INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA: LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL.
C JUEZ TERCERO CIVIL DE PARTIDO EN CELAYA, GTO. PRESENTE LIC. J. JESÚS VALENTÍN LONA GUERRERO, CON LA PERSONALIDAD DE MANDATARIO JUDICIAL DE LA C. LUZ MARIA BOLIO PAZ EL CUAL TENGO ACREDITADA EN EL PRESENTE JUICIO ANTE USTED C. JUEZ COMPAREZCO PARA EXPONER LO SIGUIENTE: POR MEDIO DEL PRESENTE, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 367,368, 369 Y D RELATIVOS DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE GUANAJUATO, Y EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA Y EN CUMPLIMIENTO A LA MISMA, VENGO A PRESENTAR INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL DE LOS BIENES HABIDOS DURANTE EL MATRIMONIO DE LOS C. C. LUZ MARÍA BOLIO PAZ Y HERIBERTO LARA ARREGUI, ESTE ULTIMO CON DOMICILIO EN LA CALLE DE BEATRIZ SILVA ESPARZA NUMERO 125 COLONIA EMETERIA VALENCIA DE ESTA CIUDAD DE CELAYA GTO. Fundó la presente solicitud, en las siguientes consideraciones de hecho y derecho: HECHOS 1.-en fecha 6 de diciembre del año 2012 se dicto sentencia en la que se declara disuelto el vinculo matrimonial que me unía con el demandado incidentista, en la referida resolución en su resolutivo segundo se declaro disolución de la sociedad conyugal régimen por el cual contrajimos matrimonio los actores en el presente incidente como se puede apreciar en la citada sentencia misma que obra en autos concretamente en el cuaderno relativo al juicio principal, de la cual inconforme con dicha determinación el demandado interpuso recurso de apelación del cual conoció la decima sala civil supremo tribunal de justicia del estado de Guanajuato, el cual fue resuelto el 26 de febrero del 2013, donde se modifica a la sentencia dictada por este juzgado, a efecto de declarar que no ha lugar a terminar la sociedad legal para auxiliar de la primera región con residencia en el distrito federal con número de expediente 654/2013, en el cual se me ampara y protege ordena do a la decima sala civil dejar insubsistente su resolución y emitir una nueva sentencia, misma que pronuncio por la mencionada sala civil en fecha 16 de octubre de 2013, en la cual en su primer resolutorio deja insubsistente la resolución del día 26 de febrero de 2013 y en su segundo resolutivo manifiesta que se realice la modificación de la sentencia del 6 de diciembre de 2012 dentro del expediente c-249/2012 a efecto de precisar que para la liquidación de la sociedad conyugal debe atenderse a lo establecido en el código civil del estado de México vigente al momento de la celebración del matrimonio. 2.- los bienes inmuebles que conforman la sociedad conyugal son: xxxxxxxxxxxxx, mismos que se describen en la demanda inicial y a efecto de confirmar la titularidad de los mismos me
remito a las documentales que obran en autos por lo que en este acto únicamente exhibo como anexo una copia certificada de la escritura numero xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxmil doscientos cincuenta y seis, pasada ante la fe del notario publico 40 del distrito federal el licenciado Carlos prieto Aceves, debiendo ser la división al 50% cincuenta por ciento. Frutos no hay. Bienes
muebles…………2…no
créditos…………..no Documentos De
hay hay
y importancia…………………..no
papeles hay
DERECHO Son aplicables para el siguiente asunto los artículos 88, 74, 112, 114, 116 y demás relativos del código de procedimientos civiles para el distrito federal. En cuanto al fondo del asunto son competentes los artículos 197, 203, 204, y demás relativos del código civil del Distrito Federal. Personalísima y no por conducto de apoderado, con el apercibimiento que de no comparecer será declarado confeso de todas y cada una de las posiciones que previamente hayan sido calificadas de legales, con lo cual se acredita que durante la sociedad conyugal se adquirió el bien inmueble consistente en Lote de terreno Numero cinco-B de la manzana Cuatro del Barrio del Niño Jesús, delegación Coyoacan. Distrito Federal, hoy calle espíritu santo numero 69-C Colonia Barrio del Niño Jesús delegación Coyoacan en esta ciudad que las partes en el presente incidente pactaron como pago de la parte alícuota que le corresponde al demandado incidentista, la cantidad de $75,000.00 (Setenta y Cinco Mil Pesos 00/m.n.) se relaciona la presente prueba con cada uno de los hechos narrados de nuestra parte. 2.- DOCUMENTAL PUBLICA.- Consiste en la escritura numero Mil Doscientos Cincuenta y Seis pasada ante la fe del notario público número 40 del Distrito Federal el Licenciado Carlos Prieto Aceves, donde se acredita que se adquirió el bien inmueble ubicado en Lote de Terreno Numero cinco-B de la Manzana Cuatro del Barrio de Niño Jesús, delegación Coyoacan, Distrito Federal, hoy calle espíritu santo numero 69-C Colonia Barrio del Niño Jesús delegación Coyoacan en esta ciudad y que los dueños del bien inmueble mencionado es el Señor Gabriel Schrader Barrios y la Señora Araceli Trinidad Schrader Barrios son los copropietarios del bien ya antes mencionado, se relaciona la presente prueba con cada uno de los hechos narrados de nuestra parte. 2.- DOCUMENTAL PUBLICA previamente citada 4.- LA ISTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- En todo lo que me favorezca, relacionándola con todos y cada uno de los hechos narrados en el presente incidente.
