Estudio revela aumento de violencia intrafamiliar en Chile ONG Activa y U. Iberoamericana dicen que campañas no han logrado bajar ataques. por Piero Jara
Un aumento de la Violencia Intrafamiliar (VIF) de 4,37% se registró en Chile entre los años 2010 y 2012, según el cuarto estudio nacional de Violencia Intrafamiliar realizado por la ONG Activa y la Universidad Iberoamericana. El informe también evidenció un aumento del 15% en la violencia sicológica en el país. Respecto a los niños, el análisis muestra una caída de 3,31% en lesiones y de 12,73% en la violencia sicológica. Las agresiones físicas contra mujeres también registraron una baja (5,57%); sin embargo, se evidenció un incremento en violencia sicológica de 15,15%. En el caso de los hombres, se da un aumento de 13,16% en lesiones, mientras se muestra una baja de 6,53% en violencia sicológica. La directora de la ONG Activa, Gloria Requena, manifestó su preocupación al respecto, señalando que “se han hecho esfuerzos importantes, que se centran en campañas
mediáticas masivas de televisión, pero éstas no han cambiado las conductas de las personas”. Requena señala que “si bien es valorable el esfuerzo que el gobierno realiza en materia de campaña de violencia intrafamiliar”.
Agrega que muchas veces sus comportamientos se pueden atribuir en otras conductas negativas. Sin embargo, en ONG Activa aplauden campañas específicas, como la realizada contra la violencia en el pololeo. El estudio muestra que las regiones con mayor incremento en violencia intrafamiliar hacia las mujeres entre los año 2011 y 2012 son Tarapacá, con un 14,45%; Arica y Parinacota, con 8,12%, y Coquimbo, con 4,96%. Las cifras de violencia hacia los hombres muestran que reciben más agresiones físicas que sicológicas, siendo la Región de Tarapacá donde más se presenta esta forma de violencia. El documento constata además que las víctimas y agresores son cada vez más jóvenes.
Gloria Requena criticó la falta de fondos por parte del Estado para desarrollar planes de rehabilitación, agregando que “esperamos que los fondos aumenten para trabajar con agresores para que éstos a futuro no agredan más”.
BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL (BCN)
Violencia intrafamiliar Explica qué es la violencia intrafamiliar, según la ley, y qué medidas de protección se brindan a sus víctimas
¿Qué es la violencia intrafamiliar? Todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o síquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea, pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive del ofensor, su cónyuge o su actual conviviente, o bien, cuando esta conducta ocurre entre los padres de un hijo común, o sobre un menor de edad, adulto mayor o discapacitado que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar.
¿Qué garantías ofrece esta ley? Crea el delito de maltrato habitual que castiga con cárcel la violencia psíquica y física ejercida habitualmente; aumenta las sanciones por este tipo de conductas; modifica el Código Penal, aumentando en un grado las penas de cárcel en caso de lesiones causadas por violencia intrafamiliar; otorga mayores garantías de obtener protección para quienes denuncien maltratos, así como la obligación del agresor de abandonar la casa; la prohibición de que se acerque a la víctima, a su casa o a su lugar de trabajo, así como, a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente; la obligación de asistir a terapia; y la facultad concedida a las policías para incautarle toda clase de armas, aunque tenga autorización para tenerlas.
¿Qué organismos judiciales se ocupan de la violencia intrafamiliar?
Los Tribunales de familia , cuando los actos de violencia intrafamiliar no constituyan delito.
El Ministerio Público, cuando los actos de violencia intrafamiliar constituyan un delito. Este ministerio dará curso a la investigación pertinente en caso de que se presente el delito de maltrato habitual, si el respectivo Juzgado de Familia le ha remitido los antecedentes.
¿Existe algún registro de las personas que hayan sido condenadas por violencia intrafamiliar? Sí. El Registro Civil e Identificación tiene la obligación de llevar un registro especial de las personas condenadas como autoras de violencia intrafamiliar, así c omo de las demás resoluciones que la ley ordene transcribir.
