Naturaleza del responsable sanitario: el titular del registro de medicamentos Alberto Carlo Frati Munari *, María Guadalupe Saleta García Herrera **, Pedro Reyes Ortega *, Cristina Viruega Aranda ****, !erardo Martíne" Vald#s *, Vi!iana $inares $una Parra ***% * Co&it# Cientí'ico de la COFPR(S, ** Presidente de la Asociaci)n Far&ac#utica Far&ac#utica Meicana, *** Asesor de la COFPR(S, **** Coordinaci)n General +urídica y Consulti!a de la COFPR(S% Introducción n la $ey General de Salud se ace re'erencia en !arias ocasiones al responsable sanitario co&o una persona 'ísica -ue garanti"a a la autoridad sanitaria la calidad de sus productos y ser!icios, ya sea en una '.brica de &edica&entos, en una 'ar&acia o en un estableci&iento de ser!icios para la salud% $a responsabilidad es co&partida con los propietarios del estableci&iento% $a respon responsa sabil bilida idad d sanit sanitari aria a del titula titularr del reg regist istro ro de los &edica &edica&en &entos tos -ue se co&erc co&ercial iali"a i"an n en el país país es a&plia a&plia e in!olu in!olucra cra el cu&pl cu&pli&i i&ient ento o de una serie de obligaciones establecidas en la legislaci)n, todas orientadas a garanti"ar la seguridad de las las &e &edi dici cina nas% s% Para Para 'ine 'ines s de esta esta co&u co&uni nica caci ci)n )n se ar. ar. re'e re'ere renc ncia ia a este este co&pro&iso co&o el del responsable sanitario% isten isten algunas algunas corriente corrientes, s, predo&ina predo&inante&e nte&ente nte econ)&ica econ)&icas, s, -ue considera consideran n -ue la 'igura 'igura del responsa responsable ble sanitario sanitario puede represent representar ar un obst.culo obst.culo para la entrada entrada y co&erciali"aci)n de nue!os recursos terap#uticos en nuestro país, sin e&bargo, en M#i M# ico co se a adop adopta tado do esta esta 'igu 'igura ra co&o co&o ele& ele&en ento to prio priori rita tari rio o para para e/er e/erce cerr las las atribuciones -ue tiene la autoridad en la !igilancia de la calidad, seguridad y e'icacia de los &edica&entos% l presente docu&ento pretende 'unda&entar la 'igura del responsable sanitario en nuestro país y su utilidad para garanti"ar -ue la co&erciali"aci)n de &edica&entos no conlle!a conlle!a a un riesgo riesgo sanitario sanitario,, ade&.s ade&.s de 'ortalecer 'ortalecer la acti!ida acti!idad d regulator regulatoria ia de la autoridad% I. Marco jurídico nacional $a $ey General de Salud, en el capítulo (V del 0ítulo 1#ci&o Segundo, establece -ue los &edica&en &edica&entos tos re-uieren re-uieren de registro registro sanitari sanitario, o, reser!a reser!ando ndo epresa&en epresa&ente te a las disposiciones regla&entarias regla&entarias los re-uisitos especí'icos -ue deben ser cu&plidos para la obtenci)n del registro sanitario% Así, Así, el Regl Regla& a&en ento to de (nsu (nsu&o &os s para para la Salu Salud, d, en sus sus artí artícu culo los s del del 234 234 al 256, 256, especi especi'ic 'ica a los rere-uis uisito itos s t#cnic t#cnicos os para para la obtenc obtenci)n i)n del reg regist istro ro sanit sanitar ario io de los &edica&entos, entre los -ue destaca, por ser el &oti!o de este traba/o, el siguiente artículo7
Artículo 168. 8Para ser titular del registro sanitario de un medicamento se requiere contar con licencia sanitaria de fábrica o laboratorio de medicamentos o productos biológicos para uso humano%9 Adicional&ente, y por así pre!erlo la $ey General de Salud, eiste la Far&acopea de los stados :nidos Meicanos, y las ;or&as O'iciales Meicanas <;OMs=, a&bas de obser!ancia obligatoria, -ue especi'ican las características, procedi&ientos y re-uisitos -ue deben cu&plir los &edica&entos% 1e todas estas disposiciones se desprende la necesidad de -ue para la obtenci)n del registro sanitario del &edica&ento, eista un responsable sanitario legal&ente establecido en nuestro país -ue responda 