LA CONTABILIDAD BANCARIA La contabilidad bancaria es una técnica con reglas propias que permiten recoger y entregar datos, de manera sistemática, a los diferentes usuarios o sectores interesados en conocer las operaciones regulares de la empresa, así como informar sobre la gestión y resultado obtenido de los recursos utilizados por la empresa. Luego. Su objetivo principal es proveer de información a los distintos usuarios para la toma de decisiones económicas y sociales. En el caso específico de los bancos, los usuarios externos serán los depositantes, clientes, bancos e instituciones acreedoras, analistas financieros, economistas; entre los organismos de control están la superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras entre otros. El medio por el cual se entrega la información procesada por la contabilidad está construido por los informes contables, los cuales adoptan diferentes formas y contenidos dependiendo del usuario.
OBJETIVO DE LA CONTABILIDAD El objetivo de la contabilidad es proveer información CUANTITATIVA Y OPORTUNA en forma estructurada y sistemática de una entidad considerando los eventos económicos que le afectan. La información suministrada por la Contabilidad Bancaria debe cumplir con estas mismas características, debiendo señalarse que la oportunidad tiene el carácter de INMEDIATEZ, ya que la información se necesita en muchas ocasiones de INMEDIATO. Puede decirse también que la OPORTUNIDAD adquiere ademas el carácter de PERENTORIEDAD, dado que exige mantener actualizada la contabilidad de los bancos al final de cada día. Otra características general de la información contable es que esta CUANTITATIVA al estar expresadas en cifras representativas de la moneda del país. En el caso de Contabilidad Bancaria, en el aspecto formal, las operaciones se registran en la moneda en que se efectuó la transacción, convirtiéndose en moneda nacional para efecto de presentación de los estados financieros.
CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DE LA CONTABILIDAD BANCARIA La contabilidad bancaria tiene las siguientes características específicas: a) Naturaleza, multiplicidad y complejidad de las operaciones que registra. b) Exigencias normativas y de control. c) Diversidad de procedimientos utilizados en la organización y funcionamiento interno de cada banco.
COMPLEJIDAD DE LA CONTABILIDAD BANCARIA Exigencias normativas y de control Las operaciones bancarias deben atenderse a diversas disposiciones/ legales y reglamentarias. Por ende/ el registro contable de ellas deben hacerse cumpliendo las normas e instrucciones en la ley y las que impartan las Autoridades Monetarias y de Control. La SBIF, como organismo de control de Sistema Bancario es el que reglamenta los procedimientos contables que deben aplicar los bancos y otras entidades que fiscaliza. Para tales efectos legales y reglamentarios, los bancos deben: 1. Agrupar sus operaciones en forma adecuada para entregar información que requieran los Organismos de Control, y 2. Cumplir expresamente las instrucciones sobre el criterio y forma d contabilizar las operaciones que hayan señalado las autoridades respectivas. Exigencias reglamentarias específicas Los bancos deben registrar los antecedentes contables de sus distintas operaciones en la moneda en que se efectué. Ello implica que los bancos pueden llevar su contabilidad tanto en moneda nacional como en las distintas monedas con que operan, siempre que se encuentren autorizadas para/ llevar a cabo transacciones en divisas.
