y la cercanía, puesto que no se trata de clientes o cotizantes sin más, sino que son mutualistas y este hecho marca la diferencia respecto de cualquier otra compañía aseguradora.
Por último, es preciso destacar que los resultados derivados de la gestión de la compañía revierten en favor de los arquitectos mutualistas a través de la participación en benefcios
Además, hasta el año 2012 los profesionales de la arquitectura no tenían acceso a la Sanidad Pública, por lo que también en su Mutualidad los arquitectos cuentan con un seguro de salud que les protege a ellos y a sus familias.
hna, la mutualidad de los arquitectos
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Principales servicios que ofrece hna
NECESIDAD Ejercicio de la profesión por cuenta propia- obligación de cotizar a un sistema de previsión
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COBERTURA
PRODUCTO
Sistema Alternativo Alternativo a la Seguridad Social (RETA)
Plan Inicia Sistema de Previsión Personalizado (SPP)
Previsión (Jubilación)
Generar un fondo para la jubilación
Sistema de Previsión Personalizado(SPP) Planes de Pensiones PPA
Previsión (Fallecimiento, Invalidez, Incapacidad temporal, Maternidad, Paternidad)
Garantizar ingresos ingresos en caso de acaecer riesgos que conlleven el cese de actividad
Sistema de Previsión Personalizado(SPP) Vida Accidentes
Ahorro Previsión
Generar un ahorro para cubrir unos objetivos concretos
Flexiplan a distintos plazos hna hijos Plan de Ahorro Eciente 5 (SIALP)
Enfermedad
Cubrir necesidades en materia de protección a la salud
Seguros de Reembolso y Asistencia Sanitaria hna Salud Inicia
Seguros patrimoniales
Cubrir riesgos por daños en bienes
Seguros de autos, estudios, hogar
hna, la mutualidad de los arquitectos
¿Por qué elegir hna frente al RETA? Cuenta con mayor exibilidad a la hora
de la contratación de las coberturas (cubriendo las mismas contingencias). El RETA es mas rígido y exige más condiciones para tener acceso económico a la prestación de jubilación (años cotizados). Por otro lado, hna lado, hna es más económico (la cuota (la cuota mínima es un 80% de 80% de la mínima de autónomos). Por último, algo que mucha gente no tiene en consideración, pero que es realmente importante para aquellos que ejerzan pluriactividad, la posibilidad de compatibilizar plenamente la pensión pública del régimen general de la seguridad social con la de hna de hna..
Por ejemplo una persona que ejerce la enseñanza por la mañana (Régimen General como empleado) y trabaja en su estudio como autónomo por la tarde, no puede recibir dos pensiones del Estado por lo que la cuota de Autónomos conviene tenerla con hna
hna, la mutualidad de los arquitectos
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Cuadro comparativo que ilustra las ventajas de hna frente a RETA
Sistema de previsión
hna
RETA
De capitalización Individual: Lo aportado más la
De reparto: las aportaciones de los actuales cotizantes nancian las pensiones de los ya
rentabilidad acumulada constituyen un fondo a jubilación nominal, nominal, personal e intransferible intransferible
jubilados
Cuota mínima
80% de la mínima del RETA. Con todas las coberturas necesarias para ejercer profesionalmente
La que se je para cada ejercicio
Flexibilidad y personalización
A partir del mínimo se pueden ajustar las aportaciones a las circunstancias particulares de cada uno, para mejorar la pensión a jubilación. No es necesario haber cotizado un número mínimo de años
El sistema es rígido tanto en la cuantía de las aportaciones para cada cobertura como en
Concurrencia de pensiones
En caso de haber cotizado a hna a hna y y al sistema público, en el momento de la jubilación se pueden cobrar las dos pensiones reconocidas sin límite de cuantía máxima a percibir
En caso de haber cotizado a dos sistemas públicos (Régimen General y RETA, por ejemplo) la cantidad máxima a percibir de la Seguridad Social queda limitada a la pensión máxima establecida anualmente
Compatibilidad con el ejercicio profesional
Existe la posibilidad de ejercer profesionalmente profesionalmente una vez jubilado
En general, la percepción de una pensión es incompatible con la realización de una actividad por cuenta propia o ajena, con algunas excepciones como la jubilación parcial, entre otras
Designación de
Libre designación de beneciarios
Vienen determinados legalmente
las condiciones de acceso a la pensión: pensión: años
necesarios para generar derecho a pensión, la edad mínima de acceso a la jubilación, etc
beneciarios
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hna, la mutualidad de los arquitectos
Cuadro comparativo que ilustra las coberturas comparadas de hna frente a RETA: hna Prestación
RETA
Capital desde 60.000 € elegible
