FISCALIZACIÓN DE INGRESOS
¿QUÉ PROCEDIMIENTOS SE UTILIZAN PARA PARA VERIFICAR LOS INGRESOS OBTENIDOS POR LOS CONTRIBUYENTES? Solicitar el libro mayor, análisis de inresos y la doc!mentaci"n s!stentatoria, a e#ectos de$
Se seleccionará !na m!estra abonos e#ect!ados a las c!entas de inresos
Se %eri&cará '!e los com-robantes de -ao c!m-lan con los re'!isitos contem-lados en el Relamento de Com-robantes de 1ao. En el caso de los com-robantes de -ao an!lados se enc!entren con el oriinal y co-ias res-ecti%as. Es -or ello '!e se debe conser%ar ambo doc!mentos -ara s!stentar tal an!laci"n. De lo contrario, el a!ditor ind!cirá a reconocer la o-eraci"n como %álida y -or tanto a#ecta a los im-!estos corres-ondientes. corres-ondientes.
2eri&car '!e los inresos se enc!entren contabili/ados en el e0ercicio en '!e se de%en!en.
Se %eri&cará '!e no e(ista !n atraso del reistro de %entas mayor a )* d+as ábiles contados desde el -rimer d+a ábil del mes si!iente a a'!el en '!e se emite el com-robante de -ao res-ecti%o. res-ecti%o. De %eri&carse el atraso, se ad%ertirá de la sanci"n corres-o corres-ondiente ndiente a e#ectos de '!e s! re!lari/aci"n oce de la reba0a corres-ondiente -or s!bsanaci"n %ol!ntaria.
¿QUÉ PROCEDIMIENTOS SE UTILIZAN PARA PARA VERIFICAR LOS INGRESOS OBTENIDOS POR LOS CONTRIBUYENTES? Solicitar el libro mayor, análisis de inresos y la doc!mentaci"n s!stentatoria, a e#ectos de$
Se seleccionará !na m!estra abonos e#ect!ados a las c!entas de inresos
Se %eri&cará '!e los com-robantes de -ao c!m-lan con los re'!isitos contem-lados en el Relamento de Com-robantes de 1ao. En el caso de los com-robantes de -ao an!lados se enc!entren con el oriinal y co-ias res-ecti%as. Es -or ello '!e se debe conser%ar ambo doc!mentos -ara s!stentar tal an!laci"n. De lo contrario, el a!ditor ind!cirá a reconocer la o-eraci"n como %álida y -or tanto a#ecta a los im-!estos corres-ondientes. corres-ondientes.
2eri&car '!e los inresos se enc!entren contabili/ados en el e0ercicio en '!e se de%en!en.
Se %eri&cará '!e no e(ista !n atraso del reistro de %entas mayor a )* d+as ábiles contados desde el -rimer d+a ábil del mes si!iente a a'!el en '!e se emite el com-robante de -ao res-ecti%o. res-ecti%o. De %eri&carse el atraso, se ad%ertirá de la sanci"n corres-o corres-ondiente ndiente a e#ectos de '!e s! re!lari/aci"n oce de la reba0a corres-ondiente -or s!bsanaci"n %ol!ntaria.
3!e se enc!entren reistrados en el Reistro de 2entas en el mes en '!e se realicen y -asen a las c!entas res-ecti%as, sea de inresos, anancias di#eridas, c!entas -or cobrar o e#ecti%o y e'!i%alentes de e#ecti%o.
Se contrastará lo consinado en la !+a de remisi"n %ers!s com-robantes de -ao, en lo concerniente concerniente a cantidad, cliente y #eca de entrea de los bienes, a &n de determinar si !ardan relaci"n y -osible tratamiento de inresos di#eridos.
De tratarse de !na em-resa obliada a lle%ar reistros de in%entarios -ermanentes o, sin estar obliado, o-te -or lle%arlo re!larmente, re!larmente, %eri&car la salida del almac4n de los -rod!ctos terminados o mercader+as mercader+as %endidas.
Se %eri&cará '!e en las o-eraciones e#ect!adas en moneda e(tran0era, el ti-o de cambio !tili/ado -ara el reistro, corres-onda corres-onda al ti-o de cambio -romedio -onderado %enta -!blicado -or la S!-erintendencia de 5anca, Se!ros y AF1 en la #eca de nacimiento de la obliaci"n, a e#ectos de determinar la base im-onible del
¿CÓMO SE PUEDE SUSTENTAR Y COMPROBAR LA ANULACIÓN DE UNA VENTA?
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estas se -!eden com-robar %eri&cando '!e se enc!entren s!stentadas con las notas de cr4dito res-ecti%as y com-robar '!e e(iste an!laci"n real de la %enta, %eri&cando s! reinreso de bienes a tra%4s del in%entario -ermanente de e(istencias y de%ol!ci"n del dinero en el caso de %entas al contado.
