FACULT FACULTAD AD DE DERECHO DERE CHO ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO CURSO
: DERECHO PENAL ESPECIAL
TEMA
: DELITO DEL ABORTO
TUTOR
: CIRO RODOLFO TREJO ZULOAGA
AUTOR
: WALTER VALENZUELA DIAZ
CICLO
: IV
HUARAZ - 2016
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DEDICATORIA
A mi familia por su amor y su constante apoyo, que hacen lo posible e imposible para seguir perseverando en mi superación profesional.
AGRADECIMIENTO
A Dios, Creador del Universo y Fuente de la Sabidura, ra!ón de mi e"istencia, principio de nuestras vidas universitaria y personal. Al Docente tutor, tutor, por orientarme orientarme y ayudarme en nuestras tareas y traba#os acad$micas.
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DEDICATORIA
A mi familia por su amor y su constante apoyo, que hacen lo posible e imposible para seguir perseverando en mi superación profesional.
AGRADECIMIENTO
A Dios, Creador del Universo y Fuente de la Sabidura, ra!ón de mi e"istencia, principio de nuestras vidas universitaria y personal. Al Docente tutor, tutor, por orientarme orientarme y ayudarme en nuestras tareas y traba#os acad$micas.
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INDICE INDICE........................... INDICE............................................... ........................................ ........................................ ......................................... ................................. ............ 3 INTRODUCCION..........................................................................................................4 CAPÍTULO CAPÍTULO I..................................... I......................................................... ........................................ ....................................... ..................................... .................. 6 ABORTO.............. ABORTO.................................. ........................................ ........................................ ....................................... ......................................... ...................... 6 1. CONCEPTO.....................................................................................................6 2. HISTORIA DEL ABORTO................................................................................6 3. HISTORIA DEL ABORTO EN EL PERU ..........................................................9 4. ALGUNAS CAUSAS PRINCIPALES DE ABORTO EL PERU .........................10 5. CONSECUENCIAS DEL ABORTO.................................................................11 6. EL ABORTO Y LA LEY PERUANA. ...............................................................12 8. BIEN JURIDICO PROTEGIDO DEL ABORTO...............................................14
CAPITULO CAPITULO II.................................... II........................................................ ....................................... ....................................... .................................... ................ 16 DELITOS DE ABORTO.................. ABORTO...................................... ........................................ ....................................................... ................................... 16 1. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS ................................................................16 2. TIPO LEGAL OBJETIVO................................................................................18 3. ABORTO PRETERINTENCIONAL (ART 118) ...............................................24
CAPÍTULO CAPÍTULO III..................................... III......................................................... ....................................... ....................................... .................................. .............. 27 ABORTO ABORTO AGRAV AGRAVADO............. ADO................................ ....................................... ................................................... .......................................... ........... 27 1. MUER MUERTE DE LA LA MADRE MADRE (AR (ART.115 .115 Y 116) 116) ................................................27 2. ABUSO ABUSO DEL DEL ARTE ARTE O CIENC CIENCIA IA DE CUR CURAR AR (AR (ART 11) 11) ..............................27
ABORTO ABORTO ATENUANTE..................... TENUANTE......................................... ........................................ .................................................... ................................ 29 1. CIRC CIRCUN UNST STAN ANCI CIAS AS COM COMUN UNES ES...................................................................30 2. NECE NECESI SIDA DAD D DE ABOR ABORTO TO...........................................................................32 3. CONS CONSE ENTIM NTIMIE IENT NTO O.....................................................................................33
CONCLUSIONES........................................................................................................35 BIBLIOGRAFIA...........................................................................................................36
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INTRODUCCION El delito de aborto es interesante ya que es una problemática actual que no sólo aecta a las mu!eres sino a toda la sociedad"
Además #$a %ida &umana debe ser respetada y prote'ida de manera absoluta desde el momento de la concepción" (esde el primer momento de su e)istencia* el ser &umano debe %er reconocidos sus derec&os de persona* entre los cuales está el derec&o in%iolable de todo ser inocente a la %ida"#
+onsecuencias como la (eclaración de ,ndependencia de Estados Unidos reconoce derec&os inalienables como el derec&o a la %ida* a la libertad y a la consecución de la elicidad" in duda* los dos .ltimos derec&os carecen de si'niicado si no se respeta el primero" El derec&o a la %ida es el más undamental de los derec&os de la persona &umana" /iolarlo* destruir una %ida* matar a un ser &umano de cualquier edad o en cualquier etapa de su desarrollo ya se encuentre dentro del seno materno o uera de l" Es un crimen contra (ios y la &umanidad"
+uándo comiena la %ida &umana3 En qu momento %erdaderamente se con%ierte el peque4o or'anismo que se desarrolla dentro del seno materno en un ser &umano3 En el momento de la concepción o ecundación están presentes todos los elementos necesarios de la creación de un nue%o ser &umano" Al unirse los cromosomas del padre y de la madre* orman una persona &umana absolutamente .nica* que nunca se repetirá" En ese momento comiena la %ida" (esde ese instante toda ormación utura de la persona es totalmente una cuestión de desarrollo* crecimiento y maduración" (esde el momento de la concepción el ser &umano crece &asta que lle'a al inal de la %ida"
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Además de matar al ni4o* el aborto puede poner en peli'ro la salud y la %ida de la madre" $a sociedad sure cuando se permite que unos maten a otros por con%eniencia" 5 la diseminación de la práctica del aborto nos acerca cada %e más al da en que no se cuente con suicientes traba!adores sociales que puedan brindar apoyo a los ancianos* lo que debilitará los ser%icios sociales y consecuentemente e!ercerá presión para que se practique la eutanasia"
El aborto es la 'uerra más %iolenta de todos los tiempos" 7unca en la &istoria de la &umanidad &a tenido lu'ar tanta muerte %iolenta en el mundo" (ebido a las ba!as tasas de nacimientos* la población nacional e internacional en los .ltimos a4os está disminuyendo" Es necesario contener esta tendencia catastróica mediante la aplicación penal* la educación y la protesta pacica"
