MONOGRAFÍA SISTEMA PENITENCIARIA PERUANO ASESOR METODOLÓGICO: LILIANA CALDERON JACINTO
AUTORA CHAVEZ ESTEBAN, GABRIELA
DERECHO II LIMA, FEBRERO DEL 2013
A mi familia por brindarme Su apoyo en todo momento Para culminar con Éxito este trabajo.
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Expreso mi agradecimiento Al a DRA Liliana calderón Jacinto Por su apoyo en la investigación del Trabajo y por incentivarme A mejorar cada Día
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ÍNDICE
Dedicatoria……………………………………………………………………………2 Agradecimiento………………………………………………………………………3 Introducción…………………………………………………………………………..5 CAPÍTULO I CONCEPTOS 1.1Definición………………………………………………………………………… 7 1.2 Organización del Instituto Nacional Penitenciario………………………… Penitenciario………………………….. 8
1.2.3Estructura orgánica INPE……………………………………………………. 9 1.3Problemas principales………………………………………………………… ..10 1.4La resocialización……………………………………………………………….. 12
CAPITULO II TRATAMIENTO PENITENCIARIO 2.1 Subdirección de educación penitenciaria …………………………………….13 2.2 Tratamiento penitenciario: trabajo …………………………………………….. 15 2.3Tratamiento penitenciario: salud ………………………………………………. 17 2.4 Asistencia social ………………………………………………………………...20 2.5 Asistencia legal ………………………………………………………………….20 2.6 Asistencia psicológica …………………………………………………………..21 Referencias…………………………………………………………………………..22 Conclusiones…………………………………………………………………………23
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INTRODUCCION
A lo largo de este tiempo se ha implementado un régimen penitenciario excepcional que se ha venido ampliando progresivamente y que se aplica indistintamente a procesados y condenados tal régimen atenta contra la dignidad de las personas personas , al establecer establecer un trato cruel e inhumano inhumano , como es el el confinamiento solitario y la existencia de centro penales en los que le supervivencia humana humana resulta sumamente difícil tal sistema sistema penitenciario a una clara intencionalidad intencionalidad política y no al azar o ala ausencia ausencia
de recursos recursos
económico Tal es así que nuestro sistema sistema penitenciario fue creado como sustito9 sustito9 humanitario de la capital, la deportación y diversos castigos corporales y es el fruto de la ilustración Europa, por lo que surgió como una alternativa ante castigos más severos Durante más de doscientos años este sistema ha sido virtualmente el centro de la política penal En las últimas décadas se controla la atención sobre el modelo de capacitación y enseñanza, poniéndose énfasis en el desajuste del delincuente, como causa principal de la criminalidad. Por ello se busco a través del aprendizaje de un trabajo útil su posterior reintegración en la convivencia convivencia social de una manera digna, reduciéndose así los factores criminológicos que lo pudiesen llevar ala reincidencia. r eincidencia. Hoy sin olvidar lo que hay en todo esto de positivo, pero tomando el condenado seque siendo una persona, sujeto de derecho y deberes, se busca estimular su sentido de responsabilidad Ello permite que, concienzuda concienzuda y responsablemente, responsablemente, el sujeto utilizar sus propios reservas morales, no se halle nuevamente en disposición de delinquir Así, la presente monografía se encuentra organizada por un capitulo, donde se desarrolla cada punto importante para resolver nuestras dudas sobre sistema penitenciario
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CAPÍTULO I MARCO GENERAL
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EL SISTEMA PENITENCIARIO PERUANO Definición El sistema sistema penitenciario es la organización penitenciaria adoptada por un país determinado destinada a la ejecución de las sanciones penales. Por otra lado, lado, se entiende por sistema penal, al conjunto conjunto
de
instituciones y sus actividades , que intervienen en la creación y aplicación de normas penales, concebidas estas en su sentido mas extenso El sistema penal es entonces, la parte
del control social
institucionalizado, que contiene contiene un discurso discurso punitivo Para su
funcionamiento, dispone de distintas agencias, como
la