¿CUÁL ¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE REVISAR EL SALDO DE LA CUENTA DE GANANCIAS DIFERIDAS? Si los cr4ditos 6abonos7 #!eron considerados en la base im-onible del IG2. Si corres-onde corres-onde a %entas di#eridas o ya de%enadas. Si se detectan %entas ya de%enadas '!e no se enc!entren incl!idas en la renta neta ad%ertir del re-aro '!e se -rod!cir+a -osteriormente.
PARA LA ANOTACIÓN DEL REGISTRO DE VENTAS, ¿SE DEBE SEGUIR LA CORRELATIVIDAD DE LOS COMPROBANTES DE PAGO? Si. Se8n lo -re%isto en el n!meral )9 del art+c!lo ): de la Resol!ci"n de S!-erintendencia N; <:9=<**>=S?NA@ los com-robantes de -ao deben anotarse obser%ando el n8mero correlati%o de reistro o c"dio 8nico de la o-eraci"n de %enta.
1ara ello, se debe -roceder a %eri&car '!e los com-robantes de -ao se enc!entren correlati%os, incl!yendo las an!laciones con todos los e0em-lares. Dica %eri&caci"n debe ser -or cada serie o -!nto de emisi"n, c!m-liendo los re'!isitos e(iidos -ara ser considerados como Com-robantes de 1ao.
¿CÓMO DETERMINAR LA CORRECTA DECLARACIÓN DE LOS PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA? con n! "o#! $% &'!(!#o )% *%'+&! co+*'o(!' -! (!.% +*on(-% $% -o. *!/o. ! c%n&! *!'! %--o .% &o+!'0 %n c%n&! -o ./%n&%1
Se debe com-arar la base im-onible declarada en relaci"n con los inresos obtenidos mens!almente y debidamente contabili/ados a e#ectos de com-robar
2eri&car '!e la declaraci"n mens!al aya sido -resentada dentro de los -la/os establecidos -or la S?NA@ con la debida constancia de -resentaci"n y
Determinar la correcta determinaci"n del sistema y cálc!lo del -ao a c!enta del im-!esto a la renta.
Com-arar las bases im-onibles del IG2 con el Im-!esto a la Renta -ara determinar al!na o-eraci"n '!e no tena incidencia en este 8ltimo im-!esto.
¿SE PUEDEN REALIZAR CUALQUIER TIPO DE DESCUENTOS EN LAS VENTAS A LO CLIENTES DE LA EMPRESA?
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No. En los desc!entos otorados, tanto dentro como #!era de #act!ra, tienen '!e res-onder a -ol+ticas de %enta debidamente a!tori/adas, asimismo, '!e las de%ol!ciones de e(istencias ayan sido recibidas -or el de-artamento de almac4n obteniendo la doc!mentaci"n s!stentatoria de dica o-eraci"n.
¿CÓMO VALIDAR LOS DECUENTOS, REBA2AS Y CONCEPTOS SIMILARES QUE REALIZA LA EMPRESA? •
.% '%3.!'0 )% -o. $%.c%n&o., '%(!#!. 4 conc%*&o. .+-!'%. co''%.*on$!n ! -! co.&+('% $% -! *-!5!, %. $%c', )% .%! '&n!'o o %6.&!n *o-7&c!. n&%'n!. $% 3%n&!. )% %3$%nc%n %.&% &*o $% *'0c&c!. co+%'c!-%.8 S .% $%&%'+n!n $%.c%n&o. 4 .+-!'%. )% no .% !#.&%n ! -o no'+!$o, .% .o-c&!'0 %- ..&%n&o co''%.*on$%n&%, co+o *o' %#%+*-o, n *-!n $% +!'9%&n/ o 3%n&!., '%co'$ $% 3%n&!. ! n $%&%'+n!$o c-%n&%, %&c8
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LA EN@REGA DE 5ONIFICACIONES COERCIALES NO GENERA EL 1AGO DEL IG2 La em-resa comerciali/adora de bebidas idratantes El 5ebedor S.A. como -arte de !na aresi%a cam-aBa de %entas a dis-!esto '!e d!rante todo el mes de oct!bre <*):, -or cada )** ca0as de cer%e/a com-radas -or los clientes se otor!e !na boni&caci"n de < ca0as adicionales. S! !na em-resa ad'!iri" ** ca0as de cer%e/a ello im-licará '!e se le deben otorar )* ca0as adicionales. Datos adicionales$ El %alor de mercado de cada ca0a '!e será %endida asciende a la s!ma de S. <. 2alor de costo de la ca0a de cer%e/a$ S. ). C"mo contabili/ar esta o-eraci"n y adicionalmente c!áles son las obliaciones trib!tarias deri%adas de estaH
