INTRODUCCIÓN Asumido en la actualidad como lago natural que ha entrado a formar parte de la vida cotidiana de las personas y de la higiene íntima, el champú es un producto relativamente joven. Cincuenta y cinco años nos separan tan sólo del uso popular de la pastilla de jabón, que fue durante mucho tiempo el elemento empleado para la limpieza del cabello. Fred Winter, en su Tratado de Perfumería y Cosmética editada en el año 1947, define los champúes como "preparaciones que producen una limpieza energética del cabello y cuero cabelludo. El mejor champú es un buen jabón neutro que en forma de polvo contenga un tanto por ciento de un álcali moderado, como el bórax o el bicarbonato sódico". Eran los primeros tiempos del champú. Sin embargo, aquellos cham champú púes es de prim primer eraa gene genera raci ción ón se vier vieron on mejo mejora rado doss en sus sus fórm fórmul ulas as con con la incorporación de ciertos aditivos acondicionadores y más tarde con otros principios activos tratantes y correctores. Los investigadores y fabricantes también corrigieron el Ph, adecuadamente al Ph del cuero cabelludo. Desde entonces, se podría decir que la historia del champú ha sido imparable y seguramente si Fred Winter levantase la cabeza y contemplara la actual realidad cosmética, quedaría sorprendido por la gigantesca evolución que ha tenido el producto en tan corto tiempo, hasta el punto de que hoy en día es considerado como un articulo de primera necesidad en la llamada canasta familiar. En la actualidad, cuando se podría pensar que ya todo está dicho, que se ha llegado a la cúspide y que ya no es posible mejorar los productos existentes, los investigadores siguen en la búsqueda de nuevos champúes. Este proyecto de investigación pretende ser de ayuda en la formación integral de los beneficiados beneficiados que deseen conocer el proceso de preparación de un champu ecologico y la información información válida y oportuna oportuna para su uso. uso. Este Este proye proyect ctoo consta consta de tres tres Capít Capítul ulos: os: en el Capít Capítul uloo I se encuen encuentra trann el planteamiento planteamiento del problema, los objetivos de la propuesta y la justificación justificación de la misma. El Capítulo II contiene los antecedentes relacionados con el problema, motivo de la investigación y, en general, el marco teórico; En el Capítulo III se presenta el marco metodológico.
Capitulo I Planteamiento del Problema La palabra champú deriva del inglés shampoo, palabra que data de 1762, y significaba originalmente "masajear". Esta palabra es un préstamo del Anglo-Indio shampoo, y esta a su vez del Hindi champo, imperativo de champna, "presionar, amasar los músculos, masajear".. El término y el servicio fueron introducidos en Gran Bretaña por Sake Dean Mahomed, que abrió unos baños de "shampoo" conocidos como Mahomed's Indian Vapour Baths (Baños Indios de Vapor de Mahoma) en Brighton en 1759. Estos baños eran similares a los baños turcos, pero los clientes recibían un tratamiento indio de champi (masaje terapéutico). Sus servicios eran muy apreciados, y Mahomed recibió el alto honor de ser nombrado "Cirujano de champú" para los reyes Jorge IV y Guillermo IV. En los primeros tiempos del shampoo, los peluqueros ingleses hervían jabón en agua y añadían hierbas aromáticas para dar brillo y fragancia al pelo. Kasey Hebert fue el primer fabricante conocido de champú, y su origen aún se le atribuye a él. Hebert vendió su primer champú, con el nombre de "Shaempoo" en las calles de Londres. Originalmente, el jabón y el champú eran productos muy similares; ambos contenían surfactantes, un tipo de detergente. El champú moderno, tal como se lo conoce en la actualidad, fue introducido por primera vez en la década de 1930 con "Drene", el primer champú sintético (no jabonoso). Desde el pasado hasta la actualidad, los hindues han usado diferentes fórmulas de champús, usando hierbas como neem, shikakai o nuezjabón, henna, bael, brahmi, fenogreco, aloe, suero de mantequilla, amla y almendra en combinación con algunos componentes componentes aromaticos como madera de sándalo, jasmín, turmeric, rosa y almizcle. almizcle. El champú o shampoo es un producto para el cuidado del cabello, usado para limpiarlo de suciedad, la grasa formada por las glándulas sebáceas, escamas de piel y en general partículas contaminantes que gradualmente se acumulan en el cabello. Cuan Cuando do mezc mezcla lamo moss cham champú pú con con agua agua o con con vina vinagr gre, e, se conv convie iert rtee en un tensoactivo, el cual mientras limpia el cabello y cuero cabelludo, puede quitar el sebo que lubrica la base del cabello. El champú limpia separando el sebo del cabello. El sebo es un aceite secretado por los folículos pilosos que es fácilmente absorbido por las mechas de cabello, y forma una película protectora. El sebo protege de daños externos la estructura proteínica del cabello, pero tiene un coste asociado: el sebo tiende a atrapar la suciedad, las escamas del cuero cabelludo (caspa) y los productos que se suelen añadir al cabello (perfumes, gomina, geles, etc). Los surfactantes del champú separan el sebo de los cabellos, arrastrando la suciedad con él. Las formulaciones de shampoo buscan maximizar las siguientes cualidades: Fácil Fácil enjuague enjuague,, Buen acabado acabado después después del lavado lavado del cabello cabello,, Irritació Irritaciónn míni mínima ma de piel/ojos, piel/ojos, No dañar el cabello, Baja toxicidad, toxicidad, Buena biodegradabilidad, biodegradabilidad, pH ligeramente
ácido, ya que un ambiente básico debilita el cabello rompiendo los enlaces de disulfuro de la queratina del cabello. Todavía hace falta mejorar los resultados en cabellos grasos, caída de cabello y hay que buscar nuevas opciones que dinamicen los sistemas de aplicación y hasta optimizar el aprovechamiento de los costosos principios activos. Hay preguntas aparentemente sencillas que falta resolver: ¿Por qué falta espuma en la primera fase del lavado y en la segunda sobra? ¿Por qué aplicamos principios activos con capacidad de penetración sobre cabellos y cueros cabelludos sucios? ¿No vehiculizarán la suciedad o como mínimo serán un estorbo para la higiene?, dicen los especialistas. Con este panorama, lo que queda claro es que no todo está dicho en el mercado del champú. En cualquier momento pueden aparecer nuevos productos que anuncien cambios novedosos y que prometan, como casi todo, lo mejor. Pero estos cambios implican un mayor precio de este producto ya que sus ingrtedientes son especializados para cada necesidad, por esto nos preguntamos ¿Cuáles son los ingredientes utilizados para la creación del champu? ¿Los ingredientes usados pueden contribuir con el ambiente? ¿El proceso de preparacion de el champu es muy complicado? Objetivo General Preparar un champú ecológico a basa de plantas y productos biodegradables en el Municipio Barinas estado Barinas. Objetivos Específicos a. Dar a conocer los elementos básicos para diseñar un champú ecológico. b. Proveer conocimientos y herramientas que les permitan a la población electa la elaboración de un champú ecológico. c. Incentivar la necesidad de la adquisición de productos bioegradables. Justificación En primer lugar se elige el proyecto de la elaboración del champú por el marcado interés de incentivar el desarrollo de las comunidades por medio de la autogestión y autoabastecimiento a través de la elaboración de productos propios (como el champú ecológico) de consumo diario, a partir de materia prima orgánica de donde dichos recursos son obtenidos de una manera sencilla y práctica. El uso de un champu ecológico no solo busca ayudar al desarrollo de las comunidades sino que a su vez pretende contribuir con el medio ambiente. En segundo lugar la necesidad de consumir productos ecológicos debido a la situación actual del planeta y por último el entusiasmo en trabajar directamente con una actividad que requiere el uso de un laboratorio. Estamos conscientes de que en el transcurso y desenvolvimiento de nuestra carrera nos encontramos en algunas ocasiones con la necesidad de trabajar en dicho espacio, acordamos que esta oportunidad que ahora se nos presenta, podrán servirnos no solo como base (investigación) sino también práctica en el uso y comportamiento adecuado para realizar cualquier trabajo.
