Codificación civil en el Perú Derecho civil Antes que nada seria pertinente definir al abarcante del código civil. Dícese de derecho civil al estudio sistemático de normas o reglas de conducta que cumplen principios e instituciones que llegan a encontrar las distintas fuentes del derecho y en si del derecho civil, por ejemplo, la doctrina y la jurisprudencia claro esta del derecho civil. Este se encarga de controlar y superar las lagunas del mismo con ayuda de las normas de la doctrina y de la jurisprudencia para un derecho civil mas uniforme. Esta demás decir que el derecho civil es mas amplio que el código civil. Puesto que este abarca otras normas con rango de ley que no comprenden el entorno que el código civil posee como por ejemplo la ley de propiedad horizontal. Según el doctor Augusto Ferrero Costa el derecho civil peruano presenta cinco etapas. La primera, las cuales predominan la leyes hispanas; resulta extraño advertir que después de la emancipación nos liberamos del dominio español, pero no de sus costumbres ni de sus leyes, las cuales fueron modificadas mínimamente hasta 1852, año ya sabido en el que el primer código civil es promulgado mucho antes que otros códigos de este continente, por ejemplo, el código Andrés bello del año de 1856 que aun esta vigente en chile y Colombia, del código de Vélez S. de 1869 que también esta vigente en argentina y que rigió en paraguay mas de un siglo claro esta hasta el año de su derogación quefue en el año de 1985 y del código civil español de 1889. La segunda etapa abarco los 84 años de vigencia del código civil de 1852 promulgado y entrado en vigencia cuando en la presidencia del Perú estaba Ernesto Rufino Echenique. En esta etapa aparecieron grandes juristas, comenzando por el presidente Francisco García Calderón Rey quien publico el monumental diccionario de legislación peruana en los inicios de la conflagración con chile, claro esta en 1879. La tercera fase comprende el trabajo de reforma del código civil con inicio en 1922 y que finaliza con la promulgación del código civil de 1936. Entre los que conformaron este código tenemos a Juan José Calle, pero Oliveira, Alfredo Solf y muro y Manuel Augusto Olaechea. La cuarta etapa es principalmente es el estudio del código civil de 1936 y teniendo como gran participe a José león Barandiarán eminente profesor sanmarquino y profesor de todos los abogados peruanos. La quinta etapa y ya ultima comprende el grupo contemporáneo que bajo la batuta de José león Barandiarán produjeron nuestro actual código civil (código civil de 1984). Siendo esto posible a la casual cincurstancia de que tres de sus miembros ocuparon la cartera ministerial de justicia siendo así: Carlos Fernández Sessarego en 1965, Felipe Osterling Parodi en 1980 y Max Arias Schreiber en 1984. Creando el primero la comisión redactora del nuevo código, siendo su primer presidente. El segundo la reactivo y le dio un nuevoimpulso, y el del final refrendo el decreto legislativo que aprobó el nuevo código civil de 1984, culminando con gran
firmeza, seguridad el proyecto legislativo. Código civil Dícese del conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de derecho privado, es decir, un cuerpo que tiene por objeto regular las relaciones civiles de las personas fiscales y jurídicas, privadas o publicas, en este ultimo caso siempre que actúen como particulares, es decir, desprovistas de imperium (dominio). Es fehaciente decir que el código civil esta enmarcado en el derecho civil, antes habíamos mencionado que el derecho civil comprendía no solo el código civil sino otras leyes como ejemplos ya antes mencionado, pero, lo que nos hace ver que el derecho civil es una rama muy prolija en la que se encuentras variedad de normas con rango de ley y no solo es comprendido el susodicho código civil así también como el código penal o el constitucional. También, teniendo en cuenta a los códigos de procedimientos como, por ejemplo, el código procesal penal o el código procesal constitucional y por supuesto el código procesal civil. Históricamente el código civil es iniciado ya como cuerpo legislativo es en el código civil de napoleón de 1804, este cuerpo debe ser tomado como norma fundamental de los demás cuerpos normativos que por imitación o imposición se promulgaron en el resto de Europa y en América. Este mismo código sirvió de soporte fundamental del código civil de 1852, enunciado queexplicaremos y desentrañemos más adelante. Un típico código civil trata de las personas, de las cosas (bienes), obligaciones (contratos y otras fuentes), derecho de sucesiones y derecho de familia. Generalmente, el derecho mercantil y el procedimiento civil esta codificado por separado. En general, los códigos del siglo XIX se estructuran siguiendo el modelo de las Instituciones de Gayo (y de las Instituciones de Justiniano), es decir: • Personas • Cosas : cosas corporales e cosas incorporales; sucesiones y obligaciones • Acciones: comunes a las dos partes.
