UNIVERSIDAD CAT CATOLICA OLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
“DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO EN LA EDUCACIÓN”
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y ADMINISTRATIV ADMINISTRATIVAS AS Escuela:
Contabilidad
Asignatura:
Informática Aplicada
Ciclo Académico:
IV “C”
Docente Tutor :
Pa t r i c i aOs or i oPa s c a c i o
Uladec Cat!lica:
Cimbote
Integrantes:
INFORMATICA APLICAD A
"renda Val#erde $o#era
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
%lanilla electr!nica
INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
I&T'(DUCCI)& Como sabemos, el primero de enero de 2008 entró en vigencia el sistema de Planillas Electrónicas, por lo que a partir de la declaración jurada de enero 2008 presentada en febrero 2008 ya no usamos el PD !00 " #emuneraciones sino el PD !0$ " Planillas Electrónicas, %abi&ndose iniciado as' lo que algunos %an denominado ()unati*ación +aboral( Posteriormente, la #esolución de )uperintendencia -. $2/"2008)1- 32/0420085 aprobó la versión $2 del PD !0$ que debió utili*arse a partir del 0$082008 y fue actuali*ada en die* oportunidades +uego, la #esolución de )uperintendencia -. 0/!"2006)1- 32$0220065 aprobó la versión $7 que se utili*ó a partir del 0$072006 y fue actuali*ada seis veces 9s adelante, la #esolución de )uperintendencia -. $/6" 2006)1- 3270420065 aprobó la versión $: utili*ada a partir del 0$082006 y actuali*ada tres veces Despu&s, la #esolución de )uperintendencia -. 028"20$0)1- 3280$20$05 aprobó la versión $/ de uso obligatorio a partir del 0$0220$0 y actuali*ada dos veces; y, la #esolución de )uperintendencia -. $4/"20$0)1- 32!0/20$05 aprobó la versión $! de uso obligatorio a partir del 7$0/20$0 )i bien todo es perfectible, las sucesivas actuali*aciones evidencian que %ay vac'os e inconsistencias que se van corrigiendo en el camino y que sin duda generan contratiempos y sobrecostos a los declarantes 9s recientemente, el 2/$220$0 entró en vigencia la #esolución de )uperintendencia -. 777"20$0)1- 32:$220$05 que aprueba la versión $4 del PD !0$ a efecto de actuali*ar el valor de la #emuneración 'nima de la remuneración o ingreso, y cuya base imponible m'nima mensual no podr9 ser menor a la #emuneración 'nima de la remuneración y cuya base imponible m'nima mensual del aporte a cargo del armador pesquero, ser9 de :: #< vigente el Bltimo d'a del mes Esta versión ser9 empleada a partir del 0$ de enero de 20$$ por los sujetos obligados a presentar la Planilla Electrónica y a declarar las obligaciones que se generen por los conceptos a que se re@ere la #esolución de )uperintendencia -. 20:"2004)1- y normas modi@catorias El arc%ivo INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
uto instalador ntegradorPlanillae?e, as' como las ablas Param&tricas 3ne?o 25 y la Estructura de Datos requerida por los rc%ivos de mportación 3ne?o 75 debidamente actuali*ados se encuentran a disposición de los interesados en la p9gina eb de )unat y el Portal del PE Entre los efectos positivos que tiene la Planilla Electrónica, el PE destaca la eliminación del costo de tramitación y almacenamiento de las planillas y del libro especial de modalidades formativas, la consolidación de obligaciones laborales, la contribución a los @nes de administración de justicia, el fortalecimiento de la inspección de trabajo, la información de calidad para el establecimiento de pol'ticas y legislación ajustada a la realidad, el acceso a los sistemas de seguridad social en pensiones, y los bene@cios para otras entidades como Essalud o la )A)
