ACTA DE REQUERIM REQUERIMIENTO: IENTO: En la ciudad de Huehuetenango, Huehuetenango, departamen departamento to de Huehuetenango, el diecisiete de diciembre del dos mil trece; siendo las diez horas en punto; ADELINA DEL ROSARIO GUTIERREZ MARTINEZ, Notaria, me encuentro constituida en mi oficina profesional, ubicada en la decima calle seis guion diecinueve, Colonia “El Mirador” de la zona uno Huehuetenango, soy requerida por la señora CANDELARIA NOEMY FRANCISCO FRANCISCO, quien es de veintitrés años de edad, soltera, guatemalteca, ama de casa, de este domicilio, quien se identifica con documento personal de identificación código único de identificación un mil setecientos trece, noventa mil cuatrocientos setenta y cuatro, un mil trescientos veintiséis extendido por el Registro Nacional de las Personas. Me asegura la
compareciente hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y en uso de los cuales manifiesta que requiere mis servicios notariales con el objeto de promover DILIGENCIAS VOLUNTARIAS EXTRAJUDICIALES DE ASIENTO EXTEMPORANEO DE PARTIDA DE DEFUNCION, DE SU SEÑORA MADRE: GUADALUPE FRANCISCO FELIPE, quien ya falleció el diecinueve de agosto del dos mil diez, y a la fecha no se ha inscrito dicho fallecimiento en el Registro que corresponde; y para el efecto se procede de la siguiente manera: PRIMERO: Procedo a juramentar a la compareciente de conformidad con la fórmula siguiente: “¿Prometéis, bajo juramento, decir la verdad en lo que fuereis preguntado?”; a lo que responde “SI, Bajo juramento, prometo decir la verdad”. A
continuación le hago saber lo relativo al delito de perjurio y su pena respectiva, bajo ese juramento dice llamarse como quedo escrito y ser de los datos de identificación anteriormente anotados. SEGUNDO: Declara la requirente que como consta en la Certificación del Certificado de Defunción extendido por la auxiliar Dorcas Eunice Esquite Colindres de la Sección de Archivo de la Unidad de Procesamiento y Evacuacion de Dictamenes, de Instituto Nacional de Ciencias Forences –INACIF-, con fecha veintidós de noviembre del dos mil trece, su señora madre GUADALUPE FRANCISCO FELIPE, falleció con fecha diecinueve de agosto del año dos mil diez (19-08-2010) a eso de las quince horas (15:00), la causa de su muerte fue por Asfixia por Estrangulamiento, ocasionadas por proyectiles de arma de fuego, siendo ésta una de las consecuencias del conflicto armado interno que sucedió en Guatemala, hecho que es de dominio público en el mencionado municipio; pero por razones del momento histórico que se vivía, la pobreza, por falta de seguridad, así como por desconocimiento de trámites de esa índole por parte de su familia, en su oportunidad nos e hizo el respectivo asiento de la partida de defunción en el Registro Civil local, situación que hasta esta fecha persiste, tal como también consta en el certificado de la partida de nacimiento número: CINCO, (05) Folio: CIENTO NUEVE y CIENTO DIEZ (109 y 110), Libro: VEINTE (20) de nacimientos del Registro Civil del municipio de Sipacapa, del departamento de San Marcos, extendido por el Registrador Civil de las Personas, de Sipacapa, departamento de San Marcos, que corresponde a su señor padre Ambrocio Tema Pérez, certificado con el que se demuestra que a la partida de nacimiento de su señor padre, no le aparece alguna razón que haga constar su fallecimiento; por lo que solicita al Infrascrito Notario que se inicien Diligencias Voluntarias en la Vía Notarial, de asiento extemporáneo de la partida de defunción su señor padre Ambrocio Tema Pérez. SEGUNDA: Continúa manifestando el requirente señor AMBROCIO ELIXALEN TEMA LOPEZ, que en virtud de lo anterior expuesto solicita: a) que se den por iniciadas las presentes Diligencias Voluntarias de Asiento
Extemporáneo de Partida de Defunción de su señor padre Ambrocio Tema Pérez, por ser de su interés; b) que se tengan por acompañados los siguientes documentos: I) Constancia extendida por el alcalde municipal del municipio de Sipacapa, departamento de San Marcos, con fecha veintisiete de diciembre de dos mil once, por medio de la cual se hace constar el día, hora y probable causa del fallecimiento de su señor padre Ambrocio Tema Pérez; II) Certificado de la partida de nacimiento número: CINCO, (05) Folio: CIENTO NUEVE y CIENTO DIEZ (109 y 110), Libro: VEINTE (20) de nacimientos del Registro Civil del municipio de Sipacapa, del departamento de San Marcos, extendido por el Registrador Civil de las Personas, de Sipacapa, departamento de San Marcos; que corresponde a su señor padre Ambrocio Tema Pérez, en el cual consta que a la partida de nacimiento de su citado padre, no le aparece al margen ninguna razón que haga constar su fallecimiento, por no haber hecho el respectivo asiento de defunción en su oportunidad; c) se reciba oportunamente la declaración testimonial de los señores MILVIA SCARLET FUENTES GOMEZ y ELFRID ESTUARDO FUENTES GOMEZ, de quienes también se acompaña fotocopia simple de su respectivos documento personal de identificación; d) de que en su oportunidad se de audiencia al Procurador General de la Nación con sede en esta ciudad de Huehuetenango; e) que oportunamente si procede se dicte resolución mandando que se asiente la partida de nacimiento de su señor padre Ambrocio Tema Pérez, en el Registro Civil de las Personas del municipio de Sipacapa, departamento de San Marcos. No habiendo más que hacer constar, se da por terminada la presente en el mismo lugar y fecha de su inicio, treinta minutos después, la que leída íntegramente a la requirente, quien enterado de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, la acepta, ratifica y firma juntamente con el Notario que de todo lo relacionado DOY FE.
ANTE MÍ: