Esquema de la FANB Funciones de la Fuerza Armada Nacional
Artículo 4º. Son funciones de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), las siguientes: 1. Defender los puntos estratégicos que garantizan el desenvolvimiento de las actividades de los diferentes ámbitos: social, político, cultural, geográfico, ambiental, militar y económico e tomar las prevenciones para evitar su uso por cualquier potencia o e xtranjero. 2. Preparar y organizar al pueblo para la Defensa Integral con el propósito de coadyuvar a la independencia, soberanía soberanía e integridad del espacio geográfico de la Nación. 3. Participar en alianzas o coaliciones con las Fuerzas Armadas de otros países para los fines de la integración dentro de las condiciones que se establezcan en los tratados, pactos o convenios internacionales, internacionales, previa aprobación de la Asamblea Nacional; 4. Formar parte de misiones de paz, constituidas dentro dentro de las disposiciones contenidas en los tratados válidamente suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela previa aprobación de la Asamblea Nacional; 5. Apoyar a los distintos niveles y ramas del Poder Público en la ejecución de tareas vinculadas a los ámbitos social, político, cultural, geográfico, ambiental, económico y en operaciones de protección civil en situaciones de desastres en el marco de lo s planes correspondientes. 6. Contribuir en preservar o restituir el orden interno, frente a graves perturbaciones sociales, previa decisión del Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana; 7. Organizar, planificar, dirigir y controlar el Sistema de Inteligencia Militar y Contrainteligencia Militar de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. 8.Promover y realizar actividades de investigación y desarrollo, que contribuyan al progreso científico y tecnológico de la Nación, dirigidas a coadyuvar a la independencia tecnológica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana; 9. Analizar, formular, estudiar y difundir el Pensamiento Militar Venezolano; 10. Participar en el desarrollo de c entros de producción de bienes y prestación de servicios integrados de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. 11.Formular y Ejecutar el Plan Estratégico de Desarrollo de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de acuerdo con las líneas generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación; 12. Participar y cooperar en las actividades de búsqueda y salvamento de conformidad con la ley y en ejecución de los tratados válidamente suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela; 13. La función meteorológica que se lleve a cabo con fines de seguridad y defensa de la Nación, así como la consolidación y operación de su red; 14. Prestar apoyo a las c omunidades en caso de catástrofes, calamidades públicas u otros acontecimientos acontecimientos similares; 15. La posesión y el uso exclusivo de armas de guerra, así como, regular, supervisar y controlar la fabricación, i mportación, exportación, almacenamiento, tránsito, registro, porte, tenencia, control, inspección, comercio y posesión de otras armas, pa rtes, accesorios, municiones, explosivos, artificios pirotécnicos y sustancias precursoras de explosivos, conforme a la ley respectiva. 16. Participar en la protección del patrimonio público en cualquiera de sus formas de manifestación. 17. Fomentar y participar en las políticas y planes relativos relativos a la geografía, cartografía, hidrografía, hidrografía, navegación navegación y desarrollo aeroespacial, que involucren involucren la seguridad, defensa militar y desarrollo integral de la Nación. 18. Participar en las operaciones que se originen como consecuencia de los estados de excepción, que sean decretados de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley. 19. Ejercer las competencias en materia de Servicio Civil o Militar, de conformidad con la ley. 20. Ejercer las actividades de policía administrativa y de investigación penal penal de conformidad con con la ley; y 21. Las demás que le atribuyan la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley. Bases
En la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se encuentra legalmente establecido establecido las funciones de la Fuerza Armada Nacional. Artículo 328. La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad po lítica alguna. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la su bordinación. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica. Artículo 329. El Ejército, la Armada y la Aviación tienen como responsabilidad esencial la planificación, ejecución y control de las operaciones militares requeridas para asegurar la defensa de la Nación. La Guardia Nacional cooperará en el desarrollo de dichas operaciones y tendrá como responsabilidad básica la conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden interno del pais. La fuerza Armada Nacional podrá ejercer las actividades de policía administrativa y de investigación penal que le atribuya la ley. 1) Concepto de la F.A.N.B La Fuerza Armada Nacional Bolivariana,
