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Materia: Ética y Derechos Humanos Fecha: 21 de mayo de 2011. Alumno: José Luis Muñoz Andrade Grupo: 9921 1.- POSTURA PERSONAL.
Estoy totalmente ende contra de las prácticas del de comercio trasplante y tráfico órganos, sobre todo elilícitas derivado la tratadedeórganos, personasturismo que e considerada como la nueva esclavitud de nuestros tiempos. Estas prácticas ilegales que tie un estatus transnacional, en gran medida son producto de las condiciones actuales que derivan del sistema de vida capitalista en que vivimos y que permite la configuración transacciones de este tipo de mercado negro, y que a estas alturas de la historia el humano, por lo menos en estas prácticas, se convierte en una simple mercancía que derra ganancias importantes a los potentados del crimen organizado transnacional. Es importa mantener el debate y profundizar las acciones tendientes a evitar este tipo de delincuen organizada, pero sobre todo hay que plantear soluciones integrales que refuercen medi preventivas y campañas permanentes de donación de órganos, especialmente, de perso fallecidas que ayuden, por un lado, a reducir y, por otro lado, a cubrir la demanda trasplantes de órganos. 2.- SITUACIÓN DE TRASPLANTES Y TRÁFICO DE ÓRGANOS.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA A NIVEL MUNDIAL. El problema de la necesidad imperiosa de realizar trasplantes de órganos vitales, como ún salida de vida para más de un millón de seres humanos en el orbe, víctimas de enfermeda que afectan de manera determinante las funciones de órganos vitales, como: El riñón, híga pulmones, páncreas y corazón, principalmente y que son propias de las sociedades y estilos de vida actuales, se ha convertido en un fenómeno de salud pública a escala mundia
Las múltiples situaciones e implicaciones que se derivan de este fenómeno giran alrededo esta realidad: La demanda de órganos vitales es superior por mucho a la oferta existente donaciones voluntarias, altruistas, y humanitarias, que devienen principalmente de familia cercanos vivos y de donantes fallecidos. Este escenario conlleva de manera simultáne surgimiento y despliegue de varias “fuentes” para obtener órganos destinados a trasplantados, cuyo impacto social y ético lleva de manera intrínseca a fue cuestionamientos bioéticos y legales.
Anualmente se realizan alrededor de 104,100 transplantes de órganos sólidos, tales co Riñon (69,300); Hígado (20,300); Corazón (5,330); Pulmón (3,330) y Páncreas (2,380), lo significa que la demanda mundial solo es cubierta en un 10%, al tiempo que denot magnitud de personas que requieren de un trasplante y que dentro de lo considerado le (aunque en estas cifras pueden haber casos de dudosa legalidad, ya que se considera entre el 5% y 10% de los trasplantes de riñón son producto del tráfico de órganos 1 ) no pue 1
Reuters, España. Arthur Caplan es director del Centro de Bioética de la Universidad de Pensilvania.
informe de la ONU pide prohibir la venta de órganos. Miércoles 14 de octubre de 2009. Disponible en http://es.reuters.com/article/topNews/idESMAE59D01W20091014
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satisfacer esa necesidad vital a pesar de las amplias campañas publicitarias para convenc la población de que se conviertan en donantes voluntarios al término de su vida.
Esta situación abre un amplio abanico de posibilidades para la práctica ilegal del comercio órganos, turismo de trasplante y tráfico de órganos. Dichas prácticas ilegales han reconocidas por la Organización de las Naciones Unidas como un problema mundial y las de como sigue:
El comercio de órganos, es una práctica en la cual un órgano es tratado como bien económico que puede ser comprado, vendido o utilizado como mercancía. Viaje para trasplante, es el traslado de donantes de órganos, receptore profesionales relacionados con trasplante que cruzan fronteras jurisdiccionales co objetivo de realizar trasplantes. Los viajes para trasplante se convierten en turis de trasplante si involucra tráfico de órganos y/o la comercialización de los mismo de otros recursos, como profesionales o centros de trasplante dedicados a real trasplante a pacientes del extranjero, minando de esta manera la capacidad del para entregar adecuados servicios de trasplante para su propia población. Tráfico de órganos, es la obtención, transporte, transferencia, albergue o recepc de personas vivas o fallecidas o de sus órganos por medio de amenazas, uso d fuerza o cualquier forma de coerción, secuestro, fraude, engaño, abuso de poder o vulnerabilidad tanto por el que entrega el órgano como por el que lo rec incluyendo pago por terceros o beneficios para lograr la transferencia o el contro un potencial donante, con el propósito de explotación para extraer órganos p trasplante.
Es importante señalar que estas prácticas ilícitas tienden a configurar un mercado negro órganos, en el marco del desarrollo actual del capitalismo mundial, al conjugarse una serie factores que inciden sobre esta problemática: El acelerado avance científico y tecnológico materia de salud que y en específico del tema de trasplantes; la dinámica de un merc mundial disputado de manera cruenta entre las empresas transnacionales, mismas imponen patrones de consumo y estilos de vida estresantes que vulneran la salud y funcionamiento de órganos vitales del ser humano; la conjugación, por un lado, de un proc acelerado de empobrecimiento de la gran mayoría de la población mundial, aunado pérdida de empleo y trabajos mal remunerados que reproducen condiciones, en muc familias, de pobreza, miseria y marginación, y, por otro lado, una fuerte concentración d riqueza en un segmento reducido de la población, provoca que los pudientes que tenga necesidad de ser objeto de un trasplante de alguno de sus órganos y se encuentren a mer de la limitada donación legal de órganos, busquen la posibilidad de ser trasplantado expensas de que encuentren dentro del mundo de la pobreza a alguien que por su situac desesperada de obtener dinero para solventar las necesidades básicas de su familia, se obligado a convertirse en un “donador” potencial de alguno de sus órganos, aún a costa de salud, para salvarle la vida de quien tiene capital para hacer esta transacción comercial,
obviamente intermediarios: que importante deincluye obtención de dinero con el estecrimen tipo deorganizado, transacciones; etc.tiene ante sí una v MARCO GENERAL NORMATIVO INTERNACIONAL. Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Esta situación ha tenido un fuerte impacto al seno de la ONU, que se ha visto en la necesid mediante la intervención de diversos organismos que la integran, de ir realiza
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investigaciones para dar luz sobre la magnitud de estas prácticas ilícitas y, en respue establecer un marco normativo general para combatirlas y dar opciones éticas y de cará lícito que permitan la realización de trasplantes con donaciones voluntarias de personas viva fallecidas.
El marco general tiene como fundamento la Declaración Universal de los Derechos Human adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 además una serie de documentos producto del debate mundial auspiciado por la ONU al s de sus diferentes organismos internacionales que han tratado el tema, desde la óptica d salud y la bioética, así como, del combate a la delincuencia organizada transnacional. Organización Mundial de la Salud (OMS).
Al respecto, la OMS en 1991 aprobó en su resolución WHA44.25, de la 44.ª Asamblea Mun los “Principios Rectores sobre Trasplantes de Órganos Humanos”, y derivado de su Asamblea Mundial de la Salud (mayo, 2010), en su resolución WHA63.22 aprobó actualización de los mismos quedando como: “Principios Rectores de la OMS sobre Traspla de Células, Tejidos y Órganos Humanos”. Su fin último: dotar un marco ordenado, étic aceptable para la adquisición y trasplante de células, tejidos y órganos humanos con fi terapéuticos. No se aplican al trasplante de gametos, tejido ovárico o testicular, ni embriones con fines reproductivos, ni a la sangre, ni a sus elementos constitutivos para fi de transfusión. Estos Principios Rectores han influido de una manera determinante en elaboración de las legislaciones de más de 60 Estados miembros, así como en sus código prácticas profesionales.
Sobre la prohibición de las prácticas ilícitas ya mencionadas, destacan los siguientes princip
PRINCIPIO RECTOR 5.- Las células, tejidos y órganos deberán ser objeto de donación a tít exclusivamente gratuito, sin ningún pago monetario u otra recompensa de valor moneta Deberá prohibirse la compra, o la oferta de compra, de células, tejidos u órganos para fines trasplante, así como su venta por personas vivas o por los allegados de personas fallecidas (
PRINCIPIO RECTOR 6.- Deberá prohibirse toda publicidad sobre la necesidad o la disponibili de células, tejidos u órganos cuyo fin sea ofrecer un pago a individuos por sus células, tejido órganos, o a un pariente cercano en caso de que la persona haya fallecido, o bien recaba pago por ellos. Deberán prohibirse asimismo los servicios de intermediación que entrañe pago a esos individuos o a terceros.
PRINCIPIO RECTOR 7.- Los médicos y demás profesionales de la salud no deberán participa procedimientos de trasplante, ni los aseguradores sanitarios u otras entidades pagado deberán cubrir esos procedimientos, si las células, tejidos u órganos en cuestión se obtenido mediante explotación o coacción del donante o del familiar más cercano de donante fallecido, o bien si éstos han recibido una remuneración.
PRINCIPIO RECTOR 9.- La asignación de órganos, células y tejidos deberá regirse por crite clínicos y normas éticas, y no atendiendo a consideraciones económicas o de otra índole. reglas de asignación, definidas por comités debidamente constituidos, deberán ser equitati justificadas externamente y transparentes.
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ONU. Disponible en: http://www.un.org/Overview/rights.html.
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Esta Asamblea Mundial de la Salud no solo suscribió de manera unánime los Principios Recto de la OMS sobre el trasplante de células humanas, tejidos y órganos, sino también apr varias medidas para optimizar la seguridad y la eficacia de los trasplantes. En la resolución declara la «oposición al tráfico de órganos y turismo de trasplante e insta a los profesionale la salud, percatados de tales prácticas, a notificarlo a las autoridades correspondientes, como a mejorar la seguridad y eficacia en la donación y el trasplante promoviendo las mejo prácticas internacionales»3
La Bioética y los Trasplantes.
A lo largo de más de 50 años en que se vienen realizando trasplantes de órganos, se resuelto algunos debates de corte bioético, principalmente: La definición de criterios de mu y las condiciones óptimas profesionales para la realización de los trasplantes. Sin embargo evolución que ha tenido la realidad que envuelve las diferentes facetas del proceso trasplantes de órganos y sus tendencias mantiene vivo el debate en torno a temas, tales co Equidad en el acceso a los trasplantes, criterios de asignación de órganos de donante fallec seguridad en el donante vivo, riesgo de prácticas de comercialización, acceso equitativ fármacos inmunosupresores de alta calidad y legislación sobre trasplantes de órganos.
En la región de América Latina, se llevó a cabo en septiembre de 2010 el Primer F Latinoamericano de Bioética en Trasplante, en la ciudad de Aguascalientes, México, co auspicio de la Sociedad de Trasplantes de América Latina y el Caribe (STALYC) y dem sociedades de trasplantes de los países subsidiarios.
Producto de este foro, se obtuvo el llamado “Documento de Aguascalientes” que plantea co Principios Bioéticos Fundamentales: La dignidad (la persona vale por sí misma y no ti precio, es decir, no es un objeto de lucro) y beneficencia (actuar en el mejor beneficio donante y del receptor), integridad y no maleficencia (derecho del sujeto a conservar su uni funcional), precaución y/o vulnerabilidad (la amenaza por la fragilidad de una totalidad riesgo biológico, psicológico y cultural), autonomía (ser autónomo implica asumir su derecho tener opiniones propias, elegir y realizar acciones basadas en sus valores como creen personales) y responsabilidad (la obligación de todos aquellos que acceden a la ciencia tecnología a tener conciencia de sus propias acciones, la cuales deben ir acorde con el resp a la vida humana y a la preservación de la misma), justicia distributiva y local fragmentación adecuada de los bienes y o las cargas de una sociedad, para compensar desigualdades en las que se vive. Así, los recursos, los impuestos y las oportunidades reparten de forma equitativa). También incluye otros conceptos, tales como: Solidarid subsidiariedad, consentimiento informado, voluntariedad, derecho a la información comprensión.
En este foro se reconoció que la desproporción existente en el ámbito mundial entre creciente demanda y la limitada oferta de órganos para trasplante ha propiciado práct indeseables, tales como: “…el tráfico de seres humanos que se utilizan para extraer órgano
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OMS. Disponible en: Sixty-Third 2010.apps.who.int/gb/ebwha/pdf_files/WHA63.
World
Health
Assembly.
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WHA63.22.
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sobre pacientes-turistas de países ricos que viajan al extranjero para comprar órganos a gente con menos recursos…”4. El Crimen Organizado y los Trasplantes.
Por el lado de la Oficina de las Naciones Unidad contra la Droga y el Delito en el año 2000 se suscribi Palermo, Italia la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organiz Transnacional y sus Protocolos. Dicha Convención estableció como propósito fundamental e promover la cooperación para prevenir y combatir más eficazmente la delincuencia organiz transnacional. Aquí la extracción de órganos se contempla como parte de la práctica delic organizada denominada “Trata de Personas”, al definirla de la siguiente manera:
Trata de personas.- Se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabili o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación inclu como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud servidumbre o la extracción de órganos”5. En la trata de personas los más vulnerables las mujeres y los niños. Otros Eventos Internacionales.
Dentro de este marco general normativo podemos mencionar otros eventos internacion que han tenido fuerte impacto en el debate y en la construcción de propuestas para enfren lo que conlleva a los trasplantes de órganos en el ámbito de la salud y de los problem derivados del comercio de órganos, el turismo de trasplante y el tráfico de órganos: •
• • • • •
•
Declaratoria de rechazo al turismo de trasplantes de la Red Consejo Iberoamericano Donación y Trasplantes. Declaración de Estambul sobre tráfico de órganos y el turismo de trasplante. Declaración de Salamanca. Declaración de Ginebra-Xenotrasplantes. Declaración de Granada. Resolución 57.18 de la Asamblea de la OMS, Trasplante de órganos y tejidos human 22 de mayo de 20046. Entre otros.
SITUACIÓN DE TRASPLANTES EN MÉXICO. 4
Véase. http://www.cenatra.salud.gob.mx/descargas/contenido/normatividad/Documento_de_Aguascalientes. 5
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. Resolución 55/25 de la Asamblea Genera 15 de noviembre de 2000. Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de perso especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contr Delincuencia Organizada Transnacional. ONU. 2004. 6
Disponible en: http://www.who.int/gb/ebwha/pdf_files/WHA57/A57_R18-en.pdf
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De acuerdo a cifras del Registro Nacional de Trasplantes al 10 de mayo de 2011, la dema de trasplante de órganos ascendía a 14,893 personas, cuyo requerimiento es de la siguie magnitud: 7,713 de riñón, 6,773 de córnea, 345 de hígado, 43 de corazón, 12 de riñ páncreas, 4 de páncreas y 3 de pulmón. Hasta esa fecha se habían reportado la realización 1,387 trasplantes de los cuales 685 fueron de córnea, 666 de riñón, 26 de hígado, 7 de cora y 3 de hígado riñón. Esto significa que en términos globales sólo se cubrió el 9.3% d demanda total, es decir, estamos por debajo de la media mundial de satisfacción de demanda de trasplantes de órganos, que es del 10%. Las córneas este porcentaje represent 10.1%, el riñón 8.6%, el hígado 7.5%, el corazón 16.3%, entre otros. Véase cuadros siguient ¿Cuántas personas necesitan recibir un transplante? 10 de mayo 2011. Al día de hoy existen 14893 Se distribuyen de la siguiente manera: 7713 personas esperan recibir un trasplante de Riñón 6773 personas esperan recibir un trasplante de Cornea 345 personas esperan recibir un trasplante de Hígado 43 personas esperan recibir un trasplante de Corazón 12 personas esperan recibir un trasplante de Riñón-Páncreas 4 personas esperan recibir un trasplante de Páncreas 3
personas esperan recibir un trasplante de Pulmón Fuente: Registro Nacional de Trasplantes
Trasplantes reportados en 2011 al 10 de mayo de 2011 A la 685 666 26 7 3
fecha se han realizado: trasplantes de Cornea trasplantes de Riñón trasplantes de Hígado trasplantes de Corazón trasplantes de Hígado-Riñón
Fuente: Registro Nacional de Trasplantes
Lo anterior significa que México enfrenta una fuerte demanda insatisfecha de trasplante órganos, y, por ende, se encuentra en una situación de riesgo ante el despliegue de prácticas de comercio órganos, turismo de trasplantes y tráfico de órganos pueden serilícitas capitalizados por la de delincuencia organizada. MARCO NORMATIVO GENERAL EN MÉXICO.
En México contamos con una legislación amplia sobre el tema de la donación, establecimientos, los profesionales y la calidad de los trasplantes de órganos, asimismo, d prohibición de las prácticas ilícitas que se dan ante la situación de una oferta muy deficitaria órganos en términos legales. Ley General de Salud.
Esta Ley establece materia de salubridad control sanitario disposición órganos, tejidos y como sus componentes, y dedica general el TítuloelDécimo Cuarto a de la la regulación d competente que le corresponde a la Secretaría de Salud en materia de donación, trasplante pérdida de vida.
Mandata que la donación de órganos con fines de trasplantes, se regirá por principios altruismo, ausencia de ánimo de lucro y confidencialidad, por lo que su obtención y utilizac serán estrictamente a título gratuito. La obtención de órganos o tejidos para trasplantes hará preferentemente de sujetos en los que se haya comprobado la pérdida de la v
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Establece que los órganos, tejidos y células no podrán ser sacados del territorio nacional, y se considerará disposición ilícita de órganos, tejidos, células y cadáveres de seres human aquella que se efectúe sin autorización legal. Prohíbe el comercio de órganos, tejidos y célul
Señala que los establecimientos donde se práctica la extracción de órganos, tejidos y célu deberán de contar con un Comité Interno de Coordinación para la donación de órgano tejidos, el cual será responsable de hacer la selección del establecimiento de salud que cue con un programa de trasplante autorizado, al que enviará los órganos, tejidos o células, p tal efecto. Además, los establecimientos que realicen actos de trasplantes, deberán contar un Comité Interno de Trasplantes, mismo que será responsable de hacer la selección disponentes y receptores para trasplante. Los establecimientos en los que se extraigan órga y tejidos y se realicen trasplantes, únicamente deberán contar con un Comité Interno Trasplantes.
Los profesionales de las disciplinas para la salud que intervengan en la extracción de órgano tejidos o en trasplantes deberán contar con el entrenamiento especializado respect conforme lo determinen las disposiciones reglamentarias aplicables, y estar inscritos e Registro Nacional de Trasplantes.
Para la asignación de órganos y tejidos de donador no vivo, se tomará en cuenta la grave del receptor, la oportunidad del trasplante, los beneficios esperados, la compatibilidad co receptor y los demás criterios médicos aceptados, así como la ubicación hospitalari institucional del donador. Cuando no exista urgencia o razón médica para asig preferentemente un órgano o tejido, ésta se sujetará estrictamente a las bases de da hospitalarias, institucionales, estatales y nacional que se integrarán con los datos de pacientes registrados en el Centro Nacional de Trasplantes (CENATRA).
El CENATRA tendrá a su cargo el Registro Nacional de Trasplantes, el cual integrar mantendrá actualizada la siguiente información: I. II. III. IV.
Los datos de los receptores, de los donadores y fecha del trasplante; Los establecimientos autorizados conforme al artículo 315 de esta Ley; Los profesionales de las disciplinas para la salud que intervengan en trasplantes; Los pacientes en espera de algún órgano o tejido, integrados en bases de da hospitalarias, institucionales, estatales y nacional, y V. Los casos de muerte encefálica.
El CENATRA fomentará la cultura de la donación, en coordinación con el Consejo Naciona Trasplantes y los Centros Estatales de Trasplantes. La muerte encefálica se determina cuando se verifican los siguientes signos:
I. Ausencia completa y permanente de conciencia; II. Ausencia permanente de respiración espontánea, y III. Ausencia de los reflejos del tallo cerebral, manifestado por arreflexia pupilar, ausencia movimientos oculares en pruebas vestibulares y ausencia de respuesta a estímu nocioceptivos.
Se deberá descartar que dichos signos sean producto de intoxicación aguda por narcótic sedantes, barbitúricos o sustancias neurotrópicas.
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Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
Esta Ley tiene por objeto establecer reglas para la investigación, persecución, procesamie sanción y ejecución de las penas, por los delitos cometidos por algún miembro de delincuencia organizada. Establece que cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en fo permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o result cometer alguno o algunos de los delitos tipificados en esta Ley, serán sancionadas por ese hecho, como miembros de la delincuencia organizada.
El tráfico de órganos previsto en los artículos 461, 462 y 462 bis de la Ley General de Salud considerado como un delito atribuible a la delincuencia organizada, al igual que la trata personas, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 de la Ley para Prevenir y Sanciona Trata de Personas. Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
El objeto de esta Ley es la prevención y sanción de la trata de personas, así como protección, atención y asistencia a las víctimas de estas conductas con la finalidad garantizar el respeto al libre desarrollo de la personalidad de las víctimas y posibles víctim residentes o trasladadas al territorio nacional, así como a las personas mexicanas en exterior.
Comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, cons traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violen física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajo servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a extirpación de un órgano, tejido o sus componentes.
Establece que una Comisión Intersecretarial deberá elaborar el Programa Nacional p Prevenir y Sancionar la Trata de Personas; así como, desarrollar campañas de prevenc protección y atención en materia de trata de personas, fundamentadas en la salvaguarda d dignidad humana y los derechos humanos, con especial referencia a las niñas, ni adolescentes y mujeres. CONCLUSIÓN.
Si bien es cierto, existe todo un marco normativo mundial y nacional que regula el proceso trasplantes de órganos y tejidos humanos y prohíbe estas prácticas ilícitas, la situación de la demanda de órganos es muy superior a la capacidad que se tiene de obtener órgano través de la donación voluntaria, altruista, humanitaria y de buena fe, todavía es un reto m grande que se debe de afrontar en el marco de los derechos humanos y la cultura de legalidad para garantizar que los trasplantes de órganos y tejidos humanos sea una prác fuera del alcance del crimen organizado.
En nuestro país las autoridades de la PGR niegan la existencia del tráfico de órganos, obstante hay evidencias periodísticas que por lo menos muestran actos ilícitos que apunta la venta de lugares en las listas de espera para ser objeto de un trasplante. Aunado a ello, campañas de donación de órganos no han tenido un gran efecto entre la población, conside
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que es debido a la desconfianza social que se tiene hacia el gobierno y las ligas que han sa a la luz de funcionarios públicos con el crimen organizado.