Se encuentran divididos en grandes secciones llamadas Libros (además, a veces incluyen un Título preliminar de carácter introductorio), que se dividen en Títulos y ellos en Párrafos, donde se incluyen los artículos. Estos últimos habitualmente están redactados de tal manera que primero viene el axioma y luego las excepciones o la exposición de casos, a modo ejemplar. El código civil es agrupación sistemática y organizada por juristas de esta rama de ciertas normas civiles. Diferencias entre el derecho civil y el código civil 1. El derecho civil es una rama del derecho, por cuanto es ciencia, mientras que el código civil es una agrupación sistemática de normas de derecho privado. 2. Mientras que uno presenta lagunas, refiriéndonos al código civil. El otro se encarga de llenar esa laguna del derecho con una norma jurídica (derecho civil) con ayuda de ya antes mencionadas fuentes del derecho (ladoctrina y la jurisprudencia).
- Mas que una diferencia es una afirmación:” sin el derecho civil no existiría el código civil; ya que de esta ciencia rama del derecho como ciencia emana el cuerpo legislativo que es el ya antes mencionado”
Concepto de codificación La codificación es un esfuerzo por legislar de una manera ordenada y armónica una parte en si de la vida social. Hablar de codificación no es lo mismo que hablar de recopilación, diferencia que marcial rubio correa toma en cuenta: La codificación es más amplia que la recopilación. Recopilar: consiste en juntar normas jurídicas existentes y/o dispersas que hasta un determinado momento han sido dictadas, darles un cierto orden y publicarlas para conocimiento del público en general. Un ejemplo que podemos citar es la recopilación en la época colonial de las leyes indias. Codificar: es una intensa operación intelectual que consiste en: Delimitar un ámbito de la realidad social con una cierta unidad temática, para dictar, sobre el, un conjunto de normas jurídicas. Determinar los grandes principios según los cuales se va a normar ese ámbito de la realidad. Elaborar las normas jurídicas con unidad de criterio y de sentido, dándole un cuerpo legal integrado, para posteriormente aprobarlo y mandarlo a cumplir. Separar todas estas normas jurídicas en un cuerpo legal integrado. Derogar las normas existentes por otras normas con su mismo rango o superior. - una codificación es el conjunto de normas jurídicasde un país de una determinada rama jurídica, en un solo cuerpo legislativo. La codificación de la rama civil diacrónicamente La codificación peruana de manera objetiva empieza, con el código civil de 1852, el código con mas vigencia en nuestro país con 84 años; y posterior el de 1936 y finalmente en la actualidad, el de 1984. Aparte de los antes mencionados también se puede destacar el código civil de Vidaurre, y el código civil de la confederación peruano – boliviana. 1. Proyecto de código civil de Vidaurre Este no se puede determinar como código civil ya que no pudo entrar en vigencia por el golpe de estado que origino salaverry. Pero si fue finalizado con ayuda de don santiago campos. Manuel Lorenzo de Vidaurre pretendió hacer un código inmanente y original, sin tomar como fuente al derecho romano, ni al canónico, ni tampoco al español. Este proyecto fue publicado entre los años de 1834 a 1836. No llego a la aprobación ya que solo quedo en proyecto, pero se toma en cuenta porque fue un intento de codificación con características propias. Además como anécdota enfermo Vidaurre termino su código. Este código se dividido en 3 partes: personas, dominio y contratos, testamentos o últimas voluntades.