LOS BANCOS Y SUS FUNCIONES Un banco es una sociedad anónima cuyo principal objetivo es la intermediación financiera, captando recursos del público para colocarlos en operaciones de crédito e inversiones. Los bancos forman parte del sistema financiero, sistema que esta controlado por la Superintendencia de Bancos (SIB) y comprende:
Corporación Financiera Nacional (CFN) Banco del Estado (BE) Banco Nacional del Fomento (BNF) Banco Ecuatoriano de la Vivienda (BEV) Bancos privados (BP) Asociaciones Mutualistas de ahorro y crédito para la viviendo (MUT)
LA CONSTITUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO PRIVADO Este tema lo trata claramente la LGISF, en algunos de sus artículos: ARTÍCULO 3.- La Superintendencia autorizara la constitución de las instituciones del sistema financiero privado. Estas instituciones se constituirán bajo la forma de una compañía anónima, salvo las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda y las cooperativas de ahorro y crédito que realizan intermediaciones financieras con el público. ARTÍCULO 4.- La Superintendencia autorizará a las instituciones del sistema financiero privado, sujetas a esta Ley, la adopción y registro de cualquier denominación que crean conveniente, con tal que no pertenezca a otra institución y que no se preste a confusiones. En su denominación las instituciones del sistema financiero harán constar su calidad de “banco” o “sociedad financiera” o “corporaciones de inversión y desarrollo”. ARTÍCULO 5.- Las acciones de las instituciones del sistema privado deberán ser nominativas. En el contrato social podrá estipularse que el capital se divide en varias clases de acciones, con derechos especiales para cada clase, sin que pueda excluirse a ningún accionista de la participación en las utilidades. En el Estatuto Social se determinará el valor nominal de las acciones que podrá ser de cien o múltiplo de cien. ARTÍCULO 6.- Las instituciones del sistema financiero privado pueden constituirse en un sólo acto, por convenio entre los que otorguen la escritura, o en forma sucesiva, por suscripción pública de acciones. Al momento de constituirse deberá establecerse en el Estado Social el capital autorizado, hasta cuyo monto podrá la institución del sistema financiero privado aceptar suscripciones y emitir ciento (50%) del capital autorizado y por lo menos la mitad del capital suscrito deberá pagarse antes del inicio de las operaciones. Los aportes del capital deberán pagarse totalmente en dinero efectivo, salvo que la Superintendencia autorice que se capitalicen obligaciones por compensación de créditos. La cuenta de integración de capital deberá acreditarse mediante el comprobante del depósito de la suma correspondiente en cualquier banco del sistema financiero del país. Este depósito se hará bajo una modalidad que devengue intereses. Los suscriptores del capital deben comprometerse a entregar los aportes no pagados en dinero efectivo, en el plazo máximo de un año contado desde la fecha de suscripción, o en cualquier tiempo en el que sea necesario subsanar cualquier deficiencia de patrimonio técnico de la institución, ya sea en virtud de llamamiento que hagan los directores o bien por requerimientos de la Superintendencia.
Los requisitos a presentar se establecen en el siguiente artículo de la misma ley: ARTÍCULO 9.- Para la promoción de la constitución, cinco o más personas que actúen por sus propios derechos o en representación de otras, en calidad de promotores de una institución financiera, deben presentar la solicitud de autorización a la Superintendencia, incluyendo la siguiente documentación: a. Los antecedentes personales de los promotores, que permitan verificar su responsabilidad, probidad y solvencia. Cada promotor deberá justificar su solvencia económica y declarar bajo juramento que los recursos provienen de actividades lícitas; b. La que demuestre su condición de representantes de los promotores; c. El estudio de factibilidad económico y financiero de la compañía por constituirse, el que debe fundamentarse en datos actualizados; y, d. El proyecto de contrato de constitución, que debe incluir el Estatuto previsto para la institución financiera. Los montos mínimos de capital se establecen en el siguiente artículo: ARTÍCULO 37.- El monto mínimo de capital pagado para constituir una institución financiera sujeta a esta Ley será: a. Para los bancos: US $7.886.820; b. Para las sociedades financieras o corporaciones de inversión y desarrollo: US $ 3.943410; y, c. La Superintendencia fijara el monto de capital mínimo con el que deban iniciar sus actividades las instituciones de servicios financieros y las demás entidades sujetas a su control, incluyendo a las sociedades controladoras.