Alcances a. Lograr cambiar el paradigma del consumidor demostrándole la fácil elaboración y lo económico de los productos biodegradables. b. Contribuir a la economía de la comunidad electa mediante la autogestión y el autoabastecimiento. c. Demostrar a la comunidad electa la importancia del aporte ecológico de estos productos. Limitaciones a. La falta de tiempo de las personas para preparar el champu. b. No conseguir los ingredientes con facilidad en el mercado. c. El costo elevado de los ingredientes necesario para la preparacion del champú.
Capitulo II Marco Teorico Antecedentes De la Investigación SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG) PROYECTO DE DESARROLLO RURAL EN EL CENTRO ORIENTE DE HONDURAS (PRODERCO) EMPRESA NUEVO AMANECER ÁREA: AGRO TRANSFORMACIÓN TEMA: EL SHAMPOO DE SÁBILA SUB - TEMA: ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA La microempresa ´´Nuevo Amanecer´´ de la Aldea de Hoya Grande, Morocelí, El Paraíso, se localiza a 40 Kms de Danlí y a68 Kms de Tegucigalpa. La integran doce (12) socias y operan desde el ocho (8) de Agosto del año 2000 Las socias están especializadas en las tres (3) actividades del proceso: - Elaboración del producto - Manejo Administrativo - Gestión de la Comercialización Las fases del paquete tecnológico son complementarias El cultivo de la sábila Elaboración del shampoo Producto listo para la comercialización • • •
La Sábila es una planta adaptada al clima de Hoya Grande. Es cultivada en huertos familiares y en parcelas comerciales. Anteriormente, la utilizaban como planta ornamental y medicinal. La Sábila también crece en forma espontánea en el ambiente natural de Hoya Grande. La Sábila se reproduce en forma vegetativa(hijos o brotes) Se siembran plántulas con 10 – 15 cms de altura a 0.75 cms de distancia entre surcos y entre plantas. Manejo: - Regar después de sembrar - Aplicar un riego semanal - Controlar malezas ¿Cómo producir Shampoo de Sábila? - Cultivar las plantas de Sábila - Cosechar una penca (hoja) cada tres (3) semanas - Extraer el Gel (1 lb de gel de cada tres pencas) - 240 plantas producen 190 frascos de shampoo Para la agro transformación de la Sábila, el grupo Nuevo Amanecer tiene bien organizada la división y la especialización del trabajo
• Local • Mesas de trabajo • 4 Baldes plásticos con capacidad para 4 galones • 1Paila plástica (50 Kg. de capacidad) • 4 Pailas pequeñas • 4 Cucharones • 6 Cuchillos • 2 Toneles plásticos (para 100 Kg) • 1 Pala de madera • 6 Embudos • 1 Licuadora industrial • 1 balanza (capacidad 50 libras) • 1 Calculadora • Recipientes o envases plásticos (para 8 onzas de producto) . Ingredientes y cantidades de los productos necesarios para elaborar 190 frascos de Shampoo (8 onzas c/u). Ingrediente Sal Texapón Lauril Aroma Floresta Colorante (Dylon) Agua. Gel de sábila
Cantidad en Función Libras 3 Espesante 30 Base del shampoo 100 gramos Aromatizante 20 gramos 47 20
Color verde o azul Diluyente Fuente nutritiva
Departamento de ciencias Naturales Presentado por: Jonathan Ortiz, Mónica Barrera Sección: 11-13 Presentado a: Indalecio Villarraga Académicas INEM LUÍS LÓPEZ DE MESA Villavicencio/Meta 2010 MATERIALES (ingredientes) Los materiales y reactivos utilizados en este laboratorio son: * Agua desmineralizada – 0.75 litros * Texapon N-70 – 75 gramos
* Comperland K-D – 18.7 gramos * Metil parabeno puro – 0.43 gramos * Metil parabeno sodico – 0.43 gramos * Cloruro de sodio (sal) – 31.25 * Acido citrico – 0.31 gramos * Acido Bòrico- 0.18 gramos * Tensoactivo aniónico (lauril sulfato de sodio) – 3.12 gramos * Genamin acondicionante – 3.12 gramos * Glicerina - 3.12 gramos * Preservativo (ácido ascórbico) – 0.62 gramos * Color azul cielo vegetal – 0.16 gramos * Fragancia floral - 0.25 gramos * Recipiente * Utensilio de madera * Dos recipientes plásticos * Tijeras * Balanza * Probetas * Pipetas * beaker 4. Procedimientos 1. En un recipiente con capacidad para 750 cm3, lo llenamos hasta la mitad de agua, luego le agregamos texapón N – 70 y lo diluimos en el agua con las manos hasta que este desaparezca y la mezcla quede sin residuo. 2. Luego de esto agregamos el comperland K-D y revolvemos suavemente con un utensilio de madera hasta lograr que los productos queden bien mezclados. 3. Después en otro recipiente plástico aparte, agregamos 250cm3 de agua, más el cloruro de sodio, el ácido cítrico, el ácido bórico y revolvemos bien esta mezcla. Recipiente plástico, Agua desmineralizada 4. Luego en otro recipiente plástico aparte, agregamos el restante de agua (125 cm3) más el Metil Parabeno puro y el Metil Parabeno Sódico y revolvemos bien esta mezcla. 5. Por ultimo tomamos las dos últimas mezclas y se las agregamos a la primera mezcla bajo agitación continua hasta que alcance el punto de espesos deseado. Esta mezcla es la base del shampoo. 6. Luego de obtener la base del shampoo mezclamos esta con los demás ingredientes para finalmente obtener nuestro shampoo, y aplicárselo a uno de nuestros compañeros. 5. Análisis de resultados Se muestra la función de cada uno de los materiales y por deducción podemos ver cual es el beneficio en nuestro cabello. De igual modo podemos diferenciar el valor de un producto propiamente elaborado y uno comprado de forma simple así podemos calcular
si es beneficioso o de importancia conocer el modo de elaboración para luego sacar provecho Tabla de datos Sustancia | Formula | Función en el shampoo | Agua | H2O | Disolver los demás ingredientes (es el solvente universal) es la base de toda la elaboracion Texapòn | CH3 (CH2)10 CO2H | esto en conjunto permita la deshidratación del cabello dejándolo limpio. Disminuyendo la tension superficial del agua Comperland K-D | | Actúa como agente espesante, como suavizante y, además se encarga de controlar la producción de espuma. | Metil parabeno puro | CH3OOCC6C4OH | Agente antimicrobiano (se usa como conservante para impedir el crecimiento de microorganismos) Cloruro de sodio | NaCl | Acido citrico | C6H8O7 | Conservante y antioxidante. | Acido Bòrico | B(OH)3 | Es usado como agente tampón para regulación del pH y como antiséptico. Tensoactivo aniónico (lauril sulfato de sodio) | C12H25NaO4S| tensoactivo| Genamin acondicionante | RN(Br)(CH3)3| Es el encargado de acondicionar el pelo. Glicerina | C3H8O3 | Es un ingrediente secundario y actúa como agente humectante. Preservativo (ácido ascórbico)| C6H8O6| Sirve como antioxidante y como vitamina. Fragancia floral Reseña Histórica: La palabra champú proviene de la palabra hindú que quiere decir "Masaje" o "Amasar". El champú es un producto relativamente joven, cuyo uso debemos a un peluquero alemán que vivió a finales del siglo XIX. Su idea original no fue la de sustituir a la ceniza