REVOCA Y CONFIERE PATROCINIO Y PODER
S.J.L de Familia de San Miguel (1°)
PILAR ALEJANDRA POBLETE BARRERA, cedula de identidad número 15.387.813-7, domiciliada en Villa Los Abedules, El Mercurio N°667, Rengo, Demandante en autos ordinarios sobre divorcio y compensación económica, RUC: 12-2-0380723-4, RIT: C-5732-2012, caratulado POBLETE /AQUILERA a SS. respetuosamente digo: Que por este acto vengo en revocar todo patrocinio y poder anteriormente conferido en autos, especialmente el otorgado a JULIO LEONARDO CARVAJAL DÍAZ , cédula de identidad 9.841.127-5, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial, en razón de lo anterior, es que a su vez vengo en conferir poder al abogado, don VÍCTOR SÁNCHEZ
GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 17.434.903-7, domiciliado para estos efectos Lo Ovalle 1143, departamento 201, Comuna de San Miguel, Región Metropolitana, quien fija como forma especial de notificación el correo electrónico
[email protected].
POR TANTO, SOLICITO A SS. tenerlo presente