República Bolivariana de Venezuela Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Defensa Universidad Nacional Experimental Politécnica de la uerza !rmada Bolivariana Núcleo Nueva Esparta
PUERTOS
Bac"iller#
$uan %rie&o' $unio de ()*+
ÍNDICE Página ,ntroducci-n !dministraci-n Portuaria Ré&imen /ocal 1r&anizaci-n Portuaria 1r&anizaci-n de las 1peraciones Ré&imen inanciero 5arifas Portuarias 6onstrucciones de tipo portuario ,nfraestructura portuaria 7ona portuaria 6onclusiones Biblio&raf8a
. + 0 2 3 4 *) *+ *+ *0 *2 *3
2
INTRODUCCIÓN 9e entiende por puerto' el con:unto de espacios acu;ticos < terrestres naturales o artificiales e instalaciones fi:as < m-viles' aptos para las maniobras de fondeo' atra=ue < desatra=ue < permanencia de bu=ues' =ue constitu
Por ello' para llevar a cabo la actividad portuaria se debe tener conocimiento sobre
los
si&uientes
aspectos#
!dministraci-n
Portuaria'
Ré&imen
/ocal'
1r&anizaci-n Portuaria' 1r&anizaci-n de las 1peraciones' Ré&imen inanciero' 5arifas Portuarias' entre otros>
3
ADMINISTRACION PORTUARIA En el territorio venezolano la administraci-n portuaria est; a car&o de B1/,PUER519 ?Bolivariana de Puertos' 9>!>@ empresa encar&ada de la correcta manipulaci-n de la car&a' recepci-n' ubicaci-n' almacenamiento < despac"o de la mercanc8a durante los procedimientos le&ales para la nacionalizaci-n> En este sentido' /a /e< %eneral de Puertos en su art8culo 3*' expone# ASe entiende por administrador portuario la persona jurídica que ejerce la administración y mantenimiento del puerto, cualquiera sea su c lasificación>
!s8 pues' la administraci-n del puerto comprende una serie de funciones dentro las m;s importantes se encuentran# *> %erenciar la actividad portuaria dentro de su ;mbito de competencia' a fin de "acerla eficiente < rentable> (> E:ecutar el Plan Maestro del puerto' en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo Portuario> .> !utorizar < controlar las operaciones portuarias para lo&rar =ue se desarrollen en condiciones -ptimas de eficacia' rentabilidad' productividad < se&uridad> +> Remitir peri-dicamente a la !utoridad !cu;tica informaci-n relativa al movimiento de car&as < de bu=ues' los presupuestos < planes de inversi-n' los informes de control de &esti-n' as8 como cual=uier otra informaci-n =ue se le solicite> 0> acilitar la actuaci-n de los diferentes -r&anos de la !dministraci-n < de los entes públicos < privados =ue e:ercen actividades en la zona portuaria> 2> 1r&anizar el uso de las ;reas de servicio del puerto' planificar < pro&ramar su desarrollo> 3> Elaborar < someter a la aprobaci-n del -r&ano =ue corresponda las tasas portuarias previstas en esta /e<' procurando ase&urar la competitividad del puerto < m;r&enes de rentabilidad razonables> 4> 9olicitar a las autoridades competentes' evaluaciones peri-dicas' por lo menos cada dos ?(@ aCos' de la batimetr8a a los fines de &arantizar el calado oficial de cada puerto' &arantizando =ue el canal de acceso < los muelles manten&an profundidades acordes con la naturaleza del tr;fico =ue el puerto sirve> 4
> 6umplir < "acer cumplir las normas nacionales e internacionales en materia de se&uridad e "i&iene industrial' control sanitario' prevenci-n < control de incendios as8 como protecci-n f8sica de las instalaciones' para lo cual or&anizar;n los respectivos servicios de se&uridad f8sica < protecci-n inte&ral' se&ún los lineamientos de la !utoridad !cu;tica < los re=uerimientos espec8ficos del puerto>
Por otro lado' la administraci-n portuaria est; obli&ada al mantenimiento del puerto' mediante la conservaci-n < cuidado de la zona portuaria' para lo cual en el art8culo 3. de la /e< %eneral de Puertos se establece#
1. El mantenimiento de las instalaciones de la in!"aest"#ct#"a $ del e%#i&o a!ecto a la acti'idad &o"t#a"ia de mane"a %#e est(n en condiciones !#ncionales de o&e"aci)n incl#$endo el mantenimiento &"edicti'o &"e'enti'o $ el co""ecti'o as* como las me+o"as $ demás o,"as necesa"ias &a"a #n a&"o'ec-amiento e!iciente de las instalaciones del e"to. . /a ado&ci)n de medidas &"e'enti'as cont"a incendios de""ames de -id"oca",#"os $ ot"os siniest"os. 0. /a im&lantaci)n de #n sistema "eg#la" de "ecolecci)n $ dis&osici)n de "esid#os. . /a "e-a,ilitaci)n de la est"#ct#"a e2istente. 3. C#al%#ie" ot"a acti'idad necesa"ia &a"a el mantenimiento $ conse"'aci)n del e"to.