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN A continuación el artículo referente a este tema: ARTÍCULO 148.- La Superintendencia mediante resolución aprobada por la Junta Bancaria, podrá declarar la liquidación forzosa de una institución del sistema financiero, designando a uno o más liquidadores, cuando se cumpla una o mas de las siguientes causas: 1. No pagar cualesquiera de sus obligaciones, especialmente con los depositantes o en la cámara de compensación; 2. No ajustar totalmente sus actividades a los programas de vigilancia preventiva o de regularización establecidos por la Superintendencia de Bancos; o no cubrir las deficiencias de patrimonio técnico o los niveles mínimos de capital en los plazos establecidos; o no efectuar las remociones impartidas por la Superintendencia; 3. No realizar las operaciones que le son propias de acuerdo a su naturaleza jurídica durante un periodo de por lo menos seis meses; 4. Las previstas en el artículo 149 de esta Ley; y, 5. Cuando los administradores de la institución abandonen sus cargos y no sea posible designar sus reemplazos en un plazo no mayor de quince días calendario. El contador, luego de declararla la liquidación, debe tener claro el orden por el cual la institución debe cumplir con sus obligaciones y que se describe en el articulo que se transcribe: ARTÍCULO 167.- En la liquidación de una institución del sistema financiero privado, constituyen créditos privilegiados de primera clase, con preferencia aun sobre los hipotecarios, los siguientes, en el orden que se determina: a. Las costas judiciales que se causen en interés común de los acreedores; b. Los que se adeuden a los trabajadores por salarios, sueldos, indemnizaciones, fondos de reserva y pensiones jubilares con cargo al empleador, hasta por el monto de las liquidaciones que se practiquen en los términos del Código del Trabajo, y las obligaciones para con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social derivadas de las relaciones laborales; c. Los que se adeuden por impuestos, tasas y contribuciones; y, d. Las obligaciones por depósitos y captaciones del público, cualquiera sea su modalidad, siguiendo los criterios que fije la Junta Bancaria a fin de privilegiar el cobro de los depositantes pertenecientes a los grupos vulnerables y de la tercera edad; y, de cuantías menores.
Luego se atenderán los otros créditos, de acuerdo al orden y forma determinados en el Código Civil.
CATALOGO UNICO DE CUENTAS DE LA SIB El Catálogo Único de Cuentas es creado por la SIB, con el objetivo de uniformar la información y la contabilidad procesada en las entidades bajo su supervisión, considerando es una manera eficiente para ejercer un control adecuado. El Catálogo incluye el plan de cuentas, las instrucciones generales para el registro de transacciones, así como el instructivo para el uso de cada una de las cuentas y los formatos de los balances básicos. El referido Catálogo Único de Cuentas que observa las reglas impuestas por el Derecho, la Jurisprudencia, los principios de contabilidad generalmente aceptados y las prácticas de la actividad bancaria en el país, será de uso obligatorio para las instituciones bajo su control.
PLAN DE CUENTAS Contiene el detalle de cuentas, adecuadamente ordenadas y codificadas para el registro de las operaciones efectuadas por las instituciones bajo su control, que permite suministrar en forma homogénea información confiable y oportuna. Las cuentas indicadas en el Plan, corresponden a las que se han considerado necesarias para registrar las transacciones de las entidades bajo el control de la SIB, sin embargo, podrían sufrir modificaciones (incrementarse o eliminarse), de acuerdo a nuevas necesidades o cambios en los respectivos procedimientos. Modificaciones que solo pueden realizarse mediante resoluciones emitidas por el ente de control.