'rente a la autoridad por la calidad del producto, por los e'ectos ad!ersos -ue pudiese llegar a ocasionar el producto, y en su caso, por cual-uier e!entualidad -ue pudiese surgir por alguna contingencia o caso 'ortuito% II. Naturaleza del responsable sanitario l re-uisito anterior signi'ica contar en M#ico con un responsable sanitario con in'raestructura t#cnica, tanto u&ana co&o en instalaciones, para garantizar en el país la seguridad, estabilidad, eficacia y calidad de los medicamentos, tanto de 'abricaci)n nacional co&o de i&portaci)n, ade&.s de responder legal&ente a los e'ectos ad!ersos en el caso de la co&probaci)n del da>o causado por los &edica&entos% A continuaci)n se enu&eran los principales ele&entos de esta responsabilidad de los titulares del registro sanitario7
1. Buenas prácticas de fabricación de medicamentos%
$os estableci&ientos instalados en M#ico son !eri'icados y aprobados por la autoridad sanitaria &eicana, Co&isi)n Federal para la Protecci)n contra Riesgos Sanitarios, &ientras -ue el cu&pli&iento de los instalados en el etran/ero es responsabilidad de la autoridad sanitaria de cada país y del titular del registro sanitario en México% $a Organi"aci)n Mundial de la Salud
os, para constatar el estado de &anteni&iento del cu&pli&iento%
$a !M"#$%"&&'("(%%), Buenas prácticas de fabricación para establecimientos de la industria químico farmacéutica dedicados a la fabricación de medicamentos , es la -ue se cu&ple en nuestro país% Co&o parte de su obser!ancia se encuentran7 a= $a reali"aci)n de pruebas para la constataci)n de la calidad, de acuerdo a la Far&acopea de los stados :nidos Meicanos
aditi!os, y producto ter&inado para ser liberado o aprobado para su distribuci)n% b= *studios de estabilidad a largo pla"o y per&anente en "ona cli&.tica para M#ico, "ona ?, -ue co&prueben la 'eca de caducidad otorgada en el registro sanitario en nuestro país, y el cu&pli&iento de las especi'icaciones de calidad durante su !ida @til en el &ercado% $as especi'icaciones de estas pruebas se encuentran en la !M"#+)"&&'("(%%), *stabilidad de medicamentos% c= $a adecuada conser!aci)n y rastreo de los &edica&entos durante la 'abricaci)n y distribuci)n% n caso de eistir la necesidad de recolectar el producto del &ercado, #sta se debe hacer de manera oportuna, no más de + horas, por e-emplo en reacciones ad.ersas gra.es inesperadas, en problemas de calidad o incumplimiento a las especificaciones de calidad detectados en los estudios de estabilidad % d= Re!isi)n anual de calidad del producto -ue deber. incluir el total de lotes de producto 'abricados, el análisis de tendencia de parámetros críticos de fabricación y de pruebas, control de cambios, informes de estudios de estabilidad, de.oluciones, que-as y retiros de productos del mercado% 6% *studios de intercambiabilidad para los &edica&entos gen#ricos reali"ados en M#ico en poblaci)n &eicana/ !M"(++"&&'("(%%0, 1ue establece las pruebas y procedimientos para demostrar que un medicamento es intercambiable/ 2equisitos a los que deben su-etarse los terceros autorizados que realicen las pruebas/ sta es la e!idencia de -ue los &edica&entos gen#ricos son de la &is&a calidad -ue los &edica&entos inno!adores 'abricados por los propietarios de las patentes, pero a precios accesibles a la poblaci)n% ?