de las chimeneas con que hasta entonces la gente solía limpiar su cabellera. Después de varios experimentos, aquel hombre elaboró una mezcla de polvos de jabón solubles en agua que cumplía adecuadamente su labor. Sin embargo, esa sustancia era distinta a la que conocemos en la actualidad, pues no formaba espuma. Tal como lo conocemos, el champú surgió en Estados Unidos a finales del decenio 1920-1930, cuando se le integraron ciertos ingredientes usados hasta entonces con fines industriales, denominados espumógenos. De ahí cruzó de nueva cuenta el océano, durante la segunda guerra mundial, cuando las tropas estadounidenses que viajaban a Europa llevaron miles de muestras que regalaban a la gente junto con chocolates y alimentos enlatados. La primera venta exitosa de champú fue desarrollada por Johm Breck en el año de 1930. El fue el primer fabricante que presentó al público una línea de champú para cabello seco y aceitoso. Así, tanto las innovaciones en uno como en otro lado del Atlántico con el tiempo han unificado criterios, de modo que la fórmula del champú contemporáneo consta de dos clases de sustancias: una base limpiadora (sustancias acondicionadoras y fragancias) y extractos activos de origen natural (principalmente obtenidos de plantas).
¿Para qué sirve? Poca gente sabe que el champú nació por la necesidad de aliviar problemas de salud, pues las sustancias antes empleadas para limpiar el cabello irritaban la piel o producían alergias. Los champúes se encuentran, sin duda entre los artículos más demandados en el mercado de productos de higiene y cuidado personal. Junto con los jabones de tocador están prácticamente en todos los hogares y la mayoría de ellos son empleados por varios integrantes de la familia. Bien sabemos entonces la invención de dicho producto se debió a la casualidad y la necesidad de contar con productos de higiene personal menos agresivos que los empleados con anterioridad (menos de 100 años). Finalmente, el resultado de esta combinación "Agua, químicos y plantas", será lo que convenza al usuario, quien verá reflejado los efectos de limpieza, brillo, fortaleza etc., en la cabellera, además de un agradable aroma. Estructura del Champú: Según los dermatólogos, la función principal del champú es remover las células muertas del cabello, así como también los residuos que dejan el polvo, el aire, la contaminación y cosméticos como geles o fijadores. Para lograrlo, los laboratorios encargados del desarrollo de estos productos mezclan algunas sustancias básicas con ingredientes activos, para producir fórmulas únicas, indicadas para cada tipo de cabello. - Los tensoactivos: Son los encargados de limpiar el cabello. Los más utilizados por los laboratorios son el Lauril sulfato de sodio, Lauril iter sulfato de sodio y el Lauril iter sulfosuccinato de sodio. Este último es el más suave, y por eso es utilizado en el champús para niños. - El engrasante: Mantiene la humectación natural del cabello, tras la limpieza de los tensoactivos, para evitar la resequedad. Uno de los más usados es el dietanolamina de ácido graso de coco; pero existen otros comunes como la lanolina o la lecitina. Todas estas grasas son extraídas de animales y vegetales. - El espesante: Ayuda a que el champú tenga su consistencia espesa y sea más fácil de aplicar. El clorato de sodio es uno de los más usados por los laboratorios, pero en proporciones muy bajas, aunque algunos lo han sustituido por espesantes protectores como el PEG-120 dioleato de metilglucosamida, extraído del maíz. - El ácido: Es el elemento encargado de equilibrar el champú, pues el cabello tiene un pH levemente ácido (entre 5,5 y 6), pero los tensoactivos son alcalinos (por encima de 7). Este ácido proviene generalmente de plantas o frutas, que permiten nutrir el cabello a la vez que balancean la fórmula del champú. - Esencias y aceites esenciales: Son extractos de flores o plantas, que sirven para perfumar el champú y agregarle elementos nutritivos naturales. Hay muchos conocidos, como la menta, la lavanda o la manzanilla. Los ingredientes activos, en cambio, varían según la marca de cada champú. Los más comunes son las vitaminas: algunas como la A y la E nutren el cabello. • LO MEJOR DE LAS PLANTAS:
Cada organismo vegetal está formado de manera tal, que produce una impresión de estupor por la perfección y el orden de sus estructuras y así mismo por sus funciones. Aquel que ha establecido las leyes matemáticas de la gravitación universal y de la atracción de las cargas eléctricas, también ha programado la vida de las plantas con una gran precisión. Cada una de ellas sigue un ciclo de nacimiento, desarrollo, reproducción y muerte, constante y regular, bien adaptados a las condiciones climáticas e hidrológicas en las cuales vive. Ya en el interior de una célula inicial que da vida a la planta, esta escrito, todo aquello que ella será. Pensamos entonces que todas las plantas reaccionan a los estímulos térmicos mecánicos, gravitantes de la luz y la oscuridad y aún a los sonidos. "Esta es la razón por la cual se considera a un vegetal como un organismo viviente en el verdadero sentido de la palabra y de él podemos esperar más que de una inerte sustancia química". • LA PLANTA Una Planta está formada generalmente por una parte aérea (tronco, copa y hojas) y una subterránea (raíces). La Raíz: Sirve para fijar o afirmar la planta en el suelo, absorbe las sustancias disueltas en el terreno, además de ser un órgano muy importante y vital para la planta. Las raíces según la forma y su desarrollo se dividen en tres tipos o grupos: Profundas (alargadas) fibrosas y tuberosas, también están las acuáticas y las aéreas. El Tronco o Tallo: Es la parte que sustenta al árbol o planta, existen troncos de diversos tipos, aéreos, subterráneos, que pueden ser tubérculos, bulbos o rizomas y troncos acuáticos. "Los rizomas son tipos de troncos subterráneos y no son raíces. Por medio del cuerpo (tronco) pone en comunicación las raíces con las ramas y hojas que transportan la linfa o sabia." La Copa: Es la parte que se desarrolla en el sentido contrario a la raíz, normalmente fuera del terreno y lleva las hojas, ramas y frutos. Las Hojas: Constituyen una parte importante de la planta, ellas permiten a las plantas respirar y de esta forma realizar procesos vitales tales como la fotosíntesis. "En nuestro caso son sumamente importantes y útiles ya que son de muy variada conformaciones químicas y por lo tanto proporcionan entre otras cosas beneficios significativos al ser usadas temporalmente". Las nociones elementales para distinguir unas hojas de otras (a su vez el tipo de planta), son sus partes inferiores y superiores (epidermis) y su forma puede ser entre otras prismáticas (pinos), cilíndrica o plana. Las otras partes están constituidas por nervaduras, estoma, corola, haz, libero, leñoso y la vértebra comunicativa entre esta y la rama. Las nervaduras están constituidas por tejidos vasculares (conductores de la linfa) o conectivos (contribuyen al sostén mecánico). Existe una cierta variedad de nervadura que se dividen en las siguientes:
