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AL
CUARTO
PLENO
CASATORIO CIVIL Oscar HUERTA AYALA* [-]
El autor advierte que en la sentencia del Cuarto Pleno Casatorio Civil se quiere evitar que los jueces, sin mayor análisis, a nálisis, declaren improcedente la demanda de desalojo bajo el argumento de que previamente debe dilucidarse la titularidad del bien en otro proceso. Ahora, en cambio, se prohíben las sentencias inhibitorias. Asimismo, Asimismo, indica que en el proceso de desalojo no se discute el derecho de propiedad, sino el de posesión.
INTRODUCCIÓN El 14 de agosto de 2013 se publicó en el diario oficial El Peruano la sentencia del Cuarto Pleno Casatorio Civil correspondiente a la Casación N° 21952011!ca"ali1# con la finalidad de efectuar una correcta interpretación del art$culo 911 del Código Civil# as$ co%o de los art$culos 5&5 " 5&' del Código Procesal Civil( Es decir la sentencia est) referida a la precisión de la posesión precaria# teniendo en cuenta las %*ltiples posiciones doctrinarias " decisiones +urisprudenciales al respecto# lo cual ,a generado inseguridad +ur$dica " ade%)s el aprovec,a%iento de personas para i%pedir el proceso de desalo+o se-alando .ue ,an ad.uirido el bien in%ueble por prescripción ad.uisitiva de do%inio( En tal sentido la sentencia pretende se-alar un derrotero interpretativo precisando lo .ue se debe entender entender por posesión posesión precaria " los supuestos supuestos en los .ue se presenta# presenta# asu%iendo asu%iendo una posición a%plia# pero ade%)s se pronuncia sobre la posibilidad de la acu%ulación en el proceso de desalo+o con la usucapión# precisando .ue for%al%ente se tratan de procesos distintos# pero ade%)s en el desalo+o se discute .uien tiene el derec,o a la posesión# es decir# no se va a discutir sobre el t$tulo de propie propiedad dad## lo .ue se ,ar) ,ar) en el proces proceso o corres correspon pondie diente nte con la consec consecuen uencia cia de si el usucapiente es declarado propietario pueda pedir la ine+ecución del desalo+o o pedir la devolución del bien( /de%)s la sentencia .uiere evitar lo .ue ,a estado sucediendo ,asta a,ora# .ue los +ueces en e n un proces proceso o su%ar$ su%ar$si% si%o o de desalo+ desalo+o# o# la parte parte de%and de%andada ada invoca .ue el bien bien ,a ad.uir ad.uirido ido por prescr prescripci ipción ón ad.uis ad.uisitiv itiva a de do%ini do%inio# o# los +ueces +ueces sin %a"or %a"or an)lisi an)lisiss declar declaran an i%proc i%procede edente nte la de%anda# se-alando .ue previa%ente debe dilucidarse en otro proceso la titularidad del bien# por lo .ue .ue la sent senten enci cia a pro, pro,$b $be e las las sent senten enci cias as in,ib in,ibititor oria ias# s# se-a se-ala land ndo o .ue .ue los los +uece +uecess debe deben n pronunciarse# valorando la docu%entación presentada# sin .ue ello signifi.ue .ue puedan decidir sobre la usucapión por corresponder a otro proceso(
I. ANÁLISIS Casación N° 21952!11Uca"a#i 21952!11Uca"a#i
El caso est) referido a la de%anda interpuesta por orge Enri.ue Correa Panduro Csar /rturo Correa Panduro " uis iguel Correa Panduro contra irna ibet, Panduro /barca " Euclides 6ara 7urco sobre 8esalo+o por ocupación precaria en la v$a procedi%ental del proceso su%ar$si%o( os de%andantes se-alan .ue son propietarios del in%ueble %ateria del recla%o# cu"a titularidad la tienen registrada en los egistros P*blicos de Pucallpa# se-alando .ue los de%andados tienen la condición de precarios# en la %edida .ue antes fue una casa fa%iliar( En la contestación de la de%anda los de%andados deducen la e:cepción de ;alta de egiti%ación para
II. LA $OSESIÓN En la %edida .ue el pleno casatorio est) referido a la posesión precaria# conviene precisar algunos aspectos de la posesión " su clasificación(
