ALEGATO DE APERTURA
Señores Magistrados pertenecientes a este Tribunal Oral en lo Penal, este juicio oral, en el cual nos hallamos, ¿cuánto será su duración? ¿Horas, semanas, meses? Tal vez, si fuere ese el caso, muchas violaciones se habrán cometido en ese lapso de tiempo. Eso señala justamente, la estadística oficial. Pero lo que aún más preocupa a este ente persecutor, es que tal índice además nos indica que de las nueve víctimas de ese terrible delito sólo dos denunciará a su victimario, y quizás sólo una de ellas lo llevara a juicio. Este es precisamente el caso de Doña Susana Cifuentes, que hoy está sentada en éste Tribunal, esperando que todo el daño provocado por su agresor, sea por lo menos subsanado, al obtener una sentencia condenatoria que sea ejemplificadora para que aquellos que se atrevan a cometer este delito, piensen siquiera un momento las serias consecuencias a las que se enfrentan al quitarle la sonrisa a una joven mujer, como es el caso de nuestra representada.
Ahora bien Magistrados, esta señorita se encuentra esperando un justo resultado de éste juicio que se inició con su denuncia, pero p ero ¿desde cuándo Magistrados?, desde ese siniestro día, desde el día que la memoria de Doña Susana quedará marcada para siempre, ese día es el 15 de Julio de 2005, día en el cual Doña Susana se hallaba trabajando en su restaurant de comida casera, que construyó con su marido lamentablemente ya fallecido. Ese día llegaron muchos clientes, cantidad que declinó en horas de la tarde, razón por la cual su hermano se retiró del local al igual que uno de los garzones. Como a las 20:30 horas, llegó al restaurant Don Miguel Fuentes, a quien la víctima conoce, pues es un asiduo y frecuente visitante del lugar, haciendo que Doña Verónica concurra a verificar que era el tipo bonachón y que frecuentaba el establecimiento, el señor que está sentado también en éste Tribunal junto a su Defensa, Don Miguel Fuentes. Continuando con el relato, Magistrados, en ese preciso momento él se vale de uno de los valores más importantes e inquebrantables que tiene el hombre, y que subsiste en nuestra sociedad, la confianza. El Señor Fuentes se aprovecha de este vínculo que creó con la víctima, claramente para actuar sobre seguro, ya que con ello pudo traspasar la puerta de la casa, lo cual fue muy fácil debido a ese lazo de confianza con fianza que existía entre el Señor Fuentes y Doña Susana Cifuentes. En ese instante, el Señor Fuentes terminado su cena, astutamente para sus planes delictuales, la invitó a que caminaran en el
patio del Restaurant, ya que la noche estaba bastante estrellada y cálida, a lo que la Señora Susana Cifuentes acepta.
Cuando estaban caminando bajo los sauces que hay cerca del lugar, repentinamente el Señor Fuentes se detuvo y la beso. La señora Susana Cifuentes no atino a reaccionar, y se quedó
perpleja. Posteriormente, lentamente comienza a realizar actos de significación
sexual, como tocarle entre las piernas, haciendo caso omiso a las numerosas advertencias que ella le planteó al imputado, señalándole que no continuara con sus lujuriosos propósitos, como que todo “iba muy rápido” y que “aún no superaba la muerte de su marido” cuando en ese instante, el Señor Fuentes corrompe la voluntad de la víctima, ¿Mediante qué corrompió su voluntad podrían preguntarse, Magistrados? Haciendo uso de la fuerza que aplica el imputado sobre nuestra representada, apretándola contra su cuerpo, posteriormente rasgándole su ropa y agarrándola fuertemente de sus pechos, y estando ya sin la falda que vestía, ya habiendo quebrantado la voluntad de Doña Susana, el Señor Fuentes procede a penetrarla, al mismo tiempo que la besaba contra su voluntad, lo que le impedía gritar a la Señora Susana Cifuentes. En su desesperación mordió al Señor Fuentes en la boca y le propinó una patada en la parte genital, lo que le permitió a la señora Susana Cifuentes salir del lugar donde estaba, y correr hacia el restaurant. Con esto magistrados, hemos establecido en evidencia el estado en que dejó el agresor a Doña Susana, dejándola entonces, luego de consumado la violación, indefensa, en un estado psicológico lamentable, destruida emocionalmente, cambiando su vida para siempre.
Señores jueces del este Tribunal Oral en lo Penal, quisiera entonces saber cuánto más ha de esperar, no sólo la Señorita Susana, sino la sociedad en su conjunto, para poder darle un castigo ejemplar al acusado, como el que está aquí presente, cuánto más deben esperar las víctimas, para ver que criminales como estos, deben permanecer en privados de libertad, por constituir un peligro para la víctima, y para la sociedad toda, pudiendo así cooperar a que disminuya el índice de 3.543 violaciones anuales aproximadamente, que se cometen en nuestro país.
Los hechos anteriormente descritos, constituyen el delito de Violación previsto en el artículo 361 N°1 del Código Penal, en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado. Por ello pedimos que el acusado Don Miguel Fuentes, sea privado de su libertad, por los hechos acaecidos, y dar una señal clara a nuestra representada, que se atrevió a denunciar a su agresor, pueda volver a construir su vida, y volver a ser la mujer tranquila y feliz que fue antes de estos terribles hechos.
ALEGATO DE APERTURA CASO SUSANA CIFUENTES
NOMBRE:
JOSÉ IGNACIO TORRES VERGARA
ASIGNATURA:
TALLER DE LITIGACIÓN
PROFESOR:
MAURICIO DECAP FERNÁNDEZ
FECHA:
21/11/2013