% Programa de farmaco.igilancia% l Regla&ento de (nsu&os para la Salud en su artículo ? establece7 83as reacciones ad.ersas de los medicamentos u otros 4nsumos que se presenten durante la comercialización o uso de éstos, las notificadas por los profesionales de la salud, las publicadas en la literatura científica y las reportadas por los organismos sanitarios internacionales, deberán hacerse del conocimiento inmediato de la &ecretaría por el titular del registro, por los distribuidores o comercializadores de los 4nsumos 9, para lo cual se cuenta con la !M"#"&&'("##, 4nstalación y operación de la farmaco.igilancia/ Para &edica&entos nue!os, pre!io a su autori"aci)n, se solicita, e!al@a y aprueba el protocolo de !igilancia -ue se aplicar. al inicio de la co&erciali"aci)n del producto, a 'in de contar con in'or&aci)n oportuna de las reacciones ad!ersas y reali"ar los a/ustes necesarios de &anera oportuna% n caso de co&probaci)n de e'ectos ad!ersos gra!es por el &edica&ento, el responsable del registro sanitario y titular del &is&o, deber. reali"ar las acciones correcti!as y pre!enti!as -ue la autoridad sanitaria le solicite7 ca&bio en la 'or&ulaci)n, en las instrucciones para prescribir, incluso el retiro del producto del &ercado, la re!ocaci)n del registro y, en su caso, la inde&ni"aci)n de los pacientes%
III. Modelo Económico l re-uisito de responsable sanitario puede entenderse co&o un /uego consistente en &ai&i"ar el bienestar del consu&idor de &edica&entos i&portados, cuyo agente es el Gobierno Federal os se!eros al usuario y -ue signi'i-ue el cierre de la e&presa, es igual al !alor presente de los ingresos actuales y esperados de la !ida de la e&presa, así co&o las sanciones i&puestas por los c)digos ci!il y penal, para los directi!os de la planta, ade&.s de responder con su capital para acer 'rente a una contingencia deri!ada de un &edica&ento i&portado% Co&o se puede obser!ar, el &aB&in del /uego selecciona a-uellos cursos de acci)n -ue condu"can a i&portar &edica&entos e'icaces y seguros, a costo cero por tal, el responsable sanitario !igilar. -ue el &edica&ento i&portado cu&pla con los re-uisitos i&puestos por las regulaciones sanitarias de buenas pr.cticas% ste re-uisito i&puesto al i&portador de contar con un agente acti!o, -ue es el responsable sanitario, tiene un costo de !igilancia del responsable sanitario y el i&portador, sin -ue el agente del consu&idor, la COFPR(S, tenga -ue destinar recursos para tal acci)n% I: Marco !urídico "omparati#o Con ob/eto de garanti"ar la seguridad, e'icacia y calidad de los &edica&entos, se ace un an.lisis co¶ti!o con otros países7 Estados $nidos $a Food and 1rug Ad&inistration
Cual-uier &odi'icaci)n -ue se realice al proceso de 'abricaci)n del '.r&aco o del &edica&ento, deber. ser reportada a la F1A, pre!ia&ente a la aplicaci)n del producto -ue se co&erciali"a en los :A, para !eri'icarla nue!a&ente% $as '.bricas de &edica&entos pueden estar en el territorio de los stados :nidos o 'uera de #l, pero en cual-uier caso, deben registrarse en ese país pagando anual&ente el i&porte de D 663,EE :S1, doscientos !eintis#is &il ococientos d)lares a&ericanos, seg@n tari'a de 6EE 2% $as e&presas etran/eras -ue desean co&erciali"ar &edica&entos en los stados :nidos re-uieren de un representante locali"ado 'ísica&ente en su territorio y acreditado ante la F1A% $a solicitud para la aprobaci)n de &edica&entos cost), en el 6EE, D 4?,4EE :S1% n caso de &edica&entos -ue re-uieren pruebas clínicas, por e/e&plo inno!adores, tu!o un costo de D 63,4E :S1 si no re-uieren estas pruebas, por e/e&plo, gen#ricos o de !enta libre, los distribuidores, ade&.s, eigen una garantía de responsabilidad%
"anad% Para co&erciali"ar un &edica&ento en Canad. es necesario tener una 3icencia de *stablecimiento de medicamentos, 3*, otorgada por el inspector de productos de salud y ali&entos del &inisterio canadiense de salud% $a $ se puede otorgar a los -ue se encuentran en Canad. o 'uera de ese país, sie&pre y cuando cu&plan con las buenas prácticas de fabricación de medicamentos 56MP7/ Fuera de Canad., la $ re-uiere de cual-uiera de las siguientes e!idencias de cu&pli&iento de las GMP7 ▪
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Veri'icaci)n por el (nspector de Canad.% Veri'icaci)n por las autoridades reconocidas en el Acuerdo de Reconoci&iento Mutuo os%