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En las -rácticas contables la #orma de reistrar las boni&caciones se red!ce a dos -osiciones, en la -rimera, la menos con%incente reJe0a la boni&caci"n como !na dismin!ci"n de las %entas del -eriodo 6a#ectando la c!enta donde se ac!m!lan las %entas br!tas7, mientras la se!nda, controla estas en !na c!enta se-arada '!e en !n e#ecto lobal -rod!ce lo mismo '!e en el caso anterior , -ero a#ectando a !na c!enta distinta. P'%co P'%co $% C!n&$!$ n&!'o 3%n&! ** ca0as S. < S. )9,*** V%n&! S. < S. <* Bon;c!c )* ca0as
¿QUÉ TIPO DE INDEMNIZACIONES ESTAN AFECTAS AL IMPUESTO A LA RENTA? •
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S%/=n -o *'%3.&o %n %- !'&7c-o > $% -! L%4 $%- I+*%.&o ! -! R%n&! %.&0n /'!3!$o. con %- +*%.&o, -o. n/'%.o. *'o3%n%n&%. $% &%'c%'o., nc-.o -!. n$%+n5!con%. %n !3o' $% %+*'%.!. *o' .%/'o. $% . *%'.on!- 4 !)%--!. )% no +*-)%n -! '%*!'!c
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LA INDEMNIZACIÓN POR EL LUCRO CESANTE ESTÁ GRAVADA CON EL IMPUESTO A LA RENTA
En %- +%. $% !/o.&o $%- > -! %+*'%.! E- !/!#!- S8A8 .'< n .n%.&'o )% oc!.on< *'$$! $% n.+o. 4 +%'c!$%'7! 3!-o'5!$o. %n S8 ,H8 Co+o con.%c%nc! $% %--o, -! co+*!@7! $% .%/'o. $% %n&'%/! *o' conc%*&o $% n$%+n5!c,8 L! %+*'%.! *'%&%n$% '%*on%' n+%$!&!+%n&% -! +%'c!$%'7! % n.+o. *%'$$o. con -o. S8 J,> '%c($o., *o' -o )% no. con.-&! . -! c!n&$!$ '%c($! *o' conc%*&o $% -c'o c%.!n&% .% %nc%n&'! /'!3!$! con %- I+*%.&o ! -! R%n&!8
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SOLUCIÓN Cono'+% ! -o %.&!(-%c$o %n %- !'&7c-o > $%- TUO $% -! L%4 $%- I+*%.&o ! -! R%n&!, -o. n/'%.o. *'o3%n%n&%. $% &%'c%'o. .% %nc%n&'!n /'!3!$o. con %- +%ncon!$o I+*%.&o, nc-.o -!. n$%+n5!con%. %n !3o' $% %+*'%.!. *o' .%/'o. $% . *%'.on!- 4 !)%--!. )% no +*-)%n -! '%*!'!c ! -! '%*o.c, co''%.*on$%n&%. ! -! n$%+n5!c
FISCALIZACIÓN DE GAS@OS
¿QUÉ PROCEDIMIENTOS SE UTILIZAN PARA REVISAR LA PARTIDA DE LOS GASTOS DE LA EMPRESA?
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Se solicitará el c!adro de análisis de las caras -or nat!rale/a y -or #!nci"n. De este c!adro se determinará el alcance de la %eri&caci"n, el c!al incl!irá !na m!estra de los -rinci-ales astos del e0ercicio. Res-ecto de cada asto seleccionado, se solicitará la doc!mentaci"n s!stentatoria 6com-robante de -ao, contratos celebrados entre otros7 y se %eri&cará$
¿TODOS LOS GASTOS DE LAS BOLETAS DE VENTA SON DEDUCIBLES PARA FINES DEL IMPUESTO A LA RENTA? •
No8 S%/=n -o *'%3.&o %n %- -&%'!- ! $% !'&7c-o >J $% -! LIR .o-o .on $%$c(-%. -o. $%.%+(o-.o. ..&%n&!$o. con (o-%&! $% 3%n&! o &c9%&. )% .%!n *%'+&$o. co+o /!.&o o co.&o %+&$o. *o' con&'(4%n&%. $%- N%3o RUS, "!.&! %- -7+&% $%- K $% -o. +on&o. !c'%$&!$o. con co+*'o(!n&%. $% *!/o )% o&o'/!n $%'%c"o ! $%$cc
¿TODOS LOS GASTOS POR INTERESES CELEBRADOS ENTRE PARTES VINCULADAS SON DEDUCIBLES PARA FINES DEL IMPUESTO A LA RENTA? •
No. El inciso a7 del art+c!lo : de la LIR establece '!e son astos ded!cibles los intereses oriinados -or -restamos entre em-resas %inc!ladas en la medida '!e no s!-eren los l+mites seBalados en el Relamento de la Ley del Im-!esto a la Renta. Dica norma seBala '!e el monto má(imo de ende!damiento con s!0etos o em-resas %inc!ladas, será como má(imo tres 6:7 %eces el -atrimonio neto del contrib!yente al cierre del e0ercicio anterior.
