CONTRATOS CONTRATOS TIPICOS MERCANTILES, REGULADOS EN EL CODIGO DE DE COMERCIO COMERCIO DE GUATEMALA
COMPRAVENTA. Es un contrato en el el que el vendedor transfere la propiedad propiedad de una mercadería mercadería o cosa mercantil al comprador quien se oblia ob lia a paar el precio convenido. !"NC#ON$ %ACE E!ECT#VA &A MA MA'OR 'OR PARTE PARTE (E& TRA!#CO COMERC#A&. )"M#N#)TRO Es el contrato en el cual una persona llamada llamada suministrante se oblia mediante un precio* a reali+ar reali+ar a ,avor de otra llamada suministrado* una serie de prestaciones peri-dicas continuas de mercaderías mercaderías o servicios. !"NC#ON$ /"E &A) PER)ONA) )"M#N#)TRA(A) )"M#N#)TRA(A) TEN0AN A)E0"RA(A) A)E0"RA(A) &A PROV#)#ON PROV#)#ON (E "N 1#EN O "N )ERV#C#O. E)T#MATOR#O$ Es el contrato en el que una parte llamada CON)#0NANTE entrea a otro llamado CON)#0NAT CON)#0NATAR#O* mercaderías a un precio estimado* para que en un pla+o f2ado se paue dic3o precio o bien se s e devuelvan las mercaderías. !"NC#ON$ /"E E& COMERC#ANTE M#NOR#)TA P"E(A A(/"#R#R MERCA(ER4A) )#N CANCE&AR CANCE& AR (E #NME(#ATO #NME(#ATO E& PREC#O ' CON &A E5PECTAT#VA E5PECTAT#VA (E O1TENER 0ANANC#A).
(EPO)#TO MERCANT#&$ Contrato por medio del cual el su2eto (EPO)#T (EPO)#TAR#O AR#O recibe una cosa que le con,ía el (EPO)#TANTE* (EPO)#TANTE* con la obliaci-n de custodiarlo devolverlo cuando se le requiera. !"NC#ON$ &A C")TO(#OA (E "N 1#EN* &O /"E CON&&EV CON&&EVA A A &A 0"AR(A 0"AR(A ' CON)ERVAC#ON (E& M#)MO. APERT"RA (E CR6(#TO Es un contrato en el que un su2eto denominado ACRE(#TANTE ACRE(#TANTE se oblia ,rente a otro llamado ACRE(#T ACRE(#TA(O* A(O* a poner a su disposici-n una suma de dinero dinero o a contraer contraer obliaciones por cuenta del acreditado. !"NC#ON$ PONER A (#)PO)#C#ON (#)PO) #C#ON (E& ACRE(#TA(O "NA CANT#(A( (E (#NERO PARA (E(#CAR&O (E(#CAR&O A )") ACT#V#(A(E) COMERC#A&E) COMERC#A&E) O #N(")TR#A&E) O 1#EN /"E )E CANCE&EN O1AC#ONE) POR )" C"ENTA. E& ACRE(#TANTE 0ANA (#NERO POR CONCEPTO (E #NTERE)E). (E)C"ENTO$ Contrato por medio del cual un su2eto llamado descontatario, transfere a otro descontad or,, un cr7dito no vencido* a cambio del valor dinerario que llamado descontador representa* representa* previa deducci-n de una suma f2ada por las partes. !"NC#ON$ /"E E& T#T"&AR (E "N CRE(#TO P"E(A %ACER&O %ACER&O E!ECT#VO EN E& PRE)ENTE PARA #NVERT#R &O) !ON(O) EN OTRA) NE0OC#AC#ONE). C"ENTA CORR#ENTE$
Contrato por medio del cual las partes denominadas C"ENTACORRENT#)TA)* se oblian a entrearse remesas recíprocas de bienes de diversa naturale+a* cuo valor dinerario constituen partidas de abono o caro en la cuenta de cada uno. )E CARACTER#8A POR E& %EC%O (E QUE LAS DOS PARTES DEL NEGOCIO PUEDEN FUNGIR COMO ACREEDORES O DEUDORES (E &A RE&AC#ON 9"R#(#CA* 'A /"E )E REAAN OPERAC#ONE) (E CRE(#TO (E !ORMA CR"8A(A.