En cuanto a los aspectos negativos de la Planilla Electrónica, debemos subrayar la falta de claridad de algunos conceptos, los vac'os y las inconsistencias que presenta "feli*mente se vienen corrigiendo a trav&s de las sucesivas actuali*aciones", y un tema m9s de fondo, el universo de sujetos obligados a presentarla, que incluye a las ypes, muc%as de las cuales son empresas de subsistencia que tienen escasa capacidad contributiva y no cuentan con recursos su@cientes para tomar los servicios de un profesional capacitado en este tema, m9s aBn si se considera que la Planilla Electrónica introduce t&rminos de derec%o laboral que si bien son familiares para los abogados laboralistas, no lo son para todos los contadores quienes debemos actuali*arnos en esta materia
Este trabajo pretende ser m9s informativo que cr'tico Con tal propósito compartimos información de inter&s que nos sirva para reali*ar de mejor forma nuestras labores contables, en especial aquellas relacionadas con la Planilla Electrónica
INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
Planilla electrónica DEFINICIÓN: Es el documento llevado a trav&s de los medios inform9ticos desarrollados por la )1-, en el que se encuentra la información formación F modalidad formativa laboral y otros 3practicantes5, personal de terceros y derec%o%abientes partir del $0820$$ la Planilla electrónica tiene dos componentes que son el #egistro de nformación +aboral 3"#egistro5 y la Planilla ensual de Pagos 3P+E5= de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en Le!al"ente, #$% i"&licancia' tiene la Planilla Electrónica &ara la' e"&re'a'(
" Es una obligación laboral formal " Es una obligación de periodicidad mensual " )ustituye a las planillas de pagos y remuneraciones, que son llevadas en libros, %ojas sueltas o microformas " )u llevado %ace que se considere cumplida la obligación establecida en el art'culo :8G de la +ey -. 28/$8, referida a la inscripción de los bene@ciarios de las diferentes modalidades formativas mediante un libro especial y la autori*ación de &ste por el PE " -o requiere ser autori*ada por la utoridad dministrativa de rabajo; se remite directamente a trav&s de aplicativo inform9tico descargado del portal de la )1- y el PE
INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
)$% e*ect+' &+'iti+' ten-r. la Planilla Electrónica( +a Planilla Electrónica tendr9 diversos efectos positivos entre los que se puede destacar=
" Eli"inar. el c+'t+ -e tra"itación -e la' &lanilla' -e &a!+ / -el li0r+ e'&ecial -e "+-ali-a-e' *+r"atia'12 diferencia del libro de planillas 3que debe ser autori*ado por la utoridad dministrativa de rabajo, o por Hueces de Pa* +etrados en los lugares donde no %aya dic%a utoridad5; la planilla electrónica no requiere de autori*ación alguna Ello signi@ca que el costo que representa la autori*ación del libro de planillas 3que %asta la dación de la #esolución inisterial -G 28/"2004"#, vino siendo de $> de la 1nidad mpositiva ributaria F 1, por cada $00 p9ginas; y que a partir de la modi@cación introducida por &sta es de 072> de la 1 por cada $00 p9ginas5, desparecer9 En unidades en que el nBmero de personal es elevado, el efecto de la eliminación de este costo ser9 sumamente importante +o mismo sucede con el libro especial donde se registran los bene@ciarios de las diferentes modalidades formativas Con el llevado de la planilla electrónica, el costo que representa la autori*ación de este documento por la utoridad dministrativa 3que tambi&n ascend'a a $> de la 1nidad mpositiva ributaria F 1, por cada $00 p9ginas; y que por efecto de la #esolución inisterial citada, es de 0!4> de la 1 por cada $00 p9ginas5, se ver9 suprimido " C+n'+li-ación -e +0li!aci+ne' la0+rale'12 +a obligación de llevar libro de planillas, en los t&rminos del Decreto )upremo -G 00$"68"#, y +ibro de odalidades Iormativas, en los de la +ey -G 28/$8, se considerar9 cumplida mediante la presentación de la planilla electrónica s', laboralmente, una sola declaración sustituir9 dos obligaciones que antes deb'an cumplirse de manera separada, generando costos diferenciados a las empresas obligadas " De'a&arición -el c+'t+ &ara al"acena"ient+ *3'ic+ -e la' &lanilla'12 Con el llevado de la Planilla Electrónica, se eliminar9 el costo que genera la obligación de almacenamiento f'sico de documentación s', los obligados a llevar el documento electrónico, no deber9n destinar m9s recursos, f'sicos como %umanos, para la conservación segura de los libros de planillas por el pla*o e?igido por la normativa vigente " C+ntri0$ción a l+' 4ne' -e la a-"ini'tración -e 5$'ticia: re-$cción -e l+' tie"&+ -e &r+ce'+' 5$-iciale'12
INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
+a planilla electrónica contribuir9 a mejorar sustancialmente el servicio de administración de justicia El Poder Hudicial podr9 acceder a la información que le proporcione el inisterio de rabajo y Promoción del Empleo, tanto en el marco de convenios de cooperación, como en el de cumplimiento de mandatos judiciales 3si es que un órgano jurisdiccional requiriese información adicional a la que le fue remitida5, respecto de aquellos datos contenidos en la planilla electrónica que resulten de utilidad para la resolución de las causa que son de su conocimiento El acto revisorio de planillas, y la emisión del informe a partir del mismo, cuyo pla*o m9?imo de acuerdo a la +ey Procesal del rabajo, es de 20 d'as, pero que en la pr9ctica suele implicar un lapso mayor, se ver9 notablemente simpli@cado, contribuyendo a reducir la duración de los procesos judiciales; y con ello, al cumplimiento de unos de los principios que inspiran el proceso del trabajo= el de celeridad " F+rtaleci"ient+ -e la in'&ección -el tra0a5+12 Permitir9 el fortalecimiento de la inspección del trabajo, al posibilitar el tr9nsito de la visita de inspección a una @scali*ación iniciada en el PE Como se sabe, la +ey -G 2880!, +ey Jeneral de nspección del rabajo, %a contemplado como posible medida de investigación la Kcomprobación de datos obrantes en el )ector PBblicoL Esta %erramienta, cuyo empleo en el conte?to actual, tiene alcance limitado; se ver9 potenciada con la entrada en vigencia dela obligación de llevar la planilla electrónica +a @scali*ación laboral se podr9 iniciar, e@cientemente, a partir de la información actuali*ada con la que contar9 la utoridad de rabajo, la que le permitir9, de un lado, dirigir la actividad inspectiva %acia sectores sensibles, y, del otro, que la misma se origine contando con toda la información de lo que ocurre al interior de las empresas comprendidas " In*+r"ación -e cali-a- &ara el e'ta0leci"ient+ -e &+l3tica' / le!i'lación a5$'ta-a a la reali-a-12 El inisterio de rabajo y Promoción del Empleo contar9 con información de calidad para el diseMo de pol'ticas pBblicas Podr9 conocer con mayor detalle los niveles de mano de obra en relación con las actividades empresariales y los ingresos; el grado de terceri*ación e intermediación; identi@car la ine?istencia de trabajadores en el KnBcleo del negocioL; conocer la Kvida laboralL de los trabajadores y prestadores de servicios y la dependencia económica de estos Bltimos " Acce'+ a l+' 'i'te"a' -e 'e!$ri-a- '+cial en &en'i+ne'12 Desde la perspectiva de la seguridad social en pensiones, en el mediano pla*o, la planilla electrónica posibilitar9 que las entidades competentes en la materia evalBen de manera automati*ada e inmediata el cumplimiento de los requisitos e?igidos por los diversos reg'menes pensionarios, procediendo al otorgamiento de pensiones en las situaciones en que resulte procedente este respecto, debe seMalarse que el Decreto INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
