Procedimiento de Dosimetría de Ruido
Compañía Minera Antamina S.A.
Sistema Integrado de Gestión Código: GSSL-SAL-PR001
Versión: 01
Fecha de elaboración: 14/02/2013
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Copia N° _________
Asignada a _________________ _____________________________ ______________________ __________
ORIGINAL FIRMADO EN OFICINA DE HIGIENE Y ERGONOMIA Preparado por:
Revisado Por:
Aprobado Por:
Richard Sáenz.
Marlon Romero.
Horacio Reeves.
Ing. Higienista Junior.
Supervisor Sénior de Higiene y Ergonomía.
Superintendente de Salud.
Fecha de Elaboración: 14/02/2013.
Fecha de Revisión: 18/02/2013.
Fecha de Aprobación: 20/02/2013.
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CUADRO DE CONTROL DE CAMBIOS
Cambios en el presente documento desde la última revisión.
Ninguno.
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TABLA DE CONTENIDO
1.
OBJETIVO. OBJETIVO................................. ................................................. .................................. ................................. ................................. ................................. .................. 4
2.
ALCANCE. ALCANCE. ................................ ................................................. .................................. ................................. ................................. ................................. .................. 4
3.
REFERENCIAS LEGALES Y OTRAS NORMAS. ......................................................... 4
4.
ABREVIATURAS Y/O DEFINICIONES. ........................................................................ 4
5.
PROCEDIMIE PROCEDIMIENTO. NTO................................... ................................................... ................................. ................................. .................................. .................... ... 6
6.
RESPONSABILIDADES. ............................................................................................... 9
7.
REGISTROS REGISTROS.. ............................... ................................................. .................................. ................................. ................................. ............................... ............... 9
8.
REFERENC REFERENCIAS. IAS. ................................. ................................................. ................................. ................................. .................................. ........................ ...... 10
9.
ANEXOS..... ANEXOS...................... .................................. .................................. ................................. ................................. ................................. ............................. ............. 10
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1. OBJETIVO. Establecer los parámetros para realizar una medición de exposición a ruido por dosimetría en el lugar de trabajo. 2. ALCANCE. Este procedimiento es para el uso de los profesionales del servicio de higiene y a ser aplicado en todas las áreas de la empresa donde se deben realizar estas mediciones.
3. REFERENCIAS REFERENCIAS LEGALES Y OTRAS NORMAS. 3.1 Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional y otras medidas complementarias en Minería, DS055-2010-EM. DS055-2010-EM. 3.2 Guía N°01 del Reglamento Re glamento de Seguridad y Salud Ocupacional y otras medidas me didas complementarias en Minería, DS055-2010-EM. 3.3 Ley de Seguridad y Salud en el trabajo N°29783 y su Reglamento. 4. ABREVIATURAS ABREVIATURAS Y/O DEFINICIONES. DEFINICIONES. 4.1 Dosis(Pa2H): Dosis(Pa2H): Dosis de energía acústica en referencia a la energía máxima diaria (Límite Permisible), se calcula de la siguiente manera: Leq
Dosis ( Pa h) 2
10 10 .T exp exp Lim
10 10 .T Donde: Leq: Nivel equivalente en dBA para el tiempo de exposición Texp: Tiempo total de exposición Lím: Límite Permisible de ruido para el tiempo T. T: Tiempo de exposición para el Límite “Lim” 4.2 % Dosis: Dosis Dosis: Dosis de exposición porcentual, integra los criterios de Nivel y Tiempo de exposición. Así el límite permisible para cualquier tiempo de exposición siempre será el 100% de la dosis. Se calcula de la siguiente manera:
% Dosis 100 x
T exp exp
28800
( Leq 85)
x 2
3
Donde: Leq: Nivel equivalente en dBA para el tiempo de exposición Texp: Tiempo total de exposición
4.3 Límites de Exposición: Término Exposición: Término que incluye a los conceptos de Límite Permisible y de Nivel de Acción.