¿EISTEN LMITES PARA LA DEDUCCIÓN DE GASTOS DE PERSONAL QUE SEAN PARIENTES DE LOS SOCIOS O ACIONISTAS DE LA EMPRESA? •
Si. En este caso, si se e#ect8a el -ao de rem!neraciones a los accionistas o #amiliares asta el se!ndo rado de a&nidad o c!arto rado de consan!inidad, %eri&car '!e estos traba0en e#ecti%amente en la em-resa, as+ como la !bicaci"n 0erár'!ica en el oranirama de la em-resa, si el contrib!yente no -osee oranirama deberá elaborarse !no.
¿CUALES SON LOS REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN DE LOS GASTOS POR VACACIONES?
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?no de los re'!isitos -ara la ded!cci"n de los astos -or %acaciones, es '!e estos ayan sido cancelados asta el %encimiento de la -resentaci"n de la declaraci"n 0!rada an!al del Im-!esto a la Renta.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN DE LOS GASTOS DE MOVILIDAD INCURRIDOS POR EL PERSONAL DE LA EMPRESA?
En al!nos casos c!ando la em-resa inc!rre en astos de mo%ilidad de s! -ersonal y no lora obtener com-robantes de -ao, s!re la alternati%a de ded!cir dicos astos con la -lanilla de mo%ilidad. •
Los astos -or conce-to de mo%ilidad son ded!cibles en tanto no se sobre-asan el l+mite del 9K de la rem!neraci"n m+nima %ital mens!al, -or d+a y -or traba0ador.
APLICACIÓN PRÁCTICA E- -7+&% $% /!.&o. $% -! *-!n--! $% +o3-$!$ %. $% K $% -! RMV La em-resa entrea a s! conser0e !n im-orte semanal -or conce-to de mo%ilidad, siendo li'!idado de la si!iente manera$ FECA H> > J> J> > >
DESTINO
Callao S!r'!illo Callao Cercado de Lima Santa Anita Canta S!r'!illo Lince S!r'!illo 5reBa San Isidro S!r'!illo Callao Santa Anita Comas iraJores San Isidro5reBa @O@AL
ASIGNACION S8 :.** ).**
).** <9.** <.** 9.** )>>
RE1?ES@A •
De ac!erdo con el inciso a )7 del art+c!lo : de la LIR, serán ded!cibles los astos -or conce-to de mo%ilidad de los traba0adores siem-re y c!ando sean necesarios -ara el cabal desem-eBo de s!s #!nciones y no constit!yan bene&cio o %enta0a -atrimonial directa de estos, dicos astos -!eden ser s!stentados con com-robantes de -ao o con !na -lanilla s!scrita -or el traba0ador !s!ario de la mo%ilidadM de o-tar -or lo se!ndo, el asto a ded!cir no -!ede e(ceder el l+mite diario e'!i%alente al 9K de la rem!neraci"n m+nima %ital.
¿PARA LA DEDUCCION DE LOS GASTOS DE PERSONAL SE DEBE CUMPLIR SIEMPRE CON EL CRITERIO DE GENERALIDAD?
S+. Se debe tener en claro el conce-to de eneralidad a %eri&car, ya '!e este debe estar en concordancia con lo establecido en la si!iente 0!ris-r!dencia. Claro está '!e este criterio en al!nas %eces no se -odr+a a-licar -or'!e e(iste solo !n -ersonal en !n área determinada, como -or e0em-lo, el erente eneral. As+ tambi4n, dico criterio no sini&ca '!e el desembolso reali/ado sea -ara todo el -ersonal de la em-resa.
APLICACIÓN PRÁCTICA La entrea de realos na%ideBos debe c!m-lir el criterio de eneralidad -ara s! ded!cci"n. Con ocasi"n de las &estas na%ideBas, en diciembre se entrearon -resentes na%ideBos solo a < de los 0e#es de área reistrándose !n asto -or S.:, *9*. Además, se otor" %ales de com-ra a todo el -ersonal de la em-resa -or el im-orte de S.:*, 9<<
RE1?ES@AS •
Las entreas '!e se reali/an al -ersonal de la em-resa con moti%os de las &estas na%ideBas son consideradas como asto ded!cibles -ara determinar la renta br!ta, se8n el inciso )7 del art+c!lo : de la LIR, el c!al -recisa '!e son ded!cibles -o. !/n!-$o., boni&caciones, rati&caciones 4 '%&'(con%. )% .% !c%'$%n !- *%'.on!- , incl!yendo -aos '!e -or c!al'!ier conce-tos se aan a #a%or de los ser%idores %n 3'&$ $%- 37nc-o -!(o'!-
CUALES SON LOS REQUISITOS PARA DEDUCIR LOS GASTOS DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES DE UNA PERSONA NATURAL?