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CAPÍTULO I ABORTO 1. CONCEPTO Aborto 8del latn abortus o aborsus* de aborior* #contrario a orior#* #contrario a nacer# es la interrupción del desarrollo del eto durante el embarao* el cual puede ser espontaneo* natural o pro%ocado" (espus de este tiempo* la terminación del embarao antes del parto se llama parto pretrmino" El trmino #aborto espontáneo# se reiere a los &ec&os que se presentan de manera natural* o al menos sin que medie %oluntad de eliminar al nasciturus 8el que &a de nacer9 por parte de la madre o por parte del mdico que atiende el traba!o de parto"
:odemos deinir tambin al Aborto como interrupción dolosa del proceso isioló'ico del embarao causando la muerte del producto de la concepción o eto dentro o uera del claustro materno* %iable o no"
2. HISTORIA DEL ABORTO (esde siempre* &an aparecido reerencias al aborto en di%ersas culturas de la anti';edad en cuanto a la manera de realiarlo y a las disposiciones que tenan para !u'ar el acto"
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Una de las descripciones más anti'uas sobre cómo eectuarlo es el que aparece en el tratado mdico escrito en +&ina* durante el 'obierno del emperador &en 7un' en el si'lo ,, A+"
En el códi'o de Hammurabi 82=00 A+9* el aborto se consideraba un delito contra los intereses del padre o marido* y tambin una lesión a la mu!er " En >abilonia las leyes reconocan ciertos derec&os a la mu!er " En >abilonia* las leyes reconocan ciertos derec&os de la mu!er* pero en 'eneral sólo el marido era el oendido y económicamente el lesionado"
En el derec&o &ebreo 8+ap"<<,* /ers"229* i'ura? i al'unos ri4eren e &irieren a la mu!er embaraada* y sta abortare pero sin &aber muerto* será penado conorme a lo que impusiera el marido de la mu!er y !u'aren los árbitros" @ás si &ubiere muerto* entonces pa'ará %ida por %ida"
Respecto al aborto* &ay una concepción que domina toda la anti';edad en tiempos orientales* en recia y aun en Roma" El eto es pars %iscerum matris* es decir que es parte de perpetua minoridad y as el poder del tutor* padre* esposo* estado* se e)tendas a sus bienes y persona y por tanto al ruto de su concepción"
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En las ciudades 'rie'as el aborto era considerado una práctica normal de re'ulación de nacimientos" El mismo Hipócrates a pesar de la condena de aborto que tiene su !uramento* no %acila en aconse!ar a las parteras acerca de los aborti%os y anticoncepti%os" ócrates inclua entre las unciones la de acilitar el aborto cuando la madre lo deseara" :latón propona en su Rep.blica* que se obli'ase a abortar a las mu!eres mayores de B0 a4os" 5 Aristóteles era partidario de la limitación de nacimientos"
En la poca del ,mperio Romano* con la corrupción de las costumbres y el libertina!e emenino el aborto se e)tenda más y más* debido a lo numerosas de las amilias y su debilitada situación económica" e'.n C%idio* las matriarcas abortaban a menudo para casti'ar al marido o para que la seme!ana sica con el amante de turno no re%elara el adulterio" Empiea entonces la reacción del Estado* que lo considera un acto indi'no contra la moral* %islumbrándose la concepción de que el Estado asume la deensa de los intereses demo'ráicos y de la protección de las costumbres" (eca cicerón en sus Craciones? +on el aborto se destruye la esperana de un padre* el sostn de una raa* el &eredero de una amilia* el ciudadano de un Estado"
Dambin se &an encontrado alusiones al respecto en di%ersos papiros e'ipcios que orecen detalles sobre la operación"
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El padre de la @edicina* Hipócrates que %i%ió entre los a4os B60 y =F A+* en la anti'ua ciudad de racia* de!ó como le'ado el !uramento &ipocrático con el cual a.n &oy se comprometen todos los estudiantes de medicina a e!ercer su proesión con tica y proesionalismo* en dic&o !uramento se reiere de la si'uiente manera al aborto?
7unca dar a nadie una dro'a mortal aunque la pida* ni &ar una su'erencia a ese eecto" Dampoco le &ar un aborto a una mu!er"
$a >iblia cristiana condena al aborto como un acto criminal y lo mismo opina la i'lesia de &oy en da" +uando el aborto no se realia para prote'er a la mu!er* sino porque sta desea poner in a su estado de 'estación por raones económicas* morales o sociales* recibe el nombre de criminal"
:ero el aborto no es sólo un problema le'al que concierne a la proesión mdica* sino un problema &umano y &asta social* a4o a a4o son miles los abortos realiados por los más di%ersos moti%os en personas de todas clases sociales y edades"
Aunque la cantidad de mu!eres que se someten a un aborto es 'rande* no tienen disculpa de parte de la sociedad* que preiere apoyar a una madre soltera que a una mu!er que teme enrentar su responsabilidad de madre y que en'endrar muerte"
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Dambin e)ista el !uramento &ipocrático que era testi'o de la promesa de todos los proesionales de la salud destinada a no interrumpir la e%olución natural de la %ida que se en'endra en una mu!er"
En otras culturas o reli'iones como por e!emplo el >udismo* tambin se pro&be el aborto y se casti'a"
3. HISTORIA DEL ABORTO EN EL PERU (urante el incanato* la interrupción aborti%a practicada a los tres meses de embarao se penaba con la muerte por la &orca o lapidación* pena que tanto se impona a la madre como a la persona que la ayudara" 5a que el aborto no sólo e%itaba el incremento dela amilia y la comunidad* sino que* tambin pri%aba al imperio de un uturo 'uerreo o de nue%as manos y ener'as para el desarrollo de acti%idades producti%as "El aborto pro%ocado no se casti'aba cuando el parto no se'ua su curso y e)ista el peli'ro inminente de la %ida de la madre"
$a necesidad de preser%ar a las mu!eres* e)presión de %ida y uente de ella* !ustiicaba para los incas* la impunidad el aborto en esas circunstancias e)cepcionales"
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(urante la +olonia la represión del aborto era absoluta y se sancionaba su práctica con pena de muerte o destierro
4. ALGUNAS CAUSAS PRINCIPALES DE ABORTO EL PERU Una de las causas más comunes que a'ra%an el delito del aborto es la escasa disposición que &ay en las personas para optar por la planiicación amiliar o para emplear mtodos anticoncepti%os se'uros* es un enómeno que se da especialmente en las adolescentes" En eecto* el no tener una adecuada orientación sobre el e!ercer la se)ualidad y la implicancia que pueden tener estas* as como su desconocimiento de mtodos anticoncepti%os se'uros acarrean como resultado un alto porcenta!e de maternidades no deseadas"
En los .ltimos estudios realiados a ni%el nacional en la re'ión andina alrededor del G0 de 'estaciones de mu!eres adolescentes es de estas caractersticas" $a tercera parte o más de los nacimientos no son deseados ni planiicado"
Un 'ran porcenta!e de mu!eres que recurren al aborto por &aberse embaraado sin desearlo
son
adolescentes"
El
:er.
no
es a!eno
a
esta
realidad
"(e
acuerdo
a
la encuesta demo'ráica* &ace 20 a4os* apro)imadamente 1 de cada 10 adolescentes con%i%e o está casada* pero F de cada 10 no usa nin'.n mtodo anticoncepti%o"
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Actualmente* se dice que ocurre cada da un apro)imado de 1000 abortos en el :er.* lo que al a4o seran =0*000 abortos* una cantidad in%erosmil y dicil de creer para muc&os* lo que a muc&os les parece e)a'erado"
ran cantidad de %eces el aborto se debe a moti%os económicos "En estos casos* el aborto no es un eecto sino una consecuencia de la miseria que representan los &o'ares pobres* o simplemente porque piensan que esa criatura les puede per!udicar en sus estudios o su %ida proesional" (e modo que el aborto es un crimen que debera apuntar a la sociedad" El conocimiento de un anticoncepti%o está diundido en las clases medias"
on muc&as las raones que empu!an a las mu!eres a interrumpir 'estaciones aun cuando ella supon'a correr los ries'o que conronta un aborto inse'uro y sancionado por la ley"
e'.n la :sicólo'a 8+ue%a* 20129 airma que?