Es importante profundizar las políticas y programas que permitan incrementar la donación órganos de manera voluntaria, sobre todo, después del fallecimiento. Esto debe d acompañado de transparencia y rendición de cuentas en las acciones orientadas a tal fin, p abatir la desconfianza que se tiene hacia las instituciones por la penetración que han tenido el crimen organizado.
Se requiere de políticas adyacentes que promuevan cambios en los patrones de consumo y estilos de vida que se orienten a una vida más sana y menos estresante, que impacte e disminución de la magnitud de la demanda de trasplantes de órganos. Aunque después observar el asunto de la comida chatarra y sus efectos nocivos en los alumnos de las escue y la tibias medidas que al final se adoptaron por el gobierno para no perjudicar los intere privados de las transnacionales, es difícil lograr este importante objetivo. Sin embargo importante impulsar hacia adelante la profundización del debate nacional sobre esta temátic avanzar en propuestas de largo alcance que permitan abatir de manera progresiva y legal e delicada situación.
La edificación de propuestas sobre esta problemática y sus diferentes aristas debe ser tarea permanente no solo del gobierno, también las organizaciones de la sociedad civil pue opinar, hacer planteamientos, promover el debate al seno de la sociedad y desarro estrategias de impacto político para que trasciendan en los espacios de toma de decisiones poder y se puedan implantar como una práctica institucional y social , esto es construir fut para todos, porque nadie está exento de que en cierto momento de nuestra vida nos veam involucrados en una situación de requerir un trasplante de órganos o tejidos, ya sea para mismo, un familiar o un conocido.
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CAPITULO I Disposiciones Comunes
Participantes en la Reunión Internacional sobre Turismo y Tráfico de Trasplantes convocada por las Sociedades de Trasplantes y de Nefrología, Estambul, Turquía, 30 de abril al 2 de m de 2008
la desproporción existente en el ámbito mundial entre la creciente demanda y la limitada oferta de órga para trasplante ha propiciado prácticas indeseables: como “…el tráfico de seres humanos que se util
para extraer órganos y sobre pacientes-turistas de países ricos que viajan al extranjero para com órganos a la gente con menos recursos…” tal y como fue recientemente expuesto y tratado en
Declaración de Estambul 24 La reunión que dio origen a dicha Declaración tomó como base los principio la Declaración Universal de Derechos 3
Humanos.25 En dicho documento se expone la imperiosa necesidad de la colabora internacional para buscar el consenso mundial en relación con la optimización de las práct de donación y trasplante. Su elaboración fue producto de la reunión de más de representantes de organismos médicos y científicos de todo el mundo, oficiales de gobie científicos sociales y eticistas. Allí, se enfatiza el hecho de que “ El legado de los trasplan
debe ser una celebración del obsequio de la salud de una persona a otra y no las víctim empobrecidas del tráfico de órganos y el turismo de trasplante" .24 Vale añadir que el diál
sobre el tema tiene una larga historia y tradición, donde el objetivo central siempre ha sid protección del donante y la práctica del trasplante bajo las mejores condiciones, con program y personal debidamente educados y certificados. 26-32
Los trasplantes de órganos son actualmente alternativas de tratamiento para un creciente número de enfermedades, o consideradas terminales. Los aspectos de orden bioético han tenido una relevancia particular desde los in principalmente en la definición de criterios de muerte y en las condiciones óptimas para la realización de los traspla Esta problemática sigue siendo un foco de atención universal, principalmente en lo referente a equidad en el acce trasplante, criterios de asignación de órganos de donante fallecido, seguridad en el donante vivo, riesgo de práctica comercialización, acceso equitativo a fármacos inmunosupresores de alta calidad y legislación sobre trasplante órganos. Esta problemática tiene rasgos particulares en la región de América Latina y el Caribe; ello motivó la realiza
del Latinoamericano Bioética en Trasplante, con el auspicio de países la Sociedad de Trasplantes de América L y el Primer Caribe Foro (STALYC), así como dedetodas las Sociedades de trasplantes de los subsidiarios
Los principios bioéticos fundamentales que debieran ser contemplados son: Dignidad y benefice integridad y no maleficencia, precaución y/o vulnerabilidad, autonomía y responsabilidad, justicia distribu y local.
Por Dignidad humana manifestamos que la persona vale por sí misma y no tiene precio, es decir, no es objeto de lucro. Principio de Beneficencia: En este contexto entendido como actuar en el mejor benefic del donante y del receptor. Por Integridad y no maleficencia asumimos el derecho del sujeto a conserv
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su unidad funcional y por Precaución y/o Vulnerabilidad expresamos la amenaza por la fragilidad de un totalidad en riesgo biológico, psicológico y cultural. Autonomía: La palabra autonomía deriva del griego “autos” (propio) y nomos (regla), autoridad o ley. Se autónomo implica asumir su derecho de tener opiniones propias, elegir y realizar acciones basadas en su valores como creencias personales. Debemos respetar los puntos de vista y derechos de las personas siempre que sus ideas y acciones no supongan un perjuicio para otros ni para ellos mismos.34, 35 El principio de Responsabilidad se define co
la obligación de todos aquellos que acceden a la ciencia y lahumana tecnología conciencia sus propia acciones, la cuales deben ir acorde con el respeto a la vida y a alatener preservación de de la misma. 36 Justicia Distributiva y Local: El término de justicia distributiva se refiere a la fragmentación adecuada d los bienes y o las cargas de una sociedad, para compensar las desigualdades en las que se vive. Así, los recursos, los impuestos y las oportunidades se reparten de forma equitativa. El principio de la Justicia en la Bioética hace mención al acceso sobre los recursos sanitarios y la promo de la salud, con la capacidad de brindar respuesta a las necesidades de la comunidad y la protección Estado. Solidaridad. Si todo ser humano tiene el derecho de encontrar lo que necesita para su crecimiento y desarrollo, la solidaridad conlleva el hacer nuestras las necesidades de quienes no tienen esos recursos para que puedan obtener los medios de subsistencia y los instrumentos de progreso personal. Subsidiariedad. En una realidad social con notables diferencias de oportunidades, por este principio se
busca sabe, puede tiene, vea y atienda al personas que carece en cualquiera esos ámbitos. L anteriorque no quien limita más ni la iniciativa ni laoresponsabilidad de las y grupos socialesdesino más bien que valora, fomenta y acrecienta.
7
Adicional a lo previamente señalado, consideramos fundamental establecer una corresponsabilidad del equipo tratante con la pareja donante-receptor y su entorno social. Esta corresponsabilidad del equipo tratante no exime la responsabilidad del Estado. Conforme a ello resulta indispensable señalar lo siguien Consentimiento Informado: En el Documento de Aguascalientes reiteramos la obligatoriedad de la utilización del Consentimiento Informado con todos sus componentes a fin de salvaguardar la autonomía donante y del paciente para todo procedimiento de trasplante. Estos componentes los resumimos en: Voluntariedad: Debe garantizar que las personas escogen libremente someterse a un procedimiento, tratamiento médico o estudio clínico sin que haya sido obtenido su permiso por medios de coerción,
persuasión o manipulación. Derecho a la Información: Debe ser comprensible e incluirse el objeto de estudio, tratamiento o procedimiento médico. Deben explicarse claramente sus beneficios y riesgos a corto, mediano y largo pla del procedimiento o tratamiento médico así como de las alternativas terapéuticas. Comprensión: Debe evaluarse el nivel de comprensión del paciente a través de diferentes personas además del médico que explica. Se puede obtener esta información a través del psicólogo, trabajador so o personal de enfermería que comprenda y conozca en detalle el procedimiento que se le ofrece al enfer o al donante de órganos. La información al paciente debe darse en la lengua materna o dialecto de la reg Deberá contar con traductor o intérprete en todo momento que esté recibiendo la información. El docume escrito que firmará el potencial donante otorgando su autorización, en el caso de que no se encuentre en lengua materna, deberá contar con la firma de su traductor y al menos dos personas funcionarias de la institución que den fe de que lo que se consiente por escrito es lo mismo que se encuentra contenido en
documento. tomar en cuentaloelque nivelsedeleescolaridad desarrollo social la persona a fin d conocer queEs ha necesario comprendido plenamente ha explicadoy verbalmente y pordeescrito. Las sociedades de cada país deben utilizar estrategias para que, conjuntamente con sus legisladores generen leyes nacionales basadas en leyes modelo internacionales, a fin de alcanzar o mantener resulta óptimos y proteger los derechos de receptores y donantes.
PRINCIPIOS RECTORES DE LA OMS SOBRE TRASPLANTE DE CÉLULAS, TEJIDOS Y ÓRGANOS HUMANOS
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La actualización de los principios rectores de la OMS finalmente fue aprobada durante la Asamblea de la OMS (Marzo, 2010). Dichos principios rectores se encuentran publicados e Newsletter Transplant del Consejo de Europa. La inquietud que suscita en la Asamblea de la Salud el comercio de órganos y la necesidad de establecer normas mundiales para los trasplantes quedaron reflejadas por primera vez en las resoluciones WHA40.13 y WHA42.5. Tras un proceso de consultas entablado por la Secretaría, la Asamblea de la Salud aprobó en su resolución WHA44.25 los Principios Rectores de la OMS sobre Trasplante de Órganos Humanos.
La finalidad de los Principios Rectores siguientes es proporcionar un marco ordenado, étic aceptable para la adquisición y trasplante de células, tejidos y órganos humanos con fi terapéuticos.
Cada jurisdicción determinará los medios para poner en práctica los Principios Rectores. És conservan los puntos fundamentales de la versión de 1991, al tiempo que incorporan nue disposiciones que responden a las tendencias actuales en el campo de los trasplantes particular el trasplante de órganos de donantes vivos y la utilización cada vez mayor de cél y tejidos humanos.
Los Principios Rectores no se aplican al trasplante de gametos, de tejido ovárico o testicula de embriones con fines reproductivos, ni tampoco a la sangre ni a sus elementos constituti para fines de transfusión.
La extracción de células, tejidos y órganos de personas fallecidas o vivas para fines trasplante sólo podrá efectuarse de conformidad con los siguientes Principios Rectores. PRINCIPIO RECTOR 1
Podrán extraerse células, tejidos y órganos del cuerpo de personas fallecidas para fines trasplante si: a) se obtiene el consentimiento exigido por la ley; y b) no hay razones para pensar que la persona fallecida se oponía a esa extracción PRINCIPIO RECTOR 2
Los médicos que hayan determinado la muerte de un donante potencial no deberán partic directamente en la extracción de células, tejidos u órganos de ese donante ni en procedimientos subsiguientes de trasplante, ni ocuparse de la asistencia a los recepto previstos de esas células, tejidos y órganos. PRINCIPIO RECTOR 3
Las donaciones de personas fallecidas deberán desarrollarse hasta alcanzar su máx potencial terapéutico, pero los adultos vivos podrán donar órganos de conformidad con reglamentación nacional. En general, los donantes vivos deberán estar relacionados genética, legal o emocionalme con los receptores. La donación de personas vivas es aceptable si se obtiene el consentimiento informad voluntario del donante, se le garantiza la atención profesional, el seguimiento se organ debidamente y se aplican y supervisan escrupulosamente los criterios de selección de
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donantes. Los donantes vivos deberán ser informados de los riesgos, beneficio consecuencias probables de la donación de una manera completa y comprensible; deberán legalmente competentes y capaces de sopesar la información y actuar voluntariament deberán estar libres de toda coacción o influencia indebida. PRINCIPIO RECTOR 4
No deberán extraerse células, tejidos ni órganos del cuerpo de un menor vivo para fines trasplante, excepto en las raras ocasiones autorizadas por las legislaciones naciona Deberán adoptarse medidas específicas para proteger a los menores, cuyo consentimiento obtendrá, de ser posible, antes de la donación. Lo que es aplicable a los menores lo asimismo a toda persona legalmente incapacitada. PRINCIPIO RECTOR 5
Las células, tejidos y órganos deberán ser objeto de donación a título exclusivamente gratu sin ningún pago monetario u otra recompensa de valor monetario. Deberá prohibirse compra, o la oferta de compra, de células, tejidos u órganos para fines de trasplante, así co su venta por personas vivas o por los allegados de personas fallecidas.
La prohibición de vender o comprar células, tejidos y órganos no impide reembolsar los gas razonables y verificables en que pudiera incurrir el donante, tales como la pérdida de ingre o el pago de los costos de obtención, procesamiento, conservación y suministro de célu tejidos u órganos para trasplante. PRINCIPIO RECTOR 6
Se permitirá la promoción de la donación altruista de células, tejidos u órganos huma mediante publicidad o llamamiento público, de conformidad con la reglamentación nacional
Deberá prohibirse toda publicidad sobre la necesidad o la disponibilidad de células, tejido órganos cuyo fin sea ofrecer un pago a individuos por sus células, tejidos u órganos, o a pariente cercano en caso de que la persona haya fallecido, o bien recabar un pago por el Deberán prohibirse asimismo los servicios de intermediación que entrañen el pago a e individuos o a terceros. PRINCIPIO RECTOR 7
Los médicos y demás profesionales de la salud no deberán participar en procedimientos trasplante, ni los aseguradores sanitarios u otras entidades pagadoras deberán cubrir e procedimientos, si las células, tejidos u órganos en cuestión se han obtenido media explotación o coacción del donante o del familiar más cercano de un donante fallecido, o b si éstos han recibido una remuneración. PRINCIPIO RECTOR 8
Los centros y profesionales de la salud que participen en procedimientos de obtenció trasplante de células, tejidos u órganos no deberán percibir una remuneración superior a honorarios que estaría justificado recibir por los servicios prestados. PRINCIPIO RECTOR 9
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La asignación de órganos, células y tejidos deberá regirse por criterios clínicos y normas éti y no atendiendo a consideraciones económicas o de otra índole. Las reglas de asignac definidas por comités debidamente constituidos, deberán ser equitativas, justifica externamente y transparentes. PRINCIPIO RECTOR 10
Es imprescindible aplicar procedimientos de alta calidad, seguros y eficaces tanto a donantes como a los receptores. Los resultados a largo plazo de la donación y el trasplante células, tejidos y órganos deberán evaluarse tanto en el donante vivo como en el receptor, el fin de documentar los efectos beneficiosos y nocivos.
Debe mantenerse y optimizarse constantemente el nivel de seguridad, eficacia y calidad de células, tejidos y órganos humanos para trasplante, en cuanto productos sanitarios de carác excepcional.
Para ello es preciso instituir sistemas de garantía de la calidad que abarquen la trazabilidad vigilancia, y que registren las reacciones y eventos adversos, tanto a nivel nacional como relación con los productos humanos exportados. PRINCIPIO RECTOR 11
La organización y ejecución de las actividades de donación y trasplante, así como resultados clínicos, deben ser transparentes y abiertos a inspección, pero garantizando siem la protección del anonimato personal y la privacidad de los donantes y receptores. Declaratoria de rechazo al turismo de trasplantes de la Red Consejo Iberoamericano de Donación y Trasplantes Declaración de Estambul sobre tráfico de órganos y el turismo de trasplante Declaración de Salamanca Declaración de Ginebra-Xenotrasplantes Declaración de Granada El Documento de Aguascalientes
Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948. Disponible en http://www. un.org/Overview/rights.html. Artículo 3a del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar el tráfico de personas, especialmente de mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional. Disponible en http://www. uncjin.org/ Documents/Conventions/dcatoc/final_ documents_ 2/convention_%20 traff_eng.pdf Participantes en la Reunión Internacional sobre Turismo y Tráfico de Trasplantes convocada por las Sociedades de Trasplantes y de Nefrología, Estambul, Turquía, 30 de abril al 2 de mayo de 2008
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Resolución 57.18 de la Asamblea de la OMS, Trasplante de órganos y tejidos humanos, 22 de mayo de 2004. Disponible en http://www.who.int/gb/ ebwha/pdf_files/WHA57/A57_R18-en.pdf
La inquietud que suscita en la Asamblea de la Salud el comercio de órganos y la necesidad de establecer normas mundiales para los trasplantes quedaron reflejadas por primera vez en las resoluciones WHA40.13 y WHA42.5. Tras un proceso de consultas entablado por la Secretaría, la Asamblea de la Salud aprobó en su resolución WHA44.25 los Principios Rectores de la OMS sobre Trasplante de Órganos Humanos. A lo largo de los últimos 17 años, los Principios Rectores han tenido en todo el mundo gran influencia en los códigos y prácticas profesionales y en la legislación. Teniendo en cuenta los cambios que han sufrido las prácticas y las actitudes relativas al trasplante de órganos y tejidos, la 57.ª Asamblea Mundial de la Salud, en su resolución WHA57.18, pidió al Director General que, entre otras cosas, «siguiera examinando y recabando datos a escala mundial sobre las prácticas y la seguridad, calidad, eficacia y epidemiología de los 1 Aprobados por la 63.ª
Asamblea Mundial de la Salud, de mayo de 2010, en su resolución WHA63.22
trasplantes alogénicos, y sobre las cuestiones éticas conexas, en particular la donación entre vivos, con el fin de actualizar los Principios Rectores sobre Trasplante de Órganos Humanos»
Tráfico de órganos es la obtención, transporte, transferencia, albergue o recepción de personas vivas o fallecidas
sus órganos por medio de amenazas, uso de la fuerza o cualquier forma de coerción, secuestro, fraude, engaño, abus
poder o de vulnerabilidad tanto por el que entrega el órgano como por el que lo recibe, incluyendo pago por tercer beneficios para lograr la transferencia o el control de un potencial donante, con el propósito de explotación para ex órganos para trasplante.
Comercio de órganos es una práctica en la cual un órgano es tratado como un bien económico que puede ser compr vendido o utilizado como mercancía.
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Viaje para trasplante es el traslado de donantes de órganos, receptores o profesionales relacionados con trasplante
cruzan fronteras jurisdiccionales con el objetivo de realizar trasplantes. Los viajes para trasplante se convierte
turismo de trasplante si involucra tráfico de órganos y/o la comercialización de los mismos o de otros recursos, c
profesionales o centros de trasplante dedicados a realizar trasplante a pacientes del extranjero, minando de esta mane capacidad del país para entregar adecuados servicios de trasplante para su propia población.
Actualmente el trasplante de órganos es la mejor alternativa de tratamiento para ciertas enfermedad en muchos casos es la única. Dicho método terapéutico ha salvado muchas vidas ya que se realiza e mayoría en falla terminal de órganos tales como riñón, hígado y corazón. El problema radica en qu requieren donantes y sin donantes no hay órganos para trasplantar. Actualmente en USA, cada seis min fallece una persona en espera de un órgano y cada año un 20% de los pacientes en lista de espera par trasplante fallece sin haber podido conseguir el órgano requerido. En países de América Latina, la tas donantes se mantiene estable a lo largo de los años pero la lista de espera de pacientes que requie donación aumenta progresivamente, por lo tanto aumenta la mortalidad[1].
Esto nos lleva a preguntarnos qué pasa en nuestra sociedad, todos los días son cremadas o enterradas personas con sus órganos intactos, mientras que hay otros esperando por esos órganos. Falta de concientización sobre los problemas del otro?, tabús culturales o religiosos?, falta de conocimiento sob los protocolos de donación?, falta de información sobre lo que es en sí el trasplante de órganos?. Puede ser estas y muchas más las causas por las cuales no gozamos de una cultura de donación, y es por eso q muchos pagan el precio. Como en muchas situaciones que aquejan a la sociedad, en ésta no hace falta que se quiere beneficiar del sufrimiento de otros.
SITUACIÓN DEL PROBLEMA La alta demanda de órganos y poca oferta de donantes, genera un ejemplo del clásico fenómeno socioeconómico en el que vive el ser humano: la necesidad de unos es la perfecta oportunidad para que otros saquen provecho. Dicho esto, no es descabellado decir que los escrúpulos no impiden que todo se comerciable, incluyendo las partes del cuerpo humano. El comercio y tráfico de órganos es un fenómen que se vive actualmente y es muy preocupante, condicionado también por la desigualdad socioeconómi y la mala estructura del sistema de salud.
Así pues, tenemos a los necesitados económicamente presentes principalmente en los países latinoamericanos, asiáticos y africanos; y por otro lado a los acaudalados de Europa y Estados Unidos, q en muchos casos por el estilo de vida que han llevado, son aquejados por graves problemas de salud qu hacen que necesiten un trasplante. Es así como se configura el mercado de órganos principalmente. Se [
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un informe de la ONU se ha evidenciado la presencia de tráfico en algunos países latinoamericanos com Argentina, Brasil, Honduras, México y Perú; en la mayoría de los casos enviando los órganos a comprado que han pagado un altísimo precio en países como Italia, Suiza y Alemania.
El trasplante de órganos en el momento actual es la mejor alternativa de tratamiento y en muchos casos la única, para la falla term e irreversible de muchos órganos vitales como el corazón, el hígado o los riñones.
Para que con el trasplante se puedan salvar vidas humanas se necesitan órganos y para tener órganos se necesitan donantes. Sin órganos no hay trasplantes y sin donantes no hay órganos. Actualmente en USA, cada seis minutos fallece una persona en espera un órgano y cada año un 20% de los pacientes en lista de espera para el trasplante fallece sin haber podido conseguir el órgano requerido. En la mayor parte de los países europeos, en USA y en muchos países de América Latina, la tasa de donantes se mantie estable a lo largo de los años y sin embargo la cantidad de pacientes en espera de un órgano vital aumenta progresivamente, al igu que el tiempo de permanencia en lista de espera y la mortalidad.
Tradicionalmente, para el trasplante de riñón y actualmente para el trasplante de una parte del hígado, de un pulmón o de un segmento de intestino delgado, se pueden conseguir los órganos a partir de donantes vivos familiarmente relacionados, principalmente hermanos, padres o hijos. Esto sin embargo no siempre es posible y en circunstancias especiales pueden consegui de donantes vivos no relacionados familiarmente pero sí afectivamente relacionados, tales como cónyuges, amigos o miembros de misma comunidad religiosa.
Desde el momento en que se ha reconocido a la muerte encefálica como la muerte de la persona y desde que se iniciaron los programas de trasplante con donantes cadavéricos, se ha insistido en que la donación debe ser anónima, altruista, solidaria, por a
al prójimoen y sin que por ella exista ningún de retribución económica.dePrecisamente en esos principios se sustenta la legislació boliviana relación a los trasplantes (Ley tipo No 1716 del 11 de noviembre 1996).