institución policial, poder judicial, y la administración penitenciaria que se encuentra delimitado por medios normativos como leyes orgánicas, código penal, código procesal, código de ejecución penal, entre otras. Por
lo
consiguiente,
en
reiterados
informes
formulados
por
organizaciones de derechos humanos tanto nacionales como internacionales han señalado que la prisión ha sido nada más que el depósito de hombres que lejos de proteger los intereses de la sociedad, no hace mas que relegar a ciertos miembros de la sociedad, consignándolos consignándolos a una especie especie de olvido. Según altaman “las practicas meramente represivas solo conduce al deterioro físico, moral y psíquico de los recursos”. Tarde o temprano el
delincuente privado de su libertad tendrá que reintegrarse reintegrarse a la sociedad de la que fue separado, por lo que no es difícil poder avizorar, avizorar, (…) , que lejos de de
ganarse una batalla, se ha perdido toda la guerra ”(altaman,2010,P.45) El Instituto Nacional Penitenciario es un Organismo Público Ejecutor del Sector Justicia, rector del Sistema Penitenciario Nacional, con personería Jurídica de derecho público y con autonomía económica, técnica, financiera y administrativa. Forma pliego presupuestario y se rige por el Código de Ejecución Penal y su Reglamento
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Organización del Instituto Nacional Penitenciario De acuerdo con el C.E.P. de 1991 y el Reglamento de Organización y Funciones Del INPE (Art. 2º.), se trata de un Organismo público descentralizado del Sector Justicia, rector del Sistema Sistema Penitenciario Nacional, con personería personería jurídica de Derecho
público
y
autonomía
normativa,
económica,
financiera
y
administrativa.
Controlar técnica y administrativamente el Sistema Penitenciario Nacional, Asegurando una adecuada adecuada política penitenciaria penitenciaria tendiente a la resocialización resocialización Del interno. Además conforme al artículo II del Título Preliminar del Código De Ejecución Penal, la ejecución de la pena, tiene por objeto, la reeducación, Rehabilitación y reincorporación del interno a la sociedad.
Alta Dirección (Consejo Nacional Nacional Penitenciario y Secretaría General), General), órganos De control y de asuntos internos, órganos de asesoramiento, órganos de Apoyo, órganos de línea, órganos órganos desconcentrados, desconcentrados, y órganos de capacitación capacitación E investigación. El Consejo Nacional Penitenciario (Art. 137 del CEP y Art. 7º. del ROF), es un Órgano colegiado a cargo de la dirección del INPE, que conduce la política del Sistema Penitenciario nacional, y que está integrado por el Presidente, el Vicepresidente y el Tercer Miembro. DERECHO PENAL
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Los Órganos Desconcentrados, son las Oficinas Regionales que tienen a su Cargo las funciones de dirigir, evaluar y supervisar la ejecución de las penas Privativas de libertad y limitativas limit ativas de derechos, en los diversos Establecimientos que se hallan bajo su ámbito jurisdiccional. Estas oficinas Regionales están a cargo de un Director Regional, y en la actualidad existen Ocho direcciones regionales que tienen sus sedes en las ciudades de Chiclayo (Dirección Regional Regional Norte), Lima (D.R. Lima), Arequipa Arequipa (D.R. Sur), Huancayo (D.R. Centro), Pucallpa (D.R. Oriente), Cusco (D.R. Sur Oriente), San Martín (D.R. Nor Oriente) y Puno (D.R. Altiplano)
Estructura orgánica Artículo 6º.- La estructura orgánica del Instituto Nacional Penitenciario es la siguiente:
01. alta dirección: 01.1 Consejo Nacional Penitenciario 01.1.1 Presidencia 01.2 Secretaría General 01.2.1 Oficina de Prensa e Imagen Institucional
03. órganos de control y de asuntos internos: 03.1 Órgano de Control Institucional 03.1.1 Oficina de Supervisión Regional 03.1.2 Oficina de Supervisión de Sede Central y Actividades de Control 03.2 Oficina de Asuntos Internos
04. órganos de asesoramiento: 04.1 Oficina de Planeamiento y Presupuesto 04.1.1 Unidad de Planeamiento 04.1.2 Unidad de Presupuesto 04.1.3 Unidad de Organización y Métodos 04.1.4 Unidad de Estadística. 04.2 Oficina de Asesoría Jurídica
