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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AGREGADO –IVADERECHO PARA LA ADMINISTRACIÓN
JUAN DIEGO LONDOÑO MONSALVE JUAN DAVID GOMEZ GUZMAN CRISTINA GIRALDO GIRALDO LAURA MELISA LONDOÑO ARANGO
INGENIERIA ADMINISTRATIVA
CARLOS ALBERTO ZARATE Profesor
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE MEDELLIN FACULTAD DE MINAS MEDELLIN, MAYO 08 DE 2010
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INTRODUCCIÓN
Los impuestos son una de las fuentes de ingresos más importantes que tienen los Estados en el mundo. A través de ellos, los gobiernos obtienen dinero mediante el cual realizan proyectos sociales, de inversión y administración del estado, entre muchos otros propósitos. Los impuestos son el pan nuestro de cada día en materia de conversación, sin saber en conciencia cuales impuestos estamos obligados a pagar, los impuestos son parte de nuestra cultura popular, son angustia para los que los pagan, diversión para quien los evade y sustento para quien los impone. “En este mundo no hay nada cierto, salvo la muerte y los impuestos” Anónimo. Mediante el desarrollo de este trabajo, pretendemos conocer más a fondo, qué es el impuesto sobre el valor agregado (IVA), en qué productos está permitidos cobrarlo y cuales están exentos de él, los efectos de la reforma tributaria sobre el IVA, los niveles de evasión del IVA en Colombia en comparación comparación con otros países y, por último, último, saber en que se invierte lo recaudado con el IVA. una vez pasa a ser parte del Presupuesto Nacional Colombiano.
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OBJETIVO GENERAL:
Inve Invest stig igar ar en qué qué sect sector ores es se invi invier erte te lo reca recaud udad ado o medi median ante te los los impu impues esto tos, s, especialmente con el impuesto sobre el valor agregado (IVA) en Colombia actualmente y cuáles han sido los efectos de la Reforma Tributaria en él
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
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Conocer en cuáles productos está permitido cobrar IVA (impuesto sobre el valor agregado) y cuáles están exentos de él. Consultar cómo es el cobro del IVA colombiano en comparación con otros países. Analiz Analizar ar porqué porqué al gobiern gobierno o colomb colombian iano o le resulta resulta más convenie conveniente nte cobrar cobrar impuestos regresivos, tales como el IVA. Analizar los efectos de la Reforma Tributaria en el IVA a través del tiempo. Examinar algunos aspectos relacionados con el IVA como la retención en la fuente por IVA y la Evasión de este impuesto
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PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Mediante el desarrollo del trabajo ha surgido un interrogante al cual pretendemos dar respuesta,: En qué se invierte lo recaudado a través del IVA (impuesto sobre el valor agregado) en Colombia una vez pasa a ser parte del Presupuesto Nacional? Para la solución de este cuestionamiento realizaremos consultas de diferentes fuentes bibliográficas acerca de qué es el IVA, por qué es necesario cobrarlo, en cuáles productos está permitido hacerlo, qué tipo de personas o empresas se consideran responsables responsables del IVA, qué es el régimen simplificad simplificado o y cuáles son sus diferencias con el régimen común, los efectos de la Reforma Tributaria en el IVA, ente otros aspectos.
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ANTECEDENTES El IVA (impuesto al valor agregado) tuvo su origen en Europa, alrededor del año 1925, y se estima que fue usado por primera vez en Francia durante la edad media, donde surgieron las condiciones prácticas para su desarrollo. Ya para el año de 1967, el impuesto sobre las ventas se impuso en la mayoría de los países por exigencia de la Comunidad Económica Europea. En Colombia, comenzó a regir en el año 1975, a partir de la vigencia de la Ley 20.631, agravando solamente a los productores e importadores. Desde su implementación (1975) hasta el presente ha sufrido importantes cambios. En su primera etapa, entre los años 1975 y 1980, prácticamente no gravaba los servicios. En el período de 19801990, se incorporó los impuestos sobre las telecomunicaciones internacionales, en la medida que su retribución fuera atribuible a la empresa prestadora radicada en el país. Durante ésta época también se gravaron varios servicios. Desde Desde 1990 hasta hoy, hoy, se amplia ampliaron ron signifi significat cativam ivament ente e sobre sobre los servici servicios, os, y se inco incorpo rporar raron on algu algunas nas exenc exencio ione ness en ese ese mism mismo o senti sentido do.. Y ya para para el 1998 1998 se introdujeron en el tratamiento de la importación y exportación de servicios.
¿QUÉ ES EL IVA? El IVA, “impuesto “impuesto al valor agregado”, agregado”, es un impuesto indirecto indirecto a la venta de bienes bienes de consumo, consumo, es decir, financiado financiado por el consumidor consumidor final. Pero para entender entender mejor su significado, analicemos sus características:
Es un impuesto al gasto: Puesto que el IVA se cobra como un porcentaje del valor de una mercancía o servicio, y los consumidores deben pagarlo al momento de comprar la mercancía o servicio. Es un impuesto al gasto de las personas Es un impuesto indirecto: Conocemos como impuestos indirectos, aquellos que no se imponen imponen a las personas directam directamente; ente; es decir, decir, se cobran en la compra compra y venta de bienes y servicios y en otro tipo de transacciones comerciales. Es un impuesto regresivo: aquellos impuestos que se cobran a todos por igual; es decir, sin importar la capacidad económica de una persona (trátese de una persona pobre o “rica”, ambas pagarán la misma cantidad de dinero por el impuesto). Afectando más fuertemente a los personas de bajos recursos. El cobro del IVA se hace sobre el valor agregado: es decir, el impuesto se aplica sólo a la diferencia entre el valor de las ventas de una empresa y el valor de sus
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compras a otras empresas, entre el precio de venta final y la suma de los costos parciales.
