CONVENIO DE COLABORACIÓN MUTUA SENATI SENATI – EMPRESA PARA PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS Conste por el presente documento el Convenio de Colaboración Mutua SENATI-EMPRESA, que celebran de una parte E SENATI, SENATI, debidamente representado por el In!" #or!e $el!ado C%rdenas, con $NI &''(()*+, &''(()*+, con domicilio domicilio le!al en el #r" #r" os Conquistadores Conquistadores (&', El El Tam Tambo bo uanca.o, uanca.o, en adelante E SENATI, ., de la otra parte, la empresa OESCHLE , con R/C N0 - '1&(2)&1+ MISAEL JOSUE NOMBERTO NOMBERTO GALVE GALVEZ Z con 3acultad debid debidame amente nte repres represen entad tada a por MISAEL 3acultades es se!4n se!4n poderes inscritos en la Partida Re!istral N055" del Re!istro de Poderes #ur6dicos, con domicilio le!al en AV. FERROCARRIL 1035, en adelante A EMPRESA, en los t7rminos si!uientes8
1. DECLARACIÓN DE LAS PARTES. PARTES. 1.1. DE EL SENATI SENATI El SENATI, de con3ormidad con su e. N0&+&*&, es una persona 9ur6dica de derec:o p4blico, con autonom6a t7cnica, peda!ó!ica, administrativa, económica . con patrimonio propio, cu.a 3inalida 3inalidad d es proporci proporcionar onar 3ormación 3ormación . capacitac capacitación ión pro3esio pro3esional; nal; asimismo asimismo puede puede desarrol desarrollar lar acti activi vida dade des s de capa capaci cita taci ción ón para para los los sect sector ores es soci social ales es . part partic icip ipar ar en pro! pro!ra rama mas s de invest investi! i!aci ación ón cient6 cient63ic 3ica a . tecnol tecnoló!i ó!ica ca relaci relaciona onada das s con el traba9 traba9o o . temas temas cone
. su Re!lamento, $ecreto e. N? &2+*& . el Re!lamento del Sistema de =ormación Pro3esional" $ecreto Supremo N0 '&@2*1; . la Norma eneral de Aplicación del Pro!rama de AprendiBa9e AprendiBa9e $ual, aprobada por el Acuerdo N0 &2-&''> &2-&''> del Conse9o Conse9o Nacional" Nacional" El modelo modelo peda! peda!ó! ó!ico ico de E SENA SENATI se carac caracter teriBa iBa por promov promover er el apren aprendi diBa9 Ba9e e de los conocimientos . capacidades para la acción productiva mediante la aplicación, !lobaliBada e interactiva, de todas las in3ormaciones cient63icas, tecnoló!icas . :uman6sticas pertinentes a la realiBación de propósitos laborales concretos . en condiciones reales de traba9o; para lo cual el puesto de traba9o es el medio educativo 3undamental" $e acuerdo a la modalidad operativa de los pro!ramas de 3ormación pro3esional inicial de E SENATI, todo estudiante debe realiBar periodos de aprendiBa9e pr%ctico en una empresa, en condiciones reales de producción" Con la aplicación de los principios, t7cnicas . procedimientos de la =ormación Pro3esional $ual es posible utiliBar los talleres, laboratorios e instalaciones productivas de una empresa para 3ines educativos"
1.. DE LA EMPRESA EMPRESA A EMPRESA tiene por 3inalidad la !"#$%&%'!(" ) *%"$+"!*!+"$ +&-'$!'.
1.3. DEL SENATI ) LA EMPRESA Ambas partes reconocen . aceptan que mantienen propósitos . ob9etivos comunes que 9usti3ican un traba9o con9unto en base a un Pro!rama de =ormación Pro3esional $ual que permita la utiliBación de los talleres, laboratorios e instalaciones productivas de la empresa para el aprendiBa9e pr%ctico de tareas . 3unciones productivas"
. DE LOS OBJETIVOS
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.1. D+ EL SENATI &""" btener acceso a los talleres, laboratorios e instalaciones productivas de la empresa para desarrollar el aprendiBa9e pr%ctico de los estudiantes del E SENATI, sin inter3erir en la producción de A EMPRESA" Este aprendiBa9e pr%ctico debe contribuir a la e9ecución de traba9os reales se!4n las normas internas de A EMPRESA, por lo que se utiliBar% los mismos equipos, :erramientas . materiales"
.. D+ &% EMPRESA &"&"" Permitir el acceso a sus talleres, laboratorios e instalaciones productivas para el aprendiBa9e pr%ctico de los estudiantes de E SENATI, mediante la e9ecución de las tareas productivas de la empresa, a 3in de ase!urar la 3ormación de Recursos umanos con las cuali3icaciones requeridas por la realidad productiva" a 9ornada del aprendiBa9e pr%ctico tendr% una duración de seis D+ :oras por d6a"
.3. D+ &% C&%/%'!(" M$% &"("" Ambas partes reconocen la importancia de la colaboración SENATI-EMPRESA para complementar la 3ormación pr%ctica de los estudiantes de E SENATI . ase!urar una me9or articulación entre las demandas . las o3ertas de 3ormación pro3esional"
3. DE LA COORDINACIÓN Para que el Convenio ten!a los me9ores resultados se requiere lo!rar una permanente coordinación entre ambas partes, mediante la desi!nación de los si!uientes representantes8
