ANTECEDENTES, OBJETIVOS OBJETIVOS Y CONTENIDOS DE LOS LOS TEMAS: I. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL DERECHO MERCANTIL Objetivo: Expi!"# " evo$!i%& 'e De#e!(o Me#!"&ti e& e )*bito &"!io&" e i&te#&"!io&". Co&te&i'o +.+. po!" p#e!o'i-!"' p#e!o'i-!"'o#" o#" +.+.+. T#$e$e +.+./. C(i&" +.+.0. B"bio&i" +.+.1. Ro*" +.+.2. O#'e&"&3"4 Las Ordenanzas Municipales son normas generales para el gobierno de su respectiva sección de provincia. Las Resoluciones son notas de gestión administrativa.
+.+.2.+. Cobe#t Fue creada en Francia por colbert, en dos fechas una marítima y otra terrestre Los actos de comercio ART 75 del C Comercio- leer para determinar si es objetio o subjetio Lo!ro aumentar la cantidad de barcos en Francia 1673-terrestre 1681-maritimo 7 comercio de naturaleza mercantil por e!emplo si e"iste un pagare------13#1 c$ecar si trae apare!ada e!ecución% osea si es via e!ecutiva código de comercio% el secretario actuario se constitu&e al domicilio de la persona% se tiene 'ue tener la certeza de 'ue bienes tiene el deudor (ia ordinaria) se presenta la demanda% & ordena el emplazamiento% se tendr* 'ue llevar% llevar% todos los contratos mercantiles se llevan por la via ordinaria. +ueces de primera instancia en materia mate ria civil de acuerdo a la cuantia mas de , ,,, ui/nes pueden conocer de una demanda de materia mercantil0 e pueden tener varias sentencias interlocutorias% ósea varias a la vez
Compraenta" derechos y obli!aciones de las partes, y en caso de incumplimiento, se habla de la parte sustantia #stas ordenan$as inte!ran la parte sustantia y objetia" sustantia" acciones %ue pueden hacer las partes, objetia" proceso para e&i!ir el cumplimento de la obli!aci'n +urisdicción mercantil" la facultad %ue tiene una autoridad para conocer y dirimir
un con(icto de intereses entre las partes #s de car)cter de ob!etivo, ya %ue hace alusi'n a los actos de comercio por lo tanto los particulares hacen actos de comercio aislados, en cambio e car)cter subjetio cuando se hace alusi'n a la calidad de comerciantes* +ay las si!uientes e&cepciones" la jurisdicci'n mercantil se reere a la autoridad %ue es competente para conocer dirimir es decir dirir!ir y resoler el con(icto de intereses %ue se suciten entre los sujetos* #l car)cter objetivo 5 4$bjetivo determina %ue jurisdicci'n a a le!islar e crean tribunales mercantiles .rimero era subjetio, despu/s fue objetio 2enia tomos relativos al dre. rivado & al der. publico% el terrestre tenia 144 art% comprende% primera ) o5ciales de almiratasgo% segundo libro )los agentes & navios de la mar 3libro) contratos martimos ) a la polica de puertos% costas% riberas% etc ) a la pesca 'ue se $ace en el mar
+.+.2./. B$#6o4 Se !#e"#o& e& e 4i6o +2 5 #e6$"b"& e !o*e#!io *"#7ti*o 5 te##e4t#e, contrato fetamento, uente supletoria del derecho indiano, 35 articulos, regulación en derechos humanos, protección indígena, (requerimiento y encomienda), ptohibieron a los encomenderos maltartar a los indios, antecedente de la materia laboral, encomienda= adoctrinar a los indios y evangeliar, a nivel mercantil ue importante, !" de diciembre de #5#!, de car$cter sub%etivo,
eilla se conirtio en un !ran centro de comercio ya %ue estaba situada en una importarnte ruta comercial, en esta ciudad se establecio una casa de trabajo para las
indias donde recibian mercancia de america y se mandaba mercancia dependiendo de las nesecidades de america* #n est%a ciudad los comerciantes se tenian %ue matricular