No todos los bienes y servicios de una economía están gravados con el IVA: Dependiendo del tipo de mercancía o servicio, el gobierno de un país decide gravar o no con el IVA las transacciones con dicha mercancía o servicio. Un ejemplo en Col Colombi ombia a son son los los libr libros os que que no est están grav gravad ados os con con el IVA, VA, pero pero la ropa opa y electrodomésticos si. Y por último es un Impuesto de orden Nacional, y de fácil recaudación
EFECTOS DE LAS REFORMAS TRIBUTARIAS EN EL IVA Las reformas tributarias, y los cambios en la composición de los ingresos tributarios permitieron permitieron grandes avances avances de la economía Colombiana. Colombiana. Como se puede ver en el papel que ha jugado el IVA, en los últimos años, ya que las modificaciones en la tasa y base del impuesto, lo convirtieron en la mayor fuente de recursos tributarios de la nación, adquiriendo la misma importancia en términos de recaudo que el impuesto de renta. El IVA pasó de representar el 29% del recaudo, en 1990, a representar mas del 40% de los ingresos tributarios para el 2002. Tabla Nº1
IVA como porcentaje de los ingresos tributarios tributarios
Fuente: www.dnp.gov.co
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El impuesto al valor agregado (IVA), fue el tributo que mas se modificó durante la década, sin embargo estos cambios estuvieron dirigidos principalmente a cambiar la tarifa de impuesto, sin grandes cambios sobre la base del mismo. En 1990 se aumenta por primera vez la tarifa del IVA, de 10% a 12% y se amplia la base. De nuevo en 1992 la tarifa pasa de 12% a 14%, elevando hasta 45% las tarifas para bienes de lujo. El impuesto entonces se convierte en un impuesto al consumo, evitando así el efecto cascada, es decir, que fuese cobrado más de una vez en la cadena de producción. Con la reforma tributaria de 1996, la tarifa del impuesto pasa de 14% a 16%, y de nuevo se hacen esfuerzos para ampliar la base del mismo. En 1999 la tarifa pasa de 16% a 15% como había sido el propósito de campaña del Presidente Pastrana, sin embargo, el mismo gobierno, y gracias a las fuertes presiones sobre los ingresos, debe restablecer la tarifa del impuesto en 16% con la reforma tributaria de 2000. La correlación del recaudo del impuesto a los cambios en la tasa es ligeramente creciente como se observa en el gráfico Tabla Nº 2
Recaudo y tarifa del IVA en Colombia (%PIB)
Fuente: Confis. DANE, DNP
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También se hicieron grandes esfuerzos para recuperar el recaudo por concepto del impuesto impuesto de renta, y por controlar controlar la evasión de dicho impuesto. Sin embargo, a partir de 1990, el buen comportamiento en términos de recaudo del impuesto se desaceleró. Hoy en día los tributos más importantes son el de renta y el IVA. En la siguiente tabla, mostramos la evolución del recaudo del IVA desde el año 2000. Es importante destacar como este impuesto ha pasado de 8.5 billones de pesos corrientes, para el año 2000, a 26.1 billones, para el año 2007, mostrando un nivel de crecimiento de más del 15%. Este incremento del recaudo está relacionado con el crecimiento de la economía, como lo mencionábamos anteriormente; el aumento de las tasas impositivas y un mayor control fiscal del impuesto. Tabla Nº3 Recaudo del impuesto al valor agregado IVA en Colombia Cifras en millones de pesos
Fuente: Oficina de Estudios Económicos DIAN-Recaudo por tipo de impuesto http://www.dian.gov.co/dian/14cifrasgestion.nsf/pages/Recaudo_tributos_dian?OpenDocument
El impuesto sobre las ventas actualmente representa el 43,46% del total del recaudo, mayor que el impuesto sobre la renta, con el 40.98%, el GMF (Gravamen a los Movimi Movimient entos os Financ Financiero ieros) s) con el 4,97%, 4,97%, Patrim Patrimoni onio o 2,03%, 2,03%, Aduanas Aduanas 7,05%, 7,05%, otros otros 1,5%, como se muestra en la siguiente tabla, sobre la evolución de los impuestos nacionales. En esto, se indica la presión creciente de los impuestos indirectos sobre la
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economía de la población más vulnerable y se disminuye la participación de los impuestos directos, constituyendo la tendencia moderna en Colombia. Tabla Nº 4
Evolución de los impuestos nacionales Recaudo IVA, Renta, GMF, Timbre, Seguridad Democrática, Patrimonio, Aduanas, Otros en Colombia Cifras en millones de pesos
Fuente: Oficina de Estudios Económicos DIAN-Recaudo por tipo de impuesto http://www.dian.gov.co/dian/14cifrasgestion.nsf/pages/Recaudo_tributos_dian?OpenDocument
Esta tendencia es consecuencia de los amplios beneficios tributarios, de que gozan ciertos sectores en el impuesto sobre las renta, como: la exención hasta por 30 años para inversiones en turismo, reforestación, energía eléctrica, la deducción total de las inversiones en contratos de arrendamiento financiero, leasing y los beneficios por la inversión en zonas francas (ley 1004 de 2005) y muchas otras. Si uno de los fines actuales de los tributos es la redistribución de la riqueza para compensar compensar las diferencias diferencias de clase o de recursos económicos de la población, población, resulta contrari contrario o a este este aument aumentar ar los impues impuestos tos indire indirecto ctoss y dismin disminuir uir los direct directos. os. Si el
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impuesto impuesto sobre la renta (impuestos directos) directos) grava el ingreso de las personas, porque no mejor aumentar dicho impuesto, y el IVA que todos tienen que pagar por igual, sin importar los recursos económicos mantenerlo estable. Pero contradictoriamente, lo que se hace, es quitarle recursos a la población más vulnerable, de bajos recursos, en un país y región con mucha desigualdad, es decir, el gobierno no pretende tanto alcanzar una redistribución de la riqueza, si no la financiación del estado.
SECTORES EXCLUIDOS Y CON TARIFA CERO Uno de los aspectos característicos del IVA en Colombia es la enorme cantidad de bienes y servicios excluidos y exentos (tasa cero), creando inequidad y dificultad en su administraci administración ón y control. control. Dichas excepciones excepciones van desde artículos agropecuarios agropecuarios de la canasta familiar, bienes industriales, mineros y servicios domiciliarios hasta importación de maquinaria.
BIENES Y SERVICIOS EXCLUIDOS DEL IMPUESTO Son aquellos que por expresa disposición de la Ley no causan el impuesto; por consiguiente quien comercializa con ellos no se convierte en responsable ni tiene obligación alguna en relación con el gravamen. Si quien los produce o comercializa pagó impuestos en su etapa de producción o comercialización, dichos impuestos no dan derecho a descuento ni a devolución, y por lo mismo constituyen un mayor costo del respectivo bien.
Bienes excluidos Existen una gran cantidad de bienes excluidos, contenidos en el artículo 424 a 428-2, del estatuto tributario, como los siguientes: 1. Animal Animales es vivos de la especie especie bovina, bovina, inclus incluso o los de género género búfalo búfalo (except (excepto o los toros de lidia); porcina y ovina o caprina 2. Gallos, Gallos, gallinas, gallinas, patos, patos, gansos, gansos, pavos (gallipavos (gallipavos)) y pintadas, pintadas, de las especies especies domésticas, vivos 3. Peces vivos, excepto excepto los peces ornamentales ornamentales de de la posición posición 4. Atún Blanco, de aleta aleta amarilla amarilla y común común o de de aleta aleta azul
