CONTRATO DE TRABAJO
Se celebra el presente Contrato Individual de Trabajo, que suscriben; por una part parte, e, la empr empres esa a ABC S.A. legalmen ente te estab establec lecid ida a y repre represe senta ntada da por por su S.A. , legalm Gerente Gerente General, General, el Sr. Sr. _______________ con C.I. ______ L.P. y el (a) Sr. (a) domicili iliad ado o (a) en _____ _____ _____ _____ con C.I. C.I. Nº _______ ____ , domic , , que para e!ectos del prese presente nte cont contrat rato o se deno denomin minar ar"n "n # LA EMPRESA EMPRESA$ y #EL TRABAJA TRABAJADOR DOR$, respectivamente, de con!ormidad con las siguientes cl"usulas% CLAUSULA PRIMERA: (OBJETO).- &a suscripci'n del presente documento, tiene por por objet objeto o el per!e per!ecc ccion ionami amien ento to de un contr contrato ato de resta restaci' ci'n n de Servi Servici cios os ersonales, por parte de & T*++-+/* a !avor de &+ 0*S+, sujeta a las disposiciones laborales en actual vigencia.
T*++-+/*, como CLAUSU CLAUSULA LA SEGUNDA SEGUNDA:: (CARGO (CARGO Y FUNCIO FUNCIONES NES).).- & T*++-+/*, consecuencia consecuencia de la suscripci'n suscripci'n del presente contrato, contrato, prestar" sus servicios en el cargo de _____________________________ cumpliendo cumpliendo las siguientes !unciones espec1!icas% • •
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CLAUSULA TERCERA: (REMUNERACION Y FORMA DE PAGO).- &as partes contratantes de com2n acuerdo, convienen en !ijar la suma de s. ( bolivianos), como remuneraci'n remuneraci'n mensual que se cancelar" cancelar" por mes cumplido.
& CLA CLAUSUL USULA A CUART UARTA A: (OBL (OBLIIGACI GACION ONES ES DEL TRABA RABAJA JADO DOR) R)..T*+ T*+++-+ +/* /*,, se compr comprome omete te a cumpl cumplir ir con las oblig obligaci acione ones s descr descrita itas s a conti continu nuac aci'n i'n,, como como el 3ace 3acerr buen buen uso uso de todos todos los los biene bienes s consi consiste stente ntes s en% en% inmuebles, muebles, material de escritorio y otros in3erentes a su trabajo, que le sean con!iados para la ejecuci'n de sus labores, los que ser"n entregados bajo inventario si !uese necesario. a) & T*++ T*++-+ -+/ /* * se obli obliga ga a dese desemp mpe4 e4ar ar sus sus labo labore res s con con 3onr 3onrad ade5 e5 y puntualidad; como velar por los intereses y prestigio de &+ 0*S+. b) & T*++-+/* se obliga a cumplir con disciplina, obediencia, responsabilidad y e!iciencia todo aquello que le sea encomendado y que sea in3erente al cargo que desempe4a en la mpresa, usando todos los medios y conocimientos a su alcance. c) & T*+ T*+++-+ +/* /* se oblig obliga a a cumpl cumplir ir y observ observar ar estric estricta tamen mente te las normas normas labo labora rale les s disc discip ipli lina nari rias as,, las las disp dispos osic icio ione nes, s, circ circul ular ares es,, memo memor" r"nd ndum ums, s, comunicados, instrucciones (verbales y6o escritas) y dem"s reglamentos de &+ 0*S+, 0*S+, mismos que, declara conocer !ormalmente, as1 como cualesquiera cualesquiera otras que !ueren impartidas para un mejor y e!ica5 desenvolvimiento laboral. d) & T*++-+/* T*++-+/* se se obliga a cumplir cumplir de !orma !orma disciplinada disciplinada con lo determinad determinado o por &+ 0*S+, los inmediatos superiores y autoridades, bajo alternativa de llamada de atenci'n, en una primera instancia y posteriormente, proceder al retiro, al amparo del +rt.78 +rt.78 Inc. e) de la &ey General del Trabajo Trabajo y +rt.9 +rt.9 de su ecreto *eglamentario. e) & T*+ T*+++-+ +/* /* se oblig obliga a a concu concurr rrir ir punt puntual ualmen mente te a sus sus labor labores es en los 3orarios establecidos y el e:traordinario que !uese necesario y autori5ado,