05 órganos de apoyo: 05.1 Oficina General de Administración 05.1.1 Unidad de Recursos Humanos 05.1.2 Unidad de Contabilidad y Tesorería DERECHO PENAL
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05.1.3 Unidad de Logística 05.2 Oficina de Sistemas de Información I nformación 05.3 Oficina de Infraestructura Penitenciaria 05.3.1 Unidad de Estudios y Proyectos 05.3.2 Unidad de Obras y Equipamiento
06. órganos de línea: 06.1 Dirección de Tratamiento Penitenciario 06.1.1 Subdirección de Asistencia Penitenciaria 06.1.2 Subdirección de Educación Penitenciaria 06.1.3 Subdirección de Trabajo y Comercialización 06.1.4 Subdirección de Salud Penitenciaria 06.2 Dirección de Registro Penitenciario 06.3 Dirección de Seguridad Penitenciaria 06.3.1 Subdirección de Seguridad de Penales y Traslados 06.3.2 Subdirección de Inteligencia Penitenciaria 06.4 Dirección de Medio Libre
07. órganos desconcentrados: desconcentrados: 07. Oficinas Regionales
08. órganos de capacitación e investigación: 08. Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios-CENECP 08.1 Unidad de Capacitación y Formación 08.2 Unidad de Investigaciones Criminológicas y Penitenciarias
Problemas principales Entonces por una cuestión lógica y científica, al no existir un verdadero y efectivo control en el medio libre y por ende se incumplen las reglas de conducta, esto trae como consecuencia la regresión del tratamiento y por eso muchos de los liberados vuelven a cometer nuevos delitos dolosos. Así no funciona el sistema penitenciario. Los mayores recursos humanos y económicos deben destinarse al medio libre para efectivizar el control en el medio libre de los liberados sujetos a reglas de conductas impuestas por el Juez. Ya que estamos reincorporando a la sociedad a personas en las que todavía no se tiene la certeza de que en gran parte rehabilitado, por lo tanto son un peligro para la sociedad, por eso en el medio libre ellos deben continuar su tratamiento. El Juez en su criterio de DERECHO PENAL
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conciencia otorga el beneficio penitenciario no solo por la naturaleza del delito cometido, porque se visto que se concede también por delitos muy graves, con la nueva ley 29604 a partir de su vigencia, ahora solo a primarios la semilibertad o liberación condicional; también toma en cuenta su buena conducta en el establecimiento penitenciario en general y por último le concede porque le hacen preveer al Magistrado que el liberado no va a cometer nuevo delito doloso. El verbo rector “preveer” la acción que denota es relativo no imperativo. Uno de los principales problemas que tenemos en las cárceles peruanas, es la tenencia ilegal de celulares por parte de los reos, ante esto Cesar Ortiz Tejeda presidente del APROSEC nos dice que según información que regularmente proporcionan la propia Policía y el INPE, señalan que desde las prisiones se organizan secuestros, extorsiones, asesinatos y todo tipo de ilícitos gracias al uso de celulares. El real problema ante esto son las autoridades corruptas, que se limitan a mostrar cada cierto tiempo algunos de los aparatos celulares decomisados en requisas “oportunamente” anunciadas, sin informar de las investigaciones que señalan quienes fueron los culpables y como fueron sancionados. En el año 2002 se realizo una serie de propuestas para mejorar la seguridad en los penales, incluyendo la instalación de varios bloqueadores en los diversos penales de la capital, solo se pudo instalar un bloqueador en el penal de San Jorge, esto comprueba que las mafias dentro de las prisiones son tan poderosas que están por encima de la ley. Un ejemplo de esto, podemos verlo en la reciente requisa efectuada en el penal de máxima seguridad de Picsi, ubicado en la región Lambayeque, en el cual un grupo de policías y fiscales ingresaron en la madrugada durante cuatro horas, con el propósito de revisar las celdas de los internos en búsqueda de indicios que confirmen las denuncias de que las bandas de extorsionadores que operan en el norte peruano están dirigidas por presos de Picsi, pero sospechosamente solo se incautaron dispositivos para celulares como chips, baterías y cargadores, pero ningún teléfono
móvil.