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Productos Productos constitui constituidos dos por los los componentes componentes naturales naturales de la la leche. Mie Miel nat natur ural al 11 Seme Semen n de de bov bovin ino o Bulb Bulbos os,, cebol cebolla las, s, tubé tubérc rculo ulos, s, raíces raíces y bulb bulbos os tube tubero rosos sos,, turi turion ones es y rizo rizoma mas, s, en reposo vegetativo, en vegetación o en flor; plantas y raíces de achicoria, excepto las raíces de la Plántulas para la siembra. 5. Papas Papas,, Toma Tomate tes, s, Cebo Cebollllas, as, chalo chalote tes, s, ajos, ajos, puerr puerros os y demá demáss hort hortal aliz izas as aliá aliácea ceas; s; Cole Coles, s, incl incluid uidos os los los repo repollllos, os, coli coliflflor ores, es, cole coless riza rizadas das,, coli colina nabos bos y produ product ctos os comestibles similares; Lechugas y achicorias, Zanahorias, nabos, remolachas para ensalada, salsifíes, apionabos, rábanos y raíces comestibles similares; Pepinos y pepinillos; Hortalizas de vaina, frescos o refrigerados 6. Hortalizas Hortalizas (incluso (incluso silvestres) silvestres) conservadas conservadas provisiona provisionalmente lmente pero pero todavía impropias impropias para para cons consum umo o inme inmedia diato to seca secas, s, bien bien corta cortadas das en troz trozos os o en rodaj rodajas as o bien bien tritur trituradas adas o pulveri pulverizada zadas, s, pero sin otra otra preparac preparación ión;; vaina vaina secas, secas, desvain desvainadas adas,, aunque estén mondadas o partidas 7. Raíce Raícess de yuca yuca (man (mandi dioc oca), a), arru arrurru rruzz o sale salep, p, aguat aguatur urma mass (pata (pataca cas), s), camot camotes es (batatas, boniatos) y raíces y tubérculos similares ricos en fécula o inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en "pellets"; médula de sagú 8. Coc Cocos fre fresc scos os 9. Los demás demás frutos de de cáscara, cáscara, frescos frescos o secos, incluso incluso sin sin cáscara cáscara o mondados mondados 10.Bananas o plátanos, Agrios (cítricos); Uvas incluidas las pasas, frescos o secos 11.Dátiles, higos, piñas tropicales (ananás), aguacates (paltas), guayabas, mangos y mangostanes, frescos o secos y los productos alimenticios elaborados de manera artesanal a base de guayaba y/o leche. 12.Me 12.Mellones ones,, sandi andias as y papay apayas as,, Manz Manzan anas as,, pera perass y membr embrilillo loss Dam Damasco ascoss (albaricoques, chabacanos), cerezas, duraznos (melocotones) (incluidos los griñones y nectarinas), ciruelas y endrinas, las demás frutas u otros frutos, frescos. 13.Café en grano sin tostar 14.Cilantro, Avena, Sorgo, Habas de soya, Nuez y almendra de palma, Semilla de algodón para la siembra. 15.Cebada 16.Maíz y Maíz trillado 17.Arroz 18.Caña 18. Caña de Azúcar Azúcar 19.Chancaca (panela, raspadura). Obtenida de la extracción y evaporización en forma artesanal de los jugos de caña de azúcar en trapiches paneleros Cacao en grano crudo 20.Bienestarina 21.Pan 22.Agua envasada, el agua mineral natural o artificial y la gasificada, sin azucarar o edulcorar de otro modo ni aromatizar; hielo y nieve 23.Sal (incluidas la de mesa y la desnaturalizada) y cloruro de sodio puro, incluso en disolución acuosa o con adición de antiaglomerantes o de agentes que garanticen una buena fluidez; agua de mar 24.Azufre 24. Azufre Natural Natural
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Las materias primas químicas con destino a la producción de plaguicidas e insecticidas y de los fertilizantes Equipos de infusión de líquidos y filtros para diálisis renal Los computadores personales de escritorio o portátiles, cuyo valor no exceda de ochenta y dos (82) UVT. Los dispositivos anticonceptivos para uso femenino Las materias primas químicas con destino a la producción de medicamentos Equipos y elementos componentes del plan de gas vehicular. Ladrillos y bloques de colicanto, de arcilla, y con base en cemento, bloques de arcilla silvocalcáre. la importación al departamento del Amazonas, en desarrollo del Convenio Colo Colomb mbo-P o-Peru eruan ano o vige vigent nte, e, de alim alimen ento toss de cons consum umo o huma humano no y anim animal al,, elementos de aseo y medicamentos para uso humano o veterinario, siempre y cuando se destinen exclusivamente al consumo dentro del mismo departamento Las materias primas destinadas a la producción de vacunas. Los Los equi equipo poss y elem elemen ento toss naci nacion onal ales es o impo import rtad ados os que que se dest destin inen en a la const constru rucci cción, ón, inst instal alac ació ión, n, mont montaj aje e y opera operaci ción ón de sist sistem emas as de contr control ol y monitoreo, necesarios para el cumplimiento de las disposiciones, regulaciones y estándares ambientales vigentes, para lo cual deberá acreditarse tal condición ante el Ministerio del Medio Ambiente. El gas propano para uso doméstico estará excluido del impuesto sobre las ventas. el petróleo crudo destinado a su refinación, el gas natural, los butanos y la gasolina natural. las pólizas de seguros de vida en los ramos de vida individual, individual, colectivo, colectivo, grupo, accidentes personales. Las siguientes importaciones no causan el impuesto sobre las ventas:
a) La introducción introducción de de materias materias que van a ser transfo transformadas rmadas en desarrol desarrollo lo del plan plan importación y artículos con destino al servicio oficial de la misión y los agentes diplomáticos o consulares extranjeros y de misiones técnicas extranjeras. b) Las Las impo import rtac acio ione ness de arma armass y muni munici cion ones es que que se haga hagan n para para la defe defens nsa a nacional. c) La importación importación temporal temporal de maquin maquinaria aria pesada pesada para industrias industrias básicas, básicas, siempre siempre y cuando dicha maquinaria no se produzca en el país; destinados a reciclar y procesar basuras o desperdicios desperdicios y los destinados a la depuración depuración o tratamiento tratamiento de aguas residuales, para recuperación de los ríos o el saneamiento básico para
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lograr el mejoramiento del medio ambiente, siempre y cuando hagan parte de un progr program ama a que que se aprue apruebe be por por el Minis Ministe teri rio o del del Medio Medio Ambi Ambient ente. e. Tamb Tambié ién n destinada a la transformación de materias primas, por parte de los usuarios altamente exportadores d) La importac importación ión de bienes bienes y equipo equiposs que se efectúe efectúe en desarroll desarrollo o de conven convenios ios,, tratados o acuerdos internacionales de cooperación vigentes para Colombia, destinados al Gobierno Nacional o a entidades de derecho público del orden naci nacion onal al.. Este Este trat tratam amie ient nto o no oper opera a para para las las empr empres esas as indu indust stri rial ales es y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta. e) La importación importación de maquinar maquinaria ia y equipos equipos destinados destinados al desarrollo desarrollo de de proyectos proyectos o actividades que sean exportadores de certificados de reducción de emisiones de carbono y que contribuyan a reducir la emisión de los gases efecto invernadero y por lo tanto al desarrollo sostenible. f) Los Los equi equipo poss y elem elemen ento toss que que impo import rten en los los Cent Centro ross de Inve Invest stig igac ació ión n y los los Centros de Desarrollo Tecnológico reconocidos por Colciencias, así como las instituciones de educación superior, y que estén destinados al desarrollo de proyec proyecto toss previ previam ament ente e cali calififica cados dos como como de inves investitiga gaci ción ón cien cientí tífifica ca o de innovación innovación tecnológica tecnológica por Colciencias, Colciencias, estarán estarán exentos del impuesto sobre las ventas (IVA).Los proyectos deberán desarrollarse en las áreas correspondientes a los Programas Nacionales de Ciencia y Tecnología que formen parte del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología.
Servicios excluidos 1. Los servicios médicos, odontológicos, hospitalarios, clínicos y de laboratorio, para la salud humana. 2. El servicio de transporte público, terrestre, fluvial y marítimo de personas en el territorio nacional, y el de transporte público o privado nacional e internacional de carga marítimo, fluvial, terrestre y aéreo. Igualmente, se exceptúan el transporte de gas e hidrocarburos. 3. Los intereses y rendimientos financieros por operaciones de crédito, Así mismo están exceptuadas las comisiones pagadas por colocación de seguros de vida y las de títulos de capitalización. 4. Los Los servi servici cios os públ públic icos os de ener energí gía, a, acued acueduct ucto o y alca alcant ntari arillllad ado, o, aseo aseo públi público co,, recolección de basuras y gas domiciliario ya sea conducido por tubería o distribuido en cilindros. En el caso del servicio telefónico local. 5. El servicio de arrendamiento de inmuebles para vivienda, y el arrendamiento de espacios para exposiciones y muestras artesanales nacionales incluidos los eventos artísticos y culturales. 6. Los servicios de educación prestados por establecimientos de educación preescolar, primaria, media e intermedia, superior y especial o no formal, reconocidos como tales