REPORTO$ Es un contrato en el que una parte llamada reportado transfere a la otra llamada reportador* la propiedad de títulos de cr7dito* obli:ndose el reportador a devolver al reportado otros títulos de cr7dito de la misma especie dentro del pla+o pactado. !"NC#ON$ A(/"#R#R E& VA&OR (#NERAR#O /"E )" T#T"&O (E CRE(#TO REPRE)ENTA. CARTA (E OR(EN$ Es un contrato que se ,ormali+a en un documento llamado orden de crédito, por medio del cual qui7n lo e;pide DADOR! se dirie a un destinatario* orden:ndole la entrea de una suma de dinero a la persona que en el mismo se indica a qui7n se le llama TOMADOR O "ENEFICIARIO# FUNCION$ FACILITAR QUE EL TOMADOR PUEDA DISPONER DE DINERO EN EFECTI%O EN UNA PLA&A DISTINTA A AQUELLA EN QUE SE EMITE#
CREDITO DOCUMENTARIO
Es un contrato en el que un su2eto llamado ACRE(#TANTE se oblia ,rente a otro llamado ACRE(#TA(O* a paar o contraer una obliaci-n por cuenta de este en benefcio de un tercero benefciario* de acuerdo a los requerimientos del propio acreditado. !"NC#ON$ REAAR TRAN)ACC#ONE) (E P&A8A A P&A8A PERM#T#EN(O /"E E& COMPRA(OR C"MP&A CON )" O1AC#ON (E PA0AR ANTE) (E REC#1#R E& O19ETO O MERCA(ER#A COMPRA(A ' E& VEN(E(OR REC#1A E& PREC#O ANTE) (E CON)"MAR)E &A VENTA.
!#(E#COM#)O$ Es un neocio 2urídico por el cual una persona llamada !#(E#COM#TENTE* transmite bienes a otra llamada !#("C#AR#O* con fnes específcos en benefcio de un tercero llamado !#(E#COM#)AR#O. TRAN)PORTE $ Es un contrato por el cual una persona llamada PORTEA(OR* se oblia por un precio a conducir personas o cosas de un luar a otro. )e aplica a contrato a7reo* terrestre o vía marítima. Est: su2eto a lees relamentos dictados por el E)TA(O. TRAN)PORTE (E PER)ONA)$ 0eneralmente es un contrato de ad3esi-n porque el pasa2ero se su2eta a las estipulaciones de qui7n o,rece el servicio. )u fnalidad es conducir al su2eto de un luar a otro* el cual se le llama pasa2ero.
TRAN)PORTE (E CO)A). )u fnalidad es transportar cosas mercantiles o mercaderías de un luar a otro* cua propiedad por naturale+a es a2ena al porteador. (E PART#C#PAC#
%O)PE(A9E E s un contrato en el que una persona da alberue a otra mediante la retribuci-n* comprometi7ndose o no a la alimentaci-n. !#NA(A($ A&1ER0"E O A&O9AM#ENTO )E (E)PREN(E &A AMENTAC#ON * ROPA MP#A ETC. NAT"RA&E8A$ )e rie por preceptos pactos aprobados por E& #N0"AT lees pactos del relamento interior del E)TA1&EC#M#ENTO. )E A)EME9A a un contrato de arrendamiento* de Obra o de dep-sito. (E A0ENC#A$ Es un contrato en el que un comerciante conocido como PR#NC#PA&* encara a otro el aente independiente que va a ,unir como au;iliar* la promoci-n de neocios de su iro * que celebrar: por su cuenta rieso. P"E(E )ER$ CON REPRE)ENTAC# )#N REPRE)ENTAC#ON$ El aente solo 3ace la promoci-n del neocio =A0ENTE )#N REPRE)ENTAC#ON> (#)TR#1"C#ON O REPRE)ENTAC#ON Es un contrato en el que un comerciante denominado PR#NC#PA& contrata con otro comerciante denominado (#)TR#1"#(OR O REPRE)ENTANTE* para que por cuenta de este ?ltimo se venda* distribua* promueva* e;penda o coloque* los bienes o servicios de su iro. (E REA)E0"RO Es un contrato por el cual el A)E0"RA(O traslada al reaseurador todo o parte de su propio rieso. El A)E0"RA(OR celebra un contrato con el REA)E0"RA(OR* paando una PR#MA RE)PECT#VA. !#AN8A ' REA!#AN8AM#ENTO$ !#AN8A$ Es un contrato a trav7s del cual una A!#AN8A(ORA se compromete a responder de las obliaciones de otra persona* con,orme las normas tari,as que dicta la )"PER#NTEN(ENC#A (E 1ANCO).
)on los llamados contratos de 0ARANT#A son arantías personales@. en contraposici-n de las arantías reales =prenda3ipoteca E& !#A(OR tiene una obliaci-n mancomunada solidaria REA!#AN8AM#ENTO$ "na afan+adora se oblia a paar a otra la proporci-n que se estipule* las cantidades que esta debe cubrir al benefciario de una !#AN8A. EN E& REA!#AN8AM#ENTO )"CE(E &O M#)MO /"E EN E& CONTRATO (E REA)E0"RO ' )E APCAN )"P&ETOR#AMENTE &A) NORMA) (E& REA)E0"RO.