$os &edica&entos 'abricados 'uera de Canad. re-uieren ser i&portados por un importador autorizado, -uien ade&.s re-uiere una $, adicional a la de la '.brica etran/era, y ta&bi#n debe cu&plir la parte -ue le corresponde de las GMP% l pago de derecos correspondiente a las $ es anual% $a solicitud de $ para '.brica cuesta de base D 3,EEE d)lares canadienses, &.s cargos adicionales por cada categoría de &edica&entos, por cada 'or&a
'ar&ac#utica y por 'or&as est#riles, con lo -ue la su&a puede alcan"ar '.cil&ente &.s de D 6E,EEE d)lares% Ade&.s, por inspecci)n en el etran/ero el cargo es de D 3EE d)lares y otros D ?EE por cada 'or&a 'ar&ac#utica% 0a&bi#n eiste $ para al&acenes de acondiciona&iento -ue cuesta entre D,EEE y 5,EEE d)lares canadienses% $a $ de i&portaci)ndistribuci)n cuesta D6,4EE d)lares canadienses &.s cargos adicionales por cada categoría de &edica&ento, por cada 'or&a 'ar&ac#utica, por cada 'abricante y por 'or&as 'ar&ac#uticas adicionales de cada 'abricante, alcan"a '.cil&ente entre D 4,EEE a ,EEE d)lares canadienses , 4, 3, % Europa :n producto &edicinal puede estar en el &ercado de la :ni)n uropea con la autori"aci)n e&itida por un stado &ie&bro o por la Agencia uropea de !aluaci)n de Medica&entos, MA% l titular de la autori"aci)n de co&erciali"aci)n de un &edica&ento debe producir en el .rea econ)&ica europea, -ue co&prende los estados de la :ni)n uropea, &.s ;oruega, (slandia y $iectenstein% $as !eri'icaciones del cu&pli&iento de las buenas pr.cticas de 'abricaci)n de los productos 'ar&ac#uticos en uropa pueden ser reali"adas por los inspectores de cual-uiera de los países signatarios de la Con!enci)n de (nspecci)n Far&ac#utica, P(CS, por sus siglas en ingl#s, -ue incluye a los pri&eros -uince &ie&bros del .rea econ)&ica europea, a Australia, Canad., Malasia, Ru&ania y Singapur , 5% &rasil *s obligatorio que un medicamento se fabrique en Brasil en el curso de los tres primeros a8os de aprobación de la patente/ n caso contrario, se per&ite la producci)n por un tercero o la i&portaci)n de la 'uente internacional &.s barata, sin el consentimiento del propietario de la patente/ n opini)n de algunos, esta ley podría utili"arse para pro&o!er -ue las e&presas 'ar&ac#uticas produ"can &edicinas esenciales en Irasil, reduciendo así el costo del ca&bio de di!isas y asegurando el desarrollo de su industria 'ar&ac#utica 2E% . "omentarios sobre la regulación de otros países El sistema adoptado en los E$A Para aplicarse este &odelo en 'or&a si&ilar en M#ico aría 'alta el pago de derecos por lo &enos 24 !eces &ayor al actual, &edica&entos nue!os D ?4,EEE%EE, gen#ricos D64,EEE%EE, la licencia sanitaria para estableci&ientos con giro de '.brica o laboratorio de &edica&entos es de D 2E,EEE%EE tanto el registro co&o la licencia son por tie&po indeter&inado, &as la anualidad de 663,EE :S1, para reali"ar las !eri'icaciones sanitarias de las instalaciones y de las buenas pr.cticas de 'abricaci)n en todo el &undo, ade&.s del seguro anual de responsabilidad%
"anad% Co&bina los dos re-uisitos7 la licencia sanitaria canadiense de '.brica, a@n cuando #sta se encuentre en el etran/ero, con una licencia de estableci&iento en Canad. del i&portador% l costo co&binado de estas dos licencias !a de 5 a 64 !eces &.s -ue en M#ico% Europa $os re-uisitos eigen la producci)n del &edica&ento en un país de la :ni)n uropea% &rasil Fo&enta el desarrollo de una industria nacional, pero si en M#ico se iciera en la &is&a 'or&a sería contradictorio con los con!enios internacionales de respeto a las patentes% M'(ico $a regulaci)n sanitaria &eicana respecto de los &edica&entos, contenida en el artículo 23 del Regla&ento de (nsu&os para la Salud, no a i&pedido el co&ercio de los &edica&entos entre los distintos países, incluyendo Centroarica% Actual&ente eisten en M#ico ?E registros sanitarios de &edica&entos 'abricados en países centroa&ericanos, l Sal!ador, Guate&ala y Costa Rica, y ?3? de países