RE4IMEN /OCA/ 6ada puerto se encuentra ubicado en una zona o espacio &eo&r;fico' el cual tiene su propia le&islaci-n municipal o estadal < por tanto se debe respetar < acatar estas le
OR4ANI5ACIÓN PORTUARIA ES6UEMA /a or&anizaci-n portuaria del pa8s est; estructurada ba:o el si&uiente es=uema' esta estructura contempla la &erencia &eneral de operaciones' de protecci-n portuaria < de infraestructuras < servicios dentro de los cuales est;n incluidos los principales 5
puertos del pa8s ?Puerto 6abello' /a %uaira' Maracaibo' Puerto ,nternacional del %uamac"e' %uanta < la 6eiba@' dependientes del Ministerio del Poder Popular para 5ransporte !cu;tico < !éreo#
uente# B1/,PUER519' ()*+>
6
uente# B1/,PUER519' ()*+>
OR4ANI5ACIÓN DE /AS OPERACIONES
6on motivo de las actividades propias en los puertos' se llevan a cabo una serie procedimientos definidos en la /e< %eneral de Puertos' en su art8culo 3+ como a=uellas operaciones =ue#
7
com&"enden los se"'icios de at"a%#e ama""e desama""e ca"ga desca"ga t"ans!e"encia esti,a llenado consolidaci)n $ 'aciado de contenedo"es la mo'ili7aci)n de la ca"ga la "ece&ci)n $ ent"ega de me"canc*as8 el &esa+e de la ca"ga el almacenamiento8 el s#minist"o de e%#i&os de manilaci)n de me"canc*a m)'iles8 el s#minist"o de ag#a com,#sti,le '*'e"es $ a!ines a los ,#%#es8 la seg#"idad ind#st"ial las "e&a"aciones meno"es de los ,#%#es $ e%#i&os ins&ecciones $ 'e"i!icaci)n de ca"ga $ en gene"al ot"os se"'icios de nat#"ale7a seme+ante.
Es importante resaltar =ue estas operaciones o servicios s-lo podr;n ser prestados por el ente público descentralizado encar&ado de la administraci-n del puerto < las personas inscritas en el re&istro de Empresas de 9ervicios Portuarios' =ue al efecto or&anizar; la administraci-n portuaria correspondiente < sus re=uisitos ser;n establecidos en el Re&lamento> Del mismo modo' el a&ente naviero deber; estar inscrito en el re&istro antes mencionado' cumpliendo con los re=uisitos < condiciones establecidas por la administraci-n portuaria>
!s8 pues' existen dos clases de operadores' los portuarios < los de 5erminal' los primeros se encar&an de mercanc8as =ue "an sido o ser;n ob:eto de transporte por a&ua' a fin de prestar o "acer prestar con respecto a esas mercanc8as' servicios tales como el dep-sito transitorio' la car&a' la descar&a' la estiba' la desestiba' el arruma:e' el entablado' el trincado' el acarreo < el almacenamiento' < los últimos tiene ba:o su control directo un ;rea abierta o patio' o una instalaci-n especializada dentro de la zona portuaria' mediante contrato celebrado con el administrador portuario>