Este código o proyecto de código también se dividió en tres volúmenes que tendrían que presentarse en secuencia al congreso de la republica. Ellos contaban con 342, 378, 190 paginas respectivamente con el numero de volumen. Este código de Vidaurre respeta elcódigo napoleónico de 1804 y al prusiano (antigua, Alemania). De este último extrae el consejo de familia y a laicalizacion del matrimonio. La primera parte es el de las personas, en esta parte del código de Vidaurre se toma en cuenta a los esponsales y dice que la copula antes del matrimonio rompe los esponsales. También habla sobre el matrimonio (la dote, las arras, los gananciales, etc.).Dice que el matrimonio es un contrato natural y civil y que es mutuo y de libre consentimiento. Aclara que el estupro no produce obligaciones de matrimonio y que la ley debe evitar la desproporción de edades en el matrimonio poniendo como edad limite 65 años en varones y 55 mujeres. El matrimonio civil predomina sobre el religioso. Toma al divorcio como la separación perpetúa sin ruptura del vínculo. La segunda parte es el del dominio y los contratos, plantea que la cosa sometida a su dueño en todo sentido (la totalidad de la propiedad), sobre propiedad, prescripción, obligaciones, hipotecas, arrendamientos, enfiteusis, compañía nos describe la segunda parte de este código de Vidaurre. También propone la exclusividad de la propiedad, si bien mantiene la enfiteusis, suprime el retracto. La tercera parte es la de testamentos y ultimas voluntades, habla sobre los herederos, riñas testamentarias, los legados, los albaceas, etc., desaparecen los rituales religiosos, propone que el testamento de los envenenados y enfermos agudos es nulo. Habla sobre la heredación donde tenemos a dostipos de herederos a los legítimos y voluntarios. Manifiesta que los hijos son herederos legítimos de los padres en la tercera parte del haber. Se plantea que la iglesia y el confesor no heredan cosa no muy bien vista en esa época. Este nuevo código innova que los herejes, apostatas y extranjeros si pueden heredar. Para jorge Basadre grohma la herencia legal no tiene límites porque nunca pueden faltar parientes. Para finalizar con el código de Vidaurre o mejor dicho del proyecto de código de Vidaurre, el proyecto no fue tomado en cuenta: Por su anticlericalismo. Porque laicizar el matrimonio. Porque atacar la herencia del clero. 2. Código civil de la confederación peruano-boliviana También llamado código de santa cruz, este código tampoco es tomado en cuenta en la historia del código civil peruano de una forma estricta por su ínfima duración y somera, exigua o nula aplicación. Este código entro en vigencia con el inicio de la confederación peruano-boliviana en el año de
1836, la implanto en el Perú santa cruz como protector de la confederación. Una de las razones aparentes para los bolivianos de la implantación de este nuevo código era debido a el tiempo caótico de las leyes vigentes peruanas. Este cuerpo legislativo es una recepción mecánica del código Frances de 1804 y se dividió en tres partes: persona, bienes y de diferentes maneras de adquirir una propiedad. Debido a su fondo y forma prevaleció sobre nuestras normas vigentes. En el libro de personas,el matrimonio se puede producir si se tiene 14 años de edad para los varones y 12 en las mujeres, se necesitaba permiso paternal hasta los 25 en varones y los 23 en mujeres, sino quedaba en todo caso nulo la relación contractual (matrimonio). Se concebía al divorcio solo como separación de cuerpos. A los hijos naturales se les otorgaba el derecho de legítima para obtener los bienes del padre. Los hijos ilegítimos tienen opción a alimento. La adopción era aceptada. Se plantean tres tipos de tutelas: legítima, judiciaria, dativa. En el libro segundo el de bienes y diferentes modificaciones de la propiedad, primero se trata de la clasificación de los bienes en muebles e inmuebles, también es clasificado por su dueño: de particulares, de dominio, de cantones y pueblos. Adquirir la propiedad por obra de las cosas mismas. Existen 3 maneras de adquirir una propiedad por voluntad, del otro o por contrato. Habla también sobre testamentos y dice que están inhabilitados los siguientes: el loco, el fatuo, el varón-14años o menor de 12 años. Se encontró liberalidad para los hijos ilegítimos. Se plantean los 4 requisitos para un contrato: consentimiento, capacidad, objeto cierto, causa licita. La relación de los bienes de la sociedad conyugal solo se disolvía por la muerte. Finalmente, Basadre dice acerca del divorcio el destino perpetua de uno de ellos y la renuncia de la mujer. 