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4.4 Límite Permisible: Viene a ser el nivel máximo permitido de exposición acumulada a lo largo de la jornada. En Antamina se establece un Límite de Permisible de 83dB (jornada de 12 horas). 4.5 Límite Superior de Tiempo (Upper Limit Time): Es Time): Es un nivel de ruido para el cuál el equipo calculará el tiempo que ha sido excedido. Se usará un UL de 129dB (si este nivel es superado por un segundo entonces ya ha sido superado el límite permisible). 4.6 Nivel de Acción: Acción: Nivel de presión sonora por encima del cual se deben tomar medidas de control para la exposición de los trabajadores. Se establece para Antamina un Nivel Nivel de Acción para 12 horas de 80dBA. 4.7 Nivel Umbral (Thresold Level): Level): Todos los ruidos por debajo del nivel umbral se consideran no existentes, se usa para poder determinar de una manera práctica que áreas tienen realmente problemas de ruido. Para el caso de las dosimetrías y en las mediciones de áreas/fuentes usaremos un nivel umbral de 0.00dB. 4.8 Ponderación (Weighting): (Weighting): La escala de ponderación a usar será la escala A, está escala es la más recomendada debido a que correlaciona mejor la intensidad física del ruido con la respuesta del oído humano (2). 4.9 Respuesta: Respuesta: Es la velocidad de respuesta del micrófono ante una variación en el nivel de presión sonora. Se recomienda utilizar la respuesta respuest a “Slow” para ambientes de trabajo. 4.10 Tasa de Cambio (Exchange Rate): Rate): Se refiere a cómo es que se promedia la energía sonora a lo largo del tiempo, cada vez que el nivel medido aumente en la tasa de cambio (nivel + tasa de cambio) la dosis recibida de energía acústica será duplicada. Usaremos la escala del decibel, cada vez que el nivel medido aumente en 3 dB, la energía sonora recibida se duplicará (1). 4.11 Nivel de sonido continuo equivalente: equivalente: El nivel de sonido continuo equivalente, expresado como L Aeq,Te, se usa para cuantificar el nivel de presión de sonido promedio para un cierto periodo de medición. Donde Te es el tiempo de medición de la exposición medida. 4.12 Grupo de exposición Similar (GES): (GES): Agrupación de puestos que tienen una exposición similar al ruido. 4.13 Exposición al ruido promedio normalizado a 8 horas: Es el nivel de sonido que se compara directamente con el límite máximo permisible nacional de 85dBA para 8 horas de jornada laboral, con una tasa de cambio de 3dB. La fórmula utilizada es:
T e dBA dBA T o
L EX ,8h L Aeq,Te 10 log
Donde: L Aeq,Te es el nivel de sonido continuo equivalente con ponderación A. ________________________________________________________ _________________________ Una vez impreso este documento se convierte en copia no controlada, verificar su vigencia en intranet
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Te es la duración efectiva de la jornada de trabajo. To es la duración de referencia, To = 8 horas.
4.14 Nivel de Exposición (NE): (NE): Valor de exposición que es representativo para un grupo de trabajadores evaluados, se utiliza para representar la exposición de un grupo de exposición similar. Comúnmente se utiliza el límite superior de confianza (UCL) de la media.
4.15 Desviación Estándar (DE): (DE): Es un parámetro estadístico que indica cuanto en promedio las muestras se alejan de la media.
4.16 Mediciones Planeadas: Planeadas: Aquellas que se encuentren indicadas en el Programa Anual de Monitoreo, especificando el número de mediciones por cada puesto de trabajo o GES, a partir de las cuales se determinará el Grado de Riesgo de la exposición. 4.17 Mediciones no Planeadas: Planeadas: Aquellas requeridas por el Operador de un equipo o Supervisor de un área debido a la posible existencia de una exposición alta que podría deberse a algún cambio sucedido en el equipo (por desperfecto mecánico o falla en el sello de la cabina) o en el proceso (trabajo nuevo o especial con mayor exposición). 4.18 Límite superior de Confianza (UCL): Estadísticamente se considerará el Límite Superior de Confianza como nivel de exposición (NE) representativo del Grupo de Exposición Similar (GES) . La definición técnica del UCL es el límite superior estimado para la media, la estimación del intervalo da una indicación de cuánta incertidumbre existe en nuestra estimación de la media verdadera. En Antamina se considera una confianza del 95%.