¿Quiénes son sujetos protegidos por la ley de violencia intrafamiliar? El cónyuge, ex cónyuges, conviviente, ex conviviente, padre o madre de hijo común, aunque no haya existido convivencia. Se incluyen por igual a los parientes del ofensor, de su cónyuge o actual conviviente, en su línea recta (toda la ascendencia y descendencia) o colaterales hasta la relación tíos / tías/ sobrinos / sobrinas, y además, cualquier otra persona que sea menor de edad, adulto mayor o con discapacidad que se encuentre bajo la dependencia de cualquier integrante de la familia.
¿Cuáles son las sanciones para quienes cometan violencia intrafamiliar? Se castigará con una multa de media a 15 UTM (Unidades Tributarias Mensuales) a beneficio del Gobierno Regional del domicilio del denunciante o demandante, para ser destinada a los centros de atención de víctimas de violencia intrafamiliar existentes en la región respectiva y que sean de financiamiento público o privado. Además, el juez deberá aplicar en la sentencia una o más de las siguientes medidas:
a) Obligación de abandonar el hogar que comparte con la víctima. b) Prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o de estudio, así como, a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente. Si ambos trabajan o estudian en el mismo lugar se oficiará al empleador o director del establecimiento para que adopte las medidas de resguardo necesarias.
c) Prohibición de porte y tenencia o el comiso de armas de fuego. La infracción de algunas de las tres medidas anteriores, puede acarrear sanción penal o arresto hasta por 15 días para el ofensor.
d) La asistencia obligatoria a programas terapéuticos o de orientación familiar.
¿Qué es el delito de maltrato habitual? El ejercicio habitual de violencia física o síquica respecto de las personas protegidas por la ley de violencia intrafamiliar. El requisito determinante de este delito es que los actos de violencia intrafamiliar sean habituales.
¿Cuál es la sanción para el delito de maltrato habitual? La sanción varía entre los 61 a 540 días de presidio, salvo que el hecho constituya un delito de mayor gravedad, caso en que se aplica la pena asignada a éste último.
¿Existen medidas de protección para las víctimas? Sí, los tribunales de justicia penal pueden adoptar medidas cautelares para proteger a la víctima, o bien, alguna de las medidas accesorias antes mencionadas, fijar su plazo de duración y prorrogarlo en caso de ser necesario. Por su parte, el Tribunal de Familia que conozca de un juicio por violencia intrafamiliar, debe adoptar de oficio todas las medidas necesarias para llevarlo a su término, así como, para dar protección a las víctimas de violencia intrafamiliar. El tribunal debe cautelar especialmente los casos en que la víctima está embarazada, sea una persona con discapacidad o tenga una condición que la haga vulnerable. Asimismo, debe considerar como situación de riesgo inminente el hecho de que un adulto mayor, dueño o poseedor de un inmueble que ocupe para residir, sea expulsado de él, relegado a sectores secundarios, o bien se limite su desplazamiento en su interior, por alguno de sus parientes.
¿Hay algún centro de atención al cual puedan recurrir las víctimas? Sí, a lo largo del país hay varios centros que se especializan en recibir a víctimas de violencia intrafamiliar. Los centros de atención tienen por objetivo dar respuesta lo más pronto posible a las necesidades de los involucrados en situaciones de violencia intrafamiliar. Ellos auxilian, atienden consultas jurídicas o médicas, asesoran de acuerdo a su especialización, remiten a otras organizaciones y acogen ante hechos de maltrato. Ver centros de atención (Sernam)
¿A qué lugar se debe ir en caso de ser víctima de este tipo de violencia? Al Juzgado de Familia, a Carabineros de Chile o a la Policía de Investigaciones, que tienen la obligación de acoger la denuncia y orientar a la víctima en la posterior tramitación legal. En casos calificados, el Sernam puede asumir el patrocinio y representación de la mujer
víctima de delitos de violencia intrafamiliar, siempre que sea mayor de edad y así lo requiera.