?no de los re'!isitos -ara la ded!cci"n de astos de arredramiento de inm!ebles de -ro-iedad de !na -ersona nat!ral es contar con la doc!mentaci"n '!e -r!ebe la #eaciencia de la o-eraci"n, tales como$ Contratos Fact!ras Recibos de arrendamiento 6Form!lario)>:7==sir%e -ara el reistro contable del asto. •
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¿CÓMO SE PODRIAN DEDUCIR LOS GASTOS REALIZADOS EN BIENES ALQUILADOS? Al!nas em-resas -or di#erentes moti%os arriendan bienes y en los c!ales -ara !n me0or #!ncionamiento, reali/an me0oras en ellos. Entonces, de reali/arse estos desembolsos, los mismos tendrán '!e en%iarse al costo, tal como lo seBala el literal 7 del art+c!lo << del relamento de la LIR.
APLICACIÓN PRÁCTICA L!. +%#o'!. '%!-5!$!. %n n -oc!- !''%n$!$o . *%$%n .%' $%*'%c!$!. •
arrendamiento -or dos aBos 6<*)<<*):7 de !n local '!e se !tili/a como almac4n. 1ara !na me0or comodidad, en setiembre de <*)< se reali/aron me0oras y am-liaciones en el mencionado local -or el im-orte de S.<, 9*, los desembolsos #!eron carados como asto a la c!enta >: ser%icios -restados -or terceros. El +ntero del desembolso no será reembolsado -or el -ro-ietario. Se s!scribe !n contrato de
RESPUESTA •
Las modi&caciones yo me0oras reali/adas a !n inm!eble al'!ilado constit!yen me0oras de carácter -ermanente. 1or tal moti%o, es de a-licaci"n el inciso 7 del art+c!lo << del relamento de la LIR, el c!al seBala '!e las me0oras introd!cidas -or el arrendatario en !n bien al'!ilado, en la -arte '!e el -ro-ietario no se enc!entre obliado a reembolsar, serán de-reciadas -or el arrendatario con el -orcenta0e corres-ondiente a los bienes '!e constit!yen las me0oras, de ac!erdo con las normas establecidas.
CONTABILIZACION ORIGINAL 1or !n error, el arrendatario reistro el asiento si!iente$
>: GAS@OS DE SER2. 1RES@. 1OR @ERCEROS <,9* >:9 antenimiento y re-araciones 9* @RI5?@OS, CON@RA1,P A1OR@. AL SIS@E. 9, DE 1ENSIONES P DE SAL?D 1OR 1AGAR 9*))) IG2 9< C?EN@AS 1OR 1AGAR COERC=@ERCEROS 9<) Fact!ras, boletas y otros com-rob. -or -aar (( Gastos de am-liaci"n en de-"sitos arrendado.
:*,*
CORRECION DE LA CONTABILIZACION De ac!erdo con lo e(-!esto, se deberá e#ect!ar el si!iente asiento de re!lari/aci"n$
>> INMUEBLE, MAQUINARIA Y EQUIPO >> E$;c!con%. > GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS > M!n&%n+%n&o 4 '%*!'!con%. 66 R%/-!'5!con $% -!. n3%'.on%. )% %'on c!'/!$o. ! /!.&o.
H,J H,J
CALCULO DE LA DEPRECIACION Como se reistr" dentro del r!bro de inm!ebles, el relamento de la LIR dis-one la de-reciaci"n de la in%ersi"n -or el m4todo de l+nea recta, debiendo reali/arse con la tasa del K an!al. •
es de in%ersi"n$ oct!bre <*)<
eses transc!rridos$ : meses Costo del acti%o ( tasa )< ( meses 6<,9* ( K)<7 ( 9$ S. 9< El im-orte de S. 9< deberá ser considerado como asto -or de-reciaci"n de estas me0oras y am-liaciones. •
•
•
ASIEN@O CON@A5LE
VALUACION Y DETERIORO DE ACTIV8 Y PROVIS8 D%*'%c!c DEPRECIACION, AMORTIZ8 Y AGOTAMIENT8 ACUMUL8 >> In+%(8 M!)n84 %)*o >> E$;c!con%. 66 Po' -! $%*'%c!c
H
H
¿Q !.*%c&o. .% &o+!n %n c%n&! %n n! '%3.
En las em-resas del sector constr!cci"n, el tratamiento di#erenciado -ara el Im-!esto a la Renta es el reconocimiento de inresos. De ac!erdo al art+c!lo >: de LIR, a -artir de <*): son dos 6<7 m4todos de reconocimiento de inresos$ 4todo del de%enado 4todo de lo -ercibido
R%*%.&!