Otro de los principales problemas, es la tenencia ilegal de armas y de drogas dentro de los penales lo cual crea una gran inseguridad ante la sociedad ya DERECHO PENAL
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que han sido varios los casos en que los reos han cometido crímenes atroces gracias a la posesión de armas, como el sonado motín “la masacre del sexto”
ocurrido en 1984 en donde un grupo de reos tomaron el penal El Sexto y mataron a 22 personas; lamentablemente en la actualidad esto no cambia, en una requisa realizada en el penal Castro Castro se incautaron dos armas de fuego y dos granadas de guerra, así lo constato el jefe de la Dirección General de Seguridad de Penales.
Otro problema que tienen los hacinamientos penitenciarios - Que
los establecimientos penitenciario tan solo 17% se encuentra
relativamente
en buen estado que
quiere decir que la mayoría
de los
establecimientos se encuentra en malas y regulares condiciones. -La administración penitenciaria proporciona material en forma limitada -Las historias clínicas de los internos son incompletas o faltantes. -Los instrumentos clínicos clínicos requieren urgente renovación y las farmacias están desabastecidas. -El personal y la infraestructura resulta notoriamente insuficientes - El área educativa educativa también muestra conflictos. Hay falta de mantenimiento y renovación de la maquina, herramientas y equipos de instrucción. -La mayoría de los programas y centros de educación ocupacional ocupacional carecen carecen de lo mínimo en útiles y equipamiento equipamiento de oficina. oficina. Los profesores para preparar preparar sus planes y programas de estudios, clases, ayuda memorias y material didáctico tienen que recurrir a menudos m enudos a su propia economía.
La resocialización La resocialización se entiende en en este concreto concreto caso, como la acción de que interno se reintegre progresivamente a la sociedad y a la familia pero debe retomar el camino digno correcto de respeto a todos y a cada uno de los valores que se encuentran encuentran en la heterogénea sociedad, sociedad, básicamente en lo que corresponde el respeto integro a la vida, la salud y los bienes patrimoniales Si, cumple su función mediante el tratamiento penitenciario ya que mediante el tratamiento busca la resocialización al condenado,
y
se
encuentra
amparado por la constitución constitución política del Perú en el Art. 139 inciso22 inciso22
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TRATAMIENTO PENITENCIARIO Subdirección de educación penitenciaria Mediante Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones Funciones del INPE, creándose la Subdirección de Educación Educación Penitenciaria como una Unidad Orgánica de la Dirección de Tratamiento Penitenciario, encargada de organizar, supervisar y evaluar las actividades educativas de los internos, así como promover los programas educativos de capacitación y aprendizaje en los establecimientos penitenciarios. En este propósito, y para concretar los objetivos de la educación en el sistema penitenciario, se ha planteado cinco ejes estratégicos fundamentales; promover la alfabetización, la educación básica alternativa, educación técnico productiva y la educación no formal, así como como promover las bibliotecas y el fomento a la lectura.
Visión La educación del interno será considerada como un derecho humano fundamental e inalienable, inalienable, más que como una técnica, método método o área del tratamiento penitenciario, el cual exprese el desarrollo social y cultural alcanzado por las persona privadas de su libertad, con la participación activa de la sociedad civil organizada y el estado .