CODIFICACIÓN Cada una de las cuentas indicadas en el Plan, han sido codificadas en el sistema decimal, por considerarlo más idóneo para implantarlo en los sistemas de procesamiento computarizado de las operaciones. Horizontalmente, se prevé la utilización de hasta ocho dígitos, sin embargo las instituciones podrán incrementar dígitos horizontalmente, de acuerdo a las necesidades de identificación o detalle de las mismas para controles internos o presupuestarios:
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Elemento del Estado Financiero
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Grupo de Cuentas
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Cuentas
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Subcuentas
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Subcuentas analíticas
Para la identificación de los elementos de los estados financieros, se ha determinado la utilización de los dígitos del 1 al 7:
Elemento del Estado Financiero 1
Activos
2
Pasivos
3
Patrimonio
4
Cuentas de resultados deudoras
5
(Gastos) Cuentas de resultados acreedoras
6
(Ingresos) Cuentas Contingentes
7
Cuentas de Orden
Estado Financiero
Estado de Situación Financiera y Evolución del Patrimonio
Estado de Pérdidas y de Ganancias
Control de Obligaciones Eventuales
Esto significa, que el primer dígito de cualquier cuenta contable de un banco, identifica el tipo de cuenta y por lo tanto a que estado financiero pertenece. Para permitir en el futuro la inclusión de nuevas cuentas se consideró, como parte de subcuentas o subcuentas analíticas, los dígitos “90” para el concepto de otros. Además, para identificar cuentas y subcuentas de valuación de activos, o que siendo de activos, tienen saldos acreedores (provisiones, depreciaciones, etc.), se ha asignado la utilización de dígitos “99”. En consideración a que el Catálogo Único de Cuentas incluye en diversas entidades, la identificación de las cuentas para uso de cada una de ellas se efectúa mediante una “X” al margen derecho de cada grupo, cuenta o subcuenta.
La descripción contiene el concepto de las cuentas, las características especiales y los elementos constitutivos. La dinámica establece las normas de imputación contable a través de débitos y créditos haciendo referencia en ocasiones a las cuentas utilizadas como contrapartida. La base legal, consiste en una enumeración genérica de las principales disposiciones legales y reglamentarias, relativas a las operaciones.
DESCRIPCION DE LOS PRINCIPALES GRUPOS Y CUENTAS CONTABLES A continuación indicaremos la descripción indicada en el Catálogo Único de la SIB, de los grupos y cuentas contables, para tener una clara idea de lo que se debe registrar en los mismos. Describiremos anteponiendo al nombre de la cuenta o grupo el código respectivo: ACTIVO Comprende los bienes y derechos de propiedad de la entidad, susceptibles de ser cuantificados objetivamente. Incluye los gastos en que se haya incurrido para la constitución y organización de la entidad cuya afectación a periodos o ejercicios futuros está expresamente autorizada. Las cuentas que integran este elemento tendrán siempre saldos deudores con excepción de las provisiones, depreciaciones y amortizaciones que serán deducidas de los rubros correspondientes. FONDOS DISPONIBLES Son los recursos líquidos que mantienen una entidad financiera y comprende las cuentas que registran efectivo, los depósitos en otras instituciones financieras del país y del exterior, los efectos de cobro inmediato y las remesas en tránsito. FONDOS INTERBANCARIOS VENDIDOS Registra el monto de los fondos que coloca la entidad a corto plazo (no más de 8 días) en otros organismos del sistema financiero cuando tiene exceso de liquidez. Las operaciones vencidas y las que se hubieran concertado a más de ocho días deben instrumentarse y contabilizarse en la cuenta correspondiente.