1. C%nc&'(% En pri%er lugar antes de abordar el concepto de la posesión es i%portante analiar al poder de ,ec,o .ue# seg*n /lbalade+o2# por poder de ,ec,o ,a" .ue esti%ar a.uello .ue apareca co%o tal ante la opinión co%*n >conciencia social# criterio del co%ercio +ur$dico? >@?# dic,o poder debe ser entendido# no en un sentido de poder f$sico actual >co%o tener la cosa cogida con la %ano# o +unto a nosotros# de %anera .ue est a nuestro alcance " disposición? sino en el sentido de ,allarse ba+o el se-or$o efectivo de nuestra voluntadA( / decir de odolfo =aco " affaele Caterina3# BPer potere di fatto si intende la soggeionedella cosa alla persona# e la corrispondentesignoriadella persona sulla cosaA >por poder de ,ec,o se entiende la su+eción de la cosa a la persona# " el correspondiente se-or$o de la persona sobre la cosaA( =obre la posesión ,a" distintos conceptos# as$ Carlos ;erdinand Cuadros 6illena4# se-ala .ue B>(((? a posesión es el aprovec,a%iento directo# de ,ec,o# o de derec,o# del valor de uso o disfrute de una cosa( Esta definición encierra lo s siguientes ele%entos a? a relación ob+etiva del ,o%bre con las cosas( b? a utiliación del valor econó%ico de las cosas en cuanto sirven para el uso o disfrute es la utiliación del valor de uso incorporado en las cosas(
c? Co%prende dos clases de posesión a .ue nace del poder de ,ec,o sobre las cosas# sin t$tulo por %era voluntad del poseedor# " la .ue nace del derec,o de propiedad# co%o una de las facultades del propietario( a pri%era# es la posesión esti%ada co%o instituto autóno%o# " la segunda# la posesión derivada del derec,o de propiedadA( =eg*n os uis a Cru Derde+o una =errano#/gust$n 8elgado Ec,evarr$a# es*s# endoa .ue deli%ita ta%bin la cosa %is%a v(gr((# e:tensión de la finca? en segundo lugar# es el derec,o de goce# disfrute " recuperación de una cosa# fundado en una apariencia social significativa# " en tercer lugar# es un t$tulo de propiedad " un %edio de publicidad " prueba de la %is%a( Esta triple perspectiva no agota# desde luego# la funcionalidad de la posesión# pero nos da una pri%era visión de sus %aticesA( Para anuel Pe-a Dernardo 8e Fuirós# BEs un derec,o real .ue consiste en la in%ediata tenencia o goce .ue el 8erec,o confiere# con car)cter 'r%)isi%na#&n(& 'r&)a#&r( a .uien tiene la cosa su+eta a la acción de su voluntad " con independencia de .ue e:ista o no derec,o real fir%e .ue +ustifi.ue la atribución definitiva de esa propiedadA&( =eg*n odrigo Dercovit odr$gueCano# Bla posesión puede ser definida co%o el e+ercicio de ,ec,o de las facultades correspondientes a un deter%inado derec,o real# e+ercicio del cual e%ana la apariencia de una autntica titularidadA9( =eg*n Gede%ann# a? la palabra BposesiónA se e%plea en el lengua+e vulgar profusa%ente " con poca precisión( =e ,abla de posesión en el sentido de fortuna >capital? co%o distinguiendo las clases sociales Baco%odadasA >posidentes? de las Bdespose$dasA( 7a%bin se lla%a a*n ,o" d$a a uno poseedor de f)bricas# poseedor de tierras# etc(# pero con ello no se .uiere e:presar la %is%a cosa .ue el DHD entiende con la palabra BposesiónA# por.ue el DHD tiene de la posesión un concepto %)s riguroso " estrec,o( =epara ta+ante%ente la posesión de la propiedad( BPosesiónA es la tenencia de ,ec,o BpropiedadA# por el contrario# la tenencia de 8erec,o( b? Corriente%ente# la propiedad " la posesión van +untas por e+e%plo# las tiene el due-o de una f)brica# las tene%os sobre las prendas .ue lleva%os puestas o sobre los libros .ue est)n en casa# en nuestro estante( =o%os al %is%o tie%po propietario " poseedor( Pero la propiedad " la posesión pueden ta%bin estar separadosA10( / decir de 8iego Esp$n C)novas# Ba idea %)s general " pri%aria de la posesión es la de u n poder de ,ec,o sobre una cosa independiente%ente del concepto en .ue esta se tenga