3. Código civil de 1852 Es considerado el primer código civil del Perú y fue promulgado por ley el29 de diciembre de 1851, y entro en vigencia el 29 de julio de 1852. Tuvo como principal fuente al código civil francés o napoleónico de 1804. El plan de este código es idéntico al de código francés de napoleón de 1804. El código de 1852 se encontraba conformado por: -Titulo preliminar (de las leyes en general). -1° de las personas y sus derechos -2° de las cosas: del modo de adquirirlas -3° de las obligaciones y contratos Los codificadores de 1852 se inspiraron hegemónicamente en el código civil de 1804, pero también en el derecho español, especialmente el derecho castellano, el derecho canónico y el derecho de indias. Del derecho español antiguo que nacía de la confluencia del derecho romano con el derecho germano. En el año de 1845, por ley del 9 de octubre promulgada por el presidente castilla, en ese año
se nombro una comisión para la redacción de códigos, entre los cuales se encontraba el civil. Entre los integrantes encontramos a Manuel Pérez de Tudela, Francisco Javier Mariategui, Manuel López Lisson, Mariano Carrera, José Luis Rospigliossi, José Luis Gómez Sánchez y José Manuel Tirado. El presidente castilla de una manera inteligente opto por una selección de juristas abigarrada entre conservadores, moderados y a un radical notorio como lo era Mariategui. Al año siguiente, la comisión se aboco a la redacción del código civil, pues antes había tenido que hacerlo con el código de enjuiciamientos en materia civil por disposición de la misma ley de1845. Después de algunas divergencias, principalmente en torno al matrimonio, la comisión presento un proyecto que constaba de 2055 artículos divididos en el titulo preliminar y sus tres libros. El proyecto fue debatido y rechazado por el congreso. En 1849, por ley se creo otra comisión, la que tenía como tarea revisar el proyecto anterior y recomendar, en un plazo de tres meses, cual de los articulados debía ser reformado o eliminado. Lo que ocurrió de antemano con el articulado del matrimonio por la comisión y por supuesto las demás disposiciones que no llegaron a la aprobación del congreso. Esta segunda comisión excedió sus facultades modificando el texto primigenio del código civil e introduciendo enmiendas por lo que se irrogo indebidamente las facultades de una comisión redactora y no revisora del mismo. Cuando la segunda comisión codificadora culmino su trabajo; estaba próxima a cesar en el cargo de presidente de presidente de la republica, el ya antes mencionado Ramón Castilla y Marquesado, entonces promulgo el código civil y el de enjuiciamientos por decreto del 22 de noviembre de 1850. Castilla procedió así en un momento de apresuramiento en su afán de sellar su nombre a la codificación nacional, desoyendo las recomendaciones formuladas por el consejo de estado. Estos dos códigos fueron promulgados en el estado en que habían quedado después de la obra de la segunda comisión y entrar en vigencia después de 7 meses. En el año de 1851 entro a la presidencia delPerú el general José Rufino Echenique. El temperamento de este era el de ser un conservador por estirpe. El gobierno nuevo de Echenique por naturaleza conservador y tradicionalista consideraba que no existía integridad y enlace en el texto del código civil preparado por la comisión de juristas designada por castilla y su parlamento. Así, por ley el 7 de junio de 1851 suspende la aplicación del código civil y el de enjuiciamientos. El 12 de junio de 1851 fue elegida la tercera comisión redactora de los dos cuerpos legislativos antes mencionados, tuvo carácter conservador. Estuvo constituida por los senadores Andrés Martínez Orihuela y José Luis Gómez Sánchez y Rivero, y los señores diputados Manuel Toribio Ureta, Pedro Gálvez, Teodoro la rosa, Juan Celestino Cavero y pedro José Flores. Gálvez y Ureta fueron símbolos de la tendencia liberal imperante, pero su actuación en la comisión no se hizo sentir. Esta comisión tuvo como presidente al jurista don Andrés Martínez Orihuela. Trabajando de junio a diciembre de 1851. Superadas las desavenencias en torno al matrimonio y sometido al derecho canónico, así como las antes mencionadas.