)upremo -G 0$8"2004 %a establecido en su art'culo !G, que el inisterio de rabajo y Promoción del Empleo podr9 emitir disposiciones o celebrar convenios con entidades estatales u organi*aciones a @n de proveer la información incluida en la Planilla Electrónica, siempre que no se vulneren las e?cepciones reguladas en el e?to Nnico Ordenado de la +ey de ransparencia y cceso a la nformación PBblica, aprobado mediante Decreto )upremo -. 0:7"2007"PC Entre tales instituciones se encuentran, precisamente, aquellas que tiene a su cargo la administración de los diversos reg'menes pensionarios e?istentes; las que podr9n ser destinatarias de la información de la planilla electrónica " Bene4ci+' &ara +tra' Enti-a-e'12 +a Planilla Electrónica ser9 igualmente de importancia para el cumplimiento de las funciones legalmente atribuidas a Entidades como= El )eguro )ocial de )alud F Es)alud El inisterio del nterior " Dirección Jeneral de igraciones +a )uperintendencia de Aanca, )eguros y IP +a )uperintendencia de Entidades Prestadoras de )alud Para este @n, el inisterio de rabajo y Promoción del Empleo suscribir9 los convenios y emitir9 las disposiciones correspondientes De'-e c$.n-+ e't. i!ente la +0li!ación -e re"itir la &lanilla electrónica(
Est9 vigente a partir del $. de enero de 2008 Esto supone que el primer env'o se efectuar9 en febrero de 2008 informando los registros laborales producidos en el mes anterior 61 )$% e"&lea-+re' e't.n +0li!a-+' a eniar la Planilla Electrónica(
Est9n obligados a llevar la Planilla Electrónica los siguientes empleadores= Q +as personas jur'dicas Q +as personas naturales que cumplan con alguno de los siguientes supuestos=
Cuenten con m9s de tres 375 trabajadores Cuenten con uno 3$5 o m9s prestadores de servicios yo personal de terceros Cuenten con uno 3$5 o m9s trabajadores o pensionistas que sean asegurados obligatorios del )istema -acional de Pensiones Cuando est&n obligados a efectuar alguna retención del mpuesto a la #enta de cuarta o quinta categor'a
INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
engan a su cargo uno 3$5 o m9s artistas, de acuerdo con lo previsto en la +ey -. 28$7$ Rubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de )alud F EP) u otorguen servicios propios de salud conforme lo dispuesto en la +ey -G 2!460, normas reglamentarias y complementarias Rubieran suscrito con el )eguro )ocial de )alud " Es)alud un contrato por )eguro Complementario de rabajo de #iesgo Jocen de estabilidad jur'dica yo tributaria Cuenten con uno 3$5 o m9s prestadores de servicios F modalidad formativa
C$.l e' la +&+rt$ni-a- -e &re'entación -e la Planilla Electrónica(
+a Planilla electrónica deber9 presentarse en los pla*os seMalados en el cronograma establecido por la )1- para la declaración y pago de las obligaciones tributarias de periodicidad mensual C$.l e' la relación entre l+' PDT a-"ini'tra-+' &+r la SUNAT / la Planilla Electrónica(