Misión calidad en las diversas diversas etapas, etapas, “Promover y brindar un servicio educativo de calidad niveles programas y modalidades, modalidades, con la participación activa activa de la comunidad y el Estado, con un enfoque multidisciplinario para resocializar al interno”
Valores
Dignidad
Responsabilidad
Honestidad
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Honradez
Respeto
Lealtad
Objetivo general Fortalecer en forma integral y multidisciplinaria m ultidisciplinaria el nivel de enseñanza aprendizaje de los internos en los establecimientos penitenciarios penitenciarios a través de la capacitación y actualización docente de acuerdo al nivel y programa educativo, Implementación de la educación no formal como complemento de la educación formal, Implementación de aulas talleres y la promoción de actividades productivas y empresariales .
Objetivos específicos
Reeducar y capacitar a los internos a través de programas, proyectos y planes educativos.
Reinsertar a la sociedad a los internos que hayan cumplido y aprobado las acciones educativas para que puedan desempeñarse laboralmente en el Medio Libre.
Mejorar la metodología y técnicas de aprendizaje de los profesores de los establecimientos penitenciarios con asesoramiento y apoyo del Ministerio de Educación.
Sistematizar y uniformizar todas las acciones educativas que se desarrollan en todos todos los Centros de Educación Educación Técnico Productiva Productiva (CETPRO) del país.
Gestionar la ampliación de servicios Educativos para los internos de los Establecimientos
Penitenciarios
dándoles
formación
Primaria
y
Secundaria de Adultos.
Promover la cultura y el arte en los establecimientos penitenciarios que permita sensibilizar a los internos y contribuya a mejorar su expresión y creatividad personal.
Educación en contexto de privación de libertad
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Es la educación que se brinda en los establecimientos penitenciarios definido como un proceso de enseñanza – aprendizaje que se desarrolla en un contexto Socio cultural altamente complejo y específico, a través del cual se asimilan y construyen conocimientos, capacidades y valores, aplicando metodologías y enfoques educativos multidisciplinarios en el tratamiento del interno.
Personal del área educativa a nivel nacional El personal del área educativa es responsable de ejecutar las actividades y proyectos en las instituciones y programas educativos que funcionan en los establecimientos penitenciarios del país, están conformados por:
178 empleados de carrera del Instituto Nacional Penitenciario con formación pedagógica en educación básica y otros con capacitación adicional en diversas áreas técnicas.
245 personal destacados del Ministerio de Educación, en cumplimiento al Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional suscrito entre ambas instituciones.
Personal de apoyo de otras Instituciones que vienen apoyando en las actividades de capacitación a través de convenios de cooperación.
Tratamiento penitenciario: trabajo El trabajo es un derecho y deber del interno, según el código de Ejecución penal, sus condiciones son en lo posible similares al trabajo en libertad. No tiene carácter aflictivo ni es aplicado como medida disciplinaria, ni atenta contra la dignidad del interno. El trabajo Penitenciario esta considerado como uno de los elementos fundamentales de Tratamiento del interno, constituye decisivamente en su proceso de resocialización. El trabajo que realizan los internos procesados tiene carácter voluntario. Las normas y directivas emitidas por el INPE regulan la planificación, organización, métodos, horarios, medidas prevenidas de ingreso y seguridad del trabajo penitenciario. Las modalidades de trabajo penitenciario se desarrollan a través de actividades profesionales, técnicas, artesanales, productivas, artísticas y de DERECHO PENAL
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servicios auxiliares. Las actividades que se desarrollan en los establecimientos penitenciarios a nivel nacional son:
Talleres Carpintería, Zapatería, Tejido a maquina, Electrónica, Mecánica Automotriz, Soldadura y forja, Sastrería, Hidroponía, Confecciones, Cerámica y Telares.
Beneficios que tienen los Internos que participan en Trabajo
Posibilidad de aprender una opción laboral que pueda desarrollar cuando obtenga su libertad.