%as principales causa est&n la falta de medios económicos para sostener m&s hi#os, las relaciones de pare#a inestables que inhibe a que estas decidan criar hi#os #untos, el deseo de las pare#as de no tener todava hi#os, el miedo de las adolescentes a la sanción moral, el embara!o producido por violación se"ual o incesto y las anomalas en el feto
5. CONSECUENCIAS DEL ABORTO ! C"#$%&'%#&($ F)$(&$ •
:uede 'enerar esterilidad
12
•
,necciones %a'inales
•
,ntenso dolor
•
En al'unos casos las pacientes pueden presentar iebre* escaloros y %ómitos
•
+áncer de mama
•
Hasta incluso poner en ries'o su propia %ida* lle%ándola a la muerte
+uando se realia un embarao %a succión* as sea en un lu'ar &i'inico y se'uro* puede i'ual presentar ries'os* ya que esto puede da4ar la cr%i)* que puede traer como consecuencias abortos espontáneos* si sale embaraada posteriormente* incluso puede traer da4os en el .tero de la mu!er* &aciendo que en los uturos embaraos el embrión no se coloque en una posición correcta* lo que puede traer en eecto* la e)tirpación del .tero* lo que con%ierte a la mu!er en estril"
*+! C"#$%&'%#&($ P$(&",-(&$ /0" E"&("#,%$
•
entimiento de culpa
•
Estrs post aborti%o
•
:ensamientos suicidas
•
Retraimiento social
•
Autoestima ba!a
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•
(esesperación
Dodo esto* necesita un apoyo psicoló'ico* ya que más de la mitad de las mu!eres que no son tratadas en estos temas desarrollan alteraciones psicoló'icas* trastornos mentales
. EL ABORTO LA LE PERUANA. e'.n los artculos de la ley penal peruana e)isten F artculos que &ablan sobre el aborto"
En el
)&'," 114 comenta el que causa su auto-aborto o permite que otra persona lo
practique será pri%ada de libertad no mayor de dos 8029 a4os* o prestación de ser%icio a la comunidad de =2 a 10B das de labor"
En el )&'," 115 inorma que el que causa el aborto* as sea con el consentimiento de la 'estante será pri%ado de su libertad con una pena de entre uno 819 a cuatro 8B9 a4os"
5 si lle'a a matar a la mu!er por una uerte complicación a la &ora del proceso su pena será aumentada entre dos 829 a cinco 8=9 a4os"
En el
)&'," 11 menciona que la persona que realia un aborto no consentido o
orado en contra del a%or de la mu!er* tendrá una pri%ación de la libertad entre y tres 89 y cinco 8=9 a4os" 5 si en este caso la mu!er lle'ase a morir por complicaciones se%eras* ne'li'encia mdica o de u tercero* tendrá una pena entre cinco 8=9 a die 8109 a4os"
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En el )&'," 116 se cita que tanto el mdico como el armacutico* obstetra o cualquier otro proesional sanitario que abusa de medicamentos o de su manera de causar el aborto será in&abilitado y reprimido de libertad" ,ncapacitado para e!ercer su proesión* tanto as como de sus ttulos o lo'ros obtenidos a lo lar'o de su trayectoria"
En el
)&'," 117 el que con %iolencia* ocasiona un aborto* sin &aber tenido en propósito de
causarlo* siendo notorio o constatándole el embarao* será reprimido con pena pri%ati%a de libertad no mayor de dos 829 a4os o con la prestación de ser%icio a la comunidad de cincuenta y dos 8=29 a ciento cuatro 810B9 Iornadas"
En el )&'," 118 no es punible el aborto aplicado por un mdico con el consentimiento de la mu!er o de su representante le'al* con la inalidad de sal%ar la %ida de la 'estante o para e%itar en su salud un mal 'ra%e y permanente" En el )&',"
129 el aborto sentimental o eu'ensico se realia cuando sea consecuencia
de una %iolación uera del matrimonio o inseminación artiicial no consentida* cuando es probable que el ser en ormación conlle%e al nacimiento 'ra%es taras sicas o psquicas* siempre que e)ista dia'nóstico mdico" $a represión es no mayor a tres 89 meses"
7. BIEN JURIDICO PROTEGIDO DEL ABORTO $a determinación de si estamos ante un bien !urdico di'no de protección es importante para determinar la le'itimidad de perse'uir una conducta considerada delicti%a* pues si 'ra%es son las consecuencias de la inter%ención del (erec&o penal* es de esperar que sean importantes
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las inalidades que se buscan preser%ar" :or ello* 8Abanto /asque * 200F* pá'" F09 se4ala que Jla teora de los bienes #urdicos no ha de#ado de ser la piedra angular de todo Derecho penal que aspire a considerarse como uno propio de un 'stado de DerechoK +onsecuentemente* la amenaa de pena %a diri'ida a una conducta des%alorada socialmente por constituir una lesión o puesta en peli'ro de un bien !urdico di'no de protección" En el delito de aborto* el bien !urdico prote'ido es la %ida &umana 8+astillo Al%a* 200G* pá'" L69 e)presa J(u$ duda cabe de que estamos ante un bien #urdico de gran importanciaK" El derec&o a la %ida encuentra reconocimiento en nuestra +onstitución y en di%ersas normas internas e internacionales* las mismas que reconocen el derec&o a la %ida desde el momento de la concepción"
C"#$('&(-# P",)(& %, P%;: Art" 2M inc" 1? T" <%$"# (%#% %%&=" , >(? E, &"#&%+(" %$ $'@%" % %%&=" %# "" &'#" ,% >"%&%" C"#>%#&(-# A%(&# $"+% D%%&="$ H'#"$ *CADH!: Art" BN? inc" 1? T" <%$"# (%#% %%&=" '% $% ,% %$<%% $' >(. E$% %%&=" %$ <"%(" <" , ,%/ / %# %#%, <( %, "%#" % , &"#&%<&(-#" 7adie puede ser pri%ado de la %ida arbitrariamente"
C-(" % ,"$ N("$ / A",%$&%#%$: Art" 1M? E, #(" / %, ",%$&%#% (%#%# %%&=" , >( %$% %, "%#" % $' &"#&%<&(-#" El presente +ódi'o 'arantia la %ida del concebido* prote'indolo de e)perimentos o manipulaciones 'enticas contrarias a su inte'ridad y a su desarrollo sico y mentalK"
C-(" C(>(,:
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Art" 1? $a persona &umana es su!eto de derec&o desde su nacimiento"
L >( ='# &"(%# &"# , &"#&%<&(-#. E, &"#&%+(" %$ $'@%" % %%&=" < "" &'#" ,% >"%&%" $a atribución de derec&os patrimoniales está condicionada a que naca %i%o" En cuanto al (erec&o ,nternacional* como se sabe* la obli'atoriedad de los tratados se undamenta en los principios de buena e* $os compromisos internacionales asumidos deben ser respetados de manera sincera* &onesta y leal" 7o cabe* pues* desconocer lo pre%isto por las normas internacionales protectoras de los (erec&os Humanos"