+.+.2.0. Sevi" Tenían tribunales, es de car)cter subjetio, el mercader tenia %ue matricularse 0!remios, corporaciones, hermandades1, 2553, sur!e la encomienda, la casa de contrataci'n, son de car)cter administratio 0control de mercancías1 46#T84 Re!ulaba Contrato de (etamento, re!ulo las rutas maritminas terrestres y pluiales eilla se conirtio en un !ran centro de comercio ya %ue estaba situada en una importarnte ruta comercial, en esta ciudad se establecio una casa de trabajo para las indias donde recibian mercancia de america y se mandaba mercancia dependiendo de las nesecidades de america* #n est%a ciudad los comerciantes se tenian %ue matricular
+.+.2.1. Bib"o +828 9: capítulos, 79; artículos, se comen$aron a hacer desde 252:, 25;2, 25<=, 27;5 Fuente supletoria al derecho indiano* Re!ulaba los contratos mercantiles 46#T84 Constituyen el primer cuerpo del derecho mercan espa>ol, se encar!a del derecho terrrestre y el maritimo, estan redactadas con claridad para eitar dudas y pleitos, Trataron por primera e$, contabilidad mercantil y compa>ias comerciales, alcan$aron un !rado alto de autoridad
+.+.9. $7" 'e &e6o!i"&te4 fue escrita por 6os/ ?aria @uir's en 2=:* La !uía de ne!ociaciones fue escrita para dos nalidades esenciales* Recopilaci'n de la le!islaci'n mercantil de su /poca, por lo %ue debe encajarse dentro de un moimiento !eneral de codicaci'n, se puede decir de )mbito internacional* #staba diri!ida a solucionar las necesidades re!ionales de 8eracru$* Bo solamente se aplic' en 8eracru$ tambi/n se aplic' a niel internacional, tuieron poco tiempo de i!encia •
se compone de < capítulos y contempla las !uras" 2"consulados" obli!aciones sindico tesorero secretario y contador 9" de los comerciantes" %uienes pueden ser o no ser comerciantesD en la nuea #spa>a y en #spa>a, obli!aciones de los comerciantes, priile!ios, et& ;" contratos" en !eneral, mercantiles, onerosos, etcD Comercio interno" comisiones entre mercaderes, ferias, mercados, (etes por tierra, bancos, letras de cambio, ales, pa!ares, libran$as de comercio, endoso, cartas ordenes, corredores, etc,D
+./. po!" Co'i-!"'o#" nicia con la codicaci'n del c'di!o franc/s y tiene por objetio hacer una recopilaci'n y sistemati$aci'n de la le!islaci'n e&istente hasta la /poca*
A&)i4i4 %6i!o 'e o4 'eito4 !o&t#" " vi'": o6" i4"4 'e 6o&3"e3 *"#i4!" e buscaba una re!ulaci'n del comercio %ue e&istía de manera aislada, esparcida, por lo cual se crearon las ordenan$as, %ue es un intento procodicatorio, con la codicaci'n sur!en ordenamientos jurídicos e basa en ; principios fundamentales 2*-La codicaci'n es de car)cter estatal de derecho" solo el estado tiene la facultad para emitir normas mercantiles, eliminando la posibilidad de hacerlo a !rupos intermedios entre el estado y los ciudadanos* Antes eran reali$adas por !remios, hermandades de comerciantes* e!undo principio" la codicaci'n partio de la diisi'n de poderes" ;" es un ordenamiento completo %ue no tiene la!unas jurídicas ya %ue de sus normas podía e&traerse recurriendo a los principios %ue los sustentaban, la norma es de aplicaci'n especíca al caso concreto* Buestro c'di!o de comercio nos habla de conenci'n pero no de contratos, Tipos de contratos" Comicion mercantil, el contrato terrestre, el cotrato de consi!naci'n, permutaE pero no nosdice cuales son los elemtnos de e&istencia de alide$ %ue deben de reunir los contratos, %ue esta en el c'di!o ciil, clausula supletoria, 3*-Tutelan la libertad tanto en la persona como en sus bienes* 5*-Respeta la autonomía de la oluntad para re!ular las relaciones entre particulares 0libertad de contrataci'n1" amos a encontrar en el CComercio, libertad contarctual 0la libertad de las partes es ley, e&cepto en los abusos1 por ejemplo en una clausula penal abusia, donde el c'di!o ciil establece %ue la clausula penal solo podr) ser de 95 de la deuda* <*- cladicacion de si un c'di!o de comercio si!ue el criterio objetio 0lista de los actos de comercio1 o subjetio 0destaca la actiidad profesional del comerciante*1