El código civil de 1852 en materia matrimonial resulta inexplicable que a pesar de la mayoría de liberales en la tercera comisión. Estos aceptarán el temperamento de Martínez, secundado este por Cavero y Flores, y permitieran que el matrimonio fuera colocado dentro de las formas establecidas por el concilio de Trento. Durante los trabajospreparatorios a la promulgación y vigencia del código de 1852, regia en el Perú la constitución política del Perú de 1839, que era conservadora y que había sido dada como consecuencia de la disolución de la confederación peruana –boliviana y en contraposición de la constitución liberal de 1834 tenia un contenido autoritario nacionalista. El código de 1852 tuvo gran influencia del código civil napoleónico Frances de 1804 pero no siguió la misma sistemática, refundiendo los libros tercero y cuarto en uno solo el tercero para el nuevo código. Pero en el código civil de 1852 recayó una influencia del derecho colonial que estaba acreditada con instituciones que no están en el código de 1804, por ejemplo: -la esclavitud -las disposiciones sobre: manumisión, siervos, etc. -los censos enfitéuticos, consignativo y reservativo. -las reservas ordinarias y extraordinarias. Por esto, no es considerado como una mera copia del código napoleónico. El código tuvo 2301 artículos más un titulo preliminar (de las leyes en general) que constaba con 12 artículos y se dividió en tres libros, que a su vez se dividieron en secciones y estos en títulos y estos en artículos. Este código presento muchas imperfecciones y las misma cantidad de criticas o mas, una de las grandes criticas es la de haberse extranjerizado y no haberse considerado algunos significativos aspectos de la vida nacional, haber dejado de lado la existencias de instituciones jurídicas autóctonas y no haberse irrigado en elderecho consuetudinario que regulaba la vida en un vasto sector de la población nacional, como es la población andina y nativa. Claro esta que este código de 1852 es el de más larga duración en la historia de nuestra codificación y el primer código de America latina. Ya que el código de Bolivia y de Haití fueron copias del código de 1804. Por eso es que se considera que nuestro código del siglo pasado tuvo merito de la originalidad además de la sobriedad, elegancia en la forma, también claridad en la exposición y expresión con un gran sentido didáctico. En su titulo preliminar existían normas generales que tenían aplicación en el derecho privado, sino también en el público. Los artículos del primero al quinto los cuales obligaban en todo el territorio de la republica desde su promulgación, que la ley no tenia efecto retroactivo, que nadie podía impedirse la acción que no estaba prohibida por ley y que las leyes no se derogaban por el desuso. 2 años después de su entrada en vigencia es abolida la esclavitud con lo que se derogaron los títulos 5° y 6° de la segunda sección del primer libro del código de 1852. Los artículos 1189 y siguientes se ocupaban de las capellianas. Consistía esta en la fundación
de una renta que debía gozar una persona con la obligación de celebrar o de hacer celebrar cierto número de misas o desempeñar ciertos cargos. En varios artículos (627, inciso 2°; 709, inciso,1901, inciso 4° ;y 1915) el código menciono las “manos muertas” o seaaquellas en
quienes se perpetuaba el dominio de los bienes por no poder enajenarlos. Aunque tenían estos artículos un objeto preventivo y limitado, en realidad reconocían dicha institución y servían para hacer ver la enorme importancia que conservaba en la vida económica y social. En el código se ha incluido al cónyuge super site como heredero necesario, incluso este desde luego pausible, la herencia reposa en las relaciones familiares, y junto a las originas por el vinculum sanguinis, debe considerarse la formada por la relación conyugal. También conocía la cuarta conyugal, que venia a ser una reserva, pero únicamente se presentaba cuando daban supuestos específicos de indigencia. El cónyuge vivo si no era el sucesor legitimo era el sucesor legal simple viniendo a tener su llamamiento después de los herederos legales de 4° grado. Los derechos y deberes de los cónyuges quedaron normados conforme a la tradición. Los hijos ilegítimos quedaron divididos en 2 clases: los naturales y los espúreos. Esta última correspondía los adulterinos. La situación