CAPITULO II DELITOS DE ABORTO 1. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS En el art" =16 del +ódi'o de anta +ru* deca quien #procure que al'un a mu!er embaraada aborte# y en el artculo si'uiente* #la mu!er embaraada que para abortar#" $a e)presión #causar un aborto# ue utiliada en el :royecto de 1G=L 8arts" 2FL a 2G19" El codiicador de 1G6* empleó* por el contrario* tanto la e)presión #causar el aborto# 8arts" 2B y 2B=9 como la de #ocasionar el aborto# 8art" 2BB9" En el +ódi'o de 1L2B* se recurrió 'eneralmente al trmino #causar# 8art" 1=L y 1609O as como a las e)presiones #&acer abortar# 8art" 1619 y #practicar el aborto# 8art" 169" En el +ódi'o %i'ente* se utilia* el trmino #causar# 8arts" 11B* 11=* 11F9O y en el art" 116* #&acer abortar#" i &asta el :royecto de 1L16* la inluencia espa4ola ue predominanteO las disposiciones del +ódi'o de 1L2B ueron redactadas conorme al modelo
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&el%tico" En los :royectos suios de 1L16 y 1L1G* as como en el te)to deiniti%o del +ódi'o suio de 1LB2* tampoco se describió la acción delicti%a"
(esde los antecedentes del +ódi'o de 1L2B* ya se tu%o en cuenta el consentimiento de la mu!er embaraada como circunstancia inluyente en la determinación de la pena" As se reprima menos se%eramente a la mu!er causante de su propio aborto que al tercero autor de aborto con o sin el consentimiento de la madre 8arts" 2F y 2G0 del :royecto de 1G=L* arts" 2B y 2BB del +ódi'o de 1G69" $o no%edoso del +ódi'o de 1L2B* en este aspecto* ue la manera como se re'uló la participación delicti%a? el &ec&o de #prestar asistencia# a la mu!er que causa su propio aborto ue equiparado al aborto consentido por la mu!er 8art" 1609" Esta re'ulación* de notoria impronta &el%tica* ue conser%ada en los :royectos de 1LGB a 1LG6" (esapareció en el :royecto de 1LL0 y tampoco i'ura en el nue%o +ódi'o"
$a a'ra%ación de la pena en relación con los mdicos* parteras o armacuticos que abusan de su arte para causar el aborto ue pre%ista en el +ódi'o de anta +ru 8art" =169* en el :royecto de 1G=L 8art" 2G29 y en el +ódi'o de 1G6 8art" 2B=9" +on me!or tcnica le'islati%a* se le re'uló en el art" 162 del +ódi'o de 1L2B" El art" 11F del nue%o +ódi'o &a sido elaborado si'uiendo este modelo"
El aborto teraputico sólo ue pre%isto en el +ódi'o de 1L2B" En el +ódi'o de 1G6* no se declaraba la impunidad de nin'una orma de abortoO tampoco en el +ódi'o de anta +ru" :or el contrario* el :royecto de 1G=L estatua* en su art" 2G2* que las disposiciones sobre el casti'o del aborto #no comprenden la e)pulsión o e)tracción del eto en caso de ser necesario sal%ar la
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%ida de la madre#" $a norma del +ódi'o de 1L2B constituyó una iel traducción del art" 10F del :royecto suio de 1L1G" Esta inluencia se mantiene en el nue%o +ódi'o 8art" 11L9"
El denominado aborto preterintencional pre%isto en el art" 11G del +ódi'o %i'ente* tiene su antecedente inmediato en el art" 16B del +ódi'o dero'ado* conorme al modelo suio" Una norma similar pre%ea el art" 2BB* pará'rao * del +ódi'o de 1G6" Además* se4alemos que nuestro codiicador eliminó* desde el +ódi'o de 1L2B* la atenuación pre%ista en el pará'rao se'undo del art" 2B del +ódi'o de 1G6* consistente en la producción del aborto por la mu!er de buena ama que obrase obcecada por el temor que se #descubra su ra'ilidad#" As como la represión de quienes coneccionan o e)penden a sabiendas* bebidas destinadas a causar abortos 8art" 2B del +ódi'o de 1G69" $a re'ulación del delito de aborto en el +ódi'o de 1L2B* constituyó* sin duda al'una* un si'niicati%o pro'reso de poltica criminal y tcnica le'islati%a* en relación con la le'islación anterior" Esto se debió* undamentalmente* a la idelidad con que el le'islador si'uió el modelo suio" $as modiicaciones posteriores a ese a4o y anteriores a 1LL1* si'niicaron con recuencia un retroceso" $a reorma de 1LL1* con relación al aborto* es incompleta y plena de ambi';edades"
2. TIPO LEGAL OBJETIVO . O+@%" %, D%,(" E)isten di%ersos acepciones sobre el aborto entre ellos pod emos citar a 8>lei* 1LFG* pá'" B9 El ob!eto del delito es el ruto de la concepción desde el momento en que el ó%ulo ecundado se instala 8anida9 en la matri de la mu!er &asta el inicio del nacimiento con
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los primeros dolores del parto" En el momento de la acción delicti%a &a de encontrarse %i%o* sin importar que &aya surido cualquier deormación o da4o" $a e)tracción del eto muerto no es aborto" Dampoco puede considerarse aborto la e)pulsión %oluntaria de la mole 8de'eneración del embrión9"
(e otra parte en concordancia al Art 2BB del códi'o de procedimientos penales es de comprobar si realmente la e)istencia del embarao
El ó%ulo ecundado no es toda%a un eto* si bien es cierto que es portador de %ida 8su desarrollo culminará con el nacimiento de un ser &umano9* sólo en el momento de la i!ación en la matri se produce la indi%idualiación de la %ida &umana 8e)clusión de mellios unicelulares9" Además* es de considerar que* 'eneralmente* el i'ote 8ó%ulo ecundado9 sólo en un =0 de casos anida en el .tero de la mu!er" +onstatación emprica que &ace prácticamente imposible probar lo realmente sucedido y* por consi'uiente* implica la aplicación del principio in dubio pro reo"
Ji el embarao sólo comiena con la implantación del ó%ulo ecundado en el .tero* antes de este momento no puede &ablarse de aborto pues el embarao es su presupuesto indispensableK e)presa 8Roy Pre%re* 1LG6* pá'" 2=69"
7o por eso están uera de los alcances de la represión penal el &ec&o de impedir la ecundación sino tambin el e%itar* mediante medicamentos* productos &ormonales o medios mecánicos* que el ó%ulo ecundado se implante en la matri"
5a en los inicios del presente si'lo y utiliando la terminolo'a de la poca* 8Zaaroni* 1LG2* pá' " = B9 di!o?
