ABOGACIA EXÁMENES-PARCIALES-FINALES 1. ¿Tengo que inscribirme para rendir un examen parcial? Rta. Una vez que realice la Declaración Jurada de Materias a Cursar a través del SAG,
I.
debe presentar el comprobante de la transacción en la Sede, de lo contrario NO aparecerá en el listado de alumnos para rendir el examen parcial. Recuerde que la Inscripción a las materias se realiza dos veces al año, al inicio de cada semestre.
2. ¿Cómo se regulariza la asignatura? Rta. Aprobando los exámenes parciales. En el caso de las materias que se cursan online, la regularidad se obtiene aprobando los niveles y el trabajo final.
3. ¿Cuántos parciales tiene la materia? Rta. Las materias anuales tienen dos exámenes e xámenes parciales y un recuperatorio, las semestrales tienen un parcial y un recuperatorio.
4. ¿Cuándo se rinde el primer parcial? ¿Cuándo se rinde el segundo parcial? ¿cuándo se rinde el recuperatorio? Rta. El cronograma de parciales se publica en la página web de la Delegación www.ucasalvm.com.ar
5. ¿Qué unidades comprende el primer parcial? ¿Qué unidades comprende el segundo parcial? ¿qué unidades comprende el recuperatorio? ¿son las mismas unidades que las del Parcial? Rta. Las unidades comprendidas en los parciales y recuperatorios son publicadas en la página web de la Delegación www.ucasalvm.com.ar
6. ¿Cuánto tiempo dura el parcial? Rta. Depende de lo indicado indicado por cada Cátedra. Debe estar señalado en las consignas consignas del examen, de lo contrario, contrario, dura dos horas.
7. Si no hice el parcial ¿puedo hacer el recuperatorio? Rta. De acuerdo a lo establecido por la Cátedra en las condiciones de regularidad pueden existir dos situaciones: -SI: siempre y cuando tenga en ese momento posibilidades de regularizar. Ej: para regularizar se requiere la aprobación de dos de tres parciales, se podrá ir a la instancia de segundo y tercer parcial aún sin haber estado presente en la primera. -NO: en el caso de que ya no tenga posibilidades de regularizar. Ej. El alumno tiene el primer parcial desaprobado y en el segundo estuvo ausente.
8. ¿Hay que enviar las actividades que están en los módulos? ¿Las actividades que están en los módulos son obligatorias? Rta. NO, las actividades de los módulos son de autoevaluación: son útiles para saber si estoy comprendiendo los temas y como consecuencia surgen preguntas para hacer en el foro al profesor. No deben ser enviadas al profesor, salvo que lo indique expresamente. II.
RESULTADOS DE LAS EVALUACIONES 1. ¿Cuándo estarán las notas de los parciales? Rta. Si el Parcial es ESCRITO EN SEDE, recuerde que las demoras normales propias son de 10 (diez) días hábiles, en promedio entre fecha en la que rinde y la fecha de devolución de
nota. Superado ese tiempo por favor, enviar un mail a la Coordinadora
[email protected] Si el PARCIAL es ON-LINE, la fecha promedio de corrección está entre los 7 y los 15 días. Superado ese tiempo por favor, enviar un mail a la Coordinadora
[email protected] Si el parcial es multiplechoice, podrá visualizar el resultado en horario de la noche, al cerrar la franja horaria. Si el parcial está organizado en más de un día, al cerrar la franja horaria del último día.
2. ¿Dónde puedo ver el resultado de mi examen? Rta. Puede consultar las notas de sus exámenes:
FINALES: en la página web de la Delegación www.ucasalvm.com.ar ó en su Ficha
Académica Parcial en el SAG PARCIALES en la página web de la Delegación www.ucasalvm.com.ar
3. ¿Cómo hago para que me revisen mi parcial o final escrito? Creo que el profesor no me corrigió bien. Rta. Debe cumplir con lo especificado en el Instructivo para Revisión de Exámenes. -Solicitar una copia de su examen escrito en su Sede, completar el formulario de revisión de examen parcial, el cual solicitará en la Delegación y entregar a la Coordinadora para que lleve adelante su trámite.
III.
