Recurso de Inconformidad __________ CASAS FONATAERRA, S.A. de C.V. Vs Instituto Mexicano del Seuro Social !. Conse"o Consulti#o $eleacional del Instituto Mexicano del Seuro Social, en Saltillo, Coa%uila. & r e s e n t e.' RO(ERTO RO(ERTO )OME* FRIAS, en nombr nombre e y repr represe esenta ntació ción n de la perso persona na moral moral CASAS FONATAERRA, S.A. $E C.V. , personería que acreditó con el testimonio notarial que se anexa a la presente demanda, contando con registro patronal A+' -++/'-'/, con domicilio fscal el ubicado en Calle Falcón No. 217 ur, Colonia
Centro, en la ciudad de !orreón, Coa"uila, se#alando como domicilio para oír y recib recibir ir todo todo tipo tipo de notifc notifcaci acione ones, s, el ubicad ubicado o en la A#enida Ram0n Corona n1mero 23, Colonia Centro , C.&. 24, en la ciudad de Torre0n, Coa%uila , de la manera m$s atenta compare%co y expongo lo siguiente&
'ue con (undamento en lo establecido por el artículo 2)* de la +ey del eguro oci ocial al,, en relac elació ión n co con n los los artí artícu culo loss 1, *, , -, 2 y dem$ dem$ss relat elati/ i/os os del del 0eglamento 0eglamento del 0ecurso 0ecurso de ncon(ormidad, ncon(ormidad, compare%co para interponer Recurso de Inco Inconf nfor ormi mida dad d en contra de la resolución con nmero de cr3dito -35+-, emitida por la ubdelegación de !orreón del nstituto 4exicano del eguro ocial con (ec"a - de enero de 2515. 6e con(ormidad con lo dispuesto por la (racción del artículo * del 0eglamento del 0ecurs ecurso o de ncon( ncon(or ormi midad dad se#alo se#alo como como moti/ moti/o o del prese presente nte recur recurso so los siguientes& !ec%os
1.8. 2. 8 .8. Con (ec"a 5 de (ebrero de 2515 se notifcó la resolución "oy impugnada. 9l no estar con(orme con la misma, es que se promue/e el presente medio de de(ensa y se "ace /aler el siguiente agra/io. Ara#ios 6NICO.' :n moti/o mas que sufciente para dejar sin efectos el acto combatido
lo constituye el "ec"o de que al emitirlo la emisora contra/ino el texto del artículo
/4 de la +ey del eguro ocial; tal y como a continuación se demuestra.
- 2 “ Artículo 37. En tanto el patrón no presente al Instituto el aviso de baja del trabajador, subsistirá su obligación de cubrir las cuotas obrero patronales respectivas; sin embargo, si se comprueba que dicho trabajador fue inscrito por otro patrón, el Instituto devolverá al patrón omiso, a su solicitud, el importe de las cuotas obrero patronales pagadas en exceso, a partir de la fecha de la nueva alta.
6el artículo antes citado se desprende que en tanto el patrón no presente al nstituto el a/iso de ba=a del traba=ador, subsistir$ su obligación de cubrir las cuotas obrero patronales respecti/as; no obstante lo anterior, si se comprueba que el o los traba=adores (ueron inscritos por otro patrón, el nstituto de/ol/er$ al patrón omiso, a su solicitud, el importe de las cuotas obrero patronales pagadas en exceso, a partir de la (ec"a de la nue/a alta. fniquitos de los traba=adores de (ec"as8., asi como con las altas del patrón8, con el que se demuestra que con (ec"a8 ya laboraban para otro patrón. ?ay que aclarar que por economía procesal, no existe necesidad que mi representada realice el pago de las cuotas para que estas posteriormente sean de/ueltas, sino lo procedente es que se de=e sin e(ectos la cedula de liquidación recurrida, al demostrarse que los traba=adores ya se encontraban dados de ba=a e inclusi/e ya se encontraban laborando para otro patrón.
$el
Acto
Recurrido
Con (undamento en lo establecido por el artículo /2 del 0eglamento del 0ecurso de ncon(ormidad, se solicita la suspensión del acto recurrido desde la interposición de este medio de de(ensa, ello con (undamento en el propio artículo /2, el cual establece& “!a suspensión del procedimiento administrativo de ejecución será ordenada por el "ecretario #eneral del Instituto o el "ecretario del $onsejo $onsultivo %elegacional, si se solicita desde la interposición del recurso o durante la tramitación del mismo... !a suspensión se sujetará a las normas aplicables del $ódigo &iscal de la &ederación'
- -
textualmente se#ala& “Artículo 144. (o se ejecutarán los actos administrativos cuando se garantice el inter)s *scal, satisfaciendo los requisitos legales. +ampoco se ejecutará el acto que determine un cr)dito *scal hasta que vena el plao de treinta d-as siguientes a la fecha en que surta efectos su noti*cación, o de quince d-as, tratándose de la determinación de cuotas obreropatronales o de capitales constitutivos al seguro social / los cr)ditos *scales determinados por el Instituto del &ondo (acional de la 0ivienda para los +rabajadores. Si a más tardar al vencimiento de los citados plazos se acredita la impugnación ue se !u"iere intentado # se garantiza el inter$s %scal satisfaciendo los reuisitos legales& se suspenderá el procedimiento administrativo de ejecución. 'uando el contri"u#ente !u"iere interpuesto en tiempo # forma el recurso de revocación previsto en este $ódigo & los recursos de inconformidad previstos en los artículos ()4 de la *e# del Seguro Social / 12 de la !e/ del Instituto del &ondo (acional de la 0ivienda para los +rabajadores o, en su caso, el procedimiento de resolución de controversias previsto en un tratado para evitar la doble tributación de los que 3)xico es parte, no estará o"ligado a e+!i"ir la garantía correspondiente& sino en su caso& !asta ue sea resuelto cualuiera de los medios de defensa se,alados en el presente artículo.-
@An(asis a#adidoB Como se obser/a del artículo antes citado, con la interposición del recurso de incon(ormidad se de9e sus7ender el 7rocedimiento administrati#o de e"ecuci0n, sin :ue exista necesidad de aranti8ar el inter
1.
2.
+a resolución con nmero de cr3dito -35+-, emitida por la ubdelegación de !orreón del nstituto 4exicano del eguro ocial con (ec"a - de enero de 2515.
.
+a presuncional legal y "umana, en todo lo que (a/ore%ca a los intereses de mi mandante.
- * -
or lo anteriormente expuesto y (undado, atentamente pido& &rimero.' !ener por presentado en tiempo y (orma legales el presente recurso de
incon(ormidad en contra de las resoluciones detalladas en el proemio del presente líbelo. Seundo.' !ener por o(recidas y desa"ogadas las pruebas que se acompa#an a
este ocurso.
Tercero.' uspender el rocedimiento 9dministrati/o de <=ecución. Cuarto.' +legado el momento y pre/ia /aloración de las pruebas resol/er de
(orma (a/orable el presente medio de de(ensa.
&rotesto lo necesario
!orreón, Coa"uila, a 2 de (ebrero de 2515
RO(ERTO )OME* FRIAS