!) g)
3)
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debiendo registrar su asistencia al ingreso y a la salida de la mpresa por el medio establecido por la gerencia que puede ser% reloj tarjetero, libro de asistencia, registro biomtrico electr'nico u otro que determine la Gerencia General. & T*++-+/* debe entregar toda la documentaci'n que &+ 0*S+ le requiera y sea, dentro del pla5o perentorio que se le conceda. & T*++-+/* se obliga a someterse a la modalidad de trabajo que &+ 0*S+ estable5ca en cuyo tiempo deber" dedicarse 2nica y e:clusivamente a desempe4ar las labores encargadas. & T*++-+/* se obliga a reempla5ar y reali5ar el trabajo de sus compa4eros de labores en caso de inasistencia temporal de estos o por motivo de vacaciones, sin derec3o a e:igir por ello una remuneraci'n adicional. & T*++-+/* se responsabili5a y garanti5a las labores reali5adas a su cargo, caso contrario &+ 0*S+ se obligar" a e!ectuar el cargo econ'mico respectivo, por el da4o ocasionado y la recuperaci'n civil judicial en caso de no conciliar amigablemente. & T*++-+/* se obliga a guardar absoluta reserva y con!idencialidad, tanto interna como e:terna, sobre la in!ormaci'n a la que tenga acceso en el desempe4o de su trabajo.
CLAUSULA QUINTA: (DURACION Y CAUSALES DE RESCISION DEL CONTRATO).- l presente contrato entra en vigencia el de de <= y tendr" una duraci'n inde!inida. &+ 0*S+ se reserva el derec3o de rescindir el presente contrato, sin goce de bene!icios sociales, por el cumplimiento de las siguientes causales, de manera enunciativa y no limitativa, y otras tipi!icadas en la legislaci'n laboral boliviana.
a) or tres (>) llamadas de atenci'n mediante memorando, cuya copia ser" cursada al 0inisterio de Trabajo. b) Cuando & T*++-+/* !altare a sus obligaciones, desobedeciere, resistiere o no cumpla con lo establecido en la Cl"usula Cuarta del presente contrato. c) or asistir a su !uente de trabajo en estado de embriague5, bajo e!ectos de estupe!acientes o cualquier otra sustancia controlada. d) or insubordinaci'n o incitaci'n al desorden. e) or revelar in!ormaci'n con!idencial, relacionada con la actividad de &+ 0*S+ a !uentes e:ternas, sin la debida autori5aci'n. !) or negativa a recibir y !irmar las instrucciones, circulares, comunicados, 'rdenes, reglamentos, disposiciones, avisos, memor"ndums y otros que le e:pida &+ 0*S+. g) or competencia desleal. 3) or desobediencia a las instrucciones, circulares, comunicados, ordenes, reglamentos, disposiciones, avisos, memor"ndums y otros que e:pida y6o determine &+ 0*S+. i) or no cumplir con las disposiciones legales laborales en actual vigencia. CLAUSULA SEXTA: (DE LAS FALTAS).- ara la aplicaci'n de las sanciones, las transgresiones al presente contrato se dividen en tres grupos% ?+&T+S &@S, ?+&T+S G*+@S A ?+&T+S 0BA G*+@S.