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por el Gobierno, y los servicios de educación prestados por personas naturales a dichos establecimientos. Están excluidos igualmente los siguientes servicios prestados por por los los esta establ blec ecim imie ient ntos os de educ educac ació ión n a que que se refi refier ere e el pres presen ente te nume numera ral:l: restaurante, cafetería y transporte, así como los que se presten en desarrollo de las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994. 7. Los servicios de corretaje de reaseguros. 8. Los planes obligatorios de salud del sistema de seguridad social en salud expedidos por autoridades autorizadas por la Superintendencia Nacional de Salud, los servicios prest prestad ados os por por las las admini administ strad rador oras as dent dentro ro del del régi régime men n de ahorr ahorro o indi indivi vidua duall con con solidaridad y de prima media con prestación definida, los servicios prestados por administrado administradoras ras de riesgos profesionales profesionales y los servicios de seguros y reaseguros reaseguros para invalidez y sobrevivientes. 9. La comercialización de animales vivos y el servicio de faenamiento. 10. 10. Los Los serv servic icio ioss de prom promoc oció ión n y fome foment nto o depo deport rtiv ivo o pres presta tado doss por por los los club clubes es deportivos. 11. Las boletas de entrada a cine, a los eventos deportivos, culturales, incluidos los musicales y de recreación familiar, y los espectáculos de toros, hípicos y caninos. 12. Los siguientes servicios, siempre que se destinen a la adecuación de tierras, a la produ producc cció ión n agrop agropec ecuar uaria ia y pesqu pesquer era a y a la come comerci rcial aliza izaci ción ón de los los respe respect ctiv ivos os productos: a) El riego de terrenos dedicados a la explotación agropecuaria; b) El dise diseño ño de sist sistem emas as de rieg riego, o, su inst instal alac ació ión, n, cons constr truc ucci ción ón,, oper operac ació ión, n, administración y conservación; c) La construcción de reservorios para la actividad agropecuaria; d) La preparación y limpieza de terrenos de siembra; e) El control de plagas, enfermedades y malezas, incluida la fumigación aérea y terrestre de sembradíos; f) El corte y la recolección mecanizada de productos agropecuarios; g) El desmote de algodón, la trilla y el secamiento de productos agrícolas; h) La sele selecc cció ión, n, clas clasifific icac ació ión n y el empa empaqu que e de prod produc ucto toss agro agrope pecu cuar ario ioss sin sin procesamiento industrial; i) La asistencia técnica en el sector agropecuario; j) La captura, procesamiento y comercialización de productos pesqueros; k) El pesaje y el alquiler de corrales en ferias de ganado mayor y menor; l) La siembra; m) La construcción de drenajes para la agricultura; n) La construcción de estanques para la piscicultura; o) Los programas de sanidad animal; p) La perforación de pozos profundos para la extracción de agua;
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q) Los usuarios de los servicios excluidos por el presente numeral deberán expedir una certificación a quien preste el servicio, en donde conste la destinación, el valor y el nombre e identificación del mismo. 13. Las comisiones pagadas por los servicios que se presten para el desarrollo de proces procesos os de titu titula lariz rizaci ación ón de acti activos vos a trav través és de univ univers ersal alid idad ades es y patri patrimo monio nioss autónomos cuyo pago se realice exclusivamente con cargo a los recursos de tales universalidades o patrimonios autónomos. 14. Los servicios funerarios, los de cremación, inhumación y exhumación de cadáveres, alquiler y mantenimiento de tumbas y mausoleos. 15. Las comisiones por intermediación por la colocación de los planes de salud del sistema sistema general de seguridad social en salud expedidos expedidos por las entidades autorizadas autorizadas legalmente por la Superintendencia Nacional de Salud, que no estén sometidos al Impuesto sobre las Ventas. 16. Las comisiones percibidas por la utilización de tarjetas crédito y débito. 17. Los servicios de alimentación, contratados con recursos públicos y destinados al sistema penitenciario, de asistencia social y de escuelas de educación pública. 18. El transporte aéreo nacional de pasajeros con destino o procedencia de rutas nacionales donde no exista transporte terrestre organizado. Tómese para todos los efectos legales como zona de difícil acceso aquellas regiones de Colombia donde no haya transporte terrestre organizado, certificado por el Ministerio de Transporte. 21. Los servicios de publicidad en periódicos que registren ventas en publicidad a 31 de diciembre {del año inmediatamente anterior} inferiores a 180.000 UVT. La publicidad en las emisoras de radio cuyas ventas sean inferiores a 30.000 UVT al 31 de diciembre del año inmediatamente inmediatamente anterior y programadoras programadoras de canales canales regionales regionales de televisión cuyas ventas sean inferiores a 60.000 UVT al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Aquellas que superen este monto se regirán por la regla general. 2.2 Los seguros tomados en el exterior para amparar riesgos de transporte, barcos, aeronaves y vehículos matriculados en Colombia, así como bienes situados en el territ territori orio o nacion nacional, al, estarán estarán gravados gravados con el impues impuesto to sobre sobre las ventas ventas a la tarifa tarifa general, cuando no se encuentren gravados con este impuesto en el país de origen.
Bienes exentos: 1. Carne de animale animaless de la especie especie bovina, bovina, porcino, porcino, ovino ovino o caprina caprina fresca refigeraso o congeladas 2. Despojo Despojoss comest comestibl ibles es de animal animales es 3. Carne y despojos despojos comestibl comestibles, es, de aves, conejos o liebres liebres 4. Pesc Pescad ado o conge congela lado do
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5. Filetes Filetes y demás carne carne de pescado pescado (incluso (incluso picado), picado), frescos, frescos, refriger refrigerados ados o congelados 6. Leche y nata nata (crema), sin concentrar, concentrar, sin sin adición adición de azúcar azúcar ni otro edulcora edulcorante nte de otro modo o con cualquier proceso industrial concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante 7. Queso Queso fre fresco sco (si (sin n madura madurar) r) 8. Huevos para para incubar, incubar, y los pollit pollitos os de un día de de nacidos; nacidos; de ave con con cáscara, cáscara, frescos 9. Leche Leche mate materniz rnizado ado o human humaniza izada da 10.Cuadernos de tipo escolar. 11.Alcohol carburante, con destino a la mezcla con gasolina para los vehículos automotores. 12.El biocombustible de origen vegetal o animal para uso en motores diesel de producción Nacional con destino a la mezcla con ACPM estará exento del impuesto a las ventas. 13.alimentos de consumo humano y animal que se importen de los países colindantes a los departamentos de Vichada, Guajira, Guainía, Amazonas y Vaupés, siempre y cuando se destinen exclusivamente al consumo local en esos Departamentos.
(valor monetario o la unidad de medida del hecho imponible al cual se le aplica la tarifa del impuesto) Variedad de tasas y bases gravable
En la venta y prestación de servicios, la base gravable será el valor total de la operación, sea que ésta se realice de contado o a crédito, incluyendo entre otros los gastos gastos direct directos os de financ financiac iación ión ordina ordinaria, ria, extraor extraordina dinaria ria,, o morato moratoria, ria, accesor accesorios, ios, acarr acarreo eos, s, inst instal alaci acion ones, es, segur seguros os,, comi comisi sion ones, es, garan garantí tías as y demás demás eroga erogaci cion ones es comp comple leme ment ntar aria ias, s, aunq aunque ue se fact factur uren en o conv conven enga gan n por por sepa separa rado do y aunq aunque ue,, considerados independientemente, no se encuentren sometidos a imposición. Otra Otrass dist distors orsio ione ness grand grandes es del del IVA, IVA, es la enorm enorme e cant cantid idad ad de tasas tasas,, las las cuale cualess podemos resumirlas de la siguiente manera: SERVICIOS GRAVADOS A LA TARIFA DEL 1.6%. 1.6% . En los servicios de aseo, en los de vigilancia autorizados, en los de empleo temporal prestados por empresas autorizadas por el Ministerio de la Protección Social y en los prestados por las cooperativas y pre cooperativas de trabajo asociado en cuanto a mano de obra se refiere. BIENES GRAVADOS CON LA TARIFA DEL (10%). (10%) .