• Penninervadura • Palminervadura • Paralelinervadura • Pertinervadura • Redicolnervadra En cuanto al tipo de hoja tenemos: o Apalmada o Lobulada o Acorazonada o Ahovada o Dentada o Acintada o Ovalada o Lanceolada • LA FLOR DE LA CAYENA: La flor se compone de varias partes: El Péndulo Floral: Que culmina en un ensanchamiento al que también se le conoce cómo tálamo o receptáculo, en este ensanchamiento se insertan los restantes elementos, que componen los elementos que componen los órganos sexuales de la planta, estos están protegidos por una estructura a la que se le denomina perianto (los envuelve) lo más habitual es que en el perianto pueden distinguirse las partes principales a las que se denominan "Cáliz y Corola". El Cáliz: Sirve para proteger al resto y se encuentra en la parte externa, suele ser de color verde y está formado por "sépalos". La Corola: Es el órgano interno y se compone de varios pétalos. La diversidad de colores de los pétalos se debe a la concentración en ellos de "cromatóforos" sirven para atraer a los insectos (los que se encuentran de fecundar). Este tipo de flores que presentan "Cáliz" y "Corola" se le conocen como neteroclanidea. Debido a que los sépalos de ésta flor están separados el Cáliz es carisépalo o dialisépalo. En este caso como el Cáliz presenta una capa de finos pelillos que lo recubren se le conoce como tormentoso. El Androceo: Está constituido por un conjunto de filamentos llamados estambres es el órgano sexual masculino y el encargado de producir los granos de polen. Las Antenas: Se componen de los cuerpos cavernosos o tecas en forma de globo hueco que contienen los sacos polínicos. "Es importante destacar que hacemos referencia solamente de la flor de la Cayena en vista que es ésta parte de la planta la que se utiliza para la realización del Champú". Propiedades de la Cayena: Es una planta muy caliente y picante, contiene vitaminas A, B1 y C, actúa como tónico nervioso estimulante, es antibacterial y
antiséptica, aumenta el flujo sanguíneo, favorece la sudoración, además nos sirve para eliminar la caspa. • LA ZÁBILA: Es una planta medicinal usada desde hace miles de años por egipcios, griegos, árabes y chinos, fue usada para ungir el cuerpo de Jesús (según el evangelio de San Juan). Crece en climas cálidos, el nombre científico Aloe Vulgaris Lam, la palabra Aloe deriva del árabe alloeh o del hebreo halal que significa sustancia brillante o amarga; Vera, deriva del latin verus que significa verdadero. Pertenece a la familia de las liliáceas, del género Aloe. Es una planta de forma arrosetada, las hojas son largas y carnosas con bordes de espinas, haciéndose más pequeñas a lo largo de las hojas, con una longitud de 25 cm a 50 cm y de 5 a 10 cm de ancho en la base. Las hojas son de color verde pálido con manchas blancas en la superficie; inflorescencia central con escapo rojizo purpurino de 30 a 60 cm de largo con numerosas flores tubulares, campanuladas y de color rojizo anaranjado o amarillenta; tiene de 2 a 2.5 cm de longitud, corola caduca, 6 estambres y ovario trilocular. El fruto es capsular. Propiedades: Al disolver la pasta o cristal de zábila (solubilidad 18 c.) contiene: Piridina 57.0%; Ácido Cítrico 7.3%; Matanol 5.4%; Acetona 3.0%; Acetato de Etilo 2.8%; Etanol 1.5%; Agua 1.8%; Osopropanol 1.6%; Abina es uno de sus principios activos Aloinas-Sodio-Potasio-Calcio-Magnesio, rica en vitamina C y otras sustancias. Su uso: Purgante emeto cartico, coagulante, cicatrizante, asma, quemadura, caída del cabello, además de fortalecer el cuero cabelludo, etc. • LA ALBAHACA: Un poco de historia: Una hierba real de origen oriental, Albahaca deriva del griego basilicon que quiere decir real y parece que la albahaca, la más mediterránea de las hierbas usadas en cocina, sea originaria de la India. Su introducción en Europa se la debemos primero a los griegos y sucesivamente a los romanos. En Egipto fue utilizada como uno de los componentes del bálsamo usado para las momificaciones. Su nombre científico es Ocimun Basilicum esta pertenece a la familia de las labiadas, originaria de Asia y África, conocida como hierba aromática. Puede alcanzar hasta un metro de altura. Su tallo es recto, ramoso y lampiño. Las hojas son de forma ovalada y se hallan una frente a la otra, salpicadas de glándulas. Sus flores son pequeñas y de color blanco, rosado o lila, se hallan en largos ramilletes en las puntas de las ramas. El fruto es ovalado y consta de cuatro granos color amarillo, requiere de abundante humedad. Principios Activos: Posee un aceite esencial que contiene cineol metilchavicol, eugenol, lineol y linalol. También hallamos otros derivados terpénicos y saponinas. Las propiedades de esta planta son astringentes, galactogogas, calagogas, vernifugas. Sirve para evitar la caída del cabello. Se utilizan las hojas en estos casos. En verano el sol aumenta su intensidad. • LA MANZANILLA: Conocida científicamente como Chamomilla, ésta fue introducida en América por los españoles, es una de las bebidas más comunes por sus propiedades curativas. En los últimos años, su uso industrial se a expandido a varios productos tales como el
champú, aprovechando sus pequeñas flores blancas. Sus características generales es que son plantas herbáceas anuales con raíces fitomantes y tallos de regular altura, de hojas alternadas generalmente compuestas en formas lineales, partidas en segmentos lineales las flores son de formas redondeadas, pequeñas blancas en su parte externa y amarillas por dentro. Propiedades: Las propiedades esenciales de la manzanilla están constituidas por numerosas sustancias que varían según el lugar de cultivos y de cosecha de la planta. Mencionamos algunos de ellos, tales como camazulena, bisabol, bisabolol, guajazuleno, procamazu, légueme, matricina, antemidina, ácido antémico y psicoeter, taninos, algunos ácidos grasos, cumanarinas y apigenina, todos ellos de ácidos antiespasmódicos. El uso de ésta planta en el cabello sirve para darle brillo y vigor, debido a los ácidos grasos. • EL LAUREL: Su nombre científico es Lurus Nobilis pertenece a la familia de las lauráceas, pueden llegar a transformarse en un pequeño árbol y el mismo se conserva verde, prácticamente todo el año. Son hojas son puntadas, alargadas correosas, su color es oscuro en su parte superior y más pálido en el