“EL CONCEPTO JURÍDICO, JUICIO E INFERENCIA JURÍDICA: CLASIFICACIÓN”
TEMA “EL CONCEPTO JURÍDICO, JUICIO E INFERENCIA JURÍDICA: CLASIFICACIÓN”
ACTIVIDAD NRO 7 : RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIDAD I / RESUMEN DE INFORME
AUTOR. GARCÍA BARRETO JOSÉ NÉSTOR INTEGRANTES
GUTIERREZ GARCIA, Jhonny URIZA CORNEJO, Jose Manuel DOCENTE Dr. FERNANDEZ LUIS CURSO. LOGICA JURIDICA CICLO III TUMBES – PERÚ 2017 LOGICA JURIDICA
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“EL CONCEPTO JURÍDICO, JUICIO E INFERENCIA JURÍDICA: CLASIFICACIÓN”
Contenido Concepto de jurídico ........................................................................................................................... 3 JUICIO JURÍDICO: ................................................................................................................................. 4 Estructura Interna. .......................................................................................................................... 4 Inferencia Jurídica. .............................................................................................................................. 5 Carácter Complejo de la Inferencia. ................................................................................................ 5 Argumentación Jurídica. .................................................................................................................. 5 Presupuestos para la Argumentación Jurídica Idónea. ................................................................... 6 Motivación como Argumentación Jurídica Especial. ...................................................................... 6 Anexos ................................................................................................................................................. 7 BIBLIOGRAFIA ...................................................................................................................................... 9
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Concepto de jurídico Es lo relacionado con el Derecho, que es el conjunto de normas que regulan la conducta del hombre en sociedad, y establecen penas ante su incumplimiento. Proviene del vocablo latino iuridicus, de ius o iuris, que significa Derecho. Cuando hablamos de estudiar Ciencias Jurídicas, nos referim os al estudio metódico y sistemático de las leyes, o sea, de las normas que imponen coactivamente conductas o abstenciones, establecidas por órganos del estado con potestad legislativa. Lo jurídico es lo impuesto exteriormente al ser humano, que no decide si cumplir o no cumplir lo establecido normativamente, sino que debe hacerlo, si desea evitar la sanción. Parecería entonces, que lo jurídico está reñido con la libertad, y no es así. La libertad absoluta esclavizaría al ser humano, pues si cada uno hiciera lo que quisiera invadiría los derechos de los demás y reinaría el caos. El Derecho asegura la libertad de todos al establecer límites a lo que se puede querer en vistas al bien común. Si deseamos lo que tiene otra persona, y lo pudiéramos tomar, otros podrían también tomar nuestras pertenencias, y así la seguridad de todos quedaría anulada. Las normas jurídicas son establecidas en sentido estricto por el Poder Legislativo, que las establecen para casos generales y son aplicadas en los casos concretos, por el Poder judicial a cargo de los jueces. Lenguaje jurídico son aquellas expresiones técnicas propias del derecho: como cuando
hablamos
de
proceso,
sentencia,
reo,
enumeración
taxativa, jurisdicción, competencia, etcétera. Persona jurídica es aquella que no existe como persona física, pues no tiene características de humanidad, pero es sujeto del derecho, capaz de tener derechos y obligaciones legales. Por ejemplo, una sociedad comercial, el estado, una escuela, etcétera.
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JUICIO JURÍDICO: Una de las formas del conocimiento Jurídico, función= representar la estructura y el sentido de la prescripción jurídica (lo esencial de la N. Jurídica), es el contenido de la proposición jurídica (regulación jurídica). Es de naturaleza abstracta mientras que la Proposición Jurídica es de N. Objetiva, el J.J. tiene que ver con el cómo de be ser, y cómo puede ser es decir el comportamiento.
Importancia a) por ser contenido de la P. Jurídica b) Representa la estructura y sentido de la N. Jurídica c) Identifica la orientación de la Regulación Jurídica
Estructura Interna. a) Hipótesis Jurídica. (Supuesto Normativo) función= prever un acto, hecho, omisión, suceso, etc. prefigurado por el autor de la N. J. es decir, se encuentra prevista descriptivamente en una conducta o realidad fáctica, a veces suele estar implícita o formar parte de otra proposición jurídica a la que se llega vía remisión (concordancia). Su Naturaleza es Fáctica y predictivo. Solo eventualmente incluye algo de carácter Jurídico) b) Operador Deóntico ( Núcleo de la imputación normativa). c) Consecuencia Jurídica (Disposición Normativa).
Por su contenido toda N. Jurídica da 3 respuestas concretas: 1. Cuando precisamente 2. qué comportamiento prescribe o permite la N.J. 3. Consecuencias a las que atenerse.
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Inferencia Jurídica. Es una clase especial de razonamiento teniendo como premisas o a un juicio jurídico no positivizado que afirma o niega la Hipótesis jurídica y/o de otro lado una como parte de un principio jurídico no positivizado.