Para lograr la realización de los trasplantes con donantes cadavéricos, se requiere sin embargo, un alto grado de sensibilización y conocimiento por parte de la población de los resultados perseguidos y logrados con el trasplante de órganos y la aceptación de q muerte encefálica es la muerte de la persona. Esto se consigue únicamente gracias al concurso mancomunado de la sociedad en s conjunto y muy especialmente del estado, de la prensa, de los educadores, de la Iglesia y de las sociedades médicas.
A pesar de estos esfuerzos mancomunados, sin embargo, la tasa de donantes se mantiene estancada y el número de pacientes condenados a morir por falta de un órgano es cada vez mayor. A fin de incentivar la donación de órganos y disminuir esta brecha entre oferta y demanda, en muchos países se ha implementado el pago de los gastos funerales del donante, la otorgación de un se médico para los familiares del donante por parte de las instituciones en las que se encuentran asegurados los receptores beneficia con los órganos y la reducción de los impuestos para los familiares del donante en la comunidad a la que pertenecen. Estos incen por el momento no están contemplados en la legislación boliviana.
NIVELES DE LA OFERTA DE ÓRGANOS
DIVERSAS FUENTES PARA CONSEGUIR ÓRGANOS Donación Conciente (Lícita). Donación por Dinero (Pobreza a favor de los pudientes).
. “Tengo deudas y necesito el dinero. El precio final es negociable, pero sólo acepto dinero en efectivo ha asegurado al diario honkonés The South China Morning Post uno de los supuestos interesados en vend un riñón por algo más de seis millones de pesetas”. Muchos testimonios sobre el tema son publicados en la página de la UNESCO, es el ejemplo de Laudicei Da Silva quien en el verano de 1998 exigió una investigación judicial para aclarar las circunstancias por cuales había perdido un riñón en un hospital estatal en donde solo debían hacerle una intervención
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quirúrgica de un quiste ovárico. El representante del hospital dio una explicación inverosímil y se negó dar pruebas, argumentando que tanto el ovario como el riñón habían sido eliminados. Sobre los supuestos secuestros de recién nacidos en hospitales de Ucrania, con fines de comercializació de sus órganos, se cometen varios delitos contra las personas y contra la comunidad internacional: desapariciones forzadas de bebés, tortura y extracción ilegal y horrenda de órganos vitales. Se coment concretamente el caso de dos bebés nacidos a finales del 2002 en una misma clínica ucraniana que fuer
dados por muertos horas después del alumbramiento; a los padres se les negó la posibilidad de ver los cuerpos y posteriormente se descubrieron varios cadáveres de recién nacidos, con órganos vitales extraídos, en el basurero biológico del hospital. Una ONG local ha llegado a afirmar que podrían habers producido trescientas desapariciones similares entre el 2001 y el 2003.
La compra y venta de una parte del cuerpo. En otras palabras, la obtención de un riñón por parte de un paciente rico y desesperad seguir viviendo a partir de un donante vivo, pobre y también desesperado de conseguir algo de dinero para satisfacer sus necesida básicas.
Este tipo de donación retribuida, se ha dado con cierta frecuencia en Bolivia desde que se hicieron los primeros trasplantes de riñ Sin embargo, desde la promulgación de la Ley 1716 que expresamente prohíbe la retribución económica por los órganos donados, situación es cada vez menos frecuente.
El tráfico de órganos es una realidad en Latinoamérica. Países como Argentina, Brasil, Honduras, México y Perú, hacen este tipo comercio con compradores alemanes, suizos e italianos, según un informe de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). En Argentina, por ejemplo, hay denuncias de casos de retirada de corneas de pacientes a los que se les declaró muerte cerebral despu de haber falsificado exploraciones cerebrales.
Informaciones divulgadas por el Servicio Privado de Informaciones y Noticias (Seprin) destacan una ley aprobada en el Congreso argentino. Se trata de la Ley de Donante Presunto que para algunas organizaciones de derechos humanos tiene características claramente violatorias de los derechos de la ciudadanía, ya que obligará a la población entera a donar sus órganos - salvo que se exprese lo contrario. El tratamiento de esta ley ocurre en el momento en que se cuestiona la escasez de políticas para enfrentar el tráfico de órganos en la Argentina.
La Ley considera a todos los ciudadanos del país como futuros donantes. El proyecto dispone una modificación a la ley 24.193 de transplante de órganos y material anatómico humano, y establece en su artículo 5, que "la ablación podrá efectuarse respecto de t persona capaz mayor de 18 años que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos, la que será respetada cualquiera sea la forma en la que se hubiese manifestado".
Según el Ojo Digital Sociedad, expertos en la materia han señalado que tal ley no sólo es violatoria de los derechos de la ciudadan porque el Estado no debe obligar a los habitantes de un país a donar -, sino que eventualmente termina
Un informe del Seprin, publicado hace tres años, revela que, en la venta clandestina de órganos en Argentina. Un riñón puede cos más de 102 mil euros, un hígado 150 mil euros, pulmón (150 mil), cornea (87 mil), médula ósea (165 mil), corazón (150 mil), pánc (144 mil) e arterias (10 mil).
El comercio de órganos ocurre sobre todo en países en los que coexisten minorías bien acomodadas con mayorías pobres, con marcadas diferencias entre ambas, con un alto grado de injusticia social, sin leyes que regulen la práctica de los trasplantes y en p en los que no existe la injerencia del estado en el control de la actividad trasplantadora.
Si. Principalmente existía en la India, país al que viajaban numerosos pacientes ricos de Alemania y sobre todo Italia para trasplantarse en condiciones nada seguras y sin las más mínimas garantías, con riñones comprados de personas extremadamente pobres.
Ha sido también frecuente en Filipinas, HongEn Kong y la China, paises en los que los pobres venden un riñón por solo mil dólares ricos procedentes principalmente del Japón. menor grado también existe en muchos paises del norte de África y sobre todo en Egipto, en los que con frecuencia en la prensa se leen anuncios de oferta de riñones por parte de personas desesperadas por la pobreza, beneficiando a ricos desesperados por seguir viviendo.
En algunos paises de América Latina, como Bolivia, en los que coexiste la extrema pobreza con la injusticia social y la falta de ate por parte del estado para cubrir las necesidades básicas de la población, incluyendo el tratamiento dialítico para sustituir la funci renal perdida, los ricos también publican anuncios en la prensa solicitando riñones que son ofertados por personas agobiadas por pobreza. Y de la misma manera, estas personas desesperadas por satisfacer alguna necesidad básica con dinero, publican anuncio la prensa bajo el título de "Dono Riñón" tratándose en la realidad de la oferta de un riñón para la venta.
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IV.- ¿POR QUÉ SE CONSIDERA ÉTICAMENTE INACEPTABLE EL COMERCIO DE ÓRGANOS?
Por ser una forma abominable de explotación del hombre contra el propio hombre, permitiendo una desigualdad en las oportunidades de seguir viviendo gracias a un trasplante, a favor solo de los ricos que están en posibilidades de comprar el órgano desmedro de los pobres que se ven obligados a vender parte de su propio cuerpo para satisfacer sus necesidades básicas de supervivencia.
Comercio de Órganos (Venta de lugares para transplantes).
Tráfico de Órganos (Crimen Organizado).
Recientemente la policía federal brasilera capturó once individuos que traficaban con órganos y los vendían a 10 mil dólares cada uno en Sudáfrica. Brasil es uno de los países mas afectados por el tráfico órganos, especialmente en niños, pues el registro de niños que salen del país por adopción internaciona no concuerda con el registro en el extranjero, al parecer hay muchos que se “pierden”.
“En afro News el 12 de Enero de 2004, el fiscal general del Estado mozambiqueño está reforzando su ca sobre la supuesta red de traficantes de órganos humanos en Nampula, la capital regional del norte del país. Misioneros brasileños y los residentes en Nampula sospechan que oficiales de policía locales organ este comercio ilegal, que puede haber costado ya bastantes vidas humanas. La oficina central del fisca general del Estado en Maputo está estudiando varios casos de supuesto tráfico de órganos humanos en Mozambique. En Nampula, la investigación del fiscal general, Joaquim Madeira, está ofreciendo resulta a un ritmo muy lento”[3]. Según el gobierno de Mozambique y la misión brasilera, muchos niños fueron víctimas de asesinato con el fin de traficar sus órganos hacia Sudáfrica[4].
Por otro lado, en China se ha evidenciado en la página web Netease, una página similar a Ebay, el ofrecimiento y subasta de distintos órganos tales como pulmones, córneas, riñones e hígados. La página [ [
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ha defendido diciendo que no pueden hacer nada frente a las transacciones hechas por particulares en página. Las mafias chinas dedicadas al tráfico y comercio de órganos tienen como blanco para donación desde personas extremadamente pobres que se ofrecen como voluntarias, hasta presos condenados a muerte que son anualmente entre 5000 y 12000 individuos
Existen pruebas de que en China se extraen habitualmente órganos a los presos condenados a muerte, con sin su consentimiento. El disidente chino Harry Wu y la Laogai Research Foundation acusan al gobierno chino de promover acusaciones y condenas espurias con miras a mantener un mercado próspero de tráfico órganos.1 2 Un informe de Michael E. Parmly apoya estas denuncias, precisando que los órganos de los condenados van a parar a personas adineradas de China y el extranjero.3 La ONG Human Rights Watch asegura que se obliga a los presos a firmar las autorizaciones. 4 Portavoces del gobierno chino han admitido que en los hospitales del país se utilizan órganos procedentes de condenados a muerte, pero afirman que só en unos pocos casos y siempre con el consentimiento expreso de los presos. 5 El 6 de abril de 2007, el gobi chino aprobó una ley que prohíbe el tráfico de órganos y establece como requisito indispensable para la extracción que el donante ceda voluntariamente sus órganos.4 La situación denunciada en China guarda una similitud sorprendente con un relato de 1967 del escritor de ciencia ficción Larry Niven, titulado «The Jig-Saw Man» («El rompecabezas humano»).6 Niven presenta u futuro en el que a los condenados a muerte se les obliga a donar todos sus órganos, compensando así la deu contraída con la sociedad. La demanda creciente de órganos lleva a los legisladores a extender la pena de muerte a cada vez más supuestos.7
Este problema parece ser muy importante y grave en Rusia, debido a los miles de cuerpos no reclamado que son llevados directamente a los depósitos de cadáveres. En 1993 se dio a conocer que una compañí de Moscú había órganos (riñones, corazones y pulmones), timos, 2000 ojosextraído y más de700 3000 pares importantes de testículos, todos estos destinados a clientes1400 quehígados, pagaban1800 un [ precio muy importante y elevado, en diferentes hospitales a nivel mundial 2].
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En la mayoría de los casos, los individuos ricos que requieren un trasplan viajan a países subdesarrollados para obtener donantes. Es ahí mismo donde se realizan el procedimien bajo circunstancias poco seguras, sin leyes que regulen la práctica de los trasplantes y sin control algun
por parte de las autoridades. Se ha“dono visto incluso en periódicos de Egipto de personas que y desesperadamente quieren donar: riñón”,avisos obligadas por condiciones de extrema pobreza, vendiendo sus órganos por precios de hasta 1000 dólares. El tráfico de órganos es una acción criminal organizada que no conoce límites o fronteras. Esta aliment por la desesperación de muchos por seguir viviendo y fomenta la explotación de los pobres. Las absurda estrategias de mercadeo han llegado hasta el punto de ofrecer órganos por internet. Como ya se mencionó, la alta demanda y poca oferta de órganos hace que los precios en el mercado negro sean desorbitantes y sobre todo inaccequibles para mucha gente. Las organizaciones criminales (mafias) dedicadas al tráfico de órganos se valen de la pobreza de ciertas poblaciones en países subdesarrollados para reclutar “voluntarios” que donen sus órganos por precios n muy altos. Sin embargo las mafias revenden los órganos a quienes lo necesitan a precios exagerados.
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Así como el tráfico internacionales de drogas o la trata dehan personas, el tráficoa de órganos ha despertado en las autoridades que se visto obligadas pensar en estrategias quepreocupacione disminuyan di explotación humana. Por ejemplo en Argentina se aprobó recientemente la llamada Ley del Presunto donante, que obliga a todo individuo a donar sus órganos al morir a menos que este exprese lo contrari Dicha ley ha causado gran polémica a nivel mundial, pues es considerada por muchas organizaciones de derechos humanos como violatoria de los derechos ciudadanos. La ley manifiesta que "la ablación podrá efectuarse respecto de toda persona capaz mayor de 18 años que no haya dejado constancia expresa d oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos, la que será respetada cualquiera sea la forma en la que se hubiese manifestado". Lo que pretende la ley es aument la oferta de órganos para disminuir su tráfico.
El llamado "Tráfico de Órganos", sería una acción criminal organizada, destinada a proveer de órganos a los ricos consiguiéndolo partir de personas pobres. Un negocio de vida o muerte. El tráfico de órganos no tiene fronteras ni límites Mafias y particulares llegan a ofrecerlos incluso por Internet
La desesperación por seguir viviendo alimenta el aterrador negocio del tráfico clandestino de órganos humanos en el mundo, una actividad que no conoce fronteras ni límites. Por poner un ejemplo, sólo en México se realizan más de 4,000 trasplantes legales al año; además, más de 8,000 personas están lista de espera, de las que 15% mueren al no recibir un órgano, informa el Centro Nacional de Trasplantes (Cenatra) de México.
Con esta premisa, no es de extrañar que el precio de estos órganos en el mercado negro alcance precios desorbitados: 150,000 dó por un hígado, 120,000 por un riñón, 60,000 por un corazón ó 45,000 por la córnea, entre otros.
En este sentido, la Universidad de Murcia, en España, advierte que "uno de los problemas más importantes que promueven el trá de órganos es que la oferta legal no ha avanzado al mismo ritmo que la demanda. Ningún país tiene los órganos suficientes para cubrir las necesidades de la población".
Hace unos días se revivió la polémica en torno al destino de los órganos de muchos prisioneros en cárceles y campos de concentra chinos. Las manifestaciones populares para pedir una mayor atención al problema coparon la portada de muchos noticieros internacionales. Respecto al tema, la organización Human Rights Watch de Asia informa que en China se extraen ilegalmente má 3,000 órganos de prisioneros al año (más de ocho diarios).
Los precios de éstos varían en los mercados clandestinos "baratos" de India (Bombay) o Kuwait, entre otros: 1,600 dólares por la de las piernas de los prisioneros; 400,000 por los intestinos ó 127,000 dólares por un pulmón.
La sombra de Internet Según el diario español "El Mundo", en la Red se han encontrado numerosos anuncios de venta. Uno de el ofrece "cualquiera de los órganos" de un preso chino y destaca que la venta se realizará "a la persona que puje más alto". En otro d
los mensajes, aparecido en el portal de subastas chino Netease aparece "córnea de una persona con buena vista. Urge la venta por motivos de pobreza".
Las mafias también se sirven de la pobreza para comprar órganos y revenderlos a mayor precio. El rotativo se hace eco de una red internacional de traficantes de órganos desmantelada en 2004, que poseía negocios en todos los continentes.
La red, como muchas otras, no se servía generalmente del rapto o el asesinato para extraer los órganos y venderlos al mejor posto
El grupo reclutaba gente dispuesta a vender uno de sus riñones. Para ello, integrantes de la mafia viajaban a las ciudades más pob de algunos países, entre ellos Brasil o Tailandia, para encontrar "voluntarios", quienes eran enviados a Sudáfrica, donde reciben 10,000 dólares por uno de sus riñones.
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Pero, como manifestó el eurodiputado socialista León Schwartezenberg, "el tráfico ilegal de órganos existe como lo hace el tráfico droga", y puesto que se trata de la vida humana, es difícil pararlo VII.- ¿PODRÁ EXISTIR EN LA REALIDAD UN TRAFICO DE ÓRGANOS?
No. En efecto, hasta el momento, nunca se ha podido demostrar en ninguna parte del mundo la existencia de un tráfico de órgano Es más, en la practica es imposible su ocurrencia ya que el trasplante de cualquier órgano vital, incluyendo el riñón que es el más de ser realizado, implica la participación de un grupo de profesionales muy numeroso tanto en la preparación del receptor como e selección del donante, en el acto quirúrgico de la extracción del órgano del donante como en su implantación en el receptor, de
cuidados postoperatorios muy delicados y de un seguimiento a corto, mediano y largo plazo muy estrecho, con repetidos controle laboratorio y por imagen, numerosas hospitalizaciones para la realización de biopsias y la necesidad de tomar de por vida una variedad de drogas inmunosupresoras de uso restringido y estrechamente controlado.
Lo que sí existe es el "tráfico de personas". Generalmente se trata de personas pobres que son traficadas por los ricos para somete a la explotación laboral o a la explotación sexual y en el caso de los niños para adopciones.
VIII.- ¿CUALES SON LAS CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LA PROPAGACIÓN DE RUMORES EN RELACIÓN TRAFICO DE ÓRGANOS?
Las consecuencias derivadas de este tipo de rumores son sumamente perjudiciales ya que siembran la desconfianza de la població relación a los trasplantes e indirectamente conducen a un descenso en la tasa de donaciones cadavéricas, aumentando el número pacientes en lista de espera, prolongando su permanencia y aumentando su mortalidad.
Rumores relacionados con el tráfico de órganos y publicados en la prensa nacional en los primeros años de la pasada década, contribuyeron muy negativamente en el tratamiento de la Ley de Trasplantes y retrasaron considerablemente su promulgación en Parlamento. De la misma forma, este tipo de rumores en la actualidad perjudican seriamente el desarrollo de trasplantes con órg procedentes de cadáveres.
MEDIDAS PARA CONTRARRESTAR EL TRÁFICO Y EL COMERCIO DE ÓRGANOS. Campañas de Donación de Órganos de Manera Voluntaria.
En cuanto a Bolivia, la Ley boliviana de trasplantes contempla todos estos aspectos y su reglamentación complementaria promulgada en junio de 1997, insiste en la necesidad de estimular la donación cadavé
bajo estos principios. También cabe destacar la Declaración de la Asociación Médica Mundial sobre la Donación y Trasplante de Órganos donde se establece: "El pago por órganos y tejidos para donación y trasplante debe estar prohibido. El incentivo económico compromete el carácter voluntario de la decis y la base altruista de la donación de órganos y tejidos. Además, el acceso al tratamiento médico necesario, basado en la capacidad de pago, es inconsistente con los principios de justicia. Los órganos se sospeche hayan sido obtenidos a través de una transacción comercial no se deben aceptar para un trasplante. Además, se debe prohibir la publicidad sobre órganos. Sin embargo, se permite el reembols razonable de los gastos como los de la obtención, transporte, procesamiento, preservación e implantación."
La Unión Europea la ha declarado la guerra al comercio y tráfico de órganos, el Parlamento Europeo ha optado por desarrollar leyes que lo disminuyan, incluyendo en el Título V de los trasplantes de órganos disposición de material genético, 9 artículos entre los cuales se menciona “comete falta grave contra l ética profesional el médico que con propósito de lucro o sin él, propicia o ejecuta tráfico o comercio d material genético, partes de células, células, tejidos u órganos de origen humano sin perjuicio de la responsabilidades civil y penal que puedan corresponderle” y “el médico debe conocer y cumplir las disposiciones legales en relación con la obtención, donación, transfusión y suministro de sangre human Estas declaraciones establecen claramente los valores éticos de las organizaciones mundiales, donde la
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comercialización del cuerpo humano no tiene aceptación en ninguna de sus formas posibles.Pero toda e oferta de órganos ofrecidos ilegalmente responde a la gran necesidad de órganos para trasplantes, los cuales cada vez se hacen más necesarios y no existen políticas claras para suplir la demanda. Según la Universidad de Murcia, es necesario que los gobiernos implementen políticas que promuevan la oferta legal de órganos (donación cadavérica voluntaria) tanto para satisfacer las necesidades de demanda co para disminuir el tráfico y comercio ilegal de órganos.
Por otro lado es imprescindible avanzar en materia de igualdad social especialmente en lo corresponde a salud, erradicar la extrema pobreza disminuiría el problema de comercio y tráfico órganos que afrenta la sociedad a nivel mun
Mejorar las condiciones de vida y de salud de la población.
El comercio de órganos se puede evitar mejorando las condiciones de vida de la población, dando igualdad de oportunidades a ric pobres principalmente en relación a la salud y erradicando la extrema pobreza.
Paralelamente, los paises que aún no cuentan con una legislación adecuada, deben promulgar leyes insistiendo en la necesidad de estimular la donación cadavérica, con un sentido altruista y de solidaridad, castigando todo tipo de retribución económica por los órganos donados y con un control estrecho de la actividad de trasplantes por parte del estado. Precisamente, la Ley boliviana de trasplantes contempla todos estos aspectos y su reglamentación complementaria promulgada e junio de 1997, insiste en la necesidad de estimular la donación cadavérica bajo estos principios. Adicionalmente, la Comisión Coordinadora Nacional de Trasplantes creada por Resolución Ministerial el 19 de abril de 1999, tiene entre sus principales atribuciones, precisamente controlar la práctica de los trasplantes en todo el territorio nacional.
Combate al Crimen Organizado.
IX.- ¿QUE MEDIDAS SE DEBEN TOMAR PARA EVITAR LA PROPAGACIÓN DE RUMORES RELACIONADOS CO EL TRÁFICO DE ÓRGANOS? En primer lugar se debe asegurar un comportamiento ético por parte de todos los médicos y de los numerosos profesionales que participan en el complejo proceso de un trasplante.
En segundo lugar, se debe comprometer la participación activa del estado y muy especialmente de las autoridades sanitarias en el control de la actividad de trasplantes, asegurando la acreditación de los centros hospitalarios y de los equipos de trasplante, reportando con todo detalle todos los trasplantes realizados y especificando claramente el tipo de donantes utilizados y los resulta obtenidos. Con la creación de la Comisión Coordinadora Nacional de Trasplantes y con la reciente implementación de los Formul de Reporte, nuestro país actualmente está en condiciones de atender todos los aspectos mencionados.
Finalmente se requiere la participación activa de otros componentes de la sociedad civil en la investigación de los hechos denunciados, en la elaboración de los informes y en la divulgación de los mismos. En este aspecto es fundamental la participación responsable de la Iglesia, de la prensa y de las sociedades médicas.