organización que garantiza la independencia y soberanía de la nación y asegura la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación participación activa en el desarrollo nacional. La Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) de la República Bolivariana de Venezuela está integrada por alrededor de 950.000 a 1.000.000 combatientes activos, entre ellos, una creciente Milicia Nacional Bolivariana formada por cientos de miles de hombres y mujeres en capacidad de prestar servicios como reservistas. No obstante, esta cifra de efectivos activos se aproxima a 235.000 hombres y mujeres de primera línea (incluyendo los más aptos para ser llamados primero, entendiéndo entendiéndose se por estos, aquellos
hombres y mujeres en edades de 17 - 39 años), distribuidos en cinco (5) com ponentes de Tierra, Mar y Aire. Esto según lo prescribe el Artículo 328 de la Constitución Nacional y el Artículo n° 29 de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Dichos componentes se complementan con la Milicia Nacional Bolivariana, la cual es un cuerpo especial de reservistas organizado por el Estado Venezolano, integrado por la Reserva Militar y la Milicia Territorial destinada a complementar a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la Defensa Integral de la Nación y garantizar su independencia y soberanía. 2) Comandante en jefe
Articulo n 6º. El Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela que actualmente es Nicolás Maduro Moros. Tiene el grado militar de Comandante en Jefe y es la máxima autoridad jerárquica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Ejerce el mando supremo de ésta, de acuerdo con lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes. Dirige el desarrollo general de las operaciones, define y activa el área de conflicto, los teatros de operaciones y regiones estratégicas de defensa integral, así como los espacios para maniobras y demostraciones, designando sus respectivos Comandantes y fijándoles la jurisdicción territorial correspondiente, correspondiente, según la naturaleza del caso. Tiene bajo su mando y dirección la Comandancia en Jefe, integrada por un Estado Mayor y las unidades que designe. Su organización y funcionamiento se rige por lo establecido en el reglamento respectivo. Las insignias de grado y el estandarte del Comandante en Jefe serán establecidos en el Reglamento respectivo. 3) Esquema del alto mando militar
El Alto Mando Militar de la República Bolivariana de Venezuela, está conformado por: el Ministro del Poder Popular para la Defensa el cual es un oficial de la fuerza armada con el grado de General en Jefe o Almirante en Jefe, dicho oficial será único poseedor de este rango en la fuerza armada, el Jefe del Estado Mayor de la Defensa, el Inspector General, el Jefe del Comando Estratégico Operacional, el Comandante General del componente Ejército, el Comandante General del componente de la Armada, el Comandante General del componente Aviación Militar, el Comandante General del componente Guardia Nacional, y el Comandante General de la Milicia Nacional Bolivariana (LOFAN Art. 42).
La Fuerza Armada Nacional Bolivariana está organizada de la siguiente manera:
La Comandancia en Jefe;
El Comando Estratégico Operacional;
Los Componentes Militares;
La Milicia Nacional Bolivariana destinada a complementar a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la Defensa Integral de la Nación; Las Regiones Militares, como organización operacional.
El Comando Estratégico Operacional, los Componentes Militares, la Milicia Nacional Bolivariana y las Regiones Militares, dependen administrativamente del Ministerio del Poder Popular para la Defensa. Defensa. 4) Ministerio de la defensa función
Compete al Ministerio de Defensa asistir al Presidente de la Nación en todo lo inherente a la defensa nacional y las relaciones con las Fuerzas Armadas dentro del marco institucional vigente y en particular:
Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional. Entender en la determinación de los requerimientos de la defensa nacional. Entender en la elaboración del presupuesto de las Fuerzas Armadas y en la coordinación y distribución de los créditos correspondientes. Entender en la coordinación de las actividades logísticas de las Fuerzas Armadas en todo lo relativo al abastecimiento, normalización, catalogación y clasificación de efectos y las emergentes del planeamiento planeamie nto militar conjunto. Entender en la planificación, dirección y ejecución de las actividades de investigación y desarrollo, de interés para la defensa nacional. Entender en la formulación de la política de movilización y plan de movilización nacional, para el caso de guerra y su ejecución. Entender en el registro, clasificación y distribución del potencial humano destinado a la reserva de las Fuerzas Armadas y el fomento de las actividades y aptitudes de interés para la defensa.