reverso, son quebradizas. Las flores, pequeñas, se hallan reunidas en grupos de 4 o 5 y están ubicadas en los encuentros de las hojas, su color es amarillo verdoso. Su fruto es redondo y pequeño. Está planta se cría en tierra húmeda, preferiblemente sombreada y clima lluvioso. Tiene como principio activo (en sus hojas) una esencia formada por terpenos, tales como el cineol y eugenol, también algunos ácidos orgánicos, isobutírico, acético y valeriánico, Estos son los que proporcionan brillo y fortaleza además de conservar el color del cabello. De ésta planta utilizamos sus hojas y algunas semillas, una de sus propiedades son emenagogas y aromáticas además desinfectar y cicatrizar. • EL ROMERO: Su nombre científico Rosmarinus Offcinalis .L, pertenece a la familia de las labiadas. Es ésta una maya o arbusto con tallo muy ramificados que pueden alcanzar una altura de dos metros. Sus hojas son gruesas, se hallan enfrentadas y son duras al tacto. Son de color verde oscuro en su parte superior y grisáceos o blanquecinos en la parte inferior, las flores son muy pequeñas, de color azulado, forman líneas y se encuentran en grupos formando espiguitas en la punta de las ramas. Esta planta se reproduce con mayor facilidad en tierra cálida y climas templados. Principios Activos: Esta planta contiene un aceite esencial que está compuesto por ésteres, linalol, saponinas, alcoholes como borneol, ácidos orgánicos, taninos y heterósidos. En las hojas y sumidades encontramos específicamente un principio amargo de saponina ácida y clucocido en mínima cantidad, también algo de tanino y una pequeña proporción de resina y pigmentos flavonoides. Utilizamos en este caso las hojas y algunas flores. Antiséptico es el beneficio que nos proporciona en el cabello, además de algunas vitaminas, brillo y fortalece el cabello. • ¿QUÉ ES EL ACEITE O ÁCILO OLEICO? Nombre químico: Acido cis.9.octadecenoíco
Fórmula química: CH3 (CH2)7 CH = CH(CH2)7 COOH. Se obtiene por la hidrólisis de grasas o aceites fijos y la separación de ácidos líquidos por cualquier otro método apropiado. Es un líquido oleoso amarillento o café claro de olor característico. Es un agente clarificante, se utiliza para la preparación de jabones para champús, ya que no es tóxico, de bajo poder irritante para la piel y los ojos, además de dar una espuma de consistencia agradable. Se somete fácilmente a saponificación e hidrogenación. El ácido oleico es un tipo de grasa monoinsaturada característica del aceite de oliva, del aceite de girasol alto–oleico y del aguacate. En el aceite de oliva está presente en una proporción en torno al 70-75%, en el de girasol "alto-oleico" en torno al 80%, en el aguacate en una proporción cercana al 70%, mientras que en el aceite de girasol convencional, éste ácido graso alcanza tan sólo un 31,5%. • ¿QUÉ ES EL ACEITE DE COCO? Su nombre latino es Cocos Nucifera, es un tipo de aceite vegetal puro, este aceite tiende a solidificarse en la temperatura ambiente además esencialmente importante en la fabricación de jabón, cuando se le quiere dar al jabón una textura rica y cremosa, lo mismo ocurre con el champú y su cremocidad. Este es un aceite que no se vuelve rancio. • ¿QUÉ ES LA TRIETANOLAMINA? Nombre químico: 2,2´,2" Nitrilotrietanol Base orgánica nitrogenada, p.f: 21,2 °C, p.e: 335 °C, que tiene la formula N(C2H4OH)3, formada por reacción de amoníaco y siruposo, un poco mas pesado que el agua. Se usa principalmente como detergente, emulsifiante y plastificante; su facilidad de absorber agua (hidroscopicidad) lo hace útil como humectante. Tiene la función de base saponificadora en la elaboración del jabón para champú. La agresividad de los jabones en cuanto a las bases saponificadoras, es más elevada en los jabones de potasio que en los de sodio, mientras que los jabones saponificados con trietanolamina no irritan el cuero cabelludo. Por otra parte, los jabones potásicos son más espumógenos que los de sodio y de trietanolamina; por lo que se decidió usar una mezcla de varios ácidos grasos y diversas sustancias saponificantes para obtener un producto de bajo poder irritante, buena solubilidad, capaz de formar una espuma persistente, suave y abundante. • ¿ QUE ES EL LAURIL SULFATO DE SODIO (GENAPOL)? Acido graso de 12 átomos de carbono, p.f: 44°C, que se encuentra principalmente en el aceite de coco y de laurel; se obtiene por cristalización fraccionada de aceite de la planta después de su extracción con disolvente. Su formula es CH3 (CH2)10 CO2H. Se usa en preparaciones cosméticas, saborizantes sintéticos de alimentos y detergentes.
• PROPUESTA DE CHAMPÚ: Al realizar este proyecto nos vimos en la obligación, después de haber visto tantos procedimientos de elaboración, de escoger uno de ellos: Receta de Champú Este champú que combina Romero, Laurel, Albahaca, Zábila, Manzanilla, Cayena, etc. Es ideal para la caída del cabello, elimina la caspa además es antiséptico y antibacterial contiene vitamina C, A, B1, fortalece el cuero cabelludo, estimula la sudoración, proporciona brillo y vigor, hidrata y aromatiza el cabello, es un champú biodegradable. Producto:
Cantidad:
Aceite de Coco
20%
Ácido Oleico
15%
Amina de Coco
15%
Agua Plantas
25%
Alcohol Etílico al 90% Genapol y Sal
25%
Total de Producto 100%
Preparación: 1. Juntamos todas las plantas en un envase y le agregamos una solución de alcohol hasta cubrir todas las plantas, calentar a una temperatura no mayor de 70° C., luego dejar reposar por 24 horas. 2. Se calienta el ácido oleico a una temperatura aproximada 70°C. 3. Se agrega lentamente el aceite de coco agitando al mismo tiempo. 4. Luego a una temperatura 50°C, agregamos la trietanolamina de coco o amina de coco. 5. Dejar reposar por tres minutos.
6. Agregamos la solución de extractos de plantas paulatinamente pasándola a través de un filtro. 7. Agregamos el genapol, hasta darle cremosidad a la sustancia (el champú) ir agitando a medida que vamos agregando. 8. Es opcional agregar esencias y fragancias de cinco a diez gotas por litro y medio del producto. • MATERIALES A UTILIZAR: Aceite de Coco Agua Sal Genapol Laurel Zábila Manzanilla Romero Cayena Albahaca Trietanolamina de Coco Ácido Oleico Alcohol • HERRAMIENTAS: Vaso precipitado Plancha de calentamiento Pipeta Embudo de decantación Termómetro Papel de filtro Embudo Removedor de vidrio Envases de vidrio (muestras) Bata de laboratorio Envases de plástico Cilindro graduado Matero y mazo • PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL CHAMPÚ: (En el Laboratorio) 1.- Al entrar al laboratorio colocarnos las batas 2.- Preparar la mesa de trabajo con todos los materiales y herramientas. 3.- Tener la extracción de plantas preferiblemente ya filtrado en un vaso precipitado.
