Trabajo Académico Escuela Profesional de DERECHO
0705-07202
DERECHO PENAL I- PARTE GENERAL
Docente:
Dr. ALDAZABAL PEREZ JOSE AMILCAR
Ciclo:
2018-2
3
Sección:
Módulo I Forma de envío:
01-1
Datos del alumno: Apellidos y nombres:
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Código de matrícula:
Fecha de envío:
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Nota:
Hasta el 4 de noviembre n oviembre del 2018 Hasta las 23.59 PM
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Las fechas de publicación de trabajos académicos a través del campus virtual DUED LEARN están definidas en la plataforma educativa, de acuerdo al cronograma académico 2018-I por lo que no se aceptarán
trabajos extemporáneos . 3.
Las actividades de aprendizaje que se encuentran en los textos que recibe al matricularse, servirán para su autoaprendizaje mas no para la calificación, por lo que no deberán ser consideradas como trabajos académicos obligatorios.
Guía del Trabajo Académico: 4.
5.
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El presente trabajo académico tiene por finalidad medir los logros alcanzados en el desarrollo del curso. Para el examen parcial Ud. debe haber logrado desarrollar hasta _____y para el examen final debe haber desarrollado el trabajo completo.
Trabajo Académico Criterios de evaluación del trabajo académico: Este trabajo académico será calificado considerando criterios de evaluación según naturaleza del curso:
1
Presentación adecuada del trabajo
Considera la evaluación de la redacción, ortografía, y presentación del trabajo en este formato. Considera la revisión de diferentes fuentes bibliográficas y electrónicas confiables y pertinentes a los temas tratados, citando según la normativa APA.
2
Investigación bibliográfica:
3
Situación problemática o caso práctico:
Considera el análisis contextualizado de casos o la solución de situaciones problematizadoras de acuerdo a la naturaleza del curso.
4
Otros contenidos
Considera la aplicación de juicios valorativos ante situaciones y escenarios diversos, valorando el componente actitudinal y ético.
Se sugiere ingresar al siguiente enlace de video de orientación:
Trabajo Académico
ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE DERECHO TRABAJO ACADEMICO
CURSO
: DERECHO PENAL I- PARTE GENERAL
SEMESTRE
: 2018-II
DOCENTE
: Dr. ALDAZABAL PEREZ JOSE AMILCAR
PRESENTADO POR : PACO ROJAS GONZALES CÓDIGO
: 2008137455
BAGUA- 2018
Trabajo Académico Preguntas: 1) Prepare un esquema que contenga un análisis jurídico y comentario del alumno referido a las medidas de s eguridad . (10 puntos)
LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD
Las medidas de seguridad, en derecho penal, son aquellas sanciones complementarias o sustitutivas de las penas, que el juez puede imponer con efectos preventivos a aquel sujeto que comete un injusto (hecho típico y antijurídico.Las medidas de seguridad, atienden a la peligrosidad del sujeto, exteriorizada en todo caso a través de un ilícito penal: son medidas de prevención especial que tienen que ser determinadas por méritos, tomando como base los antecedentes del inculpado, y su finalidad es prevenir afectaciones futuras.
Las penas y las medidas de seguridad son las dos consecuencias jurídicas del delito principales y que, desde una perspectiva del Derecho material, en el carácter represivopreventivo de todo sistema penal. Tanto las penas como las medidas de seguridad constituyen el núcleo básico de la reacción penal, entendiendo algunos autores a tales como de sanciones /es, en el más amplio sentido de la palabra, nomenclatura con la que no estamos de acuerdo. Tanto una como otra reconocen distintos presupuestos para su imposición pues en tanto que para la pena será el de la culpabilidad, para las medidas de seguridad será el de la peligrosidad criminal del sujeto.
Lo primero que debemos decir respecto de las medidas de seguridad es que, aun integrando el núcleo punitivo esencial - el otro lo conforma el sistema de penas - de nuestro sistema de reacción penal, no son sanciones. Las medidas de seguridad no son sanciones 28 y que muchos autores utilicen (incluso inconscientemente) esa expresión para denominarla, haciéndola coincidir con la pena, en un mismo lugar, es producto de rezagos positivistas en cuyo seno se llegó a considerar, como lo veremos más adelante, a la "peligrosidad" como el presupuesto para la imposición de cualquier medida de orden punitivo, llegando a sostener que el fundamento de la pena, era dicha peligrosidad.
2). Elabore y realice usted un comentario en un gráfico de la Extinción de la A cción penal y de la pena. (10 puntos)
Trabajo Académico LA EXTINSIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y DE LA PENA
Es el Ministerio Público a través del Fiscal, órgano público, el encargado de ejercer la acción penal en los delitos de acción pública, que son la mayoría, y el ofendido, o sus representantes legales, en los de acción privada.
La extinción de la pena tiene como presupuestos específicos circunstancias que sobrevienen después de cometida la infracción penal, y tiene como fundamento la anulación de la ejecución de la pena.
Causales de Extinción de la Acción Penal.
En tales circunstancias se limita grandemente el derecho del Estado imponer la pena hasta llegar a cesarse tal potestad. Para el sujeto que cometió el delito desaparece la obligación de cumplir la pena consecuencia de su accionar.
Es la pérdida del derecho del Estado para ejercer su poder punitivo contra quien a cometido un delito en agravio de la sociedad. En estos casos cesa el derecho de imponer la pena, hacerla efectiva o continuar exigiendo su cumplimiento; para el sujeto desaparece la obligación de sufrir la pena. Las causales de extinción de la acción penal se recogen en el Art. 78° del Código Penal Peruano. Siendo las siguientes:
Causales de la extinción de la pena.El artículo 85° del Código Penal establece las causales por las cuales se extingue la ejecución penal, siendo las siguientes:
La muerte del imputado
La muerte del condenado, la amnistía, el indulto y la prescripción.
La Prescripción
El cumplimiento de la pena impuesta.
La amnistía
Por exención de la pena.
Por Derecho de gracia (indulto)
Perdón del ofendido en los delitos de acción privada.
Por autoridad de cosa juzgada
Por Prescripción.
Muerte de Imputado.
MIENTRAS QUE EN LA EXTINSIÓN DE LA PENA A LA EJECUCIÓN DE LA PENA DEL DELITO, LA EXTINSIÓN DE LA ACCIÓN PENAL CESA LA PERSECUCIÓN POR PARTE DEL MINISTERIO PÚBLICO EN SU TOTALIDAD,