Carácter Complejo de la Inferencia. Es compleja y variada, requiere para ser válida: requiere
los
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tipos
de
inferencia,
doctrina,
la lógica
jurídica,
conocimientos
extrajurídicos. La Inferencia es Jurídica si por lo menos una de sus premisas es de naturaleza jurídica. La Inferencia Jurídica se realiza empleando el lenguaje natural y el técnico o el formalizado.
Argumentación Jurídica. Es un proceso cognitivo especializado (teórico práctico) que se realiza mediante concatenación de inferencias jurídicas consistentes a la luz vinculante de los principios y demás cánones lógicos pertinentes. Contatenar quier e decir que debe existir necesariamente una conexión interna entre las inferencias; de modo que la argumentación Jurídica
sea
siempre
una
Unidad
Sistémica
(coherente).
Excepcionalmente
la
Argumentación Jurídica puede concretarse mediante una sola inferencia (un solo argumento). La exigencia de la consistencia de la Argumentación Jurídica implica el deber de evitar contradicciones entre las inferencias que se concatenan y se orientan hacia una determinada conclusión. La finalidad que persigue el argumentante es de demostrar la verdad o probabilidad o falsedad o error, etc. La Argumentación Jurídica tiene que estar fundada en la razón suficiente. Púes cada conclusión inferida debe indicar el fundamento del por qué es así o no es así el significado que contiene. La tesis de la Argumentación Jurídica es la idea nuclear de defender, sostener o refutar, es el punto de partida de la actividad cognitiva argumentativa (conocimiento). Es imprescindible el deber de usar adecuadamente el empleo correcto del lenguaje (sintaxis, semántica, pragmática) que permitirá al argumentante expresar, transmitir el sentido auténtico de lo que sostiene, así como también es necesario el uso del lenguaje técnico jurídico pertinente en cada caso.
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“EL CONCEPTO JURÍDICO, JUICIO E INFERENCIA JURÍDICA: CLASIFICACIÓN” La conclusión final es la resultante de las conclusiones parciales. Para que la conclusión esté exenta de, error o falsedad, es necesario que la argumentación haya tenido lugar sin paralogismos ni falacias.
Ámbito de la Argumentación Jurídica se da en el ejercicio de la Magistratura (juez, fiscal),
en
la defensa (procedimiento judicial o administrativo), Asesoría Jurídica
(personas públicas o privadas), en la Legislación, en la Investigación Jurídico Social o socio-jurídica, en los estudios y exposiciones de los juristas.
Presupuestos para la Argumentación Jurídica Idónea. a) Dominio Cognitivo sobre el Objeto de la Argumentación Jurídica Es necesario conocer qué es lo que se trata de demostrar o refutar, se refleja en el planteamiento y razonamiento estricto e inequívoco de la tesis que se defiende o se refuta. b) Aplicación de la Lógica. Conociendo y aplicando puntualmente los principios y reglas pertinentes de la lógica general, así como las categorías y cánones de la L.J. Mantener una atención especial para evitar o detectar paralogismos o falacias. c) Aplicación de Conocimiento de mayor grado de Abstracción. utilizar la aplicación puntual (ontología, Epistemología, etc.), aplicación en la Doctrina Jurídica de la especialidad pertinente, así como de las categorías de Teoría General del Derecho. d) Aplicación de Cultura General. El argumentante tendrá necesidad de contar con el apoyo de la disciplina pertinente, sea mediante asesoramiento de expertos en la materia y/o la información en la bibliografía especializada.
Motivación como Argumentación Jurídica Especial. Dar o explicar la razón o motivo que se ha tenido para hacer una cosa. a) Deber Constitucional de Motivar la Resolución J. es el deber jurídico de explicar y justificar (demostrar con argumentos convincentes) porqué y para qué, si la decisión es en ese sentido y no en otro sentido. La motivación de las resoluciones Jurisdiccionales tienen rango de principio jurídico en el Perú (139. inc. 5 C.)
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“EL CONCEPTO JURÍDICO, JUICIO E INFERENCIA JURÍDICA: CLASIFICACIÓN” b) Data del Deber de Motivación. Ghirardi: En el Derecho Contemporaneo toda sentencia tiene fundamento. Siglo XIII y Siglo XV los jueces debían cuidarse mucho de mencionar la causa de la decisión ni podían publicar las resoluciones judiciales. Revol. Franc. la ley mandaba al Juez que exprese en su sentencia los hechos probados y los motivos determinantes de la decisión.
Anexos RELACIONADO CON EL DERECHO
PANORAMA SOCIAL JURIDICA NORMAS Y LEYES QUE REGULAN LA CONDUCTA HUMANA Y DE LA SOCIEDAD ESTABLECEN PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD
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INFERENCIA JURIDICA
INFERENCIA JURÍDICA STRICTU SENSU
ES UN JUICIO ENUNCIATIVO QUE AFIRMA O NIEGA LA SUBCION DEL CASO DE LA HIPOTESIS JURIDICAS
INFERENCIA JURÍDICA LATU SENSU
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BIBLIOGRAFIA Lee todo en:
Concepto de jurídico - Definición en DeConceptos.com http://deconceptos.com/ciencias juridicas/juridico#ixzz4lvCIIkch
https://www.wikiteka.com/apuntes/juicio-juridico/
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