4.- Conectar la planta de calentamiento y girar la perilla hasta 70 ° u el 80 ° C. 5.- Colocar el vaso precipitado con el ácido oleico, esperar que caliente 6.- Agregar paulatinamente el aceite de coco, remover al mismo tiempo, bajar la temperatura para evitar que hierva. 7.- Tomar la temperatura con el termómetro al llegar a 50°C o menos, agregar la trietanolamina de coco, seguir removiendo. 8.- Dejar reposar por varios minutos (hasta tomar la temperatura ambiente) 9-. Agregar poco a poco el extracto de solución de las plantas, (un poco más de la mitad de la solución básica) 10.- Agitar a medida que agregamos la solución 11.- Agregar el genapol, agitar y agregar la sal, seguir removiendo hasta conseguir la cremosidad deseada. 12.- Agitar y dejar reposar 13.- Probar el producto final en la cabellera 14.- Envasar el producto (Champú)
Bases Legales GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA NÚMERO 39.358, CARACAS LUNES 1 DE FEBRERO DE 2010 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA la siguiente, LEY PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS CAPÍTULO II DE LA PROTECCION DE LA SALUD Y SEGURIDAD Protección y seguridad Artículo 9. Los bienes y servicios puestos a disposición de las personas, no deben implicar riesgos para su salud o seguridad, salvo los usuales o reglamentariamente admitidos en condiciones normales y previsibles de utilización. Las personas deberán disponer por los medios apropiados de conformidad con la presente Ley y la demás normativa que trate la materia de la información suficiente con respecto a los riesgos susceptibles de una utilización previsible de los bienes y servicios, en razón de su naturaleza y de las personas a las cuales van destinados. Peligro de contaminación ambiental Artículo 12. Comprobada por cualquier medio idóneo, la peligrosidad, toxicidad o capacidad de contaminación del ambiente de un producto, considerado como nocivo y dañino para la salud, la autoridad competente, realizará lo conducente para el retiro inmediato de dicho producto y la prohibición de ponerlo a disposición de las personas. Sin perjuicio de la competencia del organismo de salud correspondiente y las medidas preventivas que pueden adoptarse. Los daños y perjuicios producidos por la acción de dichos bienes o productos, serán responsabilidad del sujeto o sujetos de la cadena de distribución, producción y consumo. Bienes nocivos para la salud Artículo 13. Se prohíbe la importación, fabricación y comercialización de bienes cuyo consumo haya sido declarado nocivo para la salud por las autoridades nacionales o de su país de origen. Serán sancionados de acuerdo con la presente Ley y demás leyes a quienes resulten responsables de tales importaciones, quienes las fabriquen o comercialicen y las funcionarias o los funcionarios que las hayan autorizado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal a que hubiere lugar. Responsabilidad por riesgos a la salud de la población Artículo 14. Las patentes, autorizaciones, licencias u otros documentos o permisos otorgados por el Estado a productores o productoras de bienes o servicios, para la investigación, desarrollo o comercialización de bienes o prestación de servicios que puedan resultar peligrosos o nocivos para la salud de la población, en ningún caso eximirán de responsabilidad a las productoras o productores, proveedoras o proveedores, importadoras o importadores, distribuidoras o distribuidores o quienes
hayan participado en la cadena de distribución, producción y consumo de estos bienes, por los daños y perjuicios ocasionados a las personas, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y la demás normativa que trate la materia. CAPÍTULO III DE LA PROTECCIÓN DE LOS INTERESES ECONÓMICOS Y SOCIALES Protección de intereses Artículo 16. Se prohíbe y se sancionará conforme a lo previsto en la presente Ley, todo acto o conducta ejecutado por las proveedoras o proveedores de bienes y por los prestadores de servicios, que impongan condiciones abusivas a las personas: 1. La aplicación injustificada de condiciones desiguales para proveer bienes o prestar un servicio, que ponga a las personas en situación de desventaja frente a otros. La aplicación injustificada de condiciones desiguales para proveer bienes o prestar un servicio, que ponga a las personas en situación de desventaja frente a otros. 2. La aplicación injustificada de condiciones desiguales para proveer bienes o prestar un servicio en atención al medio de pago. La aplicación injustificada de condiciones desiguales para proveer bienes o prestar un servicio en atención al medio de pago. 3. La subordinación o el condicionamiento de proveer un bien o prestar un servicio a la aceptación de prestaciones suplementarias, que por su naturaleza o de conformidad con el uso correcto del comercio no guarde relación directa con el mismo. 4. La negativa injustificada de satisfacer la demanda de las personas. 5. La imposición de precios y otras condiciones de comercialización de bienes y servicios sin que medie justificación económica. 6. Las conductas discriminatorias. 7. El cobro a las personas de recargos o comisiones, cuando el medio de pago utilizado por éste sea a través de tarjetas de crédito, débito, cheque, ticket o cupón de alimentación, tarjeta electrónica de alimentación o cualquier otro instrumento de pago. El cobro a las personas de recargos o comisiones, cuando el medio de pago utilizado por éste sea a través de tarjetas de crédito, débito, cheque, ticket o cupón de. 8. La modificación o alteración del precio, la calidad, cantidad, peso o medida de los bienes o servicios La modificación o alteración del precio, la calidad, cantidad, peso o medida de los bienes y servicios. 9. La negativa a expender, con o sin ocultamiento, productos o prestar servicios. La negativa a expender, con o sin ocultamiento, productos o prestar servicios. 10. La restricción, con o sin ocultamiento, de la oferta, circulación o distribución de productos o servicios. Se prohíbe y se sancionará a cualquiera de los sujetos de la cadena de distribución, producción y consumo, que entre ellos impongan condiciones abusivas que afecten a las personas o que tiendan al incremento indebido de precios, acaparamiento o boicot de productos o servicios. Obligación de cumplir condiciones Articulo 18. Todo proveedor o proveedora de bienes o prestador de servicios estará obligado u obligada a respetar los términos, plazos, fechas, condiciones, modalidades, garantías, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos con las personas para entrega del bien o la prestación del servicio. Si el proveedor o proveedora incumpliere con las obligaciones antes mencionadas, las personas tendrán el derecho de exigir el cumplimiento de lo ofrecido o
desistir de la compra o de la contratación del servicio, quedando el proveedor o proveedora obligado u obligada a rembolsar el pago recibido en los términos establecidos en esta Ley. CAPÍTULO IV DE LOS SERVICIOS Constancia escrita y del deber de información Artículo 24. Las proveedoras o proveedores de servicios, deben entregar a las personas, constancia escrita de las condiciones de la prestación y de los derechos y obligaciones de los contratantes. Igualmente, deben informar por escrito sobre las normas técnicas adecuadas, el cumplimiento efectivo del servicio ofrecido. Sin perjuicio de ello, deberán mantener permanentemente esta información a disposición de las personas en todas las oficinas de atención al público y en caso de existir variables, estas deberán ser informadas de igual manera. Los servicios regulados en otras disposiciones legales y cuya actuación sea controlada por los organismos que ellas contemplen, serán regidos por dichas normas, sin menoscabo de aplicar la presente Ley cuando se transgredan sus disposiciones, como derecho prioritario que tienen las personas en la protección de los mismos. CAPÍTULO VI DE LA INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD Características de la información Artículo 41. Los bienes y servicios puestos a disposición de las personas en el territorio nacional deberán tener, incorporar o llevar consigo, información en idioma oficial, veraz, preciso, comprensible y suficiente sobre sus características esenciales, en los siguientes aspectos, sin perjuicio de las que establezcan sobre la materia las normativas especiales: 1. Origen o procedencia geográfica, naturaleza, composición y finalidad. 