Mantenerse ocupado desarrollando su creatividad e ingenio en el trabajo que desarrolla, buscando su perfeccionamiento.
Obtener ingresos económicos para él y sus familiares, obtenidos por los productos que fabrica y vende.
La Redención de la pena por el trabajo, si esta facultado por las leyes vigentes.
Convenios El INPE como órgano rector del sistema penitenciario es responsable de suscribir convenios de cooperación interinstitucional con entidades públicas y privadas que hagan posible el cumplimiento de los objetos, para tales efectos se suscribió los siguientes convenios.
Comisión para la promoción de la pequeña y mediana empresa PROMPYME.
Servicio Nacional de adiestramiento en trabajo industrial - SENATI. PROYECTOS
E.P.
Confec. 100 Chalinas
EPM Chorrillos
Confec. 200 escoberos
EPM Chorrillos
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Fabric. 200 Calzados Escolares
EPRCO Lurigancho
Fabric. 17 doc. Calzado Sport para Caballeros
EPRCO Lurigancho
Fabric. 264 unid. Mobiliarios para Implementar Talleres de Producción y aula Taller Fabric. 50 bancas
Fabric. 205 unid. Mobiliarios para Implementar Talleres y aulas talleres para el EPRCE Mujeres Chorrillos.
EP Auca llama -Huaral
EP Auca llama -Huaral
EPPP Lima
Tratamiento penitenciario: salud De acuerdo al Código de Ejecución Penal, el interno tiene derecho a alcanzar, mantener o recuperar el bienestar físico y mental. La administración penitenciaria, en este caso el INPE, proveerá lo necesario para el desarrollo de las acciones de prevención, promoción y recuperación de la salud de la población penal. Siguiendo estos lineamientos, el INPE ejecuta en todos los establecimientos penitenciarios los siguientes programas de salud:
Penal de Mujeres de Chorrillos En el establecimiento penitenciario de mujeres de Chorrillos la atención a las internas se realiza básicamente a través de los Programas PreventivoPromocionales del Ministerio de Salud, tales como:
El Programa de Control de la Tuberculosis (PCT) , que organiza charlas y campañas de captación de sintomáticos-respiratorios. De confirmarse el diagnóstico de la enfermedad en una interna, entonces recibe tratamiento supervisado y una evaluación mensual.
El Programa de Control de Enfermedades de Transmisión Sexual y SIDA-PROCETSS, que también desarrolla charlas y campañas en el penal de Chorrillos. Pero, sólo con la autorización por escrito de la
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interna se le practica el test de Elisa, cuyo resultado le es entregado personalmente por un consejero. De darse el caso de ser seropositiva se notifica de esto a la Red de Salud del MINSA, a fin que se evalúe la posibilidad de darle quimioprofilaxis.
El Programa de Control de Madre - Niño , que se encarga del control del embarazo de la gestante, derivándola de ser el caso al nosocomio más
cercano
para
sus
análisis
y
ecografías
mensuales
correspondientes. Llegada la fecha probable del parto, el programa proyecta la evacuación de la parturienta a un nosocomio del Estado. De permanecer
el
niño
con
su
madre,
entonces
ambos
son
permanentemente evaluados en establecimiento penal.
Planificación Familiar , que programa y realiza charlas de planificación familiar y que, de ser posible, invita a estas reuniones al esposo o conviviente de la interna, a fin de que tenga conciencia de lo que es la paternidad responsable. También da a conocer a la pareja todo lo concerniente sobre los métodos de anticoncepción y sus formas de uso o
Control de la tuberculosis
o
Control de SIDA y de enfermedades de transmisión sexual
o
Madre - niño
o
Planificación familia
Estos programas se desarrollan a través de los servicios médicos básicos de cada establecimiento penitenciario, y en los servicios médicos especializados que funcionan en algunos penales, los cuales están a cargo de un equipo de profesionales y personal técnico auxiliar adecuado. En lo que consiste la atención en las áreas de salud, se tiene, por ejemplo, que en el E.P.R.C.E. "Miguel Castro Castro" funciona un centro quirúrgico en las especialidades de cirugía general, otorrinolaringología y traumatología. Sus médicos acuden también a otros establecimientos penitenciarios para realizar consultas externas, de acuerdo a una programación.