suda&ericanos, Argentina, Colo&bia, Irasil, Cile, Vene"uela, :ruguay, Paraguay y cuador, y en stados :nidos de Arica y uropa se i&portan el ?E J de la de&anda nacional% Por otro lado, debido al constante a!ance tecnol)gico y al &ayor conoci&iento de los riesgos sanitarios deri!ados de la 'ar&aco!igilancia en los @lti&os 4E a>os, la tendencia &undial a optado por &edidas de control &.s estrictas, para -ue se &ini&icen los riesgos en los seres u&anos% sto a logrado -ue organis&os internacionales co&o la OMS e&itan reco&endaciones, a 'in de adoptar &edidas adicionales de control para la protecci)n de la salud en la poblaci)n% 1entro de las estrategias conte&pladas en la Política Far&ac#utica ;acional est. la de iniciar procesos de ar&oni"aci)n de sus registros con los principales socios co&erciales, -uienes an insistido en contar con la seguridad de -ue no se introdu"can al país &edica&entos de terceros países sin cu&plir con las &edidas sanitarias -ue los países con!engan% I. )tros modelos económicos e#aluados :n es-ue&a alternati!o al del responsable sanitario, consiste en -ue directa&ente el i&portador garantice pro!eer &edica&entos e'icaces y seguros al consu&idor en M#ico% Al e'ecto tendría -ue pagar la pri&a de un seguro, o ad-uisici)n de una 'ian"a, cuyo pre&io se destinaría a cubrir los da>os -ue llegaran a causar los &edica&entos i&portados, tanto por su ine'icacia co&o por su inseguridad% n principio, el i&portador ta&bi#n est. su/eto a las leyes ci!iles y penales en caso de contingencias por sus productos%
Co&o se obser!a, el costo para el i&portador es la pri&a del seguro, se presente o no la i&portaci)n de &edica&entos ine'icaces e inseguros% ste !alor es desde luego &ayor al costo cero del /uego ba/o la eistencia del responsable sanitario, cuando no se incluye el costo de la negociaci)n entre el i&portador y el responsable sanitario% 0a&bi#n tiene costos superiores y co&plicaciones para la autoridad por-ue abría -ue calcular el &onto de la pri&a de acuerdo al probable riesgo del &edica&ento i&portado lo cual es co&plicado si no se tiene total conoci&iento de las condiciones de producci)n de los &is&os% Ia/o estas condiciones se concluye -ue el re-uisito de responsable sanitario es una soluci)n superior al del pago de una pri&a de un seguro% Al incluir la negociaci)n entre el i&portador y el responsable sanitario !s% el i&portador -ue ad-uiere un seguro, se puede concluir7 Si se trata de un &edica&ento inno!ador, se &antiene la superioridad del re-uisito de responsable sanitario Si se trata de un gen#rico, puede ocurrir -ue la pri&a 'uese &enor o &ayor -ue la co&isi)n del responsable sanitario, con lo cual no se obtendría una conclusi)n de un es-ue&a contra el otro% Sin e&bargo, el !alor presente potencial de los ingresos actuales y esperados -ue pierde el representante en caso de incu&pli&iento, es &uco &ayor -ue la pri&a del seguro, por lo -ue desde el .ngulo de seguridad y protecci)n a la salud, la 'igura del responsable sanitario induce una &ayor a!ersi)n al riesgo -ue el es-ue&a del pago de una pri&a de un seguro por el i&portador, condici)n -ue es su'iciente, pero no necesaria, para -ue se concluya -ue es pre'erible el es-ue&a con responsable sanitario% Co&o puede ocurrir -ue el punto de soluci)n no es consistente&ente un &inB&a, estaría&os ba/o una situaci)n de segundo &e/or% :n tercer es-ue&a consiste en liberar co&pleta&ente las i&portaciones de los &edica&entos, cero arancel, y certi'icar las plantas productoras de &edica&entos locali"adas en el eterior, co&ple&entado con el llenado de registros otorgados por la autoridad sanitaria en el país de origen% n este es-ue&a, las autoridades sanitarias de otras econo&ías instru&entan acciones regulatorias y de 'o&ento -ue resulten en &edica&entos e'icaces y seguros en su país% Sin e&bargo, no responden por lo -ue ocurra con los &edica&entos 