Si quiero denunciar un caso de violencia intrafamiliar ¿también debo recurrir a Carabineros e Investigaciones? Sí, ellos remitirán la denuncia al Juzgado de Familia, pero además se puede recurrir directamente a éste. Luego, a través de la interposición de la denuncia o la demanda, se da inicio al juicio por violencia intrafamiliar. Los casos serán vistos por los Tribunales de Familia y si éstos consideran que se configura el delito de maltrato habitual, remitirán los antecedentes al Ministerio Público.
¿Hay algún número de teléfono al que se pueda llamar en caso de violencia intrafamiliar?
Fono familia de Carabineros de Chile: 149
Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.
SERNAM SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER
Violencia contra las Mujeres
¿QUÉ ES LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES? Las mujeres, sólo por el hecho de ser mujeres, viven diversas formas de violencia de parte de sus parejas o de su entorno que van desde el control hasta la agresión física. Esto se justifica porque en muchas culturas, incluida la chilena, todavía se cree que los hombres tienen derecho a controlar la libertad y la vida de las mujeres.
¿Qué mujeres se ven afectadas por la violencia?
La violencia afecta a mujeres de cualquier edad, condición económica y social y de cualquier religión. Puede ocurrir al interior de la pareja, en el trabajo, en los lugares de estudio y en los espacios públicos.
¿Qué se entiende por violencia física? Son todas las formas de agresión a las mujeres que van desde los empujones y zamarreos, tirones de pelo, pellizcos, apretones, golpes de puño y patadas hasta los golpes con objetos. La forma más fuerte de agresión física contra una mujer es el femicidio.
¿Qué es el femicidio? Es el homicidio cometido contra la mujer que es o ha sido cónyuge o conviviente del autor del crimen. En Chile es castigado con condenas que pueden ir de q uince años y un día de cárcel hasta el presidio perpetuo calificado.
¿Qué es la violencia sicológica? Cuando se intenta controlar a una mujer mediante amenazas, humillaciones y presión emocional con el propósito de hacerla sentir insegura y sin control s obre su vida y decisiones.
¿Qué se entiende por violencia sexual? Cuando una mujer es obligada, mediante la fuerza física o amenazas sicológicas, a tener relaciones sexuales o a realizar actos sexuales que le resultan humillantes o degradantes.
¿Por qué se habla de violencia económica? Cuando se intenta controlar a la mujer a través de la entrega del dinero necesario para su mantención personal y/o de las hijas o hijos, o de otras personas que integran la familia. También constituye violencia económica cuando se apropian del dinero que ganó la mujer con su trabajo.
¿Qué es el acoso sexual? Cuando a una mujer se le exigen favores sexuales a cambio de su permanencia en el trabajo o su condiciona su ascenso o cualquier mejoría laboral. También ocurre en l os
lugares de estudio, cuando se condicionan notas o pasar de curso a cambio de acceder a las peticiones de un profesor o director.
¿Qué se entiende por hostigamiento y/o agresión en los espacios públicos? Casi todas las mujeres, de distintas edades y condición social, han sido molestadas y/o agredidas en la calle, en el transporte público e incluso en su trabajo. Con el pretexto de un "piropo" o que la mujer sería atractiva se les dicen groserías, o se justifican "agarrones" y manoseos.
¿Cómo protegen las leyes a las mujeres contra la violencia? La ley de Violencia Intrafamiliar (ley 20.066) protege a las mujeres del maltrato que afecte sus vidas o su integridad física o síquica al interior de la familia o al interior del matrimonio. Esta ley deberá ampliarse de modo de proteger más a las mujeres antes las distintas formas de violencia, más allá del contexto familiar.