INVERSIONES Comprenden las cuentas que registran los títulos y valores adquiridos por la entidad con la finalidad de mantener reservas secundarias de liquidez, la compra de títulos valores correspondientes a las operaciones de reporto o cumplir las disposiciones legales y reglamentarias, así como las provisiones para cubrir pérdidas de tales inversiones. El saldo de la cuenta debe estar sustentado con la existencia física de los títulos valores y/ o certificados correspondientes. Los títulos valores adquiridos deberán registrarse en las cuentas auxiliares determinadas con los siguientes datos: Denominación, fecha de adquisición, valor nominal, valor de compra, descuento o premio, fecha de emisión y de vencimiento, serie y número, tipo de interés y cualquier otro dato que se considere de importancia. CARTERA DE CREDITOS Y CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO MERCANTIL Está constituido por las cuentas sobre los préstamos otorgados por la institución, bajo las distintas modalidades autorizadas y en función al giro especializado que le corresponde a cada una de ellas, con recursos propios o con fuentes de financiamiento interno o externo; comprender además, las operaciones contingentes pagadas por la institución por incumplimiento de los deudores principales; así como los montos provisionados para cubrir deudas de dudosa recuperación. DEUDORES POR ACEPTACIONES Registra el monto de las obligaciones de la entidad por los documentos aceptados por cuenta y orden de un cliente a un plazo determinado, a favor de instituciones bancarias y financieras del país o del exterior. Los registros contendrán la información de la persona o institución a cuya orden se hubieran girado las letras de cambio. CUENTAS POR COBRAR Registra los valores de cobro inmediato proveniente del giro normal del negocio y consistente principalmente en intereses y comisiones ganados, pagos por cuenta de clientes e importes por cobrar, originados en ventas, arriendos, anticipos y acciones suscritas. Registra además los montos provisionados para cubrir eventuales pérdidas de las correspondientes cuentas por cobrar. BIENES REALIZABLES, ADJUDICADOS POR PAGOS, ARRENDAMIENTO MERCANTIL Agrupa las cuentas que registran bienes adquiridos para destinarlos a las venta o construcción de programas de vivienda, con fines de arrendamiento mercantil, los recibidos por la entidad en pago de obligaciones y aquellos recuperados a la
finalización del contrato por no acogerse a la opción de compra o los recuperados por el vencimiento anticipado del contrato de arrendamiento mercantil. ACTIVO FIJO Agrupa las cuentas que representan las propiedades de naturaleza permanente, utilizadas por la entidad para el cumplimiento de sus objetivos específicos, cuya característica es una vida útil relativamente larga y están sujetas a depreciaciones, excepto los terrenos, biblioteca y pinacoteca. OTROS ACTIVOS Agrupa las cuentas que representan cargos y gastos diferidos, inversiones de tipo permanente en acciones y participaciones en compañías; así como los valores acumulados por cobrar por concepto de intereses y comisiones sobre créditos y otras operaciones internas. Incluye además la cuenta de regularización de divisas para registrar las fluctuaciones de la posición en moneda extranjera; y las provisiones para cubrir eventuales pérdidas de los activos grupos. PASIVO Agrupa todas aquellas cuentas que registran las obligaciones contraídas como resultado de la captación de recursos ajenos. Incluye las obligaciones con el Estado, con terceros y en general todas aquellas obligaciones generadas por la actividad de la entidad. DEPOSITO A LA VISTA Registra los recursos recibidos del público en depósitos a la vista, que comprenden los depósitos monetarios exigibles mediante la presentación de cheques u otros mecanismos de pago y registro; los de ahorro exigible mediante la presentación de libretas de ahorro y otros mecanismos de pago y registro; y cualquier otro exigible en un plazo menor a treinta días. Podrán constituirse bajo diversas modalidades y mecanismos libremente pactados entre el depositante y el depositario. FONDOS INTERBANCARIOS COMPRADOS Registra los fondos obtenidos por la institución de las entidades que integran el sistema financiero nacional, para atender problemas transitorios de liquidez. Estos fondos deben concertarse a plazo no mayores de 8 días y se sujetarán a las disposiciones emitidas por el Directorio del Banco Central del Ecuador. Las operaciones vencidas y las que pactaren a más de 8 días, deben instrumentarse y contabilizarse en la cuenta correspondiente.