Por lo anteriormente Expuesto y Fundado A Usted C. Juez Atentamente pido: PRIMERO.- Se me tenga por presentado el Incidente de Liquidación de Sociedad Conyugal en el expediente que se cita al robro. SEGUNDO.- Con las copias simples de traslado se le de vista a la contraparte xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx el Señor Gabriel Shrader Barrios el inicio de dicho incidente de liquidación de Sociedad Conyugal, en el domicilió ya antes mencionado, con el fin de que de contestación a dicho procedimiento.
María del Carmen Sánchez Torres Vs. Miguel Cárdenas Hernández Expediente xxx/2003 C. Juez de lo Familiar Quinto Estado de México Presente. MARIA DEL CARMEN MORELOS TORRES, por mi propio derecho y en mi carácter de actora del juicio que se indica al rubro y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en la calle de………………………………………en el municipio de Ecatepec estado de México y autorizando para oírlas y recibirlas aun las de carácter personal a los Lic. XXXXXXXXXX con número de cedula profesional 25963187 y 59874123 respectivamente, ambas expedidas por la Dirección General de Profesiones con el debido respeto comparezco para exponer: Que por medio del presente escrito en la vía incidental para efecto de que se ordene la ejecución de sentencia en cumplimiento al resolutivo decimo de la sentencia de fecha XX de XXXXX de 2003, dictada en el presente juicio, en el que se ordena la disolución de la Sociedad Conyugal pactada al contraer matrimonio las partes, con motivo de nuestro divorcio necesario. Sentencia que ha causado estado y a efecto de que se obligue al demandado Miguel Cárdenas Hernández a cumplir con el resolutivo en mención y que se traduce en el ejercicio de mi derecho a que se liquide la sociedad conyugal. Con el fin de dar por disuelto el régimen por el cual contrajimos matrimonio que fue el de sociedad conyugal me permito manifestar las siguientes consideraciones de hecho y de derecho. HECHOS 1.- La suscrita MARIA DEL CARMEN SANCHEZ TORRES, demanda a C. MIGHEL CARDENAS HERNANDEZ, mediante escrito de fecha de 1 de Abril de 2000, el divorcio necesario y como consecuencia la disolución del vínculo matrimonial en base a las causales IXY XII del artículo 490 de Código Civil para el Estado de México. 2.- Con fecha 10 de Junio de XXXX su Señoría dicto sentencia definitiva a los autos del divorcio por la suscrita María del Carmen Morelos Torres y Miguel Téllez Hernández, causando ejecutoria el 15 de Julio de XXXX, conforme se acredita con los autos en que se actúa. 3.- Durante nuestro matrimonio de fecha 09 de Octubre de 1995, adquirimos el inmueble que se ubica en el departamento XXXXXXXX, ubicado en La calle de XXXXXX XXXXX, del municipio de Ecatepec de Morelos, distrito de Tlalnepantla, Estado de México. A través de un crédito hipotecario. 4.- Que con fecha de 10 de septiembre de XXXX nos fue expedida la escritura de numero cuarenta y tres mil ciento noventa y ocho del libro numero quinientos noventa y seis en la
ciudad de México Distrito Federal, de un inmueble de interés social que menciona el departamento XXXXXX ubicado en XXXXXXXXXXXXX, municipio de Ecatepec de Morelos, Distrito de Tlalnepantla, Estado de México. 5.- En sentencia de referencia en su resolutivo decimo primero Inmueble en mención no cuente con gravamen alguno. 7.- Solicito a su señoría me autorice designar un perito valuador y se ordene al divorciante le permita el acceso al multicitado para realizar el dictamen correspondiente. 8.- Por lo anterior, solicito de su señoría se dicte en la vía incidental la ejecución de sentencia para efecto de que se liquide la sociedad conyugal.
PRUEBAS 1.- LA CONFECIONAL EXPRESA Y ESPONTANEA, a cargo de Miguel Téllez Hernández quien deberá absolver las posiciones en forma personalísima el día y hora que este H. tribunal señale previo de calificarlas de legales. Las posiciones que se exhibirán en sobre cerrado para los efectos legales a que haya lugar 2.- LA INSTRUMENTAL PUBLICA DE ACTUACIONES, Consistente en todo lo actuado y por actuar en el presente juicio y que beneficie a los intereses que represento. 3.- LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA, consiste en todas las reducciones lógicas y jurídicas que mas beneficien a los intereses de la parte que represento. 4.- LA DOCUMENTAL, consiste en la escritura numero cuarenta y tres mil ciento noventa y ocho en la que se acredita que tanto el divorciante como la suscrita adquirimos el inmueble descrito anteriormente, dentro de la sociedad conyugal. Por lo anterior expuesto y fundado ; A usted Juez atentamente pido: Primero-Se me tenga por presentada por mi propio derecho promoviendo incidente de ejecución de sentencia. Segundo-Se admita el presente incidente por estar ajustado a derecho. Tercero-Se le requiera al divorciante para efectos de que deje entrar al perito valuador y pueda elaborar el dictamen correspondiente.
Tenerme por presentada, ofreciendo las pruebas que a mi parte corresponde y admitirlas por encontrarse ofrecidas conforme a derecho y previo los trámites legales se dicte la resolución incidental en donde se ordene al divorciante venda el inmueble que fue adquirido durante nuestro matrimonio y me cubra el cincuenta por ciento que me corresponde.
PROTESTO LO NECESARIO Ecatepec de Morelos en el Estado de México a XX de Enero de XXXX María del Carmen Sánchez Torres