+a Planilla Electrónica es un obligación laboral formal que legalmente debe ser enviada al PE, pero en virtud del encargo establecido en el Decreto )upremo -. 0$8"2004"#, la )1- lo recibir9 a nombre del PE +os PD vinculados con el impuesto a la renta y las contribuciones sociales, de las personas que generan rentas de cuarta y quinta categor'a, respectivamente, son obligaciones tributarias formales que por ley deben remitirse a la )1- -o obstante esta diferencia jur'dica, relevante para efectos de determinar ante qu& entidad se est9 cumplimiento la obligación, se %a diseMado un solo aplicativo inform9tico cuyo env'o tendr9 por efecto legal el cumplimiento de ambas obligaciones referidas; la obligación laboral formal y la obligación tributaria formal )$% '$ce-e 'i $n -eclarante -e5a -e tener la' c+n-ici+ne' #$e l+ c+l+car+n -entr+ -e la +0li!ación -e $tili7ar la Planilla electrónica(
1na ve* adquirida la obligación de utili*ar la Planilla Electrónica, deber9 seguir emple9ndose este medio aBn cuando ya no se cumplan las condiciones establecidas para estar inicialmente comprendido en la obligación Esta lógica es la misma que informa el uso de los dem9s Programas de Declaración elem9tica F PDs )$% '$ce-e 'i en $n &eri+-+ 'e -e5a -e c+ntar c+n tra0a5a-+re'( Se -e0e 'e!$ir &re'entan-+ la Planilla Electrónica( INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
En t&rminos generales, la obligación de presentar la Planilla electrónica se mantiene en tanto el declarante no %aya comunicado a la dministración la baja de los conceptos tributarios y no tributarios que se declaran a trav&s de dic%o medio La' enti-a-e' -el E'ta-+, c+"+ el !+0iern+ central, l+' !+0iern+' re!i+nale' + l+' !+0iern+' l+cale', e't.n +0li!a-a' a &re'entar la Planilla Electrónica(
)' Entre los empleadores obligados a presentar la Planilla Electrónica se encuentran todas las entidades del )ector PBblico -acional, inclusive aqu&llas a las que se re@ere el Decreto )upremo -G 024"200$"PC, e?to Nnico ctuali*ado de las -ormas que rigen la obligación de determinadas entidades del )ector PBblico de proporcionar información sobre sus adquisiciones, y respecto de cualquier trabajador, servidor o funcionario pBblico, bajo cualquier r&gimen laboral, y de sus prestadores de servicios )$% '$ce-e c+n a#$ell+' e"&lea-+re' #$e ten!an -ier'+' centr+' -e tra0a5+(
En el caso de empleadores que tengan diversos centros de trabajo, su registro y env'o se reali*a en un solo acto, no pudiendo reali*arse diferentes env'os por cada centro de trabajo o categor'as de trabajadores En caso de grupos de empresa, la planilla electrónica se lleva por cada persona jur'dica que la integra Si la Planilla Electrónica '$'tit$/e a la' &lanilla' *3'ica', #$% +c$rrir. c+n la' 0+leta' -e &a!+(
+a obligación de entregar la boleta de remuneraciones al trabajador se mantiene, en los t&rminos del Decreto )upremo -G 00$"68"# Ello implica que, con prescindencia del llevado de la Planilla Electrónica, los empleadores deber9n cumplir con entregar el original de la boleta al trabajador a m9s tardar el tercer d'a %9bil siguiente a la fec%a de pago Entre las funcionalidades de la Planilla Electrónica se encuentra la emisión de una boleta de pago en base a la información registrada +os empleadores podr9n optar por utili*ar dic%a boleta o seguir emiti&ndola a trav&s del medio que lo %an venido %aciendo En caso de utili*arla, deber9n tener en cuenta lo siguiente= " Podr9n %acerlo sólo cuando la periodicidad del pago sea mensual; y siempre que el periodo de pago coincida con el inicio y el @n del mes calendario
INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
" Con relación al nBmero de %oras de trabajo en el periodo, la boleta debe reSejar de manera e?acta el contenido del registro de control y asistencia El contenido de la boleta generada a partir del aplicativo, constituye un referente de la información m'nima que debe contener las boletas emitidas por otros medios RE8ISTRO DEL PRESTADOR DE SERVICIOS 9 MODALIDADES FORMATIVAS: )$% 'e c+n'i-era $n &re'ta-+r -e 'erici+' 9 "+-ali-a-e' *+r"atia'(