OBLIGACIONES INMEDIATAS Registra aquellas obligaciones de inmediata liquidación que se originan por las operaciones propias de la entidad, así como por servicios prestados. DEPOSITO A PLAZO Registra las obligaciones financieras confirmadas exigibles al vencimiento de un período no menor de treinta días, libremente convenido por las partes. Pueden instrumentarse en un título valor, nominativo, a la orden o portador y pueden ser pagados antes del vencimiento del plazo, previo acuerdo entre el acreedor y el deudor. ACEPTACIONES EN CIRCULACION Registra el monto de las obligaciones de la entidad por los documentos aceptados por cuenta y orden de un cliente, a un plazo determinado, a favor de instituciones bancarias y financieras del país o del exterior. Los registros contendrán la información de la persona o institución a cuya orden se hubieren girado las letras de cambio. CUENTAS POR PAGAR Agrupa a todas aquellas cuentas que registran las obligaciones de pago inmediato de la entidad con su personal, proveedores, accionistas, con el Fisco y los beneficiarios de impuestos y aportes retenidos. Por su carácter transitorio, estas cuentas deberán liquidarse en el menor tiempo posible, que en ningún caso ser superior de noventa días. CREDITOS A FAVOR DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS Registra el monto de las obligaciones que haya contraído la institución con bancos y entidades financieras del país o del exterior la modalidad de créditos directos y utilización de líneas de crédito. Las transacciones contratadas a través de medios de comunicación inmediata deberán registrarse el mismo día que se producen, debiendo estar sustentadas por la documentación pertinente; las efectuadas telefónicamente serán reconfirmadas por telex o cualquier otro medio que deje expresa constancia escrita de la operación y que serán registradas el día de recepción de las mismas. VALORES EN CIRCULACION Y OTRAS OBLIGACIONES Registra el monto de los títulos emitidos por las entidades autorizadas y puestos en circulación de acuerdo a las disposiciones vigentes; los valores acumulados periódicamente para el pago de obligaciones; las entregas anticipadas de clientes para el pago de sus obligaciones; así como otras obligaciones de entidades específicas y los certificados de arrendamiento mercantil.
OTROS PASIVOS Registra las cuentas pasivas que comprenden operaciones internas y que por sus características especiales no han encontrado ubicación en alguno de los grupos anteriores del pasivo. Las cuentas de naturaleza transitoria deben ser objeto de regularización permanente, transfiriéndolas a las cuentas correspondientes. PATRIMONIO Agrupa las cuentas que registran las acciones suscritas y pagadas, en las sociedades bancarias y financieras, de capital y la participación del Estado en las entidades públicas. Incluye además las reservas del capital constituido con fines específicos, el excedente de revalorización de activos fijos, la reexpresión monetaria y los resultados acumulados en ejercicios anteriores y en curso. CAPITAL PAGADO Registra el valor de las acciones suscritas y pagadas por los accionistas y las que se originen por la aplicación de utilidades. En las sucursales de bancos extranjeros se registrará las asignaciones que legal y definitivamente han sido efectuadas por la oficina matriz respectiva. En las entidades financieras públicas se registra los aportes del Estado. RESERVAS Registra las cantidades segregadas de las utilidades operativas netas de la entidad, voluntariamente o por decisión legal, para incrementar el patrimonio, las destinadas a fines específicos, las primas o descuentos en colocación de acciones propias y la reserva, por el valor de mercado, para readquisición de acciones propias. Registra además las utilidades netas obtenidas por la CFN pendientes de capitalización así como las utilidades netas acumuladas en las mutualistas (reservas generales). CAPITAL SOCIAL Registra el valor de los certificados de aportación suscritos y pagados por los socios y los que se originan por la aplicación de excedentes. Los ajustes por reexpresión del capital social se registrarán en la cuenta 3205 “Reservas – Revalorización del patrimonio”. CAPITAL SUSCRITO NO PAGADO
Registra el saldo del capital suscrito que los accionistas adeudan a la institución. APORTES PATRIMONIALES Registra los aportes no reembolsables que reciben los bancos e instituciones financieras del Estado, así como los valores entregados por los accionistas por pago de las suscripciones de acciones de la entidad y las donaciones recibidas del sistema financiero, excepto por el sistema de garantía crediticia. Además se incluye el valor del préstamo subordinado que reciba una institución financiera. PARTIDAS DE CONSOLIDACIÓN Registra las partidas que se generan por el proceso de consolidación de estados financieros entra la matriz o sociedad controladora y las subsidiarias y afiliadas que conforman un grupo financiero; o, entre el banco o financiera que actúa como matriz en un grupo financiero en proceso de conformación. Dicho proceso de consolidación se efectuara de acuerdo con los principios de contabilidad de general aceptación y las pautas que emita la Superintendencia de Bancos. FONDOS DE GARANTIA O RETROGARANTIA Registra la conformación y el origen del fondo de garantía crediticia. RESULTADOS Registra el remanente de las utilidades no distribuidas o las perdidas no resarcidas de ejercicios anteriores y la utilidad neta o pérdida al cierre del ejercicio. CUENTAS DE RESULTADOS DEUDORAS Registra los cargos financieros, los gatos administrativos y operativos tanto ordinarios como extraordinarios incurridos en el desenvolvimiento de sus actividades específicas en un ejercicio financiero determinado. Los egresos se registrarán a medida que se realicen o se devenguen prescindiendo de la fecha y de la forma de pago. INTERESES PAGADOS-CAUSADOS Registra los intereses efectivados y/ o provisionados por haberse devengado, ocasionados por la obtención de recursos bajo las diferentes modalidades.
