EN
LO
solicita
PRINCIPAL:
prec precau auto tori ria a
que que
expr expres esa; a;
y
se
EN
decrete
EL
OTROSI:
la
medida
se llev lleve e
a
efecto desde luego.
S. J. L. en lo Civil
.... ...... .... .... .... .... .... .... .... .... .... .... .... .... .... .... .... ..., .,
por por
el
demandan demandante te don ........ ............ ........ ........ ........ ......, .., en los autos autos sobr sobre e
.... ...... .... .... .... .... .... ..., .,
cara caratu tula lado dos s
"... "..... .... .... .... .... ..
con ................." a US., respetuosamente, digo: Mi part parte e
ha teni tenido do cono conoci cimi mien ento to que que
la situ situac aci in n
econmica del demandado es muy angustiosa, presumi!ndose que
puede
ocultar
sus
bienes
en
peruicio
de
mi
representado. #n efecto, ............................................ #n
estos
autos
hay
antecedentes
escritos
que
constituyen, no tan slo una presuncin grave del cr!dito que se recla reclama, ma, ascend ascendent ente e a $ ...... ......... ...., ., sino sino "plena "plena prueba"
de
!l.
%al
es
el
documento
acompa&ado,
consistente en .......................... #n virtud de lo expuesto anteriormente, solicito 'de US.' la dictacin de la medida precautoria del () *) del art+culo - del /digo de 0rocedimiento /ivil; o sea, la de retencin de bienes determinados, haci!ndose efectiva, por la suma de $........., reaustes intereses y costas, sobre los siguientes bienes: a1 ............................................. b1 ............................................. c1 .............................................
%ales don
bienes
se
...........
encuentran
en
poder
...........................
de en
calle ................. () ............, de esta ciudad. POR TANTO, y de acuerdo con lo
establecido en los art+culos -, -2 y -3 del /digo de 0rocedimiento /ivil, RUEGO A US.: se sirva decretar la medida precautoria de
retencin de los bienes indicados, que se encuentran en poder de don ............................., hasta por la suma
de
$
.........,
reaustes,
intereses
y
costas,
ra4ones
m5s
arriba
ordenando su notificacin. OTROSI:
#n
m!rito
de
las
mismas
se&aladas, RUEGO A US., de acuerdo con lo dispuesto en el inciso )
del 6rt. * del /digo de 0rocedimiento /ivil, ordenar que la medida precautoria solicitada se lleve a efecto desde luego, sin previa notificacin del demandado.
7777777777777777777777777777777777777777777777 NOTA:
Se puede retener dinero en la cuenta corriente
bancaria del deudor, solicitando que la medida afecte a los
depsitos
futuros,
debiendo
notificarse
al
banco
respectivo. 0rocede solicitar la fuer4a p8blica "slo para el caso de oposicin".