Modelo Integral de Prevención de la Trata de Personas
La trata de personas es la violación sistemática de todos los derechos humanos en una sola persona por lo cua considerada la esclavitud del siglo XXI. Según el Protocolo de Palermo quien “promueva, solicite, ofrezca, fac
consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona recurriendo al uso de la fuerz
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rapto, el fraude, el engaño o el abuso de poder para propósitos de explotación sexual o laboral, servidum esclavitud o extracción de órganos” comete el delito.
1. El primer eje es el trabajo directo con el Gobierno Estatal. El Modelo de Prevención requiere el compro
del gobierno del Estado, la voluntad de las dependencias integrantes de aportar recursos humanos así c
el compromiso presupuestal para potenciar una campaña. De los Estados donde CEIDAS ha empeza implementar acciones del Modelo a escala (Guanajuato, Tabasco, San Luis Potosí, Estado de México y
año trabajaremos con Oaxaca y Tlaxcala) ha sido importante que un convenio se haya firmado entr
gobierno, CEIDAS y, en algunos casos, otras instituciones como la Universidad Estatal, lo que demuestr compromiso de desarrollar acciones de prevención y persecución de una manera Integral en el Estado.
2. El segundo eje son los jóvenes, un sector clave por la situación de vulnerabilidad en que se encuentra
población. Dentro del sector educativo varias acciones pueden ser desarrolladas. CEIDAS ha diseñado tal
interactivos para jóvenes de preparatoria y de universidad en los cuales se imparte información sobre
derechos humanos, qué es la trata de personas y, lo más importante, como evitar caer en las rede
tratantes. También se aborda el rol de la demanda en la promoción de la trata de personas con fine
explotación sexual, lo que puede ser una vertiente importante en el combate dentro de las poblacione
más alto ingreso como la que generalmente se encuentra en las escuelas privadas. Estos talleres de formar parte de la estrategia de cada escuela y pertenecer al temario de una materia permanente de
instituciones educativas. Los talleres no van solos, deben ir acompañados por materiales informativos sean impresos o a través de sus redes internas así como por la implementación de actividades cultur como por ejemplo: un ciclo de cine, concursos de cartel, ensayo, fotografía, etc.
3. El tercer eje es el Sector Privado. La Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas en el Articulo
Fracción VII destaca la importancia de acciones con el sector privado, dice: “Informar y advertir al pers
de las líneas aéreas, cadenas hoteleras, servicios de transporte público, restaurantes, bares y cen
nocturnos, entre otros, acerca de la responsabilidad en que pueden incurrir en caso de facilitar o no imp
las conductas inherentes a la trata de personas, así como orientarlos en la prevención de este delito” particular enfatiza el sector turismo y de transporte por su potencial relación con el delito. CEIDA desarrollado talleres y materiales que han sido usados con el sector privado, por ejemplo con el hotel Ho
Inn Express y Howard Johnson en el Estado de Tabasco. Con el sector de transporte CEIDAS ha trabajado
la fundación ADO quien puso capsulas informativas en sus camiones llegando a más de 5 millones de pers a nivel nacional. En el Estado de México se pusieron envolventes con el mensaje de la campaña “Lla Vive” en 140 camiones en el Estado.
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4. El cuarto eje en el cual estas acciones deben estar basadas es la investigación. Existe un hueco grand términos de conocimiento sobre este crimen. CEIDAS ha desarrollado un proceso de investigación el
consta tres etapas. Primero, realizó un Diagnostico de las Condiciones de Vulnerabilidad que propicia
Trata de Personas y segundo desarrolló el primer Índice Nacional sobre la Vulnerabilidad ante la Trat
Personas. La tercera etapa será una encuesta que mide el conocimiento del tema en la población así com percepción de la presencia del crimen. La primera encuesta piloto se realizó en el Estado de San Luis Po
y en Oaxaca en diciembre del 2010. Dentro del Modelo Integral las últimas dos etapas deben ser realizad nivel municipal para informar y enfocar la campaña así como la elaboración políticas públicas para reduc factores de vulnerabilidad en las áreas con más riesgo.
5. El último eje tiene que ver con los medios de comunicación. La creación de reportajes sobre el tema
clave para alentar a la población sobre las dimensiones de éste delito. Los periodistas deben e
capacitados para saber cubrir el tema en una manera responsable. La estrategia debe también incluir
revisión sobre la manera en que los medios mismos están promoviendo la demanda de servicios sexua través de los anuncios clasificados.
El combate de un crimen que tiene varios rostros requiere de una estrategia que reconozca la complejidad de es
delito y que lo combata desde varios frentes. El Modelo Integral de Prevención de CEIDAS da las herramientas par hacerlo.
Mejorar la Legislación y Fortalecer el Marco Jurídico
3.- CONCLUSIÓN.
· El comercio de órganos es una abominable explotación del ser humano, pues se garantiza supervivencia, gracias a un trasplante, solo a los ricos que pueden pagarlo mientras que se hac expensas del pobre, que se ve obligado a vender su cuerpo para poder satisfacer las necesidades bás de supervivencia. Todo esto debido a que el cuerpo humano se “puede” tratar como un bien ordinari cual se le puede poner precio. Con esto se está invitando a la corrupción y se está fomentand desigualdad. · Es necesario que los gobiernos se concienticen sobre la importancia de fomentar una cultura de dona mediante políticas públicas, y se sancione toda actividad ilícita relacionada con el tráfico y el comerci órganos. · Se debe establecer un marco legal basado en la ética que regule el trasplante de órganos y prete aumentar la oferta legal para disminuir las tasas de mortalidad a nivel mundial, así como el tráfi comercio ilegal de órga
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· El médico debe acatar las normas éticas y guiar sus acciones siempre pensando en el bienestar individuo no solo desde el punto de vista de la salud biológica, sino también desde el ámbito soci económico.
¿cuántas personas necesitan recibir un transplante? 10 de mayo 2011 Al día de hoy existen 14893 Se distribuyen de la siguiente manera: 7713 personas esperan recibir un trasplante 6773 personas esperan recibir un trasplante 345 personas esperan recibir un trasplante 43 personas esperan recibir un trasplante 12 personas esperan recibir un trasplante 4 personas esperan recibir un trasplante 3 personas esperan recibir un trasplante
de de de de de de de
Riñon Cornea Higado Corazón Riñon-Pancreas Pancreas Pulmón
fuente: Registro Nacional de Trasplantes Transplantes reportados en 2011 al 10 de mayo de 2011 A la fecha se han realizado: 685 trasplantes de Cornea 666 trasplantes de Riñon 26 trasplantes de Higado 7 trasplantes de Corazón 3 trasplantes de Hígado-Riñón
fuente: Registro Nacional de Trasplantes
Cuando a un paciente se le diagnostica que la única opción para atender su padecimiento es un trasplante, en este caso de riñón, se inicia un protocolo de trasplante. En este proceso se llevan a cabo estudios de laboratorio, estudi psicológicos y socioeconómicos, entre otros, con el fin de evaluar si el paciente está en las condiciones óptimas pa recibir el órgano. Una vez que un paciente finaliza el protocolo de trasplante y se determina que está en condiciones de recibir un órg
o tejido, es ingresado en la base de datos de pacientes en espera de un trasplante que supervisa el Cenatra a travé de la Dirección del Registro Nacional de Trasplantes. Una vez que se ha realizado el trasplante, el paciente es mantenido en observación para prevenir alguna complicac Una vez que los médicos diagnostican que nos hay riesgos, el paciente es dado de alta. Antes de irse a su casa el paciente y su familia reciben la información necesaria para conocer las condiciones y los cuidados que debe recibir el hogar para una mejor recuperación. El Comité Interno de Trasplantes del hospital es el organismo que decide a qué pacientes se inscribirá en la base d datos del Registro Nacional de Trasplantes para que se le realice un trasplante, esto después que el paciente ha cubierto el protocolo de trasplantes. Los integrantes del comité sesionan y analizan cada caso y sus decisiones que asentadas en un acta firmada por cada uno. 14 fotos | 468 vistas Los elementos son del 01 de nov 2005 & al 16 de ago 2010.
TITULO DECIMO CUARTO Donación, Trasplantes y Pérdida de la Vida CAPITULO I
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Disposiciones Comunes Artículo 313. Compete a la Secretaría de Salud:
I. El control sanitario de la disposición y trasplantes de órganos, tejidos y células de seres humanos, por cond del órgano desconcentrado denominado Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; II. La regulación sobre cadáveres, en los términos de esta Ley, y III. Establecer y dirigir las políticas en salud en materia de donación y trasplantes de órganos, tejidos y células, lo cual se apoyará en el Centro Nacional de Trasplantes, y en el Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea. Artículo 314.- Para efectos de este título se entiende por: I. Células germinales, a las células reproductoras masculinas y femeninas capaces de dar origen a un embrión; II. Cadáver, el cuerpo humano en el que se haya comprobado la pérdida de la vida;
III. Componentes, a los órganos, los tejidos, las células y sustancias que forman el cuerpo humano, con excep de los productos; IV. Componentes sanguíneos, a los elementos de la sangre y demás sustancias que la conforman;
V. Destino final, a la conservación permanente, inhumación, incineración, desintegración e inactivación de órga tejidos, células y derivados, productos y cadáveres de seres humanos, incluyendo los de embriones y fetos condiciones sanitarias permitidas por esta Ley y demás disposiciones aplicables;
VI. Donador o disponente, al que tácita o expresamente consiente la disposición en vida o para después d muerte, de su cuerpo, o de sus órganos, tejidos y células, conforme a lo dispuesto por esta Ley y demás disposicio jurídicas aplicables; VII. Se deroga.
VIII. Embrión, al producto de la concepción a partir de ésta, y hasta el término de la duodécima semana gestacio
IX. Feto, al producto de la concepción a partir de la decimotercera semana de edad gestacional, hasta la expu del seno materno;
X. Órgano, a la entidad morfológica compuesta por la agrupación de tejidos diferentes que concurren al desemp de los mismos trabajos fisiológicos;
XI. Producto, a todo tejido o sustancia extruida, excretada o expelida por el cuerpo humano como resultant procesos fisiológicos normales. Serán considerados productos, para efectos de este Título, la placenta y los anexo la piel; XII. Receptor, a la persona que recibe para su uso terapéutico un órgano, tejido, células o productos;
XIII. Tejido, a ladesempeñen entidad morfológica compuesta regularidad y que una misma función; por la agrupación de células de la misma naturaleza, ordenadas
XIV. Trasplante, a la transferencia de un órgano, tejido o células de una parte del cuerpo a otra, o de un individu otro y que se integren al organismo;
XV. Banco de tejidos con fines de trasplante, establecimiento autorizado que tenga como finalidad primo
mantener el depósito temporal de tejidos para su preservación y suministro terapéutico;
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XVI. Disponente secundario, alguna de las siguientes personas; él o la cónyuge, el concubinario o la concubina descendientes, los ascendientes, los hermanos, el adoptado o el adoptante; conforme a la prelación señalada, y
XVII. Disposición, el conjunto de actividades relativas a la obtención, recolección, análisis, conserva preparación, suministro, utilización y destino final de órganos, tejidos, componentes de tejidos, células, product cadáveres de seres humanos, con fines terapéuticos, de docencia o investigación. Artículo 315.- Los establecimientos de salud que requieren de autorización sanitaria son los dedicados a: I. La extracción, análisis, conservación, preparación y suministro de órganos, tejidos y células; II. Los trasplantes de órganos y tejidos; III. Los bancos de órganos, tejidos y células, y IV. Los bancos de sangre y servicios de transfusión.
La Secretaría otorgará la autorización a que se refiere el presente artículo a los establecimientos que cuenten c personal, infraestructura, equipo, instrumental e insumos necesarios para la realización de los actos relativos, confo a lo que establezcan las disposiciones de esta Ley y demás aplicables.
Artículo 316. establecimientos a que se refiere el artículo anterior contarán con un responsable sanitario quien deberán darLos aviso ante la Secretaría de Salud.
Los establecimientos en los que se extraigan órganos, tejidos y células, deberán de contar con un Comité Intern Coordinación para la donación de órganos y tejidos, que será presidido por el Director General o su inmediato inf que cuente con un alto nivel de conocimientos médicos académicos y profesionales. Este comité será responsab hacer la selección del establecimiento de salud que cuente con un programa de trasplante autorizado, al que env los órganos, tejidos o células, de conformidad con lo que establece la presente Ley y demás disposiciones juríd aplicables.
A su vez, los establecimientos que realicen actos de trasplantes, deberán contar con un Comité Interno Trasplantes que será presidido por el Director General o su inmediato inferior que cuente con un alto nive conocimientos médicos académicos y profesionales, y será responsable de hacer la selección de disponent
receptores Los paraestablecimientos trasplante, de conformidad lo que establece Leyrealicen y demástrasplantes, disposiciones juríd aplicables. en los que con se extraigan órganos lay presente tejidos y se únicam deberán contar con un Comité Interno de Trasplantes.
El Comité Interno de Trasplantes deberá coordinarse con el comité de bioética de la institución en los asuntos d competencia.
Los establecimientos que realicen actos de disposición de sangre, componentes sanguíneos y células progenit hematopoyéticas, deberán contar con un Comité de Medicina Transfusional, el cual se sujetará a las disposiciones para tal efecto emita la Secretaría de Salud. Artículo 317.- Los órganos, tejidos y células no podrán ser sacados del territorio nacional.
Los permisos para que los tejidos puedan salir del territorio nacional, se concederán siempre y cuando e satisfechas las necesidades de ellos en el país, salvo casos de urgencia.
Artículo 317 Bis.- El traslado fuera del territorio nacional de tejidos de seres humanos referidos en el artículo fracción VI de esta Ley que pueda ser fuente de material genético (ácido desoxirribonucleico) y cuyo propósito llevar a cabo estudios genómicos poblacionales, estará sujeto a:
I. Formar parte de un proyecto de investigación aprobado por una institución mexicana de investigación científ conforme a lo establecido en el artículo 100 de la Ley, al Reglamento de la Ley General de Salud en materia investigación y demás disposiciones aplicables, y
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II. Obtener el permiso al que se refiere el artículo 375 de esta Ley.
III. Para efectos de esta Ley, se entiende por estudio genómico poblacional al que tiene como propósito el aná de uno o más marcadores genéticos en individuos no relacionado que describen la estructura genómica de población determinada, identifican a un grupo étnico o identifican genes asociados a un rasgo, una enfermedad respuesta a fármacos.
La Secretaría, en coordinación con el Instituto Nacional de Medicina Genómica en su carácter de órgano aseso Gobierno Federal y centro nacional de referencia en la materia, llevará el registro de los permisos que se menciona la fracción II de este artículo.
Artículo 317 Bis 1.- El material genético a que se refiere el artículo anterior no podrá ser utilizado para finalida distintas o incompatibles con aquellos que motivaron su obtención.
Artículo 318.- Para el control sanitario de los productos y de la disposición del embrión y de las células germin se estará a lo dispuesto en esta Ley, en lo que resulte aplicable, y en las demás disposiciones generales que al ef se expidan.
Artículo 319.- Se considerará disposición ilícita de órganos, tejidos, células y cadáveres de seres humanos, aq que se efectúe sin estar autorizada por la Ley.
CAPITULO II Donación
Artículo 320.- Toda persona es disponente de su cuerpo y podrá donarlo, total o parcialmente, para los fines y los requisitos previstos en el presente Título.
Artículo 321.- La donación en materia de órganos, tejidos, células y cadáveres, consiste en el consentimiento t
o expreso de la persona para que, en vida o después de su muerte, su cuerpo o cualquiera de sus componente utilicen para trasplantes. Artículo 322.- La donación expresa constará por escrito y podrá ser amplia cuando se refiera a la disposición del cuerpo o limitada cuando sólo se otorgue respecto de determinados componentes.
En la donación expresa podrá señalarse que ésta se hace a favor de determinadas personas o institucio También podrá expresar el donante las circunstancias de modo, lugar y tiempo y cualquier otra que condicion donación.
Los disponentes secundarios, podrán otorgar el consentimiento a que se refieren los párrafos anteriores, cuan donante no pueda manifestar su voluntad al respecto.
La donación expresa, cuando corresponda a mayores de edad con capacidad jurídica, no podrá ser revocada terceros, pero el donante podrá revocar su consentimiento en cualquier momento, sin responsabilidad de su parte.
En todos los casos se deberá cuidar que la donación se rija por los principios de altruismo, ausencia de ánim lucro y factibilidad, condiciones que se deberán manifestar en el acta elaborada para tales efectos por el comité int
respectivo. caso de sangre, componentes sanguíneos y células de progenitoras hematopoyéticas se estará dispuesto enEn laseldisposiciones jurídicas que al efecto emita la Secretaría Salud. Artículo 323.- Se requerirá el consentimiento expreso: I. Para la donación de órganos y tejidos en vida, y II. Para la donación de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras hematopoyéticas.
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Artículo 324.- Habrá consentimiento tácito del donante cuando no haya manifestado su negativa a que su cuer componentes sean utilizados para trasplantes, siempre y cuando se obtenga también el consentimiento de algun las siguientes personas: el o la cónyuge, el concubinario, la concubina, los descendientes, los ascendientes hermanos, el adoptado o el adoptante; conforme a la prelación señalada.
El escrito por el que la persona exprese no ser donador, podrá ser privado o público, y deberá estar firmado éste, o bien, la negativa expresa podrá constar en alguno de los documentos públicos que para este propó determine la Secretaría de Salud en coordinación con otras autoridades competentes. Las disposiciones reglamentarias determinarán la forma para obtener dicho consentimiento.
Artículo 325.- El consentimiento tácito sólo aplicará para la donación de órganos y tejidos una vez que se conf la pérdida de la vida del disponente.
En el caso de la donación tácita, los órganos y tejidos sólo podrán extraerse cuando se requieran para fine trasplantes.
Artículo 326.- El consentimiento tendrá las siguientes restricciones respecto de las personas que a continuació
indican:
I. El tácito o expreso otorgado por menores de edad, incapaces o por personas que por cualquier circunstanci
encuentren impedidas para expresarlo libremente, no será válido, y
II. El expreso otorgado por una mujer embarazada sólo será admisible si el receptor estuviere en peligro de mu y siempre que no implique riesgo para la salud de la mujer o del producto de la concepción.
Artículo 327.- Está prohibido el comercio de órganos, tejidos y células. La donación de éstos con fine trasplantes, se regirá por principios de altruismo, ausencia de ánimo de lucro y confidencialidad, por lo qu obtención y utilización serán estrictamente a título gratuito.
Artículo 328.- Sólo en caso de que la pérdida de la vida del donante esté relacionada con la averiguación d delito, se dará intervención al Ministerio Público y a la autoridad judicial, para la extracción de órganos y tejidos. Artículo 329. El Centro Nacional de Trasplantes hará constar el mérito y altruismo del donador y de su familia.
De igual forma el Centro Nacional de Trasplantes se encargará de expedir el documento oficial mediante el cu manifieste el consentimiento expreso de todas aquellas personas cuya voluntad sea donar sus órganos, después d muerte para que éstos sean utilizados en trasplantes. CAPITULO III Trasplante
Artículo 330.- Los trasplantes de órganos, tejidos y células en seres humanos vivos podrán llevarse a cabo cua hayan sido satisfactorios los resultados de las investigaciones realizadas al efecto, representen un riesgo acep para la salud y la vida del donante y del receptor, y siempre que existan justificantes de orden terapéutico.
Está prohibido: I. El trasplante de gónadas o tejidos gonadales, y II. El uso, para cualquier finalidad, de tejidos embrionarios o fetales producto de abortos inducidos.
Artículo 331.- La obtención de órganos o tejidos para trasplantes se hará preferentemente de sujetos en los qu haya comprobado la pérdida de la vida.
Artículo 332.- La selección del donante y del receptor se hará siempre por prescripción y bajo control médico los términos que fije la Secretaría de Salud.
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No se podrán tomar órganos y tejidos para trasplantes de menores de edad vivos, excepto cuando se trat trasplantes de médula ósea, para lo cual se requerirá el consentimiento expreso de los representantes legales menor.
Tratándose de menores que han perdido la vida, sólo se podrán tomar sus órganos y tejidos para trasplantes co consentimiento expreso de los representantes legales del menor. En el caso de incapaces y otras personas sujetas a interdicción no podrá disponerse de sus componentes, vida ni después de su muerte.
Artículo 333.- Para realizar trasplantes entre vivos, deberán cumplirse los siguientes requisitos respecto
donante: I. Ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales;
II. Donar un órgano o parte de él que al ser extraído su función pueda ser compensada por el organismo donante de forma adecuada y suficientemente segura; III. Tener compatibilidad aceptable con el receptor; IV.
información completa sobre los riesgosen deellatrasplante; operación y las consecuencias de la extracción del órga tejido, Recibir por un médico distinto de los que intervendrán V. Haber otorgado su consentimiento en forma expresa, en términos del artículo 322 de esta Ley, y
VI.- Los trasplantes se realizarán, de preferencia, entre personas que tengan parentesco por consanguinidad, c de afinidad. Sin embargo, cuando no exista un donador relacionado por algún tipo de parentesco, será posible rea una donación, siempre y cuando se cumpla con los siguientes requisitos:
a) Obtener resolución favorable del Comité de Trasplantes de la institución hospitalaria, donde se vaya a realiz trasplante, previa evaluación médica, clínica y psicológica;
b) El interesado en donar deberá otorgar su consentimiento expreso ante Notario Público y en ejercicio del der
que le concede la presente Ley, precisar manifestando ha recibido información sobre el procedimiento médicos autorizados, así como que elque consentimiento es altruista,completa libre, consciente y sin que m remuneración alguna. El consentimiento del donante para los trasplantes entre vivos podrá ser revocable en cual momento previo al trasplante, y
c) Haber cumplido todos los requisitos legales y procedimientos establecidos por la Secretaría, para comprobar no se está lucrando con esta práctica. Artículo 334.- Para realizar trasplantes de donantes que hayan perdido la vida, deberá cumplirse lo siguiente:
I. Comprobar, previamente a la extracción de los órganos y tejidos y por un médico distinto a los que interven en el trasplante o en la obtención de los órganos o tejidos, la pérdida de la vida del donante, en los términos qu precisan en este Título;
II. Existir consentimiento expreso del disponente o no constar su revocación del tácito para la donación de órganos y tejidos, y III. Asegurarse que no exista riesgo sanitario.