COMISIONES PAGADAS
Registra el valor de las comisiones efectivadas y/ o provisionadas por haberse devengado, ocasionadas por la obtención de recursos, utilización de servicios y operaciones contingentes. GASTOS DE PERSONAL Registra los gastos por remuneraciones al personal y otras obligaciones laborales establecidas en las leyes y reglamentos respectivos. GASTOS DE OPERACIÓN Registra los egresos incurridos por la entidad, por la recepción de servicios de terceros, pago de impuestos, cuotas y contribuciones y egresos diversos. PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES Este grupo registra los valores provisionados mensualmente para la protección de activos de la entidad, así como las depreciaciones de activos fijos y amortizaciones de gastos diferidos, de conformidad con los coeficientes establecidos en el reglamento general de aplicación del impuesto a la renta y demás disposiciones legales. RESULTADOS NO OPERATIVOS DEUDORES Registra los valores originados en los ajustes por reexpresión monetaria de los pasivos no monetarios y de las cuentas de resultado acreedoras así como los que se generan por los ajustes de los pasivos no monetarios en moneda extranjera y los derivados de los pasivos en unidades de valor constante (UVC's) y las operaciones pasivas con reajuste pactado. PERDIDAS FINANCIERAS Registra los valores originados en los ajustes diarios de los pasivos monetarios contratados en moneda extranjera, distintos del dólar de los Estados Unidos de América, que se producen por efecto de la variación del tipo de cambio de mercado, así como las pérdidas generadas por el proceso de intermediación que realizan las instituciones a través de la mesa de cambios. CUENTAS DE RESULTADOS ACREEDORAS Registra los ingresos financieros y operativos tanto ordinarios como extraordinarios obtenidos en el desenvolvimiento de sus actividades específicas en un ejercicio financiero determinado. Los ingresos se registran a medida que se realizan o se devengan prescindiendo de la fecha y forma de recepción del efectivo. INTERESES GANADOS
Registra los ingresos generados por los recursos colocados bajo la modalidad de depósitos, venta de fondos, inversiones y préstamos que ha obtenido la entidad. COMISIONES Registra los ingresos por concepto de comisiones provenientes de créditos directos, aceptaciones bancarias y operaciones contingentes, así como por servicios que la entidad presta a sus clientes. Las comisiones se sujetarán a las establecidas por el Directorio del Banco Central del Ecuador. INGRESOS POR SERVICIOS Comprende las cuentas de ingresos que reciben las entidades financieras por concepto de servicios prestados con sujeción a los contratos pertinentes. UTILIDADES FINANCIERAS Registra los valores originados en los ajustes diarios de los activos monetarios contratados en moneda extranjera, distintos al dólar de los Estados Unidos de América, que se producen por efecto de la variación del tipo de cambio de mercado, así como las utilidades generadas por el proceso de intermediación que realizan las instituciones a través de la mesa de cambios. OTROS INGRESOS ORDINARIOS En este grupo se contabilizarán los ingresos provenientes de otras actividades operacionales de la entidad que no pueden ser ubicadas en otros grupos específicos. INGRESOS EXTRAORDINARIOS Constituyen los ingresos obtenidos por circunstancias ajenas al giro normal de los negocios o por circunstancias especiales que siendo propias de la actividad, han influido en los activos de la entidad.
