CARTA NOTARIAL Lima, 19 de noviembre noviembre de de 2004Seño 2004SeñoresIND resINDUSTR USTRIA IA ANDINA ANDINA SA Calle Uno Uno Nº 111Ate 111 Ate-Atención:se -Atención:señor ñor Henry Brun Herbozo Gerente GeneralEstimado señor:Luego de saludarlo cordialmente le informamos que con fecha 16 denoviembre de 2004 nos apersonamos a las oficinas del Banco del Paíspara hacer efectivo el cobro del Cheque Nº 0003040 girado por ustede ustedell 15 de noviembre noviembre del del presente presenteAl acercarnos acercarnos a la ventan ventanilla illa de la menciona mencionada da entidad financiera se nosinformó que la cuenta corriente contra la cual se debía hacer el pago delmencion delmencionado ado título título valor valor no contaba contaba con fondos fondos por lo que solicita solicitamosse mosse deje constancia constancia de dicho dicho hecho en el título valor valor Por lo expuesto, expuesto, le requerimos requerimos realizar realizar el pago del monto monto conte contenido nido enel enel Cheque Cheque dentro del plazo plazo de de 72 horas de recibida recibida la presente presente comu-nic comu-nicación ación notarial notarial para así evitar evitar la interpo interposición sición de la correspondientedenuncia penal por el delito de Libramiento Indebido tipificado en elartículo elartículo 215º del Código Código PenalSin otro particular, particular, quedamos quedamos a la espera del pago requerido a labrevedad posible posibleAtentamente Atentamente,, Juan Juan Dávil Dávilaa Cani Canico cobaI baInst nstitut itutoo de Inves Investiga tigació ciónEl nEl Pacífic Pacíficoo EI R L Modelo por Denuncia Penal por Libramiento Indebido A LA ISCALIA ESPECIALIZADA ESPECIALIZADA EN LO PENAL DE DE LIMA: INST INSTIT ITUT UTO O DE DE INV INVES ESTI TIGA GACI CIÓN ÓN EL PACI PACI.I .ICO CO EIRL (en (en ade adela lante nte EL DENUNCIANTE)con DENUNCIANTE)con RUC Nº 20111111111, con domicilio en Jirón Larrabure y Unánue Nº 188Oficin 188Oficinaa 23, Lima 1, 1, señalando señalando domicilio domicilio procesa procesall en la casilla casilla Nº 18896 18896 de de la Centralde Notificaciones de Lima, debidamente representada por su Gerente General, señorJuan Dávila Canicoba, identificado con DNI 40023742, según poder que adjuntamos, a usted atentamente decimos: I.PETITORIO: Interponemos denuncia penal contra el señor Henry Brun Herbozo, con domi-cilio en Calle Uno Nº 111, Lima 3 (quien en adelante se le denominará ELDENUNCIADO), por el delito de Libramiento Indebido en agravio del recurrente,tipificado en el artículo 215° del Código Penal II.UNDAM UNDAMENT ENTOS OS DE HECH HECHO: O: Amparamos nuestra denuncia en los siguientes fundamentos de hecho y dedere ded erecho cho:1 :1INDUST INDUSTRIA RIA AND ANDINA INA SA mantie mantiene ne una una deu deuda da con EL DENU DENUNC NCIA IANT NTE E asce ascende nden-t n-tee a S/ 20,0 20,000 00002Co Conn el obje objeto to de canc cancel elar ar dich dichaa obligación, EL DENUNCIADO giró el cheque N°00003040 por un importe de S/ 20,00000 con fecha fecha 15 de noviembre de2004, de2004, el cual fue rechazado por falta de fondos por el el Banco Banco de País el el día 16 16 denoviem denoviembre bre de 20043 El hecho hecho de haber haber girado girado un cheque sin fondos constituye delito de LibramientoIndebido tipificado en el artículo 215° del Código Código Penal Penal4A causa causa de ello, ello, EL DENUN DENUNCIANT CIANTE, E, a través través de Carta Carta Notarial, Notarial, requirió formal-mente formal-mente al DENUNC DENUNCIADO IADO al al pago de los S/ 20,000 20,00000 que que le adeudaba adeudaba5Dicha Carta Carta Notarial Notarial constituye constituye el requerimie requerimiento nto previo previo a la acción acción penal confor-me lo establece el artículo 215° del Código Penal, modificado por la Ley N°27287 N°272876Transcurrid Transcurridoo el plazo plazo perentor perentorio io otorgado, otorgado, EL EL DEMAN DEMANDADO DADO no cumplió cumplió concancelar lo adeudado III. UNDAMENTOS UNDAMENTOS DE DERECHO: En el presente caso, EL DENUNCIADO giró el cheque a sabiendas que no teníaprovisión de fondos, incurriendo en el Delito de Libramiento Indebido, tal comolo establece el artículo 215° inciso 1) del del Código Penal Penal En este sentido, acontinuación detallamos los cuatros elementos que determinan el ilícito penaldel Libramiento Indebido para el caso:
1.Descripción Legal " Artículo 215°.Será reprimido con pena privativa de la libertad no menor deuno ni mayor de cinco años, el que gire, transfiera o cobre un Cheque, en los siguientes casos:1)Cuando gire sin tener provisión de fondos suficientes o autorización para sobregirar la cuenta corriente;En los casos de los incisos 1) y 6) se requiere del protesto o de la constanciaexpresa puesta por el banco girado en el mismo documento señalando el motivo de la falta de pago.Con excepción de los incisos 4) y 5), no procederá la acción penal si el agenteabona el monto total del Cheque dentro del tercer día hábil de la fecha derequerimiento escrito y fehaciente, sea en forma directa, notarial, judicial o por cualquier otro medio con entrega fehaciente que se curse al girador. 2.Bien Jurídico Protegido El verdadero bien jurídico es el sistema de pagos 1 , ya que EL DENUNCIADOeligió emplear un cheque como medio de pago, a sabiendas que dicho chequeno tenía fondos, y así, de esta manera, pudo engañar a la recurrente, haciéndolapensar que sí tenía fondos, y que dicho medio de pago era tan confiable comoel dinero mismo 3.Tipicidad Objetiva El sujeto activo es quien endosó el cheque, a sabiendas que no tenía fondos yel sujeto pasivo es la colectividad 4.Tipicidad Subjetiva Se requiere necesariamente el dolo, es decir, la intención de girar un cheque asabiendas que no tiene provisión de fondos De lo todo lo formulado se evidencia una actitud delictiva del DENUNCIADO, lamisma que debe ser sancionada a la brevedad, en afán de evitar posibles conductasdañosas POR TANTO: A usted señor .iscal pedimos tener por interpuesta la presente denuncia y tramitarlaconforme su naturaleza OTROSI DECIMOS: Que, cumplimos con acompañar los siguientes anexos: Anexo 1-A: Copia del Cheque N° 00003040 por un importe de S/ 20,000 00girado con fecha 15 de noviembre de 2004, rechazado por falta de fondos por elBanco de País el día 16 de noviembre de 2004 Anexo 1-B: Copia del Cargo de la Carta Notarial dirigida al señor Juan Alberto DávilaCanicoba, Gerente General de INDUSTRIA ANDINA SA, con fecha de recepción el20 de noviembre de 2004Lima, 15 de diciembre de 2004 1BRAMONT ARIAS, Luis Alberto. Manual de Derecho Penal. Parte Especial.3ra Ed. SanMarcos: Lima, 1997. P. 431-432