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Normas Normas de de Contr Control ol Inter Interno no para para el Area Area de Tesore esorería ría..
230-01 Unidad de de ca caja en la la Tesorería. 230230-02 02 Util Utiliz izac ació ión n del del fjo fjo de caja caja en la pro! pro!ra rama maci ción ón "nan "nanci cier era. a. 230-03 Conciliaciones #a #ancarias. 230230-0$ 0$ %ara %arant ntía ía para para respo espons nsa# a#le les s del del mane manejo jo o cs csto todi dia a de de &o &ondos ndos o 'alores. 230230-0( 0( )edi )edida das s de se! se!ri rida dad d para para c*e+ c*e+e es, s, &ond &ondos os o 'alo 'alorres. es. 230-0 -0 Control cst stodia de cartas-"anza nza. 230230-0/ 0/ Uso Uso de de &or &orm mla lari rios os prepre-n nme mera rado dos s mem# mem#rretad etados os para para el mo'imiento de &ondos. 230230-0 0 Uso Uso de de sel sello lo restr estric icti ti'o 'o para para los los doc docm men ento tos s pa! pa!ad ados os por por la la Tesorería. Tesorería. 230230-0 0 Trans rans&e &errenci encia a de &ond &ondos os por por medi medios os elec electr trón ónic icos. os. 230 230-10 -10 Uso Uso del del &ond &ondo o par para a pa! pa!o os en en e& e&ecti ecti'o 'o o &ondo ondo "jo "jo. 230-11 -11 epósitos op oportno en ce cen ntas #a #ancarias. 230-12 Ar+eos de &ondos 'alores. 230-13 -13 4e+er erimiento de de co compro#ante ntes de de pa pa!o. 230 N54)A6 7 C5NT458 INT74N5 9A4A 9A4A 78 A47A 7 T765474IA 8a Tesorería Tesorería p:#lica constite la síntesis de la !estión "nanciera !#ernamental; por ser la +e administra re!la el fjo de &ondos del 7stado e inter'iene en s e+ili#rio económico monetario. 7l sistema de Tesorería Tesorería tiene a s car!o la responsa#ilidad de< determinar la cantía de los in!resos tri#tarios no tri#tarios =pro!ramación "nanciera>; captar &ondos =recadación>; pa!ar a s 'encimiento las o#li!aciones del 7stado =procedimiento =procedimiento de pa!o>, otor!ar &ondos o pa!ar la ad+isición de #ienes ser'icios en el sector p:#lico , reci#ir cstodiar los títlos 'alores pertinentes. 8as normas de control interno para el ?rea de tesorería, tienen el propósito de #rindar se!ridad razona#le so#re el #en manejo de los &ondos 'alores p:#licos. 7stas normas son de aplicación en las entidades +e administren &ondos del Tesoro 9:#lico. C5NT7NI5 230-01 Unidad de caja en la tesorería. tesorería. 230-02 Utilización del fjo de caja en la pro!ramación pro!ramación "nanciera. 230-03 Conciliaciones #ancarias. 230-0$ %arantía de responsa#les responsa#les del manejo o cstodia cstodia de &ondos o 'alores. 230-0( )edidas de se!ridad se!ridad para c*e+es, c*e+es, e&ecti'o 'alores. 230-0 Control cstodia de cartas-"anza. 230-0/ Uso de &ormlarios &ormlarios mem#retados pre-nmerados para el mo'imiento de &ondos. 230-0 Uso de sello restricti'o restricti'o para docmentos pa!ados pa!ados por la tesorería.
230-0 230-10 230-11 230-12 230-13 p:#licas.
Trans&erencia de &ondos por medios electrónicos. Uso del @ondo para pa!os en e&ecti'o o &ondo "jo. epósito oportno en centas #ancarias. Ar+eos de &ondos 'alores. 4e+isitos de los compro#antes de pa!o reci#idos por entidades
230-01 UNIA 7 CAA 7N 8A T765474IA Cada entidad de#e centralizar la totalidad de ss recrsos "nancieros para s manejo a tra'Bs de Tesorería, con el o#jeto de optimizar la li+idez racionalizar la tilización de los &ondos disponi#les. Comentario< 01. 6e denomina Unidad de caja al principio +e se aplica en el sistema de Tesorería para centralizar la totalidad de los recrsos "nancieros ponerlos a car!o de la tesorería de la entidad. 7ste concepto no se opone a la implementación de mecanismos descentralizados de los procesos de pa!o. 02. 8a nidad de caja permite distri#ir racionalmente los &ondos, en &nción a las prioridades del !asto o cando no eista li+idez s"ciente. 6 aplicación *ace posi#le +e los &ondos pedan ser colocados donde m?s se necesitan ser retraídos, cando el proceso de !estión mestre ins"ciente capacidad de !asto. 03. 7l concepto de nidad de caja de#e aplicarse en ?m#itos +e constiten n ni'erso determinado, como< el ni'el de !o#ierno central para los recrsos pro'enientes del Tesoro 9:#lico, en el ni'el re!ional, cando constitan ?m#itos con atonomía económica administrati'a dispon!an de na Tesorería 4e!ional. 230-02 UTI8IDACI5N 78 @8U5 7 CAA 7N 8 A 945%4A)ACI5N @INANCI74A Cada entidad de#e ela#orar el fjo de caja con el o#jeto de optimizar el so de ss recrsos. Comentario< 01. 8a pro!ramación "nanciera comprende n conjnto de acciones relacionadas con la pre'isión, !estión, control e'alación de los fjos de entradas salidas de &ondos. 6 "nalidad es optimizar el mo'imiento de e&ecti'o en el corto plazo, permitiendo compati#ilizar los re+erimientos pro!ram?ticos del prespesto, con la disponi#ilidad real de &ondos priorizar s atención. 02. Un instrmento de la pro!ramación "nanciera es el @ljo de Caja, +e refeja las proecciones de in!resos !astos de n período e identi"ca las
necesidades de "nanciamiento en el corto plazo, así como los posi#les ecedentes de caja. 03. 7l fjo de caja de la entidad de#e tener n *orizonte temporal similar al ejercicio prespestal; s periodicidad pede ser anal, trimestral, mensal o diaria, de acerdo con las necesidades. 8imitaciones al alcance 0$. 7sta norma no es aplica#le para a+ellas entidades +e "nancien ss acti'idades eclsi'amente con &ondos del Tesoro 9:#lico, sal'o +e lo consideren necesario. 230-03 C5NCI8IACI5N76 EANCA4IA6 8os saldos conta#les de la centa Eancos de#en ser conciliados con los etractos #ancarios. 7n el caso de las s#centas del Tesoro los mo'imientos conta#les de#en conciliarse adem?s con el ór!ano rector del sistema de Tesorería. Comentario< 01. 6e denomina conciliación #ancaria a la contrastación de los mo'imientos del li#ro #ancos de la entidad, con los saldos de los etractos #ancarios a na &ec*a determinada, para 'eri"car s con&ormidad determinar las operaciones pendientes de re!istro en no otro lado. 8a conciliación de saldos conta#les #ancarios, permite 'eri"car si las operaciones e&ectadas por la o"cina de tesorería *an sido oportna adecadamente re!istradas en la conta#ilidad. 02. 8os saldos de las centas #ancarias de#en ser o#jeto de conciliación con los etractos remitidos por el #anco respecti'o en &orma mensal. Así mismo de#e 'eri"carse la con&ormidad de los saldos #ancarios se!:n tesorería, con los re!istros conta#les. 03. 7n el caso de las s#-centas del Tesoro, la conciliación con los etractos remitidos por el Eanco de la Nación, de#e re&erirse a los c*e+es pa!ados por Bste, de#iendo controlarse los c*e+es !irados a:n no pa!ados, identi"cando c*e+es en tr?nsito c*e+es en cartera =se!:n ar+eo &ísico>. 0$. e#e conciliarse con el ór!ano rector del sistema =Tesoro 9:#lico> la totalidad de c*e+es !irados por la entidad, contra la respecti'a atorización de !iro emitida por a+el la in&ormación alcanzada por el Eanco de la Nación. 0(. 9ara !arantizar la e&ecti'idad del procedimiento de conciliación, de#e ser e&ectado por na persona no 'inclada con la recepción de &ondos, !iro cstodia de c*e+es, depósito de &ondos o, re!istro de operaciones. Corresponde a la administración desi!nar al &ncionario, responsa#le de la re'isión de las conciliaciones #ancarias e&ectadas, pdiendo ser el contador otro &ncionario.
