Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa Bloque FREPAM “Frente Pampeano Cívico y Social” LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
ARTÍ ARTÍCUL CULO O 1°: Créase un Dest estac acam ameento de la Policía de la Provincia, con ubicación en el Barrio “Plan Vial” de la ciudad de Santa Rosa cuya jurisdicción será determinada por el Poder Ejecutivo.
ARTÍCUL ARTÍCULO O 2°: El Pode Poderr Ejec Ejecuti utivo vo Pr Prov ovin inci cial al imple impleme ment ntará ará las las medid edidas as corr corres espo pond ndie ient ntes es,, con con el obje objeto to de dota dotarr los los efec efecti tivo vos, s, equi equipa pam mient iento o y móvi óviles les nece necesa sari rios os,, para para aseg asegur urar ar el corr correc ecto to func funcio iona nam mient iento o de dich dichaa Unid Unidad ad ac acor orde de a las las nece necesi sida dade dess de la población.
ARTÍCULO 3°: Los Los gast gastos os que que dem demande ande el cum cumplim plimie ient nto o de la presente Ley serán imputados a la partida específica del presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4°: A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, el Dest Destac acam amen ento to Poli Polici cial al crea creado do cum cumplir pliráá toda todass las las ac acti tivi vida dade dess emerg emergen ente tess de la funci función ón polic policia ial, l, sin sin perj perjui uici cio o que ante ante hech hechos os singulares intervengan Unidades especiales de la Jefatura de Policía de la Provincia.
Destacamento Policial Policial dependerá de la Comisaría ARTÍCULO 5°: El Destacamento Secc Seccion ional al Pr Prim imera era de la Poli Policí cíaa de la Pr Prov ovin inci cia, a, con con juri jurisd sdic icci ción ón territorial sobre su distrito policial.
ARTÍCULO 6º: De forma. 1
Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa FUNDAMENTOS La Policía de la Provincia de La Pampa nació bajo el imperio de la Ley Nacional n° 1532 sancionada en 1884, disposición que delineó la organización de los Territorios Nacionales. Así las cosas, el artículo 9° de la citada norma dispuso la creación de destacamentos de policía en todos todos los asenta asentami mient entos os poblac poblacion ionale ales, s, estruc estructur turándo ándolos los bajo bajo la autoridad de un Jefe de Policía o Gendarmería. Cuando el 4 de Mayo de 1953 nuestra jurisdicción territorial recibió la denominación de Provincia “Eva Perón”, se creó la Policía provincial bajo la dependencia del Poder Ejecutivo. Acom Acompañ pañand ando o el proc proces eso o de creci crecimi mient ento o pobl poblac acio iona nall de las las dist distin inta tass loca locali lida dade dess de la Pr Prov ovinc incia ia se esta establ blec ecie iero ron n Com Comisarí isarías as,, destacamentos y dependencias policiales estratégicamente ubicados de modo de responder con celeridad y eficacia a las demandas de la sociedad. En la ac actua tuali lida dad, d, las las inst instit ituci ucion ones es poli polici cial ales es const constit ituy uyen en un asp aspec ectto más de una una cuestión mucho ucho más ampl ampliia y com compleja, ja, erig erigié iénd ndos osee en un tem tema prio priori rita tari rio o de la agen agenda da de la soci socied edad ad contemporánea, como es la seguridad pública. El esta establ bleci ecim miento iento de un Dest Destac acam ament ento o Poli Polici cial al en el barr barrio io “Pla “Plan n Vial Vial”” reve revest stir iráá enor enorm me tras trasce cend nden enci ciaa dent dentro ro del del esqu esquem emaa orgánico funcional-institucional, toda vez que potenciará la actitud
de prevención y vigilancia general que constituye el ideal del servicio de policía. Contribuirá a una mejor administración de gran parte de las labores labores policiales, policiales, acelerando los procesos de administració administraciónn de la información y permitiendo optimizar las tareas de investigación, lo que propiciará una disminución en los tiempos de resolución de los hechos delictivos. La tarea tarea de prevenci prevención ón represe representar ntaráá el princi principal pal objeti objetivo vo a concretar, enderezado a evitar que se concreten hechos delictivos. La necesidad de su creación y la ubicación asignada responde a
evaluación de criterios de densidad demográfica, extensión geográfica, grado de conflictividad social, entre otros aspectos de
una
relieve.
la actu actual al juri jurisd sdic icci ción ón de la Seccional Primera abarca una amplio sector comprensivo de los Al resp respec ecto to ca cabe be seña señala larr que que
Barrios Mataderos, Los Caldenes, Colonia Escalante, Congreso, Plan 2
Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa Vial, Vial, Vill Villaa Sol Sol del del Este Este,, Nuev Nuevee de Juni Junio, o, E.P. E.P.A.M A.M., ., Los Los Fr Fres esnos nos,, Escondido, Raseo, Atuel, Villa Elvina, Villa Martita, Villa Amalia, Villa Navarro Sarmiento, Bella Vista, una parte de Villa Alonso y del Centro de la ciudad de Santa Rosa. Este extenso radio de actuación continúa creciendo al compás del aumento poblacional, dificultando el desp despli lieg egue ue efic eficaz az de dete determ rmin inad adas as ac acci cion ones es e incr increm emen enta tand ndo o la sensación de inseguridad de muchos vecinos.
la pres presenc encia ia polic policia iall revis reviste te funda fundame menta ntall im impor porta tanci nciaa como como fact factor or di disua suasi sivo vo se elab elabo ora el En el conv conven enci cim mient iento o de que que
presente Proyecto de Ley que propone la constitución de una Subcomisaría o destacamento policial en el barrio “Plan Vial”, sugiriendo
como radio de actuación el sector comprendido entre la Avda. Argentino Valle -y su continuación Avda. Palacios- hacia el Sur, y Avda. Pedro Luro –y su continuación Avda. Juan Manuel de Rosas- hacia el Este. El establ estableci ecimi mient ento o de una una Depen Dependen denci ciaa Polic Policial ial en el lugar lugar indicado permitirá estrechar el vínculo entre la comunidad y la Policía posi posibi bili lita tando ndo la real realiz izac ació ión n de dive divers rsos os trám trámite itess como como formu formula larr denu denunc ncia ias, s, reali realizar zar expos exposici icione ones, s, certi certific ficad ados os de domi domicil cilio io o de antecedentes, en una unidad más cercana a su domicilio. Con su puesta en funcionamiento, el personal policial afectado cont contar aráá con con una una edif edific icaci ación ón adecu adecuad adaa desd desdee dond dondee coor coordi dina narr sus sus tareas.
Se concluyó en la viabilidad y absoluta conveniencia de la presente iniciativa en virtud de consultas efectuadas a elevados funcionarios policiales en actividad y en retiro. Por las consideraciones expuestas, y aquéllas que se formularán en oportunidad de su tratamiento en el recinto, solicito a los demás señoras y señores diputados el voto favorable de la presente iniciativa.
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