+./.+. C%'i6o 'e Co*e#!io ;#"&!<4 +=>8 #ntecedentes" ordenan$as de cobert, Gna de las obras m)s importantes de Bapole'n fue la Codicaci'n de Herecho* Lue!o de sistemati$ar el Herecho Ciil, se dedic' a la parte
comercial, %ue reuni' en cuatro libros y <3 artículos, con su participaci'n personal* #l primer libro se denominaba" Hel Comercio en IeneralD, el se!undo libro" Leyes .articulares del Comercio ?arítimoD, el libro tercero" @uiebraD, y el libro cuarto" 6uicios y .rocedimientos a se!uir en el ComercioD* Trataba de la %uiebra y de su car)cter fraudulento, de la objetiidad de los actos de comercio, caracteri$ados por el )nimo de !anancia o lucro, la aparici'n de la banca en 2==, el desarrollo del comercio internacional hicieron %ue arios de sus artículos perdieran i!encia hasta lle!ar a ser 25=, e enfoca en los actos de comercio y no en la cualidad de comerciante #s precedente del c'di!o de comercio italiano* Comercio,las sociedades mercantiles, producci'n de mercaderías entre otros,
+././. C%'i6o 'e Co*e#!io E4p"?o +==2 @t*b !o&o!i'o !o*o !o'i6o e#&"&'i&o +=/, "&te!e'e&te4 e& "4 o#'e&3"4, to*o i&$e&!i" 'e !%'i6o #"&!e4 + ib#o: de los comerciantes y a!entes del comercio" al comercio en !ral y a los comerciantes 9*- de los contratos de comercio en !eneral, sus formas y efectos jurídicos" a los contratos especiales del comercio ;*- del comercio marítimo" 3*- de las %uiebras" a la suspensi'n de pa!os, de las %uiebras y de las prescripciones 5*-de la administraci'n de justicia en los ne!ocios del comercio ?ejoro el c'di!o franc/s en cuanto a los tribunales mercantiles en cuanto a su competencia y la re!ulaci'n de los contratos mercantiles, e crearon leyes especiales, 25" sociedades an'nimas 252, 2:5;" sociedades de responsabilidad limitadaE
La difusi'n del c'di!o fernandino He manera parecida a lo %ue sucedi' con el c'di!o penal espa>ol de 23 Jasunto estudiado recientemente por el maestro chileno ernardino rao LiraJ, el dispositio mercantil de 29: termin' conirti/ndose en un c'di!o hisp)nico, cuyo articulado repercuti' en astas e&tensiones de los anti!uos territorios de la monar%uía 92* #n buena medida, ello tuo
%ue er con el hecho de %ue la independencia de las ndias espa>olas no trajo aparejado el diorcio entre Am/rica y la cultura jurídica peninsular 99* Así las cosas, la profunda inte!raci'n entre los juristas del nueo continente y la tradici'n hisp)nica implic', adem)s de se!uir prest)ndole atenci'n a las manifestaciones normatias y doctrinales de los Kltimos tramos del r/!imen indiano, te ner en cuenta muchas de las innoaciones jurídicas elaboradas en la #spa>a del si!lo &i&* Bo se redujo lo Kltimo al formidable ejemplo constitucional !aditano Jmucho m)s releante, durante las primeras d/cadas de ida americana aut'noma, %ue el te&to estadounidense de FiladelaJ* #n Am/rica tambi/n suscitaron enorme inter/s muchas normas procesales peninsulares, como la ley de enjuiciamiento mercantil de 2;=, la de enjuiciamiento ciil de 255 y la de enjuiciamiento criminal de 279, y un elenco de nueos autores, entre los %ue se destacaban Florencio Iarcía Ioyena, ?anuel Colmeiro, y, sobre todo, 6oa%uín #scriche y su Hiccionario 9;* +./.0. C%'i6o 'e Co*e#!io Ae*)& += 2 ib#o4 5 ++ "#ti!$o4 t7t$o4 ' !e#'ito o4 4e6$#o4, !o&t#"to4 *e#!"&tie4, " o4 !o*e#!i"&te4 , 'e !o*e#!io *"#7ti*o 'e te##e4t#e, et!