ADMINSTRATIVOS ACADEMICOS (REGLAMENTACION VIGENTE) 1. ¿Con que puntaje o calificación se aprueban los finales y parciales? Rta. Según la RR 044/04 (Reglamento del Alumno a Distancia), Art. 48, “ La calificación final de cada asignatura se hará por notas de 0 (cero) a 10 con los siguientes valores a través de una escala de 0 (cero) a 10, con los siguientes valores: 0, reprobado; 1, 2 y 3, insuficientes; 4 y 5, aprobado; 6 y 7, bueno; 8 y 9 distinguido; 10 sobresaliente” . No obstante ello, el Art. 49 dice: “ La calificación 4 (cuatro) es suficiente para aprobar estrictamente una materia, sin considerarse obligado a repetirla, pero no lo es en cuanto índice general del trabajo del estudiante en la universidad, para proceder a su graduación. Este último no puede quedar debajo de 6 (seis), puesto que esta Casa de Altos Estudios mantiene el criterio de los líderes de la comunidad, como han de ser los profesionales universitarios, no pueden contentarse con una marca mínima de suficiencia en todas las materias de su carrera sino que esas notas bajas, deben compensarse con otras de excelencia”. Con respecto a la nota de los Parciales, en el marco de la libertad de cátedra, el docente puede ponderar la nota 4 (cuatro a un porcentaje de aprobación). Ejemplo. Puede señalar que para aprobar (es decir obtener un 4), debe resolver el 60% de la evaluación.
2. ¿Las carreras cuentan con validez nacional otorgada por el Ministerio de Educación? Rta. Todas las carreras de la UCASAL han sido aprobadas por el Ministerio de Educación de la Nación y por lo tanto, tiene validez en todo el territorio de la república Argentina.
3. Si tengo una materia aprobada en otra universidad ¿puedo solicitar Equivalencia? ¿puedo enviar el programa con el que la cursé? ¿me anticipan algo? ¿qué documentación necesito presentar y dónde debo enviarla? Rta. Está especificado en el Reglamento de Alumnos (RR 044/04 art 63 a 70) que dice textualmente:
XI . Del rég imen las equivalenci as Art. 63: Podrán solicitar equivalencias los alumnos que hayan cursado y aprobado una o más asignaturas en instituciones de nivel superior no universitario o universitarias, pertenecientes al sistema educativo nacional, o bien, una o más asignaturas correspondientes al plan de estudio de alguna carrera de esta universidad. Art. 64: Será condición previa para la presentación del pedido de reconocimiento de los estudios cursados y aprobados a que se refiere el artículo anterior, la inscripción del solicitante como alumno. Art. 65: Los alumnos inscriptos en una carrera que aspiren a obtener el reconocimiento de la validez de estudios cursados en otra carrera, deberán: a) Dirigir una nota de solicitud a la autoridad de la Unidad Académica en la que se encuentre inscripto; b) Acompañar certificado analítico de estudios en original y los programas analíticos certificados por autoridad competente, de la correspondiente Unidad Académica. Art. 66: En caso de referirse a estudios aprobados fuera de la universidad, los alumnos deberán presentar: a) Una nota de solicitud dirigida a la autoridad de la Unidad Académica en la que se encuentre inscripto; b) Certificado analítico de materias y notas debidamente legalizado por la institución que lo expide, con aclaración de número de acta, folio y libro en la que se encuentran registradas las notas y los programas analíticos también legalizados. Art. 67: Cuando se tratare de estudios aprobados fuera de la universidad, se podrá conceder equivalencias hasta el 65% del total de las asignaturas que integran el plan de estudio de la carrera que cursa el solicitante. Cuando se produzca dicha situación, el postulante indicará por escrito, las asignaturas que opta para ser reconocidas por equivalencia. Art. 68: En las Unidades Académicas se formará un expediente por cada presentación y se girará al profesor de idéntica o similar asignatura por la que se solicita equivalencia, para que se expida según el criterio de similitud de contenidos curriculares, carga horaria de los estudios, habida cuenta de la bibliografía que integra el programa. Art. 69: El Profesor puede dictaminar: a) Otorgando la equivalencia; b) Otorgando equivalencia parcial, y exigiendo una prueba sobre determinados puntos del programa, la que rendida con resultado satisfactorio, produce los efectos de la equivalencia total; c) Denegando el pedido; d) Otorgando la regularidad. Art. 70: Cuando se otorgare equivalencia por alguna materia, la nota corresponderá a la de origen. Cuando la equivalencia resultare de dos o más asignaturas, la nota será el resultado del promedio. Si el promedio diera un número entero con decimales, hasta 49 se consignará la unidad anterior y desde 50 en adelante se consignará la unidad numérica siguiente. Cuando la escala de calificaciones fuere conceptual, se solicitará a la institución de origen su transformación en escala numérica para su incorporación en la resolución respectiva y su registro en actas.