Centros de la Mujer Región de Tarapacá(NO SE SI ESTA ACTUALIZADO)
Nombre Centro: Centro de la Mujer de Iquique Ejecutor: YMCA Cobertura Territorial: Iquique y Alto Hospicio Dirección: Pje. Los Danzantes 2927-A. Población Dunas I. Iquique Teléfono: 57- 447497 Email:
[email protected]
Nombre Centro: Centro de la Mujer de Alto Hospicio Ejecutor: Ilustre Municipalidad de Alto Hospicio Coordinador(a): Pica, Pozo Almonte, Alto Hospicio Dirección: Av. Pampa Unión 3581 Teléfono: 2730233 / 9-82532927 Email:
[email protected]
Noticias Región de Tarapacá
Región de Tarapacámiércoles 19 de marzo de 2014 “Las mujeres tendrán un apoyo infalible”
La nueva directora de Sernam en Tarapacá y abogada Patricia Pérez Zamorano Tener un contacto directo con las mujeres de la región, trabajar constantemente en las caletas del borde costero y en la Provincia del Tamarugal además de Iquique y Alto Hospicio, son los principales objetivos de la nueva Directora del Sernam en Tarapacá, la abogada iquiqueña Patricia Pérez Zamorano, tras asumir este nuevo desafío en el servicio público, el cual definió como “una gran oportunidad para colaborar en el empoderamiento de nuestro género y apoyar las futuras políticas públicas que impulsará la Presidenta Michelle Bachelet, para lograr una mayor equidad y la implementación de la agenda de género”. Con un amplio currículum como ex Intendenta de Tarapacá, antigua Directora Regional de Fundación Integra y Jefa de la Carrera de Derecho de la Universidad Bolivariana de Iquique, destacó tras su nombramiento que “me siento muy agradecida y convencida de entregar todas mis energías para que las emprendedoras, dirigentas, jefas de hogar, profesionales, mujeres todas vean en Sernam un apoyo infalible”. Por lo mismo manifestó que sus principales prioridades serán acercar la oferta programática a las comunidades más alejadas de la Provincia del Tamarugal y Caletas, un trabajo focalizado en el área de Prevención de Violencia Intrafamiliar y continuar impulsando el Programa Mujer Trabajadora y Jefa de Hogar. “Quiero lograr que todas las mujeres que necesiten orientación y capacitación accedan a toda la información necesaria para tomar decisiones que de alguna forma pueden cambiarles sus vidas y vamos a estar si empre presente ante cualquier duda”, dijo la autoridad del Servicio Nacional de la Mujer en la región. Pérez admitió que en el área de la prevención de la violencia intrafamiliar se reforzarán las alianzas estratégicas. “La coordinación con Carabineros, PDI y Fiscalía, van a ser fundamental para que cualquier mujer que concurra a estos servicios, reciba toda la colaboración necesaria para su seguridad y tranquilidad”. Pero también recalcó que los dirigentes vecinales son claves dentro de su labor. “En las comunidades existen líderesas o líderes que van a tener un rol principal en lo que queremos lograr, que es la sensibilización frente a la violencia hacia la mujer y una denuncia oportuna para rechazarlo de raíz”.
CURRICULUM Patricia Pérez Zamorano es Licenciada en Ciencia Jurídicas con título de abogada de la Universidad Arturo Prat de Iquique. En su último trabajo fue Jefe de Carrera y docente de la Escuela de Derecho de la Universidad Bolivariana (2011 – 2014). En diciembre del 2007 a marzo del 2011 fue Directora de la Fundación Integra en Tarapacá y en marzo del 2006 a abril del 2007, desempeñó el cargo de Intendenta Regional destacando sus cualidades de liderazgo y trabajo en equipo. En febrero del 2005 a febrero del 2006, se desempeñó como Jefa de Departamento Jurídico del Servicio de Salud de Iquique. Además posee un Diplomado en Gerencia Social y Políticas Públicas de la Facultada Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) sede Académica de Chile.
DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER EN TARAPACÁ