co%o propia o co%o a+ena# con derec,o o sin l( Ia se co%prende por tanto# .ue ,a" .ue separar la posesión de la propiedad co%o dos ,ipótesis distintas en efecto# la propiedad es la potestad .ue se e+erce sobre una cosa# en virtud del derec,o .ue nos corresponde sobre ella la posesión es el poder de %ero ,ec,o e+ercido sobre la cosa# .ue encuentra la protección del ordena%iento +ur$dico con independencia de su legiti%idadA11( Para os Puig Drutau# Ba posesión# se nos dice# es palabra .ue alude a una relación de ,ec,o# .ue e:presa la ad,erencia f$sica de la cosa a la persona# el v$nculo tangible entre a.uella " esta o la disponibilidad en sentido %aterialA12(
2. C#asi+icación ,& #a '%s&sión Ga" distintos tipos de posesión# en el presente art$culo analiare%os algunos de ellos# principal%ente los recogidos en nuestro Código Civil(
2.1. $%s&sión in&,ia(a " &,ia(a /l respecto el art$culo 905 del Código Civil se-ala BEs poseedor in%ediato el poseedor te%poral en virtud de un t$tulo( Corresponde la posesión %ediata a .uien confirió el t$tuloA( Para /venda-o# poseedor in%ediato es el poseedor te%poral en virtud de un t$tulo( =on dos los re.uisitos la te%poralidad de la posesión " .ue esta se ,a"a originado en un t$tulo13( =eg*n el %is%o autor para .ue ,a"a posesión %ediata e in%ediata es indispensable entonces .ue ,a"a un contrato .ue vincule al %ediato " al in%ediato " .ue i%pone a este *lti%o la obligación de restituir( Por esto la posesión es te%poral14( =eg*n /rias# en lo .ue respecta al e+ercicio de la posesión# esta se presenta ba+o dos for%as peculiares a? a posesión en no%bre propio# esto es# la .ue realia por el su+eto actuante# .uien se dese%pe-a con t$tulo " obrando para s$ "# b? a posesión en no%bre a+eno# en la .ue .uien posee es un tercero .ue act*a en no%bre del titular( Es en esta clase de posesión .ue se produce el desdobla%iento de la %i s%a en in%ediata " %ediata( En efecto# %ientras en la posesión a no%bre propio solo e:iste un su+eto .ue posee# en la posesión a no%bre a+eno coe:isten dos su+etos en un %is%o plano te%poral( !no de estos su+etos se encuentra en directo contacto con el bien pose$do " se deno%ina# por ello# poseedor in%ediato( El arrendatario# por e+e%plo# es un poseedor de esta cla se# por.ue e+ercita su derec,o sobre el bien " est) necesaria%ente vinculado con el derec,o del p ropietario# en cu"o no%bre posee( El otro es .uien posee por inter%edio del poseedor in%ediato( =e le conoce# por lo tanto# co%o poseedor %ediato " es .uien posee a travs o por %ediación de otro( Ga"# pues# un desdobla%iento de posesiones15( /l respecto seg*n /venda-o# no sie%pre en la posesión in%ediata# va a e:istir un contacto directo del poseedor con el bien# co%o ocurre en el caso del subarrenda%iento en la .ue el arrendatario es in%ediato respecto del propietario# pero el contacto directo con la cosa lo tiene el subarrendatario1'(
2.2. $%s&sión #&-(ia & i#&-(ia =eg*n el art$culo 90' del Código Civil( Ba posesión ileg$ti%a es de buena fe cuando el poseedor cree en su legiti%idad# por ignorancia o error de ,ec,o o de derec,o sobre el vicio .ue invalida su t$tuloA( =e entiende por posesión leg$ti%a la .ue se asienta sobre un derec,o debida%ente constituido en el fondo " en la for%a ba+o condiciones .ue son las establecidas para la valide del acto +ur$dico1( En ca%bio la posesión ileg$ti%a# por el contrario# es la .ue presenta vicios o deficiencias sustantivas o ad+etivas( El acto +ur$dico invalidado por la incapacidad de una de las partes la falta