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#no alta quien pretenda que se casti'ue como aborto todo acto encaminado a impedir la concepción* inmediatamente despus de la apro)imación se)ual o durante ellaO pero a nuestro !uicio* seme!ante pretensión es inaceptableO tanto por la diicultad de la prueba* que en la mayora de los casos rayara en la imposibilidad* cuanto porque no e)istiendo a.n la tercera persona que reciba el da4o* no &ay derec&o &erido y* por consi'uiente* no &ay delito" Esos actos serán todo lo inmoral que se quieraO pero no son anti!urdicos#"
+. M%("$ % E@%&'&(-# J$a acción delicti%a consiste en causar* dentro del %ientre materno o pro%ocando su e)pulsión* la muerte del eto" Al respecto* ri'en las re'las 'enerales de la causalidadK e)presa 8Hurtado :oo* 1LFL* pá'" B19 y de conormidad con el art" 2BB del +ódi'o de :rocedimientos :enales* se debe comprobar los si'nos demostrati%os de la interrupción del embarao y #las causas que lo determinaron# :ara los eectos penales* no tiene mayor importancia la naturalea de los medios utiliados p a r a 8Roy* p 2=6O >ramont* p" 2=O :e4a* p" 1GGO Hater* p"FGO $ay* Q 21G* n" 219" :ueden ser mecánicos* trmicos* elctricos* qumicos* psquicos u &ormonales" En realidad innumerables son los medios que pueden ser utiliados como aborti%os" +on recuencia* se recurre a in'erir dro'as* al raspado del .tero* a los masa!es* a la dilatación del canal uterino* a los la%ados y a ciertas inter%enciones quir.r'icas 8por e!emplo* microcesárea9"
&. M%("$ % E@%&'&(-# $a acción delicti%a* &asta a&ora descrita* puede ser obra de la propia mu!er 8art" 11B9 o de un tercero" En este .ltimo caso* el tercero puede &aber actuado sin el consentimiento de la mu!er 8art" 1169 o con su consentimiento 8art" 11=9" En el primer caso* se &abla de aborto cometido por la madre mismaO y respecto a los otros* de aborto no consentido y consentido respecti%amente
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&.1 A+"" #" &"#$%#(" *A. 11! :ara me!or comprender la manera como nuestro le'islador &a re'ulado los tipos de aborto* analicemos* en primer lu'ar* el aborto no consentido* pre%isto en el art" 116" e establece en esta re'la que el a'ente &a'a abortar a la mu!er #sin su consentimiento# Esta órmula comprende tanto la orma más a'uda de alta de consentimiento 8Hurtado :oo* 1LFL* pá'" =29 e)presa? )'l agente vence la resistencia de la mu#er mediante la violencia *vis absoluta+ o la amena!a *vis compulsiva+, como la forma sutil consistente en recurrir a medios astuciosos *abusar de la confian!a de la madre para hacerle ingerir productos abortivos o engaarla sobre la naturale!a de la intervención quir-rgica a la que ser& sometida+
(e esta manera el delincuente utilia* en este .ltimo caso a la madre como instrumentoO lo que recuerda en cierta manera la autora mediata" (ic&o de otra manera* la mu!er tiene* ba!o estas circunstancias* la mente en blanco respecto a la intención del a'ente* por lo que no se opone ni puede consentir a lo que desconoce en una u otra orma se elimina la %oluntad de la mu!er" En el aborto no consentido se atenta no sólo contra el eto* sino tambin contra los intereses* los sentimientos y la salud de la mu!er" +onsecuentemente* el le'islador lo &a considerado como la orma más 'ra%e del aborto y establecido se%eras penas para sus autores" Dodo partcipe en este delito es reprimido como coautor* insti'ador o cómplice* conorme a las re'las de la participación"
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&.2 A+"" &"%(" <" , M% *A. 114! (el tipo básico del aborto no consentido se desprende la i'ura atenuada del aborto cometido por la madre misma" e'.n el art" 11B* se presentan dos casos" En primer lu'ar* la madre por e!emplo* se practica ella misma las maniobras aborti%as o toma productos aborti%os" :or eso* se le llama aborto acti%o cometido por la madre"
En se'undo lu'ar* se equipara a esta i'ura la acción de la mu!er consistente en aceptar o consentir que un tercero le cause el aborto" $a mu!er no e!ecuta* ella misma* las maniobras aborti%as 8:e4a +abrera* 1LL2* pá'" 1LB9 e)presa )se somete o las soporta voluntariamente. Se trata del denominado aborto pasivo cometido por la propia madre
El tercero que causa el aborto no es reprimido de acuerdo al art" 11B* sal%o que se limite a insti'ar o ayudar a la madre" Esta es sancionada se'.n el art" 11B* cualquiera que sea la orma de su inter%ención" Es decir* desde la realiación de los actos e!ecuti%os &asta la dación de su simple consentimiento" :or esto* la misma disposición será aplicada a la mu!er que insti'a a un tercero para que la &a'a abortar"
En principio* es suiciente que la mu!er se absten'a de oponerse a las prácticas aborti%as" As* comete una acción de comisión por omisión? teniendo el deber de 'arante en relación con el eto* no &ace lo necesario para e%itar su destrucción" in embar'o* con recuencia* la mu!er no sólo consiente el aborto* sino que busca a quien la puede &acer abortar* le solicita sus ser%icios y le remunera" (e modo que desempe4a* con recuencia* el papel de una #insti'adora#" i se e)cluyen estos dos casos del dominio de aplicación del art"11B* se desnaturalia totalmente su
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inalidad? reprimir en orma atenuada a la mu!er* debido a la peculiar situación material y psquica que la conduce a comportarse de esa manera"
e'.n el art" 11B* se reprime en orma atenuada a la mu!er" Es de destacar que el mencionado artculo diiere de su antecesor 8art" 1=L9 al establecer como sanción para esta i'ura la pri%a- ción de libertad no mayor de dos a4os o la prestación de ser%icios comunitarios de =2 a 10B !ornadas* mientras que en el anterior +ódi'o la sanción era prisión no mayor de cuatro a4os"
&.3 A+"" &"#$%#(" *A. 115! $a tercera i'ura delicti%a es el aborto consentido* re'ulado en el art" 11=" Este consiste en que el a'ente realia* con el consentimiento de la madre* actos que causan la interrupción del embarao" El aborto si'ue siendo ilcito porque la %ida* aunque embrionaria* no es un bien !urdico del que la madre puede disponer libremente 8>aci'alupo* 1LG* pá'" 129 e)presa J$a pena es atenuada en raón de la naturalea del bien que se da4a? %ida en 'ermen* a.n no lo'rada* ni independiente como la del que está naciendo o &a nacidoK
El consentimiento debe ser serio y e)preso" Al momento de consentir la mu!er debe ser una persona capa" e trata de la capacidad natural* una mu!er menor de edad puede consentir si es suicientemente madura" 7o puede oponrsele la %oluntad contraria de su representante le'al" 7o es %álido* por el contrario* el consentimiento si la mu!er es enerma mental o si su capacidad está 'ra%emente aectada 8alco&olismo* adicción a dro'as9" i el a'ente apro%ec&a que la mu!er se encuentra en uno de estos estados* &a de ser sancionado como autor de aborto no