Artículo 335.- Los profesionales de las disciplinas para la salud que intervengan en la extracción de órgan tejidos o en trasplantes deberán contar con el entrenamiento especializado respectivo, conforme lo determinen disposiciones reglamentarias aplicables, y estar inscritos en el Registro Nacional de Trasplantes.
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Artículo 336. Para la asignación de órganos y tejidos de donador no vivo, se tomará en cuenta la gravedad receptor, la oportunidad del trasplante, los beneficios esperados, la compatibilidad con el receptor y los demás crit médicos aceptados, así como la ubicación hospitalaria e institucional del donador.
Cuando no exista urgencia o razón médica para asignar preferentemente un órgano o tejido, ésta se suje estrictamente a las bases de datos hospitalarias, institucionales, estatales y nacional que se integrarán con los dato los pacientes registrados en el Centro Nacional de Trasplantes.
Artículo 337.- Los concesionarios de los diversos medios de transporte otorgarán todas las facilidades que requ el traslado de órganos y tejidos destinados a trasplantes, conforme a las disposiciones reglamentarias aplicables y normas oficiales mexicanas que emitan conjuntamente las secretarías de Comunicaciones y Transportes y de Salu
El traslado, la preservación, conservación, manejo, etiquetado, claves de identificación y los costos asociad manejo de órganos, tejidos y células que se destinen a trasplantes, se ajustarán a lo que establezcan las disposici generales aplicables.
El traslado de órganos, tejidos y células adecuadamente etiquetados e identificados, podrá realizarse en cualq medio de transporte por personal debidamente acreditado bajo la responsabilidad del establecimiento autorizado realizar trasplantes o para la disposición de órganos, tejidos y células. Artículo 338.- El Centro Nacional de Trasplantes tendrá a su cargo el Registro Nacional de Trasplantes, el
integrará y mantendrá actualizada la siguiente información: I.
Los datos de los receptores, de los donadores y fecha del trasplante;
II.
Los establecimientos autorizados conforme al artículo 315 de esta Ley;
III.
Los profesionales de las disciplinas para la salud que intervengan en trasplantes;
IV. Los pacientes en espera de algún órgano o tejido, integrados en bases de datos hospitalarias, institucion
estatales y nacional, y V.
Los casos de muerte encefálica.
En los términos que precisendelaslasdisposiciones reglamentarias, establecimientos a que se refiereproporcion el artículo de esta Ley y los profesionales disciplinas para la salud que los intervengan en trasplantes deberán información relativa a las fracciones I, III, IV y V de este artículo.
Artículo 339. La distribución y asignación de órganos, tejidos y células en el país, de donador con pérdida d vida para trasplante, deberá sujetarse a los criterios y procedimientos emitidos por el Centro Nacional de Trasplante
El Centro Nacional de Trasplantes supervisará y dará seguimiento dentro del ámbito de su competencia a procedimientos señalados en el párrafo anterior, mismos que deberán ser atendidos por los Centros Estatale Trasplantes que establezcan los gobiernos de las entidades federativas y por los comités internos correspondiente cada establecimiento de salud.
El Centro Nacional de Trasplantes dará aviso a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanita en caso de detectar irregularidades en el desarrollo de las atribuciones en el ámbito de su competencia.
Asimismo, el Centro Nacional de Trasplantes fomentará la cultura de la donación, en coordinación con el Con Nacional de Trasplantes y los centros estatales de trasplantes.
Artículo 340.- El control sanitario de la disposición de sangre lo ejercerá la Secretaría de Salud a través d Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
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Artículo 341.- La disposición de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras hematopoyéticas fines terapéuticos estará a cargo de bancos de sangre y servicios de transfusión que se instalarán y funcionará acuerdo con las disposiciones aplicables. La sangre será considerada como tejido.
Artículo 341 Bis. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ám de competencia, deberán impulsar la donación de células progenitoras hematopoyéticas, para coadyuvar e tratamiento o curación de los pacientes que las requieran, asimismo, la Secretaría de Salud fijará las bas modalidades a las que se sujetará el Sistema Nacional de Salud al respecto.
La Secretaría de Salud, emitirá las disposiciones que regulen tanto la infraestructura con que deberán conta bancos de sangre que lleven a cabo actos de disposición y distribución de células progenitoras hematopoyéticas, c la obtención, procesamiento y distribución de dichas células.
Artículo 342.- Cualquier órgano o tejido que haya sido extraído, desprendido o seccionado por interven quirúrgica, accidente o hecho ilícito y que sanitariamente constituya un deshecho, deberá ser manejado en condici higiénicas y su destino final se hará conforme a las disposiciones generales aplicables, salvo que se requiera para terapéuticos, de docencia o de investigación, en cuyo caso los establecimientos de salud podrán disponer de el remitirlos a instituciones docentes autorizadas por la Secretaría de Salud, en los términos de esta Ley y de disposiciones generales aplicables.
CAPITULO IV Pérdida de la Vida
Artículo 343. Para efectos de este Título, la pérdida de la vida ocurre cuando se presentan la muerte encefálica paro cardíaco irreversible.
La muerte encefálica se determina cuando se verifican los siguientes signos: I.
Ausencia completa y permanente de conciencia;
II.
Ausencia permanente de respiración espontánea, y
III.
Ausencia de los reflejos del tallo cerebral, manifestado por arreflexia pupilar, ausencia de movimientos ocu en pruebas vestibulares y ausencia de respuesta a estímulos nocioceptivos.
Se deberá descartar que dichos signos sean producto de intoxicación aguda por narcóticos, sedantes, barbitúric sustancias neurotrópicas.
Artículo 344. Los signos clínicos de la muerte encefálica deberán corroborarse por cualquiera de las siguie
pruebas:
I. Electroencefalograma que demuestre ausencia total de actividad eléctrica, corroborado por un mé especialista; II. Cualquier otro estudio de gabinete que demuestre en forma documental la ausencia permanente de encefálico arterial.
345. el la autorización Noconcubinario existirá impedimento alguno los para que a solicitudlos y con de las siguientes perso el oArtículo la cónyuge, o la concubina, descendientes, ascendientes, los hermanos, el adoptado adoptante; conforme al orden expresado; se prescinda de los medios artificiales cuando se presente la mu encefálica comprobada y se manifiesten los demás signos de muerte a que se refiere el artículo 343.
CAPITULO V Cadáveres
Artículo 346.- Los cadáveres no pueden ser objeto de propiedad y siempre serán tratados con respeto, dignid
consideración.
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Artículo 347.- Para los efectos de este Título, los cadáveres se clasifican de la siguiente manera: I. De personas conocidas, y II. De personas desconocidas.
Los cadáveres no reclamados dentro de las setenta y dos horas posteriores a la pérdida de la vida y aquellos d que se ignore su identidad serán considerados como de personas desconocidas.
Artículo 348.- La inhumación o incineración de cadáveres sólo podrá realizarse con la autorización del oficia Registro Civil que corresponda, quien exigirá la presentación del certificado de defunción.
Los cadáveres deberán inhumarse, incinerarse o embalsamarse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes muerte, salvo autorización específica de la autoridad sanitaria competente o por disposición del Ministerio Público, la autoridad judicial.
La inhumación e incineración de cadáveres sólo podrá realizarse en lugares permitidos por las autorida sanitarias competentes.
Artículo 349.- El depósito y manejo de cadáveres deberán efectuarse en establecimientos que reúnan
condiciones sanitarias que fije la Secretaría de Salud. La propia Secretaría determinará las técnicas y procedimientos que deberán aplicarse para la conservació cadáveres.
Artículo 350.- Las autoridades sanitarias competentes ejercerán el control sanitario de las personas qu dediquen a la prestación de servicios funerarios. Asimismo, verificarán que los locales en que se presten los serv reúnan las condiciones sanitarias exigibles en los términos de los reglamentos correspondientes.
Artículo 350 bis.- La Secretaría de Salud determinará el tiempo mínimo que han de permanecer los restos e fosas. Mientras el plazo señalado no concluya, sólo podrán efectuarse las exhumaciones que aprueben las autorid sanitarias y las ordenadas por las judiciales o por el Ministerio Público, previo el cumplimiento de los requis sanitarios correspondientes.
Artículo 350 bis 1.- La internación y salida de cadáveres del territorio nacional sólo podrán realizarse, medi autorización de la Secretaría de Salud o por orden de la autoridad judicial o del Ministerio Público.
En el caso del traslado de cadáveres entre entidades federativas se requerirá dar aviso a la autoridad sani competente del lugar en donde se haya expedido el certificado de defunción.
Artículo 350 bis 2.- Para la práctica de necropsias en cadáveres de seres humanos se requiere consentimiento cónyuge, concubinario, concubina, ascendientes, descendientes o de los hermanos, salvo que exista orden por es del disponente, o en el caso de la probable comisión de un delito, la orden de la autoridad judicial o el Minis Público.
Artículo 350 Bis 3.- Para la utilización de cadáveres o parte de ellos de personas conocidas, con fines de doce e investigación, se requiere el consentimiento del disponente.
Tratándose de cadáveres de personas desconocidas, las instituciones educativas podrán obtenerlos del Minis Público o de establecimientos de prestación de servicios de atención médica o de asistencia social. Para tales efe las instituciones educativas deberán dar aviso a la autoridad sanitaria competente, en los términos de esta Ley y de disposiciones aplicables.
Artículo 350 bis 4.- Las instituciones educativas que obtengan cadáveres de personas desconocidas s depositarias de ellos durante diez días, con objeto de dar oportunidad al cónyuge, concubinario, concubina o famili
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para reclamarlos. En este lapso los cadáveres permanecerán en las instituciones y únicamente recibirán el tratam para su conservación y el manejo sanitario que señalen las disposiciones respectivas.
Una vez concluido el plazo correspondiente sin reclamación, las instituciones educativas podrán utilizar el cadáv Artículo 350 bis 5.- Los cadáveres de personas desconocidas, los no reclamados y los que se hayan desti para docencia e investigación, serán inhumados o incinerados. Artículo 350 BIS-6.- Sólo podrá darse destino final a un feto previa expedición del certificado de muerte fetal.
En el caso de que el cadáver del feto no sea reclamado dentro del término que señala el artículo 348 de esta deberá dársele destino final. Salvo aquellos que sean destinados para el apoyo de la docencia e investigación p autoridad de Salud conforme a esta ley y a las demás disposiciones aplicables, quien procederá directamente o medio de las instituciones autorizadas que lo soliciten mismas que deberán cumplir con los requisitos que señale disposiciones legales aplicables.
Artículo 350 bis 7 .- Los establecimientos en los que se realicen actos relacionados con cadáveres de s humanos deberán presentar el aviso correspondiente a la Secretaría de Salud en los términos de esta Ley y de disposiciones generales aplicables, y contarán con un responsable sanitario que también deberá presentar aviso.
Derechos humanos y tráfico de órgano
Debate mundial de ética médica exige la necesidad de establecer un marco legal más amplio que tome e cuenta factores como la pobreza, las largas listas de espera, el mercado negro de órganos y el turismo d trasplante Por la Dra. Ana Lita – Directora de IHEU-Appignani Center for Bioethics Sab, 16 Feb 2008 12:00 +0000 0
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Persecución a Falun GongSustracción de órganos en China
E
l progreso en la ciencia y tecnología médica ha contribuido al crecimiento de los trasplan
de riñón y otros órganos en todo el mundo. Aun así, la diferencia entre la oferta y la demanda
trasplantes continúa aumentando. En Europa, por ejemplo, la media de tiempo de espera para un trasplante oscila alrededor de los años, y se espera que se alargue a diez años para el 2010. Con 120.000 pacientes con diálisis crónica y 40.000 pacientes en lista de espera para un riñón, ent 15% y el 30% de estos enfermos morirá anualmente -solamente en Europa Occidental- por la esca de órganos. Muchos pacientes se ven involucrados en el tráfico de órganos para encontrar una solución a la la espera. Paralelamente, varios criminales y otros individuos han reconocido que la escasez de órga es una oportunidad fácil para presionar a la gente de otros países que vive en la pobreza con el fi
que vendan sus órganos. La posibilidad de obtener enormes beneficios justifica su interés: vendedores de riñones obtienen entre 2.500 y 3.000 dólares, mientras que los receptores pagan e 100.000 y 200.000 dólares. El 11 de diciembre de 2007, el Centro para Bioéticas de IHEU-Appignani– copatrocinado por la Ofic del Relator Especial de Naciones Unidas sobre asuntos de Géneros y Avance de las Muje convocaron un debate entre expertos titulado “Interceptando crisis de derechos humanos: Trasplan tráfico de órganos”. Durante el debate, se plantearon varias preguntas sobre ética, medicina, derec y también problemas sociales en general. Entre los expositores se encontraban representantes de Naciones Unidas, el Consejo Europeo
Centro de Bioéticas de la Universidad de Pennsylvania, el Departamento de Cirugía de Trasplante d Universidad de Nueva York, y también el Departamento Médico de Cirugía y Trasplante Westchester. Entre los asistentes se encontraban estudiantes, periodistas, profesores, físicos, y o interesados. Se habló en profundidad sobre el tráfico de órganos y los mercados de órganos. El profesor Art Cap de la Universidad de Pennsylvania señaló que el grupo Falun Gong preocupa porque los practica que se encuentran en prisiones o campos de trabajo en China han sido utilizados como fuentes órganos para adinerados receptores de órganos, tanto a nivel nacional como internacional. Un miembro del público habló sobre un informe de investigación independiente realizado por
canadienses, un ex miembro del Parlamento canadiense, David Kilgour, y un abogado de derec humanos, David Matas, que confirma que los practicantes de Falun Gong están siendo asesinados sus órganos. Estos órganos se han ofertado a personas que desesperadamente han estado buscando órga compatibles. En el informe, los dos canadienses presentan 33 tipos de pruebas que han reunido ha ahora, incluyendo varios documentos, alegatos de testigos y llamadas de teléfono a hospitales, en cuales los mismos hospitales admitían tener órganos disponibles de practicantes de Falun Gong
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puede obtener más información sobre este asunto específico en www.organharvestinvestigation.n www.david-kilgour.com. Rachel Mayanja, Relatora Especial de Naciones Unidas para Asuntos de Géneros y Avance de Mujeres, destacó en sus notas introductorias la importancia crucial de la pobreza en el tráfico órganos.
Hasta qué punto aquellos que viven en la pobreza no tienen otra opción, fue también objeto de deb por los exponentes. Maud de Boer-Buquicchio, la primera mujer elegida Secretaria General del Con Europeo por la Asamblea Parlamentaria de la Organización, hizo hincapié en la necesidad de esfue coordinados multilaterales de los gobiernos para combatir el tráfico de órganos.
El doctor hindú Amit Kumar (en el centro), supuesto cerebro de operación ilegal de trasplante de riñón multimillonaria en India, es escoltado por la policía de Katma el pasado 8 de febrero. El mercado de órganos ilegalmente sustraídos y vendidos está creciend preocupa a los cirujanos de trasplantes legítimos. (Prakash Mathema/AFP/Getty Images)El prof Khalid Butt del Departamento Médico de Cirugía y Trasplante de Westchester habló sobre el papel d pobreza en la participación de donantes de órganos. Butt comenzó hablando sobre la historia trasplante, indicando que el primer trasplante de riñón se llevó a cabo en 1954, y llevó el debate h la razón esencial de los procedimientos de trasplante de órganos: salvar vidas. El profesor Butt dio tres razones para el trasplante de órganos: emocional, altruista, y económic sugirió que con el fin de mejorar las donaciones de órganos es necesario mejorar el tratamiento méd inicial del donante y el cuidado médico posterior.
El profesor Thomas Diflo del Departamento de Trasplante y Cirugía de la Universidad de Nueva Y habló sobre el creciente y complejo problema del “turismo de trasplante”. Los últimos datos de la Un Network for Organ Sharing (UNOS) en Estados Unidos enumeran aproximadamente a 98 individuos que esperan un órgano, comparado con los 30.000 órganos donados el año pasado. El Dr. Diflo señaló que la mayoría de las organizaciones profesionales relacionadas con la sanidad Estados Unidos se oponen a los mercados de órganos o a los incentivos económicos por la donació que los datos del comercio de órganos en India sugieren que a los donantes que se les paga, no
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benefician económicamente a largo plazo (en cuanto al ingreso anual medio). Diflo también señaló los órganos comerciados son normalmente de peor calidad y confieren un aumento del riesgo rechazo por parte de los receptores. Además habló sobre su propia experiencia como cirujano de trasplante, sobre el caso de un pacie sino-americano que había vuelto de China después de recibir un órgano trasplantado de un p
ejecutado, planteandoque importantes cuestiones presentó su propia investigación en C junto a un periodista, fue publicada en unéticas. artículoIncluso del Village Voice en 1999, cuando dos órga de presos chinos ejecutados fueron sustraídos sin el permiso de los familiares. El Dr. Diflo estimó que se realizaron 6.000 trasplantes de riñón en 2006, a un precio de 80.000 dóla por riñón. Lo cual significa un negocio de 500 millones de dólares al año. Entre las soluciones posibles que surgieron en este nuevo debate, se encontraba crear un marco l más amplio contra el tráfico de órganos, iniciar medidas para mejorar la salud en los “países donant identificar a los donantes ilegales, y negar el seguro médico para pacientes que han recibido trasplante en el extranjero. La responsabilidad criminal debería extenderse a todos aque
involucrados en el proceso del tráfico de órganos, incluyendo a agentes, intermediarios y al mis donante.
La Dra. Ana Lita, es Directora de IHEU-Appignani Center for Bioethics, una organización gubernamental imparcial que proporciona oportunamente investigación y análisis en profundidad so los retos bioéticos a los que se enfrenta la comunidad global. Para más informa www.humanistbioethics.org
http://www.lagranepoca.com/articles/2008/02/16/1775.html
adalajara Organos al mejor postor Los precios de compra alcanzan los 150 mil dólares El Occidental 26 de marzo de 2008
Maru García
Guadalajara, Jalisco.- Hay una oferta descarada de órganos, principalmente riñones e hígados en páginas de Inter en donde al mismo tiempo se venden casas, carros y cualquier artículo de primera necesidad. En este mercado neg el precio de los órganos alcanza precios desorbitados: 150 mil dólares por un hígado, 120 mil dólares por un riñón, mil dólares por un corazón o 45 mil dólares por la córnea, entre otros.
La compra y venta de una parte del cuerpo. Como puede ser un riñón, una córnea por parte de un paciente rico y desesperado de seguir viviendo a partir de un donante vivo, pobre y también desesperado de conseguir algo de din para satisfacer sus necesidades básicas.
Según un informe de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) el tráfico de órganos es una realidad en Latinoamérica, sobre todo en países como Argentina, Brasil, Honduras, México y Perú, asimismo se tiene identifica alemanes, suizos e italianos quienes hacen este tipo de comercio.
Se documenta que en Argentina, por ejemplo, hay denuncias de casos de retirada de córneas de pacientes a los qu
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se les declaró muerte cerebral después de haber falsificado exploraciones cerebrales.
El Servicio Privado de Informaciones y Noticias (Seprin) de Argentina ha documentado la venta clandestina de órga en donde un riñón puede costar más de 102 mil euros, un hígado 150 mil euros, pulmón (150 mil), cornea (87 mil), médula ósea (165 mil), corazón (150 mil), páncreas (144 mil), arterias (10 mil). Lo anterior se destaca luego que el Consejo Estatal de Trasplantes de Organos y Tejidos alertara sobre transaccio ilegales de órganos (específicamente riñones) en diferentes estados del país detectados a través del Internet.
Se detectaron tres casos en donde se solicita la donación de un riñón para pacientes radicados en el Distrito Feder Torreón, Coahuila, además de Perú y que el mismo organismo confirma que no forman parte de la lista de espera oficial de ninguna institución de salud en el país. EL TRAFICO DE ORGANOS El llamado "Tráfico de Órganos", sería una acción criminal organizada, destinada a proveer de órganos a los ricos consiguiéndolos a partir de personas pobres. No tiene fronteras ni límites, son mafias y particulares que llegan a ofrecerlos incluso por Internet.
Por poner un ejemplo, sólo en México se realizan más de cuatro mil trasplantes legales al año; además, más de oc mil personas están en lista de espera, de las que 15% mueren al no recibir un órgano, informó el Centro Nacional d Trasplantes (Cenatra) de México. Con esta premisa, no es de extrañar que el precio de estos órganos en el mercado negro alcancen precios desorbitados: 150 mil dólares por un hígado, 120 mil por un riñón, 60 mil por un corazón o 45 mil por la córnea, ent otros. LISTA DE PRECIOS: LA ONU
A continuación se muestra la lista de precios que elaboró con datos de la ONU y Human Rights Watch de Asia que el mercado mundial de órganos. Riñón: 120 mil dólares. Hígado: 150 mil dólares. Córnea: 45 mil dólares. Pulmón: 150 mil dólares. Corazón: 60 mil dólares. Páncreas: 120 mil dólares. Médula espinal: 60 mil euros. CORREOS ELECTRONICOS
Curiosamente la redacción de los correos electrónicos que están circulando en Internet es muy similar, lo único que cambia es el nombre de quien lo envía, el lugar de procedencia y otros datos. Pero pareciera que es un machote el usan. Los teléfonos que se ponen en los correos electrónicos no existen, y los que sí existen son de otras personas. CASO 1 Hola, me llamo Lucía Rendón y sí existo. Trabajo en MiBanco y estoy pasando; por este mal momento. Mis datos
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completos están al final de este mail.; Realmente tengo ganas de vivir, tengo 32 años y si puedes ayudarme, estoy tus órdenes, por favor, sólo comunícate conmigo; Mi hermano me está; ayudando a tener esperanza para seguir creyendo en la gente, a tener un día; más. Un mañana. No sé, pero hoy estoy dando mi 100% y lo único que pido e que mi mensaje se transmita. Te quito 1 minuto, ayúdame a salvar mi vida. Es muy fácil, sólo te pido tres favores:
1. El primero, por favor no borres este e-mail; consérvalo, pregunta entre; tus familiares y amigos, el mundo da muc vueltas y tal vez tú o alguien a; quién tú conoces me pueda ayudar;
2. Si sabes de alguien que quisiera donar un riñón, por favor, háblame!! Yo; sólo necesito uno! ninguno de los míos funciona.