a) ?+&T+S &@S. Se considera como !altas leves todas las transgresiones a las obligaciones que tiene & T*++-+/*% Do cumplir con las jornadas ordinarias y e:traordinarias, 3orarios, roles o turnos de trabajo o lugar !ijado para el mismo. •
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Do cumplir con e!icacia y buena voluntad y esp1ritu de colaboraci'n las labores encomendadas. Do mantener limpio y ordenado el sitio de trabajo o sala donde reali5a su labor, ni observar las medidas de 3igiene y seguridad ocupacional. Do proporcionar a la Gerencia de *ecursos Eumanos o las autoridades pertinentes de la instituci'n, los datos sobre su cambio de domicilio, estado civil, nacimiento de 3ijos, etc. Do ejecutar personalmente las labores que se le encomiende o le correspondan, encargando las mismas a otra persona cuando no se le est permitido. Do dar aviso previo al empleador cuando por causa justa !altare al trabajo, de no poder 3acerlo, por cualquier causa debidamente justi!icada, deber" 3acerlo en las siguientes
b) ?+&T+S G*+@S. Se considera como !altas graves a todas las transgresiones a las obligaciones dispuestas de manera espec1!ica de la siguiente manera% Incurrir por m"s de tres (>) veces consecutivas en !altas leves, de tal manera que en un mes sobrepase el l1mite de previsi'n como !alta leve y cuya sanci'n, tampoco est determinada para !altas leves. Do registrar personalmente el ingreso y salida del trabajo de acuerdo con los sistemas de control que para el e!ecto estable5ca &+ 0*S+, alterar, sustraer o usar indebidamente los controles establecidos. Btili5ar sin autori5aci'n de las autoridades pertinentes de &+ 0*S+, 2tiles, 3erramientas, equipos de servicio tele!'nico, !a:, Internet y otros medios tecnol'gicos y otros bienes de propiedad de &+ 0*S+, para !ines ajenos a las actividades del trabajo y abusar de su empleo con !ines particulares. *eali5ar actividades pol1ticas o de proselitismo en los recintos de &+ 0*S+, aun en el 3orario e:traordinario. •
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Do acatar las medidas de seguridad, prevenci'n e 3igiene e:igidas y dispuestas por ley, as1 como por los reglamentos, instructivas, comunicados, anuncios y memor"ndums que dicte la empresa y6o autoridades competentes para el e!ecto. Concurrir al lugar de trabajo bajo e!ectos de bebidas alco3'licas, a2n cuando no se encuentre en estado de embriague5 o bajo e!ectos de estupe!acientes o drogas, a2n tenga ra5onamiento regular. Do respetar a sus superiores, ni cultivar la m"s alta armon1a con sus compa4eros de trabajo durante las 3oras de labor y !uera de ellas, como no respetar la dignidad ajena, ni evitar disgustos, discordias e intrigas entre compa4eros. emostrar estereotipos, tratos y 3ec3os negativos relacionados a color, ra5a, religi'n, nacionalidad, edad, discapacidad o casos an"logos. Do comunicar oportunamente a la +dministraci'n, cuando se tenga conocimiento de la comisi'n de cualquier tipo de in!racci'n o de delito penal cometido por sus compa4eros de trabajo o terceras personas, dentro de las instalaciones de &+ 0*S+, o en el ejercicio de sus !unciones. Btili5ar sin autori5aci'n previa los bienes (muebles, inmuebles, semovientes, etc.) de &+ 0*S+. +bandonar el lugar o puesto de trabajo sin justa causa y sin la autori5aci'n previa del superior correspondiente, o cuando e:ista autori5aci'n, antes que 3ubiera llegado su reempla5ante, cuando as1 se lo determine. Eacer ri!as, pasanaus, negocios, comercio o actividades similares en las instalaciones de &+ 0*S+, salvo el permiso e:preso de la administraci'n. elegar, de cualquier !orma, sus !unciones sin la previa autori5aci'n, o e!ectuar asambleas o reuniones de cualquier naturale5a en 3oras de trabajo. Eacer competencia o prestar asesor1a o servicios pro!esionales sobre la misma rama de la actividad de &+ 0*S+, de !orma desleal. +rrogarse la representaci'n de &+ 0*S+ u obtener cualquier clase de bene!icios actuando a su nombre. Simular tener alguna en!ermedad para obtener licencia. Comerciali5ar dentro de las instalaciones de &+ 0*S+ sin la autori5aci'n e:presa de la empresa, pedir cualquier tipo de compensaci'n a los clientes o personas ajenas a la empresa, en ra5'n de las !unciones que desempe4a.