RE4IMEN 9INANCIERO /os puertos obtienen in&resos derivados de la operaci-n comercial del mismo' tales como operaciones financieras' arrendamientos de ;reas cubiertas o descubiertas'
8
concesiones' entre otros> De tal manera =ue la administraci-n del puerto público de uso público deber; &arantizar# *> /os &astos operativos de administraci-n < mantenimiento (> /a depreciaci-n de sus bienes e instalaciones < .> El costo de la inversi-n =ue re=uiera el puerto' se&ún el plan de desarrollo de la infraestructura portuaria' para adecuarlo a los altos niveles de eficiencia < competitividad en su respectiva ;rea de influencia>
En tal sentido' 6uando el ente administrador del puerto adopte la fi&ura de una sociedad mercantil se&ún el !rt8culo 0* de la le< &eneral de puertos establece#
De,e"á c"ea" #na "ese"'a de ca&ital no in!e"io" al 0:; de la #tilidad del e+e"cicio "es&ecti'o a se" a&licada a gastos de in'e"si)n $ me+o"amiento de la in!"aest"#ct#"a &o"t#a"ia. Dic-a sociedad me"cantil esta"á o,ligada a t"i,#ta" al m#nici&io donde est( #,icado el e"to el imesto so,"e acti'idades econ)micas de ind#st"ia come"cio se"'icios o de *ndole simila" en los t("minos %#e esta,le7ca la o"denan7a "es&ecti'a as* como c#al%#ie" ot"o t"i,#to m#nici&al de con!o"midad con la le$. /a al*c#ota del imesto so,"e acti'idades econ)micas de ind#st"ia come"cio se"'icios o de *ndole simila" no e2cede"á del doce $ medio &o" ciento <13;= de los ing"esos ,"#tos $ s# &"od#cto s)lo &od"á se" #tili7ado &o" el M#nici&io en o,"as de in'e"si)n $ me+o"amiento de la in!"aest"#ct#"a $ los se"'icios m#nici&ales. Por otro lado' 6uando el ente administrador del puerto adopte la fi&ura de instituto aut-nomo' se&ún el !rt8culo 0( de la le< &eneral de puertos establece#
A&o"ta"á al !isco estadal mediante do7a'os #na cantidad no in!e"io" al die7 &o" ciento <1:;= de los ing"esos ,"#tos. Dic-o a&o"te se"á inco"&o"ado cada a>o en la /e$ de P"es#esto del Estado. El instit#to a#t)nomo esta"á o,ligado a e!ect#a" al m#nici&io donde est( #,icado el e"to #n a&o"te no meno" del doce $ medio &o" ciento <13;= de s#s ing"esos ,"#tos. A tal !in el instit#to a#t)nomo mediante con'enios %#e s#sc"i,i"á con la alcald*a "es&ecti'a e!ect#a"á dic-o a&o"te destinado a #n !ondo es&ec*!ico c"eado &o" el m#nici&io %#e se"á #tili7ado en o,"as de in'e"si)n $ me+o"amiento de la in!"aest"#ct#"a $ se"'icios &?,licos m#nici&ales. Estos montos se"án a&licados al estado de ing"esos $ eg"esos del e+e"cicio "es&ecti'o. Del e2cedente si lo -#,ie"e des(s de a&licados los a&o"tes a""i,a mencionados se c"ea"á #na "ese"'a de &at"imonio !i+ada en la le$ estadal "es&ecti'a %#e se"á a&licada a gastos de in'e"si)n $ me+o"amiento de la in!"aest"#ct#"a &o"t#a"ia.