0. 8a 5"cina de Aditoría Interna de cada entidad de#e re'isar periódicamente dentro del eamen al ?rea de &ondos las conciliaciones #ancarias, con el o#jeto de ase!rar s realización en &orma oportna correcta. 230-0$ %A4ANTIA 7 47695N6AE876 78 )AN75 5 CU6T5IA 7 @5N56 5 FA85476 7l personal a car!o del manejo o cstodia de &ondos o 'alores de#e estar respaldado por na !arantía razona#le s"ciente de acerdo a s !rado de responsa#ilidad. Comentario< 01. 8a !arantía, tam#iBn denominada "anza, es n mecanismo +e permite redcir el ries!o in*erente de na entidad, ante sitaciones de pBrdida, incmplimiento, deterioro, mal manejo etc., de los recrsos +e se desea prote!er. 02. 8a !arantía aplicada al ?m#ito de la tesorería est? orientada a permitir +e el personal responsa#le de la cstodia manejo de &ondos o 'alores estB respaldado por n instrmento acepta#le, +e !arantice s idoneidad para tomar decisiones so#re el so de recrsos "nancieros, o para manejar, o cstodiar directamente &ondos o 'alores. 03. A &alta de na !arantía económica de car?cter personal, se pede determinar la con'eniencia de contratar n se!ro de des*onestidad &rente a la empresa a &a'or de la entidad, +e la respalde por los actos ile!ales en +e podrían incrrir los empleados responsa#les del manejo o cstodia de &ondos o 'alores, así como por otros ries!os in*erentes a estos acti'os. 8imitaciones al alcance 0$. 7sta norma no es aplica#le para a+ellos casos en +e la cantía de los &ondos o 'alores no jsti"ca o#tener la co#ertra mediante na póliza de se!ro. 230-0( )7IA6 7 67%U4IA 9A4A CG7HU76, 7@7CTIF5 FA85476 8as entidades de#en implementar medidas de se!ridad adecadas para el !iro de c*e+es, cstodia de &ondos, 'alores, cartas-"anza otros, así como respecto de la se!ridad &ísica de &ondos otros 'alores #ajo cstodia. Comentario< 01. 7l manejo de &ondos a tra'Bs de c*e+es #ancarios redce el ries!o, respecto de la tilización de e&ecti'o; sin em#ar!o, eisten otros ries!os relacionados con el so de c*e+es, los cales peden ser adlterados, etra'iados, sstraídos, etc.
02. 8os mecanismos de control aplica#les para la se!ridad cstodia de c*e+es, inclen< - %iro de c*e+es en orden correlati'o cronoló!ico, e'itando reser'ar c*e+es en #lanco para operaciones &tras. - Uso de sellos protectores +e impidan la adlteración de los montos consi!nados. - Uso de me#les con cerradra adecadas para !ardar los c*e+es en cartera los talonarios de c*e+es no tilizados. - Uso de re!istros de c*e+es en cartera c*e+es anlados, +e &aciliten la pr?ctica de ar+eos la re'isión de las conciliaciones. - )ecanismos de comnicación r?pida para el #lo+eo de centas #ancarias en casos de c*e+es etra'iados. - Uso del sello JANU8A5J en los c*e+es emitidos +e de#en anlarse. 03. 8a tesorería tiene responsa#ilidad so#re la cstodia de &ondos, c*e+es, cartas-"anza 'alores ne!ocia#les; por ello es con'eniente +e las instalaciones &ísicas de las nidades de tesorería ten!an am#ientes con lla'e, me#les especiales, cajas &erte, #ó'edas, etc. se!:n la necesidad de cada sitación. 0$. 8a alta dirección en cada entidad de#e esta#lecer procedimientos +e e'iten el retiro de montos importantes de e&ecti'o de las centas #ancarias de la entidad. Asimismo, es con'eniente e&ectar la recadación de in!resos, co#ranzas, así como los pa!os, a tra'Bs de entidades del sistema "nanciero. 230-0 C5NT458 CU6T5IA 7 CA4TA6-@IANDA 8os adelantos otras operaciones "nancieras por prestación de ser'icios o compra de #ienes sjetos a entre!a posterior, de#en re+erir de los pro'eedores la presentación de na carta-"anza emitida por na entidad #ancaria, no pdiendo e&ectar la Tesorería nin!:n pa!o sin el pre'io cmplimiento de este re+isitos. Comentario< 01. 7isten contratos +e cele#ran las entidades p:#licas cas condiciones !enerales estiplan la presentación de na carta-"anza otor!ada por contratistas, o pro'eedores para prose!ir con s ejección. Al!nos de Bstos son los contratos de o#ras, contratos por ad+isición de #ienes, ser'icios pro&esionales, etc. +e pre'en el pa!o de anticipos o adelantos, contra la presentación de cartas-"anza. Asimismo, al!nas transacciones por prestación