de t$tulo o el t$tulo nulo la inobservancia de las for%alidades prescritas por la le" o la i%posibilidad de transferir un bien deter%inado# son situaciones .ue tipifican esta clase de posesión1&( =eg*n nuestro Código Civil solo en el caso de la posesión ileg$ti%a se puede ,ablar de buena o %ala fe( / decir de Honales Darrón# la posesión leg$ti%a no viene a ser %)s .ue el e+ercicio f)ctico de un derec,o sub+etivo pree:istente " por tanto# los alcances " li%itaciones de la posesión leg$ti%a son e:acta%ente los %is%os .ue los del derec,o sub "acente al estado posesionario19( =eg*n el citado autor ser) considerado co%o poseedor ileg$ti%o El .ue cuente con la posesión sin tener derec,o sub"acente >el si%ple poseedor Bsin t$tuloA# por e+e%plo el usurpador?( El .ue cuente con la posesión cuando el derec,o sub"acente se basa en un t$tulo nulo o inefica( En este *lti%o supuesto se inclu"e el caso del trans%itente .ue no tiene derec,o para tras%itir >Bt$tulo ineficaA?20(
2./. S&r)i,%r ,& #a '%s&sión Confor%e el art$culo &9 del Código Civil( BNo es poseedor .uien# encontr)ndose en relación de dependencia respecto a otro# conserva la posesión en no%bre de este " en cu%pli%iento de órdenes e instrucciones su"asA( =eg*n e+orada C,auca# no obstante %antener relación e incluso contacto con el bien# el servidor de la posesión no es poseedor por.ue sus conductas no satisfacen un inters propio sino de otra persona21( /si%is%o seg*n el %is%o autor# se debe tener cuidado al interpretar la e:presión utiliada por la nor%a cuando se refiere a cierta Brelación de dependenciaA entre el servidor " el poseedor( Esa relación de dependencia# tradicional%ente entendida co%o una alusión al contrato de traba+o " su co%ponente de subordinación# no es tal( Perfecta%ente puede ocurrir .ue el servidor tenga con el poseedor una relación civil ordinaria# de locación de servicios# obra# o cual.uier otra diferente de la laboral( o i%portante es .ue las conductas del poseedor las realia por encargo " no para satisfacer un inters propio( /s$# es servidora la e%presa de seguridad contratada por el poseedor para vigilar un in%ueble# o el ingeniero " su e%presa a .uienes le encarga%os la construcción de una vivienda sobre un terreno22(
2.0. La '%s&sión 'r&caria Confor%e el art$culo 911 del Código Civil( Ba posesión precaria es la .ue se e+erce sin t$tulo alguno o cuando el .ue se ten$a ,a fenecidoA( =eg*n Honales Darrón# el BprecarioA es el poseedor sin t$tulo Jo con t$tulo fenecidoJ .ue est) obligado a la restitución del bien cuando lo re.uiera su concedente( Por tanto# en la relación de precariedad e:iste un precario >poseedor in%ediato? " un concedente >poseedor %ediato?# siendo este *lti%o el .ue entregó el bien por raones de %era licencia# liberalidad o benevolencia# lo .ue puede identificarse co%o un Bt$tulo +ur$dicoA o un Bt$tulo socialA# seg*n fuere el caso# " .ue puede e:igir la restitución del bien en cual.uier %o%ento23( /s$ seg*n el citado autor no ,a" precariedad en los siguientes casos
No ,a" precariedad en el propietario vendedor de un bien .ue no cu%ple con realiar la entrega a pesar de la obligación contractual( No ,a" precariedad en el contratante .ue %antiene la posesión del bien luego .ue el contrato ,a sido anulado o resuelto( No ,a" precariedad en los casos de venci%iento del plao de la relación +ur$dica .ue origina el deber de restitución del bien(
No ,a" precariedad en el usurpador o en .uien no tiene causa +ustificada de posesión(
No ,a" precariedad en el traba+ador .ue detenta un bien por cuenta del principal# " .ue despus de e:tinguido el v$nculo +ur$dico no restitu"e el bien24(