Es la persona natural que presta servicios bajo alguna de las modalidades formativas reguladas por la +ey -G 28/$8 o cualquier otra ley especial )$% in*+r"ación -e0e -eclarar'e en el r$0r+ Fec;a -e inici+ + reinici+<(
Debe declararse la fec%a en que de manera efectiva la persona %a iniciado la prestación de servicios; con prescindencia de la fec%a en que fue suscrito el convenio C$an-+ 'e &r+-$ce el ce'e -e &er'+nal 0a5+ "+-ali-a-e' *+r"atia' có"+ -e0e ;acer'e la -eclaración en la Planilla Electrónica( )$% ti&+ -e e=tinción -el c+ntrat+ 'e -e0e re!i'trar(
De acuerdo a la tabla $4, debe asimilarse las modalidades de e?tinción a las all' consignadas Por ejemplo= la resolución unilateral del empleador debe asimilarse como despido, el cumplimiento del pla*o como vencimiento del pla*o contractual, la decisión del prestador de servicio de no continuar sus actividades como renuncia, etc S+0re el ;+rari+ n+ct$rn+1
El aplicativo solicita información respecto a desarrollo de la modalidad formativa en %orario nocturno En caso de marcarse la respuesta positiva 3K)'L5, deber9 considerarse que la reali*ación de actividades formativas en dic%o %orario requiere autori*ación de la utoridad dministrativa de rabajo al autori*ación es procedente siempre y cuando ello no perturbe la asistencia al Centro de Iormación Profesional o al Centro Educativo, y resulte necesario para cumplir con la @nalidad formativa Para su obtención, la empresa debe presentar a la utoridad una declaración jurada en la que seMale e?presamente que cuenta con una jornada y INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
%orario de trabajo nocturno y que el desarrollo de la actividad formativa en ese %orario resulta necesaria para cumplir con la @nalidad formativa Para sustentar que el %orario y jornada nocturna formativa no perturba la asistencia al CIP o al Centro Educativo, la declaración jurada deber9 especi@car claramente cu9l es el %orario y jornada nocturna que cumple el bene@ciario en la empresa, y el %orario de formación que reali*a en el CIP, de manera tal que entre el @n de la jornada nocturna y el inicio de la jornada formativa en el CIP medie un per'odo de tiempo no menor a oc%o 385 %oras +os adolescentes no pueden reali*ar actividades en ninguna de las modalidades formativas laborales en %orario nocturno E?cepcionalmente, el Hue* puede autori*ar la reali*ación de actividades de las modalidades formativas laborales en %orario nocturno, a partir de los $/ aMos %asta que cumplan $8 aMos, siempre que &ste no e?ceda de cuatro 3:5 %oras diarias RE8ISTRO DEL PERSONAL DE TERCEROS: )$% 'e c+n'i-era &er'+nal -e tercer+'(
Componen esta categor'a los trabajadores o prestadores de servicios, que son destacados o despla*ados para prestar servicios en los centros de trabajo, establecimientos, unidades productivas u organi*ación laboral de otro empleador, independientemente del %ec%o de que ambos mantengan un v'nculo jur'dico Por tal ra*ón, se encuentran comprendidos tanto aquellos trabajadores o prestadores que son despla*ados para actividades que en el normativo vigente, encuadren en la de@nición de intermediación laboral; como para aquellas que se desarrollan en virtud de v'nculo jur'dicos de otra naturale*a, siempre que ellos involucren un despla*amiento de personal C$.n-+ el &er'+nal -e tercer+' -e0e 'er -eclara-+ en la Planilla Electrónica(