2. Los porcentajes de sus componentes o ingredientes. 3. Calidad, cantidad, categoría o denominación usual si la tiene. 4. Fecha de producción o suministro, plazo recomendado para el uso o consumo y fecha de vencimiento o caducidad de ser el caso, en un lugar visible de la presentación del bien. 5. Presupuesto de ser el caso, indicando con claridad y de manera diferenciada el precio del bien o servicio y el importe de incrementos o descuentos, y de los costos por servicios, accesorios, financiamiento, aplazamiento o similares, expresado en la moneda de curso legal. 6. Instrucciones o indicaciones para su correcto uso o consumo, con advertencia y riesgos previsibles. 7. Los términos de garantías, en los bienes y servicios que lo ofrezcan. 8. Los resultados, beneficios, consecuencias o implicaciones que se pueden esperar del uso del producto o de la contratación del servicio. 9. No se permitirá el uso de declaración, impresión o etiquetas autoadhesivas, en los bienes o productos, relacionado con fecha de vencimiento o tiempo de duración de los mismos. El Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), podrá autorizar de manera temporal, por vía de excepción, por causas debidamente justificadas, el empleo de una etiqueta complementaria que contenga la
información obligatoria, que se debe suministrar al consumidor. En ese caso dicha etiqueta complementaria no podrá ser colocada sobre la información original que tiene que ver con la fecha de vencimiento o el tiempo de duración de los mismos. La autorización del marcaje Artículo 45. El Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, autorizará el tipo de marcaje que se empleará de acuerdo con la característica del bien, pudiéndose autorizar un marcaje distinto a petición de parte interesada si no fuese posible realizarlo de la manera señalada en esta Ley. La impresión o marcaje se efectuará mediante estampas debidamente adheridas al bien por troquelado, sellado o tinta indeleble y de fácil lectura. No se permitirá el marcaje por medio de calcomanías u otros medios de impresión adheridos al producto bien. Las proveedoras y proveedores de bienes y servicios que cuenten con la tecnología informática que les permita la identificación exacta y fácil de los mismos, podrán, previa autorización y supervisión de la autoridad competente incorporar estos elementos en el proceso de identificación de los referidos bienes o servicios. Prohibición de doble marcaje de precio Artículo 46. No se podrá imprimir o marcar más de un precio de venta al público en un mismo bien, remover las estampas, tachar o enmendar el precio indicado originalmente, ni fijar en listas, precios superiores a los marcados. Si sobre un mismo bien aparecieren indicados más de un precio de venta, se detecten tachaduras o enmiendas o se hayan fijado en listas para el público precios de venta superiores a los marcados, la persona pagará el precio de venta más bajo y el vendedor estará obligado a vender el bien por ese precio, sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar de conformidad con lo establecido en la presente Ley. Prohibición de incremento de precio de bienes de existencia ya marcada Artículo 47. Al producirse un aumento en el precio de venta de bienes, las existencias de los mismos, marcados al precio anterior, deberán venderse sin el incremento. Esta norma rige para todos los sujetos de la cadena de distribución, producción y consumo. Quien incurra en la violación de este artículo será sancionado conforme a lo previsto en la presente Ley. Exhibición con preferencia de ofertas o promociones Artículo 48. Cuando se hagan ofertas o promociones de productos a precios de venta al público que sean inferiores a los marcados o anunciados en las listas correspondientes, serán exhibidos con preferencia a sus semejantes de mayor precio. La venta de las existencias de bienes cuyos precios hayan sido aumentados deberá ser exhibida con preferencia de los que estén en oferta. Quien incurra en la violación de este artículo será sancionado conforme a lo previsto en la presente Ley. Condiciones de marcaje de los bienes y servicios declarados de primera necesidad Artículo 49. En los bienes declarados de primera necesidad, el marcaje del Precio Máximo de Venta al Público, establecido por el Ejecutivo Nacional, deberá hacerlo el importador, productor y fabricante según sea el caso. El precio de los servicios declarados de primera necesidad, deberá ser anunciado mediante listas o carteles redactados en idioma oficial y en caracteres fácilmente legibles y visibles las cuales serán colocadas en el interior o en la entrada del establecimiento y sus variaciones publicadas en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Marcaje PDF y PDI
Artículo 50. El Ejecutivo Nacional establecerá la obligación de los fabricantes o importadores, de imprimir, según el caso, el Precio de Venta de Fabrica (PDF) o el Precio de Venta del Importador (PDI) y la fecha de determinación de dichos precios, en aquellos bienes en los que considere conveniente hacerlo para la defensa de las personas. Condiciones de marcaje de los bienes y servicios no declarados de primera necesidad Artículo 51. En los bienes o servicios no declarados de primera necesidad, el marcaje del precio lo realizará quien haga la venta al destinatario final, salvo aquellos bienes o servicios que el ministerio del poder popular con competencia en la materia autorice que el marcaje pueda ser hecho por el importador, el productor o el fabricante. Cuando se marque sobre el producto un Precio de Venta Sugerido (PVS), éste se entenderá como su Precio de Venta al Público (PVP). El marcaje del precio se hará conforme a lo establecido en esta Ley. Requerimiento sobre la estructura de costos Artículo 52. El Ministerio que tenga asignada la competencia en materia de precios y tarifas podrá requerir de cualquiera de los sujetos de la cadena de distribución, producción y consumo de las prestadoras o prestadores de servicio, cuando lo considere necesario, información exhaustiva sobre la producción y estructura de costos, así como de las condiciones de venta de cualquier bien que se produzca, importe o comercialice o la prestación de servicios, sean o no de primera necesidad. Del precio Artículo 53. En el precio de los bienes y servicios se deberá incluir toda tasa o impuesto que los grave y que deba pagar la persona. El monto del precio deberá indicarse en moneda de curso legal, de manera clara e inequívoca y éste se expondrá a la vista del público, ya sea que se refiera a bienes o a servicios. Ningún bien podrá ser expuesto a la venta sin que lleve marcado o impreso su precio de venta al público y la fecha en que se hizo el marcaje. El fabricante o productor debe marcar conforme a lo previsto en la presente Ley, la fecha de expiración del lapso durante el cual el producto es apto el consumo. No podrán ser expuestos a la venta aquellos productos cuya fecha de expiración haya llegado a su límite. En caso de productos de procedencia extranjera envasados en origen, deberá darse cumplimiento al marcaje de fecha de expiración, conforme a lo establecido en la presente Ley. Idioma, precios, medidas y peso Artículo 54. Los datos que contengan los productos o sus etiquetas, envases, empaques, así como la publicidad, información o anuncios relativos a la prestación de servicios, se expresarán en idioma oficial, moneda nacional y unidades de medida correspondientes conforme al sistema de metrología nacional. Todo esto sin perjuicio de la facultad del oferente de indicar, complementariamente, esos mismos datos en otro idioma, unidad monetaria o de medida. En caso de productos de procedencia extranjera envasados en origen, deberá darse cumplimiento a lo previsto en el presente artículo, especificándose, además, el origen del bien, sus ingredientes, volumen o cualquier otro dato que disponga el organismo correspondiente, sin perjuicio de lo establecido sobre la materia en la normativa vigente. Limitación de textos Artículo 55. Las leyendas que incluyan las palabras “garantizado”, “garantía” o cualquier otro sinónimo o equivalente, sólo podrán emplearse cuando indiquen en qué