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1. Café Café tost tostado ado o desc descafe afeina inado. do. 2. Trig Trigo o y mor morca cajo jo 3. Maíz, Maíz, Arroz Arroz para para uso uso indus industri trial al 4. Harina de trigo trigo o de morcajo, morcajo, Las demás demás harinas harinas de cereales cereales 5. Semill Semillas as para para caña caña de azúcar azúcar 6. Embutidos Embutidos y productos productos similares, similares, de de carne, de despojos despojos o de de sangre, preparaciones alimenticias a base de estos productos 7. Las demás demás preparaciones preparaciones y conservas conservas de carne, carne, de despojos despojos o de sangre sangre 8. Azúca Azúcarr de cañ caña a o remo remolac lacha ha 9. Las demás demás fructosas fructosas y jarabes jarabes de fructosa, fructosa, con con un contenido contenido de fructos fructosa, a, en estado seco, superior al 50% en peso 10.Melazas de la extracción o del refinado del azúcar 11.Cacao en masa o en panes (pasta de cacao), incluso desgrasado y en polvo 12.Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao, excepto gomas de mascar, bombones, confites, caramelos y chocolatinas 13.Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma, que contengan huevo 14.Productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao, excepto el pan. 15.Fibras 15. Fibras de algodón algodón SERVICIOS GRAVADOS CON LA TARIFA DEL (10%). 1. Los planes de medicina prepagada y complementarios, las pólizas de seguros de cirugía y hospitalización, pólizas de seguros de servicios de salud y en general los planes adicionales, conforme con las normas vigentes. 2. Los servicios de clubes sociales o deportivos de trabajadores y de pensionados. 3. El servicio de alojamiento prestado por establecimientos e stablecimientos hoteleros o de hospedaje. 4. Las comisiones percibidas por la colocación de los planes de salud del sistema de medici medicina na prepaga prepagada, da, expedi expedidos dos por las entida entidades des autori autorizad zadas as legalm legalment ente e por la Superintendencia Nacional de Salud. 5. El almacenamiento de productos agrícolas por almacenes generales de depósito y las comisiones directamente relacionadas con negociaciones de productos de origen agro agrope pecu cuar ario io que que se real realic icen en a trav través és de bols bolsas as de prod produc ucto toss agro agrope pecu cuar ario ioss legalmente constituidas. 6. El servicio de arrendamiento de inmuebles diferentes a los destinados para vivienda y espacios para exposiciones y Muestras Artesanales Nacionales.
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TARIFA GENERAL (16%) Se aplica a todos los bienes y servicios, servicios, con excepción de los excluidos excluidos y los de tarifa tarifa diferencial SERVICIO GRAVADO CON LA TARIFA DEL VEINTE (20%). El incremento del 4% a que se refiere este artículo será destinado a inversión social y se distribuirá así: - Un 75% para el plan sectorial de fomento, promoción y desarrollo del deporte, y la recreación, escenarios deportivos incluidos los accesos en las zonas de influencia de los mismos, así como para la atención de los juegos deportivos nacionales y los juegos paral paralím ímpic picos os nacio naciona nale les, s, los los comp comprom romis isos os del del cicl ciclo o olím olímpi pico co y paral paralím ímpi pico co que que adquiera la Nación y la preparación y participación de los deportistas en todos los juegos mencionados y los del calendario único nacional. - El 25% restante será girado al Distrito Capital y a los departamentos, para que mediante convenio con los municipios y/o distritos que presenten proyectos que sean debidamente viabilizados, se destine a programas de fomento y desarrollo deportivo e infraestructura, atendiendo los criterios del sistema general de participación. Los muni munici cipi pios os y/o y/o dist distri rito toss cuyas cuyas activ activida idade dess cultu cultura rales les y artí artíst stic icas as hayan hayan sido sido declaradas como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Unesco, tendrán derecho a que del porcentaje asignado se destine el cincuenta por ciento (50%) para la promoción y fomento de estas actividades. TARIFAS PARA OTROS VEHÍCULOS, NAVES Y AERONAVES. AERONAVES. A partir del 1o de enero de 2007, fijanse las siguientes tarifas para la importación y la venta efectuada por el importador, el productor o el comercializador, o cuando fueren el resultado del servicio de que trata el artículo 476 476,, de los bienes relacionados a continuación: 1. Tarifa del veinte por ciento (20%): a) Los camperos de la partida 87.03 cuyo valor FOB o el equivalente del valor FOB, según el caso, sea inferior a treinta mil dólares de Norteamérica (US$30,000), así como sus chasises y carrocerías, incluidas las cabinas. b) Los barcos de recreo y de deporte de la partida 89.03, fabricados o ensamblados en el país. 2. Tarifa del veinticinco por ciento (25%): a) Los vehículos automotores de la partida 87.03 del arancel de aduanas, cuyo valor FOB o el equivalente del valor FOB, según sea el caso, sea inferior a treinta mil dólares de Norteamérica (US$30,000), así como sus chasises y carrocerías, incluidas las cabinas, excepto los camperos. b) Las motocicletas y motos, con motor superior a 185 c.c.
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3. Tarifa del treinta y cinco por ciento (35%) a) Los vehículos automotores incluidos los camperos de la partida 87.03 del arancel de aduanas, y las Pick- Up, cuyo valor FOB o el equivalente del valor FOB, según el caso, sea igual o superior a treinta mil dólares de Norteamérica (US$30,000), así como sus chasises y carrocerías, incluidas las cabinas. b) Los aerodinos privados. c) Barcos de recreo y de deporte de la partida 89.03, importados. Tarifas especiales para productos derivados del petróleo y cervezas a) DERI DERIVA VADO DOS S DEL PET PETRO ROLE LEO O Se pagará según las siguientes tarifas: a. Gasolina motor, el 16% del ingreso al productor. produ ctor. b. Gasolina de aviación de 100/130 octanos c. Aceites lubricantes y grasas, el 16% del precio oficial de venta del productor; d. Todos los demás productos refinados, derivados del petróleo incluyendo el gas propano para uso doméstico, la gasolina blanca, las bases para aceites lubricantes y grasas y los productos petroquímicos, el 16% del precio oficial de lista fijado para el productor en el lugar de entrega. b) PARA LAS CERVEZAS DE PRODUCCIÓN NACIONAL Y PARA LAS LAS IMPORTADAS El impuesto será del14%; exceptuando de impuesto el departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
EVASIÓN DEL IMPUESTO IVA La evasión de impuestos o evasión fiscal, consiste consiste el no pago de tributos tributos a la ley, esto generalmente es un acto voluntario de actividad a ctividad ilícita y está contemplado como delito o infracción administrativa. Por lo general es algo que relacionamos con personas ricas o famosas, pero la evasión de impuestos es una práctica mucho más habitual de lo que pudiera pensar. Algunas estimaciones realizadas son: Para Colombia (1993), encontraron un porcentaje de evasión en IVA de 35.8%, que es alto comparado con algunos países desarrollados como Nueva Zelanda, Suecia o Isra Israel el,, dond donde e era era meno menorr al 10%, 10%, y tamb tambié ién n es mayo mayorr con con resp respec ecto to a país países es latino latinoamer american icanos os como como Chile Chile (18.2% (18.2%), ), Urugua Uruguayy (29.7% (29.7%)) y Argenti Argentina na (31.5%). (31.5%). No obstante, los niveles de evasión encontrados en otras economías de la región eran superiores, como los casos de México (37.1%), Bolivia (43.9%), Guatemala (52.5%) y Perú (68.2%).
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), estimó una evasión en IVA del 1.4% del PIB para el año 2000, que es muy alto si se tiene en cuenta que el recaudo efectivo por ese impuesto fue del 6.4% del PIB Y en los últimos años, Colombia no se encuentra bien respecto a este tema, y mantiene uno de los más altos índices de evasión fiscal en comparación con los demás países latinoamericanos. Gran parte del bajo recaudo es por la evasión de aquellos contribuyentes que no encuentran ningún incentivo para tributar, bien sea porque algunos no lo consideran su deber, porque no están dispuestos a financiar al Estado o porque no esperan ser descubiertos o sancionados. Parte del bajo bajo recaudo también también es por aquellos aquellos que ven la evasión como estrategi estrategia a para competir con quienes evaden; por los efectos negativos de las altas tarifas y además por la pérdida de recaudo generada en las exenciones. Todo esto refleja la baja disposición de los contribuyentes a cumplir voluntariamente. Ante las dificultades dificultades para incrementar incrementar el recaudo de manera sostenida sostenida La Ley 383 de 1997 , establece establece medidas para controlar la evasión, evasión, estableciendo estableciendo la penalización penalización para los agentes de retención en la fuente y responsables del IVA, evadieran el pago del impuesto. También se ha optado por incrementar las tarifas de IVA, lo cual ha llevado a agravar la situación porque, por un lado se le está cobrando más a la economía formal que estaba cumpliendo sus obligaciones, induciéndola a evadir, y de otro lado, se generan efectos sociales negativos al gravar productos básicos con el IVA. También se ha intentado aumentar los ingresos tributarios a través de reformas, pero se han obtenido resultados poco consoladores. Y las mayores presiones sobre los contribuyentes han conducido a aumentar los niveles de evasión, disminuyendo el complimiento voluntario de la tributación; y esto se agrava aún más por el enorme efecto de la cantidad de exenciones y exclusiones de bienes y servicios. De esta manera, las medidas desarrolladas a aumentar el recaudo parecen estar generando mayores niveles de evasión, creando un impacto económico negativo. Por Por esto esto se hace hace nece necesar sario io aume aument ntar ar el cumpl cumplim imie ient nto o volu volunt ntar ario io a parti partirr de la aplicación de diferentes métodos y estrategias para disminuir la evasión, y acciones jurídicas para disminuir el gran número de bienes exentos.