PÉRDIDAS Y GANANCIAS Este grupo de cuentas registra los saldos de las cuentas de resultados deudoras y acreedoras, para el cierre del ejercicio económico, a fin de determinar la utilidad o pérdida bruta, por lo tanto, su saldo podrá ser deudor o acreedor, según el resultado.
CUENTAS CONTINGENTES
Integra a las cuentas originadas en operaciones con terceros y sus correspondientes costos financieros, así como los compromisos futuros de créditos otorgados por la institución, no utilizados por los clientes, que por su naturaleza pueden significar en un futuro un eventual pago o desembolso, afectando a la situación económica financiera de la entidad. DEUDORAS Registra las contrapartidas de las cuentas contingentes acreedoras, así como las operaciones de los almacenes generales de depósito. ACREEDORAS Registra los compromisos adquiridos por la entidad por cuenta de terceros. DEUDORAS – OPERACIONES EN DIVISAS A FUTURO Registran los valores resultantes de los contratos de las compras a futuro de divisas o unidades de cuenta, en moneda extranjera, unidades de valor constante y del contravalor en moneda nacional producto de las ventas futuras de divisas o unidades de cuenta. CUENTAS DE ORDEN Registra las operaciones que no alteran la expresión contable del patrimonio, ni modifican la situación financiera de la entidad. DEUDORAS Registra los valores y bienes propios en poder de terceros, los activos castigados, líneas de crédito de la entidad no utilizadas, los créditos e inversiones en empresas vinculadas, los intereses en suspenso y otras cuentas de similar naturaleza. Todas las cuentas que conforman este rubro se debitarán sin necesidad de que cada una tenga su contrapartida, acreditándose a una cuenta genérica “Cuentas de orden – Acreedoras por contra”. ACREEDORAS POR CONTRAPARTIDA Constituye una cuenta genérica que sirve de contrapartida de las cuentas del grupo “Cuentas de orden deudoras”.
ACREEDORAS
Agrupa las cuentas que registran los valores y bienes recibidos de terceros; el origen del capital pagado de la entidad; el registro de la responsabilidad que tengan los almacenes generales de depósito por la emisión de certificados de depósito, matrículas de almacenamiento y cualquier otro valor no contemplado en las cuentas de orden que anteceden. DEUDORAS POR CONTRA Constituye una cuenta genérica que sirve de contrapartida de las cuentas del grupo “Cuentas de orden – Acreedoras”.
MODELOS DE REGISTROS CONTABLES Para entender y desarrollar los diferentes modelos de contabilizaciones, el lector tendrá que primero haber consultado y comprendido lo indicado en el Catálogo Único de Cuentas de la SIB, tanto en lo pertinente al concepto de la cuenta como lo descrito para las afectaciones en débitos y créditos, caso contrario, no asimilará los mismos. Recuerde que la contabilidad general (que se aplica a otro tipo de compañías) es la que se aplica a los bancos, la diferencia radica en que son diferentes tipos de transacciones y las cuentas y códigos de las mismas que están claramente definidas y reguladas. En ciertos capítulos, se realiza una comparación con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA), establecidos por pronunciamientos provenientes del Comité de Normas de Contabilidad Financiera FASB. Cabe indicar que operaciones relacionadas a los activos fijos, pagos de gastos generales o de operación, constitución de la compañía, manejos de caja chica, proveeduría, etc., deben ser conocidas por el lector, ya que se trata de contabilidad general, sin embargo, mencionaremos algunos ejemplos en un capítulo específico. A continuación se presenta modelos contables de ciertos tipos de operaciones que son comunes a las instituciones financieras.