3. Si me haces el favor de enviar este mensaje por la red, tengo oportunidad; de llegar a más personas y así, tengo más posibilidad de encontrar un donante. Que Dios te colme de bendiciones por tu tiempo en estas líneas y; disculpa las molestias. María Lucía Rendón Alanis Tel. (043) 7281-43 Huaraz Tipo de sangre: 'A'; RH positivo Nada les cuesta mandarlo, gracias
Un abrazo. Rápido, pero; grande!!!!!!!! Favor copia este mensaje y pégalo en un nuevo correo; "Nunca le digas a Di cuán grande es tu problema, dile a tu problema cuán; grande es Dios". Que Dios te bendiga! Es una súplica de amor por la vida no lo ignores. Gracias CASO 2 Urgente circulen Léelo porfa:
Hola, me llamo Rodrigo López Sánchez y is existo. Trabajo en la Auditoría Superior de la Federación y estoy pasan por este mal momento. Mis datos completos están al final de este mail. Realmente tengo ganas de vivir, tengo 28 a y is puedes ayudarme, estoy a tus órdenes, por favor, sólo comunícate conmigo. Mi hermano me está ayudando a tener esperanza para seguir creyendo en la gente, a tener un día más... un mañana. No sé, pero hoy estoy dando M 100% y lo único que pido es que MI mensaje se retransmita. Te Quito 1 minuto, ayúdame a salvar MI vida. Es muy fácil, sólo te pido tres favores:
El primero, por favor no borres este e-mail, consérvalo, y pregunta entre tus familiares y amigos, el mundo da much vueltas y tal vez tú o alguien a quien tú conoces me pueda ayudar.
2. Is sabes de alguien que ya no tenga esperanzas de un nuevo día y que quisiera donar un riñón, por favor, háblam ¡Yo sólo necesito! Uno, ninguno de los míos funciona. No quiero morir tengo una hija de 2 años.
3. Is me haces el favor de enviar este mensaje por la red, tengo oportunidad de llegar a más personas y así tengo m posibilidad de encontrar un donador. Que Dios te colme de bendiciones por tú tiempo en estas líneas y disculpa las molestias. Rodrigo López Sánchez Tel. 53-56-19-05 (D.F.)
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Tel. 53-55-87-62 (D.F.) Cel. 044-55-27-75-19-82 Tipo de sangre: 'A' RH Positivo
Nada les cuesta mandarlo, gracias. Un abrazo... rápido, pero grande!!!!!!!! Borra la cola para no recargar la red y as das cuenta que no es cadena de correos.
http://www.oem.com.mx/eloccidental/notas/n641079.htm
http://www.unmultimedia.org/radio/spanish/detail/132894.html
LA OTAN DE JAVIER SOLANA Y EL TRÁFICO DE ÓRGANOS Filed under: EUROPA, GUERRAS E INVASIONES by tenacarlos — 9 comentarios 12 abril, 2011
SOLANA LO SABÍA Y CALLABA Los libertadores que apoyamos resultaron ser traficantes de órganos
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Pascual Serrano Rebelión
En demasiadas ocasiones la opinión pública no hace seguimiento de los grandes acontecimientos y se queda sin saber qué
sucedió añosanteriormente después en lo referente a unEn conflicto asunt que acaparó la actualidad. algunoso casos se trata de cuestiones especialmente graves porque, en su día, supusieron la participación de nuestros países en conflictos bélicos y el paso del tiempo permite apreciar a dónde se ha llegado y cómo resultó ser el bando al que apoyamos militarmente.
Por ejemplo, en 1991 las grandes potencias occidentales, lideradas por la OTAN, fueron a una guerra para liberar a Kuwait de la invasión de Sadam Hussein. Como se había violado la soberanía de un país no hizo falta apelar a la defensa de la democracia y de los derechos humanos. Si hubiesen importado, debería ser motivo de preocupación la complicidad de aquellos libertadores en el régimen dictatorial que sufren hoy los kuwaitíes. Allí los partidos políticos están prohibidos. Hasta el mes de octubre pasado las mujeres debían tener el permiso de sus esposos para solicitar el pasaporte.
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Los protegidos de la OTAN
Según el último informe anual de Amnistía Internacional, la explotación y abusos del personal emigrante es muy frecuente, en especial de mujeres empleadas domésticas. L
pena de muerte está vigente tres personas fueron condenadas el pasado año, layejecución depende de la grac del emir de Kuwait, dueño de la vida de esas personas.
Ahora, un espectacular reportaje del diario El País del día 10 de abril relata el funcionamiento de una red tráfico de órgano extraídos por la guerrilla de Kosovo a presos serbios; en total se estima que la trama se cobró la vida de entre cien trescientas personas.
Se trata de la guerrilla a la que la OTAN fue a apoyar en la guerr de Yugoslavia, en su enfrentamiento con Serbia. Según un informe del Consejo de Europa, el órgano que vela por los derechos humanos en el continente, nada más terminar la guerra de Kosovo que dio la victoria al ELK gracias a la Alianza Atlántica, se desarrolló un monstruoso negocio de tráfico de órganos manejado por los dirigentes de esa guerrilla.
Un fiscal algo tardío
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El autor del informe, el senador y ex juez suizo Dick Marty, también acusa al actual primer ministro kosovar de ser uno de los máximos responsables de la delincuencia organizada Según el reportaje de El País, “la red lo controlaba todo:
transporte de cautivos a través de la frontera con Albania, entonces saturada e incontrolable; casas de acogida que no levantaban sospechas en la población; equipo médico mercenario, chóferes y guardianes, además de los necesarios contactos internacionales”.
Según el informe, era en Albania donde el ELK tenía una clínica secreta donde se extraían los órganos vitales de los prisioneros serbios que llegaban vivos y eran eliminados co
un simple tiro en lalisto cabeza el cliente, en una capita extranjera, estaba paracuando recibirlo.
Otro fiscal que ocultó datos espeluznantes
El portavoz y fiscal adjunto de la Fiscalía serbia para Crímenes de Guerra, Bruno Vekaric, sostiene -segú relata El País- que los órganos preparados para su comercialización eran trasladados en helicópt de la capital de Albania y desde allí iban a Estambul. “ A los prisioneros se les quitaban los riñones corazón, todo lo que era útil para el tráfico. Tenemos la lista de precios en marcos alemanes. Un corazón eran 80.000 marcos, un riñón, la mitad” , dice el fiscal.
Ya en noviembre de 2003 los funcionarios de la Administración interina de Naciones Unidas en Kosovo (Minuk) redactaron un informe de treinta páginas que calificaron de secreto y que enviaron al
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Tribunal Penal Internacional para Yugoslavia (TPIY). El informe se ha filtrado en febrero y reco testimonios escalofriantes de ocho exguerrilleros del ELK que dicen haber participado en el nego del tráfico de órganos.
En 2008, la ex fiscal del TPIY, Carla de Ponte, destapa graves indicios que apuntan al escándalo en su libro La Caza. Nada de todo ello fue juzgado por el Tribunal para la antigua Yugoslavia porque sus competencias se limitaron al period entre 1991 y 1999. A partir de esa fecha los vencedores amigos de la OTAN quedaban al frente del país y los tribunales internacionales apagan sus focos para dejarles trabajar con impunidad.
Los crímenes de guerra en Yugoslavia, aún impunes
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La fiscalía serbia ha pedido que un tribunal internacional independiente se ocupe del caso, pero esto ha sido vetado por Estados Unidos en el Consejo de Seguridad de la ONU. Parece que los tribunales internacionales son sólo para juzgar a serbios, los imputados albanokosovares que algun vez se sentaron en el banquillo -explica El País- quedan libres por falta de pruebas. En algún caso no se presentó n uno de los cuarenta testigos citados por la investigación policial, entre otras razones porque varios fueron asesinados.
Esta criminal historia no es ajena a los gobiernos occidentales. Fueron estos gobiernos quieren financiaron y bombardearo
Yugoslavia para defender y llevar poder ade losEuropa, guerrillero y líderes que, según el informe delalConsejo asesinaron prisioneros para despedazarlos y subastar sus órganos entre clientes solventes de los países ricos.
Todo ello lo hicieron con la complicidad de influencias y redes internacionales, y la impunidad que les daba la ausencia de tribunales que, mientras en su día juzgaban con rigor a los serbios, después se mostraron ausentes cuando se trataba de juzgar a quienes vendieron sus órganos después de asesinarlos. Así son las democracias y los derechos humano que la OTAN, Estados Unidos y Europa propagan en sus guerras por el mundo.
Pascual Serrano es periodista. Su último libro es “Traficantes de información. La historia oculta de los grupos de comunicación españoles”. Foca. Diciembre 2010 www.pascualserrano.net
http://tenacarlos.wordpress.com/2011/04/12/la-otan-de-javier-solana-y-el-trafico-de-organos
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Un informe abrumador: Tráfico de órganos en Kosovo Publicado el: Domingo, 23 de enero del 2011. Por: Jean-Arnault Dérens Fuente: Le Monde diplomatique Traducción: Julia Bucci, El Dipló
El informe presentado en diciembre pasado por el diputado suizo Dick Marty ant el Consejo Europeo denuncia el tráfico de órganos en Kosovo a fines de los 90. D confirmarse los datos que allí figuran, se verían involucrados en este crimen actuales miembros del gobierno de Kosovo.
El informe que presentó el diputado suizo Dick Marty el 16 de diciembre pasado ante el Consejo
Europeo sobre el tráfico de órganos, del que habrían sido víctimas algunos prisioneros del Ejército d Liberación de Kosovo (ELK), cayó como una bomba (1). Sin embargo, las afirmaciones de dicho informe no son nuevas: por un lado, ese tráfico ya se menciona en las memorias publicadas en 200 por la ex Procuradora General del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY), Carla De Ponte (2); por otro, la hipótesis del tráfico en Kosovo es un “rumor” que circula desde hace mucho tiempo. Asimismo, la investigación publicada en 2009 por los periodistas Altin Raxhimi, Michael Montgomery y Vladimir Karaj había confirmado la existencia de un verdadero “archipiélago” de centros clandestinos de detención del ELK en Albania (3).
Sin embargo, el informe de Marty aporta una gran cantidad de datos nuevos que permiten comprender mejor los mecanismos de este tráfico. En 1998 y 1999, varios cientos de prisioneros capturados por el ELK –principalmente serbios de Kosovo, pero también probablemente gitanos y albaneses acusados de “colaboración”– habrían sido deportados a Albania. Encarcelados en diverso pequeños centros de detención –como la famosa “casa amarilla” de la aldea de Rripë, cerca de Burrel, visitada por los inspectores del TPIY–, algunos de ellos habrían alimentado el tráfico de órganos. Los prisioneros eran conducidos a una pequeña clínica situada en Fushë Kruja, a unos quince kilómetros del aeropuerto internacional de Tirana, cuando se presentaban clientes para recib órganos. Entonces, se los fusilaba con un disparo en la cabeza antes de extraer los órganos,
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principalmente los riñones. Ese tráfico estaba conducido por el “grupo de Drenica”, un pequeño núcleo de combatientes del ELK agrupados alrededor de dos figuras clave: Hashim Thaçi, actual Primer Ministro de Kosovo, y Shaip Muja, entonces responsable de la brigada médica del ELK y actualmente asesor de Salud del mismo Hashim Thaçi. El informe de Marty deja muchas preguntas sin respuesta; en especial, el número exacto de
prisioneros víctimas de ese tráfico. La justicia serbia, por su parte, habla de 500 personas deportada a Albania. También se ignora quiénes eran los colaboradores extranjeros de ese tráfico y, sobre tod quiénes eran sus beneficiarios. Sin embargo, el informe señala que 60 pacientes del hospital universitario de Jerusalén habrían recibido un trasplante renal en 2001, una cifra excepcionalmente alta.
Es importante dar al supuesto crimen su justo valor. Si bien el tráfico es un hecho comprobado, se trata de un crimen masivo contra la humanidad que se sitúa, en la escala del horror, al “mismo nive que la masacre genocida de Srebrenica. Otro punto esencial es que ese tráfico se habría desarrollad al menos hasta 2001, es decir, dos años después del ingreso de las tropas de la OTAN en Kosovo y l instauración del protectorado de Naciones Unidas en el territorio. Por otra parte, el informe señala que, a partir de junio de 1999, la frontera entre Albania y Kosovo no era objeto de ningún control re
Acusaciones cruzadas
El informe suscitó una ola de protestas y desmentidas. Algunos quisieron descalificar el informe de Marty arrojando dudas sobre su autor, presentándolo como un “adversario de la independencia de Kosovo” o como un “enemigo del pueblo albanés”. El Primer Ministro de Albania, Sali Berisha, lo calificó abiertamente de “racista”. En apoyo a esas afirmaciones, se suele citar una entrevista que Marty dio en marzo de 2008 en el sitio de la Red Voltaire donde critica, desde el punto de vista de la legalidad internacional, la proclamación de la independencia de Kosovo (4). Esa toma de posición n se traduce en absoluto en una “aversión” hacia el pueblo albanés ni hacia Kosovo y el informe de
Marty no sería ni más ni menos sólido si su autor hubiese aprobado, desde ese mismo punto de vist jurídico, la proclamación de la independencia. Por último, observemos que la prensa de Albania reprocha explícitamente a Marty su “anti americanismo”, puesto que ya había revelado, en 2006, e escándalo de las cárceles secretas de la CIA en Europa. Estos últimos días, algunas declaraciones oficiales de Tirana asocian el supuesto “anti americanismo” del redactor del informe a su prejuicio “anti albanés”. No obstante, Marty pertenece al Partido Radical, una formación política que se ubica la derecha del tablero político suizo y que nunca fue famoso por su anti imperialismo furioso.
Algunos también acusan a Marty de tener “prejuicios políticos” por haber publicado su informe poco días después de las elecciones parlamentarias, organizadas en Kosovo el 12 de diciembre pasado y
manchadas por fraudes masivos cometidosesprincipalmente, por el Partido de Kosovo (PDK) de Thaçi. Ese argumento fácil de rebatir,según ya queparece, la concomitancia de Democrátic las fechas sólo se debe, evidentemente, a meras coincidencias del calendario. Las elecciones del 12 de diciembre fueron un escrutinio anticipado cuya fecha se pautó recién a principios de noviembre. ¿Q no habrían dicho si Marty hubiese publicado ese informe antes de las elecciones?
Por su parte Thaçi, directamente cuestionado, sacó la artillería pesada para responderle a Marty. En una entrevista publicada el 30 de diciembre pasado en el Tages Anzeiger de Zurich, retomó las
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acusaciones de racismo y llegó incluso a comparar el informe con la “ propaganda de Goebbels ” (5 A la inversa, el caso también está siendo sobreexplotado en el contexto político suizo, algunas semanas después de la adopción por referendo de una ley que prevé la expulsión de los “ extranjer delincuentes ” . La Presidenta de la Confederación, Micheline Calmy-Rey, prefirió, así, “diferir” la recepción del “Premio de la Diáspora” que la embajada de Kosovo en Berna debía entregarle a fines de diciembre. Además de engrosar las cifras de la delincuencia en Suiza, los albaneses serían “traficantes de órganos”. Es comprensible que algunos quieran oponer un rechazo global a esa criminalización colectiva.
Por último, muchos analistas estiman que sería “imposible” atribuir semejante crimen a ciudadanos albaneses e intentan “relativizar” el alcance del informe recordando la envergadura de los crímene cometidos por los serbios en Kosovo y el resto de los Balcanes. No podemos sino sorprendernos por giro de muchos, que antes presentaban a Del Ponte como una heroína de la justicia internacional – cuando perseguía a los criminales de guerra serbios–, mientras que desde que mencionó este tráfic prácticamente están cuestionando su salud mental. Florence Hartman, ex portavoz de Del Ponte, criticó así en varias entrevistas “la irresponsabilidad” de la ex Procuradora, que presentaría “simple
hipótesis como hechos confirmados”, subrayando que lasinvestigaciones, investigaciones en realizadas no habían aportado pruebas concluyentes. Ahora bien, esas especialpor en el la TPIY famosa “casa amarilla” de Rripë, nunca pudieron llevarse a cabo, en parte debido a la negación por parte d las autoridades albanesas a colaborar (6).
Algunas pruebas… Mientras se espera una investigación seria y sistemática que pueda establecer o no la realidad del tráfico de órganos, así como que tarde o temprano un tribunal competente pronuncie acusaciones, podemos dar por sentados varios hechos. En primer lugar, nunca se hallaron los cuerpos de varios cientos de serbios y otros prisioneros del ELK, y es muy poco probable que estén en el pequeño
territorio Kosovo,esdonde se muchos identificaron y registraron losdeportados eventualesaosarios y fosas comunes.de También ciertoya que de esos prisionerostodos fueron Albania, donde el ELK tenía una red de centros de detención. A su vez tenemos que admitir, más de diez años despué de los hechos, que es muy probable que esos prisioneros estén hoy en su mayoría muertos. Tampoc se descubrieron sus cuerpos en Albania (7).
Por otra parte, también se ha confirmado la existencia de un tráfico de órganos en Kosovo alimenta por “voluntarios” que iban a vender sus riñones. Los pacientes, principalmente israelíes, se dirigían la clínica Medicus de Pristina para recibir órganos sanos. Ese tráfico involucra a un personaje muy inquietante, un cirujano turco llamado Yusuf Erçin Sönmez, alias “Doctor Vautour”, actualmente prófugo. El caso de la clínica Medicus, cuyo juicio acaba de iniciarse en Pristina, no está
necesariamente ligado al eventual tráfico de órganos practicado diez años atrás sobre prisioneros d ELK, pero las coincidencias son perturbadoras (8).
En busca de los culpables
Las reacciones suscitadas en los medios albaneses, en la clase política y, de manera más general, e la sociedad albanesa –en especial en la diáspora (9)– recuerdan inevitablemente la actitud de negación opuesta durante mucho tiempo por amplios sectores de la opinión serbia frente a los
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crímenes cometidos por las fuerzas serbias. Los dos argumentos centrales son los mismos: “nuestro pueblo no puede haber cometido semejantes atrocidades” y “nuestro pueblo fue víctima de crímene aun peores que los que se le imputan”. Sin embargo, la realidad de los crímenes cometidos por las fuerzas serbias en Kosovo no invalida la hipótesis de que algunos albaneses podrían haber cometido otro crimen, particularmente abyecto.
El problema es que “el pueblo albanés” no es de ningún modo culpable de ese eventual tráfico, así como “el pueblo serbio” no tiene por qué cargar con la responsabilidad de la masacre genocida de Srebrenica: esos crímenes tienen culpables y corresponde a la justicia establecer la responsabilidad personal. El trabajo de la justicia es la única manera de evitar que pueblos enteros, y que las generaciones futuras, carguen con el peso abrumador de una responsabilidad colectiva. En Kosovo, sólo Albin Kurti, dirigente del movimiento Vetëvendosja (“Autodeterminación”) parece haber comprendido el verdadero significado de lo que está en juego. Kurti pidió oficialmente a la justicia que se haga cargo del expediente de Thaçi, considerando que era la única manera de liberar al conjunto de los combatientes y simpatizantes del ELK de la sospecha de una responsabilidad colectiva (10).
En Albania, una de las pocas voces críticas que se levantaron fue la del ensayista Fatos Lubonja, ex preso político del régimen estalinista e importante figura de la izquierda. En un artículo publicado p el diario Panorama, Lubonja se atreve a establecer un paralelismo entre ese crimen, supuesto, y el crimen, confirmado, de Srebrenica y subraya que ahora los albaneses corren el riesgo de cargar con ese peso abrumador sobre su conciencia colectiva. Al denunciar el “frente patriótico”, que se está formando de Tirana a Pristina para rechazar la investigación, escribe: “sin duda, la acusación es pesada, pero rechazar la investigación que la confirmaría o la invalidaría es aún peor. Esa negativa nos vuelve a todos culpables y creo que la mayoría de los albaneses no quieren sentirse vinculados ese tipo de crímenes” (11).
Las críticas a Marty la ausencia de pruebas provistas por informe. La resolución por unanimidad por señalan la Comisión de la Asamblea Parlamentaria delsuConsejo Europeo solicita,adoptad justamente, que se realicen investigaciones para establecer dichas pruebas. A través de la voz de s representante de Asuntos Exteriores, Catherine Ashton, la Unión Europea estimó que la misión europea Eulex, precisamente encargada de asistir a las instituciones de Kosovo en la construcción d Estado de derecho, debía llevar a cabo esa investigación. El gobierno albanés, sin dejar de repetir s críticas, hizo saber que no se opondría a que se realice dicha investigación en su territorio. Del Pont señaló, por su parte, el problema de la jurisdicción competente para hacerse cargo de un caso semejante: como el TPIY no puede abrir nuevos expedientes, habría que crear un tribunal ad hoc, o bien transmitir el expediente a la Corte Penal Internacional (CPI) (12).
Con la connivencia de Occidente
Por último, las responsabilidades que señala el informe no involucran sólo a Thaçi y los ex dirigente de la guerrilla albanesa. En su libro, Del Ponte explica la pared contra la que chocó a partir de 2000 cuando intentó realizar investigaciones sobre los supuestos crímenes del ELK y menciona con nomb y apellido al jefe de la misión de la ONU, Bernard Kouchner, así como al general francés Valentin, entonces comandante en jefe de la Fuerza de Kosovo (KFOR). Para tratar de explicar ese bloqueo, D Ponte escribe: “Estoy segura de que los responsables de la MINUK [ Misión de Administración
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Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo] e incluso de la KFOR temen por su vida y por la vida los miembros de sus misiones”. Más adelante, agrega: “según la lógica de la MINUK y la KFOR, [Hashim] Thaçi y [el ex jefe militar del ELK, Agim] Ceku no sólo representaban un peligro para la seguridad de su personal y el cumplimiento de sus misiones: también ponían en peligro toda la construcción del proceso de paz en los Balcanes ” (13).
En una entrevista publicada el 21 de diciembre por el diario serbio Politika, el capitán canadiense St Kellock, ex jefe del Departamento de Policía de la MINUK, declara: “No puedo afirmar que Kouchner conocía el tráfico de órganos, pero es imposible que no haya tenido información sobre el crimen organizado en Kosovo”. De hecho, la lucha contra el crimen organizado representaba una de las prioridades de las misiones internacionales en Kosovo. El capitán Kellock también explica que “toda crítica contra Hashim Thaçi y su entorno ” era inmediatamente rechazada en los “ círculos donde [éste] trabajaba ” (14).
