introductorio de derecho procesal en VenezuelaDescripción completa
Art. 917 al Art. 945, Código Civil Guatemalteco.
cuestionario aeropuertos y obras portuarias
Definiciones de MercantilDescripción completa
Derecho Privado
Descripción: g
Parcial de civil 3 UBPDescripción completa
usmDescripción completa
Cuestionario de derecho romano Usac primer parcialDescripción completa
Descripción completa
CIVILDescripción completa
procesal civilDescripción completa
Cuestionario de Derecho Civil III Segundo Parcial 1. ¿Que son las obligaciones Simples? R/ Es la obligación básica en donde existe un polo activo y uno pasivo (Acreedor – Deudor) 2. ¿A que se le llama obligaciones complejas o de sujeto múltiple? R/ Es donde hay multiplicidad de sujetos varios acreedores o varios deudores. 3. ¿Qué son obligaciones disyuntivas? R/ Es aquella que indica división, se caracteriza por la letra “O” 4. ¿Qué son las obligaciones conjuntivas? R/ Son aquellas que agrupan, se caracterizan por la letra “Y” 5. ¿Qué diferencia existe entre obligaciones disyuntivas y obligaciones conjuntivas? R/ En que las primeras dividen a través de la literal “O” y las segundas agrupan a través de la literal “Y” 6. ¿En qué consisten las llamadas obligaciones mancomunadas mancomunadas simples? R/ En que cada uno de los deudores debe cumplir íntegramente con la obligación, cada parte constituye una deuda o crédito separado. 7. ¿Cuándo existe la llamada mancomunidad mancomunidad simple activa? R/ Cuando existen más acreedores que deudores. 8. ¿Cuándo existe la llamada mancomunidad mancomunidad simple pasiva? R/ Cuando existen más deudores que acreedores. 9. ¿Cuándo existe la llamada mancomunidad simple mixta? R/ Cuando existe un equilibrio entre acreedores y deudores. 10. ¿Cuáles son las características características de la mancomunidad mancomunidad simple? R/ Hay pluralidad de sujetos, sujetos, hay una unidad de de prestación, el objeto de de la prestación debe ser divisible. 11. ¿Cuáles son los efectos que produce la mancomunidad simple en relación al deudor? R/ Cada deudor no debe prestar más de su parte alícuota, la insolvencia no obliga a los demás, la mora solo afecta al deudor que se atraso, la interrupción no favorece a todos. 12. ¿Cuáles son los efectos que produce la mancomunidad simple en relación al acreedor? R/ Cada acreedor no puede reclamar más de la parte alícuota.
13. ¿En qué consiste la llamada mancomunidad solidaria? R/ En que hay varios sujetos dentro de la obligación y estos se encuentran vinculados, uno puede responder por todos, ya sea un acreedor o un deudor. Art. 1352 C.C. 14. ¿En qué consiste la llamada mancomunidad solidaria activa? R/ En que existen más acreedores que deudores. 15. ¿En qué consiste la llamada mancomunidad solidaria pasiva? R/ En que existen más deudores que acreedores. 16. ¿En qué consiste la llamada mancomunidad solidaria mixta? R/ En que existe un equilibrio entre acreedores y deudores, están parejos. 17. ¿Cuáles son las características de la mancomunidad solidaria? R/ Hay pluralidad de sujetos, hay una unidad de prestación.
18. ¿Cuáles son los efectos de la mancomunidad solidaria? R/ EXTERNOS: el acreedor exige el pago integro, el deudor puede elegir a que acreedor pagarle, el pago hecho por un deudor extingue la obligación.
INTERNOS:
19. ¿Qué criterios sigue la ley para imponer la solidaridad? R/ Debe de haber comunidad de intereses, debe de haber comunidad de responsabilidades. 20. ¿Cuándo existe entre los deudores una comunidad de intereses? R/
21. ¿Cuándo hay comunidad de responsabilidades? R/
22. ¿Cuándo se denomina a una obligación, como obligación inicial? R/ Cuando una obligación empieza y termina con una misma cantidad de acreedores y deudores. 23. ¿Cuándo se denomina a una obligación, como obligación derivada? R/ Cuando se modifica el número de sujetos que participan en la obligación. 24. ¿Diferencia entre la mancomunidad simple y la mancomunidad solidaria? R/ En que en la simple cada parte constituye una deuda por separado mientras que en la solidaria cualquiera de los sujetos puede responder por los demás.
25. ¿A que se le denomina Novación de una obligación? R/ A la creación de una nueva obligación. 26. ¿A que se le conoce como compensación en una obligación? R/ A la extinción, de una obligación por la existencia de dos deudas en sentido inverso entre las mismas personas, el acreedor y el deudor son acreedores y deudores a la vez.