c) ?+&T+S 0BA G*+@S. +dem"s de las causales de despido a que el trabajador esta sujeto, prescritas en el +rt. 78 de la &ey General del Trabajo, y +rt. 9 de su ecreto *eglamentario, se considera como !altas muy graves de la misma naturale5a, las siguientes% Incurrir por m"s de dos (<) veces consecutivas en !altas graves de tal manera que en un a4o sobrepase el l1mite de previsi'n como !alta grave y cuya sanci'n tampoco est determinada para !alta grave. esa!iar, amena5ar, ultrajar, agredir verbal, !1sica o psicol'gicamente, coaccionar de palabra u obra, injuriar de manera verbal o escrita a los compa4eros de trabajo, entre ellos los superiores, iguales e in!eriores en grado, en ra5'n de trabajo. •
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Ir en contra de la tranquilidad, tolerancia, pa5 social y las buenas costumbres. !ectuar, reali5ar y6o aseverar denuncias indecorosas, !alsas y temerarias contra sus compa4eros, superiores o in!eriores en grado, sea de !orma directa o por intermedio de terceras personas. Ingerir bebidas alco3'licas en la jornada de trabajo o !uera de ella, en las instalaciones de la empresa o en el ejercicio de sus !unciones. *e3usar a reali5arse pruebas o e:"menes de drogas o de alco3ol pos accidental, a cuenta y costo de la empresa, por accidentes, incidentes o problemas en los que se encuentren involucrados los trabajadores, al considerarse esta negativa como resultado positivo. ropalar rumores o 3acer comentarios que vayan en desmedro de los intereses de &+ 0*S+, o del buen nombre y prestigio de sus personeros o compa4eros de trabajo o produ5can inquietud y malestar entre el personal. In!ormarse o recabar datos de la correspondencia que pertenece al !uero privado de &+ 0*S+ o de su personal. ivulgar in!ormaci'n con!idencial de &+ 0*S+, sea de car"cter tcnico, industrial, comercial, administrativo o de cualquier 1ndole que 3ubiera llegado a conocimiento de & T*++-+/*, en virtud de las labores que desempe4a. Inducir a &+ 0*S+ a celebrar un contrato de trabajo mediante in!ormaci'n !alsa o adulterada o presentar para tal !in, certi!icados, t1tulos, diplomas o datos !alsos. +bandonar sin justa causa el lugar o puesto de trabajo y sin la autori5aci'n previa del superior correspondiente, con da4o considerable para &+ 0*S+. ara las personas que manejan !ondos de &+ 0*S+, cambiar sin autori5aci'n superior, c3eques de trabajadores o de terceras personas, as1 como tambin, aceptar vales no autori5ados. + este respecto, se estar" de manera estricta a las pol1ticas que determine &+ 0*S+ sobre el manejo y utili5aci'n de los recursos econ'micos, pol1ticas internas que tienen el car"cter de obligatorias. Do guardar escrupulosamente los secretos tcnicos, comerciales y otros que por ra5'n de su trabajo conociere o les !uere con!iados. Btili5ar con o sin autori5aci'n previa, la papeler1a, sellos, r'tulos y cualquier identi!icaci'n de &+ 0*S+ para bene!icio de terceros ajenos a sta, as1 como cualquier aspecto que constituya in!racci'n a la ley de propiedad intelectual. ortar armas de cualquier clase en el centro de trabajo, salvo el caso de personas de guardian1a o vigilancia y aquel que est autori5ado por escrito. &os materiales an"logos y propios del trabajo de acuerdo a las caracter1sticas de actividades de &+ 0*S+, no constituyen armas. Cometer actos que signi!iquen abuso de con!ian5a, !raude y otros, que implique comisi'n de delito o contravenci'n de polic1a, reserv"ndose &+ 0*S+, el derec3o a tomar las acciones laborales, civiles o penales de ley que considere pertinentes, salvo cuando se trate de delito contra el 3onor, caso en el que, se respetar" el derec3o privado del damni!icado y6o sus padres, as1 como tambin se guardar" absoluta reserva.
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Do reportar o denunciar sobre el conocimiento de posibles irregularidades, omisiones, esta!a, robo, 3urto, operaciones incorrectas, in!racciones a las normas del presente reglamento, as1 como delitos de orden p2blico y privado; que impliquen !alta muy grave. resentaci'n de certi!icados !alsos por simulaci'n de en!ermedades para obtener licencia, as1 como !alsear datos o in!ormes o!iciales de la empresa.
CLAUSULA SEPTIMA: (CLASES DE SANCIONES).- ara la aplicaci'n de las sanciones a las di!erentes transgresiones al Contrato de Trabajo se dividen en% &&+0++S +TDCI/D, 0B&T+S SBSDSI/DS A STITBCI/DS.