de ser'icios o compra de #ienes sjetos a entre!a posterior, con'ienen n adelanto +e de#e ser sal'a!ardado. 02. 7s importante +e la tesorería se constita en n elemento de control para el adecado cmplimiento de este re+isito &ormal en los aspectos si!ientes< - 8a carta "anza de#e ser emitida por na institción "nanciera de#idamente reconocida atorizada por la 6perintendencia de Eanca 6e!ros. - 4ecepción del docmento, pre'io al pa!o de anticipos, en co proceso de#e 'eri"carse si la carta-"anza es solidaria, incondicionada, irre'oca#le de realización atom?tica. - Cstodia or!anizada de las cartas-"anza - Control de 'encimientos de cartas-"anza 03. 8a tesorería de#e in&ormar oportnamente al ni'el sperior so#re los 'encimientos de las cartas-"anza, a "n de +e se tomen las decisiones adecadas, en canto a re+erir s reno'ación o ejección, se!:n sea el caso. 230-0/ U65 7 @54)U8A4I56 9A4A 78 )5FI)I7NT5 7 @5N56 8os &ormlarios esta#lecidos para las operaciones de in!resos e!resos de &ondos, de#en estar mem#retados prenmerados por cada entidad para s so en la Tesorería. Comentario< 01. 7n la conta#ilidad !#ernamental se tilizan los &ormlarios, reci#os de in!reso compro#antes de pa!o, para el in!reso el e!reso de &ondos, respecti'amente, con el o#jeto de clasi"car sistematizar la in&ormación de prespesto, tesorería conta#ilidad, así como refejar el proceso de atorizaciones; todo ello #ajo n &ormato ni&orme. 02. 7stos docmentos son empleados rtinariamente en el sector p:#lico para el procesamiento de operaciones por toda &ente de "nanciamiento. 6in em#ar!o, es importante +e sean mem#retados prenmerados por cada entidad antes de s tilización. 03. 7l mecanismo de poner en el docmento, el mem#rete de la entidad est? orientado a redcir el ries!o de mal so, en caso de pBrdida o sstracción de &ormlarios en #lanco =sstitción, so indiscriminado, etc.>o#li!ando adem?s a n maor cidado en s cstodia. 0$. 8os docmentos pre-nmerados de#en ser tilizados en orden correlati'o cronoló!icamente, lo cal posi#ilita s adecado control. 8os docmentos pre-nmerados no tilizados, o &ormlados incorrectamente de#en
anlarse, arc*i'?ndose el ori!inal las copias respecti'as como e'idencia de s anlación. 0(. 7l re!lamento de compro#ante de pa!o apro#ado por la 6perintendencia Nacional de Administración Tri#taria-6UNAT, es tam#iBn aplica#le a las entidades p:#licas cando !eneran in!resos como cal+ier otra empresa o institción del país, a:n cando se encentren eoneradas del pa!o de impestos. 0/. Cando las entidades reci#an &ondos por cal+ier concepto ='enta de #ienes ser'icios, pa!o de derec*os, 'enta de #ases de licitaciones, co#ranzas, recperaciones, otros>, +e son pa!ados por sarios mediante c*e+es #ancarios, de#e ei!irse +e Bstos se !iren a nom#re de la entidad, a "n de e'itar sitaciones de ries!o, en el manejo de &ondos. 230-0 U65 7 67885 476T4ICTIF5 9A4A 5CU)7NT56 9A%A56 954 8A T765474IA 8os compro#antes +e sstentan !astos de#en lle'ar el sello restricti'o pa!ado con el o#jeto de e'itar errores o dplicidades en s tilización. Comentario< 01. 