Entender en la coordinación de los aspectos comunes a las Fuerzas Armadas, especialmente en los ámbitos administrativo, legal y logístico. Entender en la planificación y coordinación de la defensa civil. Entender en la dirección de los organismos conjuntos de las Fuerzas Armadas puestos bajo su dependencia. Intervenir en la proposición de los nombramient nombramientos os para los cargos superiores de los organismos conjuntos que lo están subordinado. Entender en la administración de justicia y disciplina militar a través de tribunales que de él dependen. Entender en la propuesta de efectivos de las Fuerzas Armadas y su distribución. Intervenir en la planificación, dirección y ejecución de las actividades productivas en las cuales resulte conveniente conveniente la participación del Estado por ser de interés para la defensa nacional. Entender en los estudios y trabajos técnicos de interés para la defensa nacional. Entender en la formulación y ejecución de las políticas nacionales en lo que hace específicamente específicam ente a la defensa nacional. Entender en la elaboración y propuesta de los planes tendientes al cumplimiento de los fines de la defensa nacional en las áreas de frontera y su ejecución. Entender en la planificación, dirección y ejecución de la actividad antártica. Entender en el planeamiento militar conjunto, la determinación de los requerimientos provenientes del mismo y la fiscalización de su cumplimiento. Entender en la formulación y aplicación de los principios y normas para el funcionamiento y empleo de las Fuerzas Armadas. Entender en el registro, habilitación, fiscalización y dirección técnica de los actos y actividades vinculadas a la navegación por agua y por aire, en cuanto sean de su jurisdicción. 5) Junta superior de la FANB
La Junta Superior de la FANB está conformada por el Alto Mando Militar. Es el principal órgano de consulta y asesoramiento del Presidente de la República, del Consejo de Defensa de la Nación y del Ministro del Poder Popular para la Defensa, en materia de organización, funcionamiento, desarrollo y empleo de la FANB; tanto en tiempo de paz o en estados de excepción. 6) Función de los componentes
Escudos de los Componentes Militares de la Fuerza Armada Nacional. Según el Artículo 9 de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional, que entró en vigencia el 26 de septiembre de 2005, la Fuerza Armada Nacional Bolivariana está integrada por sus cinco componentes, el Ejército, la Armada, la Aviación Militar, la Guardia Nacional y La Milicia, los los cuales funcionan de manera integral y se se complementan con la la Reserva Nacional y la Guardia Territorial, Territorial, reunidos en el Comando General de la Reserva Nacional y de la Movilización Nacional, como quinto componente componente de la misma, para cumplir con la defensa militar y participar en la defensa integral de la Nación. Cada componente cuenta con su respectiva comandancia general y su estado mayor, sus estructuras logísticas y sus escuelas formativas, con excepción de la Reserva, que se nutre de cuadros de oficiales y sub-oficiales previamente formados en los otros componentes, pero si cuenta con sus propios centros de adiestramiento, y ha iniciado cursos especiales para la formación de oficiales asimilados. 6.1) Ejercito
Escudo del Ejército Nacional Bolivariano. Bolivariano. El Ejército venezolano, está conformado hoy por unos 210.000 efectivos (incluidos los conscriptos), su función principal es la de planificar, ejecutar y controlar controlar las operaciones militares terrestres en coordinación con con los restantes componentes componentes de la fuerza
Armada Nacional, en procura de la Defensa integral de la Nación. Está organizado actualmente por seis Divisiones operativas, un Comando de la Aviación del Ejército, un Cuerpo de Ingenieros, y los comandos de Logística y de Las Escuelas, respectivamente. Es un Ejército moderno y disciplinado, con unidades acorazadas, de infantería, de ingenieros y de artillería muy resolutivas, con una importante capacidad de proyección, y recursos que le permiten desarrollar operaciones de tipo aeroterrestre de manera eficaz para su dimensión. El origen más antiguo del Ejército organizado y profesionalizado que conocemos hoy, se remonta a las Tropas españolas acantonadas en la otrora Provincia de Venezuela, de finales del siglo XVIII. Hasta 1786 política y militarmente, la Provincia de Venezuela dependió de Santo Domingo (hoy República República Dominicana) o de Santa Fe (hoy Colombia), pero a partir de ese año, el 13 de septiembre se crea una Audiencia, por lo que las tropas españolas acantonas en dicha localidad, pasan a un mando local. Pero también las demás provincias del país, pasaron al mando del Capitán General de Caracas. Se crean de esta manera una serie de unidades autónomas. Anteriormente, Anteriormente, y desde 1732 que se crea la Comandancia Militar, se habían creado