5. PROCEDIMIENTO. 5.1 Para este paso, pas o, ya se deberá haber evaluado las áreas ár eas de trabajo, trabaj o, se habrá determinado qué grupos de trabajadores necesitan ser muestreados en su exposición a ruido, y determinado cuántas muestras se necesita. 5.2 Antes de realizar una medición por dosimetría, el personal a cargo, debe verificar la carga de las baterías y el estado del equipo en general. En caso sea necesario debe de cambiarse la batería. 5.3 Proceder a programar el equipo: 5.3.1
En el caso de la marca Larson Davis la programación programac ión se hace mediante el software. Conectar el equipo a la PC Borrar los eventos anteriores grabados. Programar la fecha Tiempo de encendido
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Tiempo de apagado El tiempo de medición considerado es de 12 horas Se verifica que esté en decibeles A. Desconectar Desconecta r el equipo de la PC
5.3.2 En la marca Larson Larson Davis Davis se pueden programar hasta varios varios eventos eventos en el mismo día. 5.3.3 En el caso de la marca Quest la programación programación es manual manual y se utilizan utilizan los mismos parámetros que en marca anterior.
5.4 Calibración de campo: 5.4.1 5.4.2
5.4.3
5.4.4 5.4.5 5.4.6 5.4.7 5.4.8 5.4.9 5.4.10
Antes de realizar la calibración el equipo deberá de permanecer encendido durante un tiempo mínimo de 5 minutos. Se debe realizar realizar la verificación verificación con el calibrador antes antes del uso. Se usará un nivel de 114.0dB usando un calibrador acústico con calibración de fábrica vigente. Se usarán correcciones por altura sólo si así lo especifica el fabricante. El proceso de calibración calibración deberá deberá llevarse llevarse a cabo dentro de las las 12 (doce) horas antes de iniciarse cada evento, en la medida de lo posible justo antes de efectuarla. El ambiente donde donde se haga esta verificación verificación no debe ser ruidoso ruidoso para no interferir. Nunca deberá de encenderse el calibrador antes de instalarlo al equipo de medición. Instalar Instala r el equipo de medición, el adaptador y el calibrador, según las indicaciones indicaciones del fabricante. Antes de hacer los ajustes necesarios deberá de permitirse que la lectura del equipo se estabilice. Apagar el calibrador antes de desconectarlo del equipo de medición. Asegurarse Asegurars e que la calibración sea almacenada en el equipo de medición. En el caso de la marca Larson Davis es calibrado conectado al software.
5.5 El equipo debe ser colocado en el estuche de transporte. 5.6 Se identifica el lugar y puesto donde se debe ir a monitorear según el cronograma de monitoreo. 5.7 En la medida de lo posible posib le el trabajador trabaja dor será seleccionado seleccio nado de manera aleatoria aleat oria dentro del grupo/puesto al cual pertenece. 5.8 Se deberá explicar al trabajador que va a usar el dosímetro cuál es el propósito y el procedimiento para el muestreo o monitoreo, el trabajador que va a portar el dosímetro deberá recibir instrucciones precisas acerca de lo que debe y no debe hacer mientras lleve el equipo: 5.8.1 No se quite el dosímetro a menos que sea absolutamente absolutamente necesario. necesario. 5.8.2 No golpee, deje caer, o dañe de alguna otra manera al dosímetro. ________________________________________________________ _________________________ Una vez impreso este documento se convierte en copia no controlada, verificar su vigencia en intranet
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5.8.3 Mantenga el micrófono descubierto descubierto de ropas u otras otras prendas, prendas, con la pantalla pantalla cortavientos sobre el micrófono. 5.8.4 No sacar sacar la pantalla corta vientos del micrófono. micrófono. 5.8.5 No manipular los botones de programación del equipo. 5.8.6 No mover o sacar las conexiones entre el equipo y el micrófono. 5.8.7 No gritar, silbar o conversar en dirección al micrófono 5.8.8 Que reporte al momento de dejar el equipo cualquier condición anormal.
5.9 Se le coloca el equipo en el trabajador según se muestra en la imagen, cuidando que el cable no interfiera con las labores colocándolo colocándolo por la espalda y el micrófono a prendido a la altura de la parte media de la clavícula sin que roce ninguna superficie.
