Integrantes: Tania Alexandra Moran Ladines Viviana Andrea Díaz Carrasco Fernando Fern ando Miguel Basant Basantes es Molin Molinaa
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinci ció ón algu al guna na de na naci cion onal alid idad ad,, lu luga garr de re resi side denc ncia ia,, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos ten te nem emos os lo loss mi mism smos os de derrec echo hoss hu huma man nos os,, si sin n dis isccrim imin ina aci ció ón alg lgu una. Estos der ereech cho os so son n interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Antecedentes de los derechos humanos hasta el siglo XII.
Los diez Mandamientos
Las doce Tablas Año 449 a.c.
Carta Magna 1215
Antecedentes de los derechos en los reinos de España.
Declaración de los derechos de Virginia
Declaración de Independencia de los estados Unidos.
La revolución Francesa.
El
tratado de Versalles y la primera guerra mundial
Declaración de los derechos de Virginia
10 de Diciembre De 1948
ONU
Artículo1.- Todos los seres humanos nacen libre e iguales en dignidad y deben comportarse fraternamente los unos con los otros .
Artículo 2.- Toda persona tiene todos lo derechos y libertades proclamados en la declaración.
Artículo 3.- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de la persona.
Artículo 4.- Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre.
Artículo 5.-Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles.
Artículo 6.-Todo ser humano tiene derecho, en todos partes, al reconocimiento de su personalidad Jurídica.
Artículo 7.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la Ley.
Artículo 9.- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10.-Toda persona tiene derecho a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente.
Artículo 11.-Toda Persona acusada de delito tiene derecho a mostrar su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
Artículo 12.-Nadie será objeto de injerencia arbitraria en su vida privada.
Artículo 13.-Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un estado .
Artículo 14.-Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un estado .
Artículo 15.-Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
Artículo 16.-Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia.
Artículo 17.-. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente
Artículo 18.- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
Artículo.- 19 Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
Artículo 20.- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Artículo21.- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
Artículo 22.- Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social.
Artículo.- 23 -. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo
Artículo 24.- Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre
Artículo.-25.- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado
Artículo 26.- Toda persona tiene derecho a la educación.
Artículo.- 27 -. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad. Artículo 28 .-Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos. Artículo 29.- Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. Artículo 30.- Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona .
MECANISMOS CONVENCIONALES Mec Mec Mec
ism s e i f rm ció ism s c si c te ci s s ism s c te ci s s
Mec
ism s e i f rm ció Pr ce imie t s e pr tecció más ti s. Prese t r i f rmes perió ic s. Pr res el ce e este erech p e e est blecer q ej s p r el mism .
MECANISMOS CONVENCIONALES MECANISMOS CUANSI CONTENCIOSOS
Se cti e q e se h pr ci i l ció erech c s r e Convención. El objetivo el mec nismo no es prevenir l oc rrenci e nuevas violaciones. Conse uir al una condena y reparación ante la violación dada.
MECANISMOS CONTENCIOSOS
Permite la tutela más estricta de los derechos lesionados. Una interpretación autori ada de las normas jurídicas y una obtención de medidas de reparación.
MECANISMOS EXTRA CONVENCIONALES
Son mecanismos que no nacen como consecuencia de un convenio. Decisiones de al una or ani ación.
enocidios Los de lesa Humanidad Guerra Agresión G
enocidios. Matanza de miembros de un grupo. Lesión grave a la integridad físico-mental. Medidas destinadas a impedir el nacimiento en el seno del grupo.
G
Los de lesa Humanidad. Asesinato Exterminio Esclavitud Deportación o traslado forzoso de población«etc.
Crímenes de Guerra. Matar intencionalmente Someter a tortura Atentar contra la integridad física o salud Tomar rehenes Dirigir intencionalmente ataques a civiles«etc.
Es un órgano de la Organización de los Estados Americanos creado para promover la observancia y defensa de los Derechos Humanos.
ATRI UTOS DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
Las observaciones o visitas en loco Los informes generales y especiales Solicitar medidas provisionales en situaciones graves y urgentes Someter a la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos proyectos de protocolos a la Convención Americana de Derechos Humanos
Es una institución judicial autónoma cuyo objeto es la aplicación e interpretación de la Convención Americana de Derechos Humanos. Este organismo está formado por siete jueces nacionales de los Estados miembros, elegidos a título personal entre juristas de la más alta autoridad moral, de reconocida competencia en materia de Derechos Humanos.
COMISIÓN: LA QUE SE ENCARGA DE ANALIZAR SI ES ADMISI LE O NO LA DEMANDA EN CUESTIÓN CORTE: LA QUE SE ENCARGA DE ANUNCIAR O DETERMINAR LA SENTENCIA
1.- procedimiento ante la comisión El secretario de la comisión procede, en primera instancia, a revisar el cumplimiento de los requisitos formales
ce de admisibilidad
2.-Fa
- La comisión dará a conocer la petición al estado en cuestión y le dará un plazo para que de dos meses mande su respectiva respuesta - La comisión revisa los requisitos de pro cesibilidad y el cumplimiento de las reglas. Luego emitirá un informe de la aceptación y será publicado en el informe anual para la asamblea general de la OEA
3.- Procedimiento sobre el fondo -Se dan dos meses para que los solicitantes presenten sus ob jetivos adicionales del fondo y las presentan al estado para que respondan en un plazo máximo de 2 meses, solo en caso extraordinario se le dará una prorroga de 3 meses. Si se llegara a solucionar el problema o encontrar una solución entre las 2 partes la verificara comisión y decidirá si es correcta para dar su aprobación. Si no se encontraran la solución al problema se continuara al siguiente paso.
4.-
Tramite ante la corte
Si el peticionario tiene interés en que el caso sea sometido a la Corte debe presentar lo siguiente: 1.- La posición de la víctima y sus familiares 2.- Los datos de la víctima y sus familiares 3.-Los fundamentos por los que considera que el caso debe ser remitido a la Corte. 4.-La prueba documental, testimonial y pericial disponible. 5.- Las pretensiones en materia de reparaciones y costas.
Los derechos humanos son los derechos esenciales que las personas deben gozar para poder vivir como seres humanos de pleno derecho. Todos los seres humanos merecen la oportunidad de lograr el crecimiento y desarrollo de sus capacidades, más allá de sus necesidades básicas y de su supervivencia .
Para
cumplir con este objetivo, la Organización de las Naciones Unidas, aprobó en 1948 la " Declaración Universal de los Derechos Humanos", que marca las reglas y proporciona recomendaciones para que todos los países protejan los derechos humanos de las personas que viven en ellos y dispone que el respeto a los derechos humanos sea la base de la libertad, la justicia y la paz en el mundo. La Declaración Universal señala que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que no pueden ser objeto de discriminación por su nacionalidad, origen étnico, raza, sexo, religión, opinión política, riqueza o posición económica
Para poder hablar de derechos humanos, primero debemos conocer de que se trata, no es lo mismo reclamar por algo que no conocemos, que reclamar algo que si conocemos. No hay que mal entender las cosas, todos tenemos derechos, pero así mismo tenemos obligaciones y la obligación de respetar los derechos de los demás. Por una parte como entenderán hoy en día hay leyes para todo y para todos y aunque a veces se contradicen unas con otras, no es dable que las personas traten de usarlas para su conveniencia, aunque la situación no lo requiera. No habría que exagerar con supuestas violaciones a los DERCHOS HUMANOS, por este motivo y muchos más es muy difícil levantar una denuncia de este tipo ante la ONU.