7. &+S S+DCI/DS /* ?+&T+S &@S. Se sancionar" de acuerdo a lo siguiente% &os atrasos injusti!icados, ser"n sancionados con multas calculadas sobre el sueldo o salario b"sico, mas el bono de antigHedad, de la siguiente manera% •
Atrasos en el mes Hasta 2 atrasos De 3 atrasos De 5 atrasos De 8 atrasos De 10 atrasos De 13 atrasos De 15 atrasos
a
4
a
7
a
9
a
12
a
14
a
17
Hasta 1 atraso De 2 atrasos De 5 atrasos De 8 atrasos De 10 atrasos
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a
4
a
7
a
9
a
12
Tiempo de Atraso De 6 a 15 minutos De 6 a 15 minutos De 6 a 15 minutos De 6 a 15 minutos De 6 a 15 minutos De 6 a 15 minutos De 6 a 15 minutos De 16 a 30 minutos De 16 a 30 minutos De 16 a 30 minutos De 16 a 30 minutos De 16 a 30 minutos
Sanción No tiene sanción Descuento de medio día Descuento de un día Descuento de un día y medio Descuento de dos días Descuento de dos días y medio Descuento de tres días No tiene sanción Descuento de un día Descuento de dos días Descuento de tres días Descuento de cuatro días
l atraso injusti!icado mayor a >7 minutos, es considerado como inasistencia al trabajo de medio d1a. &a inasistencia al trabajo en la ma4ana, en la tarde, en el turno correspondiente o la inasistencia total, sin e:cusa su!iciente, cuando no cause perjuicio de consideraci'n a &+ 0*S+, implicar", independientemente del descuento del doble del 3aber al tiempo que 3ubiese !altado, de acuerdo a los +rts. <7 y 897 del > de abril de 79JF% a) or primera ve5 en el lapso de 8 meses% llamada de atenci'n verbal privada; b) or segunda ve5 en el lapso de 8 meses, llamada de atenci'n escrita simple; c) or tercera ve5 en el lapso de 8 meses, llamada de atenci'n escrita severa; d) or cuarta ve5, en el lapso de 8 meses ser" considerada como !alta grave.
&a imposici'n de multas no impide que &+ 0*S+ no remunere el sueldo o salario, por el tiempo dejado de trabajar y el salario dominical no trabajado. &as dem"s !altas leves a las que se 3ace re!erencia, ser"n sancionadas% a) or primera ve5 en el lapso de 8 meses% llamada de atenci'n privada; b) or segunda ve5 en el lapso de 8 meses% llamada de atenci'n escrita simple; c) or tercera ve5 en el lapso de 8 meses% llamada de atenci'n escrita severa; d) or cuarta ve5 en el lapso de 8 meses ser" considerada como !alta grave. &a comisi'n dentro de un mismo periodo mensual de m"s de tres (>) !altas leves por parte de & T*++-+/*, ser" considerada como !alta grave. <. &+S S+DCI/DS /* ?+&T+S G*+@S. Ser"n sancionadas de acuerdo a lo siguiente% a) or primera ve5, con la suspensi'n sin goce de 3aberes de tres (>) d1as a quince (7J) d1as 3"biles; b) or segunda ve5, de quince (7J) d1as a treinta (>=) d1as 3"biles; c) or tercera ve5, se considera !alta muy grave; d) &as suspensiones sin goce de 3aberes no se consideran multa econ'mica. >. &+S S+DCI/DS /* ?+&T+S 0BA G*+@S. Ser"n sancionadas con terminaci'n de la relaci'n laboral por rescisi'n de contrato mediante despido legal. •
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CLAUSULA OCTAVA: (OBLIGACIONES DE LA EMPRESA).- &+ 0*S+ se compromete a cumplir con todas las disposiciones legales en materia social, a !avor de & T*++-+/*, vigentes en el pa1s. CLAUSULA NOVENA: (NATURALEZA JURIDICA).- l presente contrato se !unda y se regir" bajo las normativas sustantivas y adjetivas laborales bolivianas en actual vigencia. CLAUSULA DECIMA: (CONFORMIDAD).- & T*++-+/* y &+ 0*S+, damos nuestra entera y libre con!ormidad a todas y cada una de las clausulas precedentes, comprometindonos a dar !iel y estricto cumplimiento a las mismas, por lo que suscribimos el presente contrato en un original y una copia del mismo tenor, en la ciudad de Santa Cru5 de &a Sierra a los d1as del mes de de <=.
GERENTE GENERAL
TRABAJADOR
V. B. MINISTERIO DEL TRABAJO