#ntro en i!or en el a>o de 2:== se reduce a 3 libros y este se encar!a de re!ir a los comerciantes" por lo %ue se hace predominante el car)cter subjetio %ue había tenido en sus principios el derecho mercantil* 2*- porofesion mercantil 9*- de las sociedades mercantiles y las cuentas en participaci'n ;*- de los contratos mercantiles 3*-del comercio maritimo +./.1. C%'i6o 'e Co*e#!io Mexi!"&o +== A3te!"4 F " !o*e#!i"&te 4e e 'e&o*i&" po4te!" 5 obte&7"& p#o'$!to4 'e Te&o!(tit"&, *"4 !$to4,
#sta inspirado en el c'di!o de comercio espa>ol de 25, La facultad de le!islar en metería de comercio se conri' al con!reso federal, .realecía y re!lamentaba este c'di!o las sociedades de capital ariable y las de responsabilidad limitada, consideraba la ne!ociaci'n mercantil como una unidad y permitía %ue se constituyeran sobre ella !ra)menes reales %ue se inscribirían en el re!istro de comercio para %ue %uedaran perfeccionados, incluían en su
re!ulaci'n los nombres, marcas y muestras mercantiles, olidados casi siempre en los c'di!os comerciales* #sta inspirado en el codi!o de comercio espa>ol de 25, se le conri' la capacidad de le!islar en materia de comercio al con!reso federal, prealecia y re!lamentaba las sociedades de capital ariable y las de responsabilidad limitada, permitía constituir !ra)menes reales sobre ne!ocios, %ue se inscribian en el re!istro de comercio, incluían re!ulaciones sobre marcas y nombres* C%'i6o 'e !o*e#!io it"i"&o: !%'i6o "be#ti&o Antecedentes al comercio franc/s, se aplica en talia, las leyes de cobert, #s de car)cter objetio, es decir se aplica a los actos de comercio Cuentas de cambio, %uiebras, che%ue pa!are letra de cambio y títulos de cr/dito, compraenta , permuta, comisi'n, contrato de transrte terrestre, sociedad, en !eneral trata de los contratos, habla de la industria Bo se re%uiere matriculaci'n 3 libros :9; articulos 29:- c'di!o albertino
+./.1.+. A&te!e'e&te4 'e M
B Mol, inicialmente ri!ieron las ordenan$as de bur!os y seilla pero la uniersidad de mercaderes promul!o las suyas con el titulo ordenan$as del consulado de me&icoD esta uniersidad se sostenia cobrando un impuesto llamado aeria a todas las mercancias introducidas a la nuea espa>a*
+./.1./. C%'i6o 'e Co*e#!io 'e +=21 #n 253 durante el !obierno de antonio lope$ santa ana, se promul!o el primer codi!o de comercio me&icano conocido como codi!o de laresD dejo
de aplicarse un a>o despues, se olio a aplicar en 2<; durante estos interalos se aplico las ordenan$as de bilbao
+./.1.0. C%'i6o 'e Co*e#!io 'e +==1 Hebido a una reforma en la constitucion, donde se faculta al con!reso de la union a le!islar en materia comercial, se creo este codi!o aplicable en toda la republica
+./.1.1. C%'i6o 'e Co*e#!io 'e +=> Buea reforma del codi!o de 23 %ue es en e&tremo similar al codi!o de comercio de espa>a de 25
+.0. po!" 'e "4 Le5e4 E4pe!i"e4 +.0.+. Le5 e&e#" 'e T7t$o4 5 Ope#"!io&e4 'e C#<'ito .residente pascual orti$ rubio
+.0./. L" Le5 e&e#" 'e So!ie'"'e4 Me#!"&tie4 'e +01 .residente substituto abelardo L* Rodri!ue$
+.0.0. Le5 4ob#e Co&t#"to4 'e Se6$#o4 'e +02 .residente la$aro cardenas
