Teoría del Estado
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO Bien común y bien público.- Para para precisar en lo que consiste el fn del Estado, Estado, debemos debemos distinguir distinguir entre "bien común", común", fn de toda suciedad suciedad y "bien público", fn específco de la sociedad estatal. Siempre que los los hombres se agrupan agrupan socialmente, para la obtención de un fn fn que benefcie a todos, ese fn, al perseguirse precisamente para benefciar a un conjunto de hombres, es un bien común. El Estado Estado tambin tambin persigue persigue un bien común, un bien que benefcie benefcie por entero a todos los que lo componen. componen. Pero por ser una sociedad sociedad m!s amplia, amplia, una primera primera distinció distinción n del bien común común puede puede ser esta bien bien común particular particular o .bien común público, público, según que se relacion relacione e de manera inmediata inmediata con intereses intereses particula particulares res o con el inters inters público. público. El bien común perseguido por el Estado es el bien público.
Distinción ente el inte!s o bien p"tic#l" y el inte!s o bien #arr de $alber $alberg g y %&e %&e utili& utili&an an un criter criterio io 'ormal 'ormalist ista a para para públic púb lico.o.- #arr establecer esa distinción, y dicen que inters público es aquel cuya satis'acción queda a cargo del Estado, y particular, el que no tiene esa característica El bien particular es el que concierne de manera inmediata a cada indi(iduo o grupo grupo.. El bien bien públic público o es el que concie concierne rne a la masa masa de todos todos los indi(iduos y de todos los grupos. El bien público no sólo comprende comprende a la generación presente, sino incluso las (enideras )*auriou+.
Detemin"ción $el s#%eto bene&ci"io $el bien común.- Este sujeto es, naturalmente naturalmente,, el conjunto conjunto de los habit habitantes antes del Esta do, el público público integrado por stos, los que se encuentran en el territorio nacional. Sin embargo, embargo, debemos debemos tomar en cuenta cuenta que dentro dentro del orden orden internacional e-iste o debe e-istir entre las naciones mutuo respeto, de tal manera que el bien público que persiga un Estado no in(ada la es'era de acción acción de los otros otros Estados. Estados. e las mutuas y cordiales cordiales relacione relaciones s entre entre los Estados Estados se seguir! seguir! una mejor obtención obtención del bien común correspondiente a cada uno de ellos, pues todos los Estados se complementan o pueden pueden complementarse. En el mundo actual no puede puede haber autarquía económica y menos aún autarquía cultural. Podríamos concebir un Estado, aunque ello no sea e-acto en la realidad, que en lo económico pueda sub(enir a todas sus necesidades materiales/ pero no podemos concebir un Estado aislado culturalmente, que no necesite de las creaciones de la cultura que se originen en otros Estados.
Elementos 'om"les $el bien público.- Estos elementos pueden reducirse a tres categorías 0. Necesidad de orden y de paz. El egoísmo de los seres humanos los lle(a a luchar unos contra otros por los bienes materiales.
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Si esa lucha no es moderada y encau&ada por el Estado, surge la anarquía. Por ello debe mantener el orden y la pa&. 1. Necesidad de coordinación, que es tambin orden, pero desde este especial punto de (ista. El Estado debe inter(enir coordinando la acti(idad de los particulares de manera que la misma se (erifque en 'orma armónica. Esta coordinación tambin la e'ectúa por medio del orden jurídico. 2. Necesidad de ayuda, de aliento y eventualmente de suplencia de las actividades privadas. #onsistente en la ayuda del Estado para el desarrollo de determinados intereses particulares. En múltiples ocasiones, los particulares por sí solos no pueden reali&ar ciertas 'unciones de inters general, ya sean económicas, culturales, de benefcencia, etc. Para ello los particulares necesitan del concurso del Estado.
ELEMENTO (O)MAL* LA AUTO)IDAD O +ODE) +,BLICO 3a sociedad uni(ersal y necesaria, el Estado, no podría e-istir ni alcan&ar sus fnes sin la e-istencia en el mismo de un poder, es decir, de la autoridad. En esta 'orma establecemos la necesidad de una institución gobernante en el Estado y afrmamos que la cooperación libre de los individuos es una mera ilusión.