En con#ormidad con el art+c!lo >: de la Ley del Im-!esto a la Renta 6LIR7, las em-resas de constr!cci"n o similares, '!e e0ec!ten contratos de obra c!yos res!ltados corres-ondan a más de !n 6)7 e0ercicio ra%able -odrán acoerse a !no de los si!ientes m4todos$ a7 Asinar a cada e0ercicio ra%able la renta br!ta '!e res!lte de a-licar sobre los im-ortes cobrados -or cada obra, d!rante el e0ercicio comercial, el -orcenta0e de anancia br!ta calc!lado -ara el total de la res-ecti%a obraM b7 Asinar a cada e0ercicio ra%able la renta br!ta '!e se estable/ca ded!ciendo del im-orte cobrado o -or cobrar -or los traba0os e0ec!tados en cada obra d!rante el e0ercicio comercial, los costos corres-ondientes a tales traba0osM o, c7 Di#erir los res!ltados asta la total terminaci"n de las obras, c!ando estas, se8n contrato, deban e0ec!tarse dentro de !n -la/o no mayor de tres 6:7 aBos, en c!yo caso los im-!estos '!e corres-ondan s a-licaran sobre la anancia as+ determinada, en el e0ercicio comercial en '!e se concl!yan las obras, o se rece-ciones o&cialmente, c!ando este re'!isito deba recabarse se8n las dis-osiciones %ientes sobre la materia.
En tal sentido, el art+c!lo >: de la LIR, asta antes de la modi&catoria, reconoc+a tres 6:7 m4todos -ara determinar la renta de los contratos de constr!cci"n$ M&o$o $% -o *%'c($o$ de ac!erdo al inciso a7 del art+c!lo >: de la LIR.= Considerar la renta br!ta a-licando -orcenta0e de anancia sobre 2alor totalcobrados. de la obra $ )****** im-ortes aren de anancias $ :*K
Cobran/a
$ :*K <*)) y <*
E#%'cco
Co('!n5!
<*)) <*)< <*): <*)9
:***** :***** <***** <*****
M!'/%n
:*K :*K :*K :*K
R%n&!
**** **** >**** >****
M&o$o $% -o $%3%n/!$o1 De ac!erdo al inciso b del art+c!lo >: de la LIR.= considerar la renta sobre traba0os e0ec!tados, ded!ciendo los costos de las obras.
2alor total de la obra Costo total de la obra aren de costo Cobran/a E#%'cco
<*)) <*)< <*): <*)9
$ )****** $ ***** $ *K $ :*K <*)) y <*)
*.* *.* *.* )******
Co.&o
=
*.* *.* *.* *****
R%n&!
*.* *.* *.* :*****
OPINION DE LA SUNAT
Ino'+% N > SUNAT S+--!1 La %enta de los denominados aires no se enc!entra ra%ada con el IG2. A e#ecto del cálc!lo de la base im-onible en la -rimera %enta de de-artamentos e#ect!ada -or el constr!ctor d!rante la %iencia de la sit!aci"n establecida -or el Decreto S!-remo N; )*=<***= EF, 8nicamente debe e(cl!irse la -arte -ro-ietario, se8n el -orcenta0e consinado en el relamento Interno Res-ecti%o. M!&%'!1 Se cons!lta si la %enta de aires se enc!entra ra%ada con el Im-!esto General a La 2entas 6IG27, y c!ál es la #orma de determinar la -ro-orcionalidad de las áreas com!nes a cada de-artamento 6en caso de %enta de de-artamentos de !n edi&cio7, -ara el cálc!lo de la e(cl!si"n corres-ondiente al %alor del terreno. B!.% L%/!-1
@e(to 8nico Ordenado de la Ley del Im-!esto General a las 2entas e Im-!esto
An0-..1
En c!anto a la -rimera cons!lta, re#erida a si la %enta de aires se enc!entra ra%ada con el IG2, debemos indicar '!e de ac!erdo con lo establecido en el art+c!lo ) del @?O de la Ley del IG2, el citado Im-!esto ra%a, entre otras o-eraciones, la %enta en el -a+s de bienes m!ebles !bicados en el territorio nacional. Conc-.on%.
). La %enta de los denominados TairesTU no se enc!entra ra%ada con el IG2, <. 1ara &nes del cálc!lo de la base im-onible en la -rimera %enta de de-artamentos e#ect!ada -or el constr!ctor d!rante la %iencia de la s!stit!ci"n establecida -or el Decreto S!-remo NT )*=
¿Q !.*%c&o. .% &o+!n %n c%n&! %n n! '%3.