RETENCIÓN EN LA FUENTE
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Concepto: La retención en la fuente es un mecanismo que busca recaudar un determinado impuesto de forma anticipada. De esta forma cada vez que ocurra un hecho generador de un impuesto, se hace la respectiva retención. Así, el estado no debe esperar a que transcurra el periodo de un impuesto para poderlo recaudar, sino que mediante la retención en la fuente, este recaudo se hace mensualmente, que es el periodo con que se debe declarar y pagar las retenciones que se hayan practicado.
Retención en la fuente por IVA. Conocido comúnmente como reteiva. La retención en la fuente por IVA consiste en que el comprador, al momento de pagar la compra, retiene al vendedor el 50% del valor del IVA. IVA. Ejem Ejempl plo: o: La empre empresa sa A comp compra ra a la Empre Empresa sa B, merca mercancí ncías as por por valor valor de $1.000.000 + IVA. El valor del IVA, a la tarifa general es de $160.000. La empresa A, de esos $160.000 de IVA, solo pagará a la empresa B el valor de $80.000, que corresponde corresponde al 50% del valor toral del IVA, el restante 50% la empresa B lo retiene, retiene, lo declara y lo paga en junto con las demás retenciones en la fuente que haya practicado en el respectivo mes. Agentes de retención en el impuesto a las ventas. Concepto de agente de retención. Agente de retención es aquella persona natural o jurídica, obligada a practicar la respectiva retención en la fuente cuando este se presente. Por regla general, los agent agentes es de rete retenc nció ión n son quiene quieness comp compran ran o adqui adquier eren en un produ product cto o o servi servici cio. o. Quienes hacen el pago. El agente de retención es quien además de retener, debe declarar, consignar las retenciones y expedir los respectivos certificados de retención. Quienes son agentes de retención en el impuesto a las ventas. La ley (Estatuto Tributario) ha establecido que las siguientes personas deben actuar como agentes de retención en el Impuesto a las ventas: “Actuarán como agentes retenedores del impuesto sobre las ventas en la adquisición de bienes y servicios gravados: 1. Las siguientes entidades estatales: La Nación, los departamentos, el distrito capital, y los distritos especiales, las áreas metropolitanas, las asociaciones de municipios y los municipios; los establecimientos públic públicos, os, las empresa empresass indust industrial riales es y comerci comerciale aless del Estado, Estado, las socied sociedades ades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), así como las entidades descentralizadas indirectas y directas y las demás personas jurídicas jurídicas en las que exista dicha participación participación pública mayoritaria mayoritaria cualquiera cualquiera sea la denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles y en general los organismos o dependencias del Estado a los que la ley otorgue capacidad para celebrar contratos.
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2. Quienes se encuentren catalogados como grandes contribuyentes por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, sean o no responsables del IVA, y los que mediante resolución de la DIAN se designen como agentes de retención en el impuesto sobre las ventas. 3. Quienes contraten contraten con personas personas o entidades entidades sin residencia o domicilio en el país la prestación de servicios gravados en el territorio Nacional, con relación a los mismos. 4. Los responsables del régimen común, cuando adquieran bienes corporales muebles o servicios gravados, de personas que pertenezcan al régimen simplificado. 5. Las entidades emisoras de tarjetas crédito y débito y sus asociaciones, en el momen omentto del corres rresp pondie diente pago o abono en cuenta nta a las per persona sonass o esta establ blec ecim imie ient ntos os afil afilia iado dos. s. El valo valorr del del impu impuest esto o no hará hará part parte e de la base base para para determinar las comisiones percibidas por la utilización de las tarjetas débito y crédito. Cuando los pagos o abonos en cuenta en favor de las personas o establecimientos afiliados a los sistemas de tarjetas de crédito o débito, se realicen por intermedio de las entidades adquirentes o pagadoras, la retención en la fuente deberá ser practicada por dichas entidades. 6. La Unidad Administrativa de Aeronáutica Civil, por el 100% del impuesto sobre las ventas que se cause en la venta de aerodinos. PARÁGRAFO 1o. La venta de bienes o prestación de servicios que se realicen entre agentes agentes de retención retención del impuesto impuesto sobre las ventas de que tratan los numerales numerales 1, 2 y 5 de este artículo no se regirá por lo previsto en este artículo. PARÁGRAFO 2o. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá mediante resolución retirar la calidad de agente de retención del impuesto sobre las ventas a los Grandes Contribuyentes que se encuentren en concordato, liquidación obligatoria, toma de posesión o en negociación de acuerdo de reestructuración, sin afectar por ello su calidad de gran contribuyente”. contribuyente”. (Art. 437-2, Estatuto tributario).
Por qué al gobierno Colombiano le interesa cobrar los impuestos regresivos (IVA) que otros impuestos El IVA es un impuesto regresivo, es decir, que los que menos tienen pagan una proporción mayor de su renta que los que más tienen. Y también un impuesto indirecto, queriendo decir que se cobra en la compra y venta de bienes y servicios. Es decir, se cobra a todas las personas por igual, sin involucrar estado o recursos económicos. Lo cual convierte al IVA en uno de los principales pilares tributarios del Gobierno Nacional Colombiano.