jurídica de cada uno de ellos era diferente por no decir preferencial. La investigación de la paternidad estaba prohibida, salvo en el caso de rapto, al cual el código civil peruano él de violación de la mujer. La pensión alimenticia era debida por los ascendientes conforme al orden de sucesión. Se pasaba de grado en grado, y en línea en línea. La devolución tuvo lugar, no solamente en caso de premuerte, sino también en laindigencia del que debía alimentos. En el caso de tratarse de un hijo natural se produciría el primero de estos casos. Para el hijo adulterino solo parte de padre, la obligación alimentaria a la madre, y el hijo no deberla nunca alimentos a su padre. Una ley en el año de 1890 reconoció validez a las obligaciones contraídas por la mujer casada, comenzaban con los esponsales admitiendo, en buen cuenta un actio matrimonialis, e imponiendo una medida que podía ser muy enérgica contra el contrayente, por la pactacion de una multa indemnizatoria para el caso de incumplimiento de la promesa prescrita (promesa de esponsales, matrimonio). Según ley en 1897 se permitió el matrimonio de no católicos. 4. código civil de 1936: Es de orientación alemana, se inspira, en el Código alemán de 1900, sea imitando los códigos filiales del alemán como son el suizo y el brasileño. Se mantuvo a menudo el contenido del código del 1852 remozando su doctrina y llenando sus lagunas; la idea de renovación ha sido la única que ha primado en la Comisión Reformadora; las instituciones tradicionales se mantuvieron, adaptándolas y modernizándolas conforme a las necesidades de la época. En realidad, la reforma de un Código no significa la destrucción de las instituciones existentes, porque la infraestructura social no cambia totalmente; las transformaciones culturales que aportan nuevo vigor a las instituciones jurídicas, únicamente cuando se han consolidado en la conciencia social, exigen nuevasformulaciones. La estructura del Código de 1936 es la siguiente: -Título Preliminar conformado por normas generales comunes a todo el derecho y normas de Derecho Internacional Privado.
-Libro Primero: Del derecho de las personas. -Libro Segundo: Del derecho de familia. -Libro tercero: Del derecho de sucesión. -Libro Cuarto: De los derechos reales. -Libro Quinto: Del derecho de las obligaciones. En el Derecho de Obligaciones, el Código de 1936 reguló sobre una teoría general del acto jurídico ignorada por el Código del 1852. Del libro de las Obligaciones, que sin duda fue la innovación mas importante que trajo el código de 1936, el doctor Ángel Gustavo Cornejo ha dicho: “El libro 5 consagrado a este derecho, del que ha sido ponente el doctor Manuel Augusto Olaechea, forma, por así decirlo, la cúpula del bello edificio del Código Civil. No se sabe que admirar más en esta obra maestra: Si la hondura del concepto o la expresión técnico - jurídica precisa y rotunda. El contenido, el lenguaje, en suma, la forma y el fondo alcanzan la perfección. Relevo prominente tiene en esta parte del Código la sistemática que atañe a la coordinación de las normas”. En efecto, el
antiguo derecho establecía una relación rígida entre las personas y las cosas y el nuevo derecho se funda en la relación entre derechos personales y obligaciones, atribuyendo a las relaciones civiles de las personas un carácter social. La resolución suprema –y no una decisión parlamentaria- del 22 de agosto de 1922expedida por el gobierno de turno, el oncenio de Leguía para ser precisos. Nombro una comisión reformadora del código civil de 1852, y conformada por los juristas Juan José calle, pedro M. Oliveira, Alfredo Solf y muro, Manuel Augusto Olaechea y el famoso medico Hermilio Valdizan nombrado para intervenir en cuestiones relativas a su profesión. El falleció en 1929, a los tan solo 46 años de vida. La comisión codificadora nombrada por decreto y no por ley procedió desde el inicio de su tarea, el 8 de setiembre de ese año, a rectificar el error de hermenéutica en el que incurrió el codificador de siglo anterior al asentar por escrito las actas de sesiones y publicar sus trabajos solicitando la opinión de magistrados y abogados con el fin de preparar los respectivos anteproyectos. Los codificadores peruanos volvieron a encontrar un escollo en cuanto a las formas del matrimonio civil que constituye un elemento decisivo de toda estructura jurídica del Perú