5.10 Al retorno que deje el equipo en el lugar que se le indique con la información sobre alguna condición atípica en la tarea. 5.11 Recojo del equipo y verificación verificació n de la medición 5.12 Bajar la información infor mación mediante el software s oftware considerando consid erando los parámetros parámet ros establecidos: Leq dB A, 12hr; tiempo de medición, Nivel Máximo, Nivel Mínimo, Nivel Pico, Nivel C-A. 5.13 Registrar la medición en el formato format o de mediciones: 5.13.1 5.13.2 5.13.3 5.13.4 5.13.5
Fecha de Medición. Medición. Modelo y Código del Equipo/Maquina. Número de Serie del Equipo medidor de ruido utilizado Lugar de trabajo / Actividad Realizada Condiciones especiales durante la jornada que pudieron afectar resultados. 5.13.6 Nombre y cargo del trabajador trabajador muestreado. muestreado.
los
5.14 Registrar la medición (Leq y pico) en la base de datos. ________________________________________________________ _________________________ Una vez impreso este documento se convierte en copia no controlada, verificar su vigencia en intranet
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5.15 Medición fallida. fallida. Se considerará una medición fallida fallida de acuerdo a los siguientes criterios: 5.15.1 Si el tiempo de medición es menor al 70% del total de la jornada de trabajo. (menos de 8 horas y 30 minutos) 5.15.2 Si el trabajador vario de puesto de trabajo durante la jornada. 5.15.3 Si se encuentran picos de ruido que no pueden ser atribuidos a una exposición normal, sino más bien a una falla en las conexiones eléctricas del equipo, etc. 5.15.4 Si luego de realizar las mediciones de comprobación (ante mediciones no comunes para el puesto) se determina que está medición sale del rango de exposición.
5.16 Requisitos. 5.16.1 Personal capacitado en el uso de los dosímetros de las marcas que se tengan en el área. 5.16.2 Dosímetros con certificado certificado de calibración vigente 5.16.3 Dosímetros en buen estado estado así como de sus accesorios accesorios 5.16.4 Software para bajar bajar información de los dosímetros dosímetros 5.16.5 Formatos de registro de mediciones mediciones 5.16.6 Base de datos para el registro digital de los resultados
6. RESPONSABILIDADES. 6.1 Superintendente de Salud. Brindar las facilidades y recursos para que se cumpla este procedimiento. Aprobar el presente procedimiento 6.2 Ingeniero Sénior de Higiene y Ergonomía. Verificar que el procedimiento se cumpla en su cabalidad. Gestionar la adquisición, calibración y mantenimiento de los equipos así como de los accesorios. 6.3 Ingeniero Higienista Junior. Planificación de los programas de monitoreo y evaluaciones de diagnostico según el presente procedimiento y otras normas técnicas aplicables. 6.4 Técnico de Higiene Ocupacional. Aplicar el procedimiento en el trabajo de campo. Solicitar cualquier requerimiento requerimiento a su inmediato superior.
7. REGISTROS. 7.1 Registro electrónico de las verificaciones antes y después de los dosímetros de ruido. Ingresar al software Blaze, conectar el dosímetro que se quiere revisar utilizando el puerto infrarrojo, ingresar a la opción calibrar y luego en el botón historial de calibración del equipo. 7.2 GSSL-SAL-FR001 Formato de campo para dosimetría de ruido. ________________________________________________________ _________________________ Una vez impreso este documento se convierte en copia no controlada, verificar su vigencia en intranet
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8. REFERENCIAS. 8.1 CRITERIA FOR A RECOMMENDED STANDARD - Occupational Noise Exposure Revised Criteria 1998 - U.S. DEPARTMENT OF HEALTH AND HUMAN SERVICES Public Health Service - Centers for Disease Control and Prevention - National Institute for Occupational Safety and Health. Cincinnati, Ohio. June 1998. 8.2 RUIDO EN LA INDUSTRIA – Reconocimiento, Evaluación y Control. Jean-Paul E. Becker 8.3 WEBPAGE: National Institute for Occupational Safety and Health http://www.cdc.gov/niosh/homepage.html 8.4 WEBPAGE: Occupational Safety and Health Administration Administration http://www.osha.gov 8.5 WEBPAGE: Mine Safety and Health Administration http://www.msha.gov
9. ANEXOS.
Ninguno.
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