3.1. R++#+"$%"$+ 2+ EL SENATI El representante de E SENATI ser% el $irector Fonal, el #e3e de Centro o /nidad de =ormación Pro3esional, se!4n el %mbito !eo!r%3ico de ubicación de A EMPRESA; su responsabilidad principal es realiBar una adecuada pro!ramación, supervisión . control del aprendiBa9e pr%ctico en la empresa"
3.. R++#+"$%"$+ 2+ LA EMPRESA El representante de A EMPRESA es el MISAEL JOSUE NOMBERTO GALVEZ; su responsabilidad principal es de3inir las actividades que comprender% el aprendiBa9e pr%ctico de los estudiantes de E SENATI"
. DE LAS RESPONSABILIDADES .1. D+ EL SENATI Acreditar al estudiante mediante una carta de presentación que conten!a los datos personales . los datos del Plan Espec63ico de AprendiBa9e DPEA desarrollados . por desarrollar en la 3ormación pr%ctica en la empresa" arantiBar a A EMPRESA que el estudiante cuenta con una póliBa de se!uros contra accidentes personales, que tendr% vi!encia durante el tiempo de permanencia del estudiante en E SENATI . en A EMPRESA; asimismo ser% responsable de supervisar periódicamente el adecuado desempeGo de cada aprendiB . del cumplimiento de las normas internas de A EMPRESA"
.. D+ LA EMPRESA &@1
A EMPRESA permitir% al estudiante de SENATI, el uso de sus talleres, laboratorios e instalaciones productivas, con los mismos materiales que usa en su producción re!ular; debiendo velar porque los traba9os reales que e9ecute como parte del aprendiBa9e pr%ctico, se desarrollen atendiendo a su condición de estudiante, por lo que no les deber% asi!nar tareas para las que no cuentan con la destreBa requerida . que puedan poner en ries!o su inte!ridad 36sica" Adicionalmente, A EMPRESA asume el compromiso de8 a Colaborar en la 3ormación pr%ctica de los aprendices de E SENATI, en sus instalaciones productivas, de acuerdo al Pro!rama de =ormación Pro3esional establecido por E b SENATI" c $esi!nar a un traba9ador de A EMPRESA, pre3erentemente a un t7cnico o un especialista de la carrera, para que sea el monitor del aprendiB durante la 3ormación pr%ctica" d arantiBar que el aprendiBa9e pr%ctico en A EMPRESA, se desarrolle ba9o condiciones que prote9an la vida, la salud . bienestar del estudiante del SENATI"
.3. R+#"#%/!&!2%2 C"4"$% El presente convenio no !enera obli!aciones económicas a A EMPRESA, a E SENATI ni al estudiante" os representantes de A EMPRESA . de E SENATI tomar%n las medidas adecuadas para superar aspectos imprevistos"
5. DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO El presente Convenio tendr% una vi!encia de ( aGos, a partir de la 3ec:a de suscripción, pudiendo ser renovado, por acuerdo mutuo de las partes, por un per6odo similar, mediante la suscripción de una Adenda"
. DE LA RESOLUCIÓN DEL CONVENIO Son causales de resolución del Convenio +" El incumplimiento, por parte de E SENATI, de cualquiera de las prestaciones previstas en el numeral 1"" de la cl%usula cuarta del presente Convenio" +"& El incumplimiento, por parte de A EMPRESA, de cualquiera de las prestaciones establecidas en el numeral 1"& de la cl%usula cuarta del presente Convenio" a parte a3ectada por el incumplimiento deber% requerir por escrito a la otra para que satis3a!a su prestación, dentro de los quince D> d6as :%biles si!uientes a la 3ec:a de recepción del requerimiento" Transcurrido dic:o plaBo sin que la parte que incurrió en incumplimiento satis3a!a su prestación, el Convenio quedar% resuelto de pleno derec:o" Sin per9uicio de lo pactado en la presente cl%usula, el presente Convenio podr% ser resuelto unilateralmente por cualquiera de las partes, sin e
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6. DE LAS MODIFICACIONES Cualquier modi3icación, restricción o ampliación al presente Convenio se e3ectuar% por acuerdo de ambas partes . se 3ormaliBar% mediante Adenda, la que, debidamente suscrita, 3ormar% parte inte!rante del presente Convenio"
7. DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS as partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que sur9a de, o se relacione con, la e9ecución .@o interpretación del presente convenio, ser% resuelta en primer t7rmino, mediante el trato directo" Sólo en el caso de no lo!rar una solución mediante esta v6a, la controversia o liti!io derivado o relacionado con este acto 9ur6dico ser% resuelto mediante arbitra9e, de con3ormidad con los Re!lamentos Arbitrales del Centro de Arbitra9e de la C%mara de Comercio de ima, a cu.as normas, administración . decisión se someten las partes en 3orma incondicional, declarando conocerlas . aceptarlas en su inte!ridad" El laudo arbitral ser% inaceptable, de3initivo . obli!atorio para las partes, no pudiendo ser recurrido ante el Poder #udicial o ante cualquier instancia administrativa" Estando de acuerdo con lo e
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