Entre al!nos as-ectos a tener en c!enta en !na re%isi"n a contrib!yentes del sector arario tenemos$ •
•
Com-robar '!e en el caso de contrib!yentes -ertenecientes al sector arario se aya obser%ado el l+mite a ded!cir -or com-ras s!stentadas con boletas de %entas emitidas -or contrib!yentes del N!e%o R?S. Este ti-o de contrib!yentes -!ede ded!cir asta el )*K de los montos acreditados mediante com-robantes de -ao '!e otoran dereco a ded!cir asto o costo y '!e se enc!entren anotados en el reistro de com-ras. Este l+mite no -odrá s!-erar en el e0ercicio de <** ?I@. Com-robar '!e el contrib!yente aya -resentado el #orm!lario NT 9, -or el c!al se acoe a los bene&cios del sector arario indicados en la Ley N; <:>*.
BASE LEGAL • •
Ley NT <:>* = Ley de -romoci"n del sector arario. Relamento de la Ley NT <:>*, a-robado -or el Decreto S!-remo NT *9=<**<= AG.
OPINIÓN DE LA SUNAT
Ino'+% N HOHSUNATBOO S+--!1
Ante el s!-!esto de !n s!0eto '!e -resenta el Form!lario NT 9 con #eca :) de
M!&%'!1
@ratándose de !n contrib!yente '!e -resenta el Form!lario NT 9 con #eca :) de enero -ara acoerse a la Ley NT <:>* y -osteriormente =dentro de la #eca de %encimiento= -resenta !na declaraci"n 0!rada mens!al del -eriodo de enero acoi4ndose al R4imen Es-ecial del Im-!esto a la Renta 6RER7, se cons!lta$ ). Se considera '!e el contrib!yente se enc!entra en el RER con el <.K de -ao a c!enta del Im-!esto a la Renta o en el R4imen Arario con el )K del Im-!esto a la Renta. B!.% -%/!-1
@e(to Xnico Ordenado de la Ley del Im-!esto a la renta, a-robado -or el Decreto S!-remo NT )=<**9=y norma modi&catoria, en adelante, @?O de la Ley del Im-!esto a la Renta.
L%4 NW J>XX )% !*'%(! -!. No'+!. $% P'o+oc
Resol!ci"n de S!-erintendencia NT **=<**:S!natU, norma '!e a-r!eba la n!e%a %ersi"n del Form!lario NT 9 denominado TDeclaraci"n W!rada de Acoimiento a los 5ene&cios @rib!tarios de la Ley de 1romoci"n del Sector Arario y de la Ley de 1romoci"n y Desarrollo de la Ac!ic!lt!raT. Análisis$ 1ara e#ecto del -resente in#orme se -arte de la -remisa '!e en el s!-!esto materia de cons!lta, el s!0eto c!m-le con los re'!isitos e(iidos -or las normas -ara el acoimiento al RER y a los bene&cios establecidos -or la Ley NT <:>*. En este sentido cabe indicar lo si!iente$ ), Ley NT <:>* = Ley de -romoci"n del sector arario ediante esta Ley se declar" de inter4s -rioritario la in%ersi"n y desarrollo del sector arario, estableci4ndose di%ersos bene&cios, entre otros, de carácter trib!tario, a #a%or de los contrib!yentes '!e cali&'!en como bene&ciarios de debida Ley. 1or s! -arte, mediante el art+c!lo : del Relamento de la citada Ley, se
TUO $% -! L%4 $%- I+*%.&o ! -! R%n&! R/+%n E.*%c!- $%I+*%.&o ! -! R%n&! RER De con#ormidad con lo dis-!esto en el art+c!lo )<* del @?O de la Ley del Im-!esto a la Renta, tratándose de s!0etos '!e !bieran iniciado acti%idades antes del ) de enero de cada aBo, el acoimiento al RER se reali/ará 8nicamente con ocasi"n de la declaraci"n y -ao de la c!ota corres-ondiente al -eriodo de enero de cada e0ercicio ra%able y siem-re '!e se e#ect8en asta la #eca de s! %encimiento, de ac!erdo con lo seBalado en el art+c!lo )<) de dico @?O. En c!anto a la c!ota a-licable a e#ectos del RER, el art+c!lo )<) del @?O de la Ley del @R, dis-one lo si!iente$
Los contrib!yentes '!e se aco0an al RER y c!yas rentas de tercera cateor+a -ro%enan e(cl!si%amente de la reali/aci"n de las acti%idades de comercio yo ind!stria, -aarán !na c!ota ascendente al <.K de s!s inresos netos mens!ales -ro%enientes de s!s rentas de tercera cateor+a. @ratándose de a'!ellos contrib!yentes c!yas r!tas de tercera cateor+a -ro%enan e(cl!si%amente de la reali/aci"n de acti%idades de ser%icios, la c!ota a -aar ascenderá a :.K de s!s inresos netos mens!ales -ro%enientes de s!s rentas de tercera cateor+a. Concl!siones$
2URISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL FISCAL RTF N H P'%c%$%n&% )% no %. $% o(.%'3!nc! o(-/!&o'! Se declara n!la e ins!bsistente la a-elada, '!e dene" la solicit!d de acoimiento a la Ley de 1romoci"n y Desarrollo de la Ac!ic!lt!ra, res-ecto del e0ercicio <**<, atendiendo a '!e las Leyes NY <:>* y <9>* no condicionan el oce de los bene&cios a la -resentaci"n de !na declaraci"n 0!rada -re%ia dentro de !n -la/o determinado , a-reciándose '!e la 8nica obliaci"n establecida en el art+c!lo > de la Ley '!e a-r!eba las Normas de 1romoci"n del Sector Arario 6a-licable tambi4n en este caso7, -ara el oce de los bene&cios trib!tarios, es '!e las -ersonas nat!rales o 0!r+dicas deb+an estar al d+a en el -ao de s!s obliaciones trib!tarias de ac!erdo con las condiciones '!e estableciera el relamento, -!diendo dica declaraci"n en todo caso tener meramente e#ectos declarati%os y no constit!ti%os, sentido en el c!al debe inter-retarse esta norma, -or lo '!e siendo '!e en el -resente caso la Administraci"n dene" el acoimiento de la rec!rrente a la Ley de 1romoci"n y Desarrollo de la Ac!ic!lt!ra
¿Q !.*%c&o. .% &o+!n %n c%n&! %n n! '%3.
Entre al!nos as-ectos a tener en c!enta en !na re%isi"n a contrib!yentes del Sector Ama/onia tenemos$ 2eri&car '!e la contabilidad es lle%ada en la Ama/onia. 2eri&car '!e la administraci"n del contrib!yente se enc!entra !bicada en la Ama/onia siem-re '!e la S!nat -!eda %eri&car #eacientemente '!e en ella está !bicado el centro de o-eraciones y labores -ermanente de '!ien o '!ienes dirien la em-resa, as+ como la in#ormaci"n '!e -ermita e#ect!ar la re#erida labor de direcci"n. 2eri&car '!e no e(istan acti%idades de -rod!cci"n #!era de la Ama/onia. Recordar '!e este re'!isito no es a-licable a las em-resas de comerciali/aci"n. @ratándose de acti%idades e(tracti%as, se debe entender -or -rod!cci"n a los bienes obtenidos de la indicada acti%idad.
A'&7c-o >8 D%;ncon%.
:.) 1ara e#ecto de la -resente Ley, la Ama/onia com-rende$ a7 Los de-artamentos de Loreto, adre de Dios, ?cayali, Ama/onas y San art+n. b7 Distritos de Si%ia y Aya!anco de la -ro%incia de [!anta y Ayna, San i!el y Santa Rosa de la -ro%incia de La ar del de-artamento de Ayac!co. c7 1ro%incias de Wa4n y San Inacio del de-artamento de Ca0amarca. d7 Distritos de Panatile de la -ro%incia de Calca, la -ro%incia de La Con%enci"n, \oslli-ata de la -ro%incia de 1a!cartambo, Camanti y arca-ata de la -ro%incia de 3!is-icancis, del de-artamento del C!sco.
2URISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL FISCAL RTF NW >H P'%c%$%n&% )% no %. $% o(.%'3!nc! o(-/!&o'! ►
Res-ecto a '!e Tla e(iencia de '!ien o '!ienes diri0an la em-resa tenan s! centro de o-eraciones y labores -ermanentes en la Ama/on+a, se enc!entra re#erida a a'!ellos administradores de ni%el s!-erior, esto es, a '!ienes tienen la res-onsabilidad de establecer la direcci"n de la orani/aci"n, en este caso, la em-resa 6...7, es decir, a'!ellos administradores '!e se enc!entran encarados de diriir la interacci"n de la orani/aci"n de s! entorno 6...7T. ►RTF N > P'%c%$%n&% )% no %. $% o(.%'3!nc! o(-/!&o'! La Ley NT <*: dele" e(-resamente en el Relamento la #ac!ltad de re!lar los re'!isitos -ara el acoimiento a los bene&cios trib!tarios -re%istos en ella, dando los lincamientos enerales '!e este deb+a recoer, entre los '!e se encontraba '!e los acti%os yo -rod!cci"n de los s!0etos '!e -retendieran acoerse a los mismos se enc!entren en la Ama/onia en !n -orcenta0e no menor al *K del total de la misma, de lo '!e se in&ere '!e el Relamento estaba #ac!ltado a considerar ia totalidad de los re#eridos lineamientos, o -arte de los mismos, sin '!e
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