9
TARI9AS PORTUARIAS
/os servicios portuarios prestados por las autoridades portuarias' tienen un precio' me:or conocido como tarifas portuarias' los cuales recaen bien sea sobre los barcos como sobre su car&a> De manera tal' en el art8culo 02 de la /e< %eneral de Puertos se establecen ba:o cuales conceptos aplican las tasas portuarias#
1. De"ec-o de A""i,o@ Cont"a&"estaci)n a ca"go del &"o&ieta"io del ,#%#e %#e se &aga"á &o" el t"ánsito del ,#%#e a t"a'(s de los canales de acceso as* como el #so de las dá"senas o ag#as inte"nas del e"to. Son "es&onsa,les solida"ios del &ago de esta tasa@ el a"mado" el "e&"esentante del a"mado" el Ca&itán del ,#%#e o s# agente na'ie"o. . De"ec-o de M#elle@ Cont"a&"estaci)n a ca"go del &"o&ieta"io del ,#%#e %#e se &aga"á &o" la #tili7aci)n %#e -aga el ,#%#e de los m#elles del e"to. Son "es&onsa,les solida"ios del &ago de esta tasa@ el a"mado" el "e&"esentante del a"mado" el Ca&itán del ,#%#e o s# agente na'ie"o. 0. De"ec-o de Em,a"%#e $ Desem,a"%#e@ Cont"a&"estaci)n a ca"go del &"o&ieta"io del ,#%#e %#e se &aga"á &o" el #so %#e los &asa+e"os -acen de las instalaciones del te"minal &o"t#a"io de &asa+e"os "es&ecti'os. Son "es&onsa,les solida"ios del &ago de esta tasa@ el a"mado" el "e&"esentante del a"mado" el Ca&itán del ,#%#e o s# agente na'ie"o. . De"ec-o de Uso de S#&e"!icie@ Cont"a&"estaci)n a ca"go del &"o&ieta"io de la ca"ga %#e se &aga"á &o" la mo'ili7aci)n de las me"canc*as desde o -acia el ,#%#e. Son "es&onsa,les solida"ios del &ago de esta tasa@ el o&e"ado" &o"t#a"io o el consignata"io de las me"canc*as. 3. De"ec-o de De&)sito@ Cont"a&"estaci)n a ca"go del &"o&ieta"io de la ca"ga %#e se &aga"á &o" el de&)sito t"ansito"io de las me"canc*as en las á"eas a,ie"tas o &atios administ"ados di"ectamente &o" el administ"ado" &o"t#a"io. Son "es&onsa,les solida"ios del &ago de esta tasa@ el o&e"ado" &o"t#a"io o el consignata"io de las me"canc*as. . De"ec-o de Almacenamiento@ Cont"a&"estaci)n a ca"go del &"o&ieta"io de la ca"ga %#e se &aga"á &o" el almacenamiento de la me"canc*a en los almacenes administ"ados di"ectamente &o" el administ"ado" &o"t#a"io. Son "es&onsa,les solida"ios del &ago de esta tasa@ el o&e"ado" &o"t#a"io o el consignata"io de las me"canc*as. B. De"ec-o de Estacionamiento de e-*c#los $ Ma%#ina"ias@ Cont"a&"estaci)n ca"go del &"o&ieta"io de 'e-*c#los $ ma%#ina"ias %#e se &aga"á &o" estaciona" 'e-*c#los $ ma%#ina"ias dent"o del "ecinto &o"t#a"io. Son "es&onsa,les del &ago de esta tasa los &"o&ieta"ios de estos 'e-*c#los $ ma%#ina"ias. Están e2entos del &ago de esta tasa a%#ellos 'e-*c#los #tili7ados &a"a el no"mal desen'ol'imiento de las o&e"aciones destinadas al aca""eo de me"canc*as dent"o del "ecinto &o"t#a"io. . De"ec-o de Regist"o@ Cont"a&"estaci)n a ca"go de las em&"esas de se"'icios &o"t#a"ios &o" la insc"i&ci)n en el "egist"o "es&ecti'o. /as &e"sonas decla"adas "es&onsa,les solida"ios en este a"t*c#lo lo se"án en s# ca"ácte" de agentes de &e"ce&ci)n.