III. $ROCESO DE DESALOO El desalo+o es una pretensión de orden personal# tendiente a recuperar el uso " el goce de un bien in%ueble .ue se encuentra ocupado por .uien carece de t$tulo para ello# sea por tener una obligación e:igible de restituirlo o por revestir el car)cter de un si%ple precario25( Confor%e al art$culo 5&5 del Código Procesal Civil( Procedi%iento( Ba restitución de un predio se tra%ita con arreglo a lo dispuesto para el proceso su%ar$si%o " las precisiones indicadas en este =ubcap$tulo( Procede a decisión del de%andante# el acu%ular la pretensión de pago de arriendo cuando el desalo+o se funda%enta en dic,a causal( =i no opta por la acu%ulación# el de%andante podr) ,acer efectivo el cobro de los arriendos en el proceso e+ecutivo de acuerdo a su naturalea( Cuando el de%andante opte por la acu%ulación del pago de arriendos al desalo+o# .ueda e:ceptuado el re.uisito previsto en el i nciso 3? del art$culo &5 de este CódigoA( /l respecto cabe se-alar .ue el desalo+o es un proceso su%ar$si%o .ue busca la restitución de un predio# siendo su+etos activos " pasivos del proceso los se-alados en el art$culo 5&' del Código Procesal Civil( =u+etos activo " pasivo en el desalo+o( BPueden de%andar el propietario# el arrendador# el ad%inistrador " todo a.uel .ue# salvo lo dispuesto en el art$culo 59 considere tener derec,o a la restitución de un predio( Pueden ser de%andados el arrendatario# el subarrendatario# el precario o cual.uier otra persona a .uien le es e:igible la restituciónA( En tal sentido el de%andante en el desalo+o no solo el propietario sino ta%bin cual.uier persona .ue tenga derec,o de poseer el predio co%o pueden ser el arrendador# ad%inistrador# etc(# toda ve .ue en el proceso de desalo+o no ser) %ateria del proceso la discusión del derec,o de propiedad sino el derec,o de poseer( Pudiendo ser de%andados las personas a .uienes es e:igible la restitución del predio co%o el arrendatario en su calidad de poseedor in%ediato# el subarrendatario o el precario# etc(
I. DOCTRINA URIS$RUDENCIAL INCULANTE EN EL $LENO CASATORIO CIIL =eg*n el pleno casatorio se considera co%o doctrina +urisprudencial vinculante 1( !na persona tendr) la condición de precaria cuando ocupe la condición un in%ueble a+eno# sin pago de renta " sin t$tulo para ello# o cuando dic,o t$tulo no genere ning*n efecto de protección para .uien lo ostente# frente al recla%ante# por ,aberse e:tinguido el %is%o(
2( Cuando se ,ace alusión a la carencia del t$tulo o al feneci%iento del %is%o# no se est) refiriendo al docu%ento .ue ,aga alusión e:clusiva al t$tulo de propiedad# sino a cual.uier acto +ur$dico .ue le autorice a la parte de%andada a e+ercer la posesión del bien# puesto .ue el derec,o en disputa no ser) la propiedad sino el derec,o a poseer( 3( Knterpretar el art$culo 5&5 del Código Procesal Civil# en el sentido de .ue por BrestituciónA del bien se debe entender co%o entrega de la posesión .ue protege el art$culo 911 del Código Civil# para garantiar al su+eto a .uien corresponde dic,o derec,o a e+ercer el pleno disfrute del %is%o# independiente%ente si es .ue es propietario o no( 4( Establecer# confor%e al art$culo 5&' del Código Procesal Civil# .ue el su+eto .ue goa de legiti%ación para obrar activa no solo puede ser el propietario# sino ta%bin# el ad%inistrador " todo a.uel .ue se considere tener derec,o a la restitución de un predio( Por otra parte# en lo .ue ata-e a la legiti%ación para obrar pasiva se debe co%prender dentro de esta situación a todo a.uel .ue ocupa el bien sin acreditar su derec,o a per%anecer en el disfrute de la posesión# por.ue nunca lo tuvo o el .ue ten$a feneció( 5( =e consideran co%o supuestos de posesión precaria a los siguientes 5(1( os casos de resolución e:tra+udicial de un contrato# contrato confor%e a lo dispuesto por los art$culos 1429 " 1430 del Código Civil( En estos casos se da el supuesto de posesión precaria por ,aber fenecido el t$tulo .ue ,abilitaba al de%andado para seguir pose"endo el in%ueble( Para ello# bastar) .ue el +ue# .ue conoce del proceso de desalo+o# verifi.ue el cu%pli%iento de la for%alidad de resolución prevista por la le" o el contrato# sin decidir la valide de las condiciones por las .ue se dio esa resolución( E:cepcional%ente# si el +ue