8os compro#antes de pa!o estandarizados del sector p:#lico, se emiten para cada operación de !asto o salida de &ondos de#en estar soportados por s respecti'o docmento &ente. 7sta docmentación para ser sstentatoria de#e cmplir los re+isitos esta#lecidos por el sistema de conta#ilidad la normati'idad 'i!ente. 02. 7l sello restricti'o permite intilizar los compro#antes docmentos pa!ados, de#iendo consi!nar adem?s el n:mero del c*e+e !irado, n:mero de centa corriente entidad #ancaria , la &ec*a del pa!o. 03. Una 'ez a!otado el tr?mite del pa!o, los docmentos de !asto de#idamente soportados de#en ser marcados con el sello restricti'o, +e indi+e en &orma 'isi#le s condición de docmento pa!ado, procediBndose le!o a s arc*i'o. 7ste mecanismo de control interno redce el ries!o de tilización del mismo docmento para sstentar cal+ier otro e!reso de &ondos, inde#idamente, o por error. 230-0 T4AN6@747NCIA 7 @5N56 954 )7I56 787CT45NIC56 Toda trans&erencia de &ondos por medios electrónicos de#e estar sstentada en docmentos +e ase!ren s 'alidez con"a#ilidad. Comentario< 01. 8a tilización de medios electrónicos para las trans&erencias de &ondos entre entidades a!iliza la !estión "nan ciera !#ernamental e'itando el !iro de c*e+es por montos si!ni"cati'os. 6in em#ar!o, si #ien los mecanismos
electrónicos dinamizan la administración por la 'elocidad +e imprimen a las transacciones, Bstos no !eneran docmentación inmediata +e sstente la 'alidez, propiedad corrección de cada operación; aspecto +e limita la aplicación de controles internos con'encionales. 02. 7s importante implementar controles adecados a esta &orma de operar, en&atizando los mecanismos de se!ridad en el so de contraseKas=passLords>, co acceso de#e ser restrin!ido permitido solamente a las personas atorizadas. Nadie de#e conocer la serie completa de passLords tilizados en na entidad. 03. 8as cartas de con"rmación +e re+ieren las transacciones e&ectadas mediante el sistema de trans&erencia electrónica de &ondos de#en ser 'eri"cadas 'alidadas por el si!natario del passLord respecti'o. 0$. Cando eisten sistemas interconectados es posi#le +e se o#ten!a reportes atom?ticos, +e de#er?n constitir no de los elementos de e'idencia inmediata de la transacción, +e mestre los mo'imientos de las centas de salida de destino de los recrsos. 7l so del &acsímil es otro medio +e permite contar en lo inmediato con docmentos +e ssten ten la natraleza detalles de la operación, co respaldo &ormal estar? sjeto a la o#tención de los docmentos ori!inales. 230-10 U65 78 @5N5 9A4A 9A%56 7N 7@7CTIF5 @5N5 @I5 8as entidades +e por razones de necesidad e"ciencia *aan esta#lecido el so del &ondo para pa!os en e&ecti'o &ondo "jo, de#en implementar procedimientos para s manejo control. Comentario< 01. 7l &ondo para pa!os en e&ecti'o es de monto 'aria#le est? destinado para atender los !astos r!entes, +e por s natraleza no ameriten el !iro de c*e+es especí"cos. 7l &ondo "jo es n monto permanente reno'a#le tilizado, !eneralmente, para !astos mendos, tam#iBn denominado caja c*ica. 02. 7l so de &ondos en e&ecti'o sólo de#e implementarse por razones de a!ilidad costo. Cando la demora en la tramitación rtinaria de n !asto pede a&ectar la e"ciencia de la operación s monto no amerita la emisión de n c*e+e especí"co, se jsti"ca la atorización de n @ondo para pa!os en e&ecti'o destinado a estas operaciones. 03. 9ara s manejo control de#e ela#orarse los procedimientos pertinentes +e de#en ser apro#ados por el titlar de la entidad, o por +ien desi!ne, teniendo en centa los criterios si!ientes< - sti"cación atorización correspondiente del ni'el sperior de la entidad para s apertra.