CONTRATOS TIPICOS MERCANTILES REGULADOS EN LE'ES ESPECIALES (E E(#C#ON$ Es el contrato que celebra el titular de un derec3o de autor sobre una obra literaria* científca o artística o sus (EREC%O%A1#ENTE) con un editor para que este la produ+ca la venda por su cuenta rieso a cambio de una retribuci-n. (EREC%O%A1#ENTE$ Persona que adquiri- el derec3o de autor ,orma parte de su es,era patrimonial . Este contrato se ubica en la cateoría de los neocios mi;tos =un comerciante otro que no lo es> CONTRATO (E E(#C#ON EN O1RA ANON#MA$ Aquella en la que no se menciona la identidad de su autor* por voluntad de este o por ser inorado. CONTRATO (E REPRE)ENTAC#ON ' E9EC"C#ON PB1CA Es un contrato en el cual el autor de una obra TERAR#A* (RAMAT#CA* M")#CA&* (RAMAT#CA M")#CA&* PATRON#M#CA O COREO0R!#CA O su (EREC%O%A1#ENTE cede o autori+a a una persona natural o 2urídica* el (erec3o de representar o e2ecutar p?blicamente su obra* a cambio de una remuneraci-n. (E !#9AC#
CONTRATO (E 1O&)A Es un contrato por el cual se crean* modifcan* e;tinuen o trasmiten obliaciones que se contraen liquidan en el seno de una bolsa de valores. &os contratos de bolsa no est:n reulados en el c-dio de comercio* sin embaro pueden aplicarse supletoriamente determinadas furas cuando no sea sufciente la le específca. =&E' (E MERCA(O (E VA&ORE) ' MERCANC#A)>
CONTRATOS ATIPICOS
CONTRATO &EA)#N0$ Es una típica operaci-n de fnanciaci-n de mediano o laro pla+o* que se materiali+a entre una entidad fnanciera autori+ada una empresa* comercial* industrial o de servicios interesada en incorporar* renovar o moderni+ar sus equipos productivos e instalaciones para obtener un me2or nivel de efciencia competitividad. )E &E CONOCE COMO$ ARREN(AM#ENTO !#NANC#ERO &OCAC#ON !#NANC#ERA ARREN(AM#ENTO CON OPC#ON A COMPRA. • • •
CONTRATO (E !ACTOR#N0 Es el contrato que permite al comerciante acreedor la obtenci-n de capital* mediante la reali+aci-n de las deudas a su ,avor* por medio del fnanciamiento confando a otro el cobro de las mismas. E& !ACTOR es una sociedad que se dedica a fnanciar las deudas que los comerciantes tienen a su ,avor cobrarles a los deudores. CONTRATO) A!#NE)$ (E)C"ENTO (E (OC"MENTO) APERT"RA A CRE(#TO )E0"RO (E CRE(#TO • • •
CONTRATO (E "N(ERDR#TT#N0 Contrato en donde una entidad de cr7dito se oblia a prefnanciar la emisi-n de acciones u obliaciones sociales de una sociedad an-nima para lueo colocarlas en el mercado de valores.
CONTRATO (E !RAN/"#C#A Es un m7todo o sistemas que utili+an los comerciantes para interar sus empresas en el desarrollo de un neocio específco* el cual se ,ormali+a en un contrato de ,ranquicia comercial . )" !"NC#ON$ es ,acilitar el despla+amiento de un comerciante por medio de otro. &a empresa ,ranquiciada recibe toda la asistencia necesaria en cuanto a t7cnicas de producci-n* calidad de materias primas secretos de elaboraci-n de productos o prestaci-n de servicios en eneral el NOD%OD NOD%OD =3abilidad t7cnica ' Conocimiento especiali+ado en un campo determinado de los neocios. REPRE)ENTA "NA 0RAN VENTA9A PARA &A #NTE0RAC#ON EMPRE)AR#A& ' &O) NE0OC#O) TRAN)NAC#ONA&E). CONTRATO (E 9O#NT VENT"RE) Es un contrato que permite con2untar recursos dinerarios no dinerarios en la e;plotaci-n de una neociaci-n comercial. OR#0EN (E E)TE CONTRATO EN 0"ATEMA&A $ lo encontramos en la recepci-n de capital e;tran2ero que posibilita los neocios di,íciles de emprender en ,orma individual.
CONCE)#ON COMERC#A&. Es un contrato en el que el un comerciante o empresario que es el CONCE(ENTE otora a otro comerciante que es el CONCE)#ONAR#O el derec3o a la comprar de sus productos para su posterior reventa a nombre por cuenta propia de este ultimo . POO& Constitue un supuesto de colocaci-n entre empresas en el que los su2etos de derec3o se intercambian una cantidad de acciones a trave+ de un procedimiento indeterminado . POO& AERONA"T#CO (os o m:s entidades dedicadas al tr:fco a7reo que e;plotan la mismas o di,erentes rutas* se intercambian acciones para participar en las perdidas o anancias de cada una para ordenar las rutas del tr:fco a7reo que e;plotan. POO& (E REA)E0"RO Contrato por medio del cual un rupo de aseuradoras locales* asumen un porcenta2e del rieso que cada contrato de seuro que se celebre conlleve. CO"NTR' C&"1 En una superfcie no mu e;tensa ubicada ,uera del perímetro urbano* dividido en lotes en calles* en la que coe;isten bienes comunes e individuales* por las que varias personas utili+an las instalaciones. C&A/"E "na entidad que se dedica a contratos de representaci-n o e2ecuci-n publica contrata a un rupo de personas para que estas aplaudan en las representaciones o e2ecuciones p?blicas. NOD %OD