4. Presenté la carpeta de equivalencia por una materia, aún no tengo respuesta ¿a quién debo consultar? Rta. La carpeta de equivalencia tiene un tratamiento a nivel del Depto de Alumnos y de la Facultad, si Ud. no ha recibido desde la Facultad la notificación del dictamen del
docente, por favor diríjase al Coordinador Académico de Distancia de su Facultad, Cra. María Lorena Soria:
[email protected] y a la Coordinadora de la Delegación
[email protected]
5. Me dieron la materia con equivalencia parcial, ¿qué temas debo rendir? ¿Cómo y cuándo rindo? ¿Cómo me entero si aprobé? ¿Hasta cuándo puedo rendirla? Rta. Al momento de dictaminar sobre la equivalencia, se emite una Resolución de
Decanato, allí se indican los temas, unidades que debe rendir (cuando le otorgan una equivalencia parcial). Rinde únicamente en las fechas de exámenes finales Debe registrar inscripción en el SAG. No se registra en acta. Tiene un temario específico. Su calificación se informa a través de la facultad a su sede. Puede rendirla mientras es alumno.
6. Aprobé una materia en una carrera y debo cursar la misma en la nueva carrera que curso, ¿puedo pedir equivalencia por esa materia? Rta. SI, puede tramitar la equivalencia. 7. ¿Se paga para rendir los finales? Rta. NO, no se paga para rendir ningún examen ni final ni parcial, salvo que Ud. deba rendir Crédito por Examen (Libre).
8. ¿Se pueden rendir materias libres sin haberla cursado? ¿cómo es el examen?¿hasta cuándo tengo tiempo de inscribirme? Rta. En la UCASAL no existen materias libres, se denomina “sistema crédito por examen”. SI puede rendir por este sistema una materia que no haya cursado. En la modalidad el examen puede tener un temario diferenciado específico. En las materias que deben evaluarse aspectos prácticos puede que el docente establezca criterios diferenciados. Esto estará especificado en el programa de la materia. Recuerde que:
Debe inscribirse 6 (seis) días hábiles antes (sin contar la fecha del examen), abonar el arancel correspondiente y cumplir con las correlatividades. Tiene un tope de materias a rendir por crédito por examen por carrera del 20% Solo puede rendir libre una vez cada materia, salvo que sea última materia y que se le permite libre por 2da vez.
9. Regularicé la materia hace un año ¿con que programa rindo? Rta. La regularidad de una materia dura 2 años, mientras dure la misma se rinde con el mismo programa con el que se regularizó. Si existieran cambios de contenidos por reformas, la UCASAL deberá comunicarlo.
10. ¿Cuándo cargan los turnos? ¿cuándo se habilitan las materias para rendir? Rta. Los cronogramas se cargan en el SAG y en la página web de la Delegación al menos un mes antes de las fechas, según calendario. A partir de ese momento ya está habilitada la inscripción para rendir. Ud. debe inscribirse por el SAG hasta 48 hs antes de la fecha del examen (sin contar el día del examen).
11. Mi regularidad aún no está cargada ¿cómo hago? ¿a quién consulto? Rta. Si no tiene cargada la regularidad de alguna materia en el SAG, puede enviar un mail a la Coordinadora de a
[email protected].
la
Delegación
[email protected]
y
12. No me sale una materia para anotarme a final y la tengo regular ¿cómo hago? ¿a quién consulto? Rta. Por favor, envíe un mail a la Coordinadora de la Delegación
[email protected] y a
[email protected].
13. El SAG no me habilita a inscribirme a finales, pero a mis compañeros sí ¿cómo hago? ¿a quién consulto? Rta. Ante este tipo de dificultades por favor envíe un mail a la Coordinadora de la Delegación
[email protected] y a
[email protected]
14. ¿Dónde y cuándo se rinden los exámenes finales? Rta. Los exámenes finales se rinden presenciales en la sede. Las fechas las debe consultar la página de la Delegación o en el SAG accediendo a la transacción “CONSULTA DE CRONOGRAMAS DE TURNOS”.