'abricados en su territorio -ue se consu&en en otras econo&ías, co&o es el caso de la F1A en los stados :nidos% Con ello, las sanciones de tipo penal y ci!il se tendrían -ue aplicar en el país receptor de &edica&entos, lo cual di'iculta la instru&entaci)n de sanciones% sta 'alla en la aplicaci)n de sanciones se constituye en incenti!o para eportar lotes de &edica&entos -ue no llenaron los re-uisitos de control de calidad, o -ue son caducos, o -ue no lle!an el ingrediente acti!o, o -ue pro!ienen de terceros países de no reconocidas pr.cticas sanitarias% sto, puede ocurrir a pesar de -ue las autoridades sanitarias &eicanas le ayan otorgado al 'abricante un certi'icado de buenas pr.cticas y cu&plan con los re-uisitos sanitarios de su país de origen% 0a&poco eisten sanciones, 'ian"as o seguros -ue bus-uen resarcir el da>o, en caso de -ue los &edica&entos i&portados acia M#ico sean ine'icaces e inseguros% Sin e&bargo, si el 'abricante de &edica&entos &antiene una cartera de eportaciones de i&portancia relati!a, del total de su &ercado en M#ico, entonces la sanci)n no escrita es -ue pierda el &ercado &eicano, lo -ue signi'ica una caída en ingresos actuales y esperados, constituy#ndose, así, en un incenti!o i&portante para &antener sus est.ndares de calidad y con'or&idad%
sto signi'icaría -ue las i&portaciones de &edica&entos producidos en el eterior, s)lo sean e'ectuadas por productores -ue ayan &ostrado una relaci)n co&ercial estable y satis'actoria desde el .ngulo sanitario lo cual cierta&ente se constituye en una barrera a las i&portaciones, al otorgar tratos pre'erenciales% Ade&.s, los i&portadores -ue se an co&portado ba/o estas condiciones de estabilidad, actual&ente operan ba/o el re-uisito de representante responsable sanitario, lo cual de/a !acío el con/unto de productores del eterior al -ue nos e&os re'erido% ste dise>o, el de la liberaci)n selecti!a, resulta in'erior al del responsable sanitario, ya -ue en este @lti&o el responsable sanitario cubre con su capital las contingencias -ue se llegaran a presentar en M#ico, deri!adas de la i&portaci)n de &edica&entos, lo -ue no se asegura con la liberaci)n selecti!a% II. "onclusiones Co&o se puede !er, en &ateria de salud y particular&ente en relaci)n a la autori"aci)n de &edica&entos, las autoridades sanitarias de todo el &undo son &uy cuidadosas por-ue eiste un ele!ado n@&ero de 'actores -ue pueden alterar las condiciones de e'icacia y seguridad de los productos, i&pactando no s)lo los costos de la atenci)n a la salud, sino -ue ade&.s, ponen en riesgo la salud y la !ida de -uienes los consu&en% Otro punto i&portante es el relati!o al co&porta&iento en poblaci)n abierta de &edica&entos, esto es -ue, para registrar un producto por pri&era !e", inicial&ente se reali"an pruebas para de&ostrar -ue el e'ecto terap#utico de un producto es real, así ta&bi#n -ue no eisten proble&as de toicidad o a'ectaci)n a los genes -ue agan desaconse/able su uso, o -ue no causen e'ectos &etab)licos o de generaci)n de c.ncer a -uienes los consu&an, o -ue los e'ectos asociados a su consu&o no sean tan da>inos o &olestos -ue i&pidan su uso% 1e aí -ue, el responsable de su co&erciali"aci)n debe estar en capacidad de reaccionar al pri&er signo de alar&a, así co&o de contar con un siste&a pro acti!o y pre!enti!o -ue per&ita &onitorear su co&porta&iento a tra!#s de es-ue&as de '.r&aco!igilancia% Por las ra"ones epuestas en este docu&ento, y dado -ue las autoridades sanitarias responsables deben &antener sie&pre un paso delante de los posibles proble&as asociados con productos, -ue por su naturale"a i&plican un riesgo, en M#ico se a optado por &antener el re-uisito de responsable sanitario co&o el es-ue&a &.s con!eniente para garanti"ar la seguridad y e'icacia de los &edica&entos -ue se consu&en en el país% III. &ibliogra*ía
1
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