republicano. Así fluye de los debates suscitados entre los codificadores Calle y Oliveira, aunque no fue tan grave ni de trascendencia como el que tuvo lugar en la redacción del código civil de 1852. es que en el Perú sucedió un hecho paradójico. El matrimonio civil obligatorio y el divorcio fueron instaurados posteriormente por razones de orden político por el ascenso de Sánchez cerro a la presidencia de la republica y como represalia contra el gobierno que había derrocado. La comisión codificadora civil trabajo durante14 años, con recesos. El año de 1935 fue la etapa más vertiginosa en la preparación del código civil peruano. Ya habían muerto calle y Valdizan cuando fue presentada el 7 de marzo de 1936 ante el ministro de justicia de turno. La nota de presentación fue firmada por Solf y Muro, Olaechea y Oliveira. Tuvo 1835 artículos, precedidos de un titulo preliminar de 25 artículos de carácter general del
derecho privado. Tuvo la misma sistematización que la del código suizo. Dividido en secciones, títulos, artículos. Este código a diferencia del anterior e le atribuyo el de ser código técnico, porque tenia grandes ventajas de aplicación. Pero fue criticado por su poco carácter humanista al diminuir los derechos de la mujer, y al marginar a los hijos ilegítimos de los legítimos, además de la no participación hereditaria. Fue un código a parte de técnico, patrimonialista. Respecto al domicilio tuvo dos innovaciones realmente notables: el domicilio plural y el domicilio especial, la reforma sustancial fue la de haberse tomado en cuenta a las personas jurídicas, ignoradas por el anterior código. El matrimonio se celebra ante las respectivas autoridades estatales. El que puede concluir con la desaparición del vínculo matrimonial por causal de divorcio (Sevicia, adulterio, etc.). También por mutuo acuerdo de los cónyuges. Según este código, la mujer puede oponerse a los actos del marido que excedan de los limites de una administración regular, según la naturaleza de los bienes yque rinden en perjuicio de los intereses administrados. Un precepto en defensa de los legítimos intereses de las mujeres. Los impedimentos matrimoniales tuvieron un cambio con posteridad a la promulgación del código civil. La ley del 23 de octubre de 1952, amplio la prohibición en cuanto los parientes afines en segundo grado a la línea colateral, cuando el matrimonio que originara tal parentesco fuera disuelto por divorcio, por las razones mencionadas anteriormente, viviendo uno de ellos divorciados, prohibición que quedo fundamentada en una razón de decoro social o publica honestidad. Se cambio la edad necesaria para el matrimonio, que por motivos graves, el juez autorizaría los 17 años en un varón y 14 en una mujer; reformando lo que era antes de 21 para el primero y 18 el segundo. Modificación plausible ya que trato de facilitar el matrimonio y no poner obstáculos inútiles en el camino. En los testamentos se suprimió el verbal y se introdujo el ológrafo, convirtiéndose el testamento que era abierto en cerrado. Por error sistemático el acto jurídico fue regulado en la sección primera del libro quinto, dedicado al derecho de obligaciones, quedo insertada la materia de los actos ilícitos en lo referente a la responsabilidad civil extracontractual. En cuanto a los títulos al portador con garantía hipotecaria, quedo limitada la libertad de emisión: solo corporaciones publicas y sociedades debidamente constituidas pueden emitir tales títulos (articulo 1807). Otrosmedios especiales fueron establecidos respecto a esta clase de emisiones (artículos 1808 a 1812). Durante su vigencia se dieron muchas leyes y modificaciones que fueron introducidas, reformando excesivamente el código. Esta fue la causa fundamental del cambio de código.
5. código civil de 1984 Aprobado por Decreto Supremo el 1 de Marzo de 1965, promulgado durante el primer gobierno de Fernando Belaúnde Terry y siendo Ministro de Justicia Carlos Fernández Sessarego, autor de la teoría tridimensional del derecho, se constituyó la comisión encargada del estudio y revisión del Código Civil de 1936. La comisión fue designada con el nombre de Comisión Reformadora, la misma que inició sus labores el 31 de Marzo de 1965. Por mandato de la ley de su creación, tuvo por objeto “Proponer las enmiendas que justifiquen las deficiencias advertidas durant e la vigencia del Código de 1936”.