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Por ende, al gobierno Colombiano le interesa mas cobrar los impuestos regresivos (indirectos), siendo en este caso el IVA, ya que éste es además el impuesto más eficiente, eficiente, en comparación con los demás impuestos, impuestos, en el sentido en que un aumento aumento del 1% en la tasa del gravamen produce aumentos en el recaudo mayores en el IVA que lo que se obtendría con otros impuestos. Y en cuanto a la evasión, el IVA recauda a lo largo de las diferentes etapas de producción, así que no se pierde la totalidad del recaudo cuando hay evasión en un punto de la cadena. Además, como mencionábamos anteriormente, en cuanto a la evolución del IVA desde el año 2000, vemos cómo este impuesto ha pasado de 8.5 billones de pesos a 26.1 billones para el año 2007, mostrando un nivel de crecimiento de más del 15%. Este incremento favorece el crecimiento de la economía en el país. Actualmente, el impuesto sobre las ventas representa el 43.46% del total del recudo tributario, como podemos ver en el siguiente esquema:
Del anterior gráfico, podemos apreciar que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) supera el impuesto sobre la Renta, el cual es un impuesto directo que grava sobre los ingresos de las personas o empresas. Por lo tanto, el IVA se posesiona como el impuesto de mayor importancia, y se convierte en la mayor fuente de recursos tributarios de la nación
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN EL MUNDO Al igual que en Colombia, determinados bienes y servicios (en general, bienes de consumo básicos) o ciertas categorías de personas; suelen implicar reducciones o aumentos de la alícuota
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África Egipto Sudáfrica Ghana
10% 14% 3%
GST BTW / VAT VAT
América del Norte y Caribe Barbados
15%
Canadá
5%
República Dominicana Nicaragua El Salvador Guatemala México Panamá Puerto Rico Estados unidos
16% 15% 13% 12% 16% (desde 2010 2010)) 7% 7% 7% (varia según el estado)
VAT GST / TPS HST / TVN ITBIS IVA IVA IVA IVA ITBMS IVU TAX
América del Sur Argentina
21%
Brasil
12% + 25% + 5%
Bolivia Chile Colombia Ecuador Guyana[1] Guyana [1] Paraguay Perú Trinidad y Tobago Uruguay Venezuela
13% (tasa nominal) 14.94% (tasa efectiva) 19% 16% 12% 16% 10% 19% 15% 22% 12%
IVA IPI - 12%* ICMS - 25% ISS - 5% IVA IVA IVA IVA VAT IVA IGV IVA IVA
Asia Armenia Corea del Sur Filipinas
20% 10% 12%
AAH VAT RVAT
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Georgia Irán India Indonesia Israel Japón República Popular China Jordania Kazajistán Líbano MalasiaNota Malasia Nota 7 Pakistán Singapur Sri Lanka Tailandia Turquía Vietnam
18% 3% 12,5% 10% 15,5% 5% 17% 16% 13% 10% 10% 16% 7% 12% 7% 18% 10%
DGhG VAT VAT PPN Ma'am Consumption tax pinyin GST
Albania
45%
Alemania
19%
Austria
20%
Bélgica
21%
Bosnia y Herzegovina Bulgaria Chipre Croacia Dinamarca Eslovaquia Eslovenia España Estonia
17% 20% 15% 22% 25% 19% 20% 16% 18%
Finlandia
22%
Francia Grecia Hungría
19,6% 21% 25%
República de Irlanda
21,5%
Islandia
24,5%
TVSH MwSt. USt. USt. BTW TVA MWSt PDV ДДС ΦΠΑ PDV moms DPH D DV IVA km ALV Moms TVA ΦΠΑ ÁFA CBL VAT VSK
TVA GST GST GST VAT KDV GTGT
Europa
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Italia Kosovo Letonia Lituania Luxemburgo Malta República de Macedonia Moldavia Montenegro Noruega Países Bajos Polonia Portugal Reino Unido República Checa Rumania Rusia Serbia Suecia
20% 16% 21% 19% 15% 18% 18% 20% 17% 25% 19% 22% 20% 17,5% 19% 19% 18% 18% 25%
Suiza
7,6%
Ucrania
20%
IVA TVSH PVN PVM TVA VAT Д ДВ TVA PDV MVA BTW PTU/VAT IVA VAT (Galés: TAW) DPH TVA НДС / NDS PDV Moms MWST TVA IVA TPV ПДВ
10% 12.5% 12.5%
GST VAT GST
Oceanía Australia Fiyi Nueva Zelanda
Como podemos observar analizando los datos de las tablas los más altos impuestos se encuentran en Europa, el cual supera el 20% en muchos de los países de este continente, sin embargo Europa es uno de los lugares en donde se pude ver una de las economías mas fuertes en el mundo. Sin embargo, analizando otras potencias en el mundo como lo son Estados unidos y Japón; vemos que tienen una idea muy contrariada a Europa, ya que ellos no le apuntan apuntan a tener un alto impuesto impuesto al valor agregada agregada sino que por el contrario apuntan apuntan a una baja tasa de interés, al igual que en Europa también reflejan buenos resultados, ya que estos dos países también son dos grandes potencias en economía.
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Otra gran economía del mundo, y la mejor de América Latina es Brasil; este país presenta una tasa de interés variante: Impu Impuest esto o sobre sobre produ product ctos os indus industr tria ialiliza zados dos - Impu Impues esto toss Fede Federa rales les (PI - 12%* 12%*)) Impu Impues esto to sobr sobre e la come comerc rcia ialiliza zaci ción ón y serv servic icio ioss -Est -Estad ado o Fisc Fiscal al (ICM (ICMS S - 25%) 25%) Impuest esto sobr sobre e cualquier ser servicio - Impues uestos munici nicip pales ales (IS (ISS - 5%) *IPI para los productos importados es del 60% Cuando empezamos a comparar a Colombia con las diferentes partes del mundo podemos decir que Colombia no esta en ningún extremo, sino que ese 16% de IVA que tiene Colombia es una de las tasas mas equilibradas de todo el mundo Analizando los porcentajes de impuesto en toda latino América, vemos que Colombia se encuentra con un nivel de tasa intermedia, ya que aunque esta por encima de Ecuador, Paraguay y Venezuela, los cuales tienen las mas bajas tasas de latino América; sin embargo Colombia esta por debajo de los altos índices de impuesto que presentan presentan países como Chile, Perú, Perú, Argentina, Argentina, y Uruguay, siendo siendo estos últimos últimos dos países con un IVA superando el 20%, casi igual a Europa que es donde se presentan las mas altas tasas de interés. Al comparar el IVA en Colombia con el TAX en Estados Unidos, vemos claramente que el Tax es aproximando un 7%, ya que no en todos los estados es este mismo valor, cada uno de los estados tiene una propia tasa de interés, donde los impuestos más altos se encuentran en Tennessee, 9.5%, y en Luisiana, 8.65%, y en algunos como Alaska, Montana, New Hampshire Hampshire y Oregón ni siquiera tienen impuesto de ventas. Cuando uno piensa en la tasa de impuesto de Colombia uno puede llegar a creer que es una tasa muy alta, el hecho de tener que pagar un 16% mas del producto que compramos nos puede hacer creer que el precio es muy elevado, sin embargo eso seria desconocer desconocer la tasa de Europa, las mas altas tasas de de impuesto de ventas del mundo, aunque mas que la unión europea esta Albania, el cual tiene una tasa del 45%, es decir pagar una vez y media cada articulo. Después de analizar el porcentaje de tasas de las principales potencias económicas del mundo con Colombia se puede platear una pregunta, ¿en que influye la tasa de interés con el buen desarrollo de la economía de un país?; pues bien, esto depende de cada una de las políticas económicas de cada país. Por ejemplo, en Estados Unidos donde cada estado maneja su tasa de interés, ningún estado puede aumentar su impuesto de manera drástica, ya que debido a esto, sus ciudadanos irán a realizar las compras a otro estado que aun mantenga baja la tasa de
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interés, e incluso podrían llegar a mudarse y cambiar de estado, por lo que no seria nada rentable para un estado perder clientes y además ciudadanos. Ahora en Europa; las grandes potencias de Europa las cuales su impuesto supera el 20%,no tiene sentido que ellos rebajen su tasa de interés, ya que gracias a ese nivel de tasa es que están dentro de las mejores economías, y si aun así la rebajan ellos dejarían de recibir mucho dinero con el que antes contaban. Otros países que llaman la atención a le hora de ver su tasa de interés son Ghana e Irán, en donde la tasa es apenas de un 3%, las mas bajas. ¿A que se puede deber esto?, acaso el gobierno pretende ayudar a sus ciudadanos a facilitarles las compras con su impuesto tan reducido, o confían en que su bajo interés mejore la inversión extr extranj anjera era;; aunqu aunque e tamb también ién se puede puede deber deber a que que los los ciud ciudad adan anos os no están están en condiciones de pagar un impuesto, por lo que para evitar rebeliones se ven obligados a mantener bajo el interés; no es suficiente el poco dinero que ellos reciben de los impuestos para mantener el país y esto se refleja a ver el bajo nivel económico de estos países.
DESTINACIÓN DE LOS IMPUESTOS (IVA) EN COLOMBIA Los impuestos como el IVA no son de destinación específica, sino que entran a hacer parte del Presupuesto Nacional Colombiano y allí se decide en que se invertirá lo recaudado mediante este impuesto sobre el valor agregado que en total abarca el 43% del total de los impuestos. A continuación damos a conocer entonces la clasificación sectorial del Presupuesto General Colombiano para hacer notar la gran importancia que tiene el hecho de recaudar el IVA.