En función de la cotización
100% del Fondo de Ahorro Total (FAT)
NO
Periodo mínimo de cotización
NO
500 días
Complemento por accidentes
Capital adicional
NO
A partir de 60 años
67 años
NO
15 años
Capitalización individual
Régimen de reparto
Permite aportaciones extraordinarias
SI
NO
Pensión compatible con el ejercicio de la profesión
SI
Con carácter general NO
Jubilación parcial
SI
SI
Capital de sd sd e 60.0 00 00 € el eg eg ib ibl e
En función de la cotización
Período mínimo de cotización
NO
En función de la edad
Complemento por accidente
Doble capital
NO
100% FAT
NO
Hasta 20% del FAT
NO
Indemnización diaria
44 €/día
20 €/día
Indemnización máxima
365 días
365 días
Dias hasta cobrarle prestación
Sin carencia en caso de accidente y 15 días en caso de enfermedad
3 días
Período mínimo de cotización
NO
6 meses
Prestación
3.500 €
3.174,08 €
Adopción legal
3.500 €
3.174,08 €
Hasta 20% del FAT
NO
4.100 €
3.640,75 €
600 €
379,47 €
Sin Coste
Incremento de la cotización
Prestación
Hasta el 20% de la disposición anticipada del FAT
Durante 12 meses en función de lo cotizado
ENFERMEDAD GRAVE
Prestación
Hasta 20% del FAT
NO
ASESORAMIENTO JURÍDICO
Cobertura
SI
NO
FALLECIMIENTO
Prestación adicional
Edad de jubilación Periodo mínimo de cotización Sistema nanciero
JUBILACION
Prestación en función del porcentaje de invalidez.
INVALIDEZ
Invalidez total Prestación adicional por invalidez parcial
INCAPACIDAD TEMPORAL
MATERNIDAD Prestación adicional Paternidad y Maternidad coincidentes
PATERNIDAD
Prestación Coste adicional
CESE DE LA ACTIVIDAD
hna, la mutualidad de los arquitectos
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8
La Protección y los Seguros
Toda persona debe ser precavida y protegerse ante situaciones adversas. Sin adversas. Sin embargo, las personas con cargas familiares y los autónomos probablemente son grupos que deben conciencia concienciarse rse especialmente ante determinados riesgos.
Por otro lado, si tenemos un estudio en propiedad, es necesario plantearse qué puede ocurrir y pro-
Así, alguien que ejerce por cuenta propia puede fortuitamente caerse y tener una incapacidad temporal que lo inhabilite para el ejercicio de su profesión, de forma que sus ingresos se vean mermados temporal y repentinamente, mientras
Para todas estas necesidades de protección surgen los seguros y, aunque normalmente suelen ser temas arduos y poco atractivos que preferimos posponer, posponer, es recomendable dedicarles cierto tiempo para poder prevenir situaciones que a posteriori son difícilmente gestionables sin incurrir en más gastos y tiempo del deseable. deseable . Y por supuesto, hna Correduría Correduría cuenta con expertos asesores para decirnos si estamos infra o sobre cubiertos y optimizar la relación cobertura-coste.
que generalmente los gastos permanecen jos o
inalterables (la hipoteca, el colegio de los niños, comida, etc.). Por supuesto, en caso de fallecimiento o invalidez permanente conviene tener suciente protección como para que este tipo de acontecimiento no deje en una situación vulnerable a la familia y esa protección dependerá de las cargas, deudas y gravámenes que tenga cada individuo. Muchas veces la cobertura del Sistema de Previsión Personalizado (SPP) puede ser suciente si no tenemos
cargas, pero en otras es necesario asesorarse con una entidad especializada para saber si, para ma yor tranquilid tranquilidad, ad, puedo necesitar algún seguro complementario. Esto es válido para los seguros personales de todo tipo, desde los de vida, accidentes, protección de pagos, fallecimiento, ahorro, etc. Son coberturas para distintos riesgos que puedan acaecer y lo recomendable es tener una composición previa de lugar para poder al menos evitarnos sorpresas futuras.
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teger ese patrimonio en caso de algún incidente:
robo, gotera, etc. Lo mismo ocurre con otros bienes: nuestro propio hogar, auto, entre otros.
Responsabilidad Civil (RC) Profesional Mención expresa expresa en este apartado merece merece la Responsabilidad Civil (RC) Profesional, ya que el arquitecto está expuesto a la responsabilidad civil derivada de toda su actividad profesional, por lo que debe estar protegido en esta materia y contratar un seguro que le cubra en caso de contingencia. Es importante asesorarse antes del inicio de la actividad para tener una idea global de necesidades que vayan a surgir, costes que implican las coberturas, obligaciones o responsabilidades según el tipo de actividad realizada, etc. En este sentido, Asemas es la entidad de referencia en el colectivo.
La Protección y los Seguros
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Y ahora... ¡a trabajar!
Y ahora… ¡a trabajar!