Por “realismo político”, varios países occidentales eligieron jugar la “carta” política que representab Thaçi. Se sabe que ya durante la guerra este último estaba asesorado por agentes de algunos servicios de información, en especial la Dirección General de la Seguridad Exterior (DGSE) francesa. También se ha comprobado la participación directa de Thaçi en muchas actividades ilegales (chantaje, lavado de dinero, etc.). Por miedo a perder a un valioso aliado político, los “protectores” occidentales de Thaçi decidieron hacer la vista gorda sobre sus “pecados veniales”. Si una investigación confirma la implicación de Thaçi en un abyecto tráfico de órganos, la responsabilidad sus “protectores” occidentales podría ser abrumadora. Interrogado por un periodista serbio sobre el tráfico de órganos el 27 de febrero último durante un viaje oficial a Kosovo, Kouchner, entonces ministro de Asuntos Exteriores, había lanzado una carcajada, antes de exclamar “¿Tengo cara de vender órganos?” y de sugerirle al periodista “que fuera a hacerse ver” (15). Hoy, la risa de Kouchner resuena de manera siniestra.
Notas: 1 El informe está disponible en el sitio web del Consejo Europeo (http://assembly.coe.int/defaultF.asp). 2 Carla Del Ponte, La caza: yo y los criminales de guerra, Ariel, Barcelona, 2009. 3 Léase Altin Raxhimi, Michael Montgomery y Vladimir Karaj, “Albanie et Kosovo: les camps de la mort de l’UÇK”, Le Courrier des Balkans, 10-4-09 (http://balkans.courriers.info). 4 “Dick Marty: ‘L’indépendance du Kosovo n’a pas été décidée à Pristina’”, 12-4-08 (www.voltairenet.org). 5 “Martys Vorgehen erinnert mich an Goebbels”, Tages Anzeiger , Zurich, 30-12-10.
6 Léase Ben Andoni, “Trafic d’organes en Albanie: dans la ‘clinique fantôme’ de Carla Del Ponte”, Le Courrier des Balkans, 19-5-08. 7 Recordemos que en 2003 las autoridades albanesas se habían negado a acceder a los pedidos de los investigadores del TPIY, que querían realizar exhumaciones en el cementerio de Rripë. Esa negativa se justificó oficialmente por “razones culturales”.
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8 Léase “Trafic d’organes: le vaste réseau de ‘Docteur Vautour’, chirurgien turc”, Le Courrier des Balkans , 21-12-10.
9 Léase Blerim Shabani & Sevdail Tahiri, “Le rapport de Dick Marty secoue la diaspora albanophone en Suisse”, 20-12-10 (www.albinfo.ch). 10 Léase “Kosovo: Vetëvendosje demande que Thaçi soit déféré devant la justice”, Le Courrier des Balkans , 18-12-10. 11 Fatos Lubonja, “Pse refusohet raporti i Dick Martit?”, Panorama, 22-12-10. 12 Léase “Trafic d’organes de l’UÇK: Carla Del Ponte pour la saisine de la CPI”, Le Courrier des Balkans , 23-12-10. 13 Carla Del Ponte, La caza, op. cit., págs. 460-461. 14 Léase Rade Maroević, “Kušner je morao da zna”, Politika, 21-12-10, y R.S.V., “Trafic d’organes: Kouchner savait”, Le Courrier des Balkans, 29-12-10. 15 El video de ese intercambio circula mucho por Internet. Se lo puede consultar en Dailymotion (www.dailymotion.com/video/xg46z3_kosovo-kouchner-nie-le-trafic-d-organes_news).
J.A.D.es Jefe de Redacción de Le Courrier des Balkans. Su último libro publicado, en conjunto con Laurent Geslin, es Voyage au pays des Gorani (Balkans, début du XXIe siècle), Cartouche, París, 201
http://revista-amauta.org/2011/01/un-informe-abrumador-trafico-de-organos-en-kosovo/
Compraventa de órganos, el negocio de la necesidad Publicado el : 16 de septiembre 2010 - 7:37 de la tarde | Por Ramón Haniotis (http://www.flickr.com/photos/toronjazul/3563793174/sizes/m/in/photostream/)
Cinco médicos sudafricanos han sido imputados por haber realizado ilegalmente transplantes de riñ comprados a brasileños y rumanos pobres en beneficio de israelíes ricos. También fue imputado Richard Friedland, máximo responsable del principal hospital privado del grupo Netcare. Según la acusación, esa compañía médica hizo 109 trasplantes ilegales entre el 2001 y el 2003. Al principi los riñones procedían de ciudadanos israelíes, pero luego fueron reclutados ciudadanos rumanos y brasileñ porque eran mucho más baratos que los provenientes de Israel. Así lo aseguró la fiscalía sudafricana. Los israelíes recibían unos 20 mil dólares por sus riñones, mientras que los brasileños y rumanos percibieron alrededor de 6.000 dólares. Netcare negó haber actuado de forma incorrecta y comunicó que se defenderá las acusaciones ante la justicia. El proceso en Sudáfrica podría comenzar el próximo mes de noviembre.
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Continúan las ejecuciones en China Cuba: salud en peligro por bloqueo
¿Por qué se hacen transplantes? En muchos casos el transplante es la mejor, cuando no la única, posibilidad de salvar la vida un paciente si uno de sus órganos vitales deja de funcionar o está enfermo irreversiblement
Para hacerpueden la operación se necesita un donante y las de espera tan que largas los enfermos morir sin que les llegue el turno dellistas transplante. Se son calcula enque EEUU, cada año, muere un 20% de los pacientes en lista de espera sin haber recibido el órgano requerido. En la mayor parte de los países latinoamericanos, europeos y en EEUU la cantidad de donan se mantiene estable mientras el número de pacientes en espera de un transplante aumenta progresivamente. ¿Quienes son los donantes? En general, para el trasplante de riñón, una parte del hígado o de un pulmón, se puede recurrir a familiares pero no siempre es posible. También se pueden obtener órganos cuando se ha reconocido la muerte encefá de una persona. En algunos países la legislación permite la donación, siempre que sea anónima, solidaria, sin que haya retribución económica, no todos los habitantes que pueden hacerlo se inscriben en los bancos donantes. Para aumentar a los registrados en esas instituciones se han propuesto distintos incentivos, como pago de los funerales del donante o la concesión de un seguro médico para la familia del donante. Sin embargo, los pudientes han encontrado que el dinero también puede proporcionarles el órgano vital que necesitan para no morir. Si bien no se ha podido comprobar que efectivamente, exista un tráfico ilegal de órganos robados, los rum no cesan y entre la población crecen los temores. Las leyendas son muchas, pero nunca se ha podido proba robo de riñones, intestinos ni otro órgano. Cuando en la prensa de México apareció la noticia de que el tráf de órganos podría ser la causa de la desaparición de jovencitas en el Estado de Chihuahua, la Comisión Nacional de Trasplantes de ese país negó tal posibilidad. Sin embargo, según un informe de la Organización de las Naciones Unidas, la compraventa de órganos ex en América Latina, cuyos habitantes pobres venden parte de sus cuerpos a ricos alemanes, suizos e italiano Estos transplantes se hacen en clínicas autorizadas y con todas las garantías higiénicas y legales. Las autoridades sanitarias sostienen que no es posible robar órganos e implantarlos en un paciente porque operación de ese tipo requiere el trabajo simultáneo de muchos profesionales. A ello se suma que el órgan debe ser compatible, y para saberlo se necesitan muchos estudios, y la recuperación del receptor necesita especial atención. Reclutar donantes altruistas Para acabar con la triste práctica del tráfico y compraventa de órganos, los gobiernos toman distintas medi Entre ellas está la de publicitar los bancos de donantes y despertar la solidaridad de la población. El proble persiste, porque por los motivos que sean, religiosos o simple pereza, la gente no se suma a las listas de donantes. Otras medidas son declarar donante a toda la población, salvo quienes rellenen un formulario diciendo lo contrario. Este procedimiento encuentra la oposición de quienes defienden las libertades civiles y del individuo: el Estado no puede disponer de los restos de sus conciudadanos. Justamente por proceder de esa forma con los condenados a muerte es que se critica a China. Ese país ofre la venta los órganos de los delincuentes condenados a la pena capital. El tráfico legal, la compraventa de partes del cuerpo humano y el negocio de órganos sí es una realidad en la que los estados participan, como el ejemplo extremo de China, o cerrando los ojos. La pobreza e ignorancia en que otros países mantienen a
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ciudadanos ayuda a mantener y, desgraciadamente, quizá lleve a aumentar esta triste e infame forma de explotación del hombre por el hombre. Miércoles 11 de mayo Radio Nederland, la emisora internacional holandesa. 24 horas de noticias, análisis información en español http://www.rnw.nl/espanol/article/compraventa-de-organos-el-negocio-de-la-necesidad
Celebran en México foro internacional contra la trata de personas abril 15, 2010 chamosaurio Deja un comentario Ir a los comentarios
Celebran en México foro internacional contra la trata de personas Por: María Julia Mayoral México, 15 abr (PL) Un coloquio internacional contra la trata de personas tendrá lugar hoy en México, con participación del director ejecutivo de la Oficina de Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (UNODC Antonio María Acosta.La Secretaría de Relaciones Exteriores anunció que en el foro también intervendrán
canciller, y el ministro de Azul”, Gobernación, Fernando Gómez Mont. de las Naciones Unidas El evento Patricia respondeEspinosa, a la “Campaña Corazón impulsada por la Organización (ONU), con el propósito de combatir el flagelo de la esclavitud en sus diversas manifestaciones. Luego de la ceremonia inaugural, se realizarán dos conferencias magistrales, la primera de ellas, “Tendenc globales del fenómeno de la trata de personas”, correrá a cargo del titular de la UNODC. La segunda exposición será ofrecida por la Asesora Especial para Cuestiones de Género y Adelanto de la Mujer de la ONU, Rachel Mayanja, con una propuesta de “Informe sobre tráfico de órganos, tejidos y célu y la trata de personas para fines de remoción de órganos”, Ayer el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Raúl Plascencia, declaró el país intensifica las tareas encaminadas a combatir la trata de personas, cuyas principales víctimas son la mujeres y los niños. El Ombudsman nacional, en compañía de Kate del Castillo, embajadora de la CNDH Contra la Trata de Personas, visitó un albergue donde brindan atención médica, psicológica y educativa a féminas que sufrier esa experiencia. Allí conocieron las tragedias de algunas de mexicanas y centroamericanas, de entre ocho y 40 años de eda sobrevivientes de explotación sexual, laboral y empleo forzoso en el tráfico de drogas y armas, entre otras agresiones.
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Según las féminas, una de las artimañas de los delincuentes consiste en regalar boletos a las afueras de las escuelas o en parques públicos para acudir a fiestas, donde los jóvenes son drogados, alcoholizados y desp vendidos a las redes de explotadores. tgj/mjm http://chamosaurio.com/2010/04/15/celebran-en-mexico-foro-internacional-contra-la-trata-d personas/
La denuncia del ministro del Interior de Italia, Roberto Maroni, sobre el presunto tráfico de órganos de niños, sacó a la luz el problema de los menores migrantes que ingresan solos a Italia, muchos de l cuales desaparecen. Al participar el pasado viernes en la asamblea del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) celebrada en Roma, Maroni aseguró que existen “evidencias” del tráfico de órganos de menores q han sido localizados en Italia. Dijo que las pruebas se obtuvieron del análisis cruzado de datos sob menores desaparecidos tras llegar a la isla de Lampedusa (mayor punto de ingreso de migrantes indocumentados a Italia) con informaciones sobre tráfico de órganos enviados por los países de origen a través de la Interpol. El tráfico de órganos sigue en aumento a nivel mundial en una mezcla de lucro sin escrúpulos, necesidad desesperación, como nos cuenta en su informe Carlos Martínez, de Radio ONU. Escucha aquí la noticia http://seressinrostro.wordpress.com/2009/02/03/trafico-de-organos-lucro-necesidad-ydesesperacion/
14/10/2009 GMT 1 Un informe de la ONU pide prohibir la venta de órganos collectiu @ 17:39
El negocio del tráfico de órganos y del "turismo de transplante" es apabullante. Por eso se agradece este informe de la ONU, presentado ayer, como un paso para evitar la venta de órganos de los más pobres a l más ricos. La donación de órganos debe ser voluntaria, altruísta y sin compensación económica al donant ni cargo alguno para el receptor, como está recogido en la legislación española. La legislación interna de muchos países padece de un "vacío legal" para combatir y prevenir con efectivid el tráfico de órganos, advierte el informe. El documento presentado en la sede de la ONU analiza el fenómeno del tráfico de órganos, tejidos y células, así como el tráfico seres humanos con el propósito de extirparles órganos para trasplantes.
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La ONU advierte del vacío legal para combatir el tráfico de órganos La ONU recomienda incluir como un principio fundamental en todas las legislaciones la prohibición de generar ganancias con la venta de cuerpos u órganos humanos.
Por Patrick Worsnip NACIONES UNIDAS (Reuters) - Se necesita un nuevo pacto internacional para prohibir el tráfico de órganos, tejidos y células humanas, dice un reporte emitido el martes por Naciones Unidas y el Consejo de Europa. La venta de partes de cuerpos no sólo es antiética, también lleva a mayores riesgos para el donante y al receptor que los trasplantes voluntarios y libres, sostiene el reporte de 98 páginas. "Nosotros afirmamos como un principio que no debería coincidir una ganancia económica con la obtención de órganos y tejidos para trasplantes", dijo el académico la Universidad de Pensilvania Arthur Caplan, uno de los autores del reporte, en una conferencia de prensa. A pesar de las propuestas para crear un mercado legal de trasplantes comercialesm, " parece que pagar a cambio de órganos sigue siendo una situación que explota a los pobres, a la gente que no tiene elecciones en casi todas las partes del mundo, cuando venden un órgano", dijo Caplan. Aunque los datos sobre la escala delpor tráfico de de órganos son escasos, el reporte citó d estimaciones de que entre el 5 al 10 ciento unos posibles 68.000 trasplantes riñón en todo el mundo son resultado de esta práctica. El reporte destacó lo que llamó "turismo de trasplantes", en el que personas ricas de países de Europa occidental, Norteamérica y zonas de Asia visitaban naciones pobres de Africa, Asia, Europa del este y Sudamérica para obtener órganos.
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Un "paquete" que incluye el viaje y el procedimiento de trasplante podría costar desde 70.00 a 160.000 dólares, dijo el reporte, y la mayor parte de los fondos son distribuidos entre los profesionales e intermedia involucrados en la transacción en lugar del donante. "Las personas pobres y vulnerables venden sus órganos para resolver sus desesperadas necesidades económicas", sostiene el reporte, presentado a delegados de la ONU en una reunión el martes. "El abuso, fraudes y la coerción son comunes", agregó.
La salud de los vendedores de órganos entre un a un 85 ciento deque los casos, segúnórganos varios e estudios, afirma el reporte. En cuanto aempeoró los receptores, un58 estudio de por canadienses compraron extranjero mostró un 60 por ciento de sobrevivencia tres años después, "muchísimo menos" que la tasa de donaciones altruistas. El Consejo de Europa, un organismo de derechos humanos paneuropeo, ya tiene una convención contra el tráfico de órganos, pero existe un tratado de la ONU, aunque el organismo mundial ilegalizó el tráfico en personas para el propósito de transplantes. Una resolución de la Asamblea General en el 2004 instó a los estados miembros a adoptar leyes contra el tráfico de órganos, pero el reporte dijo que estas aún no existen o fueron ignoradas por muchos países, aun Caplan dijo que la situación está mejorando. (Editado en español por Ricardo Figueroa) Arthur Caplan es director del Centro de Bioética de la Universidad de Pensilvania. Fuente: Reuters Artículos relacionados: HEALTH: Study Faults Unregulated Trade in Human Organs Tráfico de órganos. Un negocio oscuro y atroz FACUA denuncia 31 anuncios de venta de órganos a través de Internet Quizás también le interese:
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15/04/2010|11:57
Desde México para el mundo
Campaña "Corazón Azul" contra la trata de personas
En el marco del coloquio internacional contra la trata de personas quetiene lugar hoy en México, se lanza la campaña "Corazón Azul", contra la trata de personas, con la participación del Director Ejecutivo de la Oficina de Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (UNODC), Antonio María Acosta.
Está de acuerdo con baja de la edad de imputabilidad penal para niños y jóvenes ? Si No NS/NC
México DF - México - 15 abr, Agencia Infancia Hoy.- Comenzó el Foro internacional cont la trata de personas, que se da en el marco de la "Campaña Corazón Azul", impulsada p
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la Organización de las Naciones Unidas (ONU), con el propósito de combatir el flagelo de esclavitud en las diversas manifestaciones. En el marco de ese Foro se lanza la campaña internacional contra la trata de personas "Corazón Azul"
El mandatario mexicano, Felipe Calderón, expresó que le resulta un orgullo que México s
el primer país delde continente y el mundo queimportante se lanza en la acción el d delito de la trata personas;americano además destacó que es velar por lacontra libertad las personas y urgió a poner un alto a las historias de sufrimiento de miles de personas, principalmente mujeres y niños, son engañadas para ser sometidos a explotación sexua Luego de la ceremonia inaugural, se realizan dos conferencias magistrales, la primera d ellas, "Tendencias globales del fenómeno de la trata de personas", correrá a cargo del titular de la UNODC. La segunda exposición será ofrecida por la Asesora Especial para Cuestiones de Género Adelanto de la Mujer de la ONU, Rachel Mayanja, con una propuesta de "Informe sobre tráfico de órganos, tejidos y células y la trata de personas para fines de remoción de órganos", Ayer el Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Raúl Plascencia, declaró que el país intensifica las tareas encaminadas a combatir la trata de personas, cuyas principales víctimas son las mujeres y los niños. El Ombudsman nacional de México, en compañía de Kate del Castillo, Embajadora de la CNDH Contra la Trata de Personas, visitó un albergue donde brindan atención médica, psicológica y educativa a féminas que sufrieron esa experiencia.
Allí conocieron las tragedias de algunas de mexicanas y centroamericanas, de entre och 40 años de edad, sobrevivientes de explotación sexual, laboral y empleo forzoso en el tráfico de drogas y armas, entre otras agresiones.
Según las mujeres, una de las artimañas de los delincuentes consiste en regalar boletos las afueras de las escuelas o en parques públicos para acudir a fiestas, donde los jóvene son drogados, alcoholizados y después vendidos a las redes de explotadores. El objetivo principal de la Campaña "Corazón Azul" es despertar conciencia entre la población, así como movilizar a los gobiernos, la sociedad civil, el sector privado y, en última instancia, a cada persona en la lucha contra la trata de personas
La Campaña Corazón Azul también tiene por finalidad posibilitar a los ciudadanos expres el apoyo a esa causa y conocer más a fondo ese problema y su gravedad, para promove las medidas coordinadas de lucha contra ese delito.
Se pretende que el Corazón Azul se convierta en el símbolo de la lucha contra la trata d personas, del mismo modo que el lazo rojo ha llegado a ser el símbolo de la lucha contr VIH/SIDA. Acciones propuestas: Sumarse al grupo Corazón Azul en Facebook y “lucir” e Corazón Azul en el perfil en Facebook; visitar el sitio web de la Campaña y “lucir” el
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Corazón Azul en su sitio web o en los medios de sensibilización (www.unodc.org/blueheart); incluir un enlace con la Campaña en su propio sitio web y “lucir” el Corazón Azul en los boletines, sitios web y blogs al informar sobre la campaña; confeccionar un Corazón Azul propio y “lucirlo” para fomentar la conciencia (las especificaciones se pueden descargar en el sitio web de la UNODC), difundir la campaña través de las redes y contactos; el Corazón Azul al organizar actividades de sensibilización en todo el mundo “Lucir” o participar en ellas, para señalar diversas fechas importantes relacionadas con la lucha contra la trata de personas o alguno de los días internacionales relacionados con la esclavitud, las mujeres o los niños; donar fondos o haciendo contribuciones en especie a la campaña y actos conexos. (Infancia Hoy)
http://www.infanciahoy.com/despachos.asp?cod_des=5061&ID_Seccion=169
http://www.mexicosocial.org/colaboradores/vision-experta/item/209-disponibilidad-dedonantes-y-distribuci%C3%B3n-equitativa-de-%C3%B3rganos-retos-de-los-trasplantes-en-el %C3%ADs.html?tmpl=component&print=1
Global Activity in Organ Transplantation 2009 Estimates: La actividad global en el trasplante de órganos 2009 Estimados ≈ 104,100 solid organs transplanted each year ≤ 10% of global needs Information of organ transplantation activities is included in the GODT: 3 countries from 2007; 10 from 2008 and 89 from 2009 92 Member States reported having any activity on transplantation to the GODT
≈ 104 100 trasplantados de órganos sólidos cada año ≤ 10% de las necesidades mundiales Información de las actividades de trasplante de órganos está incluido en el godt:
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Tres países a partir de 2007, 10 a partir de 2008 y 89 a partir de 2009 92 Estados miembros han comunicado que cualquier actividad en el trasplante a la go Kidney Liver Heart Lung Pancreas 69300 20300 5330 3330 2380
Riñón Hígado Corazón Pulmón Páncreas 69300 20300 5330 3330 2380
1.
¿A qué llamamos Transplante?
El transplante es un procedimiento por el cual se implanta un órgano o tejido procedente de donante a un receptor. Existen 2 tipos de transplantes:
De órganos (riñón, hígado, córnea, etc.) De tejidos (médula ósea, células endocrinas, etc.)
Mientras que los transplantes de tejidos precisan de intervenciones quirúrgicas complejas, p empalmes vasculares y de conductos. En el transplante de tejido el procedimiento es sim inyectandose las celulas suspendidas y dejando que estas se implanten en su lugar de desti
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1.
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Tipos de transplante.
Se habla de alotransplante cuando el órgano procede de un individuo de la misma espe Cuando el órgano a transplantar procede del mismo individuo(piel, pelo, etc.) se denom autotransplante. Existe un tercer tipo de trasplante, el xenotransplante, que consiste trasplantar un órgano de un donante animal a un receptor humano. Este último tipo trasplante conlleva serios problemas en cuanto a rechazo se refiere.