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Las campañas de salud en este recinto se desarrollan en coordinación con el Ministerio de Salud, Essalud, la Liga Peruana de Lucha Contra el Cáncer, Opeluce, el Instituto Nacional Oftalmológico, la Policía Nacional del Perú, la Fuerza Aérea Peruana, la Marina de Guerra del Perú, entre otras instituciones. Algo similar sucede en el E.P.R.C.O. de Lurigancho, Lurigancho, que cuenta con una clínica clínica que tiene un piso exclusivo para la atención psiquiátrica de los internos. Allí también se encuentra la sede de los programas de Control de la Tuberculosis (PCT), de Control de Enfermedades de Transmisión Sexual y SIDAPROCETSS de la Dirección Regional Lima. El penal de Lurigancho recibe el apoyo de la Capellanía y del Ministerio de Salud, así como de la ONG "Médicos Sin Fronteras", esta última que provee a la clínica de medicamentos para el PROCETSS, reactivos para las pruebas de ELISA, folletero variada en prevención de enfermedades, y un médico infectólogo para la atención de los internos.
Atención en Salud y Cifras A diciembre del año 2001 la población penal sumaba un total de 26,394 internos a nivel nacional: 24,503 varones y 1891 mujeres. Por consultorios externos (medicina y odontología) fueron atendidos un total de 15,806 internos, lo cual significa que tres de cada cinco internos han sido atendidos por lo menos una vez en el servicio de salud del recinto penal donde está recluido Las áreas de cirugía atendieron a 174 internos, traumatología 177 y psiquiatría 137. Estas cifras concluyen que por lo menos seis de cada cien internos fueron atendidos por cirugía o traumatología, y uno de cada veinte por psiquiatría. Fueron 385 las atenciones en lo que corresponde a la población penal de mujeres. Siendo 1891 las internas, ello evidencia que una de cada cinco internas pasaron por lo menos una vez por el servicio de ginecología u obstetricia.
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En relación a la salud dental, las estadísticas detallan 2,983 atenciones, 1,347 consultas y 809 obturaciones. Otras cifras dan a conocer de 44,393 atenciones por el personal técnico de enfermería (de guardia y de diario), la administración de 20,130 medicamentos vía oral, 8,237 aplicaciones de medicamentos vía intramuscular, 1,418 vía endovenosa, 273 aplicaciones de medicamentos con venoclisis y 8,778 controles de las funciones vitales, De otro lado, de 444 diligencias hospitalarias, 102 fueron por emergencias y 342 programadas.
asistencia
social
El trabajo social penitenciario es una disciplina de las ciencias sociales, enmarcada en la política penitenciaria, que se basa en el respeto de los derechos humanos y dignidad de la persona que ha quebrantado el ordenamiento legal; el quehacer profesional esta orientado al logro de un cambio social, la resolución de problemas en las relaciones humanas que promueve la resocialización del interno y la prevención del delito, mediante una metodología de intervención profesional individual, grupal y familiar.
Asistencia legal
Los Abogados del Servicio de Asistencia Legal de los Establecimientos Penitenciarios realizan a favor del interno las l as siguientes funciones
Asesoría jurídica. Difunde los alcances de la normatividad en materia penal. Procesal penal y de ejecución penal, mediante charlas, talleres y otros medios.
Apoyo en la organización organización y tramitación de expedientes expedientes de beneficios penitenciarios.
Evalúa y emite informes jurídicos sobre: beneficios penitenciarios, traslados, gracia presidencial y cómputo del tiempo redimido y el
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tiempo efectivo de la pena.