+.0.1. Le5 'e $ieb#"4 5 S$4pe&4i%& 'e G"6o4 'e +1/ +.0.2. Le5 'e N"ve6"!i%& 5 Co*e#!io M"#7ti*o 'e +90 Carlos salinas de !ortari
+.0.9. B#eve #ee#e&!i" 'e "4 So!ie'"'e4 Me#!"&tie4. ociedad en nombre colectio ociedad en comandita simple ociedad de responsabilidad limitada ociedad anonima ociedad en comandita por acciones ociedad cooperatia
II. ;ENTES DEL DERECHO MERCANTIL Objetivo: A&"i3"# "4 $e&te4 'e De#e!(o Me#!"&ti, 4$ i*po#t"&!i" 5 4$ "pi!"!i%& 4$peto#i" 'e De#e!(o Civi 5 'e De#e!(o G#o!e4" Civi.
fuentes del derecho mercantil
reales o materiales
formales
ley
constumbre y usos mercantiles
Huda sobre si la doctrina es formal o
jurisprudencia
doctrina
historicas
todo a%uel derecho positio i!ente o no i!ente
leyes e&tran!eras
principios !enerales del derecho
Co&te&i'o: /.+. ;$e&te4 ;o#*"e4 describen al lugar donde surge el Derecho, es decir aquellos elementos de donde n ormalmente se basa el legislador para crear disposiciones jurídicas; tradicionalmente se señalan: la legislación, la jurisprudencia y la costumbre, algunos autores autores señalan tambien a los principios generales del derecho como fuente formal otro no lo hacen. Algunos autores solo señalan a la legislacion y la constumbre como fuente formal toda fuente formal debe pasar por el proceso legislatio de los ! pasos,
/.+.+. Le6i4"!i%& Me#!"&ti Codi!o de comercio, ley !eneral de sociedades mercantiles, ley de contrato de se!uro y tratados internacionales* #s la fuente formal por e&celencia
/.+./. L" Co4t$*b#e 5 o4 4o4 Me#!"&tie4: la costumbre es la norma creada e impuesta por el uso social la costumbre es el modo ori!inario de manifestaci'n de la oluntad socialD
#l Herecho consuetudinario 0es decir, a%uel basado en la costumbre1 tiene dos características" 2* #st) inte!rado por un conjunto de re!las sociales deriadas de un uso m)s o menos lar!o* 9* Hichas re!las, cuando los indiiduos %ue las practican les reconocen obli!atoriedad, se trasforman en Herecho .ositio, como si se tratase de ley* Henamos costumbre mercantil* on los actos mercantiles o de comercio repetidos constantemente a lo lar!o del tiempo, no re!idos por una norma de Herecho en la forma de ley escrita* 8a cambiando con el tiempo #n la Ley del ?ercado de 8alores, encontramos como ejemplo" Art* 7* Las leyes mercantiles, los usos burs)tiles y mercantiles, y los C'di!os Ciil para el Histrito Federal y Federal de .rocedimientos Ciiles ser)n supletorios de la presente ley, en el orden citado*
/.+.0. L" J$#i4p#$'e&!i" La jurisprudencia es el conjunto de principios o doctrinas contenidas en las desiciones de los tribunales* .or resolucion de juicio de amparo 5 eces en un mismo sentido por los tribunales federales o los tribunales comunes en su caso* 4 resolucion de 2 en el caso de controercias constitucionales y acciones de insconstitucionalidad M@u/ es la inte!racion de la leyN on procedimientos para colmar las la!unas de la ley y determinar el derecho aplicable La jurisprudencia puede proenir de cual%uier or!ano de el poder judicial de la federacion" La suprema corte, el tribunal