De los tres tipos de transplantes, nos centraremos básicamente en el alotransplante, el ejem histórico típico es la transfusión sanguínea que se realizó exitósamente en 1901. Lauste descubre el sistema A.B.O. gracias a este descubrimiento comienza a dislumbrarse el proble y las causas del fenomeno del rechazo. En 1902 Alexis Carrel pone a punto la técnica anastomósis vascular y resuelve asi uno de loa principales problemas técnicos. En 1958 V Roux descubre el sistema HLA y se logra explicar el rechazo. Ya en 1954 se habia realizado éxito el primer transplante renal en gemelos y comienza a probarse diversas dro imnmunodepresoras iniciandose, seguidamente, una serie de transplantes.
En 1963 Hardy realiza el primer transplante de riñón al que le siguió Starzlcon el primero hígado.
En 1967 Cristian Barnard logra transplantar, con éxito, un corazón en medio de un inte debate científico y social pues el corazón es considerado un símbolo de afectividad. paciente viviría 18 dias.
En 1978 aparece la ciclosporina A posibilitando un control aceptable del rechazo. De e forma se dotaba de utilidad terapéutica al transplante.
1
Historia de los problemas éticos.
En el corto lapso de tiempo que constituye la historia de los transplantes de órganos se fue sucediendo diferentes ploblemas éticos que se pueden agrupar siguiendo a Diego García torno a tres etapas o fases.
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A. Fase experimental: Compende los años transcurridos desde 1950 a 1975. Se plant todos los problemas éticos relacionados con la experimentación en humanos.
B. Fase de consolidacion: Abarca desde 1975 hasta 1983. Se legisla acerca de la mu cerebral y sobre los requisitos que debe cumplir el proceso de donación y transplante. Me la relación costo-beneficio y riesgo-beneficio, pero se sigue cuestionando la inversión requieren.
C. Fase terapéutica: Esta etapa comienza con la aparición de la ciclasporina A y con una efectiva inmunosupresión, por lo que el trasplante comienza a ser realmente útil. En e fase los problemas tienen que ver con la escasez de recursos y de órganos, asi como la ju selección de los receptores.
2
Muerte Cerebral
El concepto de muerte ha ido variando a lo largo de la historia, la muerte nat tradicionalmente ha sido la muerte cardiopulmonar, a mediados de este siglo surge el conce de muerte cerebral. Concretamente surge en la XXII Reunión Medica Mundial celebrada Sidney a partir de la cuestión ¿qué dota de naturaleza "humana" a un ser vivo?.
La muerte cerebral se define, según la President's Comission's, de la siguiente forma: "Un individuo esta muerto cuando le ha sobrevenido o bien el cese de las funcio respiratorias y circulatorias, o bien el cese irreversible de todas las funciones cerebr incluyendo el tronco cerebral. La determinación de muerte cerebral debe realizarse de acue a los estándares médicos aceptados".
Se perfila, asi, una definición no estática sino permisiva con los cambios científicos y cultura
El concepto de muerte cerebral ha sido muy importante en la historia de los transplantes que ha permitido el transplante de órganos impares como el corazón, algo antes impensa Este estado se consige mediante técnicas de soporte vital.
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La muerte cerebral es un estado que se caracteriza principalmente por 1.falta de activi cerebral, 2.irreversibilidad y 3. falta de actividad en el troncoencéfalo. Pero existen otra s de signos secundarios que nos indican la existencia de este estado como la ausencia movimientos oculares y pupilares, parálisis de la musculatura bulbar o cese de la respirac espontánea.
3
El trasplante cardíaco.
El transplante cardíaco se indica a aquellos cardiópatas que no se pueden beneficiar de o tratamiento médico o quirúrgico y cuya esperanza de vida es inferior a un año y probableme a 3-6meses. Entre las cardiopatías en la que se indica el transplante de corazón se incluyen
• •
Miocardiopatía dilatada idiopática, viral o familiar Miocardiopatía isquémica
•
Cardiopatías congénitas
La experiencia en el campo y la incorporación de nuevos avances en cuanto a inmunosupre se refiere ha conseguido que se amplie la edad límite para recibir un corazón de 50 a 60 a lo que multiplica por cuatro la existencia de receptores potenciales, ademas estos pacien tienen una incidencia menor de episodios de rechazo agudo, precisando tratamien
imnunosupresores menos agresivos y una reducción de la mortalidad secundaria a infeccion Desde un punto de vista medico las contraindicaciones del transplante cardiaco son:
•
Hipertensión arterial pulmonar
•
Infección activa(frente a VIH o infeccion pulmonar)
• •
Neoplasia o enfermedad sistemica con corto pronostico de vida Enfermedades relacionadas con el tratamiento inmunosupresor
•
Inestabilidad psicosocial.
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No obstante en la actualidad se puede esperar una supervivencia superior al 70% a los 5 a con una calidad de vida normal.
A pesar de ser hoy una técnica rutinaria, la evolución histórica del trasplante cardíaco no pu hacernos olvidar que aquellos centros que han mantenido con éxito programas clínicos trasplante cardiaco han tenido una larga tradición de investigación experimental y el énfasi la cirugía experimental ha coexsistido con el esfuerzo clínico.
4
Rechazo
Existe un progresivo aumento de respuestas inmunologicas desde los autoinjertos hasta xenoinjertos debido a que disminuye la compatibilidad de tejidos entre el donante y receptor.
Se habla de rechazo primario cunado el sistema inmunitario del receptor entra en contacto vez primera con los tejidos transplantados y estos finalmente no logran insertarse en receptor. Debido a la memoria inmunologica se lleva a cabo un segundo transplante de te procedente del mismo donante, se produce un fenomeno de rechazo o rechazo secundario se realiza más rápidamente y con efectos más graves que el primero.
Segun los efectos y el momento en que sobrevengan los fenómenos de rechazo se pue hablar de varios tipos:
Rechazo hiperagudo: a los pocos minutos de realizarse el transplante, se debe presencia de anticuerpos preexistentes en la sangre del receptor y que reconocen a moleculas MHC(proteinas del complejo de histocompatibilidad) extrañas y las destruyen.
Rechazo agudo: Ocurre mas tarde desde varios dias hasta un mes despues transplante. Se debe a la accion de los linfocitos T y B, de los macrófagos, a la formación complejos anticuerpo-complemento en las arteriolas renales y la acción de plaque sanguineas.
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Rechazo tardío o crónico: Parece que el órgano se ha adaptado pero al cabo de 3 me o más es rechazado debido a diferentes reacciones de hipersensibilidad contra los teji transplantados.
Los métodos por los que las celulas de los tejidos transplantados son atacados por el siste inmunitario del receptor es muy variado.
No hay ningun problema en los transplantes en los que los sistemas de histocompatibilidad donante y del receptor son iguales. Pero esto, desgraciadamente, sólo ocurre en aque personas con una constitución genetica identica (gemelos homocigoticos). Tampoco lo hay transplantes de tejidos que no reciben irrigación sanguinea o la tienen muy escasa, como e caso de la cornea del ojo, ya que en estos casos las celulas extrañas no se ponen en conta con las celulas inmunitarias del receptor y no se desencadena ninguna reacción inmunológic
En los demas casos, para disminuir la probabilidad del rechazo se intenta que exista el máx grado de histocompatibilidad entre donante y receptor, analizandose en ellos el gr sanguineo y el tipo de HLA que tienen sus celulas. Antes del transplante se suele somete receptor a una serie de tratamientos con inmunosupresores, como la ciclosporina, destinad disminuir la actividad del sistema inmunologico y su reconocimiento de moleculas extrañas que puede llevar a problemas de tipo infeccioso si el paciente no se encuentra aisl convenientemente.
5
Introducción a la inmunosupresión.
La terapia inmunosupresora es esencia en la prevención del rechazo al transplante renal y e que va a favorece una adecuada aceptación del injerto. El receptor debe estar consciente d necesidad del uso a largo plazo de estos medicamentos.
La respuesta inmunologica del receptor al injerto esta mediada por los linfocitos T activad participando en el reconocimiento de los antígenos del HLA, asi pues T4 reconocen la clas mientras que los T8 reconocen la clase I.
La estimulación de los linfocitos T4 por los antígenos HLA II producen un estimulante para macrófagos y la formación de receptores de insulina, transferrina, IL 1 y 2. Los linfoc
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cititixicos activados por la clase II forman IL1, posteriomente los macrófagos activa producen IL 1 y 2, la cual actua en sus receptores estimulando la sintesis de DNA y profilireson clonal de celulas portadoras de receptores. La IL2 produce la salida de IFN-gam que activa macrófagos y linfocitos B. Al activarse los linfocitos T4 se produce la salida linfoquinas que actuan sobre macrófagos y linfocitos T y B. El rechazo se origina en el efecto los linfocitos T, los macrófagos y sus productos.
Dentro de los farmacos impleados para la inmunosupresión tenemos:
-Azatioprina -Corticoides -Ciclosporina A -Preparaciones antilinfociticas
1.
Azatioprina
Se dispone desde 1961. Es una analogo de las purinas cuyo metabolito hepatico es la mercaptopurina. Sus metabolitos se incorporan al DNA celular inhibiendo la sintesis y metabolismo del nucleotido de la purina alterando la función del RNA. De esta manera inhi la proliferanción clonal de los linfocitos B y T. Se utilila la prevención mas no para tratamiento de rechazo.
Generalemente se usa asociada a otras drogas como corticoides y coclosporina A. combinación con prednisona ha tenido un buen indice de efectividad inmunosupresora transplantes renales.
La dosis de inmunosupresión es de 2mg/Kg/dia.
Al igual que inmunosuprima la proliferación celular de linfocitos T, tambien actua a nivel de celulas hematopoyeticas, dusmunuyendo su producción, por lo cual su dosis debe
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regularizada dependiendo del numero de neutrofilos o su se alteran las pruebas de func hepatica.
2.
Corticoides
Inhiben en forma directa los lifocitos T generados por los antigenos del injerto, indirectame inhiben la producción de IL-2. Se utilizan tanto para la prevención como para el tratamiento rechazo al trasplante. A dosis altas pueden producir lifolisis.
Los mas empleados en inmunosupresión son la prednisona, a dosis de 2mg/Kg (minimo 20m que se disminuye progresivemente hasta 0.25mg/Kg, y la metilprednisolona que se utiliza e periodo operatorio a 10mg/Kg.
Este medicamento potencia la acción de la Ciclosporina A, por lo cual se pueden u asociados.
El efecto colateral que se observa con mayor grecuencia es el retardo pondoestatural.
3.
Ciclosporina A
Metabolito micotico, estraido del hongo Tolypocladuin inflatum, endecapeptido ciclico surgio como uno de los proncipales avences de la terapia inmunosupresora antirechazo e decada de los 80.
Su mecanismo de acción es similar al de los corticuides, bloquenado la acción de los lifocito activados, al bloquear la transcripción de los genes de las linfocinas, inhibiendo la activación las celulas citotoxicas y celulas B.
En cuanto a las bases moluculares se ha visto que la ciclosporina actua ligansose a proteinas(ciclofilinas), las cuales se unen en forma selectiva y con gran afinidad. Se encuent en el tejido linfoideo.
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Su empleo ha permitido una mayor supervivencia del injerto en un 15 a 20% a un año donante cadaver. Se debe tener en cuenta los efectos de mefro y hepatotoxicidad, que se visto menos frecuentes con el uso de Ciclosporina G.
Su administración se debe iniciar teniendo en cuenta creatininas menor de 2mg/dl.
Las dosis que se emplean en niños son mas elevadas que las utilizadas en los adultos ya comola absorción del medicamento es interstinal y los niños poseen un intestino delgado corto aunado a un más alto metabolismo y eliminación.
Las ampollas se utilizan en el post-operatorio inmediato cuando el transplantado no pu tomar por boca; por esta via se da 1/3 de la dosis oral. Despues de 24h. Se administra por v
oral. Sus maximas recomienda la tomaconcentraciones cada 12 horas. plasmaticas se alcanzan entre 12 y 16 horas: por ello
La capacidad de absorción del medicamento por el intestino es variable para cada individ por ello es recomendable cuantificar los niveles plasmaticos para reajustes en la dosis. niveles se determinan en sangre extrida en ayunas, aproximadamente a las 12 horas d ultima tomas. Los niveles sericos del medicamento deben mantenerse en el perioperat entre 200-250 ng/dl y sobre los primeros 6 meses postransplante hasta 50-125ng/dl.
Desde el primer dia post-operatorio se utiliza globulina antimicotica(o antilinfocitica) co tratamiento de inducción a dosis de 15mg/Kg intravenoso por un maximo de 12 horas.
La ciclosporina debe andministrarse en forma oral en dos dosis bajo las siguientes condicion
Se debe tomar la dosis recomendada con la ayuda de la pipeta dosificadora y mezclarla en vaso de vidrio con una bebida a base de chocolate, leche o zumo de la fruta (preferibleme naranja o manzana), a temperatura ambiente, agitarlo bien y tomarlo sin dejarlo reposa continuación añadir un poco mas de diluyente al paso para recuperar la pequeña cantidad medicamentos que pueda quedar en él y tomarlo. La pipeta se ha de limpiar con un pañuelo papel y guardarla en su estuche; no utilizar agua, alcohol ni otro liquido para limpiarla. Una abierto el envase, no utilizarlo pasados dos meses.
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El uso de la ciclosporina en un esquema de inmunosupresión secuencial se ha asociado mejoría en el pronóstico del haloinjerto a uno, dos y tres años, en un 91, 86 y 83% de sobrev respectivamente.
La ciclosporina se ha asociado a un sin numero de efectos colaterales como: •
Hepatotoxicidad.
•
HTA.
•
Hipertricosis.
•
Gingivitis.
• Nefrotoxicidad: Potenciación del daño isquémico que se acompaña de disfun temprana de injerto, azoemia reversible relacionada con altos niveles sanguíneos ciclosporina y compromiso renal crónico indolente.
•
Hipomagnesemia.
•
Hipercalcemia.
•
Neurotoxicidad: Convulsiones, lesiones corticales, ceguera, ataxia, afasia, tremores.
•
Hiperlipidemia.
•
Sensación de quemazón en los dedos de manos y pies.
•
Perdida de apetito, nauseas y vomito.
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La nefrotoxicidad relacionada con la ciclosporina, se ha atribuido a una acción vasoconstric a nivel de la arteriola aferente, considerándola como el factor etilógico primario en la toxici aguda y reversible La injuria tubulo intersticial crónica se ha relacionado con la isque secundaria a dicha vasoconstricción, que podría deberse a un incremento en el tono simpá renal, aumento en las catecolaminas, activación del sistema reninaangiotensina, e increme en la relación tromboxano/postaciclina.
4.
Preparaciones antilinfocíticas
Puede agruparse dentro de los agentes policlonales y monoclonales. Los policlonales pue
dirigirse numero de de los linfocitos, el anticuerpo preciso que caus deplecióna un linfocitaria no antígenos esta identificado, dentro pero de estos se encuentran el antisu heterologo contra linfocitos y la globulina antitimonocitica o la globulina antilinfocitica. monoclonales son anticuerpos producidos en ratón dirigidos contra antígenos específ presentes en la membrana celular de los linfocitos T activados.
El más empleado es el OKT3 que produce la desaparición de los linfocitos T de la circulación ha utilizado tanto para inducir tolerancia como para el tratamiento del rechazo renal ag inicial o para el corticorresistente en dosis de 1-2,5 mg/Kg/día endovenoso durante 10 a
días. Dentro de sus efectoscefalea, secundarios se ha descrito escalofrío, disnea, torác vomito, nauseas, temblor, meningismo, edemafiebre, cerebral o pulmonar; paradolor contrarre estos efectos se ha utilizado la administración previa de acetaminofen 10mg/Kg/dosis vía o difenhidramina 1 mg/Kg/dosis vía oral y metilprednisolona 10 mg/Kg endovenosos (20 minu de colocar el OKT3), asociado a succinato de hidrocortisona 2 mg/Kg endovenoso (30 minu después de colocar el OKT3).
6
Consentimiento para la donación
-Donantes vivos:
-El consentimiento es personalisimo, nadie puede hacerlo en representacion de otro. -El sonante debe ser mayor de edad y gozar de plenas facultades mentales.
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-El donante debe tener un buen estado de salud, a fin de no poner en peligro su vida.
-Quedan prohibidas las donaciones de menores de edad, aun con el consentimiento de padres, salvo que se trate de medula osea por ser tejido regenerable y siempre que no ponga en peligro su vida ni que se le produjeran una disminucion funcional permanente.
-El donante debe estar previamente informado de las consecuencias de su decision. Se la d un medico distinto del que efectuara la extraccion y afectara a: Las consecuencias del or fisico y psiquico que pueda derivarse de la extraccioin, las repercusiones sobre su v personal y el beneficio que pueda obtener el receptor.
-El consentimiento debe ser expreso libre y consciente. Se hace por escrito ante el juez registro civil y con testigos.
-No se podra percibir compensacion economico por la donacion ni esta debe ser gravosa p el receptor. Ambos estan exentos de todo gesto como consecuencia de la donacion.
-Debe haber anonimato del receptor lo que no ocurre con las donaciones por parentesco.
-Donante cadaver:
Existen 2 maneras en que se puede considerar el consentimiento para la donacion desd punto de vista legal:
-Consentimiento expreso: es aquel en el que la persona, en vida, da su consentimiento p que en caso de muerte crebral, le sean extraidos sus organos.
-Consentimiento presunto: Es aquel en el que se considera donante potencial a todo sujeto previametne no haya expresado su negativa a donar. En realidad es presuncion de oposición. Aunque esta forma puede parecer mas util, la negativa no necesatiamente tiene ser por escrito sino que se debe prguntar a la familia si el sujeto, alguna vez en vida expreso desacuerdo y se corre el peligro de obtener la opinion de su familia, no la real del digunto. todas formas no conviene ignorar la opinion de la familia pues a largo plazo podrian ir
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contra de todo el sistema. Asi en el caso de que un sujeto hay donado pero su familia oponga es preferible respetar la opinion de la familia y perder un donante a que se sien coaccionados. Esto ultimo es muy perjudicial para todo el sistema de donacion.
La idea debe ser apelar al altruismo de la genta y esto no se hace por la fuerza. Aun legalmente nadie es dueño del cadaver, al menos afectivamente le pertenece a la familia
-Principio de beneficencia: Los beneficios deben ser superiores a sus riesgos. El equ asistencial valirara el beneficio-riesgo para determinar la viabilidad de la operación.
-Principio de autonimia: El paciente decide el tratamiento a seguir aunque por diversas razo puede delegar la decisión en el equipo medico.
-Principio de justicia: La donación debe estar disponible para todos aquellos que la precisan.
Es aqui donde cobra importancia el “consentimiento presunto” segun el cual se puede hace uso terapeutico de una persona fallecida sin consentimiento expreso salvo que el fallecido o familia se niege. Actualmente antes de realizar cualquier extracción se consulta a la fam aunque este sea donante declarado de organos.
La ONT recomienda la solicitud delas la donación a los o allegados del fallecido. Cua se trata de un donante vivo 2 son condiciones defamiliares honestidad: el consentimiento informad la racionalidad del mismo, o sea que tenga una razon de ser.
Debe respetarse el anonimato del donante por parte del equipo sanitario y medios comunicación. En cado de donantes vivos, es logico que se conozcan donante y receptor.
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Escasez de organos.
Este es un importante problema en casi todos los paises del mundo. Las donaciones sig siendo insuficientes. Lo ideal seria establecer un mecanismo para aportar todos los med para aumentar las donaciones, tanto del donante vivo como la del donante cadaver, p siempro intentando recurrir menos al donante vivo.
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5/9/2018
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Nosotros los profesionales de salud tenemos una gran responsabilidad ante este problema p nosotros somos los encargados de fomentar la donacion. Este es un problema de aducacio que esa educacion debe comenzar por loa profesionales de la salud. Muchos mitos desmoronarian en una poblacion bien educada, siendo un paso adelante en la donacion.
Hay paises que han alcanzado una alta tara de donacion basando su exito no solo en educ la sociedad, sino en la mejor deteccion y manutencion de los donantes a cargo del coordina de transplantes. Asi España con su Organizacion Nacional de Transplantes (ONT) logro las ci mas elevadas del mundo.
La confianza en la buena tecnica y la etica de toda la red de transplantes es fundamental p la donacion.
En cuanto a la distribucion de los organos, esta es una de las funciones mas importantes de organizaciones de transplante.
Estas organizaciones son las encargadas de asegurar la justa distribucion de organos. De existir claros criterios de inclusion en listas de espera, asi como criterios de exclusion de mismas.
Los criterios deben ser consensuados entre todos los equipos de transplante, para cada orga de acuerdo a los conocimientos medicos actuales. Ademas deben ser revisados cada año.
La asignacion ante una donacion debe estar presidida por el principio de justicia. Se trata repartir un recurso escaso, de la manera mas justa posible. Dichos criterios deben ser publi es decir, esta al alcance de cualquier persona que quiera conocerlas. Solo una organizacion transplante puede asegurar esto.
En el donante vivo se plantean una serie de problemas, aunque los primeros transplantes se realizaron fueron con danantes vivos. Asi en algunos transplantes como es el caso del re el riesgo de mortalidad es del 0,1 al 0,2, de esta forma, en transplantes como los de higad riesgo de mortalidad va a depender del entrenamiento del equipo. Esto tamben le hace donante vivo cuestionarse de donar o no.
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Las cuestiones eticas que se plantean son si algenas donaciones comprometen en cie manera el principio de no maleficiencia dados los riesgas que debe afrontar la persona dona. Deberia estar reservada para aquellas situaciones en que no existe otra alterna aceptable, como cuando existe escasez de organos cadavericos.
Tambien hay que destacar que los transplantes son muy costosos, pero en transplantes co el renal no solo mejora la calidad de vida, sino que ademas cuesta menos que un año dialisis. Las sociedades son las que deben decidir, en virtud del principio de justicio considerarlas o no necesario en sus organizaciones de salud. Tambien hay que tener en cue que este ripo de terapeutica es un desafio para todos los estamentos de una organizacion salud por lo que en general redunda en beneficio de mucho mas que los pro transplantados, sino en mejorar la calidad de la atencion en general.
Por ultimo lo que es dificilmente aceptable es que existe la posibilidad tecnica de transplantes y la imposibilidad practica de realizarlas por escasez de organos de cadave tener que recurrir al donante vivo en los casos en que se puede o en el caso del corazon, m esperandolo.
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