15. ¿Puedo rendir final o parcial en otra Sede? Rta. El Reglamento indica en el Art. 142 que “ No se autorizarán en ningún caso para exámenes finales” . Sin embargo si hubiera alguna situación justificada puede solicitar una excepcionalidad. Por ejemplo razones de traslado laboral temporal, deberá gestionar mediante mail a su Sede y a su Facultad la solicitud, con la suficiente antelación, adjuntando los certificados correspondientes, a los efectos de poder coordinar las acciones necesarias. El Art. 143 prevé para el caso de exámenes parciales que “se podrán autorizar solo 2 (dos) veces al año, por razones justificadas, acreditadas y presentadas con 10 días de antelación a la fecha del examen. Las solicitudes deben ser presentadas a la Coordinación Operativa del SEAD ”.
16. ¿Los finales son presenciales? ¿escritos u orales? Rta. Los finales son presenciales y orales, en el caso que el docente tenga alguna dificultad para asistir el día del examen, el mismo será escrito.
17. Promocione filosofía/teología/doctrina, ¿cómo hago para que carguen mi nota? Rta. Para registrar las notas de una materia promocionada debe registrar inscripción por el SAG, como para rendir un examen final, de esta manera sale en acta y allí se registran las calificaciones.
18. ¿Qué son los turnos especiales? Rta. En los turnos especiales tendrán lugar en los siguientes períodos: del 20 al 30 de abril; del 1 al 10 de junio; del 20 al 30 de septiembre y del 1 al 10 de noviembre de cada año y podrán rendir aquellos alumnos que hubieran regularizado todas las materias del Plan de Estudio, -2 (menos dos). Podrán rendir como máximo dos materias por turno especial y deberán inscribirse, una vez que se cuente con la autorización académica, con una anticipación, no menor de 84 hs. (ochenta y cuatro horas) de la fecha del examen. Para poder rendir en los turnos especiales el alumno deberá hacer el pedido a las autoridades de la Facultad antes de los 20 días, del inicio de turno de mesas especiales.
Solo podrán rendir materias regulares, y en caso excepcional por última materia en forma de crédito por examen.
19. ¿Que son los turnos extraordinarios? ¿cómo se vota? ¿cuándo los cargan? Rta. Los turnos extraordinarios tendrán lugar en los meses de mayo y septiembre de cada año, en los que los alumnos podrán rendir una materia por año de su carrera, según el plan de estudio al que pertenecen y elegidas mediante votación. Las facultades determinan las fechas de votación, son por el SAG, al menos un mes antes de los periodos indicados.
20. No hice el CIVU ¿hasta cuando tengo tiempo? ¿es obligatorio? Rta. El Curso de Introducción a la vida Universitaria (CIVU) es obligatorio pero no eliminatorio, esto significa que es muy útil y aconsejable hacerlo porque allí se enseña las características de la educación a Distancia, el uso de la plataforma virtual y las técnicas de estudio. Si no lo pudo hacer queda abierto todo el tiempo para que lo aproveche.
21. ¿Cómo pido LICENCIA? Rta. Si decide suspender sus estudios por un período determinado (semestral o anual), deberá completar el formulario de LICENCIA que está disponible en el SAG el cual deberá confeccionar por triplicado y entregar en su Sede para su envío a la Universidad. La licencia puede ser:
Semestral
Se solicita en marzo (en caso de que sea por el primer semestre o anual) o en el mes de Julio (por el 2º Semestre). Para ello se debe tener cancelada la cuota hasta el mes anterior. Faltado uno o dos meses para la finalización del período lectivo y habiendo regularizado alguna asignatura, no se le concederá la licencia. Deberá abonar hasta el mes de Diciembre inclusive.
Anual
Se solicita en el mes de marzo. Existen dos opciones: Suspender toda actividad académica por un año. Suspender el cursado de las asignaturas por un año, pero acceder a la posibilidad de rendir exámenes finales de materias ya regularizadas en años anteriores. Para esta situación se debe abonar únicamente la matrícula.
22. ¿Cómo pido la BAJA? Rta. Si decide suspender sus estudios deberá completar el formulario de BAJA que está disponible en el SAG el cual deberá confeccionar por triplicado y entregar en su Sede para su envío a la Universidad.
23. ¿Tengo reducción por cursar una sola materia? Rta. SI, debe completar y firmar el formulario de Solicitud de Reducción de Aranceles y enviarlo a la Sede junto con la Declaración Jurada de Materias a Cursar.
24. Me inscribí por materia pero en la plataforma no me aparecen ¿qué hago? Rta. Realizar un mail a
[email protected] y a
[email protected].