electoral, los tribunales cole!iados y unitarios, ju$!ados de distrito, el consejo de la judicatura federal, tribunales estatales La jusrisprudencia %ue emiten los tribunales federales en juicios de amparo no tienen efectos !eneral, solamente amparan y prote!en las partes %ue solicitaron el amparo, de hay %ue al!unos autores no consideren a la juris como fuente formal* ur!e la discusi'n acerca si una jurisprudecia debe ser de aplicaci'n !eneral o especicamente a las partes del juicio, ncluso el autor barrera !raf opina %ue la jusrisprudencia no debe ser considerada fuente del derecho mercantil ya %ue no es total y absolutamente obli!atoria, ya %ue el art 2:3 de la ley de amparo faculta a la suprema corte y tribunales de circuito para contrariarla, de a%uí resulta %ue una relacion juridica nacida despues de la ma&ima jurisprudencial %ue le es aplicable puede ser re!ulada de modo dierso si la corte decide modicarla*
/./. ;$e&te4 M"te#i"e4 o Re"e4 Los factores y elementos %ue determinan el contenido de las normas son las llamadas fuentes materiales, podemos armar %ue las fuentes materiales o
reales comprenden todas las condiciones de ida %ue iie una sociedad, como su problem)tica economica, politica y social, su reli!ion, sus construmbres, sus tradiciones, su moral, su cultura, su idioma, su !rado de desarrollo, hasta su climaD .or ejemplo" la reoluci'n me&icana %ue dio ori!en a los artículos 97 0propiedad y repartici'n de tierras1 y 29; 0protecci'n al trabajador1 constitucionales* la doctrina" se considera la opinion, estudios e inesti!aciones %ue los
estudiosos y tratadistas del derecho mercantil reali$an sobre los diersos temas o topicos de esta materia las le&es e"tran!eras " La produccion le!islatia mercantil de otros paises
puede serir como fuente para el derecho mercantil me&icano, pues de ella se pueden hacer estudios comparatios o analisis de instituciones juridicas de esta rama del derecho %ue pueden ser adoptadas en nuestro sistema juridico los principios generales del derec$o " resulta importante mencionar %ue
el codi!o de comercio en el articulo 2;93 preee %ue si al!una controersia no puede ser decidida conforme a la ley, se atenderan los principios !enerales del derecho* O/.0. ;$e&te4 Hi4t%#i!"4 .odemos se>alar como fuentes historicas todas a%uellas le!islaciones %ue muestran la situacion le!al de pueblos anti!uos, asi como la eolucion del derecho, y las !uras juridicas %ue tienen !ran in(uencia hasta nuestro dias, por ejemplo el codi!o de napoleon o el di!esto o la declaracion de los derechos del hombre y el ciudadano*
/.1. ;$e&te4 S$peto#i"4. Ante la e&istencia de acios le!ales, es decir %ue la situacion no fue preista por el le!islador, se han considerado supletorias a los usos, constumbres y jurisprudencia La suplencia debe ser permitida e&presamente por el ordenamiento juridico 0estatuto supletorio1
III. ENERALIDADES DEL DERECHO MERCANTIL Objetivo: Ex"*i&"# o4 "4pe!to4 $e o#ie&t"& 5 $&'"*e&t"& " De#e!(o Me#!"&ti, "47 !o*o 4$ )*bito 'e "pi!"!i%&, 'e4t"!"&'o " te&'e&!i" $&i-!"'o#" 'e De#e!(o !o*& !o& e Me#!"&ti.