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Anexos
10.1 FORMULARIOS DE ALTA EN LA ACTIVIDAD 10.1.A - Alta en el Censo ante administración administr ación tributaria y en IAE MODELOS 036 Y 037 - Alta previa (para poder deducirse gastos incurridos antes del inicio de actividad a efectos de declaraciones trimestrales de IVA) y luego alta denitiva con este mismo modelo
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ANEXOS
ANEXOS
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10.1.B.I - Alta como Autónomo en hna en hna (913 (913 343 279 para contratar telefónicamente) Tienes 30 días naturales desde el inicio. Boletín de adhesión al SPP (Alternativo en hna) Cuota mínima actual: 215 euros Tarifa Especial emprendedores: 43,86 euros Cuota mínima actual Plan Inicia: Desde 30 euros
(los tres primeros años)
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ANEXOS
SISTEMA SIST EMA DE PREVI PREVISI SI N PERSON PERSONALIZ ALIZADO ADO (SPP) Reglamento del Sistema Prestacional de hna
Solicitud del Seguro Asesor ................................................................. Solicitud nº ................................
DATOS PERSONALES Nombre y Apellidos ............................................................................................................. ............................................................................................................. Fecha Fe cha Nac Nacim imien iento to .... ...../. ./.... ..../. ./.... ...... ...... ... Sexo:
V
M
N.I.F N.I .F.. ..... ........ ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ... Estado Civil:
C
S
V
D
Domicilio Particular .................................................................................. ......................................... ........................................... Localidad ..................................... C. Postal Postal .............. Teléfono .................. Fax ................... E-Mail ..................................... Domicilio Profesional .................................................................................. .......................................... .......................................... Localidad ..................................... C. Postal Postal .............. Teléfono .................. Fax ................... E-Mail ..................................... Marque con un X donde desea recibir la correspondencia.
COBERTURA Solicitud de:
Alta
Modif icación
Modalidad: Según proyecto adjunto adjunto número .......................................... ..........................................
DECLARACIÓN DE SALUD DEL ASEGURADO 1.2.3.4.5.6.-
Sí No
Peso ........... Altura ........... ¿Ha variado su peso más de un 10% en los últimos 12 meses? ¿Fuma o ha fumado en los últimos 3 años? ¿Cuántos cigarrillos al día? .................... ¿Goza usted de buena salud? ¿Padece algún defecto físico o psíquico? ¿Padece o ha padecido alguna enfermedad crónica o transitoria? ¿Ha habido en su familia enfermos del corazón, diabéticos u otras enfermedades? ¿Ha estado alguna vez hospitalizado para observación o tratamiento médico o quirúrgico o ha precisado tratamiento psiquiátrico o psicológico?
7.- ¿Tiene prevista alguna otra intervención quirúrgica o tratamiento médico? 8.- ¿Sigue actualmente algún tratamiento médico o lo ha seguido en los últimos cinco años? padecido alguna enfermedad o accidente que le haya mantenido inac9.- ¿En los dos últimos años ha padecido tivo para sus ocupaciones habituales durante más de 15 días?
10.- ¿Ha recibido alguna transfusión, se le ha hecho algún análisis especial (test del SIDA) o alguna prueba genética?
11.- ¿Realiza alguna actividad que entrañe peligro para su vida? 12.- ¿Tiene previsto residir o viajar fuera de la Unión Europea por un periodo de tiempo superior a 6 semanas? La suscripción está supeditada a la valoración médica de este Cuestionario de Salud del Asegurado y en su caso, a los resultados de las pruebas médicas a las que deba someterse para cumplir con las normas de selección de riesgos establecidas por hna. En caso de respuesta afirmativa a cualquiera de las preguntas (exceptuando la 3) es imprescindible que se detalle causa, fechas, historia clínica, etc. ............................................................................................. ........................................................................................................................................................ ........................................................................................................................................................
En ................................. a ...... de ................. de .......
Firma del Tomado Tomadorr
ANEXOS
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10.1.B.II - Si no se ha optado por por hna hna alta como autónomo RETA Modelo TA - 521 DEL RETA Cuota mínima actual: 265 euros Tarifa especial emprendedores: 53 euros
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ANEXOS
ANEXOS
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10.2 MODELO DECLARACIONES TRIMESTRALES DE IVA E IRPF 10.2.1 - Modelo IRPF para autónomos (estimación directa)
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ANEXOS
ANEXOS
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10.2. 1 - Modelo trimestr 10.2.1 trimestral al para autónomos de IVA (Régimen General)
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ANEXOS
ANEXOS
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grupo hna tu tranquilidad con la mayor solvencia
Puedes consultarnos en: www.hna.es O en tu ofcina de hna más cercana
Hermandad Nacional de Arquitectos Superiores y Químicos, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija. Inscrita en el Registro de Entidades de Previsión Social con el nº 3028. CIF: V-28306678. Registro Mercantil de Madrid. Tomo 25.316. Sección 8. Folio 178. Hoja M-62064. Mod. Mayo 2015