Elaborar escritos, solicitudes y recursos para su tramitación t ramitación ante las autoridades correspondientes a petición de los internos.
Asume la defensa del interno que no cuenta con capacidad capacidad económica para contratar un abogado defensor.
Asesora a la administración administración penitenciaria y coordina la prestación prestación del servicio legal gratuito con otras entidades públicas y privadas.
Participa en la clasificación y reclasificación de los internos .
Asistencia psicológica
El Sistema Penitenciario Nacional tiene como premisa el reconocimiento jurídico y el respeto a la persona, persiguiendo persiguiendo como objetivo objetivo la resocialización del interno a través del tratamiento técnico - científico, fundamentado en las vigentes y modernas teorías que buscan dar solución a la compleja problemática de la conducta humana, es así que el servicio de Psicología como parte fundamental del tratamiento que brinda al interno, realiza una serie de acciones fundamentados en la aplicación de métodos y técnicas acorde a los avances científicos en la actualidad, es así que su trabajo está amparado en el artículo 92° del Código de Ejecución Penal y en los estatutos del código de ética profesional.
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CONCLUSIONES
1. La constitución política señala:”Articulo139- son principios y derechos de la función jurisdiccional ( …) inc. 22 el principio de que el régimen penitenciario penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del del penado a especto es responsabilidad de los funcionarios del poder la sociedad” .al r especto judicial, ministerio público, INPE, entre otras instituciones, coordinar acciones tendientes a la rehabilitación del interno, en aras de cumplir con la propuestas legislativa, y, fundamentalmente, que que cada de los miembros de la sociedad, sociedad, afirmen su confianza en estas situaciones tutelares del estado, estado, que hasta hoy no ofrecen ningún credibilidad ni confianza en el tratamiento penitenciario y pos penitenciario 2. Esta desconfianza generada en la sociedad, sociedad, también es responsabilidad responsabilidad de los profesionales multidisciplinarios que trabajan para el INPE, solo desatienden a los internos, alegados la falta de infraestructura, pero el problema fundamental es que ellos no quieren reconocer la falta de mística, pre disponibilidad y conciencia para el cumplimiento de los objetos que los funcionarios y servidores penitenciario deben llevar en las venas, orientados en la realización y cumplimiento de un adecuado tratamiento, basándose en el tipoy nivel del delito cometido por el sentenciado y procesado 3. El sentenciado y procesado requiere, en primera ratio de motivación e incentivación, y la dación de esas técnicas corresponden a los profesionales multidisciplinarios,
siendo
su
exclusiva
responsabilidad
conducirlo
al
tratamiento que requieren, y cuando adquieren su anhelada libertad, se sienten convencidos de los quehaceres éticos que van a desarrollar y en adelante serán útiles a su familia y la sociedad
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REFERENCIA BIBLIOGRAFICO Herrera, J. (2005).Derecho penitenciario. (2ed). Lima: hecho en el depósito legal. Quispe, L. (2001). Disciplina penitenciaria. (1ed). Lima: autor. Rosa, W. (1998) situación actual de la ejecución penal en el Perú.(3ed).lima: asociación grafica educativa Ramos, A. (2010). Derecho De Ejecución Penal Y Ciencia Penitenciaria. (4 Ed.) Lima: Priented In Perú Farra, R. (2004). El Sistema Penitenciaria. Lima: Editorial S.A.C Arana, G. (2008). Situación Carcelaria En El Perú Y Beneficios Penitenciario. (2ed). Lima: Jurídica Carijley Stein, J (2008). Derecho Penal. (2ed) .Lima: Librería Jurídica Sánchez, J. (2008). El Control Constitucional En La Etapa De Calificación Del Proceso Penal. Lima. Editorial: Palestra http://www.inpe.gob.pe/index.php
http://spij.minjus.gob.pe/CLP/contenidos.dll?f=templates&fn=defaultcodejecucionpenal.htm&vid=Ciclope:CLPdemo
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