Co&te&i'o: 0.+. Co&!epto 'e De#e!(o Me#!"&ti 0./. bi!"!i%& 'e De#e!(o Me#!"&ti 0.0. J$#i4'i!!i%& e& e )*bito *e#!"&ti 0.1. K*bito 'e "pi!"!i%& 'e De#e!(o Me#!"&ti 0.1.+. ;$&'"*e&to4 Co&4tit$!io&"e4 0.1./. Le5e4 Me#!"&tie4 e&e#"e4 5 E4pe!i"e4 0.1.0. Api!"!i%& 4$peto#i" 'e De#e!(o Co*& S$4t"&tivo 0.1.1. Co4t$*b#e4 5 4o4 0.2. Te&'e&!i" $&i-!"'o#" 'e De#e!(o Co*& !o& e De#e!(o Me#!"&ti 0.2.+. #"'o4 5 M"&ie4t"!io&e4 0.2./. E& e De#e!(o Co*p"#"'o 5 M
1.0. C"4i-!"!i%& 'e o4 "!to4 'e !o*e#!io 3*;*2* Actos de intermediaci'n en el cambio 3*;*9* Actos lucratios 3*;*;* Actos masios por su reali$aci'n 3*;*3* Actos practicados por empresas 3*3* Hescripci'n de los actos de comercio contenidos en el c'di!o de comercio y otras disposiciones le!ales 3*5* Relatiidad de los actos mi&tos*
8* L4 G6#T4 H#L H#R#C+4 ?#RCABTL 4bjetio" Anali$ar a los sujetos del Herecho ?ercantil, y en especial al comerciante, en lo relatio a sus deberes y limitaciones en el ejercicio de su profesi'n* Contenido" 5*2* Concepto 5*9* Clasicaci'n 5*9*2* .ersonas %ue accidentalmente reali$an actos de comercio 5*9*9* Comerciantes 5*;* Concepto de Comerciante 5*3* #l Comerciante 5*3*2* Comerciante ndiidual 5*3*9* .ersonas morales comerciantes 5*3*9*2* Bacionales 5*3*9*9* #&tranjeras 5*5* Heberes de los comerciantes 5*5*2* La .ublicidad ?ercantil 5*5*9* #studios y crítica de la inscripci'n ante las c)maras de comercio e industria %ue corresponde* 5*5*;* nscripci'n en el Re!istro .Kblico del Comercio 5*5*3* Conseraci'n de documentos y correspondencia 5*<* Limitaciones al ejercicio del Comercio 5*<*2* nhabilidades 5*<*2*2* @uebrados no Rehabilitados 5*<*2*9* Condenados por delitos patrimoniales 5*<*2*;* #&tranjeros carentes de autori$aci'n e&presa 5*<*9* ncompatibilidades 5*<*9*2* Corredores .Kblicos
5*<*9*9* A!entes Aduanales 5*<*9*;* Botarios .Kblicos 5*<*9*3* Funcionarios judiciales 5*<*;* Límites a la capacidad para ejercer el comercio 5*<*;*2* ?enores de edad no emancipados 5*<*;*9* ncapaces conforme al Herecho ComKn* 8* LA B#I4CACPB ?#RCABTL 4 #?.R#A 4bjetio" Anali$ar la empresa como nKcleo moderno del Herecho ?ercantil, su naturale$a jurídica y tipos, así como los elementos %ue lo inte!ran* Contenido" <*2* Concepto <*9* Baturale$a 6urídica <*;* Hiersos tipos de empresas <*3* La empresa como nKcleo moderno del Herecho ?ercantil <*5* #lementos de la empresa <*5*2* #lementos .ersonales A1 #l empresario 1 Au&iliar del Comercio y del Comerciante C1 Atributos de la calidad del empresario <*5*9* #lementos materiales <*5*;* #lementos incorp'reos A1 Herechos deriados de la propiedad ndustrial a1 .atentes y Re!istros de nenci'n b1 Hise>os ndustriales c1 ?odelos de Gtilidad d1 ecretos ndustriales e1 Aisos Comerciales f1 Bombre Comercial
