PERITO CONTABLE EN EL FUERO CIVIL En el artículo 335.1 se establece que cuando sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos, las partes podrán aportar al proceso el dictamen de peritos que posean los conocimientos correspondientes. En el caso de la prueba pericial contable puede ser idónea para la valoración de hechos hechos económi económicof cofinan inancier cieros, os, esto esto es, para las cuestion cuestiones es ! circunst circunstanci ancias as liti"iosas que ten"an un contenido económico ! que requieran un análisis ob#etivo tanto para fi#ar indemnizaciones como para establecer una e$acta valoración de bienes ! derechos en liti"io %la estimación del lucro cesante o determinación del da&o emer"ente si, por e#emplo, el demandante reclamara a la franquiciadora las pérdidas estimadas desde que el suministro de productos comenzó a disminuir ! que se habían calculado a partir de las ventas de a&os anteriores'. %()*+, -13'
APLICACIÓN DE INFORMES PERICIALES EN EL FUERO CIVIL I a) Peritajes sobre Benefiio !e In"entarios ons onsis iste te en no hace hacerr a los los here herede dero ros s que que acep acepta tan n resp respon onsa sabl bles es de las las obli"aciones hereditarias ! testamentarias, sino hasta concurrencia del valor total de los bienes que han heredado, se"/n le!.
b) Peritajes sobre Li#$i!aiones !e Soie!a!es Es el #uicio por el cual uno o más socios, o los accionistas de una empresa impu" impu"na nan n los resu resulta ltado dos s de un proce proceso so liquid liquidat atari ario, o, que que ha prod produc ucido ido una una descapitalización, que afecta al capital de los socios, ! que convierte a cero el valor de las acciones de capital. %002*'
APLICACIÓN DE INFORMES PERICIALES EN EL FUERO CIVIL II ) Peritajes sobre Ren!ii%n !e C$entas uando se presenta una demanda para establecer establecer posible irre"ularidades irre"ularidades que no lle"an a considerarse por el demandante como fraudes cometidos por el ríndete.
!) Peritajes sobre Partiiones Testa&entarias Es materia de división de herencia, pues los herederos consideran que se han lesionado sus derechos.
e) Perita Peritajes jes sobre sobre Fe'a Fe'a !e Retroa Retroai i%n %n ( Ca$sas Ca$sas Deter& Deter&ina inante ntess !e $na $iebra e da cuando ha! insolvencia económica, cesación de pa"os , etc., es decir, el encon encontra trarse rse sin sin liqui liquidez dez para para atend atender er los compr compromi omisos sos contr contraíd aídos os con con sus sus acreedores ! no poder firmar contratos de compraventa. %002*'
PERITO CONTABLE EN EL FUERO PENAL NORMAS* PROCEDIMIENTOS + TECNICAS EN EL DESARROLLO DEL TRABA,O PERICIAL CONTABLEe"/n las le!es procesales vi"entes en el 4er/ los informes !o dictámenes periciales deben contener indicación de criterios científicos o técnicos, métodos ! re"las de los que se sirvieron para hacer el e$amen sí lo establece el numeral 56 del rt. 76 del ódi"o 4rocesal 4enal8 es decir se están refiriendo a las técnicas ! procedimientos aplicados ! se"uidos durante la e#ecución del perita# e contable #udicial. En la actualidad las competencias profesionales del ontador 4/blico como la9 ontabilidad ! uditoria, tienden a su desempe&o E:2;(*+;<8 tendencia que se pretende alcanzar también a la competencia profesional del perita#e contabl e8 a través del contenido ! sustentación del presente traba#o. %0<(=E, -->'
Perito En La Contabi.i!a! En E. Proeso Pena. El informe pericial como dili"encia sumarial En el proceso penal %procesos ordinario ! abreviado' el #uez ordena de oficio practicar el informe pericial en la fase de instrucción %sumario o dili"encias previas' ! las partes también pueden solicitarla en la fase de #uicio oral %en el escrito de conclusiones previas o de acusación' cuando fuesen necesarios o convenientes conocimientos científicos o artísticos %art. 75? =Erim'. l respecto, ra"oneses 0artínez se&ala que, @la pericia está limitada por el artículo 75? a los supuestos en que sean necesarios o convenientes conocimientos científicos o artísticos !, prevista, con carácter preceptivo, para los supuestos de muerte violenta o sospechosa de criminalidad %art. 37-'. En otros casos, la pericia no obedece a esa nota de necesidad, sino simplemente a una conveniencia manifestada por la subsidiariedad %por e#emplo, en la tasación del valor de un ob#eto si documentalmente no consta el de su adquisición8 vid. : de 13 de diciembre de 1>A>'B15. %()*+, -13'
E. Perito Contab.e En Lo Pena. =as características sumamente específicas del proceso penal en nuestro país requieren de conocimientos particulares que no siempre encuentran a los profesionales actualizados en los mismos ! que resultan imprescindibles para la actuación en este ámbito de la #usticia. Es por ello que el presente curso resulta de "ran importancia atento a que los e$ámenes que obli"atoriamente comprende el proceso del concurso para el in"reso al uerpo de 4eritos