+a declaración del personal de terceros en solamente debe efectuarse cuando el declarante %aya asumido el pago del )eguro Complementario de rabajo de #iesgo l respecto, debe considerarse que de acuerdo al art'culo /G de las -ormas &cnicas del )eguro Complementario de rabajo de #iesgo, aprobadas por Decreto )upremo -G 007"68"), las entidades empleadoras que contraten obras, servicios o mano de obra proveniente de entidades de intermediación laboral, contratistas y subcontratistas, as' como toda institución de intermediación o provisión de mano de obra que destaque personal %acia centros de trabajo donde se ejecuten las actividades de riesgo previstas en el referido ane?o / del Decreto )upremo -G 006"64" ), se encuentran obligadas a veri@car que todos los INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
trabajadores destacados a su centro de trabajo, %an sido debidamente asegurados, debiendo, en caso contrario, contratar el seguro por cuenta propia a @n de garanti*ar la cobertura de dic%os trabajadores, bajo pena de responder solidariamente con tales empresas proveedoras frente al trabajador afectado, al )eguro )ocial de )alud y a la O@cina de -ormali*ación Previsional, por las obligaciones que se deriven +a información m'nima de la Planilla Electrónica incluye datos vinculados al #1C del empleador que destaca o despla*a personal de terceros, a la base de c9lculo para el )eguro Complementario de rabajo de #iesgo F )C#, el establecimiento y la tasa asociada a dic%o establecimiento IV1 ASPECTOS SOBRE LA INFORMACIÓN MENSUAL DE LOS TRABA>ADORES, PENSIONISTAS, PRESTADORES DE SERVICIOS Y PERSONAL DE TERCEROS12 De0en re!i'trar'e 'ól+ la' re"$neraci+ne' &a!a-a' + ta"0i%n a#$ella' #$e n+ 'e ;a &a!a-+ en la +&+rt$ni-a- -e &a!+ e'ta0leci-a(
)e deben registrar las remuneraciones pagadas 3percibidas por el trabajador5 y las devengadas a favor de &ste +as remuneraciones pagadas son aquellas efectivamente abonadas al trabajador dentro del mes calendario de registro +as remuneraciones no pagadas, son aquellas que debieron pagarse en el mes calendario de registro, y que no %an sido canceladas; cualquiera fuere el motivo por el que dic%a falta de abono se %a producido El formato de la planilla electrónica permite el registro diferenciado de las remuneraciones devengadas y las efectivamente pagadas La Planilla Electrónica reali7ar. c.lc$l+' -e a&+rte', tri0$t+' + 0ene4ci+' '+ciale' + ca-a e"&lea-+r reali7ar. el c.lc$l+ c+rre'&+n-iente &ara -e'&$%' -eclarar ?c+"+ act$al"ente 'e reali7a el PDT @@@(
Cada empleador debe reali*ar el c9lculo correspondiente para despu&s declarar la información en la Planilla Electrónica, tal como ocurre actualmente con el PD !00 +a Planilla Electrónica sólo calcula de manera autom9tica los conceptos tributarios y no tributarios que se detallan en el cuadro siguiente= Có-i!+ Tri0$t+ + c+nce&t+ De'cri&ción
INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
/2$0 E))+1D " +ET 2!460 "I+ #EJ1+# /222 E))+1D F )EJ1#O J##O /278 E))"#A PE)U +ET 28720 /2:2 E))+1D " +ET 2!460 F #EE-CO-E) /7$0 O-P "+ET $6660 /08$ E)"C1E- P#OP 70:2 #E-": CEJ"#EE-CO-E) /2$$ 3Q5 E))+1D")C# /2$: 3Q5 E))+1D V <D /:$0 3Q5 E)) " IO-DO DE#ECR)OC#) Al -eclarar in*+r"ación la0+ral c+"+ tri0$taria "e-iante la &lanilla electrónica, e=i'te la &+'i0ili-a- -e -i'cri"inar la re"$neración a*ecta a car!a' '+ciale' -e la #$e n+ l+ e'(