El Código Civil está conformado por 2132 artículos que están distribuidas en 12 partes que son las siguientes: -Título Preliminar -Libro I: Derecho de las Personas. -Libro II: Acto Jurídico. -Libro III: Derecho de Familia. -Libro IV: Derecho de Sucesiones. -Libro V: Derechos Reales. -Libro VI: Las obligaciones. -Libro VII: Fuentes de las Obligaciones. -Libro VIII: Prescripción y Caducidad. -Libro IX: Registros Públicos. -Libro X: Derecho Internacional Privado. -Título Final. Estuvo inspirado en el derecho romano – germánico al igual que los dos códigos anteriores. Recibió influenciade la constitución política del Perú de 1979, que tuvo como presidente de la asamblea constituyente a Víctor Raúl haya de la torre, y del código civil de 1936. Este código se adecuo a la división delineada por SAVIGNY. En 1965, antes de que el código de 1936 cumpliera 30 años de vigencia, se aplico una revisión; para luego darse inicio al proceso de reforma mediante el decreto supremo del 1 de marzo de 1965, el cual nombraba una comisión reformadora para el estudio y revisión del código de 1936. Este proceso reformador tuvo dos fases: el primero de estos tuvo a la comisión reformadora presidida por Carlos Fernández Sessarego, entonces ministro de justicia de la republica, y estuvo integrado por Alberto auguren brezan, José León barandiarán, Félix navarro Irving, entre otros. En la segunda se tuvo que expatriar a Carlos Fernández Sessarego la presidencia de la comisión reformadora, por que el decreto supremo del 27 de octubre de 1967 especificaba que el ministro de justicia no podía presidir la comisión reformadora, por eso fue sucedido por Felipe Osterling Parodi, y por resolución se dispuso el aumento de los miembros de la comisión; incorporándose Fernando de trazegnie granda y Fernando Vidal Ramírez; en 1978 se incorporo a Lucrecia Maish Von Humboldt y a Manuel de la puente Lavalle y finalmente con el afán de darle mas impulso al código a Víctor M. Villavicencio Cuneo. Esta comisión reformadora se instalo el 31 de mayo de 1965 iniciando sus trabajos para el estudio yrevisión del código civil de 1936 con la finalidad de introducirle enmiendas que ayuden a la actualización del mismo. Pero, considerando que la introducción de enmiendas
acarrearía una perdida de la originacidad y coherencia en el código antes vigente, por ello se acordó la elaboración de un nuevo código. Esta comisión reformadora culmino sus trabajos a mediados de 1981 y procedió a la entrega del proyecto del código civil en la corte suprema de justicia, al presidente del congreso el doctor Oscar Triller, por el presidente de la comisión, Felipe Osterling. En 1982, se faculto al poder ejecutivo de parte del congreso de la republica a promulgar mediante ley al código civil, por un decreto legislativo. Este nuevo proyecto de código tenia que ser revisado por una comisión revisadota, conformada por 3 senadores, 3 diputados y 3 abogados designados por el ministro de justicia. Finalmente el código que actualmente rige en el Perú fue promulgado el 24 de julio de 1984 para entrar en vigencia el 14 de noviembre de 1984. Contrariamente al código anterior, este código se distingue por su carácter humanista dejando de lado los conceptos fundamentales del código anterior, los patrimonialistas. Cabe resaltar el lugar de la teoría general del acto jurídico ubicado inmediatamente después del derecho de personas. A diferencia del código de 1936 que estaba ubicado en el libro de obligaciones, en la sección quinta, dándole realce al acto jurídico al independizarlo del derecho deobligaciones. Se introducieron dos importantes innovaciones: el desarrollo legislativo de la teoría de la representación y las normas de interpretación que dan lugar a serios títulos, además de otras innovaciones como la del tratamiento de la simulación. En este código se abusa de las normas de remisión a la legislación especial, omitiendo así regular materias de estricta naturaleza civil, y por ello el legislador de 1984, resulta siendo, paradójicamente “un codificador descodificador”.
Se dieron algunas innovaciones que cabria resaltar: se incorporo a los derechos de la persona; y en su contexto la donación de órganos para fines de transplante con consentimiento expedido del donador. Se igualo los derechos de los hijos matrimoniales y a los extramatrimoniales. Además se desterró la desigualdad en el ejercicio de los derechos entre los hombres y la mujer. La intimidad de la vida personal y familiar también fue incorporada al derecho de las personas al igual que la decisión sobre la necropsia, incineración o sepultura del occiso, esta decisión es relativa a una estructura respectiva. Bibliografía: AGUILA GRADOS, Guido y CAPCHA VERA, Elmer. El ABC del Derecho Civil. Editorial San Marcos, Segunda Edición, 2005 BASADRE GROHMANN, Jorge. Historia del Derecho civil peruano. Tomo 1. Lima Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Fondo Editorial 2000. BASADRE AYULO, Jorge. Historia de las Codificaciones en el Perú. Editorial cultural Cuzco, Lima – Perú.