10
Pa"ág"a!o nico@ Se"án conside"ados como ing"esos ,"#tos de o&e"aciones &o"t#a"ias e!ecti'amente &e"ci,idas s)lo los esta,lecidos en los n#me"ales 1 0 $ del &"esente a"t*c#lo. De acuerdo a lo anteriormente expuesto' es importante resaltar el "ec"o de =ue se encuentran exentos del pa&o de Derec"o de !rribo < Derec"o de Muelle' los bu=ues de &uerra nacionales < los extran:eros' cuando exista reciprocidad < los bu=ues nacionales < extran:eros en labores de investi&aci-n cient8fica>
Por otro lado' la le< establece al&unos incentivos' para el desarrollo de la actividad en los puertos' < por tanto permite a los bu=ues inscritos en el Re&istro Naval Venezolano' =ue realicen operaciones de transporte internacional en puertos venezolanos' &ozar de una reba:a de un diez por ciento ?*)F@ sobre las tasas por Derec"o de !rribo < Derec"o de Muelle>
Del mismo modo' a=uellos bu=ues inscritos en el Re&istro Naval Venezolano' =ue realicen operaciones de cabota:e' &ozar;n de una reba:a de un cincuenta por ciento ?0)F@ sobre las tasas por Derec"o de !rribo < Derec"o de Muelle> ,&ual reba:a ser; aplicada a las operaciones portuarias =ue involucren car&as movilizadas en cabota:e' sobre las tasas por concepto de Derec"o de Dep-sito < Derec"o de Uso de 9uperficie>
Mientras =ue los bu=ues inscritos en el Re&istro Naval Venezolano' =ue realicen operaciones tales como# abastecimiento de combustible' lubricantes < vituallas' reparaciones' cambio de tripulantes' inspecciones técnicas de autoridades < compaC8as de se&uro o clasificadoras u otras de naturaleza similar a las comúnmente conocidas como operaciones de puerto base o de abri&o' &ozar;n de una reba:a de un setenta por ciento ?3)F@ sobre las tasas por Derec"o de !rribo < Derec"o de Muelle>
11
6on la finalidad de presentar las tasas aplicadas ba:o los diferentes conceptos' se extrae de la le< de tasas portuarias los si&uientes anexos#
12
13
CONSTRUCCIONES DE TIPO PORTUARIO 9on consideradas construcciones de tipo portuario todos a=uellos atracaderos' embarcaderos < otras instalaciones de i&ual naturaleza' aptas para el atra=ue' desatra=ue < estad8a de bu=ues' o para la transferencia de personas o bienes entre bu=ues < tierra u otros medios de transporte' =ue' sin reunir las condiciones necesarias para ser consideradas puertos en los términos de la le< < sin formar parte de un puerto' representan un interés local o comunitario' o el interés privado de su propietario < se encuentran sometidos a los re&lamentos =ue establezca la !utoridad !cu;tica>
IN9RAESTRUCTURA PORTUARIA /a infraestructura portuaria comprende las radas' fondeaderos' canales de acceso' muelles < espi&ones < las tierras en las =ue se encuentran construidas dic"as obras>
14
5ONA PORTUARIA 9e considera zona portuaria' el espacio f8sico donde se efectúan las operaciones portuarias < e:erce sus funciones el !dministrador Portuario' la cual comprende los si&uientes elementos# *> En el espacio acu;tico# la rada' el fondeadero' el canal de acceso < la d;rsena' (> En el espacio terrestre# los muelles' las rampas' los patios' las v8as internas' los almacenes' los edificios < cuales=uiera otras instalaciones>
15
CONC/USION /a !ctividad Portuaria en Venezuela' es desarrollada a los fines de conformar un sistema portuario nacional moderno < eficiente' mediante la descentralizaci-n de la competencia portuaria respecto de los GPuertos Públicos de Uso 6omercialG' en donde el Estado tiene a su car&o todo lo relativo a la elaboraci-n de las pol8ticas portuarias nacionales' < a la supervisi-n < control de todos los puertos < construcciones de tipo portuario mar8timos' fluviales < lacustres existentes o =ue se constru
Es por ello' =ue se "ace especial "incapié en la !dministraci-n Portuaria pues a través de ella se lleva a cabo la manipulaci-n de la car&a' recepci-n' ubicaci-n' almacenamiento < despac"o de la mercanc8a durante los procedimientos le&ales para la nacionalizaci-n < mediante las 1peraciones Portuarias en &eneral' se realizan todas las actividades propias en los puertos como son# servicios de atra=ue' amarre' desamarre' car&a' descar&a' transferencia' estiba' llenado' consolidaci-n < vaciado de contenedores' la movilizaci-n de la car&a' la recepci-n < entre&a de mercanc8as>
16
FIF/IO4RA9IA
/e< %eneral de Puertos> %aceta 1ficial NH .>*+) de la República Bolivariana de Venezuela>
/e< de tasas Portuarias> %aceta 1ficial NH 2>)(0 de la República Bolivariana de Venezuela>
Ministerio del Poder Popular para 5ransporte !cu;tico < !éreo> Bolivariana de Puertos> Disponible en "ttp#IIJJJ>bolipuertos>&ob>veIDescar&as/e&al>aspx
17