- Indicación del tipo de !astos a c#rir, el monto m?imo de cada pa!o los ni'eles de atorización +e comprenda como mínimo, al je&e responsa#le de la ejección del !asto al je&e responsa#le de la administración "nanciera o +ien *a!a ss 'eces para atorizar la entre!a de &ondos. - esi!nación para el manejo del &ondo a na persona distinta a los responsa#les de !iro de c*e+es del re!istro en el li#ro de #ancos. - 7sta#lecimiento de procedimientos plazos de rendición reposición del &ondo. - 7la#oración de reportes periódicos de rendición de &ondos, indicando los montos, &nción, pro!rama, acti'idad o proecto, +e corresponda prespestalmente. 0$. Corresponde a la administración esta#lecer los procedimientos para el manejo control del &ondo para pa!os en e&ecti'o o &ondo "jo. 230-11 7956IT5 5954TUN5 7N CU7NTA6 EANCA4IA6 8os in!resos +e por todo concepto perci#an las entidades p:#licas de#en ser depositados en centas #ancarias nominati'as en &orma inmediata e intacta. Comentario< 01. 8os ser'idores a car!o del manejo de &ondos tienen la o#li!ación de depositarlos ínte!ros e intactos en la centa #ancaria esta#lecida por la entidad, dentro de las 2$ *oras si!ientes a s recepción. 8a !erencia de administración "nanciera o +ien *a!a ss 'eces de#e esta#lecer por escrito esa o#li!ación. 02. e#e e'itarse en lo posi#le reci#ir in!resos directamente en e&ecti'o en las entidades p:#licas, con el o#jeto de e'itar los ries!os in*erentes a s so. 03. Corresponde a la administración "jar los procedimientos de control necesarios para la implementación de esta norma. 230-12 A4HU756 7 @5N56 FA85476 e#en practicarse ar+eos sorpresi'os &recentes so#re la totalidad de &ondos 'alores #ajo cstodia para !arantizar s inte!ridad disponi#ilidad e&ecti'a. Comentario< 01. 8os ar+eos de &ondos o 'alores de#en realizarse por lo menos con na &recencia mensal, a "n de determinar s eistencia &ísica, al i!al +e s concordancia con los saldos conta#les.
02. Todo el e&ecti'o 'alores de#e contarse a la 'ez en presencia del ser'idor responsa#le de s cstodia, de#iendo o#tenerse s "rma como pre#a +e el ar+eo se realizó en s presencia +e le &eron de'eltos en s totalidad. 03. Un ar+eo conlle'a la &ormlación de n acta +e e'idencie la sitación o#jeti'a encontrada drante el conteo, así como las epresiones de con&ormidad o discon&ormidad epresada por los responsa#les de los &ondos o 'alores , por los &ncionarios +e inter'ienen en el ar+eo. 0$. 6i drante el ar+eo de &ondos o 'alores se detecte cal+ier sitación de car?cter irre!lar, Bsta de#e ser comnicada inmediatamente a la !erencia o a +ien *a!a ss 'eces , a la 5"cina de Aditoría Interna, para la adopción de las medidas correcti'as +e el caso amerite. 0(. 6on &ncionarios competentes para e&ectar ar+eos< el je&e de tesorería, el contador, el administrador, el aditor interno, cal+ier otro +e sea desi!nado por la sperioridad. 7l resltado del ar+eo de#e ser in&ormado a los ni'eles speriores correspondientes. 230-13 47HUI6IT56 7 856 C5)945EANT76 7 9A%5 47CIEI56 954 7NTIA76 9UE8ICA6 8as Tesorería antes de tramitar e&ectar el pa!o por o#li!aciones contraídas con pro'eedores, de#en ei!ir la presentación de compro#antes de pa!o esta#lecidos por le. Comentario< 01. 7l compro#ante de pa!o es el docmento +e sstenta la trans&erencia de n #ien o la prestación de n ser'icio. e#e etenderse o#li!atoriamente a:n cando dic*as operaciones no se encentren a&ectas a tri#tos, de acerdo con lo dispesto por el ecreto 8e NM 2(32. 02. 8as características de los citados docmentos se encentran descritas en el re!lamento de compro#antes de pa!o apro#ado por la 6perintendencia Nacional de Administración Tri#taria-6UNAT, +e entre otros re+isitos seKala el n:mero del re!istro :nico del contri#ente-4UC-, razón social, dirección, &ec*a de emisión el impesto !eneral a las 'entas correspondiente. 03. 8a 'eri"cación interna de la docmentación sstentatoria de pa!os, constite n mecanismo de control +e permite 'eri"car el cmplimiento de la &orma esta#lecida por 8e para la emisión de compro#antes de pa!o +e entre!an pro'eedores o contratistas a entidades p:#licas, como resltado de la trans&erencia de n #ien o la prestación de al!:n ser'icio.
0$. Corresponde a las Tesorerías de las entidades catelar el cmplimiento de esta norma, #ajo responsa#ilidad administrati'a le!al, se!:n corresponda.