advierte .ue los ,ec,os revisten %a"or co%ple+idad# podr) resolver declarando la infundabilidad de la de%anda# %as no as$ la i%procedencia( 5(2( =er) caso de t$tulo de posesión fenecido# cuando se presente el supuesto previsto por el art$culo 104 del Código Civil# puesto .ue con el re.ueri%iento de la devolución del in%ueble se pone de %anifiesto la voluntad del arrendador de poner fin al contrato( No constituir) un caso de t$tulo fenecido el supuesto conte%plado por el art$culo 100 del Código Civil# dado .ue el solo venci%iento del contrato de arrenda%iento no resuelve el contrato sino .ue# por i%perio de la le"# se asu%e la continuación del %is%o ,asta .ue el arrendador le re.uiere la devolución del bien( 8ada esta condición# recin se puede asu%ir .ue el poseedor ,a pasado a constituirse en poseedor precario por feneci%iento de su t$tulo( 5(3( =i en el tr)%ite de un proceso de desalo+o# el +ue advierte la invalide absoluta " evidente del t$tulo posesorio# confor%e lo prev el art$culo 220 del Código Civil# solo analiar) dic,a situación en la parte considerativa de la sentencia Jsobre l a nulidad %anifiesta del negocio +ur$dicoJ# " declarar) fundada o infundada la de%anda *nica%ente sobre el desalo+o# dependiendo de cu)l de los t$tulos presentados por las partes es el .ue adolece de nulidad %anifiesta( 5(4( a ena+enación de un bien arrendado# cu"o contrato no estuviera inscrito en los registros p*blicos# convierte en precario al arrendatario# respecto del nuevo due-o# salvo .ue el ad.uiriente se ,ubiere co%pro%etido a respetarlo# confor%e el art$culo 10& del Código Civil( 5(5( Cuando el de%andado afir%e ,aber realiado edificaciones o %odificaciones sobre el predio %ateria de desalo+o Jsea de buena o %ala feJ# no +ustifica .ue se declare la i%procedencia de la de%anda# ba+o el sustento de .ue previa%ente deben ser discutidos dic,os derec,os en otro proceso( Por el contrario# lo *nico .ue debe verificarse es si el de%andante tiene derec,o o no a disfrutar de la posesión .ue invoca# de+)ndose a salvo el derec,o del de%andado a recla%ar en otro proceso lo .ue considere pertinente(
5('( a %era alegación del de%andado# en el sentido de ,aber ad.uirido por usucapión# no basta para desesti%ar la pretensión de desalo+o ni declarar la i%procedencia de la de%anda# correspondiendo al +ue del desalo+o valorar las pruebas en las cuales sustenta el de%andado su derec,o invocado# sin .ue ello i%pli.ue .ue est) facultado para decidir sobre la usucapión( =iendo as$# se li%itar) a establecer si ,a surgido en l la convicción de declarar el derec,o de poseer a favor del de%andante( 8e declararse fundada la de%anda de desalo+o por precario# en nada afecta lo .ue se va"a a decidir en otro proceso donde se tra%ite la pretensión de usucapión# puesto .ue el usucapiente tendr) e:pedito su derec,o para solicitar la ine+ecución del %andato de desalo+o o en todo caso para solicitar la devolución del in%ueble( '( En todos los casos descritos# el +ue del proceso no podr) e:pedir una sentencia in,ibitoria# sino .ue deber) pronunciarse sobre el fondo de la %ateria controvertida# en el sentido .ue corresponda# confor%e a los ,ec,os " la valoración d e las pruebas aportadas( ( En lo .ue concierne a lo dispuesto por el art$culo '01 del Código Procesal Civil# cuando "a ,a prescrito el plao para interponer la pretensión interdictal# el accionante no podr) optar por recurrir al desalo+o para lograr la recuperación de su bien( LLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLL M egistrador P*blico de la ona egistral N° KO =ede i%a( 8ocente de la !niversidad Peruana os /ndes( /bogado por la !niversidad Nacional a"or de =an arcos( ie%bro del 7aller de 8erec,o Civil os eón Darandiar)n de la %is%a casa de estudios( 1
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