consiste la garantía, así como las condiciones, forma, plazo, fecha de vencimiento y el lugar en que las personas puedan hacerla efectiva. Condiciones especiales Artículo 56. Las condiciones especiales en las cuales deba ofrecerse un bien o servicio con una norma de origen, apoyándose en conceptos, expresiones o cualquier calificativo de uso notorio en su promoción comercial, serán establecidas por el Reglamento de la presente Ley. Especificación de uso Artículo 57. Cuando se expenda al público productos con alguna deficiencia, usados o reconstruidos, deberá indicarse de manera precisa y clara tales circunstancias, dejándose constancia de ello en las facturas, comprobantes o remitido correspondientes. Publicidad falsa o engañosa Artículo 58. Se entenderá por publicidad falsa o engañosa todo tipo de información o comunicación de carácter comercial en el que se utilicen textos, diálogos, sonidos, imágenes o descripciones que directa o indirectamente, e incluso por omisión, puedan inducir al engaño, error o confusión de las personas en relación con: 1. El origen geográfico, comercial o de otra índole del bien ofrecido o sobre el lugar de prestación del servicio pactado o la tecnología empleada. 2. Los beneficios o implicaciones del uso de éste o de la contratación del servicio. 3. Las características básicas del producto a vender o el servicio a prestar. 4. La fecha de elaboración o de vida útil del bien. 5. Los términos de las garantías que se ofrezcan. 6. Los reconocimientos, aprobaciones o distinciones oficiales o privadas, nacionales o extranjeras, tales como medallas, premios, trofeos o diplomas. 7. El precio del bien o servicio ofrecido, formas de pago y costos del crédito. 8. Cualquier otro dato sobre el producto o servicio. El que incurra en publicidad falsa o engañosa, será sancionado conforme a lo previsto en la presente Ley, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal y administrativa a que hubiere lugar. Limitación de publicidad Artículo 59. Se prohíbe la publicidad abusiva, en la que se discrimine, se incite a la violencia, al miedo, se aproveche de la falta de discernimiento, infrinja valores ambientales o morales o sea capaz de inducir a las personas a comportarse en forma perjudicial o peligrosa para la salud o seguridad de las personas. Concepto de anunciante Artículo 60. Para todos los efectos legales se entenderá por anunciante a la proveedora o proveedor de bienes o prestador de servicios que ha encargado la difusión del mensaje publicitario. En las controversias que pudieren surgir como consecuencia de lo dispuesto en los artículos precedentes, el anunciante deberá probar la veracidad de las afirmaciones contenidas en el mensaje publicitario. Obligación de difundir la rectificación Artículo 61. Cuando la gravedad de las afirmaciones hechas en un mensaje publicitario considerado falso o engañoso afecte a la colectividad, la autoridad correspondiente ordenará, sin perjuicio de las acciones civiles, penales o administrativas a que haya lugar, la difusión de la rectificación de su contenido, a costa del anunciante y por los mismos medios en que se difundió el mensaje, como medida correctiva, sin perjuicio de las sanciones previstas en la presente Ley, y en otras leyes especiales que regulen la materia. De las promociones y su publicidad
Artículo 62. En caso de ventas o servicios promocionales, liquidaciones u ofertas especiales, se deberá indicar en la publicidad respectiva, el plazo de duración de las mismas y la cantidad de las mercaderías que se ofrezcan, así como las condiciones generales de la oferta. Cuando no se haya fijado término de duración o la cantidad de las mercaderías, se entenderá que la liquidación, promoción u oferta se extienden por un plazo mínimo de treinta días, contados a partir del último anuncio. Cuando se anuncien descuentos sobre el Precio de Venta al Público (PVP) de un bien o servicio que excedan de los tres meses continuos, se entenderá que el precio descontado constituye un nuevo Precio de Venta al Público (PVP) y cesará toda campaña promocional que se fundamente en la existencia de dicho descuento. De proseguir promocionándose el bien o servicio con el mismo descuento sobre el Precio de Venta al Público (PVP) inicial, la campaña publicitaria, por el medio que fuere, será entendida como publicidad engañosa con las consecuencias que ello acarrea. La proveedora o el proveedor de bienes y servicios está obligado a notificar sobre las condiciones, términos, plazos y demás modalidades de las promociones a la Autoridad, en un plazo no menor de diez días antes de la publicación, para su estudio y autorización, la autoridad competente decidirá en un plazo que no excederá de cinco días hábiles. De las opciones Artículo 63. Si la proveedora o el proveedor de bienes o servicios de una promoción, liquidación u oferta especial no diere cumplimiento a lo anunciado, las personas podrán optar entre: 1. Exigir el cumplimiento de la obligación en los términos ofertados. 2. Rescindir el contrato si hubiere existido pago anticipado por parte de las personas. En todos estos casos las personas tendrán derecho a reclamar la restitución del daño a cargo del oferente, la que no podrá ser inferior a la diferencia económica entre el precio del bien o del servicio objeto de la promoción u oferta y su precio corriente. Divulgación gratuita Artículo 64. Las emisoras de radio y televisión estatales divulgarán gratuitamente los boletines informativos publicados por el Ministerio del Poder Popular con competencia en la materia referente a los análisis y resultados de las investigaciones oficiales realizadas sobre bienes y servicios.
Capitulo III Marco Metodologico Nivel de investigación. Según el nivel nuestra investigación es descriptiva. “Se señala cómo es y cómo se manifiesta un fenómeno o evento, cuando se busca especificar las propiedades importantes para medir y evaluar aspectos, dimensiones o componentes del fenómeno a estudiar”. Juan Carlos Alvarez 2005. Para elaborar el presente trabajo, en primer lugar, se seleccionó el tema de la investigación. Luego, se procedió a diseñar la estructura tentativa del trabajo. Tipo de Investigacion La investigación documental es `aquella que se realiza a través de la consulta de documentos (libros, revistas, periódicos, memorias, anuarios, registros, códices, constituciones, etc.). La de laboratorio o investigación directa es la que se efectúa en el lugar y tiempo en que ocurren los fenómenos objeto de estudio. La investigación mixta es aquella que participa de la naturaleza de la investigación documental y de la investigación de laboratorio. (Zorrilla ,1993:43) Nuestra investigación es de tipo mixta, se inició la búsqueda minuciosa de material impreso relacionado con la investigación, en libros, documentos y fuentes electrónicas. Por tanto, esto le da a la investigación, principalmente, un carácter documental. Posteriormente, se revisó, se seleccionó y se clasificó el material impreso, para proceder, a continuación, a elaborar la estructura definitiva del trabajo. Según los datos manejados esta es una investigación cualitativa Para que exista Metodología Cuantitativa se requiere que entre los elementos del problema de investigación exista una relación cuya naturaleza sea lineal. Es decir, que haya claridad entre los elementos de investigación que conforman el problema, que sea posible definirlo, limitarlos y saber exactamente donde se inicia el problema, en cual dirección va y que tipo de incidencia existe entre sus elementos. Esta es ampliamente usada en las ciencias naturales y sociales, desde la física y la biología hasta la sociología y el periodismo. Sarantakos, 1998
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