+a información laboral y tributaria a declararse de manera mensual, se registrar9 en base al contenido de la abla -G 22, ngresos, tributos y descuentos, aprobada por # -G 2/0"2004"# Para cada uno de los ingresos contemplados en dic%a tabla, se %a de@nido la afectación correspondiente En caso el declarante abone conceptos distintos a los e?presamente previstos, podr9 utili*ar los rubros KOtros conceptosL 3$00$ a $0205 Para ello deber9 ingresar a la opción Kantenimiento de conceptosL de manera previa al llenado de la declaración mensual, desde donde podr9 %abilitar los otros conceptos que abone, eligiendo la afectación que corresponde a cada uno de ellos gualmente deber9 proceder en caso de e?istir divergencia sobre la afectación de los conceptos contenidos en dic%a tabla; eligiendo la afectación correspondiente El ejercicio de esta opción, al igual que la del p9rrafo anterior, no enerva la posibilidad de que las utoridades de rabajo yo ributaria determinen algo distinto en el ejercicio de su potestad @scali*adora Có"+ -e0e ;acer'e la -eclaración -e in!re'+', trat.n-+'e -e tra0a5a-+re' #$e &erci0en $na re"$neración inte!ral(
En la tabla param&trica -. 22 Kngresos, tributos y descuentosL, aprobada por #esolución inisterial 2/0"2004"#, se encuentra previsto el código 0$2/ K#emuneración integral anual F cuotaL, concepto que %a sido considerado afecto a todos los tributos y retenciones En la medida que la remuneración integral puede comprender conceptos remunerativos y no remunerativos 3afectos y no afectos, respectivamente5, el código en referencia debe ser empleado Bnicamente para registrar los conceptos que se encuentren afectos a dic%os tributos y retenciones; debiendo los conceptos infectos ser registrados en el rubro que les corresponda s' deber9 procederse, por ejemplo, con la compensación por tiempo de servicios, cuyo código es el 060:, la que INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
deber9 ser registrada de manera diferenciada de la cuota mensual de la remuneración integral S+0re el &eri+-+ a -eclarar )$% '$ce-e c+n a#$ella' e"&re'a' en la' #$e el cierre "en'$al -e &lanilla' 'e &r+-$ce ante' -el enci"ient+ -el "e' calen-ari+(
El art'culo :G del D ) -. 08"2004"# establece, como regla, que la presentación mensual de la Planilla Electrónica debe contener la información correspondiente al mes calendario precedente a aqu&l en que vence el pla*o para dic%a presentación segBn el cronograma que estable*ca la )1-; pero tambi&n %a previsto la posibilidad de que el empleador utilice una fec%a de inicio y cierre mensual de la Planilla Electrónica distinta al primer y Bltimo d'a de ese mes En tal caso, la información declarada es atribuida al mes calendario precedente a aquel en que vence el pla*o para la presentación, siempre que la fec%a de cierre corresponda a dic%o mes; y que el pla*o entre la fec%a de inicio y cierre mensual de la Planilla Electrónica que utilice el Empleador no e?ceda de 7$ d'as calendario
C(&C*U+I)& Los empleadores requieren una mayor información y conocimiento sobre
los aspectos laborales de la planilla electrónica. Con las nuevas exigencias de la planilla electrónica se facilitan las
inspecciones laborales y por ende un mayor control de la informalidad y el cumplimiento correcto de las obligaciones laborales. En los procesos laborales cuyo periodo demandado sea a partir de enero
de 2008, ser ms dif!cil encubrir información de !ndole laboral. "eneración de mayores capacidades de los entes fiscali#adores.
INFORMATICA APLICAD A
2015
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
$ntegración del sistema de inspección con los sistemas de fiscali#ación de
otras entidades del &'()*
Estado% lineamientos compartidos con la
+criterios comunes para procedimientos de fiscali#ación y
de sanción.
Organi*ación centrali*ada de )1- Organi*ación descentrali*ada del PE
'E,E'E&CIA "I"*I(-'.,ICA
-ttp%grimaldoc-ongvasque#/0.blogspot.com200/planilla1electronica1preguntas.-tml -ttps%btpucp.pucp.edu.pep1contentuploads203045resentaci6C767n1capacitaci 6C767n19":5CL.pdf
INFORMATICA APLICAD A
2015