Una Genealogía del Estado Moderno Quentin Skinner En la Teoria política moderna existen diferentes conceptos de Estado , entre los cuales 4 son los mas característicos: 1. -El nombre nombre de de un aparat aparato o de gobiern gobierno o establec establecido. ido. 2. El nombre nombre de un cuerpo cuerpo de de personas personas subord subordinad inadas as a una cabez cabeza a soberana 3. omo otro otro nombre nombre para para designar designar el cuerp cuerpo o soberano soberano del del pueblo pueblo 4. omo el el nombre nombre de una person persona a definida definida de !uien !uien se se dice !ue !ue tiene una una real "oluntad propia o !ue tiene "oluntad en "irtud de !ue la "oluntad de alg#n poder p#blico autorizado le $a sido atribuida.
% finales del siglo &'( ) comienzos comienzos del &'(( primeras discusiones discusiones acerca del Estado ) los poderes del Estado. Este desarrollo se debi* en gran medida a la influencia de la discusi*n escol+stica sobre la patria potestas, así como a la creciente disponibilidad de tratados franceses sobre la soberanía ) de manuales italianos acerca de la política ) la l a raz*n de estado. enacimiento: a palabra Estado llego a incluirse en los libros de conseo a los príncipes. /a!uia"elo fue solo el mas celebre de un sinn#mero de pensadores políticos !ue $abían subra)ado la importancia de ser capaz de m antener 0lo stato
% del siglo &'(( la Teoría absolutista absolutista fue adoptada en (nglaterra. Esta Esta forma de pensar acerca del Estado estaba sustentada por dos corrientes distintas del discurso urídico ) político: a suprema potestas ) la doctrina del derec$o di"ino de los re)es ir obert ilmer.
a Teoria populista del Estado naci* como un cuestionamiento a la Teoria %bsolutista. Este mo"imiento conceptual conceptual de abandonar abandonar el estatus pri"ilegiado de la clase como sueto $ist*rico lo acompaar+ desde entonces $asta sus escritos m+s actuales. Esto posibilita considerar !ue es posible la existencia de una multiplicidad de suetos !ue disputen las relaciones de poder. En efecto, si en el orden de dominaci*n contempor+neo los $ombres est+n suetos a muc$as situaciones de subordinaci*n, es factible !ue ellas sean escenarios de di"ersas luc$as5 algunas ser+n de clase, pero no necesariamente todas esas situaciones de posibles antagonismos lle"ar+n el signo clasista. 6e este modo,
la producci*n de estas situaciones de subordinaci*n en antagonismos ) la articulaci*n de diferentes nodos de oposici*n ser+n fundamentales para el accionar político. Es en este segundo proceso 7la articulaci*n7 donde entra en uego el populismo como una forma de articulaci*n o, c*mo dir+ m+s recientemente, como una l*gica política. El surgimiento de estados populares o simplemente estados para distinguirlos de las monar!uías ) principados. El termino Estado fuese usado para referirse al cuerpo soberano del pueblo, o alternati"amente a los cuerpos reunidos de sus representantes, su efecto fue dar origen a una clara distinci*n entre monar!uías ) estados. egunda línea de ata!ue m+s radical !ue la primera. 8ac!ues %lmain: 0 el poder en cuesti*n es uno al !ue am+s puede renunciar una comunidad independiente, en consecuencia de lo cual las personas permanecen siempre en posesi*n de su soberanía original. Estos argumentos tu"ieron como efecto incrementar las razones a fa"or de los 0estados libres 9tro apartado del texto es la teoría del estado como persona ficticia de T$omas obbes.
obbes desde una postura materialista científica e isnaturalista planteo su teoría de la guerra de todos contra todos en un estado no ci"ilizado dada la natural inclinaci*n belicosa del $ombre, !uien es una fiera para con sus semeantes. a propia conser"aci*n racional mue"e al $ombre a una "ida social ci"ilizada confiriendo soberanía a una persona ficticia a !uien se someten las "oluntades ) de !uien depende la seguridad. a situaci*n de guerra consiste en la inseguridad absoluta. Esa inseguridad, esa propensi*n a la batalla es resultado de !ue el miedo nos rodea. El Estado de naturaleza es intolerable. as le)es naturales son ineficaces para asegurar , por si misma la paz. El derec$o de naturaleza seg#n obbes es 0 la libertad !ue cada $ombre tiene de usar su propio poder como !uiera, para la conser"aci*n de su propia naturaleza, es decir , de su propia "ida5 ) por consiguiente, para $acer todo a!uello !ue su propio uicio ) raz*n considere como los medios mas aptos para lograr ese fin
6urante la crisis constitucional de 1;<=->1 la teoría de Estado de obbes comenz* a capturar la atenci*n de muc$os comentaristas europeos del derec$o natural. acia finales del siglo &'(( muc$os de estos escritores comenzaron a basarse en el an+lisis de obbes para formular sus propias concepciones acerca del ius gentium, ingresando así la teoría $obbesiana en la corriente principal del pensamiento urídico continental. a Teoría del Estado como una persona ficticia fue uno de los legados mas importantes de la (lustraci*n a la Teoría ?olítica de Europa continental en el curso del siglo &(& ) mas all+. % fines del siglo &'((( la teoría del estado como persona ficticia sufri* un ata!ue casi letal. a primera estu"o asociada a la aparici*n del utilitarismo cl+sico. @ent$am anuncia !ue $a llegado el momento de basar los argumentos legales en $ec$os obser"ables ) sobre indi"iduos reales, especialmente sobre su capacidad de sentir, en relaci*n con el poder político, el dolor de la restricci*n ) el placer de la libertad. a segunda oleada fue de un grupo de fil*sofos morales ingleses de la misma generaci*n !ue busco a)uda en ousseau ) egel para articular la idea de !ue el estado es el nombre de una persona con "erdadera "oluntad propia. T. . Areen se acerca $acia esa posici*n argumentando !ue el estado es una instituci*n con el deber de mantener los derec$os ) ser"ir el bien com#n de sus ciudadanos. ?or un corto periodo esta manera de pensar gozo de popularidad, pero pronto pro"oco una enBrgica reafirmaci*n del argumento reduccionista !ue $abían propuesto originalmente.
Transformaciones !ue a)udaron a promo"er la postulaci*n de !ue el estado seguía siendo el concepto cla"e !ue debía ser estudiado: %parici*n de organizaciones legales internacionales en el periodo inmediatamente anterior a la ?rimera Auerra /undial. as onferencias de la a)a en 1>== ) 1=C<. El establecimiento de la orte (nternacional de 8usticia por la iga de las Daciones en 1=22
El ultimo apartado del texto explica el decli"e ) caída del Estado donde se $a transformado en un clic$B de la teoría política. %parici*n de corporaciones multinacionales ) otras agencias !ue al controlar la in"ersi*n ) el empleo, fuerzan a los estados indi"iduales a dar cabida a sus demandas aun cuando estas puedan estar en conflicto con las prioridades sociales ) econ*micas de dic$os estados.
reciente aceptaci*n de un ideal global de derec$os $umanos. a orte Europea de 6erec$os umanos fue establecida no solo con el fin de denunciar las "iolaciones a la on"enci*n de 66.. ino tambiBn con la autoridad para exigir !ue su urisprudencia sea tenida en cuenta por los estados miembros indi"iduales. os poderes de los estados indi"iduales est+n en decli"e terminal, el estado se esta encogiendo. omo resultado, el concepto del estado esta perdiendo todo significado tanto para la filosofía política como para la teoría de las relaciones internacionales.