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consentido 8art" 1169" En caso de creer* equi%ocadamente* que la mu!er &a consentido* se le reprimirá se'.n el art" 1B 8error de tipo o de &ec&o9"
. C"#$'&(-# El aborto se consuma con la muerte del eto e)presa? 8>ramont Arias* 1LGG* pá'" 2G9" e trata de un delito de da4o y no de peli'ro" +uando las maniobras aborti%as producen la e)pulsión del eto* sin causarle en raón de su desarrollo la muerte" $a muerte del eto* momento en que se consuma el delito* puede no coincidir plenamente con la e!ecución de las prácticas aborti%as" $a muerte puede sobre%enir despus de la e)pulsión del %ientre maternoO pero debe ser la consecuencia de dic&as maniobras" i el nue%o ser sobre%i%e a las maniobras* la muerte que lue'o se le produca constituirá &omicidio* atenuado o a'ra%ado se'.n las circunstancias"
. T%#(> En las tres ormas del delito de aborto es actible la tentati%a en sus di%ersos 'rados" e'.n lo &emos e)puesto al estudiar las disposiciones 'enerales* se debe recurrir tanto al aspecto ob!eti%o como sub!eti%o del comportamiento para saber cuándo se da la tentati%a" (e a& que consideremos que la mu!er que es sorprendida en el acto de preparar la poción aborti%a* por más que se compruebe su %oluntad de abortar* no podrá ser sancionadaO pues* su acción es un mero acto preparatorio" Dampoco* puede ser sancionada por el simple &ec&o de &aber proporcionado su consentimiento o de &aber concurrido al local donde se %a practicar el aborto" in embar'o* tampoco es indispensable que se &aya comenado a matar al etoO basta que se realicen actos sica y temporalmente relacionados de manera estrec&a con esta acción"
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J$a tentati%a es reprimida en todas sus ormas y con relación a todas las i'uras de aborto" @ediante la sola interpretación no se puede concluir a la impunidad de la madre que incurre en tentati%aK 8:rado aldarria'a* 1LG=* pá'" LF9" Esta e)cepción debe ser establecida e)presamente"
i la mu!er se somete a prácticas aborti%as* por creerse embaraada sin estarlo realmente* no será punible por alta de idoneidad del ob!eto sobre el que recae la acción delictuosa 8art" 1F9" $o mismo sucede* en caso que la mu!er embaraada utilice medios no idóneos con el ob!eto de interrumpir el embarao" Esto es i'ualmente %álido respecto a los demás tipos delicti%os" En el +ódi'o de 1L2B* estas conductas eran reprimidas a ttulo de delito imposible 8un caso de tentati%a* art" LL9
3. ABORTO PRETERINTENCIONAL *ART 117! Este tipo de aborto implica* como es e%idente el estado de embarao de la mu!er" 7o interesa el momento del embarao en que se encuentra la mu!er" (e all que nuestro le'islador se reiere a que el a'ente e!erce %iolencia sobre la mu!er conociendo su estado de embarao 8sin ser notorio e)ternamente9 o percibindolo directamente 8por ser notorio9" Esto .ltimo* sobre todo* por el pronunciado abultamiento del %ientre materno" $a e!ecución de la acción delicti%a está determinada por la e)presión utiliada por el codiicador? #el que con %iolencia ocasiona el aborto"""# 8art" 11G9" El trmino %iolencia &a de ser interpretado en sentido amplio" +omprende tanto las simples %as de &ec&o* los maltratos sicos 8altas9* las lesiones le%es y las 'ra%es 8delitos9* como las coacciones 8amenaas9" Es decir* el le'islador se reiere a la vis absoluta 8uera sica9 y a la vis compulsiva 8uera moral9"
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E)presa 8oler* 1L69 Una interpretación restrin'ida del trmino %iolencia 8traumatismos* 'olpes* malos tratos y lesiones9* de!ara de lado los casos en que el a'ente amenaa 'ra%emente a la %ctima" in duda al'una* no se trata de un desplie'ue de ener'a sica diri'ida directamente contra la mu!erO sino más bien de acciones a'resi%as idóneas* conorme al estado de la misma* para producir la interrupción del embarao
$a reerencia le'al a la alta de propósito de causar el aborto* e)cluye del todo la orma dolosa" ólo act.a con propósito de obtener un resultado quien consciente y %oluntariamente diri'e su accionar &acia el lo'ro de un ob!eti%o? la muerte del eto* por e!emplo" En el caso pre%isto en el art 11G* no se da esta circunstancia" +on bastante corrección* la +orte uprema &a se4alado* en relación con el art 161 del %ie!o +ódi'o y seme!ante al actual art" 116* que &abiendo tenido el acusado la intención 8dolo9 de causar el aborto* intención acreditada por las palabras que diri'a a la a'ra%iada* y la orma como la 'olpeó en el %ientre* es de reprimirlo como autor de aborto no consentido" As mismo* se pronuncia acertadamente* a pesar que incurre en error al denominar aborto culposo y no preterintencional a la i'ura del art 16B* cuando declara impune al acusado embria'ado y urioso que* al a'redir al marido de la a'ra%iada* propina a sta* i'norando su estado de 'ra%ide* una boetada que la &ace caer al suelo producindose el aborto al da si'uiente" $a i'norancia o desconocimiento del embarao* por parte del a'ente* &ace que el aborto sea impre%isible para l" 7o poda darse cuenta* por lo tanto* de las consecuencias de su acto" Es decir* ni siquiera se le podra reproc&ar &aber actuado con culpa sin
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representación o inconsciente" :ara que se d la culpa o ne'li'encia el resultado &a de ser pre%isible"
CAPÍTULO III ABORTO AGRAVADO
1. MUERTE DE LA MADRE *ART.115 11! 7uestro le'islador &io bien en mantener* en el +ódi'o de 1LL1* la órmula suia que alude* mediante la e)presión #si el a'ente pudo pre%er este resultado# 8arts" 11=* p 2 y 116* p 29* a la culpa del a'ente en relación con el resultado más 'ra%e" u acción está diri'ida a destruir el eto 8aborto doloso9* pero causa la muerte de la madre 8&omicidio culposo9" i esta muerte era impre%isible* debido al estado personal de la %ctima* el a'ente sólo será reprimido por aborto"
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A.n podra ima'inarse que la mu!er alleca a consecuencia de las maniobras aborti%as* pero que el nue%o ser sea sal%ado por su a%anado desarrollo" El delincuente será responsable de &omicidio preterintencional 8por e!emplo* art 11=* p 29 y de tentati%a de aborto 8arts" 11= y 116* p" 29" :or el contrario* si causa* dolosamente* la muerte de la mu!er embaraada 8constándole este &ec&o9* será reprimido por &omicidio y aborto* en concurso ideal de delitos mediante una sola acción se ocasionan dos resultados delicti%os* siendo de aplicar simultáneamente las dos disposiciones le'ales pertinentes 8arts" 106 y 1169 8Hurtado :oo* 1LFL* pá'" =F69 e)presa JEl &omicidio no comprende ni absorbe el abortoK y la pena se impondrá conorme a la disposición que establece la más 'ra%e 8art BG9"