SECTOR 1: ACCION Y APOYO SOCIAL El Sector Acción y Apoyo Social está conformado por la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional – Acción Social. SECTOR 2: EDUCACIÓN El Sector Educación está conformado por los siguientes órganos: - Ministerio de Educación Nacional - Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES) - Instituto Nacional para Sordos (INSOR) - Instituto Nacional para Ciegos (INCI) - Instituto Tecnológico Pascual Bravo – Medellín - Colegio Mayor de Bolívar
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- Instituto Técnico Central - Instituto Superior de Educación Rural de Pamplona (ISER) - Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo - Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Andrés y Providencia - Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar - Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional - Instituto Técnico Nacional de Comercio “Simón Rodríguez” de Cali - Instituto Tecnológico de Soledad – Atlántico (ITSA)
SECTOR 3: AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL El Sector Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial está conformado por los siguientes órganos: - Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial - Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) - Fondo Nacional Ambiental - Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge (CVS) - Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ) - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá (Corpourabá) - Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas) - Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó (Codechocó) - Corporación Autónoma Regional del Tolima (Cortolima) - Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder) - Corporación Autónoma Regional de Nariño (Corponariño) - Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental (Corponor) - Corporación Autónoma Regional de la Guajira (Corpoguajira) - Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar) - Corporación Autónoma Regional del Cauca (CRC) - Corporación Autónoma Regional del Magdalena (Corpamag) - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía (Corpoamazonía) - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y Oriente de la Amazonía (CDA) - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Coralina) - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial la Macarena (Cormacarena) - Corporación para el Desarrollo Sostenible de la Mojana y el San Jorge (Corpomojana) - Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía (Corporinoquía) - Corporación Autónoma Regional de Sucre (Carsucre) - Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM) - Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia (Corantioquia) - Corporación Autónoma Regional del Atlántico (CRA)
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- Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) - Corporación Autónoma Regional de Boyacá (Corpoboyacá) - Corporación Autónoma Regional de Chivor (Corpochivor) - Corporación Autónoma Regional del Guavio (Corpoguavio) - Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (Cardique) - Corporación Autónoma Regional del Sur de Bolívar (CSB) - Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda)
SECTOR 4: CULTURA Y DEPORTE El Sector Cultura está conformado por los siguientes órganos: - Ministerio de Cultura - Archivo General de la Nación - Instituto Colombiano de Antropología e Historia - Instituto Colombiano del Deporte (Coldeportes) - Instituto Caro y Cuervo SECTOR 5: PROTECCIÓN SOCIAL El Sector Protección Social está conformado por los siguientes órganos: - Ministerio de la Protección Social - Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) - Fondo de Previsión Social del Congreso - Fondo del Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia - Instituto Nacional de Salud (INS) - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) - Superintendencia Nacional de Salud - Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) - Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación en Salud (CRES) SECTOR 6: AGROPECUARIO El Sector Agropecuario está conformado por los siguientes órganos: - Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) - Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (INCODER) - Unidad Administrativa Especial Unidad Nacional de Tierras Rurales (UNAT) SECTOR 7: MINAS Y ENERGÍA El Sector Minas y Energía está conformado por los siguientes órganos: - Ministerio de Minas y Energía - Instituto Colombiano de Geología y Minería (Ingeominas) - Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) - Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas no
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Interconectadas (IPSE) - Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH)
SECTOR 8: COMUNICACIONES El Sector Comunicaciones está conformado por los siguientes órganos: - Ministerio de Comunicaciones - Fondo de Comunicaciones - Comisión Nacional de Televisión SECTOR 9: TRANSPORTE El Sector Transporte está conformado por los siguientes órganos: - Ministerio de Transporte - Instituto Nacional de Vías (INVIAS) - Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil - Instituto Nacional de Concesiones (INCO) - Superintendencia de Puertos SECTOR 10: PLANEACIÓN El Sector Planeación está conformado por los siguientes órganos: - Departamento Administrativo Nacional de Planeación - Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología “Francisco José de Caldas” (Colciencias) - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - Fondo Nacional de Regalías SECTOR 11: RELACIONES EXTERIORES El Sector Relaciones Exteriores está conformado por los siguientes órganos: - Ministerio de Relaciones Exteriores - Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores SECTOR 12: HACIENDA El Sector Hacienda está conformado por los siguientes órganos: - Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación - Superintendencia de la Economía Solidaria - Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Unidad de Información y Análisis Financiero - Superintendencia Financiera de Colombia
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SECTOR 13: DEFENSA Y SEGURIDAD El Sector Defensa y Seguridad está conformado por los siguientes subsectores: Subsector 1: - Ministerio de Defensa Nacional - Caja de Retiro de las Fuerzas Militares - Instituto Casas Fiscales del Ejército - Defensa Civil Colombiana - Club Militar de Oficiales - Hospital Militar - Agencia Logística de las Fuerzas Militares - Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
Subsector 2: - Policía Nacional - Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional - Fondo Rotatorio de la Policía Subsector 3: - Departamento Administrativo de Seguridad - DAS - Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad.
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CONCLUSIONES •
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El Impuesto al Valor agregado (IVA) es un impuesto indirecto y regresivo que grava la venta de bienes y servicios, servicios, financiado financiado por el consumidor final. final. Aunque no todos los bienes y servicios están gravados con el IVA, dependiendo del tipo de bien o servicio el gobierno decide si gravar o no con el IVA determinados bienes.
Ante el efecto de las reformas tributarias a través del tiempo, el IVA pasó de representar del 29% del recaudo a más del 40% de los ingresos tributarios, conv convir irtitién éndo dolo lo en la mayo mayorr fuen fuente te de recu recurs rsos os trib tribut utar ario ios, s, infl influy uyen endo do positivamente en el crecimiento de la economía del país.
Colombia Colombia es un país con uno de los más altos índices de evasión de impuestos en comparación con los demás países latinoamericanos, y gran parte de esto es porque los contribuyentes no encuentran ningún incentivo para tributar. Ante esto esto el gobi gobier erno no ha esta establ blec ecid ido o leye leyess para para pena penaliliza zarr la evas evasió ión, n, y ha incr increm ement entado ado las las tari tarifa fass del del IVA, IVA, pero pero esto esto agrav agrava a la situ situac ació ión n porq porque ue se generan generan efecto efectoss sociale socialess negati negativos, vos, y conlle conllevan van a aument aumentar ar los niveles niveles de evasión.
Debido al alto porcentaje con el que contribuye el IVA (43%) al total de los impu impues esto toss colom colombi bian anos, os, pode podemo moss conc conclu luir ir que que es de vita vitall impo import rtan anci cia a su recaudo, ya que, una vez hace parte del Presupuesto Nacional Colombiano se invierte en la actualidad principalmente en los sectores de acción y apoyo social, educaci educación, ón, desarro desarrollo llo territ territoria orial,l, cultur cultura a y deporte deporte,, protec protecció ción n social, social, sector sector agrop agropecu ecuar ario io,, de mina minass y energí energía, a, de comu comunic nicac acio ione nes, s, de trans transpo port rte, e, de planeación, de relaciones exteriores, de hacienda y de defensa y seguridad.
Al gobierno colombiano le interesa más cobrar los impuestos regresivos como el IVA, IVA, ya que éste éste es el impue impuest sto o más más efic eficie ient nte e en comp compara araci ción ón con con otros otros impuestos, y es el principal fuente de los recursos tributarios de la nación.
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Recomendaciones al gobierno •
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Imponer el valor correcto del impuesto al valor agregado, adoptando una política económica que favorezca a todos los ciudadanos, ya que con lo anterior se comprueba comprueba que no hay una tasa fija que garantice el éxito de una economía, economía, ya que hay grandes potencias económicas que tienen bajo interés y otras que tienen uno alto Tener bien definidos los bienes a los que se le rebaje el impuesto; ya que con rebajarle impuesto a todo no van a lograr su objetivo de recaudo, y tampoco es buena idea dejar todos los bienes con la misma tasa, ya que hay unos bienes que merecen una menor tasa
Recomendaciones al consumidor •
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Estar bien percatado percatado de lo que paga, ya que en muchos casos un impuesto que ya ha pagado una vez, se lo pueden volver a cobrar Al pagar impuestos, asegurarse de que este llegue a su destino, pues no podemos dejar que el impuesto que pagamos se lo queden otras personas indebidamente
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Bibliografía •
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Estatuto Tributario
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Ley 788 de 2002