una serie de batallones, y había unos piquetes de Infantería pertenecientes a regimientos afincados en España. Los primeros piquetes de Caballería se forman en 1751, cuando arriban cuatro de España. Dos años después (1753) se crean las primeras compañías de Artillería, y comienzan a ingresar a las filas c riollos blancos y pardos. Ese mismo año se crea el Batallón fijo de Caracas. Hasta la Creación de este batallón, la defensa colonial se basada en pequeñas compañías de milicianos. Progresivamente, la política racista y de supremacía blanca de la Corona Española, va cediendo y permite el ingreso a las milicias, de morenos y negros. Fue bajo este crisol de unidades que se formaron la mayoría de los cuadros de oficiales que luego desarrollarían y comandarían las Tropas Patriotas en la Guerra de Emancipación, incluidos incluidos el generalísimo Francisco de Miranda, el Libertador Simón Bolívar, el padre de Bolívar (que llegó a ser coronel de las Milicias de Aragua), los generales en jefe Santiago Mariño, Rafael Urdaneta, entre muchos otros. 6.2) Arma
Escudo de la Armada Nacional Bolivariana. Bolivariana. La Armada venezolana, es concebida como una fuerza naval moderna, mediana, y con capacidad oceánica. La misión fundamental de la Armada es la de ejecutar, dirigir y controlar las operaciones navales, aeronavales, anfibias, fluviales, guardacostas y de apoyo a las actividades acuáticas a fin de garantizar el cumplimiento de los planes de empleo. El personal estimado es de 35.000, hombres y mujeres, incluyendo a 8.000 Infantes de Marina y unos 500 efectivos de la Aviación Naval. La cadena de mando mando de la Armada venezolana venezolana es la siguiente: Comandante Comandante General, General, Inspector General y Jefe del del Estado Mayor General. Existen cinco grandes comandos: Comando Naval de Logística, Comando Naval de Personal, Comando Naval de Educación, y el Comando Naval de Operaciones, que a su vez está integrado por: el Comando de la Escuadra, el Comando Fluvial, el Comando de Aviación Naval, el Comando de Guardacostas, y la División de Infantería de Marina. Operacionalmente el país está dividido en dos zonas navales; Zona Naval de Occidente (CG: Punto Fijo) y Zona Naval de Oriente (CG: Carúpano) que de momento, cubre también la Fachada Atlántica. Está proyectada la activación de las zonas navales del Centro (CG: Puerto Cabello), del Atlántico (CG: Güiria) y del Sur (CG: Caicara del Orinoco). 6.3) Aviacion
Escudo de La Aviación Militar Nacional Venezolana. Venezolana. Venezuela cuenta en los actuales momentos con una de las fuerzas a éreas más modernas y capaces respecto a sus realidades de Latinoamérica. Está organizada como los demás componentes en base a grandes componentes, a saber: Comando de Operaciones Aéreas (integrados a este hay doce Grupos Aéreos, especie de regimientos constituidos constituidos por los aviones de transporte, c azas y helicópteros de la Aviación Militar), Comando de la Defensa Aérea, Comando de Infantería Aérea, Comando Logístico, Logístico, y el Comando de Personal. Su objetivo principal es el de resguardar el espacio aéreo de Venezuela, en coordinación con los restantes componentes de la Fuerza Armada Nacional, y participar activamente en el desarrollo integral de la nación.
6.4) Guardia Nacional
Escudo de la Guardia Nacional Bolivariana
Sus inicios se remontan a la misma Independencia Independencia de Venezuela, cuando el Generalísimo Francisco de Miranda, la crea como un cuerpo para la custodia y orden de las cámaras legislativas del naciente congreso republicano, siendo abolida abolida al caer la primera república; de allí fue resurgiendo modestamente a lo largo de la historia, hasta que es finalmente Fundada el 4 de agosto de 1937 por el entonces Presidente de la República, General en Jefe (Ej) Eleazar López Contreras. Uno de sus principales exponentes fue el Teniente Coronel (GN) Oscar Tamayo Suárez, mejor conocido en la historia de este cuerpo como "El Comandante", puesto que este logró que la Institución dejase de ser un cuerpo especial del Ejército para ser una Fuerza Armada más, a sí mismo le aseguró un prestigio sin igual a esta esta Institución castrense, castrense, alcanzando su reconocimiento reconocimiento ante el resto de las Fuerzas militares de Venezuela, Venezuela, a partir de la década de los años años 1950, desde cuando comenzó a denominarse como como Fuerzas Armadas de Cooperación Cooperación (FF.AA.C), aunque siempre ha sido mejor conocida como la Guardia Nacional. Actualmente es uno de los cuatro componentes que conforman la Fuerza Armada Nacional de Venezuela; que a la luz de los recientes acontecimientos que han originado las reformas en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de Venezuela, paso a denominarse de manera legal como Guardia Nacional Bolivariana. Su lema "El Honor es su Divisa", y sus emblemas, de entre los cuales destaca el Ave Fénix, como símbolo