2. ABUSO DEL ARTE O CIENCIA DE CURAR *ART 116! El art" 11F pre% un caso a'ra%ado de aborto* en raón de la naturalea del comportamiento y a la calidad personal del a'ente? persona dedicada a una proesión sanitaria* por e!emplo* #mdicos* obstetra* armacuticos# Además de la pena a que se &a'an merecedores* se'.n el tipo de aborto en que &ayan incurrido 8a.n en caso de aborto cometido por la madre misma9* estas personas serán in&abilitadas para el e!ercicio de su proesión u oicio por no menos de seis meses ni más de cinco a4os" Esta sanción se orienta* en cierta manera* &acia la pre%ención especial" e busca ale!ar al a'ente de una acti%idad que le brinda oportunidades para delinquir y* al mismo tiempo* se intenta prote'er me!or a las personas del peli'ro que representan los proesionales sin escr.pulos" :or esto es que la ley e)i'e* para la aplicación de la in&abilitación* que l comportamiento del #proesional sanitario# implique un abuso de su ciencia o arte Es decir* no basta tener la calidad personal estatuida* ni la comisión ocasional y .nica del aborto"
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E)presa 8Roy Pre%re* 1LG69 )De acuerdo con la ratio legis, la e"presión /para causar el aborto/ no debe ser interpretada restrictivamente %a inhabilitación se aplicar& no sólo cuando el autor es un profesional sanita0 rio, sino tambi$n cuando es partcipe *por e#emplo, cómplice+. %o que prevalece es que su intervención comporte un aprovechamiento y e"plotación inicuos de sus conocimientos especiali!ados y de la confian!a que se le otorga al permitrsele el e#ercicio de la profesión u oficio (el te)to del art" 11F se desprende con claridad que se trata de comportamientos delictuosos cometidos por el proesional sanitario" Este debe recurrir a su capacidad proesional con la inalidad de e)tin'uir la %ida embrionaria o ayudar a destruirla" i no &ace otra cosa que inter%enir para e%itar las consecuencias ne'ati%as de las maniobras aborti%as* no es de aplicación la norma comentada" En este caso* el proesional sanitario puede incurrir en responsabilidad por delito contra la administración de !usticia 8por e!emplo* art" B0F9"
Contrario sensu* tampoco se puede deducir que es permitida toda interrupción del embarao realiada sin abusar del #arte sanitario# (ada la importancia del bien !urdico prote'ido y con la inalidad de e%itar abusos* sólo se !ustiica la inter%ención mdica en caso de aborto teraputico"
ABORTO ATENUANTE $a disposición le'al 8art" 1209* se pre% la impunidad de la interrupción del embarao cuando uera realiada por raón teraputica* eu'ensica o criminoló'ica" in embar'o* sólo es
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mantenido como acto lcito el primer caso y se estipuló* sorprendentemente* sólo la atenuación de la pena respecto a los otros dos casos" #(e esta manera se prote'e el derec&o a la %ida del ser en ormación* amparado constitucionalmente 8art" 2* inc" 19 pues al que está por nacer se le considera nacido para todo cuanto le a%orece#" Esta modiicación de .ltimo minuto es* primero* el resultado de la uerte inluencia de 'rupos de presión partidarios de la protección absoluta de la %ida durante todas sus etapas de desarrollo y* se'undo* un e!emplo de la manera inormal como se redactan las leyes" uien* por di%ersas circunstancias* tiene acceso al te)to le'al puede modiicarlo sin mayor consideración de lo decidido por la +omisión encar'ada oicialmente de redactar la ley" Este %icio se a'ra%a debido a que la unción le'islati%a es dele'ada* recuentemente* al :oder E!ecuti%o* es decir al :residente de la Rep.blica"
$a disposición relati%a al aborto sentimental es imprecisa cuando establece la condición alternati%a reerente a que la %iolación se)ual &aya sido denunciada o in%esti'ada* al menos por la polica" $a acción es pri%ada en los casos de los arts" 1F0* 1F1* 1FB y 1F= del +ódi'o :enal p.blica en los casos más 'ra%es 8la %ctima es un menor o una persona incapa9" i basta la denuncia de parte de la mu!er capa 8en caso de acción pri%ada9* no se comprende por qu es necesario al menos la in%esti'ación policial en caso de los delitos más 'ra%es"
En caso de la indicación eu'ensica* el &ec&o que la madre se entere que el ruto de la concepción adolece de deormaciones sicas o perturbaciones squicas* puede causarle intranquilidad* an'ustia o desesperación que pon'a en peli'ro 'ra%e su salud mental" ituación que puede lle%arla a rec&aar el embarao o empu!arla &acia el suicidio" (e ser este el caso* puede considerarse procedente un aborto teraputico" 7o se tratara por tanto de un caso de aborto eu'ensico9" Asimismo e)presa 8Arroyo Zapatero* 1LG6* pá'" =G9" Ji la perturbación
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mental impide que la madre comprenda el carácter ilcito de su acto o se determine de acuerdo con esta apreciación* estaremos ante una circunstancia de inimputabilidadK
e'.n el art" 120* los comportamientos descritos son ilcitos y punibles 8aunque de manera atenuada9" u carácter contrario al derec&o está determinado por el &ec&o que sólo la %ida o la salud de la madre &an sido consideradas como más importantes que la %ida del eto 8impunidad del aborto teraputico* art" 11L9" Este !uicio ne'ati%o es sin embar'o de poca intensidad* ya que la sanción pre%ista es la pena pri%ati%a de libertad no mayor de tres meses" :ena menos 'ra%e* por e!emplo* que la pre%ista para quien aban dona a una mu!er a la que &a embaraado y que se &alla en situación crtica 8art" 1BL? pena pri%ati%a de libertad no menor de seis meses ni mayor de cuatro a4os y con sesenta a no%enta das-multa9"
1. CIRCUNSTANCIAS COMUNES 1.1 ANTIJURICIDAD El &ec&o que nuestro le'islador se &aya limitado a considerar las indicaciones sentimental y eu'ensica como circunstancias atenuantes en lu'ar de causas de impunidad* &ace necesario pre'untarse qu circunstancias de !ustiicación pueden ser consideradas aplicables" El problema e)iste en la medida en que el conlicto de intereses se da entre la %ida embrionaria y la libertad de la madre" +onlicto que &a sido resuelto aunque incorrectamente en a%or de la primeraO de modo que no podra admitirse la no e)i'ibilidad de otro comportamiento como causa !ustiicante porque* de lo contrario* el art" 120 resultara siempre inaplicable"
1.2 ASPECTO SUBJETIVO 32
El autor debe obrar dolosamenteO en particular con conciencia plena de la situación particular en que act.a? estado del eto apreciado conorme el pronóstico mdico pre%io o el &ec&o que el embarao sea el resultado de una %iolación se)ual y que sta &aya ido* al menos* denunciada ante la autoridad correspondiente" El dolo e%entual es suiciente"