T"e"s $el +o$e +úblico.- 3a autoridad, por defnición, est! capacitada para dar órdenes. El orden y su causa efciente, la coordinación, son elementos primarios del bien público, que no podrían obtenerse sin el concurso de los habitantes del Estado. 3a autoridad tiene que defnir las acti(idades positi(as y negati(as susceptibles de llegar al fn propio del Estado. Pero una orden que no pueda imponerse es una orden dada en el (acío, carece de e'ecti(idad. Por ello es lógico que la autoridad llamada a mandar tenga el derecho de obligar a la obediencia de sus órdenes. 4 en esto consiste la primera tarea en que se manifesta la autoridad. Este aspecto consiste en formular mandatos exigiendo que se realicen o no actividades· en tal o cual sentido, para la conservación del Estado y para el logro de sus nes. El segundo aspecto 'ormal o segunda tarea de la autoridad, aparece cuando ésta organiza los servicios públicos destinados a ayudar o suplir la actividad de los particulares en vista de la obtención del bien público. 3a primera tarea es el obierno, propiamente !dministración.
dicho. 3a segunda es la
El obierno es la dirección general de las acti(idades de los ciudadanos en (ista del bien público en todos sus aspectos. 3a administración es la
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'unción organi&adora de los ser(icios públicos de suplencia de la acti(idad de los particulares.
dirección,
ayuda
y
Estas dos tareas se implican mutuamente. El 5obierno es imposible sin la administración y sta requiere un gobierno que asuma la dirección de los ser(icios públicos en que consiste.
El obieno.- El 5obierno es esencialmente
la acción por la cual la autoridad impone una línea de conducta, un precepto, a indi(iduos humanos. 3os gobernados son los habitantes del Estado, nacionales y e-tranjeros, que se encuentran en el territorio estatal. 3as órdenes de la autoridad pueden re(estir di'erentes características. 6 (eces son generales, dictadas a priori, para todos o para de terminado grupo, en 'orma abstracta. Estamos en presencia entonces de leyes, reglamentos, jurisprudencia y, en 'orma supletoria, de las costumbres y la doctrina. Pero los mandatos tambin pueden ser particulares/ el 5obierno puede tomar una decisión en (ista de un caso concreto. Entonces estamos 'rente a las sentencias, las concesiones administrati(as y en general los actos administrati(os en sentido estricto. 3as leyes, entre otras particularidades, re(isten el car!cter de ser imperati(as o supletorias. Por tanto, obser(amos que este primer aspecto o primera tarea de la autoridad se con'unde con la misión del erecho positi(o en sentido amplio y que comprende reglas generales y 'unciones concretas o administrati(as. 3a autoridad est! en aptitud de crear el erecho positi(o. "#a fuente material del $erec%o positivo debe ser siempre el $erec%o natural entendiendo a éste como el recto ordenamiento de la conducta de los %ombres, que deriva de su peculiar naturaleza individual y social&. 3a autoridad, por ra&ones tcnicas o políticas, podr! o no, reproducir todas las normas del erecho natural en normas de erecho positi(o/ pero ste, no deber! nunca contradecir al erecho natural, y si esto ocurre, los particulares podr!n justifcadamente abstenerse de acatar la norma positi(a.
L" (#e" M"tei"l $el Est"$o.- #omo el fn del Estado es la obtención del bien público temporal, la autoridad tiene, no sólo el derecho, sino el deber ineludible de (elar por el cumplimiento de sus mandatos, haciendo uso de las mani'estaciones materiales de su poder. 3as ejecuciones 'or&osas, los embargos y las medidas de seguridad, impuestos por el Estado a quienes no respeten sus decisiones, son los casos m!s típicos de esas mani'estaciones materiales del poder. 7uien dice autoridad, dice poder. Pero esa 'uer&a debe estar encaminada hacia los fnes del Estado, que en su aspecto de autoridad, debe dictar órdenes en (ista del bien público. El 5obierno que por principio o por debilidad no haga uso de la 'uer&a, 'altar! a su deber. Si por debilidad o por principio, el Estado no logra que
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e-istan ese orden y armonía necesarios para el bien público a que destina su acti(idad, entonces des(irtúa su propia esencia. En consecuencia, tambin el 5obierno est! obligado a armarse, de tal suerte, que ningún partido, grupo o indi(iduo est en posibilidad de combatir con el Estado. 3as dem!s 'uer&as sociales deben ser m!s dbiles que la del Estado, que debe mantenerlas en su justó desen(ol(imiento. Pero, no obstante la e-istencia de esa 'uer&a, e-iste tambin la necesidad de otro elemento la libre ad%esión de los ciudadanos, siendo esta ad%esión la base fundamental en que descansa la autoridad. El ejrcito es necesario para proporcionar la 'uer&a material indispensable para la e-istencia y desarrollo del Estado. Pero la e-periencia ense8a que ningún gobierno se hace respetar por el solo prestigio de la 'uer&a. Si la masa del pueblo se niega a obedecer, ni la mayor 'uer&a puede obligarla a nada. 9n Estado est! condenado a la desaparición cuando no go&a de la adhesión, gustosa o resignada, de los ciudadanos. Esta adhesión nace de la confan&a, de la simpatía o de la autoridad, en sentido psicológico.