!1 ?arcas h1 Henominaci'n de 4ri!en 1 Herechos deriados de la propiedad intelectual a1 Herechos de autor C1 #l Herecho de aiamiento y de la clientela* 8* L4 AGQLAR# ?#RCABTL# 4bjetio" Hescribir cada uno de los au&iliares dependientes e independientes del comercio, sus funciones, características e importancia* Contenido" 7*2* Concepto 7*9* Clasicaci'n 7*;* Au&iliares Hependientes 7*;*2* Concepto 7*;*9* Factores Herecho ?ercantil 7*;*;* A!entes iajeros o de entas 7*;*3* Contadores .riados 7*3* Au&iliares ndependientes 7*3*2* Corredores 7*3*9* Contadores .Kblicos 7*3*;* Comisionistas 7*3*3* A!entes de Comercio* 8* LA 4C#HAH# ?#RCABTL# 4bjetio" Construir una sociedad mercantil, así como identicar y e&plicar a las sociedades mercantiles su importancia, bases constitutias, 'r!anos sociales y repercusiones dentro de nuestro sistema jurídico* Contenido"
*2* Ieneralidades *2*2* Concepto de ociedad ?ercantil *2*9* .ersonalidad 6urídica *2*9*2* Capacidad 6urídica *2*9*9* .atrimonio ocial *2*9*;* Bombre *2*9*3* Homicilio *2*9*5* Bacionalidad *2*;* 4bjeto ocial *2*3* Huraci'n de la ociedad *2*5* Capital ocial *2*5*2* Capital Fijo *2*5*9* Capital 8ariable *2*<* Aportaciones *2*<*2* Aportaciones de Capital *2*<*9* Aportaciones de ndustria *2*7* Fondo de Resera *2** Los ocios *2*:* Pr!anos de la ociedad *2*:*2* Asamblea de ocios *2*:*9* Pr!ano de Administraci'n *2*:*;* Pr!ano de 8i!ilancia *9* .roceso de Constituci'n de una ociedad *9*2* .ermiso ante la ecretaría de Relaciones #&teriores *9*9* .rotocoli$aci'n *9*;* +omolo!aci'n *9*3* nscripci'n *;* ociedades rre!ulares
*;*2* Concepto de ociedad rre!ular *;*9* #fectos de la rre!ularidad de las ociedades *;*;* Hiferencias con respecto a otras ociedades *3* ree referencia de los distintos tipos de ociedades ?ercantiles *3*2* ociedad en Bombre Colectio *3*9* ociedad en Comandita imple *3*;* ociedad en Comandita por Acciones *3*3* ociedad de Responsabilidad Limitada *5* ociedad An'nima *5*2* Antecedentes +ist'ricos *5*9* Henici'n *5*;* Henominaci'n ocial *5*3* .rocedimiento de Constituci'n *5*5* Contenido del acta Constitutia *5*<* La Acci'n *5*7* Pr!anos de la ociedad *5*7*2* Asamblea Ieneral *5*7*9* Pr!ano de la Administraci'n *5*7*;* Pr!ano de 8i!ilancia *<* ociedades Bacionales de Cr/dito *<*2* #structura *<*9* Los Certicados de Aportaci'n .atrimonial *<*;* Pr!anos de la ociedad *7* ociedades Cooperatias *7*2* Antecedentes +ist'ricos *7*9* Henici'n *7*;* Características *7*3* ases Constitutias
*7*5* Pr!anos de la ociedad* Q* H4LGCPB, L@GHACPB, FGPB TRABF4R?ACPB H# LA 4C#HAH# ?#RCABTL# 4bjetio" #&plicar las causas de disoluci'n de una ociedad ?ercantil, así como los re%uisitos para la fusi'n y la transformaci'n* Contenido" :*2* La disoluci'n :*2*2* Concepto :*2*9* Causas de disoluci'n de una ociedad ?ercantil :*2*9*2* Hisoluci'n Total :*9* La Li%uidaci'n :*9*2* #l .roceso de Li%uidaci'n :*;* La Fusi'n :*;*2* Concepto :*;*9* Re%uisitos :*;*;* Consecuencias 6urídicas :*3* La Transformaci'n :*3*2* Concepto :*3*9* Transformaci'n de la ociedad ?ercantil :*3*;* Hiferencias y emejan$as con la Fusi'n* TTGL4 H# CR#HT4 2, TTGL4 H# CR#HT4 9 #BH44