de la inmortalidad de esta Institución, son las principales motivaciones que alientan a los hombres y recientemente a las mujeres q ue la conforman. La premisa de este cuerpo militar se encuentra definida en el Artículo 329 de la Constitución Nacional: "El Ejército, la Armada y la Aviación tienen como responsabilidad responsabilidad esencial la planificación, ejecución y control de las opera ciones militares requeridas para asegurar la defensa de la Nación. La Guardia Nacional cooperará en el desarrollo de dichas operaciones y tendrá como responsabilidad básica la conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden interno del país. La Fuerza Armada Nacional podrá ejercer las actividades de policía administrativa y de investigación penal que le atribuya la ley." Por ende, este componente cumple con la función de brindar seguridad y defender la soberanía del territorio nacional venezolano, tanto internamente como a lo largo de sus fronteras, trabajando conjuntamente conjuntamente con el Ejército, la Armada y la Aviación. Al mismo tiempo, participa en operativos de seguridad interna en colaboración con los cuerpos policiales estatales y municipales bajo la dirección del Ministerio del Poder Popular para la Defensa y el Ministerio del Poder Popular del Interior y Justicia respectivamente. En consecuencia, en caso de disturbios o saqueos, actúa para disuadir y controlar las protestas y otros desórdenes públicos. Sus funciones se encuentran diseminadas en las especialidades que definen su accionar diario, estas son: Primero Resguardo Nacional, Resguardo Nacional Aduanero, Resguardo nacional Tributario
Resguardo Minero Segundo Servicio de Guardería del Ambiente y de los Recursos Naturales Guardería de Suelos y Aguas Guardería de Fauna Silvestre y Pesca Guardería de Forestal
Tercero Servicio Anti - Drogas Servicio Anti-Terrorista Comando Nacional Anti-Exhorsion y Secuestro
Cuarto Servicio de Seguridad Seguridad Rural y Fronteriza
Seguridad Urbana y Orden Público Seguridad Física de Instalaciones Seguridad Penitenciaria Seguridad Vial
En vista de esto la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela es considerado un Cuerpo de Seguridad Intermedio, Intermedio, tal como sus homólogos homólogos (Gendarmeria Nacional Argentina, Carabineros de Chile, Carabinieri de Italia, Gendarmería Francesa) o como el considerado su cuerpo madre, la Guardia Civil Española; esto es en virtud que es un cuerpo netamente militar con funciones policiales, lo cual le permite desdoblarse fácilmente fácilmente y atender eficiente y eficazmente, eficazmente, tareas tanto militares como como policiales, por cuanto este cuerpo cuenta, en virtud que el 90% de su personal militar orgánico es netamente profesional, con personal altamente especializado tanto en áreas de combate militar (Fuerzas Especiales y de Intervención, Inteligencia Inteligencia y Contrainteligencia Militar, Armamento, Explosivistas, Explosivistas, Pilotos de Combate en ala fija y rotatoria, Guarda Costas y Marinería, entre otros) y de Investigación Policial (Criminología, Criminalística, Investigación Criminal, Inteligencia y Contrainteligencia Policial, Anti-Drogas, Anti Extorsión y Secuestro, Anti Delincuencia Organizada, Ciencias Forenses Forenses en todas sus gamas, entre otras). Su Comandante General es el Mayor General Nestor Luis Reverol Torres. 7) Guardia Territorial
"La Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional (Lofan) que cuenta con 136 artículos, establece que la Guardia Territorial forma parte de la Fuerza Armada Nacional y que estará adscrita al Comando de la Reserva y Movilización Nacional Con la inclusión de lo referido a la Guardia Territorial y las Zonas de Defensa Integral culminó en la Comisión de Defensa, la segunda discusión de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional (Lofan) que en los próximos días irá a la plenaria de la Asamblea Nacional. La ley, que cuenta con 136 artículos, establece que la Guardia Territorial forma parte de la Fuerza Armada Nacional y estará adscrita al Comando de la Reserva y Movilización Nacional. Expuso el diputado Edis Ríos (MVR/Zulia), presidente de la comisión, que esta Guardia es la continuidad de la reserva pasiva, es decir, las personas no admitidas en los batallones de reservas serían excedentes excedentes y, por ende, formarían parte la Guardia Territorial. “Todos los venezolanos, sin distingo de raza, credo ni color, pueden formar parte de ella, siempre y cuando tengan la voluntad de defender la patria en momentos de conflicto o catástrofe”, indicó el parla mentario. En este sentido, Ríos explica que de
presentarse una guerra o conflicto bélico en el país y una vez doblegada la Fuerza Armada, se constituiría una resistencia que equivaldría a la Guardia Territorial, de allí la razón de su existencia en este Proyecto, ya que de no aparecer esta guardia podría ser considerado como terrorista. "