1.3 INTERVECCION MEDICA En raón a que esta disposición constituye* en realidad* un caso de interrupción no punible del embarao que &a sido separado del artculo en que se re'ulaba tambin la indicación mdica 8art" 1209* es de admitir que sólo un mdico puede ser el autor de la in- racción" Esta interpretación encuentra sustento* de un lado* en los ries'os que implica la interrupción del embarao y el ob!eti%o de descartarlos para me!or prote'er a la madre y* de otro lado* tanto en los modelos le'islati%os e)tran!eros y la doctrina que pueden &aber sido tomados en consideración por nuestro le'islador* como en el te)to mismo de la ley" As* por e!emplo* en sta* se dispone* respecto a la indicación eu'ensica* que es indispensable el dia'nóstico mdico pre%io sobre el probable da4o 'ra%e que aecte al eto" i para esta condición mnima la inter%ención mdica es necesaria* con mayor raón lo es respecto al acto más 'ra%e de la interrupción del embarao" ,mplcitamente y de manera incompleta lo supone* en cuanto al aborto sentimental* el requisito que la %iolación se)ual &aya sido al menos denunciada o in%esti'ada" Esto sit.a el caso dentro del marco de una acti%idad le'al"
2. NECESIDAD DE ABORTO $a interrupción del embarao &a de ser el .nico medio para sal%ar la %ida de la madre o e%itar en su salud 8sica o psquica9 un mal 'ra%e y permanente e)presa 8Roy Pre%re* 1LG69
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Es decir* que no &aya posibilidad de eliminar esta situación de peli'ro mediante un tratamiento mdico apropiado para conser%ar el nue%o ser y ale!ar la situación de peli'ro sur'ida en relación con la %ida y la salud de la mu!er"
%a fórmula /mal grave y permanente/ para la salud debe ser comprendida en el sentido de lesión grave en el cuerpo o la salud *fsica o mental+ de la madre, de acuerdo a la definición dada en el art. 121 *delito de lesiones graves+ e)presa 8(ie Ripolle* 1LGL* pá'" 1629
El peli'ro no debe ser* necesariamente* inminenteO al menos no en el sentido del art" 20* inc"=* que pre% el estado de necesidad 8causa de !ustiicación o de inculpabilidad9" >asta que se pronostique cienticamente la posibilidad real del mal uturo que comporta la conser%ación del embarao" (e &aberse requerido la presencia de un ries'o inminente* &ubiera sido superlua la disposición reerente al aborto teraputicoO porque se &ubiera tratado de un caso de #estado de necesidad# 8@u4o +onde* 1LL* pá'" L09 sostiene que #debera elaborarse aqu un criterio Sin dubio pro mullere de!ando que sea la mu!er quien decida* una %e inormada de la 'ra%edad del caso#9"
3. CONSENTIMIENTO El requisito del consentimiento de la mu!er constituye un elemento com.n a todos los casos admitidos en el sistema de las indicaciones" $a no penalidad de quien práctica el aborto 8por raones mdicas* eu'ensicas* criminoló'icas o sociales9 requiere la aceptación %oluntaria de la madre"
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$a ndole y e)tensión del consentimiento deben ser comprendidas en el mismo sentido que el e)plicado con relación al aborto consentido" $a condición básica es que el consentimiento sea %álido" :ara esto* el presupuesto indispensable es que la mu!er sea capa de proporcionarloO es decir* que no est aectada* sica o psquicamente* de modo que le impida darse cuenta de la naturalea de la situación o decidirse correctamente" Ese consentimiento no debe ser obtenido ni mediante coacción ni induciendo en error a la madre" El mdico o mdicos deben e)plicar a la mu!er* con claridad y precisión* la naturalea de la complicación sur'ida en el embarao y el ries'o que representa para su %ida o su salud"
El consentimiento de la mu!er no constituye el undamento de la impunidad del aborto teraputico" 7o se trata de una causa de !ustiicaciónO pues nuestra ley no reconoce al consentimiento la eicacia de eliminar el carácter anti!urdico de una acción que da4a el bien !urdico la %ida" (esde esta perspecti%a* la madre podra ne'arse a dar su consentimientoO sacriicándose a s misma en beneicio del nue%o ser" i bien no tiene la acultad de disponer de la %ida embrionaria* si es titular del derec&o a la maternidad como inters personalsimo 8(ie Ripolle* 1LGL* pá'" 22L9 e)presa? /'n caso de peligro para la vida de la madre, la ley, para la cual la vida de $sta es m&s valiosa, puesto que no la sacrifica for!osamente a la del hi#o, respeta, sin embargo, la decisión de aquella, su derecho, heroico si se quiere, a la maternidad y le reconoce a ella, y sólo a ella, el derecho de optar entre su propia vida y la de su hi#o/.
Ante la imposibilidad de obtener el consentimiento de la madre o de su representante le'al* el mdico deberá inter%enir* de acuerdo con las normas le'ales y ticas de la proesión* de manera conorme a los intereses de la mu!er" Es decir* actuar como si sta le &ubiera coniado su
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persona con miras a un tratamiento mdico" Además deberá de tener en cuenta la opinión de los amiliares más cercanos que tu%iera la mu!er 8padres* marido"""9" Ju inter%ención podra ser amparada* se'.n las circunstancias* por las re'las sobre el estado de necesidad o el cumplimiento de un deber de proesión de acuerdo a las re'las del arte de curarK 8H u rt a d o : o o * 1L F L * p á '" G L 9 " 7o basta in%ocar el cumplimiento de un deber de proesión"
CONCLUSIONES +oncluyo que a tra%s de este traba!o que el aborto es un asesinato de una persona* ya que desde el momento de la concepción el eto es considerado como tal* con derec&os que lo prote'en ante la ley* nos permitió darnos cuenta de que es in!usto condenar a este ni4o no nacido a muerte en caso de %iolación* porque sera condenarlo por el acto de su padre" ,'ualmente que l no es responsable de la situación de su madre* sea cual uere y nada lo pri%a del derec&o a la %ida que tiene como ser &umano* ni siquiera problemas mentales o sicos"
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El aborto %iola el quinto mandamiento 8no matarás9 que (ios nos encomendó para realiarnos como personas" Aparte* si bien al principio se distin'ua una parte de nuestro 'rupo que se encontraba a a%or del aborto* ue a tra%s de este traba!o que descubrimos la %erdad sobre este tema y quedamos realmente con%encidos de que el beb que está en el seno de su madre es una persona" +oincidimos en que los que realian el aborto deben ser !u'ados y casti'ados más se%eramente porque el ni4o que está dentro del %ientre de su madre* es el más indeenso de los seres &umanos y merece más protección por parte de la IusticiaO y que %a en contra de los principios y %alores inculcados por la ,'lesia" Además un istema Iurdico que no es con'ruente con la realidad es absurdoO pero si permite la muerte de un ser indeenso se con%ierte en un &omicida lo cual es sancionado de acuerdo al +ódi'o penal"
BIBLIOGRAFIA
Ab!"# V$%&'( ) *. +2007,. Modernas tendencias de dogmatica penal y politica criminal . LI- I/'-$. A## "'#) L. +1986,. La Indicacion Eugenesica, In Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutence. */. B&#) E. +1983,. Los Delitos de homicidio en el derecho vigente y en el futuro codigo penal. *// D#&-'!"#! &/. B') . +1978,. trafrecht II. *&!:'! B'$#!/''. B-#!" A$) L. +1988,. Delitos contra la vida, el cuerpo y la salud. temas de Derecho !enal ".#. L- B-#!" A$. 37